La Constitución establece la estructura y organización del Estado peruano, dividiéndose en seis títulos que regulan aspectos como los derechos fundamentales, los poderes públicos, el régimen económico y las garantías constitucionales. Define además la autonomía de organismos como el Poder Judicial, el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo. Constituye la ley fundamental que sienta las bases del derecho administrativo.
2. • Según Guillermo Cabanellas de Torres
Es la ORGANIZACIÓN LUCRATIVA DE PERSONAL (empresario
o dirección, socios industriales o trabajadores), CAPITAL (dinero,
propiedades, máquinas y herramientas, mobiliario, etc.) y
TRABAJO (actividad organizadora, directiva, investigadora,
publicitaria, técnica y de ejecución material),
3. Es toda organización económica y autónoma en la que
confluyen los factores CAPITAL, TRABAJO, PRODUCION
y ADMINISTRACION con el OBJETIVO de desarrollar
ACTIVIDADES PRODUCTIVAS, de comercialización, de
prestación de servicios y otras actividades para
BENEFICIO DE LA COLECTIVIDAD.
4. CARACTERISTICA
Siendo toda empresa una organización independiente que
produce o distribuye bienes y servicios para el mercado, debe
reunir las siguientes características.
Requiere de una organización.
En la que el empresario organiza los medios de producción: el
capital y el trabajo, a los que deben sumarse la tecnología.
Es una institución de tracto sucesivo.
Que se realiza en el tiempo (factor cronológico), cuya
finalidad es atender las necesidades económicas del hombre
a través de bienes o servicios, los cuales se ejecutan en el
mercado o para el mercado (los consumidores representan la
demanda).
5. Es obra del intelecto del hombre.
No surge espontáneamente. Es así que, en el ámbito de la
ciencia económica el hombre crea empresas dedicadas a la
producción y distribución de bienes y servicios, sin las cuales
no sería posible una economía fundada en el principio de la
división del trabajo.
El desarrollo de la empresa depende siempre de la
personalidad del empresario.
quien le imprime su impulso y la adapta a las variantes
circunstancias de la vida económica moderna.
6. • Por su naturaleza :
industriales, comerciales y de servicios.
Por el sector al que pertenecen:
públicas, privadas y mixtas.
Por la integración del capital:
E. unipersonales
pluripersonales
7. • Empresas industriales, se dedican a la TRANSFORMACIÓN de
MATERIAS PRIMAS en productos terminados. Ejm. una fábrica de
papel.
• Empresas comerciales, se DEDICAN A LA COMPRA Y VENTA DE
PRODUCTOS ELABORADOS y se convierten en intermediarias entre
productores y consumidores, Ejm una comercializadora de llantas
• Empresas de servicios, se dedican a PRESTAR UN SERVICIO a la
colectividad, Ejm, una empresa aérea, una clínica.
8. • Las empresas públicas, pertenecen al Estado, con CAPITAL DEL
SECTOR PÚBLICO. Ejm empresas de agua potable, de energía
eléctrica, etc.
• Las empresas privadas , formadas con CAPITAL DEL SECTOR
PRIVADO, es decir por PERSONAS NATURALES O PERSONAS
JURÍDICAS, Ejm: una imprenta, una papelería, una empresa de
compra y venta de vehículos, etc.
• Las empresas mixtas o de economía mixta, son aquellas cuyo
CAPITAL pertenece TANTO AL SECTOR PÚBLICO COMO AL PRIVADO,
Ejm, empresas de explotación minera, etc.
9. por la integración del capital
• Empresas unipersonales, el CAPITAL pertenece a UNA PERSONA
NATURAL
y
• Pluripersonales, cuyo CAPITAL pertenece a DOS O MÁS PERSONAS
NATURALES.
