El documento presenta una definición del derecho económico y sus características. Explica que el derecho económico es humanista, dinámico, complejo, tanto nacional como internacional, concreto, multidisciplinario e interdisciplinario, e instrumento para promover el cambio social. Además, describe los objetivos, sujetos y fuentes del derecho económico.
2. 1.1. Definición de Derecho
Económico.
1.2 Objetivos Metodológicos.
1.3 Objeto del Derecho Económico.
1.4 Sujetos de Derecho Económico.
1.5 Fuentes del Derecho Económico.
3. 1.6 Características del Derecho Económico.
1.6.1 Humanista.
1.6.2 Dinámico.
1.6.3 Complejo.
1.6.4 Nacional e internacional.
1.6.5 Concreto.
1.6.6 Multidisciplinario e interdisciplinario.
1.6.7 Instrumento para promover el cambio
social.
4. Charles Chapaud
El derecho de la organización y del desarrollo
económico, ya sea que dependan del Estado,
iniciativa privada o de uno y otra.”
Dr. Darío Múnera Arango.
“Conjunto de principios y normas jurídicas que
regulan la cooperación humana en las
actividades de creación, distribución, cambio
y consumo de la riqueza generada por un
sistema económico.”
5. Dr. Jorge Alberto Witker Velásquez
En su libro Introducción al Derecho Económico, lo
concibe en el modelo neoliberal, como:“ El
conjunto de normas específicas de regulación
cuyo objeto es enmarcar comportamientos
económicos de las personas físicas o morales,
tutelando intereses generales con criterios de
economicidad y simplificación en el contexto
de un mercado zonal o tratado de libre
comercio.”
6. El conjunto de normas, principios e
instituciones jurídicas que regulan las
determinaciones generales en materia
económica de un Estado, para, regular,
dirigir y controlar toda actividad del proceso
económico.
7. Los principios jurídicos son criterios que
expresan un juicio acerca de la conducta a
seguir en cierta situación por ejemplo:
El principio de legalidad.
El principio de equidad y proporcionalidad
impositiva.
El principio de prioridad del derecho que
señala “el que es primero en tiempo es
primero en derecho”
8. La institución jurídica, es el orden de
personas, cosas o hechos regulados por
normas jurídicas estables de conformidad
con las cuales participan los hombres por
cierto tiempo establecido.
Las instituciones se clasificaban en el
Derecho Romano en:
A) ex pacta, o creadas por los particulares
mediante: convenios, contactos,pactos.
9. B) Statutare, establecidas por ley.
Como ejemplo de las instituciones en
derecho privado, tenemos, el matrimonio y
las sociedades mercantiles.
De instituciones en el derecho económico,
tenemos como ejemplo: las instituciones
nacionales de crédito.
10. Objetivos principales de Derecho
Económico:
Organizar economía macro jurídica a nivel
zonal.
Asignar al Estado un poder regulado
eficiente.
Fomentar mecanismos de mercado.
Conciliar intereses generales con los
privados nacionales o extranjeros.
Sancionar prácticas desleales y restrictivas o
monopólicas.
Las normas tienen más carácter zonal e
internacional que internos o nacionales.
11. Serra Rojas señala que el Derecho
económico es un:
“Conjunto de estructuras, valores, normas,
procedimientos, medidas técnicas y
jurídicas de la economía organizada, del
desarrollo económico y social de un país,
que formula el Estado para la realización
y dirección de su política económica”
12. Robert Savy. Señala que "el Derecho
Económico es un conjunto de reglas
tendientes a asegurar, en un momento y en una
sociedad dados, un equilibrio entre los
intereses particulares de los agentes
económicos privados y públicos y el interés
público general". Es decir para llegar a un
equilibrio entre los intereses que señala, es
menester la presencia de un conjunto de
reglas, normas, disposiciones, etc., que en su
conjunto forman el Derecho a través del cual el
estado interviene en la Economía".
13. Dependiendo de las necesidades tecnológicas, sociales y
económicas de un país son sus necesidades
de legislación; en México algunas de las necesidades
(objeto) que cubre el Estado a través del Derecho
Económico son las siguientes:
1.- Explotación de los recursos naturales a nivel nacional,
internacional y mixto.
2.- Empresa frente a Estado, consumidor y trabajador.
3.- Normas de conducta de las empresas transnacionales.
4.- Monopolios (con excepción de los Monopolios del
estado ejemplo; PEMEX).
5.- Utilidades de las empresas.
