El documento resume la sentencia de la Corte Internacional de Justicia sobre el diferendo marítimo entre Perú y Chile. La CIJ determinó que el convenio de 1954 estableció una zona de tolerancia para la pesca pero no definió la frontera marítima. También concluyó que Perú y Chile tácitamente reconocieron una frontera más allá de las 12 millas náuticas desde la costa, pero que el acuerdo de 1954 no determina específicamente dónde está trazada la frontera marítima entre los dos países.