2. 1
TABLA DE CONTENIDO
CAPÍTULO 1 2
SECCIÓN 1.1 – EL DERECHO 2
CAPÍTULO 2 4
SECCIÓN 2.1 - ESTADO 4
CAPÍTULO 3 6
SECCIÓN 3.1 – GOBIERNO
SECCIÓN 3.2 – DEMOCRACIA 7
SECCIÓN 3.3 - SOCIEDAD DE LA INFORMACION 8
SECCIÓN 3.4 - GOBIERNO ELECTRONICO (AGESIC) 9
SECCIÓN 3.5 - TRIBUTACION 10
SECCIÓN 3.6 – SEGURIDAD SOCIAL 15
CAPÍTULO 4 18
SECCIÓN 4.1 – EMPRESAS EN URUGUAY 18
SECCIÓN 4.2 – DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA (DGI) 20
SECCIÓN 4.3 - INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL (BPS) 21
SECCIÓN 4.4 - MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (MTSS) 22
CAPÍTULO 5 25
SECCIÓN 5.1 - TRAMITES 25
SECCIÓN 5.2 – EJEMPLO APERTURA EMPRESA 26
SECCIÓN 5.3 - COSTOS 32
SECCIÓN 5.4 - DOCUMENTACION 34
SECCIÓN 5.5 – FORMULARIOS 34
CAPÍTULO 6 34
SECCIÓN 6.1 - LINKS 34
SECCIÓN 6.2 – HISTORIA 37
SECCIÓN 6.3 - SISTEMAS ECONOMICOS 41
SECCIÓN 6.4 - GLOSARIO 45
SECCIÓN 6.5 – VIDEOS 59
BILIOGRAFIA 60
3. 2
CAPITULO 1.1 – EL DERECHO
Se intenta aproximarnos al concepto del Derecho; interpretar de qué hablamos cuando
nos referimos a él.
¿Por qué pensamos como pensamos?
Veremos que lo que entendemos por Derecho dependerá de la postura
adoptada por cada uno de nosotros; nuestras posturas no son neutras, sino
que siempre pensamos desde una concepción del mundo, seamos
conscientes de ello o no.
Nuestra forma de pensar y "ver" el mundo tiene mucho que ver con
nuestra socialización, con la cultura en que nos tocó vivir, con el espacio
físico en que crecimos y con el tiempo en que vivimos. Cada uno de
nosotros, como personas, vivimos un determinado momento histórico,
social y cultural en el cual nos socializamos y del cual somos producto.
Podemos pensar entonces que los contextos en los cuales estamos
inmersos nos ayudan a explicar lo que pensamos, sentimos, decimos o
hacemos.
En esos contextos construiremos nuestros "lentes" para ver y entender qué
sucede en el mundo y lo que nos sucede a nosotros mismos.
Estos "lentes" no son neutros ni imparciales, están conformados por:
IDEAS (Marco Ideológico)
VALORES E INTERESES (Marco Axiológico)
CONCEPCIÓN DE LA REALIDAD (Marco Ontológico)
CONCEPCIÓN DE LA SOCIEDAD (Marco Sociológico)
CONCEPCIÓN DEL SER HUMANO (Marco Antropológico)
CONCEPCIÓN DEL CONCOCIMIENTO CIENTÍFICO (Marco
Epistemológico)
Es entonces que estos "lentes" conforman nuestra concepción del mundo,
concepción que llamaremos "Paradigma"
4. 3
Aproximación al concepto de Derecho
Cuando hablamos de Derecho de un país hacemos referencia a un
conjunto de normas de conducta que reciben el nombre de:
NORMAS JURÍDICAS.
Una norma es una regla que nos indica cómo comportarnos, si bien no
toda regla constituye una norma. Para que esto suceda la regla deberá
contar con dos elementos: el precepto y la sanción. El precepto refiere a la
orden, al mandato que la norma explicita, lo que la norma nos pide que
hagamos o dejemos de hacer. Por su parte, la sanción será la consecuencia
que deriva de la acción del sujeto ante la misma. Podemos decidir ante el
mandato la conducta que asumiremos. La misma podrá responder a lo que
la norma exige o no.
Ahora pensemos cuándo las normas de conducta son normas jurídicas.
Estas normas, en nuestro país, son dictadas por el poder estatal, es decir
siempre surgen de una institución gubernamental. (Poder Legislativo, el
Ejecutivo, el Judicial, las Intendencias, etc.)
Además, no se elaboran de cualquier manera sino que surgen de
procedimientos especiales preestablecidos.
Cuando pensamos en las normas jurídicas hacemos referencia por ejemplo
a la Constitución de un país, a sus leyes, a los decretos, a los reglamentos,
a las sentencias, a los contratos.
El Derecho se vincula con las normas jurídicas de un país.
El Derecho tiene sentido en función de los
Sujetos.
Son sujetos de derecho las personas físicas o individuales y las personas
jurídicas o colectivas.
Toda persona (sujeto activo o pasivo) es titular de derechos y
obligaciones.
La persona es quien tiene la aptitud de poder ser titular de derechos y
deberes.
5. 4
Según el artículo 21 de nuestro Código Civil, son personas físicas todos
los individuos de la especie humana, y se consideran personas jurídicas, el
Estado, la Iglesia, entre otras.
Por lo tanto, el concepto de persona en nuestro derecho se aplica a los
seres humanos y a ciertas organizaciones formadas por ellos.
CAPITULO 2.1 – EL ESTADO
Se intenta aproximarse al concepto de Estado; como forma de organización política.
La categoría "Estado"; al igual que otras categorías, como la de mercado,
clases sociales, nación , entre otras, son partes de un proceso de
construcción social y por tanto tienen un carácter de historicidad.
El Estado es la organización política, dotada de atribuciones soberanas e
independiente, que integra la población de un país. Hace referencia a la
organización social, política, coactiva y económica, conformada por un
conjunto de instituciones, que tienen la atribución de regular la vida en
sociedad.
Como término polisémico, designa también a todo aquel país soberano,
reconocido como tal en el orden internacional, así como al conjunto de
atribuciones y órganos de gobierno de dicho país.
Todo Estado está dotado de territorio, población y soberanía.
ESTADO FUERTE O DEBIL
Para comenzar a trabajar las funciones del Estado, es necesario definir que
es una función.
José Korzeniak plantea que pueden ser definidas, en una primera
aproximación como las diversas maneras que utiliza el Estado, en su
actuación, es decir para llevar adelante la prestación de su tarea.
Cuando nos planteamos establecer las funciones del Estado, es necesario,
recordar que estas estarán planteadas en base a una visión teórica
determinada.
6. 5
RELACIÓN SOCIEDAD - ESTADO
La Sociedad y el Estado son productos de la razón, es decir creaciones
voluntarias de los hombres.
FINES DEL ESTADO
En la terminología clásica, plantea Korzeniak; que durante el siglo XIX, se
entendía por fines del Estado, el conjunto de actividades que realizaba. Así
los fines del Estado son los objetivos que el mismo se plantea llevara a
cabo. Estos se pueden diferenciar en dos dimensiones: primarios y
secundarios.
FINES PRIMARIOS
Son aquellos que el Estado debe asumir para ser Estado. Es decir hay
determinados propósitos que no pueden quedar en manos de los
particulares su realización, sino que debe asumirlos el Estado pues tiene
que ver con su propia esencia. Por ejemplo; encargarse de mantener el
orden interno, la seguridad externa, la emisión del papel moneda.
FINES SECUNDARIOS
Son aquellos objetivos que el Estado puede proponérselos realizar
haciéndose cargo él mismo, o dejándolos en manos de los particulares o
también compartir con ellos su alcance. Por ejemplo, estos fines se
vinculan con la educación, la salud, la seguridad social. Si el Estado no
asume esos fines no deja de ser Estado, no obstante su población tendrá
menor calidad de vida.
COMETIDOS DEL ESTADO
Cuando hablamos de cometidos nos referimos a las tareas que realizar el
Estado a través de sus ORGANOS.
Las tareas que cumplen los órganos se denominan cometidos.
Servicios Esenciales
o Estatales relacionados a los fines primarios del Estado.
7. 6
Servicios Públicos
satisfacen necesidades colectivas básicas de las población: saneamiento,
agua, luz, teléfono.
Servicios Sociales
son de Interés Público a modo de ejemplo: enseñanza, Cultura.
Servicios Comerciales e Industriales
surgen con el Estado Benefactor: BROU; BSE, Entes Autónomos, etc.
CAPITULO 3.1 – EL GOBIERNO
¿Qué es el GOBIERNO ?
Se intenta en esta página diferenciar; El Estado y el Gobierno dado que
son dos conceptos fundamentales que suelen ser confundidos.
Todas las corrientes teóricas coinciden con uno de los atributos
fundamentales para identificar a un Estado: la monopolización del uso
legítimo de la violencia física, dentro de un espacio territorial. Tal
violencia física se expresa en un aparato de coerción, que sólo utiliza tal
Estado y que lo hace solo en circunstancias extremas.
Es decir el Estado posee un poder.
Es a partir de establecer que el atributo central para la existencia de un
Estado es el uso legítimo de un poder, que podemos preguntarnos:
¿Quién lleva adelante ese poder?
Es aquí donde aparece el concepto de GOBIERNO, que suele utilizarse en
dos sentidos diferentes. Un sentido es el "orgánico" y otro sentido es el
"funcional".
Cuando se plantea el gobierno en sentido orgánico, se está haciendo
referencia al conjunto de órganos o de autoridades que cotidianamente
ejercen la dirección del Estado, mientras que si se utiliza el sentido
funcional, se hace referencia a la actividad que se desarrolla en esa
dirección cotidiana del Estado (Korzeniak)
8. 7
SECCIÓN 3.2 – DEMOCRACIA
DEMOCRACIA
¿Qué formas asumen los gobiernos?
¿Para qué gobernar y para quién gobernar?
La Democracia es una modalidad de gobierno y de organización de un
Estado; se trata de un sistema que permite organizar un conjunto de
individuos, en el cual el poder no radica en una sola persona sino que se
distribuye entre todos los ciudadanos por lo tanto; las decisiones se toman
según la opinión de la mayoría.
SOBERANIA
La idea de soberanía popular fue revolucionaria en su momento
(Rousseau 1712-1778), ya que implicaba la sustitución de la monarquía
por el poder del pueblo. Este elegía a los gobernantes que tomaban las
decisiones en representación del pueblo por un determinado número de
años, pero no eran los dueños del poder. A esta forma de gobierno se la
llamó: REPÚBLICA.
El principal canal de participación ciudadana en la república es el voto.
Otros principios fundamentales para el funcionamiento de la república
son, además de la participación política activa de los ciudadanos, la
división de poderes, la concreción de la justicia y la búsqueda del bien
común.
CIUDADANIA
Conceptualmente todas las personas están concebidas como ciudadanos
por su pertenencia a un Estado (viviendo en comunidad)
Desde un punto de vista político: el ciudadano tiene derecho de participar
en el gobierno del Estado, ya sea como elector o como elegible.
Desde un punto de vista jurídico: es el vínculo que une a la persona con el
Estado generando derechos y obligaciones.
9. 8
El término en la actualidad es utilizado para nombrar al individuo como
sujeto de derecho.
¿QUIENES SON CIUDADANOS?
Nuestra Constitución lo indica en los Artículos: 73, 74 y 75.-
SECCIÓN 3.3 – SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC)
Se intenta en esta página brindar un panorama amplio del
desarrollo de los avances tecnológicos; la sociedad del
conocimiento y las TIC en nuestro país.
