Este ensayo analiza la relación entre el poder y la escritura según la novela Yo el Supremo de Augusto Roa Bastos. El Supremo desconfía de la escritura y prefiere la oralidad para afirmar su poder absoluto como el único capaz de hablar y escribir. Sin embargo, su discurso en contra de la escritura es en realidad una estrategia política para manipular, y al final la escritura se presenta como una fatalidad que conduce a la desintegración del sujeto Supremo.
El documento define y clasifica las diferentes formas de gobierno según varios autores como Aristóteles, Polibio, Montesquieu y Kelsen. Describe las formas puras y mixtas de gobierno como la monarquía, aristocracia, democracia y república. También explica las características de la democracia directa, representativa y semi-directa, ilustrando con ejemplos la participación ciudadana en cada una.
El documento describe a Colombia como un Estado social de derecho según la Constitución de 1991. Explica que la Constitución establece que Colombia es una república democrática y participativa fundada en el respeto de la dignidad humana. Además, indica que los fines esenciales del Estado incluyen servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar los principios y derechos consagrados en la Constitución. Finalmente, resume los Artículos 1 y 2 de la Constitución sobre los deberes del Estado para proteger los derechos
El documento resume la evolución del derecho a través de la historia en 6 etapas principales: 1) los derechos primitivos anteriores a Roma, 2) la época de romanización jurídica desde el siglo III aC al V dC, 3) la presencia del derecho visigodo entre los siglos V-VIII, 4) la diferenciación jurídica entre los siglos VIII-XIII, 5) el periodo entre los siglos XIII-XVIII, y 6) el siglo XIX marcado por la revolución.
Este documento resume un trabajo sobre las garantías de igualdad consagradas en la Constitución mexicana. Explica conceptos clave como la no discriminación y la igualdad de oportunidades independientemente del género u origen. Incluye una infografía sobre los artículos relevantes y analiza artículos específicos como el 1, 2, 4, 12 y 13. También discute la reforma constitucional de 2011 que enfatizó la igualdad de oportunidades para los indígenas y la eliminación de prácticas discriminatorias. Concluye que
Nuestra constitución política como regla de reconocimiento deAntonio Díaz Piña
La Constitución Política de México sirve como la regla de reconocimiento del orden jurídico nacional. Identifica varios criterios supremos en la Constitución, incluyendo su carácter de ley suprema en la jerarquía, la protección de los derechos humanos en el aspecto axiológico, y la voluntad del pueblo mexicano de constituirse en una república federal representativa y democrática en el aspecto político. Estos criterios fundamentales solo pueden ser modificados mediante consulta directa al pueblo.
El documento resume las principales teorías sobre la naturaleza del ser humano, la sociedad, el estado y el derecho. Explica que el ser humano es un animal social dotado de pensamiento y sentimientos. Define al estado como la comunidad creada por un orden jurídico nacional que une al pueblo, territorio y gobierno, mientras que la sociedad es el grupo social en el que se ingresa por voluntad para perseguir fines comunes. Finalmente, establece que el derecho es el conjunto de normas coercibles que regulan la conducta humana en sociedad.
El documento describe los tres poderes del gobierno federal mexicano. El poder ejecutivo se encarga de la administración pública federal y está a cargo del Presidente. El poder legislativo recae en el Congreso y se encarga de crear las leyes. El poder judicial se deposita en la Suprema Corte de Justicia y otros tribunales, y ejerce funciones jurisdiccionales y de control constitucional.
El documento define y clasifica las diferentes formas de gobierno según varios autores como Aristóteles, Polibio, Montesquieu y Kelsen. Describe las formas puras y mixtas de gobierno como la monarquía, aristocracia, democracia y república. También explica las características de la democracia directa, representativa y semi-directa, ilustrando con ejemplos la participación ciudadana en cada una.
El documento describe a Colombia como un Estado social de derecho según la Constitución de 1991. Explica que la Constitución establece que Colombia es una república democrática y participativa fundada en el respeto de la dignidad humana. Además, indica que los fines esenciales del Estado incluyen servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar los principios y derechos consagrados en la Constitución. Finalmente, resume los Artículos 1 y 2 de la Constitución sobre los deberes del Estado para proteger los derechos
El documento resume la evolución del derecho a través de la historia en 6 etapas principales: 1) los derechos primitivos anteriores a Roma, 2) la época de romanización jurídica desde el siglo III aC al V dC, 3) la presencia del derecho visigodo entre los siglos V-VIII, 4) la diferenciación jurídica entre los siglos VIII-XIII, 5) el periodo entre los siglos XIII-XVIII, y 6) el siglo XIX marcado por la revolución.
Este documento resume un trabajo sobre las garantías de igualdad consagradas en la Constitución mexicana. Explica conceptos clave como la no discriminación y la igualdad de oportunidades independientemente del género u origen. Incluye una infografía sobre los artículos relevantes y analiza artículos específicos como el 1, 2, 4, 12 y 13. También discute la reforma constitucional de 2011 que enfatizó la igualdad de oportunidades para los indígenas y la eliminación de prácticas discriminatorias. Concluye que
Nuestra constitución política como regla de reconocimiento deAntonio Díaz Piña
La Constitución Política de México sirve como la regla de reconocimiento del orden jurídico nacional. Identifica varios criterios supremos en la Constitución, incluyendo su carácter de ley suprema en la jerarquía, la protección de los derechos humanos en el aspecto axiológico, y la voluntad del pueblo mexicano de constituirse en una república federal representativa y democrática en el aspecto político. Estos criterios fundamentales solo pueden ser modificados mediante consulta directa al pueblo.
