El documento presenta una definición de la lógica jurídica, describiéndola como una lógica material que aplica las reglas de la lógica formal al derecho. Se explica que la lógica jurídica es un método de investigación para entender el derecho y que permite formar un paradigma en el conocimiento jurídico. También se define brevemente el derecho romano como el ordenamiento jurídico que rigió a los ciudadanos de Roma y su imperio entre los siglos VIII a.C. y VI d.C.
Este documento presenta información sobre varios cursos que componen la formación profesional de un abogado en la U.N.A.Q, incluyendo Lógica Jurídica, Teoría General del Estado, Derecho Romano e Introducción al Derecho. También describe el perfil profesional de un abogado graduado de la U.N.A.Q y la misión de la facultad de formar abogados líderes capaces de asesorar e investigar para beneficio de la comunidad.
Este documento presenta una discusión sobre las grandes divisiones del derecho. Comienza describiendo cómo los juristas romanos establecieron las primeras grandes divisiones entre el derecho público y el derecho privado. Luego, describe 13 grandes divisiones del derecho, incluyendo el derecho científico y normativo, el derecho interno e internacional, el derecho sustantivo y adjetivo, y más. Finalmente, discute las diferencias entre el derecho público y privado, centrándose en tres corrientes doctrinales para distinguir entre ellos.
El documento define el término "jurisconsulto" como una persona dedicada al estudio, interpretación y aplicación del derecho que es experta, letrada e instruida en las ciencias legales. Históricamente, los jurisconsultos eran considerados sabios y filósofos porque la filosofía y la jurisprudencia comparten el objetivo de promover la justicia. Un jurisconsulto se distingue de un abogado en que es un pensador teórico del derecho, mientras que un abogado ejerce la defensa legal y dirige procesos jurídicos.
El derecho es el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad y se basa en principios de justicia y certeza jurídica. El derecho objetivo son las leyes creadas por el Estado, mientras que el derecho subjetivo son las facultades que poseen los individuos. A lo largo de la historia no ha habido consenso sobre una definición única del derecho.
Las tres principales reacciones contra el iusnaturalismo fueron la Escuela Historicista en Alemania, la Escuela de la Exégesis en Francia y la Jurisprudencia Analítica en Inglaterra. Todas estas escuelas partían del derecho positivo en lugar del derecho natural y consideraban al derecho como un producto histórico (Escuela Historicista) o veían al juez como un mero aplicador de la ley escrita (Escuela de la Exégesis). La Escuela Histórica finalmente desembocó en una Jurisprudencia de Conceptos que
Este documento resume las principales ideas del historicismo jurídico. Comienza explicando el surgimiento de la Escuela Histórica del Derecho en el siglo XIX como reacción contra el iusnaturalismo racionalista. Luego describe las contribuciones de autores como Vico, Montesquieu y Herder que sentaron las bases para el primer historicismo jurídico. Finalmente, resume las diferentes interpretaciones de la historia del derecho desde perspectivas ética, política, biológica y económica.
Este documento describe las reacciones al iusnaturalismo en tres escuelas: la Escuela Historicista en Alemania, la Escuela de la Exégesis en Francia, y la Jurisprudencia Analítica en Inglaterra. Todas estas escuelas parten del positivismo jurídico y rechazan el iusnaturalismo. La Escuela Historicista enfatiza que el derecho es un producto histórico del espíritu del pueblo. La Escuela de la Exégesis en Francia se enfoca en el texto legal y niega la existencia de lagunas.
Este documento presenta información sobre el derecho y el derecho romano. Define el derecho como el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad basado en la justicia y la certeza jurídica. Explica que el derecho objetivo son las leyes y reglamentos creados por el estado para mantener el orden social. Luego discute las fuentes del derecho y define el derecho romano como el ordenamiento jurídico que rigió a los ciudadanos de Roma entre los años 753 a.C. y mediados del siglo VI d.C., época
Este documento presenta información sobre varios cursos que componen la formación profesional de un abogado en la U.N.A.Q, incluyendo Lógica Jurídica, Teoría General del Estado, Derecho Romano e Introducción al Derecho. También describe el perfil profesional de un abogado graduado de la U.N.A.Q y la misión de la facultad de formar abogados líderes capaces de asesorar e investigar para beneficio de la comunidad.
Este documento presenta una discusión sobre las grandes divisiones del derecho. Comienza describiendo cómo los juristas romanos establecieron las primeras grandes divisiones entre el derecho público y el derecho privado. Luego, describe 13 grandes divisiones del derecho, incluyendo el derecho científico y normativo, el derecho interno e internacional, el derecho sustantivo y adjetivo, y más. Finalmente, discute las diferencias entre el derecho público y privado, centrándose en tres corrientes doctrinales para distinguir entre ellos.