Una de las principales revoluciones de la segunda mitad del siglo XX
ocurrió en el terreno de la tecnología y de los medios de comunicación y
entretenimiento, lo que ha convertido a la sociedad actual en una sociedad
del conocimiento. Este avance tecnológico es un elemento importante en
el progreso social y, asimismo, plantea importantes retos al ser humano.
Desarrollo de la sociedad del conocimiento
La expresión sociedad del conocimiento hace referencia a la importancia
de la información en el mundo actual. Los continuos avances tecnológicos
y el lanzamiento de nuevos productos son resultado de la investigación y
los desarrollos realizados por las llamadas industrias de punta.
¿Qué son las TIC?
Abreviación para las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
Es decir, todas esas tecnologías que nos permiten acceder, producir,
guardar, presentar y transferir información. Ellas están en todos los
ámbitos de nuestras vidas, en nuestra vida social y familiar. Sus usos son
ilimitados y pueden manejarse con facilidad, sin necesidad de ser un
experto.
¿Cuáles son?
Televisores, teléfonos celulares, computadoras, radios, reproductores de
audio y video, consolas de videojuegos, tablets e Internet.
10. 9
¿Para qué sirven?
Para aprender, mantenernos en contacto, saber lo que está sucediendo en
el mundo, dar nuestra opinión y conocer lo que los demás opinan. Con
ellas las distancias se disminuyen, la comunicación y el intercambio de
información se hacen cada vez más rápidos y eficientes.
Gracias a las TIC, el conocimiento y el mundo entero, están a un clic de
distancia.
Link: Globalización
SECCIÓN 3.4 – GOBIERNO ELECTRONICO
¿Qué es el Gobierno Electrónico (e-Gov)?
Se intenta brindar una breve descripción del Gobierno
Electrónico en Uruguay y la creación de AGESIC .
El Gobierno Electrónico busca innovar en la relación entre la ciudadanía y
la Administración Pública, aprovechando las oportunidades que brindan
las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC).
El uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC)
permite innovar diferentes aspectos de la gestión pública, facilitando a la
ciudadanía que su interacción con el Estado sea más fácil, más rápida y a
un menor costo. La simplificación de trámites y su disponibilidad vía
electrónica, nos permite relacionarnos con el Estado desde cualquier lugar
y en tiempo real, las 24 horas del día.
Gobierno Electrónico en Uruguay
AGESIC es el organismo que lidera la estrategia de implementación de
Gobierno Electrónico como base de un Estado eficiente y centrado en el
ciudadano. Impulsa la sociedad de la información y del Conocimiento al
promover la inclusión, la apropiación y el buen uso de las Tecnologías de
la Información y de las Comunicaciones.
La Agencia articula, gestiona y promueve una ciudadanía participativa y
un gobierno abierto; una gestión pública moderna, eficaz y eficiente; un
buen uso de las TIC, Seguridad y confianza.
11. 10
El rol de AGESIC
A partir de 2007 y mediante la Ley 18.172, se le asignó a AGESIC la
función de “impulsar el avance de la Sociedad de la Información y del
Conocimiento, promoviendo que las personas, las empresas y el Gobierno
realicen el mejor uso de las tecnologías de la información y las
comunicaciones” (art. 118).
A partir de ese momento, la Agencia convocó a diversos actores de la
sociedad con el fin de consolidar la política digital del país, llegando de
esta manera a la Agenda Uruguay Digital 2008 y sus posteriores versiones
2010, 2015 y 2020.
SECCIÓN 3.5 – TRIBUTACION
Se intenta brindar un panorama amplio del poder del Estado y
los diferentes sistemas de aportaciones (en lo tributario) de
nuestro país.
La potestad tributaria del Estado
Las empresas, sean éstas públicas o privadas, son frecuentemente
sujetos pasivos de obligaciones tributarias. La actividad empresarial
representa a menudo una fuerte manifestación de capacidad contributiva,
lo cual determina que el Estado imponga a las mismas el pago de tributos,
con los cuales financia el cumplimiento de sus fines. Aludiendo a esta
facultad del Estado e imponer el pago de tributos corresponde la
denominada potestad tributaria.
Potestad tributaria se define como la posibilidad jurídica del Estado de
exigir contribuciones, con respecto a personas o bienes que se hallan en su
jurisdicción, según Carlos María Giuliani Fonrouge. (Prof. Derecho
Tributario- Argentino)
No es ilimitada, sino que se encuentra limitada por los principios
jurídicos que rigen la materia tributaria. Entre estos principios, se destaca
en primer término el principio de legalidad, así como el control
jurisdiccional y el principio de igualdad.
Tributos son las prestaciones que exige el Estado ejerciendo su poder
de imperio.
Se oponen en esta consideración a las contraprestaciones percibidas por
el Estado a cambio de una prestación que éste brinda.
12. 11
Los tributos deben ser establecidos por ley, correspondiéndole a la
Administración la determinación, la percepción y la fiscalización de los
mismos. En el caso de la mayoría de los tributos nacionales, esta función
es cumplida por la Dirección General Impositiva.
Clases de tributos
• Impuestos
• Tasas
• Contribuciones especiales
El Código Tributario (decreto-ley Nº 14.306 de 29/11/74) distingue tres
tipos de tributos:
• Impuestos:
Tributos cuyo presupuesto de hecho es independiente de toda actividad
estatal respecto del contribuyente.
• Tasas:
Tributos que suponen una actividad específica del Estado hacia el con-
tribuyente;
• Contribuciones Especiales:
Se caracterizan por la existencia de un beneficio económico para el
contribuyente por la realización de obras públicas o de actividades
estatales; entre éstas se encuentran las contribuciones especiales de
seguridad social, destinadas a los organismos estatales de seguridad social.
Las principales tributos que gravan la actividad empresarial pueden
clasificarse en:
• Impuestos directos:
Gravan a los contribuyentes por su manifestación de capacidad
contributiva, con prescindencia de los actos concretos que realice (Im-
puesto a la Renta, al Patrimonio);
13. 12
• Impuestos indirectos:
Gravan actos concretos realizados por el contribuyente (IVA, IMESI);
• Contribuciones especiales de seguridad social.
Régimen Tributario en DGI para Contribuyentes
de Pequeña Dimensión Económica (PYMES)
MONOTRIBUTO
Actividad:
Actividad con utilización de capital y trabajo en la vía pública, en espacios
abiertos o pequeño local, tanto ambulantes como estables, no pudiendo
explotar más de un puesto a la vez.
Naturaleza Jurídica:
- Unipersonal
- Sociedades de hecho
(2 socios)
Ingresos:
Menores a $ 641.946 anuales si es unipersonal
Aprox. 53.495 pesos mensuales
Personal Ocupado:
- Hasta 1 persona, si es unipersonal.
- Sin dependientes las sociedad de hecho
Paga a DGI:
NO corresponde
PEQUEÑA EMPRESA
Actividad:
Actividad comercial o industrial con utilización de capital y trabajo.
14. 13
Naturaleza Jurídica:
No hay condición
Ingresos:
Menores a $ 1.069.910 anuales
Aprox. 89.159 pesos mensuales
Personal Ocupado:
No hay límite
Paga a DGI:
$ 3.210 mensual
Cambia importe siempre a partir del 1º enero
REGIMEN GENERAL
Todas pagan:
IRAE - 25 % (*)
IVA - 22 %
IPAT - 1.5 %
(*) Hasta 4.000.000 UI (Unidad Indexada)
Sin Contabilidad Suficiente
Aportan de Forma Ficta:
hasta 2.000.000 UI el 13.2 %
entre 2.000.000 y 3.000.000 el 36 %
de 3.000.000 en adelante el 48 %
Superiores a 4.000.000 UI
Con Contabilidad Suficiente
Links:
NORMATIVA DGI
15. 14
CONSULTAS TRAMITES DGI
Servicios Personales
Categorización MPyMES : Decreto 504/007
SERVICIOS PERSONALES
Los trabajadores independientes - profesionales y no profesionales - que
presten servicios personales fuera de la relación de dependencia, serán
contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Estos trabajadores independientes deberán:
Efectuar pagos bimestrales del IVA - Servicios personales.
Presentar anualmente una declaración jurada (Formulario 1302).
Esta declaración se presenta al año siguiente de acuerdo al
calendario de vencimientos establecido.
Además de ser contribuyentes del IVA; quedarán gravados por el
Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) es un impuesto que
grava las rentas obtenidas por las personas físicas (individuos) residentes
en el territorio nacional.
En cuanto a los aportes al BPS; las personas físicas residentes que prestan
servicios personales fuera de la relación de dependencia, son
contribuyentes FONASA.
ACLARACIÓN DE FORMA RESUMIDA EN CUANTO A PAGOS:
DGI - DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
IVA Servicios Personales
IRPF
BPS - INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Aportes Jubilatorios
Anticipos al FONASA:
de lo facturado sin IVA se calcula el 70 %;
16. 15
a dicho porcentaje se le aplica la tasa correspondiente a la situación del
contribuyente
(*) Pago Mínimo= CPE
Contribuciones a la seguridad social (BPS)
Las contribuciones de seguridad social son contribuciones espe-
ciales devengadas por el desarrollo de una actividad laboral, las
cuales son pagadas por la empresa y por los trabajadores, con la
finalidad de financiar los beneficios de seguridad social que la ley
confiere a quienes desarrollan dichas actividades (jubilación,
pensión, enfermedad, incapacidad, desempleo).
Links:
Simulador de Aportes Dependientes - BPS
APORTES MINIMOS - Sin Personal
Normativa BPS
Preguntas Frecuentes BPS
SECCIÓN 3.6 – SEGURIDAD SOCIAL
Se intenta brindar un panorama amplio de la Seguridad Social; sus comienzos y el rol del
Estado frente al bienestar social de su población.
Seguridad social
La seguridad social, también llamada seguro social o previsión social, se
refiere principalmente a un campo de bienestar social relacionado con la
protección social o cobertura de las necesidades reconocidas socialmente,
como salud, vejez y/o discapacidades.
La Organización Internacional del Trabajo, en un documento publicado en
1991 denominado "Administración de la seguridad social", definió la
seguridad social como:
La protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una
serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales
que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de
los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o
enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; también la
protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con
hijos.
17. 16
OBJETIVOS
El objetivo de la seguridad social es tomar en cuenta:
El seguro social, es decir, la entidad que administra los fondos y
otorga los diferentes beneficios que contempla la seguridad social
en función del reconocimiento a contribuciones hechas para un
esquema de seguro. Estos servicios o beneficios incluyen
generalmente la provisión de pensiones de jubilación, el seguro de
incapacidad, las pensiones de viudez y orfandad, los cuidados
médicos y el seguro de desempleo.
El mantenimiento de ingresos, principalmente la distribución de
efectivo en caso de pérdida de empleo, incluyendo jubilación,
discapacidad y desempleo.
Los servicios provistos por las administraciones responsables de la
seguridad social. Según el país, ello puede incluir cuidados
médicos, aspectos de trabajo social e incluso relaciones
industriales.
El término también se usa para referirse a la seguridad básica, un
término aproximadamente equivalente al acceso a las necesidades
básicas, tales como comida, educación y cuidados médicos.
HISTORIA
La seguridad social nace en Alemania, en la época del canciller Otto von
Bismarck, con la Ley del Seguro de Enfermedad, en 1883.