El documento resume las principales teorías sobre la naturaleza del ser humano, la sociedad, el estado y el derecho. Explica que el ser humano es un animal social dotado de pensamiento y sentimientos. Define al estado como la comunidad creada por un orden jurídico nacional que une al pueblo, territorio y gobierno, mientras que la sociedad es el grupo social en el que se ingresa por voluntad para perseguir fines comunes. Finalmente, establece que el derecho es el conjunto de normas coercibles que regulan la conducta humana en sociedad.
El documento describe los tres poderes del gobierno federal mexicano. El poder ejecutivo se encarga de la administración pública federal y está a cargo del Presidente. El poder legislativo recae en el Congreso y se encarga de crear las leyes. El poder judicial se deposita en la Suprema Corte de Justicia y otros tribunales, y ejerce funciones jurisdiccionales y de control constitucional.
El documento describe los orígenes y evolución del Derecho de Indias en América. Se establecieron las bases con las Capitulaciones de Santa Fe de 1492 y las bulas papales de 1493 que concedieron a la Corona española el dominio sobre los nuevos territorios. Las Leyes de Burgos de 1512 y 1542 regularon el trato a los indígenas. Posteriormente, juristas como Vitoria establecieron los "justos títulos" para la presencia española. Finalmente, la Recopilación de Leyes de Indias
El documento describe el derecho romano como el conjunto de normas jurídicas que rigió al pueblo de Roma. Explica la evolución del derecho romano desde su periodo arcaico hasta el derecho justinianeo, incluyendo las distintas fuentes de derecho como las leyes, edictos, jurisprudencia y compilaciones realizadas durante este periodo, culminando con el Código de Justiniano que recopiló y sistematizó el derecho romano.
Este documento presenta una introducción a los conceptos básicos de los derechos humanos. Explica que los derechos humanos se basan en valores universales compartidos por toda la humanidad e incluyen derechos inherentes como la igualdad, la libertad y la dignidad humana. También describe las características de los derechos humanos como su universalidad, indivisibilidad e interdependencia. Finalmente, resume brevemente la historia y desarrollo de los derechos humanos a nivel internacional, incluyendo documentos clave como la Declaración Universal de D
Monografia sistema juridico contemporaneoLarry Perez
Este documento presenta un resumen del sistema jurídico romano-germánico y la evolución del derecho desde la época romana hasta la actualidad. Comienza explicando que el sistema romano-germánico hereda elementos del derecho romano y cómo se fue incorporando a otros derechos locales. Luego describe brevemente las etapas del derecho romano desde su fundación hasta Justiniano, incluyendo conceptos como el ius civile, ius gentium e ius naturale. Finalmente, resume cómo el derecho romano influyó en la Edad Media a través
Las instituciones jurídicas son conjuntos de normas jurídicas complejas, duraderas y obligatorias promulgadas por el Estado para regular la actividad humana. Se caracterizan por su coercibilidad, las sanciones jurídicas por violarlas, la bilateralidad entre quien tiene la obligación de cumplirlas y quien puede exigir su cumplimiento, y que son establecidas por el Estado. Su función es concebir el derecho como ciencia y regular la convivencia social de forma pacífica y ordenada.
Todos los seres humanos nacen libres e iguales y tienen derecho a la vida, libertad, seguridad y no estar sometidos a esclavitud. Los derechos protegen a todas las personas por igual, sin distinción de raza, sexo u otros factores, y regulan nuestra vida en sociedad respetando los derechos de los demás.
Este documento presenta una introducción a la historia del derecho. Explica que la historia del derecho estudia la aplicación de las normas jurídicas a través del tiempo. Luego define conceptos clave como derecho, historia e historia del derecho. También describe la evolución de la historia del derecho como disciplina y las fuentes del derecho, incluyendo leyes, costumbres, jurisprudencia y tratados internacionales.
Carl Schmitt argumenta que el poder constituyente es la voluntad política que adopta la decisión fundamental sobre la forma y existencia de la unidad política. Para Schmitt, la constitución surge de un acto del poder constituyente y depende de la voluntad política existencial de quien la da, no de su justicia normativa. Además, Schmitt sostiene que lo político precede a lo jurídico y que la "decisión política" es el acto esencial de la creación jurídica estatal.
Este documento resume los principales tipos de derecho como el derecho natural, positivo y vigente. Explica que el derecho natural son derechos fundamentales e independientes del Estado, mientras que el derecho positivo son normas dictadas por el Estado y el derecho vigente son normas actualmente obligatorias. También clasifica los derechos subjetivos como públicos o privados dependiendo de su fundamento legal, y como absolutos o relativos dependiendo de su alcance y limitaciones. Finalmente, distingue entre derechos patrimoniales y no patrimoniales.
1) El documento define la aplicación del derecho como el contacto directo del derecho con la realidad que busca regular, a través del uso de normas jurídicas con una garantía de cumplimiento.
2) Explica que para aplicar el derecho correctamente, este debe entenderse como un sistema ordenado de normas compatibles entre sí.
3) Señala que las lagunas en el ordenamiento jurídico surgen cuando las normas no prevén todos los detalles o cuando están mal redactadas, dificultando la aplicación del derecho.
Los derechos humanos son exigencias fundamentales para mantener una vida digna. Son principios universales que todos los seres humanos poseen de forma inherente e inalienable. Las principales fuentes de los derechos humanos son la constitución, los tratados internacionales, la legislación interna, la costumbre y la jurisprudencia.
Clasificacion de los derechos subjetivos copiaKeily Caman
Este documento resume varias clasificaciones de los derechos subjetivos propuestas por diferentes autores a lo largo de la historia. Identifica derechos subjetivos públicos y privados, absolutos y relativos, patrimoniales y extrapatrimoniales. También divide los derechos subjetivos en derechos de la personalidad, familiares, reales, de crédito e intelectuales dependiendo de su objetivo. Finalmente, presenta la clasificación de Messina en derechos negativos, constitutivos, modificativos y extintivos.