6.- Producción y control de bienes y servicios.
7.- Protección a consumidores. en nuestro país por medio
de la PROFECO.
14. 8.- Control sanitario.
9.- Demografía.
10.- Asentamientos humanos.
11.- Educación.
12.- Medios de comunicación masiva.
13.- Transportes.
14.- vivienda.
15.- salud.
16.- uso de tecnologías.
El Derecho económico genera leyes, para que
el Estado pueda generar un bienestar común.
15. Es bicéfalo, tiene un aspecto normativo y otro
práctico-económico
Normativo (categoría jurídica):
La legislación existente, rige el comportamiento
de las personas físicas o morales ejemplo: La
Constitución, Tratados Internacionales, Códigos,
leyes Federales etc.
Práctico (categoría económica):
Realidad aplicable de carácter normativo en el
ámbito económico. Por ejemplo: Las Finanzas
Públicas, los Recursos Naturales, el Fomento
Industrial, la Calidad de vida, etc.
16. Actualmente se presenta como una
disciplina que tiene como objeto normas
jurídicas que enmarcan los
comportamientos económicos de
agentes y operadores, esencialmente
privados, tutelando intereses generales
con criterios de economicidad y
simplificación.
17. Algunos autores mencionan que el objeto
del derecho económico es:
La producción de bienes materiales, es la
base de la vida de la sociedad, debido a
que el hombre tiene necesidades
ilimitadas, dentro de estas: Alimento,
Vestido, Casa y otros objetos materiales
18. El perfil del nuevo derecho económico es
facilitar y estimular la actividad económica
promoviendo mandatos que regulen a las
personas morales o físicas que operan el
que, el quien, o el cómo producir los
satisfactores.
El derecho económico tiene un mandato
legal, con fines de comportamiento
específico cómo:
19. Otro objeto del derecho económico es la
regulación jurídica de los actos
económicos nacionales así como los
internacionales.
Esto a fin de promover y realizar las
condiciones y objetivos de implantación,
estructuración, funcionamiento, reproducción
de la economía, y la producción,
distribución, y uso o consumo de bienes y
servicios.
20. El objeto de estudio del
derecho económico es estudiar
la organización y acción del
Estado, conforme al orden
jurídico vigente, tendiente a la
realización de los objetivos de
desarrollo económico y social del
país.
21. Farjat y Champaud, consideran:
Que más que una disciplina es un orden
jurídico que responde a las normas y
necesidades de una civilización en vías de
formación.
Otro objeto de estudio son: el desarrollo
de las sociedades industriales que viven un
ritmo de crecimiento que les permite
mantener privilegios con los países
subdesarrollados.
22. Todos los agentes económicos que
actúan en la producción (distribución,
circulación o consumo de bienes y
servicios) ya sean personas jurídicas
estatales, privadas o particulares.
23. El Estado es sujeto cuando actúa como
empresario o prestador de servicios en el
mercado y cuando establece lineamientos
de política económica en general.
Y las empresas en sus diferentes formas,
dentro del concepto de globalización, que
penetra en distintos mercados y actúa bajo
una planeación contraria a los intereses
nacionales regulados.
24. La función del Estado como director y rector es
actuar como depositario de los intereses globales
del sistema.
Tiene un papel de mando y de jerarquía.
Los agentes afectados tienen la obligación de
observar un acatamiento de las garantías
individuales.
En este contexto de legalidad las infracciones a
las reglas estatales son sancionadas por las
técnicas de derecho penal económico.
25. Sujetos de Derecho Económico
Son los Agentes Económicos.
Se entiende por Agente Económico, quien
actúa en la producción, distribución, circulación
y consumo de los bienes y servicios.
- Personas Jurídicas Estatales
- Distribuidores para el mercado
- Toda persona natural o jurídica, capaz de
actos jurídicos que interviene en el proceso
económico.
- El Estado como director o rector.
26. En economía llamamos "sujeto" al
agente económico; es decir al intermediario entre el
comprador y el vendedor, ya sea persona física o
moral, pero siempre dentro de un mercado.
El Agente Económico se clasifica en :
Agente de valores.
Agente de bolsa.
Banco.
PEMEX.
CFE.
El Estado.
Agentes ejecutores de actividades económicas, de
sector público o privado.
Consumidores., etc.
27. Un aspecto importante en el derecho
Económico es el consumidor; que
definimos como: "El hombre que consume
bienes y servicios para satisfacer sus
necesidades".