La expresión "seguridad social" se populariza a partir de su uso por
primera vez en una ley en Estados Unidos, concretamente en la Social
Security Act de 1935. Posteriormente, el concepto es ampliado por sir
William Beveridge en el llamado Informe Beveridge (Social Insurance
and Allied Services Report) de 1942 con las prestaciones de salud y la
constitución del National Health Service británico (Servicio Nacional de
Salud) en 1948.
Japón, desde antes de la Segunda Guerra Mundial, es uno de los
principales impulsores mundiales de la seguridad social, al haber creado el
Ministerio de Sanidad, Trabajo y Bienestar y su propio sistema de
pensiones e incapacidad.
18. 17
TRABAJO Y PROTECCIÓN SOCIAL: EL ROL DE LOS ESTADOS
Muchos Estados asumen un rol activo diseñado e implementado políticas
que permiten reducir los riesgos laborales de la población. Por ejemplo;
tener mayor control sobre las empresas o empleadores para que registren a
sus trabajadores como forma de reducir el trabajo sin protección legal,
realizar obras públicas que incentiven la contratación de empleados o
definir políticas sobre los salarios mínimos que deben obtener los
trabajadores.
Algunos de los problemas laborales que afectan a la población
económicamente activa son la falta de empleo, la precariedad, la
informalidad, el trabajo infantil. Esto genera grupos de población
vulnerable que requieren atención especial para modificar sus condiciones
de vida.
Algunas políticas de incentivo al trabajo están destinadas a lograr la
inserción de ciertos grupos vulnerables - por ejemplo, las mujeres con bajo
nivel educativo o los jóvenes sin experiencia laboral-.
En nuestro país, fue la Constitución de la República Oriental del Uruguay
que en 1967 en su Artículo 195 creó el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social (MTSS) y el Banco de Previsión Social (BPS).
En 1996; tras la Reforma Constitucional de ese año propone la creación
de las AFAP (Administradoras de Fondos de Ahorros Provisionales)
mediante el cual los ahorros de cada trabajador son volcados a una cuenta
personal a lo largo de su vida laboral. Estos ahorros serían administrados
por empresas privadas, con el compromiso de pagar la jubilación de cada
ahorrista a partir del retiro.
De forma resumida: cada uno aporta mes a mes a la AFAP. El dinero
ahorrado va aumentando, tanto por los nuevos aportes como por los
intereses de lo ahorrado. Cuando llega el momento de la jubilación, se
toma todo ese dinero, y se transfiera a otro fondo, este de retiros. Ese
fondo básicamente lo que hace es estimar cuanto tiempo la persona va a
vivir, y repartir el dinero (más los intereses) en cuotas iguales ajustadas
por inflación.
19. 18
CAPITULO 4.1 – EMPRESAS EN URUGUAY
Se intenta brindar un panorama amplio de los requisitos para inscribir una
empresa en el Uruguay; no se intenta detallar todos los requerimientos,
sino aquellos más importantes por parte de los organismos.
Antes de entrar en el tema específico; vale la pena aclarar que es una
Empresa.
Empresa
Es la organización de capital y trabajo dedicada a la producción de bienes
o prestación de servicios destinados al mercado, con o sin fines de lucro.
Se trata de una noción económica que parte de la combinación de factores
de diversa naturaleza: capital y trabajo.
El concepto de capital en la noción de empresa se extiende al conjunto de
los bienes productivos.
Concepto Jurídico de Empresa
No existe un concepto jurídico uniforme de empresa. Las diversas
legislaciones lo establecen con criterios distintos, que difieren incluso
según la rama del derecho que se trate. En el derecho uruguayo, no existe
un concepto de empresa.
Se entiende por tal, en su dimensión económica, a la combinación de
capital y trabajo, con ánimo de lucro.
De esta forma, podemos afirmar que una empresa no es sujeto de derecho
según nuestra legislación. La empresa no contrata por sí misma. Se trata
de una organización que existe bajo responsabilidad de una persona, física
o jurídica. Al sujeto de derecho que es titular de la empresa se le denomina
usualmente empresario. (*) CODIGO DE COMERCIO
EMPRESAS EN URUGUAY
NATURALEZA JURIDICA
A la hora de Inscribirse la empresa en la DGI, deberá tener decidido que
forma jurídica va a adoptar. Este marco normativo a elegir tendrá
consecuencias a nivel jurídico, con respecto a las normas que regulan el
ejercicio de determinadas actividades y los diferentes tributos.
20. 19
El tipo jurídico que básicamente una empresa puede tomar en el Uruguay
se resume en los siguientes casos:
1) Empresa Unipersonal:
Se incluye a aquellos empresarios que se inscriben como únicos
propietarios del emprendimiento; pueden tener un número ilimitado de
empleados, si bien la identidad de la empresa se debe diferenciar de los
bienes personales del dueño, estos pueden verse afectados por los riesgos
que asume el empresario, la responsabilidad del dueño es ilimitada.
2) Sociedad de Hecho:
Se incluye a los emprendimientos en los que la propiedad es repartida
entre dos o más empresarios; se puede establecer bajo las reglas de un
contrato privado sin obligación de su registro. Estas empresas pueden
tener un número ilimitado de empleados, la responsabilidad de los socios
es ilimitada y los bienes personales de los mismos puede verse afectada
por los riesgos tomados por la empresa.
3) Sociedad de Responsabilidad Limitada:
Se incluyen a aquellos contratos con registro obligado conformados por
dos o más socios cuya responsabilidad en los riesgos de la operación del
negocio está limitada al capital determinado en el contrato, estas empresas
pueden tener infinidad de empleados.
4) Sociedad Anónima:
Se incluyen a aquellas empresas fundadas bajo un estatuto tipo que se
registra mediante determinada formalidades. Los socios toman la calidad
de accionistas en este caso y su actividad está regida por denominado
estatuto.
Cualquiera sea el tipo societario que tome la empresa, deberá registrarse
en:
a) DGI – Dirección General Impositiva: Regula, controla y
administra los tributos nacionales.
b) BPS- Instituto de Previsión Social: Regula la Seguridad
Social, controla y administra los aportes personales y
patronales que tributan las empresas.
c) MTSS – Ministerio de Trabajo y Seguridad Social: Regula
y controla las relaciones laborales entre empresarios y
empleados.
21. 20
SECCIÓN 4.2 – DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA (DGI)
1830- Creación de Ministerio de Economía : tiene como
unidad ejecutora a DGI
Gobierno de Fructuoso Rivera (PC)
Toda empresa que inicia actividades debe inscribirse ante los Organismos
del Estado.
Básicamente ante la DGI, el BPS y el MTSS; estos organismos les
asignarán un número identificatorio (salvo el Ministerio de Trabajo), y le
exigirá la presentación de datos y el pago de los impuestos que su
actividad genere.
En la Dirección General Impositiva, se obtiene el número de RUT, que
debe figurar en todas las facturas y boletas de la empresa, y es con ese
número que deben pagarse diversas obligaciones.
INSCRIPCIÓN EN DGI
Condiciones, datos y documentos necesarios, para obtener el número de
RUT (Registro Único Tributario):
– Original y fotocopia de Cédula de Identidad
– Nombre completo si es persona física, o Razón Social si es una
sociedad (persona Jurídica)
– Domicilio constituido, (domicilio donde se encuentra la
documentación de la empresa.)
– Domicilio fiscal, (domicilio donde se desarrolla la actividad.)
–Domicilio Real, domicilio del o los titulares
– Naturaleza jurídica
Propietario Individual o Sociedad
Si es unipersonal y es pequeña empresa, se puede certificar domicilio con
recibo de UTE, ANTEL siempre que esté a nombre del titular, y si fuera
una sociedad se debe llevar un Certificado Notarial donde el Escribano/a,
certifica que se ha constituido una Sociedad y que su contrato está en vía
de Inscripción en el Registro público de Comercio, detallar la Integración,
el domicilio constituido, domicilio fiscal, y reales de los socios, el giro o
Actividad, fecha de inicio de la actividad gravada, que socios tienen
actividad, que los socios son mayores de edad (en caso de ser menores,
deberán ser autorizados por el juez, nombrándosele un curador), el estado
civil, cónyuges, documento de identidad.
22. 21
Conjuntamente con el certificado llevar copia autenticada del Contrato
Social, no necesita la plancha del Registro Público de Comercio.)(Según el
tipo de sociedad o casos especiales, puede necesitar otros datos)
– Balance (para contribuyentes sin contabilidad suficiente la fecha
es el cierre del llamado año civil que es el 31 de diciembre.)
– Al momento de la inscripción se debe definir el Impuesto que se
va a tributar
Ciertas empresas ya tienen determinado el o los impuestos, por su
actividad ej.
Rurales
Inst. Financieras
Servicios Personales o Profesionales
por su constitución Social, (Sociedades Anónimas)
y a otras sus impuestos los determina el monto de Ingresos proyectado:
IVA MINIMO
IRAE
IPAT
Es conveniente antes de realizar la inscripción asesorarse con un
profesional Contable, debido a que hay regímenes que una vez optado por
ellos no puede ser cambiado por otro ej.: Contribuyente de IRAE – no
puede pasar a IVA MINIMO.
SECCIÓN 4.3 – INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL (BPS)
1967 - CREACIÓN DEL BPS
BAJO LA REFORMA CONSTITUCIONAL DE 1967 -
ART. 195 PLEBISCITADA EL 27/11/1966
Toda empresa que inicia actividades debe inscribirse ante los Organismos
del Estado.
Básicamente ante la DGI, el BPS y el MTSS; estos organismos les
asignará un número identificatorio (salvo Ministerio de Trabajo), y le
exigirá la presentación de datos y el pago de los impuestos que su
actividad genere.
23. 22
En el Instituto de Previsión Social se obtiene el número de empresa, y con
él se aporta mensualmente, un porcentaje sobre los sueldos nominales del
personal más el sueldo ficto patronal.
INSCRIPCIÓN EN BPS
A igual que en la DGI, el trámite puede realizarse antes de iniciar la
actividad, y es recomendable, principalmente aquellas empresas que ya
inician la actividad con personal dependiente, porque deberán registrar al
personal en el sistema Gafi antes o el mismo día de su inicio a la actividad,
de lo contrario tendrá una multa de 1 UR por cada empleado).
La documentación a presentar puede variar según el tipo de Empresa.
Si es empresa unipersonal (Empresa unipersonal significa único Dueño)
debe presentar:
Original y fotocopia de documento de Identidad.
Formulario 2/531 y el Formulario 205, completos.
Si la empresa es una Sociedad:
Las siguientes especificaciones no contemplan a todos los tipos de
sociedades, sino que son para las más comunes.
Puede que para ciertas sociedades se soliciten otros datos
complementarios.
Fotocopia autenticada del contrato social, y copia del certificado Notarial
presentado en la DGI por si hay algún socio que no tenga actividad.,
la documentación a solicitarse depende de acuerdo al tipo de Sociedad.
SECCIÓN 4.4 – MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD
SOCIAL (MTSS)
Uruguay fue pionero en regular y controlar las condiciones
del trabajo en América.
1907 - Creación del Ministerio de Industria, Trabajo e
Instrucción Pública (Ley 3147 del 12/03/1907)
Gobierno de Claudio Williman (PC)
Toda empresa que inicia actividades debe inscribirse ante los Organismos
del Estado.
Básicamente ante la DGI, el BPS y el MTSS; estos organismos les
24. 23
asignará un número identificatorio (salvo Ministerio de Trabajo), y le
exigirá la presentación de datos y el pago de los impuestos que su
actividad genere.