El documento define el término "jurisconsulto" como una persona dedicada al estudio, interpretación y aplicación del derecho que es experta, letrada e instruida en las ciencias legales. Históricamente, los jurisconsultos eran considerados sabios y filósofos porque la filosofía y la jurisprudencia comparten el objetivo de promover la justicia. Un jurisconsulto se distingue de un abogado en que es un pensador teórico del derecho, mientras que un abogado ejerce la defensa legal y dirige procesos jurídicos.
El derecho es el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad y se basa en principios de justicia y certeza jurídica. El derecho objetivo son las leyes creadas por el Estado, mientras que el derecho subjetivo son las facultades que poseen los individuos. A lo largo de la historia no ha habido consenso sobre una definición única del derecho.
Las tres principales reacciones contra el iusnaturalismo fueron la Escuela Historicista en Alemania, la Escuela de la Exégesis en Francia y la Jurisprudencia Analítica en Inglaterra. Todas estas escuelas partían del derecho positivo en lugar del derecho natural y consideraban al derecho como un producto histórico (Escuela Historicista) o veían al juez como un mero aplicador de la ley escrita (Escuela de la Exégesis). La Escuela Histórica finalmente desembocó en una Jurisprudencia de Conceptos que
Este documento resume las principales ideas del historicismo jurídico. Comienza explicando el surgimiento de la Escuela Histórica del Derecho en el siglo XIX como reacción contra el iusnaturalismo racionalista. Luego describe las contribuciones de autores como Vico, Montesquieu y Herder que sentaron las bases para el primer historicismo jurídico. Finalmente, resume las diferentes interpretaciones de la historia del derecho desde perspectivas ética, política, biológica y económica.
Este documento describe las reacciones al iusnaturalismo en tres escuelas: la Escuela Historicista en Alemania, la Escuela de la Exégesis en Francia, y la Jurisprudencia Analítica en Inglaterra. Todas estas escuelas parten del positivismo jurídico y rechazan el iusnaturalismo. La Escuela Historicista enfatiza que el derecho es un producto histórico del espíritu del pueblo. La Escuela de la Exégesis en Francia se enfoca en el texto legal y niega la existencia de lagunas.
Este documento presenta información sobre el derecho y el derecho romano. Define el derecho como el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad basado en la justicia y la certeza jurídica. Explica que el derecho objetivo son las leyes y reglamentos creados por el estado para mantener el orden social. Luego discute las fuentes del derecho y define el derecho romano como el ordenamiento jurídico que rigió a los ciudadanos de Roma entre los años 753 a.C. y mediados del siglo VI d.C., época
HISTORIA DEL DERECHO - FILOSOFIA DEL DERECHOJONACSE
Este documento resume la historia del derecho y los antecedentes de los derechos humanos en 3 oraciones. Explica que la historia del derecho está relacionada con el desarrollo de las civilizaciones y ha evolucionado a lo largo del tiempo. Luego describe algunos hitos tempranos en la idea de los derechos humanos, incluyendo la Declaración de Ciro el Grande en el 539 a.C. y documentos posteriores como la Carta Magna, la Declaración de Independencia de los Estados Unidos y la Declaración Universal de Derechos Humanos
El documento presenta una introducción al derecho, definiéndolo como el conjunto de normas que regulan la vida humana en sociedad. Explica los distintos usos y concepciones del derecho, como el derecho natural, positivo y las diferencias entre enfoques lusnaturalista e iuspositivista. También resume las principales ciencias que estudian el derecho como la teoría general del derecho, filosofía del derecho, historia del derecho y sociología jurídica.
Este documento introduce el tema del derecho. Explica que el derecho evolucionó de la ley del talión en las sociedades primitivas a normas impuestas por los pontífices y luego al derecho romano y canónico que influyeron en el derecho vigente. También distingue entre el derecho natural y el positivo, y analiza las diferentes concepciones del positivismo jurídico. Finalmente, define el concepto de derecho y distingue entre derecho objetivo y subjetivo.
Los tres fines principales del derecho son la justicia, el bien común y la seguridad jurídica. Las disciplinas jurídicas como la filosofía del derecho, la ciencia del derecho y la teoría general del derecho ayudan a complementar el estudio jurídico. La filosofía del derecho investiga los fundamentos y caracteres generales del desarrollo histórico del derecho, mientras que la ciencia del derecho estudia los fenómenos jurídicos de manera organizada. La teoría general del derecho busca conclusiones jurídicas
El documento discute si el derecho es una ciencia, un arte o una disciplina. Argumenta que el derecho tiene características de las tres, ya que estudia la realidad social de manera científica pero también requiere habilidad y creatividad en su aplicación, como un arte. Concluye que el derecho es mejor entendido como una disciplina integral que incluye aspectos científicos, artísticos y prácticos.