Por lo cual el consumidor es sujeto del
Derecho económico.
en nuestro país el Estado debe procurar el
bienestar del consumidor; creando y
administrando bienes y servicios que le
permitan, sobre todo al consumidor de bajos
ingresos, mejorar su nivel de vida.
28. Los sujetos del derecho
económico son los entes
económicos, al momento de que
se actualiza una norma jurídica
de derecho económico.
29. Son las formas de expresión de las normas
jurídicas de contenido económico.
1º Propiedad privada.- Fuente primaria de la
economía mixta o del Estado social del
Derecho. Se agrega además el Derecho de
iniciativa pública de acuerdo con nuestra
Constitución y la iniciativa privada.
30. 2º Fuentes reales.- Orientan la acción del
Estado, como fundamento principio u
origen de las normas jurídicas y
particularmente del Derecho positivo de
un Estado en una época.
3º Fuentes reales nacionales.- Aluden a
empresarios, agricultores, sindicatos,
profesionales, consumidores, usuarios.
31. 4º Fuentes reales extranjeras.- Organismos
financieros internacionales, Fondo Monetario
Internacional, el Banco Mundial, los
inversionistas, la Banca Internacional y el
comercio extranjero.
5º Fuentes tecnológicas.- Conjunto de
conocimientos técnicos para el nivel y la
intensidad de la relación capital-trabajo,
lograr la producción, elaboración y
transformación de bienes y servicios
necesarios socialmente.
33. Humanista
Su principal preocupación es el hombre
mismo, merecedor de una vida digna y de
que su búsqueda de progreso individual y
social se dé en condiciones sociales y
políticas iguales, ante los demás sujetos de
esa sociedad.
34. Dan prioridad a la salvaguarda de los
intereses generales, colectivos; así, los
individuales quedan en segundo lugar.
Con esto nace y evoluciona el derecho
económico: respeto a los derechos de la
sociedad y a los individuales, pero
procurando que el abuso de éstos no
dañen los derechos de aquellos.
35. Dinámico
Por su vocación transformadora y de
justicia social, es cambiante, ajustable a
la equidad y fluido, no es una disciplina
estática, como tampoco la economía. Al
contrario esta experimenta cambios que
la sociedad le impone, porque la sociedad
está en constante transformación.
36. El estado se ve obligado a modificar su
estructura legal, con el objeto de hacer
operantes los cambios económicos y
sociales. El derecho se vuelve más
dinámico que antes.
“La acción de las fuerzas sociales
provoca las inflexiones constantes de la
legislación“, (Gerardo Forjat )
37. Complejo
Se dice que el Derecho Económico es complejo
porque en su formación participan diversas
ramas del Derecho, tanto público como
privado, que pueden ser Administrativo,
Mercantil o Fiscal. Otras ciencias participan
para su entendimiento: Sociología, Química,
física y también la Cibernética sobre todo en
aquellas leyes que corresponden al orden
público, como hidrocarburos, energía eléctrica
recursos marinos, finanzas, deuda pública,
medio ambiente, telecomunicaciones, etc.
38. Para elaborar las normas referentes
se requiere la participación de
técnicos especializados en las
mismas, ya que la sola intervención
del abogado dejaría sin resolver
aspectos específicos que nada más
los técnicos conocen.
39. Nacional e Internacional
El Der. Económico se conforma por normas
internas (artículos 3°, 5°, 27 y 28 CPEUM;
Por normas zonales (los XII capítulos del
TLC de Ámerica del Norte que otorgan trato
nacional y principios de transparencia a las
empresas y ciudadanos de Edos Unidos y
Canadá en el territorio mexicano),
Internacionales, las normas de F.M.I. que
encuadran los comportamientos de
gobernantes y gobernados en México.
40. Es internacional porque sus normas han
de acudir a regular la conducta de las
personas, físicas o morales, tanto dentro
del territorio nacional como fuera de el.
Ejemplo: Leyes sobre cinematografía,
radio, televisión navegación aérea,
derechos del mar, consecuencia del
desarrollo de la vida moderna.
41. La organización de las Naciones Unidas
formula un código de conducta de las
empresas transnacionales.
Reglamentos para el uso y
aprovechamiento de recursos naturales
entre varios países.
42. Concreto
Debido a que sus normas se refieren a la
naturaleza concreta de una actividad
económica, no hacen mención a generalidades,
sino que se refiere a ramas particulares del
quehacer económico, además, se formulan
reglamentos especiales para otras industrias.