(*) Desde Octubre del 2017; Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
recibe la información de las Planilla de Control de Trabajo (ya sea que la
empresa tenga personal), desde la base de información del BPS; en ella
figura todo el personal ocupado por la empresa.
PLANILLAS DE CONTROL DE TRABAJO
¿QUÉ ES?
Es la comunicación del alta de actividades que deben realizar todas las
empresas (que tengan personal) ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social; en el caso de no tener personal a cargo solo se registra el Libro de
Registro Laboral.
Las Planillas de Control de Trabajo desde Octubre del 2017; pasaron a ser
procesadas por el BPS; quien se encarga de proporcionarle al Ministerio la
información correspondiente al momento del alta del personal, unificando
de esta forma la información.
SALARIO MÍNIMO NACIONAL (FUENTE: BPS)
EXISTE EN NUESTRO PAÍS, UN SALARIO MÍNIMO NACIONAL QUE
ES INTERPROFESIONAL Y UN SALARIO MÍNIMO POR GRUPOS DE
ACTIVIDAD SEGÚN CATEGORÍAS.
EL PODER EJECUTIVO FIJA UNA CANTIDAD MÍNIMA QUE SE
APLICA PARA TODOS LOS TRABAJADORES COMO FORMA DE
BASE POR DEBAJO DE LA CUAL NO PUEDE ESTAR NINGÚN
SALARIO.
SALARIO MÍNIMO
EL SALARIO MÍNIMO NACIONAL (SMN) FUE INTRODUCIDO EN
URUGUAY A TRAVÉS DEL DECRETO 1534/969 DEL 28 DE
NOVIEMBRE DE 1969 QUE LO DEFINÍA COMO EL “PISO POR
DEBAJO DEL CUAL NO PUEDE ESTAR NINGUNA
REMUNERACIÓN”.
En el libro “Historia del Uruguay”, Benjamín Nahúm explicaba que -
basado en una investigación parlamentaria de las condiciones de vida y de
trabajo de la clase obrera, que se hizo entre los años de 1939 y 1940- el
25. 24
Legislativo consideró la creación de los Consejos de Salarios, que
finalmente se aprobaron el 12 de noviembre de 1943.
También, según Nahúm, en la Ley se establecía que el salario mínimo
debía permitir al trabajador satisfacer sus necesidades físicas, intelectuales
y morales y que para fijar los salarios se establecerían consejos por rama
de industria y de comercio, con tres representantes del Estado, dos de los
patronos y dos de los obreros.
En materia de leyes laborales, es en este período que se instalaron los
Consejos de Salarios, ámbito de regulación de la negociación colectiva,
teniendo al Estado como “mediador”.
CONSEJOS DE SALARIOS
¿QUÉ SON?
Son ámbitos tripartitos de negociación, creados por la ley 10.449 de 1943
(*). Su objetivo es fijar las categorías y los salarios mínimos de los
trabajadores de acuerdo con su profesión.
¿QUIÉNES PARTICIPAN?
Cada Consejo de Salarios está designado por los grupos de actividad
clasificados por el Poder Ejecutivo. Lo integran siete miembros: tres en
representación del Poder Ejecutivo, dos por los empresarios y dos por los
trabajadores. Las decisiones son adoptadas por mayoría simple.
(*) LEY N° 10.449 DE 1943 - CREACIÓN DE LOS CONSEJOS DE
SALARIOS
LOS CONSEJOS DE SALARIOS FUNCIONARON DESDE SU
PROMULGACIÓN EN 1943 HASTA 1968, CUANDO JORGE PACHECO
ARECO, EN ESE PERÍODO PRESIDENTE LUEGO DE LA MUERTE DE
GESTIDO EL PRESIDENTE ELECTO, BASÓ SU POLÍTICA
“ESTABILIZADORA” EN LA CONGELACIÓN REAL DE LOS SALARIOS,
NO DE LOS PRECIOS, LOGRANDO LLEGAR AL MÁS BAJO SALARIO
REAL DE LA DÉCADA DEL 60. LUEGO DE LA DICTADURA, EN 1985, EL
PODER EJECUTIVO, MEDIANTE EL DECRETO 178/85, CONVOCÓ
CONSEJOS DE SALARIOS, CREANDO CUARENTA Y OCHO GRUPOS DE
ACTIVIDAD. EN 1990, EN EL GOBIERNO DE LACALLE, SE VOLVIERON
A SUSPENDER HASTA EL 2005, CUANDO FUERON RESTITUIDOS
MEDIANTE LOS DECRETOS 138/05 Y 139/05.
26. 25
¿COMO NOS COMUNICARNOS CON LOS DIFERENTES
ORGANISMOS PÚBLICOS?
Previo a la utilización de los diferentes servicios brindados por los
Organismos; debemos solicitar: USUARIO y CLAVE DE ACCESO
BPS: Solicitud de Usuario Personal
mediante la web y presentándolo en BPS
DGI: Solicitud de Clave de Acceso
obteniéndola en los locales de la Red de Cobranzas ABITAB de todo el
país accediendo a parte de los servicios
para acceder a todos los servicios deberán solicitar Contrato de Adhesión
en DGI
MTSS: Creación de Usuario
mediante la web; desde Octubre del 2017; NO se creará más Usuarios en
MTSS, dado a la unificación de la información junto a BPS.-
CAPITULO 5.1 – TRAMITES
GESTIONES
Se intenta brindar los pasos a seguir para la realización de trámites que
deben realizarse en el momento de inscripción de una empresa en los
distintos organismos.
También la documentación necesaria para iniciar dichos trámites y a
donde dirigirse en cada situación adquiriendo los conocimientos básicos
para llevar adelante los trámites esenciales que en la actualidad se realizan
de forma online (Gobierno Electrónico).
27. 26
SECCIÓN 5.2 – EJEMPLO APERTURA EMPRESA
PRIMER PASO
Ventanilla Única (BPS y DGI)
Condiciones, datos y documentos necesarios, para obtener el número de
RUT (Registro Único Tributario):
– Original y fotocopia de Cédula de Identidad
– Nombre completo si es persona física, o Razón Social si es una
sociedad (persona Jurídica)
– Domicilio constituido, (domicilio donde se encuentra la
documentación de la empresa.)
– Domicilio fiscal (domicilio donde se desarrolla la actividad.)
–Domicilio Real, domicilio del o los titulares
– Naturaleza jurídica : Propietario Individual o Sociedad
Si es unipersonal y es pequeña empresa, se puede certificar
domicilio con recibo de UTE, ANTEL siempre que esté a nombre
del titular, y si fuera una sociedad se debe llevar un Certificado
Notarial donde el Escribano/a, certifica que se ha constituido una
Sociedad y que su contrato está en vía de Inscripción en el Registro
público de Comercio, detallar la Integración, el domicilio
constituido, domicilio fiscal, y reales de los socios, el giro o
Actividad, fecha de inicio de la actividad gravada, que socios
tienen actividad, que los socios son mayores de edad (en caso de
ser menores, deberán ser autorizados por el juez, nombrándosele
un curador), el estado civil, cónyuges, documento de identidad.
Conjuntamente con el certificado llevar copia autenticada del Contrato
Social, no necesita la plancha del Registro Público de Comercio.
Según el tipo de sociedad o casos especiales, puede necesitar otros datos:
– Balance (para contribuyentes sin contabilidad suficiente la fecha
es el cierre del llamado año civil que es el 31 de diciembre.)
Al momento de la inscripción se debe definir el Impuesto que se va a
tributar.
Ciertas empresas ya tienen determinado el o los impuestos, por su
actividad ej.
28. 27
Rurales
Inst. Financieras
Servicios Personales o Profesionales
por su constitución Social, (Sociedades Anónimas)
y a otras sus impuestos los determina el monto de Ingresos proyectado:
IVA MINIMO
IRAE
IPAT
Es conveniente antes de realizar la inscripción asesorarse con un
profesional Contable, debido a que hay regímenes que una vez optado por
ellos no puede ser cambiado por otro ej.: Contribuyente de IRAE – no
puede pasar a IVA MINIMO.
LINKS
Cuadro resumen Monotributo-Pequeña Empresa (fuente DGI)
Aportes mínimos (fuente BPS)
SEGUNDO PASO
(en caso de contar con Personal Dependiente)
ALTA DEL PERSONAL EN BPS
CÓDIGOS INTERNOS EN GAFI
(AFILIACIÓN DE TRABAJADORES)
SISTEMA DE AFILIACION AL B.P.S. PARA
TRABAJADORES
(GAFI)
Todas las empresas están obligadas a declarar en tiempo y forma las altas,
bajas y modificaciones de actividad de sus trabajadores.
Esta declaración facilitará los servicios a los efectos jubilatorios y será
requisito previo para la obtención de los beneficios sociales y afiliaciones
a las AFAPS.
29. 28
¿En qué plazos?
ALTAS:
o Industria y Comercio: 10 días antes del inicio y hasta la
fecha de ingreso del trabajador inclusive.
o Trabajadores panaderos eventuales (VF64), Personal
jornalero no estable de la Estiba (VF49) y Personal de la
pesca remunerado a la parte (VF39): dentro de las 24 horas
de producido el ingreso del trabajador o hasta la hora 12 del
primer día hábil siguiente al ingreso.
o Servicio Doméstico: Igual que para Industria y Comercio,
debiéndose realizar las Altas, Bajas y Modificaciones en
ATyR (Cobranza descentralizada).
o Rurales: hasta las 72 horas hábiles posteriores al ingreso a
la actividad.
o Construcción: hasta las 48 horas hábiles posteriores al
ingreso a la actividad
BAJAS:
o 5 días Hábiles a partir de la fecha de egreso para todo
sector de aportación y actividad.
MODIFICACIONES DE SEGURO DE SALUD:
o Las empresas dispondrán hasta el 5 día hábil del mes
siguiente al que se produce el cambio para realizar dichas
modificaciones (las mismas no generan multa Gafi, pero su
presentación tardía puede generar el cobro de los importes
que el BPS hubiere abonado en demasía por prestaciones
indebidas).
El no cumplimiento de estos plazos generará la aplicación de las multas
correspondientes.
TERCER PASO
al mes siguiente de la Inscripción en caso de tener empleados deberán:
A - Liquidar sueldos
RECIBO DE SUELDOS
Cada vez que el empleador abone a sus trabajadores algún rubro laboral,
debe expedir y entregarles un Recibo de Salario. Por su parte, el
trabajador suscribe una copia que queda en su poder.
Dichos recibos servirán de Constancia Laboral ya que tienen impresos
todos los datos de la empresa, así como los datos del trabajador. Es una
30. 29
especie de resumen de todo lo que contiene la Planilla de Trabajo y
sustituye a la constancia de actividad laboral.
En los Recibos de Salarios debe constar:
Nombres y apellidos completos, cargo y categoría laboral, fecha de
ingreso y Nº de Cedula de Identidad del trabajador
Nombre y domicilio de la empresa, grupo y subgrupo de actividad,
Nº de Planilla de Control de Trabajo, Nº de afiliación al BPS,
Nº de Carpeta del BSE, y Nº de RUT y Cedula de identidad
cuando corresponda
Relación detallada de todos los rubros que lo componen: salarios,
horas extras, feriados pagos, nocturnidad, antigüedad, aguinaldo,
jornal de vacaciones, salario vacacional, indemnizaciones y, en
general, todo otro concepto relativo al vínculo laboral.
