El documento describe los métodos para determinar el valor en aduana de las mercancías importadas a la Unión Europea. El método principal es el valor de la transacción, que se basa en el precio pagado por las mercancías. Si no es posible aplicar este método, se utilizan métodos secundarios como el valor de mercancías idénticas o similares, procedimientos sustractivos o basados en el coste de producción. Finalmente, si no se puede determinar el valor por ningún otro método, se aplica el procedimiento del último recurso.
Valoracion aduanera para importadores y controles copci AmCham Guayaquil
Seminario de Valoracion Aduanera para Importadores y controles segun el COPCI, realizado el 30 de Noviembre en la Camara Americana a cargo del Ing. Douglas Vásquez.
Valoracion aduanera para importadores y controles copci AmCham Guayaquil
Seminario de Valoracion Aduanera para Importadores y controles segun el COPCI, realizado el 30 de Noviembre en la Camara Americana a cargo del Ing. Douglas Vásquez.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
En el supuesto de exportaciones regularmente tramitadas por el régimen general, el derecho de exportación aplicable es el establecido en la fecha de registro de la correspondiente solicitud de exportación para consumo.
Las fluctuaciones de precios que ocurran entre el momento de concretarse la venta que motiva la exportación y el momento que fija la norma de valoración autorizaría a descartar el precio de la transacción como base de valoración.
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Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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En el supuesto de exportaciones regularmente tramitadas por el régimen general, el derecho de exportación aplicable es el establecido en la fecha de registro de la correspondiente solicitud de exportación para consumo.
Las fluctuaciones de precios que ocurran entre el momento de concretarse la venta que motiva la exportación y el momento que fija la norma de valoración autorizaría a descartar el precio de la transacción como base de valoración.
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Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
El Acuerdo de Valoración de la Organización Mundial del Comercio, recogido por la Ley 24425, que aprueba la versión 1994 del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, reconoce que el valor en aduana debe ser en la mayor medida el precio real de la mercadería objeto de valoración, generalmente indicado en la factura y que se denomina de transacción, sin perjuicio de ciertos ajustes.
Para una gran mayoría de las mercaderías importadas, el valor de transacción será el valor en aduana, así pues, el valor de transacción constituye el primero y más importante método.
Para una gran mayoría de las mercaderías importadas, el valor de transacción será el valor en aduana, así pues, el valor de transacción constituye el primero y más importante método.
Si no existe el valor de transacción o si ese valor no puede aceptarse como valor en aduana, porque el precio ha sufrido distorsiones debido a condiciones o restricciones, el Acuerdo prevé cinco métodos de valoración en aduana que deberán aplicarse en un orden de prioridad prescripto.
Esos métodos subsidiarios son brevemente en un orden de prioridad normal, el valor en aduana establecido en el mismo momento o en uno aproximado para mercaderías idénticas, el valor en aduana establecido en el mismo momento o en uno próximo para mercaderías similares, el valor establecido a partir del precio de venta en el país de importación de las mercaderías importadas o mercaderías idénticas y/o similares a compradores no vinculados en el país de importación, el valor reconstruido a partir del costo de los materiales y de la fabricación, de los beneficios y gastos generales y los gastos de transporte y seguro y finalmente el método del último recurso que indica cómo fijar el valor en aduana cuándo este no puede determinarse con arreglo a las disposiciones de los artículos precedentes.
El sistema de valoración que recepta el Código del Valor de la Organización Mundial de Comercio, internalizado a través de la Ley 24425, se basa en un criterio principal contenido en el Artículo 1, y cinco métodos secundarios que deben aplicarse en el mismo orden que se enumeran, con la excepción del Artículo 4, relativo a la facultad del importador para solicitar la inversión del orden de aplicación de los métodos amparados por los Artículos 5 y 6.
Este criterio principal, recogido por el Artículo 1, para determinar el Valor en aduana, es el valor de transacción, es decir el precio realmente pagado o por pagar por las mercaderías importadas cuándo estas se vendan para su exportación al país de importación ajustado de conformidad al Artículo 8.
La actual investigación surgió debido que somos estudiantes de la Facultad de ciencias Económicas de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), de la Carrera de Administración Aduanera y queremos enriquecer nuestros conocimientos en materia aduanera y tributaria que rigen nuestro País.
¿Por qué los consumidores pagan diferentes precios cuando compran lo mismo ?
El proceso de compra y venta internacional involucra etapas de evaluación:
Tipo de empresa
Naturaleza del producto o servicio.
Origen y experiencia del proveedor.
Porque no solo se considera las características fisicoquímicas, sino también otros elementos:
Atributos intangibles
Servicios y valores adicionales del proveedor
La forma como se promociona.
Necesidades coyunturales del cliente.
Capacidad de negociación de las partes.
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1. UNIDAD DE TRABAJO 7. UT 7 unidad de trabajo siete El valor de la aduana
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3. El valor en aduana II. 1 EL VALOR EN ADUANA El desarrollo cronológico que ha llevado a la situación actual es: Carta de la Habana : Primer intento de normalizar el sistema, no permitiendo a los países utilizar la valoración de los productos como elemento restrictivo. Convenio de Bruselas : Fruto de negociaciones se logra el precio del producto vendido en libre competencia. Código de valoración del GATT: Se consagra el criterio de valor real, el problema es cómo calcularlo y así surgen dos corrientes: la Norteamericana y la Europea. El código de valoración del GATT descansa sobre el principio de valor de transacción de la mercancía.