Este documento presenta una introducción al estudio del derecho. Explica que el derecho surge de la vida en sociedad y tiene como objetivo regular la conducta humana en sus interacciones. Define al derecho como un sistema de normas coercibles que rigen la convivencia social. Finalmente, distingue entre los diferentes grados de conocimiento jurídico, incluyendo el conocimiento vulgar, científico y filosófico.
Este documento resume el origen y evolución histórica del concepto de derecho. Explica que la palabra derecho proviene del latín y ha tenido diferentes significados a lo largo del tiempo. Detalla los orígenes del derecho romano y cómo se distinguían conceptos como ius, lex, ius civile e ius gentium. También analiza los diferentes sentidos actuales de la palabra derecho, distinguiendo entre derecho objetivo, subjetivo e instrumento del poder político, así como la ciencia del derecho.
La característica central de la teoría crítica del derecho desde una perspectiva marxista es que reconoce la importancia del derecho en la transformación social. A diferencia del escepticismo jurídico marxista más ortodoxo, la teoría crítica del derecho entiende que el derecho puede ser una herramienta útil para asegurar el cambio social hacia objetivos como el paso del capitalismo al socialismo, en lugar de rechazar por completo su pertinencia como lo hacía el escepticismo jurídico marxista original.
El documento presenta dos teorías sobre los derechos fundamentales. La teoría estrecha los ve como simples normas, mientras que la teoría amplia los ve también como principios que establecen un orden de valores. El Tribunal Constitucional Federal alemán adoptó esta segunda postura en el caso Lüth de 1958, sentando las bases para que los derechos fundamentales irradien su efecto a todo el sistema jurídico y se apliquen mecanismos de ponderación cuando entran en conflicto.
El documento trata sobre la constitucionalización y diferentes conceptos relacionados con el derecho constitucional. Explica que la constitucionalización es el proceso por el cual una norma adquiere un valor constitucional. También define la constitución como la compilación de disposiciones que regulan la organización del poder público y los derechos de los ciudadanos. Finalmente, discute diferentes tipos de constituciones como las escritas, flexibles, rígidas y las clasificaciones propuestas por autores como Loewenstein.
LAS SIGUIENTES DIAPOSITIVAS PERTENECEN AL TEMA ETIMOLOGÌA DE LA FILOSOFÌA DEL DERECHO EN EL CUAL NOS HABLA SOBRE SU ESTRUCTURA CARACTERISTICAS Y NOS DA A CONOCER SOBRE DICHO TEMA.
Bernardo Windscheid fue un jurista alemán nacido en 1817 que desarrolló la teoría del derecho subjetivo. Contribuyó al desarrollo del código civil alemán y se destacó por su obra principal Tratado de las Pandectas. Perteneció a la escuela pandectica que analizaba los textos del derecho romano.
Este documento presenta una introducción al derecho. Define el derecho como el conjunto de normas que regulan la vida humana en sociedad. Explica que la palabra derecho tiene tres acepciones: lo justo, el conjunto de leyes de un país, y la facultad de hacer u omitir algo. También distingue entre las concepciones iusnaturalista y iuspositivista del derecho. Finalmente, describe varias ciencias relacionadas con el estudio del derecho como la teoría general del derecho, la filosofía del derecho, la historia del derecho y la sociolog
Este documento presenta un análisis de la Sentencia SU-047/99 de la Corte Constitucional de Colombia desde la teoría de la argumentación jurídica. La sentencia analiza la constitucionalidad de una reforma al Código Electoral que prohibía la reelección inmediata de congresistas. El documento resume los antecedentes políticos del caso, explica conceptos clave como la argumentación jurídica según Atienza, y analizará los argumentos de la sentencia así como posiciones disidentes.
DISCIPLINAS AUXILIARES DEL DERECHO saia.docxarelisgimenez
Este documento presenta una introducción a varias disciplinas jurídicas auxiliares del derecho como la filosofía del derecho, la teoría del derecho, la historia del derecho, la sociología jurídica y el derecho comparado. Explica brevemente cada disciplina y su relación con el estudio del derecho. El documento fue escrito por una estudiante de primer año de derecho como parte de una asignatura introductoria a las ciencias jurídicas.
Este documento presenta una introducción al Derecho Romano, definiendo conceptos clave como ius, fas, iustitia, iurisprudentia y aequitas. Explica las diferentes acepciones de Derecho Público y Privado, y describe los períodos históricos de Roma y la integración progresiva de nuevos grupos al cuerpo cívico. Finalmente, resume los principales caracteres del Derecho Romano, incluyendo su evolución continua, pluralidad de fuentes, énfasis en la jurisprudencia y sentido práctico
El documento introduce los conceptos fundamentales de derecho, incluyendo definiciones de derecho como norma y como facultad. Explica que el derecho se divide en dos grandes grupos, público y privado, y que existen varias teorías para distinguir entre ellos. También describe brevemente el derecho natural y el derecho positivo.