Relación detallada de los descuentos que se efectúen
Fecha de pago
Declaración de la empresa de haber efectuado los aportes de
Seguridad Social de los haberes del mes anterior. En caso de no
haber efectuado los aportes patronales respectivos, la declaración
de haber vertido los aportes obreros descontados en su carácter de
agente de retención.
Forma de pago de los salarios
Si el pago es mensual: dentro de los cinco primeros días hábiles y
nunca después de los diez primeros días corridos del mes siguiente.
Si es quincenal: dentro de los cinco días hábiles siguientes al
vencimiento de la quincena.
Si es semanal: al finalizar la semana (Ley 14.159, Ley 16.170 art.
719).
Cuando el trabajador tenga retenciones, cualquiera sea su índole (judicial,
comercial etc.), no podrá percibir por concepto de retribución salarial, una
cantidad en efectivo inferior al 30% del monto nominal deducidos los
impuestos, IRPF y las contribuciones de Seguridad Social. (Ley 16.170
art. 2).
Desde el 22 de junio de 2015 se encuentra vigente el decreto que establece
la posibilidad de que las empresas uruguayas puedan expedir recibos de
pago de haberes en formato electrónico, en sustitución del formato papel.
31. 30
El Decreto 173/015, de 22 de junio de ese año, consagró a texto expreso
la posibilidad de expedir recibos de sueldos electrónicos. Se funda en la
“necesidad de modificar la normativa que regula la expedición de recibos
de salarios” debido al “continuo cambio tecnológico e informático que
brinda la posibilidad de expedir recibos de sueldos en formato electrónico,
lo que exige actualizar la normativa vigente en dicha materia.”
Contiene sólo dos artículos, el primero de los cuales otorga nuevo texto al
art. 38 del Decreto No. 107/008 que regula los recibos de sueldos en papel
(sin modificaciones de importancia), mientras que el segundo agrega un
artículo 38 Bis a la misma norma, permitiéndole al empleador la
posibilidad de expedir recibos de sueldos electrónicos, siempre que se
cumplan con determinados requisitos que detallan a texto expreso.
“Artículo 38-BIS: El empleador podrá expedir el recibo en formato
electrónico, para lo cual, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Instrumentar un sistema informático que permita la visualización del
recibo en forma remota por parte del trabajador, proporcionando a estos
efectos, un usuario y una contraseña que habilite su consulta y control. El
acceso a la información contenida en los recibos, debe estar disponible y
accesible por el término de prescripción de los créditos laborales, y ser
suministrada, ante el requerimiento de los organismos de contralor del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y del Banco de Previsión Social.
b) Suministrar el recibo en formato papel ante la simple solicitud del
trabajador, o facilitar su impresión con terminales e impresoras dispuestas
en lugares accesibles a todos los trabajadores.
c) El recibo expedido electrónicamente debe contener los mismos datos
que el recibo emitido en formato papel, indicados en el artículo anterior.
d) En caso que el pago de los haberes se realice a través de dinero
electrónico, el recibo debe consignar el instrumento utilizado y su
identificación.
e) En caso que el pago de los haberes se realice a través de depósito ante
una Institución de Intermediación Financiera, el recibo debe consignar, el
nombre y sucursal de la Institución, el número de cuenta y transacción,
conjuntamente con la fecha e importe de las partidas de dinero
depositadas. Se considerará como fecha efectiva de pago, aquella en la
cual el dinero depositado como salario a nombre del trabajador queda
efectivamente a su disposición.”
La actualización normativa en esta materia ha seguido el camino general
de la Sociedad de la Información. La adopción de las nuevas tecnologías
32. 31
informáticas, que permiten el procesamiento, comunicación y
recuperación de grandes cantidades de información, ha llevado a una
creciente “desmaterialización” y “virtualización “de los bienes. El
relacionamiento entre las empresas y sus trabajadores sigue el mismo
camino y el legislador no sólo lo avala, sino que quiere profundizarlo con
el dictado de normas que protegen de los derechos de ambos.
No cualquier recibo electrónico es admitido por la normativa. Los
requisitos para su formalización y aceptación están expresados en cada
uno de los literales del artículo 38 Bis.
APORTES OBREROS:
B.P.S. Banco de Previsión Social (Jubilatorio) 15 %,
Sistema Nacional Integrado de Salud (FO.NA. SA)
F.R.L. Fondo de reconversión Laboral 0.125 %
I.R.P.F. IMPUESTO A LA RENTA DE PERSONAS FÍSICAS
Simulador de Aportes Dependientes
DERECHO LABORAL URUGUAYO - MTSS
B – Enviar NOMINAS
DECLARACIÓN DEL PERSONAL
BPS calcula las obligaciones tributarias de los contribuyentes sobre la base
de las declaraciones presentadas por la empresa (Nóminas o Declaración
Nominada) y emite el documento correspondiente para el pago (Factura),
el cual se abona sujeto a calendario de vencimientos, procesos que se
llevan a cabo íntegramente por Internet.
MEDIOS PARA GENERAR LA INFORMACIÓN
La información de Nóminas, Rectificativas y Deducciones, se puede
generar utilizando las siguientes herramientas:
Programa ATYRO- software que proporciona BPS en forma
gratuita
Software propio de cada empresa
33. 32
Por ingreso interactivo desde los Servicios en Línea (digitando en
línea la información)
NÓMINAS, RECTIFICATIVAS Y DEDUCCIONES
La información que deben suministrar los contribuyentes se conforma de:
Nómina o Declaración Nominada – en la cual se identifican uno a
uno los trabajadores, que previamente debieron ser declarados en
GAFI (Gestión de Afiliaciones), con sus datos personales, los
servicios prestados, la remuneración, así como otros datos que
hacen a la actividad cumplida en el mes.
Rectificativa - es el medio para modificar o agregar información,
respecto de a una Nómina presentada y validada por BPS.
Deducciones - contienen la información necesaria para el cálculo
de IRPF respecto de los conceptos pasibles de deducción de cada
uno de los trabajadores de la empresa.
A los efectos de completar la información necesaria se utilizan diversos
códigos que identifican cada situación los que están contenidos en el
Codificador.
SECCIÓN 5.3 – COSTOS
COSTOS DE UNA EMPRESA
(*) BASE AÑO 2017 - APORTES MÍNIMOS MENSUALES
SITUACIONES PLANTEADAS DE FORMA GENERAL
NO EN CASOS PARTICULARES
BPS - SIN PERSONAL A CARGO
Unipersonal Sin Personal
sin hijos a cargo ni cónyuge - $ 4.561.-
Monotributo MIDES
34. 33
(*) más información
Ley N° 18.874.-
Monotributo
Sin opción al SNIS - $ 1.348.-
Con opción al SNIS - $ 3.289.-
sin hijos ni cónyuge a cargo
Servicios Personales
Aportes Jubilatorios - $ 2.331.-
Anticipos Fonasa Mínimo - $ 2.597.-
BPS - Simulador Aportes Dependientes
DGI - APORTES MINIMOS
Monotributo
Monotributo Social MIDES
Pequeña Empresa - IVA Mínimo - $ 3.210.-
Resumen Monotributo / Pequeña Empresa
Régimen General
Anticipo IRAE - $ 4.210.-
35. 34
Anticipo IPAT - primer año no se paga hasta que se presente
balance anual
IVA = Diferencia IVA Ventas- IVA Compras
IRPF - Exento hasta 7 BPC = $ 25.277.-
IVA Servicios Personales
SECCIÓN 5.4 – DOCUMENTACION
SECCIÓN 5.5 – FORMULARIOS
CAPITULO 6.1 – LINKS
ENLACES DE INTERÉS GENERAL
GOBIERNO ELECTRÓNICO
AGESIC
INICIATIVAS
Catálogo de trámites y servicios del Estado
Portal del Estado Uruguayo (PEU)
Puntos de Atención Ciudadana
Empresa en el día
BPS
Trabajadores
Subsidio por maternidad y paternidad
Subsidio por Enfermedad
Subsidio por Desempleo
Afiliación Mutual
Tasas FONASA
Todos los servicios para los trabajadores
Empresarios
36. 35
Contribuyentes comunes BPS y DGI
Contribuyentes exclusivos BPS
Gestión de usuario
Afiliación de trabajadores (GAFI)
Medios para generar la información
Facturación y Pago
Aportes mínimos
Simulador de Aportes Dependientes
Fondo Nacional de Salud (FONASA)
Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Trabajo doméstico
Servicios Personales
Monotributo
Obras de mantenimiento
Obras por Administración
Fomento del empleo
Normativa Tributaria
Valores e Indicadores
Formularios
Descarga Programa ATYRO
Todos los servicios para los empresarios
Jubilados y Pensionistas
Jubilaciones
Pensiones
IASS
Sistema de Cuidados
Todos los servicios para jubilados
DGI
Personas
IRPF
IPAT
Trámites de Inscripción
Servicios en Línea
Empresas
IRAE
IVA
IPAT
ICOSA
37. 36
Educación Tributaria
Cuadro resumen Monotributo-Pequeña Empresa
Herramientas
Servicios en Línea
MTSS
Consejo Superior Tripartito
Consejos de Salarios
Empleo
Seguridad y Salud en el Trabajo
Seguridad Social
Acceso a Venetus
Normativa
Derecho Laboral Uruguayo
APLICACIONES MÓVILES
BPS
DGI
Google Play: BPS
Google Play: DGI
PAGINAS OFICIALES
IMPO - Centro de Información Oficial
DGR - Dirección General de Registros
AIN- Auditoria Interna de la Nación
DNMP- Dirección Nacional de Marcas y Patentes
RUPE: Registro Único de Proveedores del Estado
Parlamento del Uruguay
Portal del Estado Uruguayo
Presidencia de la Republica
Ministerio del Interior
Ministerio de Salud Pública
38. 37
Ministerio de Desarrollo Social
Ministerio de Defensa Nacional
Ministerio de Turismo y Deportes
Ministerio de Educación y Cultura
Ministerio de Economía y Finanzas
Ministerio de Relaciones Exteriores
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Ministerio de Industria, Energía y Minería
Ministerio de Transporte y Obras Públicas
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
Otros Enlaces - Parlamento
SECCIÓN 6.2 – HISTORIA
Se intenta a través de las fechas históricas relacionar como los hechos
ocurridos en Europa impactan en nuestro país desde lo económico,
político y social.
DE LO GENERAL.........