4. Método de valoración. 2 MÉTODO PRINCIPAL DE VALORACIÓN El código aduanero comunitario establece en los art. 29, 30 y 31 que los métodos para determinar el valor en la aduana para las importaciones a la UE son: Método principal: Valor de la transacción. Métodos secundarios: Valor de transacción de mercancías idénticas Valor de transacción de mercancías similares. Procedimiento sustractivo Procedimiento basado en el coste de producción. Procedimiento llamado el último recurso. Éstos procedimientos deben aplicarse en el orden que se indican.
5. Método Principal. 2 MÉTODO PRINCIPAL DE VALORACIÓN Método principal: Valor de transacción es el precio efectivamente pagado o por pagar por las mercancías, y se basa en el precio acordado para éstas mercancías cuando se vendan. Si la mercancía no es objeto de venta, no habrá valor de transacción (0). Para que el valor de transacción sea aceptable, deberán cumplirse las siguientes condiciones: · Que no existan restricciones para la cesión y uso de las mercancías. · Que el precio de venta no dependa de condiciones o prestaciones, cuyo valor no pueda determinarse. · Que ninguna parte del producto comprado revierta directa o indirectamente al vendedor. · Que no exista vínculo entre comprador y vendedor.
6. Determinación del valor en aduana I. 2 MÉTODO PRINCIPAL DE VALORACIÓN Determinación del valor en aduana. Para determinar el valor en aduana por el método de valor de transacción, se sumarán al precio pagado o por pagar, por las mercancías importadas. a) Los elementos que pueda soportar el comprador y no están incluidos en el precio pagado o por pagar: · Comisiones de venta· Gastos de corretaje.· Coste de los envases.· Coste del embalaje (mano de obra y materiales) b) El valor de lo bienes y servicios que hayan sido suministrados directa o indirectamente por el comprador, gratis o a precios reducidos y utilizados en la producción y venta, y no haya sido incluido en el precio pagado o por pagar: · Materiales, componentes..· Materiales consumidos en la producción · Trabajos de ingeniería, diseño... c) Los cánones y derechos de licencia relativos a las mercancías objeto de valoración. d) El valor de cualquier parte del producto de la reventa, cesión o utilización posterior de las mercancías importadas.
7. Determinación del valor en aduana II. e) Los siguientes gastos hasta la introducción de la mercancía en la propiedad: 2 MÉTODO PRINCIPAL DE VALORACIÓN Determinación del valor en aduana. Transporte y seguro. · Carga y manipulación asociada al transporte. Y no comprenderá las siguientes elementos y se deducirán del precio pagado o por pagar: · Gastos de transporte de mercancía en territorio comunitario. · Gastos relativos a la construcción, montaje, o asistencia técnica. · Importes de los intereses derivados de un acuerdo de financiación. · Gastos relativos al derecho de reproducción en la comunidad. · Comisiones de compra · Derechos de importación y otros gravámenes en la comunidad. No se sumarán al precio pagado o por pagar: · Gastos que efectúe el comprador, como contrapartida del derecho de distribución de reventa de las mercancías importadas. · Transferencias de dividendos y demás pagos que no guardan relación con la mercancía importada. · Actividades que tenga el comprador en su cuenta. · Gastos de almacenamiento y conservación de las mercancías.
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9. Otros métodos secundarios. 3 MÉTODOS SECUNDARIOS DE VALORACIÓN El desarrollo de los métodos es el siguiente: 1. Valor de transacción de mercancías idénticas : Es el valor de transacción de mercancías idénticas, que son las producidas en el mismo país que las que se importan. 2. Valor de transacción de mercancías similares : Es aplicable en las mismas condiciones que las idénticas, siendo mercancías similares las producidas en el mismo país que tengan características y composición semejantes. 3. Procedimiento sustractivo : Hay dos casos: Que las mercancías se vendan en le mismo estado en que se importaron o que se vendan después de haber experimentado un trabajo o transformación posteriores.
10. Procedimientos de valoración. 3 MÉTODOS SECUNDARIOS DE VALORACIÓN 4. Procedimiento basado en el coste de producción : Consiste en determinar el valor en aduana a partir del coste de producción suministrados por el fabricante de la mercancía considerada. Se le conoce también como “valor calculado” y “valor reconstruido”. 5. Procedimiento denominado del último recurso : Si el valor en aduana de las mercancías importadas no se puede determinar aplicando los métodos anteriores se aplicarán los siguientes criterios: Valores en aduanas establecidos anteriormente en lo posible. Se considerará una flexibilidad razonable en su aplicación.
11. Otros procedimientos de valoración. 3 MÉTODOS SECUNDARIOS DE VALORACIÓN 4 .Procedimiento basado en el coste de producción : Consiste en determinar el valor en aduana a partir del coste de producción suministrados por el fabricante de la mercancía considerada. Se le conoce también como “valor calculado” y “valor reconstruido”. 5. Procedimiento denominado del último recurso : Si el valor en aduana de las mercancías importadas no se puede determinar aplicando los métodos anteriores se aplicarán los siguientes criterios: Valores en aduanas establecidos anteriormente en lo posible. Se considerará una flexibilidad razonable en su aplicación.