El documento describe conceptos fundamentales del derecho romano como ius, justicia, jurisprudencia, y las divisiones del derecho. 1) Ius se refiere al derecho y tiene orígenes religiosos, designando tanto el derecho objetivo como el subjetivo. 2) La justicia según Ulpiano es dar a cada quien lo suyo. 3) La jurisprudencia es el conocimiento de lo justo y lo injusto.
Este documento presenta una introducción al derecho. Explica nociones generales como las naturalistas, racionalistas, empíricas y voluntaristas. Define el derecho como "un sistema racional de normas sociales de conducta declaradas obligatorias por la autoridad por considerarlas justas soluciones a los problemas surgidos de la realidad histórica". También describe los fines del derecho como la justicia, el bien común y la seguridad jurídica. Finalmente, analiza la etimología y origen histórico del derecho.
La filosofía del derecho estudia los fundamentos, la evolución histórica y el objeto de la filosofía del derecho. Examina perspectivas como el derecho natural, positivismo y escuelas de pensamiento. También cubre campos como teoría del derecho, justicia, ciencia jurídica y cómo se relaciona con disciplinas auxiliares como historia, economía e informática. El documento concluye que la filosofía busca hallar las causas fundamentales de los fenómenos y es importante para comprender todas las ciencias.
El objeto de estudio de la filosofía del derechojuniorati8
La Filosofía del Derecho estudia el derecho desde diversas perspectivas como la teoría del derecho, la epistemología y lógica jurídica, y el fundamento filosófico de conceptos como los derechos humanos. Examina tanto la norma jurídica positiva como las corrientes de pensamiento que sirven de base al derecho. Su objetivo es comprender críticamente la naturaleza, funciones y principios del derecho.
La filosofía del derecho estudia los fundamentos filosóficos del derecho como orden normativo e institucional de la conducta en sociedad. Sus campos de estudio incluyen la teoría del derecho, el iusnaturalismo, las teorías de la justicia, el fundamento de los derechos humanos y la relación del derecho con otras disciplinas. Mientras que la ciencia jurídica estudia los sistemas de derecho particulares, la filosofía del derecho se enfoca en los aspectos universales del derecho.
HISTORIA DEL DERECHO - FILOSOFIA DEL DERECHOJONACSE
Este documento resume la historia del derecho y los antecedentes de los derechos humanos en 3 oraciones. Explica que la historia del derecho está relacionada con el desarrollo de las civilizaciones y ha evolucionado a lo largo del tiempo. Luego describe algunos hitos tempranos en la idea de los derechos humanos, incluyendo la Declaración de Ciro el Grande en el 539 a.C. y documentos posteriores como la Carta Magna, la Declaración de Independencia de los Estados Unidos y la Declaración Universal de Derechos Humanos
El documento presenta una introducción al derecho, definiéndolo como el conjunto de normas que regulan la vida humana en sociedad. Explica los distintos usos y concepciones del derecho, como el derecho natural, positivo y las diferencias entre enfoques lusnaturalista e iuspositivista. También resume las principales ciencias que estudian el derecho como la teoría general del derecho, filosofía del derecho, historia del derecho y sociología jurídica.
Este documento introduce el tema del derecho. Explica que el derecho evolucionó de la ley del talión en las sociedades primitivas a normas impuestas por los pontífices y luego al derecho romano y canónico que influyeron en el derecho vigente. También distingue entre el derecho natural y el positivo, y analiza las diferentes concepciones del positivismo jurídico. Finalmente, define el concepto de derecho y distingue entre derecho objetivo y subjetivo.
Los tres fines principales del derecho son la justicia, el bien común y la seguridad jurídica. Las disciplinas jurídicas como la filosofía del derecho, la ciencia del derecho y la teoría general del derecho ayudan a complementar el estudio jurídico. La filosofía del derecho investiga los fundamentos y caracteres generales del desarrollo histórico del derecho, mientras que la ciencia del derecho estudia los fenómenos jurídicos de manera organizada. La teoría general del derecho busca conclusiones jurídicas
El documento discute si el derecho es una ciencia, un arte o una disciplina. Argumenta que el derecho tiene características de las tres, ya que estudia la realidad social de manera científica pero también requiere habilidad y creatividad en su aplicación, como un arte. Concluye que el derecho es mejor entendido como una disciplina integral que incluye aspectos científicos, artísticos y prácticos.
Este documento presenta una introducción al estudio del derecho. Explica que el derecho surge de la vida en sociedad y tiene como objetivo regular la conducta humana en sus interacciones. Define al derecho como un sistema de normas coercibles que rigen la convivencia social. Finalmente, distingue entre los diferentes grados de conocimiento jurídico, incluyendo el conocimiento vulgar, científico y filosófico.