Este documento ofrece una introducción general a los derechos humanos. Explica que los derechos humanos son inherentes a todos los seres humanos y están basados en la dignidad humana. Se expresan en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y conllevan obligaciones y deberes. También caracteriza a los derechos humanos como universales, inherentes, indivisibles e interdependientes.
Montesquieu fue un pensador francés del siglo XVIII que propuso la teoría de la separación de poderes. En su obra más importante, El espíritu de las leyes, argumentó que los poderes ejecutivo, legislativo y judicial deben ser independientes para evitar abusos. También sostuvo que la libertad política consiste en la seguridad contra la arbitrariedad y en el conocimiento e interpretación claros de las leyes.
Este documento define conceptos básicos de educación cívica como nación, estado, gobierno, ciudadanía, habitante, derechos y deberes. La nación se refiere a la comunidad que forma el sustento jurídico-político de un estado. El estado se organiza a través de normas como la constitución y las leyes. El gobierno incluye los poderes supremos y las instituciones autorizadas para formular y ejecutar políticas públicas. La ciudadanía implica derechos y responsabilidades relacionados con incidir en
Este documento resume la evolución histórica y las principales ramas del derecho civil. Explica que el derecho civil surgió en la antigua Roma y ha evolucionado desde entonces, influenciado por el derecho romano, canónico y germánico. También destaca los aportes de figuras como Justiniano I y describe los principales sistemas de derecho civil contemporáneos como el occidental, soviético, musulmán e hindú.
El documento introduce el concepto de derecho como el conjunto de normas jurídicas creadas por el poder legislativo para regular la conducta humana en sociedad y prevenir el incumplimiento. Explica que el derecho surgió para regular la conducta agresiva humana que llevaba a una "guerra de todos contra todos", y que con el tiempo se desarrollaron normas y hábitos jurídicos a través de la repetición de interacciones humanas.
La norma jurídica es una regla u ordenación del comportamiento humano dictado por la autoridad competente del caso, con un criterio de valor y cuyo incumplimiento trae aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos.
1. Francia ha tenido una larga e inestable historia constitucional desde la Revolución Francesa, con 15 constituciones diferentes que han establecido diferentes regímenes políticos como monarquías, repúblicas e imperios.
2. Existen diferentes interpretaciones de la historia constitucional francesa, incluyendo ciclos entre gobierno revolucionario y dictadura ejecutiva, evolución progresiva hacia una democracia más perfecta, y una dialéctica entre sociedad y estado.
3. La historia constitucional francesa también
El documento describe los principios fundamentales del Estado de derecho, incluyendo la limitación del poder del Estado por el derecho, la sujeción a la ley de todos los poderes del Estado, la división de poderes entre las ramas legislativa, ejecutiva y judicial, y la independencia del poder judicial. También señala que el Estado de derecho requiere un sistema democrático donde el poder emana del pueblo.
Este documento resume los principales puntos del libro "La escritura de la historia" de Michel de Certeau. De Certeau argumenta que la historiografía occidental es una forma de dominio sobre "el otro" (lo diferente, el pasado, etc.) ya que escribe sobre el cuerpo del otro imponiéndole su propio relato. También señala que la historiografía sirve para legitimar el poder y manipular el pasado de acuerdo a los objetivos del presente. Finalmente, plantea que la historia funciona como un mito que permite a una soc
6.- El traslado de la oralidad importancia para la enseñanza .pptxMIRLARA
Este documento discute la relación entre la oralidad y la escritura en contextos culturales iberoamericanos y ecuatorianos. Examina cómo la oralidad indígena fue excluida y silenciada con la imposición de la escritura y la lengua española durante la colonización. Sin embargo, movimientos como la "intensificación literaria" y la oralitura han buscado revitalizar las lenguas y cosmologías indígenas a través de formas híbridas que combinan la oralidad y la escritura. La oralit
El documento describe los orígenes y evolución del Derecho de Indias en América. Se establecieron las bases con las Capitulaciones de Santa Fe de 1492 y las bulas papales de 1493 que concedieron a la Corona española el dominio sobre los nuevos territorios. Las Leyes de Burgos de 1512 y 1542 regularon el trato a los indígenas. Posteriormente, juristas como Vitoria establecieron los "justos títulos" para la presencia española. Finalmente, la Recopilación de Leyes de Indias
El documento describe el derecho romano como el conjunto de normas jurídicas que rigió al pueblo de Roma. Explica la evolución del derecho romano desde su periodo arcaico hasta el derecho justinianeo, incluyendo las distintas fuentes de derecho como las leyes, edictos, jurisprudencia y compilaciones realizadas durante este periodo, culminando con el Código de Justiniano que recopiló y sistematizó el derecho romano.
Este documento presenta una introducción a los conceptos básicos de los derechos humanos. Explica que los derechos humanos se basan en valores universales compartidos por toda la humanidad e incluyen derechos inherentes como la igualdad, la libertad y la dignidad humana. También describe las características de los derechos humanos como su universalidad, indivisibilidad e interdependencia. Finalmente, resume brevemente la historia y desarrollo de los derechos humanos a nivel internacional, incluyendo documentos clave como la Declaración Universal de D
Monografia sistema juridico contemporaneoLarry Perez
Este documento presenta un resumen del sistema jurídico romano-germánico y la evolución del derecho desde la época romana hasta la actualidad. Comienza explicando que el sistema romano-germánico hereda elementos del derecho romano y cómo se fue incorporando a otros derechos locales. Luego describe brevemente las etapas del derecho romano desde su fundación hasta Justiniano, incluyendo conceptos como el ius civile, ius gentium e ius naturale. Finalmente, resume cómo el derecho romano influyó en la Edad Media a través
Las instituciones jurídicas son conjuntos de normas jurídicas complejas, duraderas y obligatorias promulgadas por el Estado para regular la actividad humana. Se caracterizan por su coercibilidad, las sanciones jurídicas por violarlas, la bilateralidad entre quien tiene la obligación de cumplirlas y quien puede exigir su cumplimiento, y que son establecidas por el Estado. Su función es concebir el derecho como ciencia y regular la convivencia social de forma pacífica y ordenada.