10. EMPRESARIO
Concepto de empresario:
Es la persona física (natural) que profesionalmente y en
nombre propio ejercita la actividad de organizar los
elementos precisos para la producción de bienes o servicios
para el mercado”
Más brevemente: “Empresario es la persona que
profesionalmente y en nombre propio ejercita una actividad
empresarial”
11. CLASES DE EMPRESARIOS
A.- Empresario persona física o persona jurídica
1º) Empresario INDIVIDUAL
2º) Empresario PERSONA JURÍDICA
• Sociedades
• Entes públicos
• Fundaciones
B.- Clases de empresarios por la dimensión de su empresa
• Grandes
• Medianos
• Pequeños
C.- Empresarios privados y públicos
12. • Conjunto de PRINCIPIOS y NORMAS, expresivos de
una idea de JUSTICIA y ORDEN que regulan las
RELACIONES HUMANAS en toda SOCIEDAD y cuya
observancia puede ser impuesta de manera
COACTIVA
JUSTICIA (“iustitia”) :dar a cada uno lo suyo
13. D.PUBLICO, D.PRIVADO, D. SOCIAL
D.CIVIL, ADMINISTRATIVO, D. COMERCIAL, PROCESAL,
D.CONSTITUCIONAL, D.LABORAL, D.TRIBUTARIO, ETC
14. • NO es una rama del derecho
• ES UN ÁREA DEL DERECHO que abarca a varias ramas del derecho:
derecho civil patrimonial, comercial, societario, bursátil, concursal,
laboral, tributario, registral, notarial, penal de las empresas,
constitucional económico, bancario, cooperativo, procesal civil,
aduanero, industrial…
• Regula la actividad empresarial de las Empresas, siendo el derecho
comercial su principal rama.
15. CONCEPTO DE DERECHO EMPRESARIAL
• AREA DEL DERECHO que regula la ACTIVIDAD
EMPRESARIAL de las empresas, siendo una de
sus principales ramas el derecho comercial.
16. ANTECEDENTES DEL DERECHO
EMPRESARIAL
• APARECE en la historia en la EDAD CONTEMPORANEA
• NO EXISTIÓ en el derecho romano antiguo.
• El principal antecedente del derecho empresarial es el
derecho mercantil o comercial.
17. IMPORTANCIA DEL DERECHO EMPRESARIAL
• El derecho empresarial es muy importante porque
está al SERVICIO de los AGENTES ECONÓMICOS.
• Debe legislarse pensando en la ventaja o facilidades
que se debe crear para las empresas.
18. • NO SE RELACIONA con ninguna rama del derecho
• ABARCA a VARIAS ramas del derecho
• Se UBICA en las TRES RAMAS del derecho
• APARECE en la edad contemporánea
• Es una DISCIPLINA jurídica AUTÓNOMA
• Abarca a la mayor cantidad de ramas del derecho
20. DIFERENCIAS DEL DERECHO EMPRESARIAL CON EL
DERECHO CORPORATIVO
1.-: El Derecho corporativo es PARTE del Derecho Empresarial, el
derecho empresarial ABARCA al derecho corporativo.
2: El Derecho Empresarial ESTUDIA Y REGULA todas LAS EMPRESAS
El Derecho Corporativo estudia y regula sólo a las GRANDES
EMPRESAS.
3.-: El Derecho empresarial es más DIFUNDIDO que el derecho
corporativo dentro del DERECHO PERUANO.
4.-: Existe más MAESTRÍAS en derecho empresarial que en derecho
corporativo.
5.- : No existen LIBROS en el derecho peruano sobre derecho
corporativo, lo que si ocurre con el derecho empresarial.
21. DIFERENCIAS DEL DERECHO EMPRESARIAL CON EL
DERECHO COMERCIAL
1.-: El derecho Comercial hace su aparición en la edad media, el
Derecho Empresarial aparece en los tiempos contemporáneos.
2.-: El derecho empresarial abarca al derecho comercial
3.-: El derecho comercial regula la actividad de los comerciantes, el
derecho empresarial regula la actividad de una organización :
Empresa.
4.-: El derecho comercial abarca a pocas ramas del derecho que son
societario, cartular o cambiario, bursátil, concursal, tele
comunicaciones, de defensa de la libre competencia, bancario,
seguros y reaseguros, marcario, entre otras.
23. LA CONSTITUCION
Es la ley fundamental de la organización de un Estado, es
fuente formal del derecho administrativo que sirve como
principio rector para regular las relaciones entre los
Poderes Públicos y con los ciudadanos en general en los
aspectos fundamentales del ordenamiento jurídico.