Este documento resume el origen y evolución histórica del concepto de derecho. Explica que la palabra derecho proviene del latín y ha tenido diferentes significados a lo largo del tiempo. Detalla los orígenes del derecho romano y cómo se distinguían conceptos como ius, lex, ius civile e ius gentium. También analiza los diferentes sentidos actuales de la palabra derecho, distinguiendo entre derecho objetivo, subjetivo e instrumento del poder político, así como la ciencia del derecho.
La característica central de la teoría crítica del derecho desde una perspectiva marxista es que reconoce la importancia del derecho en la transformación social. A diferencia del escepticismo jurídico marxista más ortodoxo, la teoría crítica del derecho entiende que el derecho puede ser una herramienta útil para asegurar el cambio social hacia objetivos como el paso del capitalismo al socialismo, en lugar de rechazar por completo su pertinencia como lo hacía el escepticismo jurídico marxista original.
El documento presenta dos teorías sobre los derechos fundamentales. La teoría estrecha los ve como simples normas, mientras que la teoría amplia los ve también como principios que establecen un orden de valores. El Tribunal Constitucional Federal alemán adoptó esta segunda postura en el caso Lüth de 1958, sentando las bases para que los derechos fundamentales irradien su efecto a todo el sistema jurídico y se apliquen mecanismos de ponderación cuando entran en conflicto.
El documento trata sobre la constitucionalización y diferentes conceptos relacionados con el derecho constitucional. Explica que la constitucionalización es el proceso por el cual una norma adquiere un valor constitucional. También define la constitución como la compilación de disposiciones que regulan la organización del poder público y los derechos de los ciudadanos. Finalmente, discute diferentes tipos de constituciones como las escritas, flexibles, rígidas y las clasificaciones propuestas por autores como Loewenstein.
LAS SIGUIENTES DIAPOSITIVAS PERTENECEN AL TEMA ETIMOLOGÌA DE LA FILOSOFÌA DEL DERECHO EN EL CUAL NOS HABLA SOBRE SU ESTRUCTURA CARACTERISTICAS Y NOS DA A CONOCER SOBRE DICHO TEMA.
Bernardo Windscheid fue un jurista alemán nacido en 1817 que desarrolló la teoría del derecho subjetivo. Contribuyó al desarrollo del código civil alemán y se destacó por su obra principal Tratado de las Pandectas. Perteneció a la escuela pandectica que analizaba los textos del derecho romano.
Este documento presenta una introducción al derecho. Define el derecho como el conjunto de normas que regulan la vida humana en sociedad. Explica que la palabra derecho tiene tres acepciones: lo justo, el conjunto de leyes de un país, y la facultad de hacer u omitir algo. También distingue entre las concepciones iusnaturalista y iuspositivista del derecho. Finalmente, describe varias ciencias relacionadas con el estudio del derecho como la teoría general del derecho, la filosofía del derecho, la historia del derecho y la sociolog
Este documento presenta un análisis de la Sentencia SU-047/99 de la Corte Constitucional de Colombia desde la teoría de la argumentación jurídica. La sentencia analiza la constitucionalidad de una reforma al Código Electoral que prohibía la reelección inmediata de congresistas. El documento resume los antecedentes políticos del caso, explica conceptos clave como la argumentación jurídica según Atienza, y analizará los argumentos de la sentencia así como posiciones disidentes.
DISCIPLINAS AUXILIARES DEL DERECHO saia.docxarelisgimenez
Este documento presenta una introducción a varias disciplinas jurídicas auxiliares del derecho como la filosofía del derecho, la teoría del derecho, la historia del derecho, la sociología jurídica y el derecho comparado. Explica brevemente cada disciplina y su relación con el estudio del derecho. El documento fue escrito por una estudiante de primer año de derecho como parte de una asignatura introductoria a las ciencias jurídicas.
Este documento presenta una introducción al Derecho Romano, definiendo conceptos clave como ius, fas, iustitia, iurisprudentia y aequitas. Explica las diferentes acepciones de Derecho Público y Privado, y describe los períodos históricos de Roma y la integración progresiva de nuevos grupos al cuerpo cívico. Finalmente, resume los principales caracteres del Derecho Romano, incluyendo su evolución continua, pluralidad de fuentes, énfasis en la jurisprudencia y sentido práctico
El documento introduce los conceptos fundamentales de derecho, incluyendo definiciones de derecho como norma y como facultad. Explica que el derecho se divide en dos grandes grupos, público y privado, y que existen varias teorías para distinguir entre ellos. También describe brevemente el derecho natural y el derecho positivo.
El documento describe conceptos fundamentales del derecho romano como ius, justicia, jurisprudencia, y las divisiones del derecho. 1) Ius se refiere al derecho y tiene orígenes religiosos, designando tanto el derecho objetivo como el subjetivo. 2) La justicia según Ulpiano es dar a cada quien lo suyo. 3) La jurisprudencia es el conocimiento de lo justo y lo injusto.