Todos los seres humanos nacen libres e iguales y tienen derecho a la vida, libertad, seguridad y no estar sometidos a esclavitud. Los derechos protegen a todas las personas por igual, sin distinción de raza, sexo u otros factores, y regulan nuestra vida en sociedad respetando los derechos de los demás.
Este documento presenta una introducción a la historia del derecho. Explica que la historia del derecho estudia la aplicación de las normas jurídicas a través del tiempo. Luego define conceptos clave como derecho, historia e historia del derecho. También describe la evolución de la historia del derecho como disciplina y las fuentes del derecho, incluyendo leyes, costumbres, jurisprudencia y tratados internacionales.
Carl Schmitt argumenta que el poder constituyente es la voluntad política que adopta la decisión fundamental sobre la forma y existencia de la unidad política. Para Schmitt, la constitución surge de un acto del poder constituyente y depende de la voluntad política existencial de quien la da, no de su justicia normativa. Además, Schmitt sostiene que lo político precede a lo jurídico y que la "decisión política" es el acto esencial de la creación jurídica estatal.
Este documento resume los principales tipos de derecho como el derecho natural, positivo y vigente. Explica que el derecho natural son derechos fundamentales e independientes del Estado, mientras que el derecho positivo son normas dictadas por el Estado y el derecho vigente son normas actualmente obligatorias. También clasifica los derechos subjetivos como públicos o privados dependiendo de su fundamento legal, y como absolutos o relativos dependiendo de su alcance y limitaciones. Finalmente, distingue entre derechos patrimoniales y no patrimoniales.
1) El documento define la aplicación del derecho como el contacto directo del derecho con la realidad que busca regular, a través del uso de normas jurídicas con una garantía de cumplimiento.
2) Explica que para aplicar el derecho correctamente, este debe entenderse como un sistema ordenado de normas compatibles entre sí.
3) Señala que las lagunas en el ordenamiento jurídico surgen cuando las normas no prevén todos los detalles o cuando están mal redactadas, dificultando la aplicación del derecho.
Los derechos humanos son exigencias fundamentales para mantener una vida digna. Son principios universales que todos los seres humanos poseen de forma inherente e inalienable. Las principales fuentes de los derechos humanos son la constitución, los tratados internacionales, la legislación interna, la costumbre y la jurisprudencia.
Clasificacion de los derechos subjetivos copiaKeily Caman
Este documento resume varias clasificaciones de los derechos subjetivos propuestas por diferentes autores a lo largo de la historia. Identifica derechos subjetivos públicos y privados, absolutos y relativos, patrimoniales y extrapatrimoniales. También divide los derechos subjetivos en derechos de la personalidad, familiares, reales, de crédito e intelectuales dependiendo de su objetivo. Finalmente, presenta la clasificación de Messina en derechos negativos, constitutivos, modificativos y extintivos.
Este documento ofrece una introducción general a los derechos humanos. Explica que los derechos humanos son inherentes a todos los seres humanos y están basados en la dignidad humana. Se expresan en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y conllevan obligaciones y deberes. También caracteriza a los derechos humanos como universales, inherentes, indivisibles e interdependientes.
Montesquieu fue un pensador francés del siglo XVIII que propuso la teoría de la separación de poderes. En su obra más importante, El espíritu de las leyes, argumentó que los poderes ejecutivo, legislativo y judicial deben ser independientes para evitar abusos. También sostuvo que la libertad política consiste en la seguridad contra la arbitrariedad y en el conocimiento e interpretación claros de las leyes.
Este documento define conceptos básicos de educación cívica como nación, estado, gobierno, ciudadanía, habitante, derechos y deberes. La nación se refiere a la comunidad que forma el sustento jurídico-político de un estado. El estado se organiza a través de normas como la constitución y las leyes. El gobierno incluye los poderes supremos y las instituciones autorizadas para formular y ejecutar políticas públicas. La ciudadanía implica derechos y responsabilidades relacionados con incidir en
Este documento resume la evolución histórica y las principales ramas del derecho civil. Explica que el derecho civil surgió en la antigua Roma y ha evolucionado desde entonces, influenciado por el derecho romano, canónico y germánico. También destaca los aportes de figuras como Justiniano I y describe los principales sistemas de derecho civil contemporáneos como el occidental, soviético, musulmán e hindú.
El documento introduce el concepto de derecho como el conjunto de normas jurídicas creadas por el poder legislativo para regular la conducta humana en sociedad y prevenir el incumplimiento. Explica que el derecho surgió para regular la conducta agresiva humana que llevaba a una "guerra de todos contra todos", y que con el tiempo se desarrollaron normas y hábitos jurídicos a través de la repetición de interacciones humanas.
La norma jurídica es una regla u ordenación del comportamiento humano dictado por la autoridad competente del caso, con un criterio de valor y cuyo incumplimiento trae aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos.
1. Francia ha tenido una larga e inestable historia constitucional desde la Revolución Francesa, con 15 constituciones diferentes que han establecido diferentes regímenes políticos como monarquías, repúblicas e imperios.
2. Existen diferentes interpretaciones de la historia constitucional francesa, incluyendo ciclos entre gobierno revolucionario y dictadura ejecutiva, evolución progresiva hacia una democracia más perfecta, y una dialéctica entre sociedad y estado.
3. La historia constitucional francesa también
El documento describe los principios fundamentales del Estado de derecho, incluyendo la limitación del poder del Estado por el derecho, la sujeción a la ley de todos los poderes del Estado, la división de poderes entre las ramas legislativa, ejecutiva y judicial, y la independencia del poder judicial. También señala que el Estado de derecho requiere un sistema democrático donde el poder emana del pueblo.