EUROPA
Siglo XV - El Siglo de las Innovaciones (1400-1490)
Fin de Edad Media
Comienzo Edad Moderna
1453 - Toma de Constantinopla por los Turcos
1492- Encuentro de 2 Mundos
39. 38
Siglo XVI - El Siglo de las Colonias (1500-1590)
Conquista Imperio Inca y Azteca
España Superpotencia
Reformas Protestantes
Siglo XVII - La Era de la Razón (1600-1690)
Galileo Galilei
René Descartes
Isacc Newton
1688- Revolución Gloriosa
Siglo XVIII - La Edad de las Luces (1700-1790)
Fin de Edad Moderna
Comienzo Edad Contemporánea
La Ilustración
1705 - Máquina a Vapor comienzo Revolución Industrial
1776 - Independencia Estados Unidos
1789 - Revolución Francesa
1789 - Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano
Declaración de los Derechos de la Mujer y del Ciudadano
Siglo XIX - El Siglo de la Industrialización (1800-1890)
40. 39
1804-1815 - Primer Imperio Francés
1880 - Segunda Revolución Industrial (auge del Imperio Británico)
Imperialismo
Primeros Movimientos Obreros
Siglo XX - La Era de las Catástrofes (1900-1990)
1914-1918 - Primera Guerra Mundial
1917 - Revolución Rusa
1920 -Creación de Unión Soviética
1929 - Crisis del 29
1939-1944- Segunda Guerra Mundial
1945 - Comienzo Guerra Fría
1947 - Plan Marshall para reconstruir Europa
1948 - Declaración Universal de los Derechos Humanos
1959- Declaración de los Derechos del Niño
1960 - Construcción del Muro de Berlín
1968 - El Mayo Francés
1973 - Crisis del Petróleo
1973-1990 - Dictaduras Militares en Latinoamérica
1989 - Cae Muro de Berlín
1991 - Final de la Unión Soviética
Estados Unidos queda como única superpotencia mundial
41. 40
Siglo XXI - La Era de la Información ( 2000 -2090)
La Digitalización
La Globalización
Guerra contra el terrorismo
...A LO PARTICULAR
AMÉRICA
HISTORIA DE URUGUAY
1492- Colon desembarca en las Islas del Caribe
1516 - Solís descubre el Río de la Plata
1536 - Pedro de Mendoza primera fundación de Buenos Aires
destruida por los indígenas
1580 - Juan de Garay funda por segunda ves Buenos Aires
1680 - Manuel Lobo (portugués) funda Colonia del Sacramento
1724 - Bruno Mauricio de Zabala funda Montevideo para impedir
el avance de los portugueses
Reformas Borbónicas
1776- Se crea el Virreinato del Río de la Plata ; siendo su capital
Buenos Aires
1806- Primera Invasión Inglesa: toma de Buenos Aires
1807- Segunda Invasión Inglesa: toma de Montevideo (enero) y
Buenos Aires (junio)
1810- Comienzan las Revoluciones en el Río de la Plata:
Revolución de Mayo en Buenos Aires
1811 - La Banda Oriental en Armas
1811-1820 - Los Orientales eligen su jefe:
Artigas y su primer triunfo la Batalla de las Piedras
1815- La Liga de los Pueblos Libres
1816- Invasión Luso-Brasileña a la Provincia Oriental
1817-1825 - Provincia Cisplatina
1820- Batalla de Tacuarembó : Artigas derrotado y exilio al
Paraguay
1825 - Declaratoria de la Independencia
1828- Convención Preliminar de Paz
1830 - Primera Constitución: Uruguay surge como país
42. 41
1860-1930 - Modernización : La inserción en la economía
internacional
1 ° Modernización (1860-1890)
2 ° Modernización (Primer gobierno de José Batlle y Ordoñez en 1903-
1907)
1930-1973 - El Modelo Industrializador : Del impacto de los años
en Crisis del 30 a una fugaz edad de oro entre el 1944-1947, el
Neo-Batllismo de Luis Batlle Berres
1973-2000 - Economía Mundial Globalizada: Impacto de la Crisis
del Petróleo (de los años 70) produce crisis y liberalización en
América Latina.
SECCIÓN 6.3 – SISTEMAS ECONOMICOS
Se intenta brindar un panorama amplio de los sistemas económicos; sus
Escuelas de Pensamiento y ubicarlas en el tiempo.
Los sistemas económicos
¿Qué es un sistema económico?
Los seres humanos tenemos necesidades: de alimentación, vestimenta,
vivienda, etcétera. Para satisfacer esa necesidades utilizamos distintos
recursos: frutas, carne (animales), madera, energía...Nuestras necesidades
son ilimitadas, cuando obtenemos un bien o un servicio y saciamos una
necesidad, enseguida aparece otra que queremos satisfacer de igual forma.
El gran problema que enfrentamos es que los recursos con los que
contamos para satisfacer nuestras necesidades son limitados, se terminan.
Frente a esta situación, al momento de producir en una economía cualquier
es necesario establecer qué, cómo y para quién producir.
Las distintas respuestas que se den a esta preguntas conforman lo que
llamamos un sistema, es decir, son la forma en que se organiza una
sociedad para producir, que dependerá de las técnicas que conoce, de las
leyes que debe respetar (lo político), de sus valores culturales y de cómo
quiera distribuir la riqueza.
Escuelas de Pensamiento Económico
43. 42
Pensadores Liberales de los Siglos XVIII y XIX
Contexto Histórico Europeo: del Feudalismo al Capitalismo.
(Nuevas formas de producir)
ESCUELA CLASICA
Libros para descargar: Adam Smith (1776) - La Riqueza de las
Naciones
John Stuart Mill (1844) - Sobre la Libertad
LIBERALISMO ECONÓMICO
Los autores mencionados anteriormente dieron origen a la corriente
ideológica conocida como liberalismo o escuela liberal. El Liberalismo como
ideología surge en el siglo XIX y fue la bandera de una burguesía
revolucionaria en momentos que se oponía a la Monarquía Absoluta.
Las principales características del liberalismo económico pueden resumirse
en:
Reivindicación de la plena libertad en materia de producción y
comercio.
Libertad de comercio para lograr la prosperidad general de los
individuos y las naciones.
El beneficio individual será el desarrollador del beneficio colectivo.
El enriquecimiento individual es consecuencia de los méritos de cada
uno, la riqueza es reflejo de la capacidad del individuo.
La economía se regula naturalmente a través del mercado, que
funciona por la ley de la oferta y la demanda.
El Estado no debe intervenir en economía. El Estado debe ser "juez y
gendarme", dedicándose a administrar justicia, a defender la nación
de una posible agresión extranjera y a proteger la propiedad privada.
MARXISMO
Libro para descargar: Karl Marx (1867) - El Capital - 3 Tomos
Contexto Histórico: condena a la situación de la clase trabajadora
El Socialismo fue uno de los movimientos más importantes de la época en
defensa de los trabajadores; la situación era muy difícil para ellos y estos
lentamente fueron sintiéndose identificados como un grupo homogéneo, una
clase social (el proletariado) que era sometida a la explotación de los
capitalistas. Así comenzaron a reunirse y a organizarse en grupos de ayuda
mutua, grupos de protesta y luego sindicatos.
44. 43
Mientras Adam Smith aceptaba la sociedad en la que vivía como un orden
natural, Marx la consideró como una fase de paso hacia el socialismo futuro.
Mientras los clásicos pensaron en términos de armonía de intereses entre las
diversas secciones de la sociedad; Marx concibió la vida social en términos
de conflicto de intereses y lucha de clases. Mientras los clásicos trataron de
comprender cómo funcionaba el sistema establecido para describirlo y
mejorarlo, Marx trató de descubrir sus contradicciones para acelerar su final.
Marx dirá que en la base de una sociedad (infraestructura) está la economía.
Sobre ella se apoya la sociedad o estructura social, y sobre esta lo que la
sociedad piensa y cree (superestructura). La economía es, pues, el elemento
determinante de la sociedad. Según sea la economía de una sociedad, así será
la sociedad y así será su ideología, su superestructura.
Esta concepción se denomina materialismo histórico.
NEOCLASICO O MARGINALISTAS
Contexto Histórico: consolidación de la economía capitalista
El marginalismo o neoclásico es una escuela de pensamiento económica
surgida a mediados del siglo XIX, en parte, como reacción a la escuela
clásica. Se centra en el "margen", es decir, en la última unidad producida o
pérdida de un bien. Su principal aporte fue la ley de la utilidad marginal
decreciente según la cual el valor de un bien para su poseedor (partiendo así
de la teoría subjetiva del valor) lo determina la utilidad de la última unidad
producida de ese bien, decreciendo mientras más unidades posea. Los
marginalistas introdujeron un lenguaje formalizado, que llevó a la asimilación
de la matemática en la economía.
Desde su surgimiento hasta la gran crisis de 1929 en Estados Unidos, el
pensamiento neoclásico gozó de absoluta credibilidad. Con la crisis se vería
que los mercados enfrentados a situaciones extremas no son capaces de
encontrar el equilibrio sin la intervención de algún tipo de institución, por
ejemplo, el Estado
TEORIA KEYNESIANA
Contexto Histórico: Crisis capitalista de 1929
Libro para descargar: John Maynard Keynes (1936) - Teoría
General de la ocupación, el interés y el dinero
La teoría keynesiana se desarrolló en el contexto de la crisis financiera de
1929, que se extendió a lo largo de la década del 1930.
45. 44
En 1936 Keynes, su libro Teoría General de la ocupación, el interés y el
dinero; en él sostiene que el pleno empleo no está asegurado espontáneamente
por las fuerzas autónomas del mercado; incluso afirma que puede existir un
desempleo no solo transitorio, sin permanente. Según él las causas de este
desempleo están la insuficiencia de la demanda y en la disminución del
consumo. Lo que había que hacer era solucionar el problema del desempleo.
Keynes consideraba que había dos formas para solucionarlo: la primera era
llegar a un nuevo equilibrio de mercado, dejándolo que funcionara solo (por
la oferta y la demanda) y que se establecieran los salarios de los trabajadores.
Si se deja al mercado funcionar solo, es muy probable que se establezcan
salarios muy bajos que no permitirían el aumento de la demanda y el
consumo necesario para reactivar la economía. El Estado debe intervenir y
estipulara el valor mínimo de los salarios. Las ideas keynesianas tuvieron una
fuerte influencia en la política económica de la mayor parte de los países de la
época y sirvieron de fundamento al Estado de bienestar que predominó en las
naciones más industrializadas de los treinta años que siguieron a la Segunda
Guerra Mundial.
Estados Unidos fue el país más afectado por la crisis y en el gobierno de
Franklin Delano Roosevelt se realizó el experimento económico del
keynesianismo bajo la política llamada New Deal (nuevo trato).
El keynesianismo fue duramente cuestionando por los liberales, dado a la
intervención en el desempeño del mercado; para otros; la presencia del
keynesianismo era molesta por la posibilidad de llegar a establecer y legitimar
al socialismo, pues consideraban que constituiría un verdadero camino de
servidumbre para el mundo civilizado y por otra parte los marxistas
consideraban que el keynesianismo no modificaba la esencia del sistema, que
lo único que pretendía era salvar al capitalismo o mantenerlo estable, pero
continuaba con un sistema de desigualdad.
NEOLIBERALISMO
Contexto Histórico: Segunda Guerra Mundial (1939-1945)
Libro para descargar: Milton Friedman (1980) - Libre para Elegir
El término neoliberalismo surge luego de la 2° Guerra Mundial como
reacción, por un lado, Estado intervencionista keynesiano y; por otro, al
sistema comunista. Refiere a una corriente del pensamiento que retoma las
ideas del liberalismo del siglo XIX: confianza en la razón, defensa de la
libertad, individualismo, competencia y búsqueda de la maximización de los
beneficios. El rol que los neoliberales asignan al mercado es mucho más
protagónico que el que le asignaban los liberales clásicos; dentro de las
características del neoliberalismo, se pueden destacar:
46. 45
Defensa de la libertad como valor absoluto, traducida a nivel
económico en la libertad de los mercados, de contratación del trabajo
y libre movilidad de los factores de producción.
El libre intercambio sin límites es el factor de desarrollo
ininterrumpido del comercio y, por consiguiente, de la sociedad.
Defensa de la propiedad privada sin límites.
Rechazo a la regulación de precios por el Estado, ya que deben fijarse
con base en la relación oferta-demanda.
Oposición a la generación de empleo y a la fijación de salarios por el
Estado.
Defensa del libre comercio internacional, apertura de fronteras para
mercancías, capitales y flujos financieros.