Este documento presenta una introducción al derecho. Explica nociones generales como las naturalistas, racionalistas, empíricas y voluntaristas. Define el derecho como "un sistema racional de normas sociales de conducta declaradas obligatorias por la autoridad por considerarlas justas soluciones a los problemas surgidos de la realidad histórica". También describe los fines del derecho como la justicia, el bien común y la seguridad jurídica. Finalmente, analiza la etimología y origen histórico del derecho.
La filosofía del derecho estudia los fundamentos, la evolución histórica y el objeto de la filosofía del derecho. Examina perspectivas como el derecho natural, positivismo y escuelas de pensamiento. También cubre campos como teoría del derecho, justicia, ciencia jurídica y cómo se relaciona con disciplinas auxiliares como historia, economía e informática. El documento concluye que la filosofía busca hallar las causas fundamentales de los fenómenos y es importante para comprender todas las ciencias.
El objeto de estudio de la filosofía del derechojuniorati8
La Filosofía del Derecho estudia el derecho desde diversas perspectivas como la teoría del derecho, la epistemología y lógica jurídica, y el fundamento filosófico de conceptos como los derechos humanos. Examina tanto la norma jurídica positiva como las corrientes de pensamiento que sirven de base al derecho. Su objetivo es comprender críticamente la naturaleza, funciones y principios del derecho.
La filosofía del derecho estudia los fundamentos filosóficos del derecho como orden normativo e institucional de la conducta en sociedad. Sus campos de estudio incluyen la teoría del derecho, el iusnaturalismo, las teorías de la justicia, el fundamento de los derechos humanos y la relación del derecho con otras disciplinas. Mientras que la ciencia jurídica estudia los sistemas de derecho particulares, la filosofía del derecho se enfoca en los aspectos universales del derecho.
1) El documento presenta una introducción al curso de Derecho Romano, explicando la importancia de conocer el origen y evolución de las normas jurídicas. 2) Se describen las características principales del Derecho Romano, incluyendo su continuidad evolutiva, pluralidad de fuentes y su naturaleza de derecho de juristas. 3) Finalmente, se destaca la trascendencia e influencia del Derecho Romano en los ordenamientos jurídicos modernos, especialmente en Latinoamérica y Europa continental.
La Filosofía del derecho es la rama de la filosofía que estudia los fundamentos filosóficos del derecho como orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad. Examina cuestiones como la naturaleza del derecho, los valores jurídicos como la justicia, y las teorías históricas sobre conceptos jurídicos y políticos. También analiza la relación del derecho con otras ciencias como la filosofía, sociología, economía, ciencia política e historia. El historicismo jurídico sostiene que
Ensayo de argumentacion juridica Carlos Jaramillo.docxjeffreyjaramillo3
Este documento trata sobre nociones generales e introductorias sobre el Derecho Romano y el sujeto de derecho. Explica que el Derecho Romano sentó las bases de los sistemas jurídicos modernos a través de principios como la igualdad ante la ley y los derechos de propiedad. Discutió que en el Derecho Romano, el sujeto de derecho se refería a la capacidad legal de una persona y dependía de factores como la ciudadanía, el estatus social y la posición familiar. Finalmente, analizó que en el Derecho Romano no
Este documento trata sobre el derecho comparado y su relación con el poder judicial. Se discuten varios temas como la necesidad de concebir el debate sobre los poderes judiciales desde la perspectiva del derecho comparado, las familias jurídicas y autores como René David y Pierangelo Catalano. También se mencionan las características de la tradición jurídica occidental y autores como Berman, Habermas y Ferrajoli en el ámbito del derecho constitucional comparado.
El documento presenta una introducción a la Sociología del Derecho. Explica que esta disciplina estudia la influencia del derecho en la sociedad y viceversa desde una perspectiva sociológica. Distingue la Sociología del Derecho de la Ciencia del Derecho y la Filosofía del Derecho, indicando que la primera analiza el derecho como un hecho social, mientras que las otras dos se enfocan más en el estudio de normas jurídicas y conceptos legales de manera general. Finalmente, menciona algunos temas de interés para los
Este documento presenta la lógica jurídica como una disciplina que aplica los principios de la lógica al derecho. Explica que la lógica jurídica estudia los elementos y relaciones en el discurso legal y provee una metodología para la interpretación de casos legales. También distingue entre ontología jurídica, que estudia la naturaleza del derecho, y axiología jurídica, que estudia los valores supremos del derecho.
Este documento resume la obra "Teoría Pura del Derecho" de Hans Kelsen. El autor busca desvincular la ciencia jurídica de otras ciencias para crear una teoría "pura" del derecho. Analiza conceptos como la norma, que es la base del derecho, y cómo esta puede regular tanto el presente como el futuro. También distingue el derecho de la moral, aunque reconoce que ambos buscan regular la conducta humana.