43. Multidisciplinario e interdisciplinario
El conocimiento de varias disciplinas, hace
referencia que nuestro objeto de estudio
puede ser analizado desde diferentes áreas
del conocimiento humano; presenta
implicaciones de tipo económico, jurídico,
político, etc. participan disciplinas no
jurídicas tales como energía nuclear,
electricidad, telecomunicaciones, petróleo,
contaminación ambiental, etc.
44. Interdisciplinario: Que abarca
aspectos de varias disciplinas, ya
que como síntesis de la economía y
el derecho, las normas de contenido
económico requieren un abordaje
esencialmente realista y sociológico.
45. Instrumento para promover el cambio
social.
No todo derecho económico es un
instrumento para el cambio social.
La liberación abrupta de las importaciones
de productos no necesarios no puede ser
vista como una norma que impulsa el
cambio social.
46. En cambio, una norma que protege a los
consumidores, al empleo productivo y
que fomenta la expansión de industrias
nacionales sí conforma una norma de
contenido económico que impulsa y
dinamiza un cambio social, que
conceptuamos como una transformación
productiva que genera un crecimiento
económico sustentable con equidad y
justicia social.
47.
48. La cuestión es determinar si nuestra
disciplina pertenece al ámbito público
o privado, es decir, sí estamos en
presencia de un conjunto de normas
y principios que guardan relación con
el Estado y su relación con los
particulares o bien si se trata de
relaciones entre los diversos agentes
privados.
49. El derecho económico es una
rama del Derecho Público, ya que
el Estado interviene claramente en la
economía. Pues es un instrumento
normativo que rige la política
económica del Estado.
50. Es decir se trata de normas jerarquizadas
que permiten, limitar o prohíben
determinadas conductas sociales
orientándolas a fines de desarrollo
económico- social que el estado
democrático se ha enmarcado como
posibles convenientes, y además
necesarias.
51. Sin embargo, también existe normativa que
regula las relaciones de los agentes
privados, como por ejemplo, la Ley de
Protección al Consumidor.
No todas las normas de derecho económico
responden a la vertiente pública. Por
ejemplo el derecho opcional que tiene un
empresario para integrar su actividad al plan
indicativo cae dentro del ámbito privado.
52. Por lo que algunos autores
sostienen, que el derecho
económico es un derecho mixto,
interdisciplinario y de síntesis
entre lo público y privado.
53. En resumen el derecho económico
se adscribe al ámbito del derecho
público en general, conteniendo
relaciones jurídicas privadas
optativas, fronterizas a otras normas
del derecho, especialmente de
naturaleza mercantil.
54. En vista del en cruzamiento de normas de
carácter público y privado en derecho
económico, algunos autores se inclinan a
ubicar al derecho económico en el campo
del derecho social, entendido este como
un conjunto de normas que emanan del
estado con el propósito de proteger a los
sectores débiles de la sociedad.
55. La facultad de policía o
abiertamente impositivas como en
materia monetaria, recursos
naturales no renovables, inversión
extranjera y planificación para la
propia administración pública.
56. En síntesis pensamos que las normas de
derecho económico como preservadoras
del orden público económico de un país,
son en general de carácter
eminentemente público, y que existen
fronteras tanto para un derecho social
económico como para limitadas áreas de
derecho privado económico,
especialmente de carácter empresarial y
societario.
57. DERECHO CONSTITUCIONAL: estudia las
normas, principios e instituciones jurídicas
fundamentales del Estado, de las cuales
derivan otras leyes reglamentarias,
reglamentos, decretos y acuerdos.
En la constitución se encuentra el fundamento
de las disposiciones en materia económica, que
facultan al estado para intervenir en la
regulación, dirección y control del proceso
económico.
58. DERECHO ADMINISTRATIVO: Estudia las
normas, principios e instituciones jurídicas que
determinan la organización y funcionamiento
del Estado.
En las normas del derecho administrativo se
determina la estructura de los órganos del
Estado que de manera directa tienen injerencia
en la regulación, dirección y control de algún
sector o rama de la actividad económica estatal
y de los particulares por ejemplo:
La Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal y la Ley Federal de Entidades
Paraestatales.
59. DERECHO ADUANERO: estudia las
normas, principios e instituciones, que
regulan, dirigen y controlan las
importaciones y exportaciones, como
resultado del intercambio comercial de
bienes servicios entre los particulares o
entre Estados, estableciendo estímulos
fiscales o restricciones a dichas
operaciones, según convenga a los
intereses nacionales.