Individualismo. Prima el interés individual sobre el colectivo.
El crecimiento de la economía mundial se detuvo en la década de 1970 (Crisis
del Petróleo) y a partir de 1974 se produjo una caída del PBI en la mayor
parte de los países industrializados; el impacto profundo de esta crisis llevó a
reformular el futuro económico a nivel mundial.
El Estado de Bienestar estaba siendo cuestionado por el enorme gasto público
en prestaciones sociales, el alto nivel de desocupación, la presión impositiva
sobre la actividad privada; el keynesianismo dejó, entonces de estar en la
agenda de los gestores de la economía en la mayor parte de los países
desarrollados.
La llegada de los conservadores en Gran Bretaña en 1979, bajo el liderazgo
de Margaret Thatcher; concreta la primera oportunidad política de aplicar la
teoría de Milton Friedman; mientras tanto en Estados Unidos la
administración Ronald Reagan, a principios de la década de 1980, llevó
adelante una política económica aplicando este sistema.
SECCIÓN 6.4 – GLOSARIO
Se intenta brindar pequeñas anotaciones para explicar el significado o el
contexto en que una palabra es utilizada dentro del texto para de este
modo poder comprenderla.
Contribuyente:
En el ámbito de las obligaciones fiscales y pago de impuestos, el
contribuyente es la persona física o jurídica que soporta la carga del
impuesto, pero no necesariamente es el obligado al pago del impuesto.-
Sujeto Pasivo:
47. 46
En el ámbito de las obligaciones fiscales y pago de impuestos, el sujeto
pasivo es aquella persona sobre la cual recae la obligación de pagar los
impuestos.
EJEMPLOS
En el impuesto del IRPF, el sujeto pasivo y el contribuyente son la
misma persona. Esto es porque la persona obligada a pagar a la
DGI es la misma persona que posee los bienes o rendimientos
sobre los que se calcula y se genera el impuesto.
En el impuesto del IVA podemos ver que el sujeto pasivo y el
contribuyente se separan. Aquí, el contribuyente es el consumidor
final y es este consumidor final quien soporta el tributo teniendo
que pagar el IVA a la empresa o profesional. El sujeto pasivo recae
sobre la empresa o profesional, quien está obligado a soportar la
obligación tributaria y hacer el pago del impuesto a DGI.
Empresa:
El concepto de empresa es utilizado para referirse a aquellas
organizaciones formadas por distintos elementos humanos, técnicos y
materiales, y que tiene como objetivo conseguir algún beneficio
económico o comercial.
Socio:
La palabra socio viene del latín "socius", que significa compañero.
Podemos decir que socio es la persona que se une a otra para desarrollar
algo en conjunto. Son socios, compañeros o asociados.
Accionista:
Persona que invierte capital en una empresa, fábrica, banco, etc.
Tributos:
Para el derecho público, los tributos son obligaciones dinerarias impuestas
unilateralmente y exigidas por la administración pública a partir de una
ley, cuyo importe se destina a solventar el gasto público.
Impuestos:
48. 47
Los impuestos son tributos que cada persona, familia o empresa debe
pagar al Estado para costear las necesidades colectivas, contribuyendo así
con una parte de sus ingresos.
Acción:
Título que representa una parte proporcional de aportes de una sociedad
comercial o empresarial.
Arancel:
Impuesto que debe pagar un producto importado al atravesar la aduana
para poder ingresar a un país.
Instituto:
Institución que se ocupa de un Servicio concreto y tiene una finalidad
específica. Algunos institutos son organismos oficiales que funcionan bajo
la órbita del gobierno y pertenecen al Estado.
Banco:
Como entidad financiera se dedica a la administración de dinero.
Patente:
Documento oficial que concede solamente a una persona o empresa el
derecho a difundir y explotar un invento o marca.
Persona Física:
Es un individuo que puede prestar servicios, realizar actividades
comerciales, alquilar, comprar o vender bienes inmuebles, trabajar por
salarios, entre otras ocupaciones.
Dependiendo de la actividad que realicen y su promedio de ingresos,
pertenecerán a un régimen fiscal específico.
Persona Jurídica:
Son denominadas las organizaciones de personas físicas que aparecen
reconocidas por el Estado.
Capital:
49. 48
Factor de producción; puede ser dinero para invertir, tierra, maquinaria,
entre otros.
Salario:
Pago del trabajador.
Domicilio Constituido:
Donde se encuentra la documentación de la Empresa.
Domicilio Fiscal:
Domicilio donde se desarrolla la actividad de la Empresa.
Relaciones Laborales:
Las que tienen que ver con el trabajo; por ejemplo: salario, horario,
relaciones entre trabajador y patrón, etc.
Subsidio:
Ayuda económica que un Estado u organismo público da a una persona o
entidad.
Indemnización:
Compensación que se da al trabajador por un daño efectuado.
Asignaciones Familiares:
Prestaciones o ayuda que da el Estado a las personas con hijos menores a
cargo. La condición es que se cumpla con el derecho de niños y jóvenes a
la educación y la salud.
Leyes Sociales:
Leyes para beneficio de la población por ejemplo: jubilación.
Capitalismo:
Sistema económico en el que los bienes que producen riqueza están en
manos privadas.
Socialismo:
50. 49
Sistema en el que los bienes que producen riquezas están en manos del
Estado.
Marxismo:
Corriente de pensamiento fundada por Carlos Marx y Federico Engels en
el Siglo XIX. Sostiene que la revolución es la única vía para superar las
injusticias sociales.
Sociedad de Consumo:
Sociedad que estimula la compra permanente de bienes. Ser feliz o exitoso
se identifica con tener cosas.
Mercado de Consumo:
Conjunto de personas que adquieren un producto o servicio.
Demanda:
Intención del público de adquirir productos que quiere y puede comprar.
Proteccionismo:
Conjunto de medidas económicas que obstaculizan la entrada de productos
extranjeros para proteger la producción nacional. Una de las medidas es
cobrar altos impuestos a las importaciones.
Intervencionismo:
Política por la cual el gobierno controla distintos aspectos de la
producción o el comercio que propone una mínima intervención del
Estado en la economía.
Neoliberalismo:
Política que propone una mínima intervención del Estado en la economía.
Visión Eurocéntrica:
Tendencia a considerar la cultura europea como superior y la historia
mundial solo desde el punto de vista europeo.
Globalización:
51. 50
Etapa que inicia aprox. en 1970; en la que se incrementa el intercambio
mundial económico, financiero y cultural entre las sociedades.
Balanza Comercial:
Relación entre lo que se vende al exterior (exportaciones) y lo que se
compra al exterior (importaciones)
Derechos Individuales:
Derechos básicos de todo ser humano, como la vida, la libertad, la
seguridad; el Estado debe respetarlos y garantizar su respeto.
Nación:
Comunidad de tradiciones, cultura e historia que da sentido de
dependencia a una sociedad.
Constitución:
Ley máxima de un Estado; tiene artículos que establecen los derechos de
los ciudadanos y la forma de gobierno del país.
Gobierno:
Organismos que, según reconoce la Constitución, asume las
responsabilidades del poder ejecutivo y concentra el poder político para
conducir a una determinada sociedad
Sociedad:
Sociedad es un término que describe a un grupo de individuos marcados
por una cultura en común, un cierto folclore y criterios compartidos que
condicionan sus costumbres y estilo de vida y que se relacionan entre sí en
el marco de una comunidad.
Cabe mencionar que el concepto de sociedad también puede entenderse
desde una perspectiva económica y jurídica, para definir a la unión de al
menos dos individuos que se comprometen a realizar aportes y esfuerzos
en común para desarrollar una actividad comercial y repartir entre sí las
ganancias obtenidas.
Estado:
52. 51
Aglutina a todas las instituciones que poseen la autoridad y la potestad
para regular y controlar el funcionamiento de la comunidad dentro de una
superficie concreta a través de leyes que dictan dichas instituciones y
responden a una determinada ideología política.
Estado de Derecho:
Aquel en el que rigen las Leyes elaboradas por el parlamento y se respeta
la Constitución.
Democracia:
Modalidad de gobierno y de organización de un Estado. Siendo un
sistema que permite organizar un conjunto de individuos, en el cual; el
poder no radica en una sola persona sino que se distribuye entre todos los
ciudadanos. Por lo tanto, las decisiones se toman según la opinión de la
mayoría.
Ciudadano:
Conceptualmente todas las personas están concebidas como tales por su
pertenencia a un Estado (viviendo en comunidad).
Desde el punto de vista político; es el derecho de participar en el gobierno
del Estado, ya sea como elector o como elegible.
Desde el punto de vista jurídico; es el vínculo que una a la persona con el
Estado generando derechos y obligaciones.
República:
Forma de organización del Estado, en el cual la máxima autoridad cumple
funciones por un tiempo determinado y es elegida por los ciudadanos
(voto) otros principios fundamentales para el funcionamiento de la
república son: la división de poderes, la concreción de la justicia y la
búsqueda del bien común.
Política:
La política es una actividad orientada en forma ideológica a la toma de
decisiones de un grupo para alcanzar ciertos objetivos.
Burocracia:
53. 52
El término burocracia proviene del francés bureaucratie, cuya raíz es
bureau (“oficina”). El concepto permite nombrar a la organización que
está regulada por normas que buscan un orden racional en la gestión y
distribución de sus asuntos.
Max Weber que, entre finales del siglo XIX y principios del XX,
consideró que la burocracia era una forma racional de organizar una
entidad para conseguir que la misma funcionara con precisión, claridad,
velocidad y eficiencia.
Derecho:
El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden
normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad.
Justicia:
¿Qué es justo y qué no? Difícil saberlo y definirlo. La justicia
depende de los valores de una sociedad y de las creencias
individuales de cada persona.
El concepto tiene su origen en el término latino iustitĭa y permite
denominar a la virtud cardinal que supone la inclinación a otorgar
a cada uno aquello que le pertenece o lo concierne. Puede
entenderse a la justicia como lo que debe hacerse de acuerdo a lo
razonable, lo equitativo o lo indicado por el derecho.
Ser Humano:
Se define como ser humano al hombre, un animal que pertenece a la
familia de los homo sapiens.
Persona:
En el ámbito del derecho: todo ser real o jurídico con capacidad de ser
titular de derechos y obligaciones.
Ideología:
Es un conjunto de ideas fundamentales que caracteriza el pensamiento de
una persona, una colectividad o una época. La ideología tiende a conservar
o a transformar el sistema social, económico, político o cultural existente.
Igualdad:
54. 53
Se conoce como igualdad social al contexto o situación donde las personas
tiene los mismos derechos y las mismas oportunidades en un determinado
aspecto o nivel general.
Libertad:
La libertad es un concepto abstracto de difícil definición; en principio, está
vinculada a la facultad que posee todo ser vivo para llevar a cabo una
acción de acuerdo a su propia voluntad.
Solidaridad:
Describe la adhesión de modo circunstancial a una causa o a proyectos de
terceros. Por lo tanto, ser una persona solidaridad no se limita al
ofrecimiento de ayuda, sino que implica un compromiso con aquel al que
se intenta ayudar.
Ser solidario es, en su esencia; ser desinteresado. La solidaridad se mueve
sólo por la convicción de justicia e igualdad.
Dignidad:
Cualidad de digno e indica, por tanto, que alguien es merecedor de algo o
que una cosa posee un nivel de calidad aceptable.