Este documento resume los principales puntos del libro "La escritura de la historia" de Michel de Certeau. De Certeau argumenta que la historiografía occidental es una forma de dominio sobre "el otro" (lo diferente, el pasado, etc.) ya que escribe sobre el cuerpo del otro imponiéndole su propio relato. También señala que la historiografía sirve para legitimar el poder y manipular el pasado de acuerdo a los objetivos del presente. Finalmente, plantea que la historia funciona como un mito que permite a una soc
6.- El traslado de la oralidad importancia para la enseñanza .pptxMIRLARA
Este documento discute la relación entre la oralidad y la escritura en contextos culturales iberoamericanos y ecuatorianos. Examina cómo la oralidad indígena fue excluida y silenciada con la imposición de la escritura y la lengua española durante la colonización. Sin embargo, movimientos como la "intensificación literaria" y la oralitura han buscado revitalizar las lenguas y cosmologías indígenas a través de formas híbridas que combinan la oralidad y la escritura. La oralit
Sobre la identidad de la literatura latinoamericanaRicardo Cabeza
Este documento resume diferentes visiones sobre la identidad cultural en América Latina a lo largo del siglo XX. Presenta las posturas de la transculturación, heterogeneidad y hibridación cultural. La transculturación de Ángel Rama y Fernando Ortiz ve la cultura latinoamericana como resultado del encuentro de culturas europeas e indígenas. La heterogeneidad de Cornejo Polar enfatiza la diversidad cultural y las tensiones entre culturas orales y escritas. La hibridación cultural de Néstor García Canclini propone que en la actual era de globalización sur
Este documento discute la literatura producida durante y después de la dictadura militar en Argentina. Examina cómo algunos textos de esa época utilizaron formas indirectas para evadir la censura, mientras que otros más recientes exploran la subjetividad de los perpetradores de la violencia estatal. También analiza cómo la ficción literaria puede abordar el pasado de manera compleja, revelando aspectos ocultos de la historia y permitiendo discusiones sobre memorias en conflicto.
La literatura se refiere a obras escritas de forma creativa, como poesía y ficción. Surge del latín litterae y está relacionada con la gramática, retórica y poética. El primer texto literario conocido es la Epopeya de Gilgamesh del año 2800 a.C. Existen varios géneros literarios que se distinguen por sus características formales y de contenido.
El documento analiza cómo el cuerpo se ha conceptualizado a través de la historia como vehículo de comunicación y expresión. Discute diferentes perspectivas filosóficas y culturales sobre el cuerpo, y cómo estas influyen en cómo se representa el cuerpo en la literatura. También explora cómo autores ven la escritura como una expresión del cuerpo, y cómo el cuerpo está moldeado por factores contextuales.
Este documento define la literatura como la creación lingüística y artística que resulta de la obra de un autor. Explica que un texto literario crea un mundo ficticio a través del lenguaje que debe ser aceptado por el lector. Finalmente, clasifica los textos literarios en narrativos, dramáticos o líricos y proporciona un ejemplo del texto narrativo "Prometeo", describiendo el mundo mítico que representa.
La cháchara y la cátedra. Prácticas de conocimiento feminista.Ptqk
El documento analiza cómo el patriarcado ha monopolizado el conocimiento legítimo y lo ha asociado con lo universal, mientras que relega a las mujeres a la "cháchara" o conversación informal. También explora cómo algunas artistas feministas, como María Ruido, usan tácticas como la apropiación del lenguaje para cuestionar esta distinción y reivindicar la cháchara como una forma legítima de producción de sentido.
Este documento presenta una introducción sobre la literatura y su desarrollo histórico. Explora diferentes visiones sobre qué constituye la literatura y cómo ha evolucionado a través del tiempo. Luego, analiza la obra literaria desde dos perspectivas: como fenómeno de enunciación, considerando el contexto de producción, y como fenómeno de enunciado, enfocándose en el texto en sí mismo. Finalmente, discute los géneros literarios, incluyendo el género narrativo y lírico.
Este documento discute el concepto de literatura y ficción. Argumenta que no hay una definición universal de literatura, y que lo literario depende del contexto histórico y estético. Explora cómo la inteligencia humana crea ficciones para explicar lo inexplicable, y cómo estas ficciones evolucionaron de mitos a religiones a obras literarias. También examina cómo distinguir entre discursos ficcionales y reales, concluyendo que lo importante es el efecto de sentido de verdad que produce un discurso.
La literatura se define de varias maneras en el documento. Algunos autores ven la literatura como una forma del pensamiento que afianza la expresión del lenguaje. Otros la ven como un arte creado a través de un lenguaje poético imaginario. También se describe la literatura como resultado del esfuerzo individual por expresarse a través de obras que utilizan la palabra para transmitir ideas e imágenes de una manera que trasciende lo convencional.
El autor resume el documento de la siguiente manera:
1) Barthes argumenta que cuando un texto se convierte en una narración sin un propósito directo de actuar sobre la realidad, la voz pierde su origen y el autor entra en su propia muerte, dando inicio a la escritura.
2) Un texto está compuesto de citas de diferentes fuentes culturales, y el escritor simplemente imita gestos anteriores sin ser original.
3) El único poder del autor es mezclar escrituras de manera que ninguna pueda ser la base, ya que lo que
El documento discute la naturaleza del lenguaje humano. Argumenta que el lenguaje es exclusivo de los humanos y se basa en la representación simbólica, lo que lo distingue de la comunicación animal. También afirma que el lenguaje es inherentemente poético y metafórico debido a su naturaleza simbólica, y que las palabras tienden a cristalizarse en metáforas espontáneamente a través del uso.
