4. ¿QUÉ ES?
• Es un nuevo tipo de Sociedad Mercantil, creada para constituir
una micro o pequeña empresa a través de internet, en un solo día
y de manera gratuita.
5. LOS OBJETIVOS DE ESTA INICIATIVA SON:
• Simplificar la constitución de micro y pequeñas empresas.
• Constituir un nuevo régimen societario.
• Instaurar un proceso de constitución administrativa con todos
los efectos legales correspondientes.
• Fomentar el crecimiento de estas
empresas.
6. ¿QUÉ BUSCAN LAS “SAS?
Dar solución a la problemática
referida a:
• Costos (notariales, derechos, etc.)
• Tiempos (la duración del trámite)
• La decisión de conseguir un socio.
7. CARACTERÍSTICAS DE LA “SAS”
No se encuentran
sujetas al
requisito de
escritura pública.
No se deberá
apartar utilidades
para el fondo de
reserva.
Ingresos anuales
de 5MDP.
La
responsabilidad
es hasta el monto
de sus
aportaciones
8. RESTRICCIONES:
• Sólo pueden ser constituidas por
personas físicas.
• Los accionistas no podrán ser
accionistas de otras sociedades.
• Sus ingresos totales anuales no
podrán superar los cinco millones
de pesos.
• Todos los accionistas deberán
poseer firma electrónica avanzada
vigente.
9. REQUERIMIENTOS
• Existencia de uno o más accionistas.
• El o los accionistas deberán externalizar su consentimiento para
constituir una SAS.
• Uno de los accionistas deberá al menos, contar con la autorización para el
uso de denominación propiciada por la Secretaría de Economía.
• Todos los accionistas deben contar con certificado de firma electrónica
avanzada.
10. PROCEDIMIENTO PARA LA CONSTITUCIÓN
1. Se abrirá un número de folio por cada constitución.
2. El o los accionistas deberán seleccionar las cláusulas
de los estatutos sociales que más convengan.
3. Se generará un contrato social firmado
electrónicamente por todos los accionistas, usando el
certificado de firma electrónica vigente.
11. PROCESO DE CONSTITUCIÓN
4. La SE verificará que se tengan todos los requisitos
necesarios, y de ser procedente, lo enviará para su
inscripción en el Registro Público de Comercio
5. El sistema generará de manera digital la boleta de
inscripción de la sociedad en el Registro Público de
Comercio.
12. VENTAJAS
Constitución 100% en línea, en 24
horas, y en forma gratuita.
No requiere de capital mínimo ni
fondo de reserva.
Se integra al Expediente
Electrónico Empresarial.
13. Beneficios
•Rapidez: Es un trámite totalmente en línea, sin la necesidad de
acudir a ninguna oficina y desde cualquier dispositivo electrónico.
•Gratuidad: No genera gastos en la constitución de la sociedad.
•Unipersonal: Es el único régimen que permite constituir una
sociedad a partir de una persona física.
•Crecimiento: Permite que las empresas permanezcan y crezcan,
generando más empleos
14. DECRETO
CAPITULO XIV LGSM (ART. 260-273)
Denominación social con abreviatura S.A.S.
Reforma “Ley de empresas en un día y costo cero”
Publicado el 14 de Marzo de
2016
Entra en vigor a los seis meses contados al
día siguiente de su publicación
15/09/2016