La dignidad humana es un valor o un derecho inviolable e intangible de la
persona, es un derecho fundamental y es el valor inherente al ser humano
porque es un ser racional que posee libertad y es capaz de crear cosas.
Revolución:
Es un cambio o transformación radical respecto al pasado
inmediato, que se puede producir simultáneamente en distintos
ámbitos (social, económico, cultural, religioso, etc.). Los cambios
revolucionarios tienen consecuencias trascendentales y suelen
percibirse como súbitos y violentos, ya que se trata de una ruptura
del orden establecido. Las revoluciones nacen como consecuencia
de procesos históricos y de construcciones colectivas.
Paradigma:
Un ejemplo o modelo a seguir; es también la forma que se entiende el
mundo desde un marco sociológico.
Equidad:
55. 54
El concepto se utiliza para mencionar nociones de justicia e igualdad
social con valoración de la individualidad. La equidad representa un
equilibrio entre la justicia natural y la ley positiva.
Individualismo:
Consiste en el pensamiento y la acción independientes, sin depender ni
pensar en otros sujetos y manteniéndose ajeno a las normas generales.
Obligación Tributaria:
La obligación tributaria es el vínculo que se establece por ley entre el
acreedor (el Estado) y el deudor tributario (las personas físicas o jurídicas)
y cuyo objetivo es el cumplimiento de la prestación tributaria. Por tratarse
de una obligación, puede ser exigida de manera coactiva.
Información:
La información permite resolver problemas y tomar decisiones, ya que su
aprovechamiento racional es la base del conocimiento.
Conocimiento:
El conocimiento es un conjunto de información almacenada mediante la
experiencia o el aprendizaje (a posteriori), o a través de la introspección (a
priori). En el sentido más amplio del término, se trata de la posesión de
múltiples datos interrelacionados que, al ser tomados por sí solos, poseen
un menor valor cualitativo.
Formación:
La noción de formación suele ser asociada a la capacitación, sobre todo a
nivel profesional. La formación de una persona, por lo tanto, está
vinculada a los estudios que cursó, al grado académico alcanzado y al
aprendizaje que completó, ya sea a nivel formal o informal.
Tecnología:
La tecnología es la aplicación de un conjunto de conocimientos y
habilidades con un claro objetivo: conseguir una solución que permita al
ser humano desde resolver un problema determinado hasta el lograr
satisfacer una necesidad en un ámbito concreto.
La tecnología está presente en todos los ámbitos de la vida cotidiana. De
una forma u otra, casi todas las actividades que realizamos a lo largo del
día implican la utilización de algún dispositivo tecnológico
56. 55
Fraternidad:
Para la filosofía, la fraternidad es la buena correspondencia y la unión
entre personas con un fuerte vínculo afectivo. El concepto aparece como
dogma religioso en la Biblia y es enseñado como principio filosófico
desde los estoicos griegos y romanos. La noción forma parte del lema de
la república francesa (“Libertad, Igualdad, Fraternidad”).
Normal:
El concepto de normal se refiere a aquello que se encuentra en un estado al
que se lo considera como natural. El término también se refiere a lo que
actúa como regla, canon o modelo, y a lo que se ajusta, debido a su
naturaleza, a preceptos establecidos con antelación.
Compartir:
Es la acción de distribuir, repartir o dividir algo en varias partes. De esta
forma, es posible el disfrute en común de un determinado recurso o
espacio.
Norma:
Una norma es una regla que debe ser respetada y que permite ajustar
ciertas conductas o actividades. En el ámbito del derecho, una norma es un
precepto jurídico.
Exclusión:
El concepto de exclusión es muy habitual en el ámbito de las ciencias
sociales o de la política para nombrar a la situación social desfavorable de
una persona o de un grupo de individuos. En este sentido, se espera que un
sistema económico o un modelo de país favorezca la integración social y
el bienestar general; a aquellos que no gozan de oportunidades de
desarrollo o que no logran satisfacer sus necesidades básicas, se los
considera como excluidos
Republicanismo:
Corriente de pensamiento orientada a propiciar un Estado de bienestar y
un tipo de gobierno ejercido para satisfacer a la ciudadanía, bajo el
entendido de que el poder reside en la comunidad o en el pueblo, el cual
puede llegar a delegarlo provisoriamente en sus representantes. La
constitución y las leyes fundamentales también resultan expresión
soberana de la voluntad popular.
57. 56
Trabajo:
La definición teórica del concepto de trabajo puede ser analizada desde
perspectivas distintas. Una aproximación básica presenta a este vocablo
como la valoración del esfuerzo realizado por un ser humano. Sin
embargo, desde la perspectiva neoclásica de la economía, por citar otro
caso a modo de ejemplo, el trabajo consiste en uno de los tres elementos
que determinan toda producción, como sucede con la tierra y el dinero.
Utopía:
La aceptación actual de la palabra utopía permite hacer referencia a un
proyecto, emprendimiento, sistema optimista, acción futura, plan o
doctrina que, en un primer momento, parece ser imposible de concretar o
cumplir.
Filosofía:
El término, de origen griego, se compone de dos vocablos: philos
(“amor”) y sophia (“pensamiento, sabiduría, conocimiento”). Por lo tanto,
la filosofía es el “amor por el conocimiento”. No es un saber concreto,
sino una actitud natural del hombre en relación al universo y a su propio
ser.
Sujeto:
Del latín subiectus, un sujeto es una persona innominada. El concepto se
usa cuando no se sabe el nombre de la persona o cuando no se quiere
declarar acerca de quién se está hablando.
Por otra parte, sujeto es la acción y efecto de sujetar (afirmar o contener
algo por la fuerza)
Valor:
Es la importancia que le damos a algo o a alguien. El conjunto de
valores que comparte un grupo de personas dan una identidad a ese grupo
(son la base de la cultura)
Poder:
58. 57
El término poder tiene múltiples definiciones y usos. Esta palabra, como
sabrán muchos de ustedes, se utiliza para describir la facultad, habilidad,
capacidad o autorización para llevar a cabo una determinada acción.
Individuo:
Individuo es un término con origen en el latín individuus y que refiere a lo
que no puede ser dividido. Se trata, por lo tanto, de una unidad
independiente (frente a otras unidades) o de una unidad elemental
(respecto a un sistema mayor).
Resulta interesante acentuar que no solemos encontrarnos con individuos
que no formen parte de un grupo por lo tanto, existe un matiz que enlaza la
cualidad de único e independiente a la posición dentro de un sistema de
mayores dimensiones, en el cual ningún individuo está solo.
Habitante:
Al latín es a la lengua a la que hay que recurrir para poder encontrar el
origen etimológico del término habitante. Y es que este es fruto de la suma
de dos partes perfectamente delimitadas: el verbo “habere”, que es
sinónimo de “tener”; y el sufijo “-nte”, que es equivalente a agente.
Habitante es quien habita. El verbo habitar, por su parte, hace referencia a
vivir o morar.
Cultura:
En general, la cultura es una especie de tejido social que abarca las
distintas formas y expresiones de una sociedad determinada. Por lo tanto,
las costumbres, las prácticas, las maneras de ser, los rituales, los tipos de
vestimenta y las normas de comportamiento son aspectos incluidos en la
cultura.
Filosofía:
El término, de origen griego, se compone de dos vocablos: philos
(“amor”) y sophia (“pensamiento, sabiduría, conocimiento”). Por lo tanto,
la filosofía es el “amor por el conocimiento”. No es un saber concreto,
sino una actitud natural del hombre en relación al universo y a su propio
ser.
Racionalismo:
59. 58
El racionalismo es un movimiento que tiene a la razón como pilar y
sostén. Esta filosofía, surgida en el siglo XVII y con manifestaciones en
diversas ramas del arte, sostiene que el raciocinio es la principal
herramienta para generar saber, dejando a la percepción y la experiencia
en un segundo plano.
El filósofo francés René Descartes (1596-1650) suele ser señalado como el
padre del racionalismo.
Empirismo:
El concepto de empirismo se utiliza para describir el conocimiento que
nace de la experiencia. También se trata de una estructura de tipo
filosófico basada, justamente, en los datos que se desprenden de toda
experiencia.
De esta manera, el empirismo filosófico se opone al racionalismo, que
señala que el conocimiento se obtiene mediante la razón, más allá de los
sentidos o de la experiencia.
El inglés John Locke (1632–1704) fue el primero que formuló de modo
explícito la doctrina del empirismo. Locke consideraba que el cerebro de
un recién nacido es como una tabla rasa, en la cual las vivencias dejan
huellas.
Positivismo:
Se conoce con el nombre de positivismo a una estructura o sistema de
carácter filosófico que está basado en el método experimental y que se
caracteriza por rechazar las creencias universales y las nociones a priori.
Desde la perspectiva de los positivistas, la única clase de conocimientos
que resulta válida es el de carácter científico, el cual surge de respaldar las
teorías tras la aplicación del método científico.
El francés Augusto Comte (1798-1857) y el británico John Stuart Mill
(1806-1873) suelen ser señalados como los padres de esta epistemología y
del positivismo en general.
Pragmatismo:
Pragmatismo, es una corriente filosófica que surgió a finales del siglo XIX
en los Estados Unidos. William James (1842-1910) y Charles S. Peirce
(1839-1914) fueron los principales impulsores de la doctrina, que se
caracteriza por la búsqueda de las consecuencias prácticas del
pensamiento.
60. 59
El pragmatismo sitúa el criterio de verdad en la eficacia y valor del
pensamiento para la vida. Se opone, por lo tanto, a la filosofía que sostiene
que los conceptos humanos representan el significado real de las cosas.
Responsabilidad:
La palabra responsabilidad contempla un abanico amplio de definiciones.
De acuerdo al diccionario de la Real Academia Española (RAE), hace
referencia al compromiso u obligación de tipo moral que surge de la
posible equivocación cometida por un individuo en un asunto específico.
La responsabilidad es, también, la obligación de reparar un error y
compensar los males ocasionados cuando la situación lo amerita.
En el ámbito del Derecho, en cambio, se habla de responsabilidad jurídica
para describir la violación de un deber de conducta que ha sido respaldado
con anticipación desde una norma jurídica. A diferencia de una norma
moral, la ley surge de un organismo externo al sujeto (el Estado) y es
coercitiva.
SECCIÓN 6.5 – VIDEOS
BIBLIOGRAFÍA
61. 60
Con todo Derecho - Editorial Contexto
¿Construimos Ciudadanía? – Editorial Contexto
Manual Básico de Derecho de la Empresa (Beatriz Bugallo
Montaño)
Derecho Comercial Uruguayo.Edu
Curso Básico de Derecho - José Korzeniak
DGI : Dirección General Impositiva
BPS: Instituto de Previsión Social
MTSS - Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
IMPO - Centro de Información Oficial
Guía del Mundo ORG
ConceptoDefinición.DE
Definición. de
Wikipedia: La Enciclopedia Libre
Historia económica y social del Uruguay 1870-2000 (Autores:
Silvana Pera, Pablo Langone y Leonor Berna)
Historia del Uruguay de Benjamín Nahúm
Historia del Siglo XX de Eric Hobsbawm
Historia de la sensibilidad en el Uruguay de José Pedro Barran
Saber Hacer de Editorial Santillana
https://infopymes.wixsite.com/cursogestoria
Historia del Liberalismo Político
Thomas Hobbes:
El Leviatán (1651)
John Locke:
Carta sobre la Tolerancia (1666)
Montesquieu:
El Espíritu de las Leyes (1748)
Rousseau:
El Contrato Social (1762)