El documento resume la literatura española desde el siglo XVI hasta el siglo XX. Destaca tres figuras literarias del siglo XVI y XVII: Miguel de Cervantes, con su obra Don Quijote; San Juan de la Cruz, con sus obras místicas; y Teresa de Jesús. También resalta autores del siglo XIX como los hermanos Machado y Valle-Inclán, y del siglo XX a García Lorca, Miguel Hernández y José María Gironella.
Oralidad y representación. La otra voz en la narrativa de Ciro Alegría, por M...Marinz M. Copertino
Este documento resume un artículo que estudia la funcionalidad de los relatos de tradición oral que incluye Ciro Alegría en sus novelas. Estos relatos tienen la función de construir un sujeto heterogéneo y popular distinto al narrador monológico, estableciendo vínculos entre la narrativa indigenista de Alegría y el género testimonial. El documento también analiza cómo la inclusión de estas historias orales genera una verosimilitud al representar un tipo de cuentística típica del referente andino desc
Este documento discute el papel del silencio en la literatura y la comunicación. Examina cómo la palabra ya no se considera el único medio para expresar la realidad, y cómo poetas como Roberto Juarroz y Alejandra Pizarnik exploran el silencio literario. También distingue entre "silencio" como ausencia de sonido y "callar" como ausencia intencional de palabra, y cómo la escritura literaria puede ser una forma de "callar".
Presentación diapositiva Marca creativa Doodle Blanco y marrón.pdfDamianSantamaria1
Este documento contiene información sobre dos escritores importantes: Jorge Luis Borges y René Descartes. Resume la biografía, obras principales y premios de Borges, así como la biografía y obras de Descartes. También incluye breves secciones sobre la escritura en la cultura griega, los elementos de los mitos y un ejemplo de un mito de los Andes.
Este documento presenta una introducción a la literatura y su desarrollo histórico. Define la literatura como una forma de arte que representa una realidad ficticia a través del lenguaje. Explora las perspectivas de la enunciación y el enunciado para analizar obras literarias. Describe los principales géneros literarios - narrativo, lírico y dramático - y sus características. Finalmente, analiza los temas y funciones de la literatura y cómo ha evolucionado a través de los períodos históricos.
Este documento presenta una introducción a la literatura y su desarrollo histórico. Define la literatura como una forma de arte que representa una realidad ficticia a través del lenguaje. Explora las perspectivas de la enunciación y el enunciado en una obra literaria, así como los géneros literarios principales (narrativo, lírico y dramático). Finalmente, discute los temas y funciones de la literatura, así como su expresión a través de diferentes períodos históricos.
Este documento reflexiona sobre la relación entre la escritura y la intervención en Trabajo Social. Discute la polifonía de la escritura y su relación con el lenguaje. También analiza la antítesis de la escritura, que es la lectura y la interpretación. Explora cómo la escritura está relacionada con el autor y el poder. Finalmente, examina la argumentación y verosimilitud en la escritura del Trabajo Social.
0542 - LENGUA Y CULTURA LATINAS I - A-MANFREDINI.pdfcasa
Este documento describe los sonidos y reglas de acentuación del latín. Explica que el latín no tiene diptongos que comiencen con i o u, y que estas vocales funcionan como semiconsonantes cuando preceden a otra vocal dentro de una sílaba. También describe las reglas generales de acentuación basadas en la cantidad de la penúltima sílaba, y explica los principales morfemas y paradigmas de flexión verbal en latín.
Gramática C, Borzi.
Aspectos del lenguaje. (De qué depende el significado de una unidad léxica)
1. Aspectos pragmáticos: Características de una situación particular dentro de la
lingüística:
-El contexto.
-La distribución de la información.
-El objetivo comunicativo del hablante.
-Modus y dictum.
2. Aspecto semántico:
a) Semántica léxica o conceptual: Descripción en atributos del significado de las
unidades.
b) Semántica composicional: Aspectos de la combinatoria de unidades.
3. Aspecto sintáctico: (Relaciones internas entre las formas)
a) Sintaxis posicional: Se demuestra porque 1) cambiar las posiciones es
inaceptable, 2) genera un cambio en el significado.
b) Sintaxis funcional: Partes de un mensaje, diferentes funciones (sujeto y
predicado).Signo lingüístico: forma manifestada lingüísticamente que designa un hecho de la
realidad.
• Morfema: Unidad mínima y autónoma del plano del significado o del contenido.
Convive en dos planos: Significado y significante.
Fonética y Fonología. Morfemas y alomorfos:
1. Morfema: Unidad mínima de significado. (Se representa entre llaves y comillas):
SIGNIFICADO.
2. Alomorfo: Fonema o cadena de fonemas que generalmente manifiestan los
morfemas: SIGNIFICANTE.
• Alomorfo vacío: Cadena de fonemas que no representa a ningún morfema: conMIGO,
conTIGO, conSIGO.
3. Morfo amalgama o portmanteau: Fonema o cadena de fonemas que manifesta a
más de um morfema simultáneamente.
Sílaba: Unidad fonético fonológica que tiene múltiples definiciones y aplicaciones, y en la que la vocal forma sílaba por sí sola o constituye un núcleo. CLASES DE PALABRAS: Clasificación semántica.
Palabras con una sola función propia en el texto.PRONOMBRES PERSONALES, demostrativos, relativos. Verbos
El primer grupo de académicos que desarrolló la Teoría Literaria. Sklovisky "El arte como artificio", ostraniñe, Tivinianov, Jackobson Círculo de Moscú, etc
Chomsky 1996 # nuestro conocimiento del lenguaje humano # artcasa
El documento resume las perspectivas actuales sobre el conocimiento del lenguaje humano. Explica que aunque el estudio del lenguaje tiene una larga historia, las principales líneas de investigación actuales surgieron hace unos 40 años cuando ideas antiguas fueron revividas. La facultad del lenguaje en los humanos es única y está genéticamente determinada, con propiedades como la infinitud discreta. El lenguaje puede estudiarse como un órgano biológico, buscando entender su estado inicial y cómo se adquiere a través de la experiencia
Este documento describe las diferentes clases de palabras en español, incluyendo sustantivos, adjetivos, verbos, determinantes, pronombres, adverbios, preposiciones e interjecciones. Explica cómo se reconocen cada una y proporciona ejemplos. También analiza los verbos en detalle, describiendo su conjugación, número, persona, tiempo, modo, aspecto, voz y clases.