60. El derecho económico al asumir el
carácter de internacional, comprende
las determinaciones generales del
estado para auspiciar o restringir, las
operaciones mercantiles que puedan
efectuarse tanto por los particulares
como del Estado en sí, en el plano
internacional.
61. DERECHO BANCARIO:
Este derecho estudia las normas,
principios e instituciones, que
regulan las operaciones bancarias y
crediticias, que generan el flujo de
financiamiento que impulsa el
proceso económico.
62. El derecho económico estudia las
normas, principios e instituciones
que prescribe el estado para regular,
dirigir y controlar a las instituciones
de crédito como por ejemplo:
A) La banca
B) Instituciones nacionales de
crédito.
63. Derecho Ecológico:
estudia las normas, principios e
instituciones jurídicas, que regulan la
preservación del medio ambiente,
esto es de los suelos, agua y
atmosfera, así como el uso y
conservación de los recursos
naturales renovables y no
renovables.
64. El derecho económico se relaciona
con el derecho ecológico, en razón
de que es en el medio ambiente en
el que se desarrollan las actividades
productivas, estableciendo normas
que eviten la sobreexplotación de los
recursos naturales y el deterioro del
medio ambiente.
65. DERECHO FINANCIERO:
Estudia las normas que regulan los ingresos
patrimoniales del Estado, en sus fases de
captación, manejo de presupuestarían,
presentación del poder legislativo,
autorización y ejercicio del gasto público.
El derecho económico se relaciona con el
derecho financiero, pues a través del gasto
público se impulsa, en gran medida, la
actividad económica del país.
66. DERECHO FISCAL:
Estudia las normas que regulan la
captación de ingresos del Estado a
través de los impuestos, derechos,
productos y aprovechamientos, así
como de los empréstitos (deuda
pública) que a nivel interno y externo,
contrata el Estado con objeto de
financiar el gasto público.
67. El derecho económico se relaciona con el
derecho fiscal, pues el financiamiento del
gasto público representa transferencia del
recurso de los particulares al Estado, que
gravitan sobre las utilidades de los
empresarios e ingreso sobre la renta de
los asalariados, y que repercuten en sus
niveles de inversión y consumo
respectivamente.
68. DERECHO INTENACIONAL PUBLICO:
Estudia las normas que regulan las
relaciones de un Estado, con otros Estados,
así como los organismos internacionales.
El derecho económico en su carácter de
intencional, regula as relaciones
internacionales de carácter económico que
se establecen entre estados.
69. El derecho civil.
El derecho penal.
El derecho mercantil.
El derecho Laboral.
ADEMAS SE RELACIONA CON
MULTIPLES DISCIPLINAS COMO: LA
ECONOMÍA, LA ADMINISTRACIÓN, LA
SOCIOLOGÍA, LA ESTADISTICA, ETC,
ETC,
70. El Derecho Económico es una rama Del derecho y de
la economía que en conjunción logran regularizar por
medio de normas y preceptos jurídicos las
actividades comerciales tanto públicas como
privadas.
E s necesario entender tanto la Economía, como el
Derecho.
Economía: es la Ciencia Social que estudia la
producción, distribución, intercambio y consumo de
bienes y servicios que tienen un precio por su
escasez.
71. Derecho: Aquella ciencia Social encargada
de cuidar la conducta típica del ser humano
dentro de una sociedad para lograr una
convivencia armónica.
El Derecho reglamenta todas las etapas del
proceso económico: desde la producción de
bienes y servicios hasta el consumo de los
mismos, no importa si es una economía
capitalista o socialista.
72. El Derecho Económico se encarga
de regular por medio de normas
jurídicas la actividad económica del
país, permitiendo al Estado realizar
el equilibrio entre los agentes;
salvaguardando el bienestar común
de una sociedad.
73. Los principios del Derecho Económico
se fundaron en los inicios de la sociedad,
cuando el auge del intercambio de bienes
provoco la creación de métodos para
controlar negocios.
El derecho económico es el área del
campo jurídico encargada de velar por el
buen funcionamiento de la economía de
un país.
74. El derecho económico representa todo un
complejo sistema de control para
transacciones monetarias, de bienes y
servicios.
El derecho económico supone un
importante eje, ya que los planes y reglas
que emanan de él comprenden la justa
distribución de la riqueza nacional y
propia de los habitantes de un país.
75. “El ministerio de economía debería
llamarse ministerio de la miseria, ya que al
ministerio de la guerra no se le llama nunca
ministerio de la paz.”
Jacques Prévert