La Filosofía del Derecho ha evolucionado a lo largo de la historia, aunque siempre ha habido reflexión filosófica sobre el derecho. En la antigüedad clásica y la Edad Media no existía como conocimiento autónomo, sino subsumido en ética, política u obras teológicas. En la época moderna surgió el derecho natural racionalista y a finales del siglo XVIII el término "Filosofía del Derecho", que consiste en la reflexión crítica sobre la dogmática jurídica.
Argumentación no especializada. Argumentación judicial, corrientes contemporá...FranciscaAriasGarca
Este documento describe tres corrientes contemporáneas de la argumentación jurídica: el iusnaturalismo, el iusrealismo y el iusformalimo. El iusnaturalismo sostiene que el derecho deriva de la esencia humana. El iusrealismo ve al derecho como un hecho social más que solo normas formales. El iusformalimo considera al derecho como producto de la voluntad humana en lugar de la razón.
Este documento presenta una introducción a la historia del derecho. Explica que la historia del derecho estudia la aplicación de las normas jurídicas a través del tiempo. Luego define conceptos clave como derecho, historia e historia del derecho. También describe la evolución de la historia del derecho como disciplina y las fuentes del derecho, incluyendo leyes, costumbres, jurisprudencia y tratados internacionales.
Este documento trata sobre la historia del derecho. Explica que la historia del derecho estudia la formulación, aplicación y comentarios del derecho a través del tiempo, así como la historia de las instituciones reguladas por el derecho. También describe las diferentes fuentes del derecho como la ley, la costumbre, las sentencias judiciales y la doctrina jurídica. Finalmente, discute brevemente la evolución de las fuentes del derecho y su inclusión de fuentes indirectas en los siglos XVII y XVIII.
LISSETH ALEJANDRA SUBIA POTOSÍ - HISTORIA DEL DERECHO
Trabajo
1.
2.
3.
4. Perfil profesional.-El abogado formado en la U.N.A.Q es un profesional competente y
líder en el campo científico, teórico-practico, capaz de adoptar , aplicar e innovar el
conocimiento de la ciencias jurídicas en general; defender eficaz y oportunamente los
intereses de sus representados; asesorar en el desarrollo de iniciativas sociales,
empresariales y corporativas ; analizar e identificar problemas legales buscando vías de
prevención y solución , recaudando en una efectiva contribución al desarrollo social ,
económico , científico y jurídico del país.
Misión .- Formar abogados lideres para la asesoría , investigación , mediación y
litigación , combinando rigurosas habilidades académicas jurídicas para beneficio de la
comunidad con un amplio enfoque en factores jurídicos , económicos , sociales políticos
y corporativos , que permitirán desempeñar con solvencia el libre ejercicio de la
profesión , la defensoría publica , la fiscalización , la magistratura y la investigación
jurídica
5. •DEFINICÓN:
Cuando escuchamos la expresión de lógica jurídica, esta nos genera algunas impresiones. La primera de ellas es
concebir a la lógica como una “ciencia auxiliar” del Derecho, una especie de “método de investigación” aplicable al
Derecho, o bien, conceptualizamos esta lógica del Derecho, como una “área del conocimiento jurídico”.
La lógica jurídica es una lógica material, es decir, sus reglas principales se encuentran en la lógica formal,
encaminadas a una disciplina como lo es en este caso al Derecho.
La lógica jurídica es una lógica material, es decir, sus reglas principales se encuentran en la lógica formal,
encaminadas a una disciplina como lo es en este caso al Derecho.
La lógica jurídica es un método de investigación para entender al Derecho, obtiene su principal fuente del
conocimiento en la razón y no de la experiencia; el empleo de un lenguaje simbólico del Derecho, permite también
formar un paradigma en el conocimiento jurídico, que infiere en resultados perfectos, es decir, razonamientos tan
exactos, como los que nos puede dar las matemáticas.
La lógica jurídica como tal no puede existir, toda vez que no es una especie del género lógica, sino lo que recibe ese
nombre es solamente la aplicación de la lógica a la ciencia del derecho.
Es el Estudio sistemático de las estructuras de las normas, los conceptos y los raciocinios jurídicos. Sistematiza y
determina la estructura de las normas.
KLUG, define la lógica jurídica como la teoría de las reglas lógico formales que llegan a emplearse en la aplicación
del Derecho. Asimismo subraya que la lógica jurídica es aplicada intuitivamente por los jueces en los
razonamientos de sus sentencias, pero en ningún momento ha llegado a ser aplicada de manera reflexiva.