Este documento define y explica diferentes figuras retóricas o literarias. Comienza describiendo la retórica como una disciplina antigua para convencer y persuadir con el lenguaje. Luego presenta varias figuras retóricas agrupadas en fonéticas, morfosintácticas y semánticas, dando ejemplos y explicando la finalidad de cada una.
José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
La Unidad Eudista de Espiritualidad se complace en poner a su disposición el siguiente Triduo Eudista, que tiene como propósito ofrecer tres breves meditaciones sobre Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote, el Sagrado Corazón de Jesús y el Inmaculado Corazón de María. En cada día encuentran una oración inicial, una meditación y una oración final.
Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinaria). UCLMJuan Martín Martín
Examen de Selectividad de la EvAU de Geografía de junio de 2023 en Castilla La Mancha. UCLM . (Convocatoria ordinaria)
Más información en el Blog de Geografía de Juan Martín Martín
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
Este documento presenta un examen de geografía para el Acceso a la universidad (EVAU). Consta de cuatro secciones. La primera sección ofrece tres ejercicios prácticos sobre paisajes, mapas o hábitats. La segunda sección contiene preguntas teóricas sobre unidades de relieve, transporte o demografía. La tercera sección pide definir conceptos geográficos. La cuarta sección implica identificar elementos geográficos en un mapa. El examen evalúa conocimientos fundamentales de geografía.
El curso de Texto Integrado de 8vo grado es un programa académico interdisciplinario que combina los contenidos y habilidades de varias asignaturas clave. A través de este enfoque integrado, los estudiantes tendrán la oportunidad de desarrollar una comprensión más holística y conexa de los temas abordados.
En el área de Estudios Sociales, los estudiantes profundizarán en el estudio de la historia, geografía, organización política y social, y economía de América Latina. Analizarán los procesos de descubrimiento, colonización e independencia, las características regionales, los sistemas de gobierno, los movimientos sociales y los modelos de desarrollo económico.
En Lengua y Literatura, se enfatizará el desarrollo de habilidades comunicativas, tanto en la expresión oral como escrita. Los estudiantes trabajarán en la comprensión y producción de diversos tipos de textos, incluyendo narrativos, expositivos y argumentativos. Además, se estudiarán obras literarias representativas de la región latinoamericana.
El componente de Ciencias Naturales abordará temas relacionados con la biología, la física y la química, con un enfoque en la comprensión de los fenómenos naturales y los desafíos ambientales de América Latina. Se explorarán conceptos como la biodiversidad, los recursos naturales, la contaminación y el desarrollo sostenible.
En el área de Matemática, los estudiantes desarrollarán habilidades en áreas como la aritmética, el álgebra, la geometría y la estadística. Estos conocimientos matemáticos se aplicarán a la resolución de problemas y al análisis de datos, en el contexto de las temáticas abordadas en las otras asignaturas.
A lo largo del curso, se fomentará la integración de los contenidos, de manera que los estudiantes puedan establecer conexiones significativas entre los diferentes campos del conocimiento. Además, se promoverá el desarrollo de habilidades transversales, como el pensamiento crítico, la resolución de problemas, la investigación y la colaboración.
Mediante este enfoque de Texto Integrado, los estudiantes de 8vo grado tendrán una experiencia de aprendizaje enriquecedora y relevante, que les permitirá adquirir una visión más amplia y comprensiva de los temas estudiados.
1. Yo el Supremo: la fatalidad de la escritura y el
poder [1]
Richard Parra Ortiz
Localice en este documento
2. Resumen: En este ensayo me propongo ver qué relación tiene el poder con
las teorías sobre la escritura del Supremo. Veré que la negación de la
escritura ayuda al Supremo a configurarse como el único sujeto capaz de
hablar y escribir. Su preferencia por la oralidad es falsa: en realidad, es un
discurso manipulador útil para sus intereses políticos.
Palabras clave: Yo el Supremo, Roa Bastos, Escritura, Poder,
Intertextualidad
En un
sentido
corriente
la
escritura
es letra
muerta,
es
portadora
de la
muerte.
Ahoga la
vida
Derrida
De
Gramatol
ogía
Yo el Supremo reflexiona históricamente sobre la dictadura del Dr. José Gaspar
Rodríguez de Francia (El Supremo), quien gobernó Paraguay desde 1816 hasta 1840.
Escrita por Augusto Roa Bastos en el exilio, constituye una de las más sólidas críticas
que sobre el autoritarismo se han producido. Uno de los aspectos renovadores de la
novela es la profunda reflexión que sobre la escritura pone de manifiesto. En ese
sentido, rechaza la escritura, por considerarla un sistema ineficiente, pero, al mismo
tiempo, asume esa limitación y produce una crítica del sistema literario de su época.
Antes, sin embargo, conviene notar algunos aspectos estructurales: la novela está
compuesta de varias formas retóricas. Solo mencionaré algunas. Primeramente,
destacan los pasquines, parodias de la estilo burocrático del Estado; en segundo lugar,
los apuntes de Policarpo Patiño, escriba del Supremo; en tercer lugar, El Cuaderno
Privado, en donde El Supremo anotaba datos dirigidos a sí mismo; en cuarto lugar,
La Circular perpetua, un documento legal que contenía las órdenes del Supremo a
los funcionarios del Estado; y, por último, las notas a pie de página del Compilador.
