El documento habla sobre los seguros de cambio, que son contratos para comprar o vender una divisa contra otra a una fecha futura y a un tipo de cambio acordado, eliminando así el riesgo de fluctuaciones cambiarias. Estos contratos no son estandarizados y una vez formalizados el compromiso es irreversible. En caso de incumplimiento, se liquida a los tipos de cambio del día o a un tipo pactado. Los seguros de cambio conllevan riesgo para las entidades financieras en caso de pérdidas por incumplim