6. La expresión «Derecho romano» designa el ordenamiento jurídico que rigió a los ciudadanos de Roma y, con
posterioridad, de aquellos instalados en distintos sectores de su Imperio, en un espectro histórico cuyo punto de
partida se sitúa a la par de la fundación de Roma (c. 753 a. C.) y que se extiende hasta mediados del siglo VI d. C.,
época en que tiene lugar la labor compiladora del emperador Justiniano I el conocido desde el Renacimiento como
Corpus Iuris Civilis.
El redescubrimiento de los textos justinianos en época bajomedieval ha permitido a algunos autores hablar también
de «Derecho romano postclásico».
Si bien la expresión «Derecho romano» hace referencia fundamentalmente al derecho privado, lo cierto es que otros
aspectos, tales como el derecho penal, el público, el administrativo, caben dentro de la denominación.
En la actualidad, el Derecho romano es objeto de estudio de una disciplina jurídica internacional, la romanística, cuya
sede son las facultades de Derecho de todo el mundo. En virtud de este carácter internacional, el Derecho romano se
cultiva en varios idiomas, principalmente italiano («lingua franca» de la romanística), seguido por el alemán y el
español. Hasta la mitad del siglo XX hubo importantes contribuciones en francés, pero en la actualidad esta situación
ha variado a la baja; el inglés es un idioma de uso minoritario en el cultivo de la disciplina, aunque se acepta como
idioma científico en la mayoría de las publicaciones. El español se consolidó como idioma científico en esta disciplina
a partir de la segunda mitad del siglo XX, gracias a la altura científica que alcanzó la romanística española, comandada
por Álvaro d'Ors y continuada por sus discípulos.
La definición del Derecho romano se comprende mejor si se construye a partir de la comprensión de sus nociones
fundamentales y de su sistema de fuentes. Sin embargo, éstas no permanecen idénticas en el transcurso de la historia
del Derecho romano, sino que varían tanto en su número, como en su valor dentro del sistema de fuentes mismo. Es
este sistema el que provee de nociones claves para entender lo que en Roma se entiende por derecho. Con todo, es
posible adelantar que la expresión idus es la que se utiliza para señalar al derecho. Esta expresión se opone a la de fas,
que designa a la voluntad divina. Esta clara delimitación entre derecho y religión es patente en testimonios que datan
desde el s.III a. C., pero ello no es válido para los primeros tiempos, como se verá. A su vez, la expresión idus servirá
para la identificación de diversas categorías del mismo, tales como idus civile, ius Naturale, ius honorarium, o ius
gentium, por nombrar algunas de las más relevantes.
7. El vocablo "derecho": su etimología
Para los romanos
Jus: el principio normativo de la conducta humana en la vida social.
Fas: derecho divino
En la Edad Media comenzó el uso de la palabra "derecho": deriva de directus (guiar, enderezar) y rectus (rectitud), que
sustituyó al nombre originario jus.
La doctrina cristiana dió al derecho el significado de dirigir en vez de mandar.
De la raíz "ju" provienen: jurisprudencia, jurisconsulto, jurisdicción, juicio, juez, justicia etc.
El adjetivo "jurídico" designa todo lo referente al derecho Ejemplo: norma de derechos o normas jurídica.
Acepciones principales:
La palabra derecho se emplea para expresar ideas diferentes:
3.Derecho Subjetivo: es el poder, facultad o pretensión legitima para exigirle algo al Estado o un sujeto privado, que debe
estar fundado en el orden jurídico. El derecho su2.Derecho Objetivo: constituye un conjunto de reglas y normas
obligatorias de la vida humana en sociedad. Se manifiesta de maneras diversas, sentencia, contratos etc.
bjetivo es una función del derecho objetivo y no se concibe fuera de este.
4.Derecho Positivo y Derecho Natural: el derecho positivo es un conjunto de reglas y normas creadas por el hombre con
carácter obligatorio que rigen la vida de un pueblo. Comprende: derecho escrito o legislativo, el consuetudinario o no
escrito, el vigente y el histórico. El derecho natural está fundado en la naturaleza humana y es el conjunto de principios
intrínsecamente justos, su validez no depende de elementos exteriores.
8. La teoría general del estado es una ciencia que se crea en Alemania durante la
segunda mitad del siglo XIX con el nombre de Allgemeine Staatslehre ,
teniendo sus antecedentes en el iusnaturalismo del siglo XVIII. Mediante la
teoria general del estado se pretende aportar a una visión panorámica y a su vez
sintética sobre las características principales del estado , y que a su vez fuera
aplicable a todos los estados que han existido a lo largo de la historia del
hombre.
la palabra general pone de manifiesto esta situación ,ya que fue una
característica de las ciencias sociales del siglo XIX explicarlo todo a través de un
carácter universal
Posteriormente , y a partir de los estudios de Hermann Heller en los años de
1930 , se4 opto por retirar del nombre la palabra general, ya que se considero
que era imposible crear .