También se le conoce como Carta Magna o Ley de Leyes.
• Es formal cuando designa todas las normas jurídicas
distintas de las normas legales ordinarias, en razón del
procedimiento empleado para su formación.
• Es material cuando está constituida por todo el
complejo de normas jurídicas escritas o no, que
determinan la estructura esencial del Estado
24. ESTRUCTURA DEL ORDENAMIENTO
CONSTITUCIONAL
La Constitución de 1993, consta de 206 artículos y ha sido
estructurada sobre la base de VI títulos anteriormente
señalados, que regulan la vida cívica del país, así tenemos:
TITULO I: DE LA PERSONA Y LA SOCIEDAD (Arts. 1º al 42º)
• Los Derechos fundamentales de la Persona.
• Los Derechos Sociales y Económicos.
• Los Derechos Políticos y de los Deberes.
• La Función Pública.
TITULO II: DEL ESTADO Y LA NACIÓN (Arts. 43º al 57º)
25. • El Estado, la Nación y el Territorio.
• Los Tratados.
TITULO III: DEL RÉGIMEN ECONÓMICO (Arts. 58 al 89º)
• El Ambiente y los Recursos Naturales.
• La Propiedad.
• El Régimen Tributario y Presupuestal.
• La Moneda y la Banca.
• El Régimen Agrario y las Comunidades Campesinas y
Nativas.
TITULO IV: ESTRUCTURA DEL ESTADO (Arts. 90º al 199º)
• El Poder Legislativo y su función.
• La Formación y Promulgación de las Leyes.
• El Poder Ejecutivo y el Consejo de Ministros.
• El Régimen de Excepción.
• El Poder Judicial y los principios y derechos de la
función jurisdiccional.
26. Dentro de este Título se regulan los Organismos Autónomos
del Estado, entre otros:
El Consejo Nacional de la Magistratura, que se encarga de la
selección y el nombramiento de los jueces y fiscales, salvo
cuando éstos provengan de elección popular, como es el caso
de los Jueces de Paz.
El Ministerio Público, cuya finalidad, entre otras, es la de
promover de oficio, o a petición de parte, la acción judicial en
defensa de la legalidad y de los intereses públicos tutelados
por el derecho. Su funcionamiento es autónomo y lo preside
el Fiscal de la Nación.
27. La Defensoría del Pueblo, que le corresponde esencialmente
defender los derechos constitucionales y fundamentales de la
persona y de la comunidad; y supervisar el cumplimiento de los
deberes de la administración estatal y la prestación de los servicios
públicos a la ciudadanía. Esta entidad es presidida por el Defensor
del Pueblo.
La Seguridad y la Defensa Nacional, que alcanza a todos los
ciudadanos, al determinarse que el Estado garantiza la seguridad
de la Nación mediante el Sistema de Defensa Nacional, que es
dirigido por el Presidente de la República.
La Defensa Nacional es integral y permanente. Se desarrolla en los
ámbitos interno y externo.
El Sistema Electoral, que tiene por finalidad asegurar que las
votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de
los ciudadanos, y que los escrutinios sean reflejo exacto y
oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por
votación directa.
28. Está conformado por el Jurado Nacional de Elecciones, la
Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil. Actúan con
autonomía y mantienen entre sí relaciones de coordinación
de acuerdo con sus atribuciones.
El territorio de la República se divide en regiones,
departamentos, provincias y distritos, en cuyas
circunscripciones se ejerce el gobierno unitario de manera
descentralizada y desconcentrada.
Las Municipalidades provinciales y distritales, y las
delegadas conforme a ley, son los órganos de gobierno local.
Tienen autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia.
29. TITULO V: DE LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES(Arts.
200º al 205º)
Existen seis (6) Garantías Constitucionales:
• Acción de Habeas corpus
• Acción de Amparo
• Acción de Habeas Data,
• Acción de Inconstitucionalidad,
• Acción Popular
• Acción de Cumplimiento.
Termina el desarrollo de la Constitución con el
TITULO VI: LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN (Arts. 206º)