Del mismo modo, la obra descansa sobre un sistema de citación directa e indirecta y
una compleja intertextualidad. Así, la estructura y escritura de la novela dan cuenta
de una compleja conciencia narrativa. Pero el problema de la escritura no se limita los
aspectos de dispositio, elocutio e imitatio, sino también a los conceptuales. El
Supremo, en tal sentido, produce una teoría de la escritura, la cual es parte de su
proyecto político y sostiene su poder absoluto.
Mis hipótesis son las siguientes: que el discurso que el Supremo tiene contra la
escritura, el cual la relega a un plano secundario de la cultura, sirve para un propósito
doble: por un lado, el rechazo de la escritura constituye la base de su poder absoluto,
puesto que ayuda a afirmar la idea de que El Supremo es el único sujeto capaz de
hablar y ejercer el habla y la escritura; por otro lado, este discurso es visto como
3. necesario en la perspectiva de luchar contra el criollismo por la soberanía del
Paraguay y por el rescate de las culturas guaraníes. El rechazo de la escritura es tan
sólido que lleva al Supremo a producir un discurso que incluso va en contra del
propio lenguaje humano. De allí su preferencia por la comunicación animal. Sin
embargo, la novela tiene un final contrario. Allí, la escritura es presentada como una
fatalidad que culmina con la desintegración del sujeto-Supremo y con el propio texto,
el cual termina, literalmente, digerido por insectos. Con ello, la escritura desaparece
incluso en su nivel material. En otro nivel, ese final revela la imposibilidad del
discurso del Supremo contra la escritura: por un lado, su escritura ha sido producto de
una copia tan fiel que ha puesto en entredicho la autoridad del Supremo; por otro, la
idea según la cual que para escribir la historia de una persona hay que necesariamente
convertirse en esa persona, resulta aplicada al propio Supremo: Sultán, su perro,
termina convertido en un doble del Supremo con lo que su unicidad termina puesta en
cuestión: en ese momento, además, la autoridad del Supremo desaparece y este
termina literalmente convertido en una larva, condenada a tragar sus propios escritos
[2].
Aunque la emplea para escribir su cuaderno privado, El Supremo es
profundamente escéptico de la eficiencia de la escritura; por ello, subraya
frecuentemente la diferencia irreconciliable entre el lenguaje escrito y el oral. Afirma
que estas son “dos lenguas diferentes” (Roa Bastos 1987a: 158) . En oposición a los
escritores, a los que ve como meros plagiarios, El Supremo se presenta como un
sujeto “hacedor”. Junto a esta capacidad creadora, el dictador reafirma su voluntad
política: “Yo no escribo la historia. La hago. Puedo rehacerla según mi voluntad,
ajustando, reforzando, enriqueciendo su sentido y verdad” (Roa Bastos 1987a: 325).
Asimismo, El Supremo es alguien que rehace la historia, esto es, un
revolucionario, que actúa por medio de su propia voluntad (no del partido único
como en otros proyectos). Esta afirmación convive con la idea de que la voluntad que
prima es la voluntad del pueblo y la consciencia de que, al mismo tiempo, El
Supremo es un esclavo que trabaja para aquel: “Ésta [la voluntad ]no existe sino
como voluntad soberana del pueblo, fuente del Poder Absoluto, del absolutamente
poder... Aquí el único esclavo sigue siendo el Supremo Dictador puesto al servicio de
lo que domina” (Roa Bastos 1987a: 137).
La desconfianza en la escritura lo lleva a preferir lo oral. Ve en ello la
manifestación de lo humano. Sultán, su alter ego, afirma que “Lo que en el ser
humano hay de prodigioso, de temible, de desconocido, no se ha puesto hasta ahora
en palabras o en libros, ni se pondrá jamás” (Roa Bastos 1987a: 559). Lo oral es
también un lenguaje que no puede ser reproducido por ningún soporte material
porque implica aspectos comunicativos no verbales. La tradición oral “no se puede
saquear, robar, repetir, plagiar, copiar”. El lenguaje pertenece está intrínsicamente
ligado a lo material: lo acústico, lo plástico, lo corporal, lo gestual, incluso. lo
fisiológico: “Lo hablado vive sostenido por el tono, los gestos, los movimientos del
rostro, las miradas, el acento, el aliento del que habla” (Roa Bastos 1987a: 158).
Aquí, por otro lado, El Supremo critica la escritura, señalando que esta sustrae el
aspecto vital (corporal, material, teatral) de la tradición oral. Destaca, además, que la
escritura es una técnica que se define por producir copias, falsificaciones,
repeticiones, plagios, simulacros empleando el robo y el saqueo. La escritura, por esa
razón, sería un acto violento y distorsionador de la realidad.
Esta crítica a la escritura no es novedosa. Tiene una larga tradición. En el campo
de la lingüística, ya Saussure mencionó que la lengua y escritura, (su representación)
son dos sistemas de signos distintos. La ciencia solo debía fijarse en la palabra
hablada y no en la combinación con la escrita. Consideraba que la escritura le
usurpaba su papel principal al habla llegándose incluso a dársele tanta importancia
como a esta: “Es como si se creyera que, para conocer a alguien, es mejor mirar su
4. fotografía que su cara”. (Saussure 1945: 51). Según Saussure, la escritura nos
impresiona por su aparente solidez y unidad en el tiempo. Por el contrario, la lengua
es por definición dinámica y evoluciona sin cesar. Afirma Saussure que las
impresiones visuales son más firmes y durables que las acústicas y por eso son
preferidas. La literatura “agranda todavía la importancia inmerecida de la escritura”
puesto que da la apariencia de que la lengua está regulada por un código,
específicamente, el ortográfico. En ese sentido, Saussure habla incluso de la “tiranía
de la escritura”: “llega a influir en la lengua y a modificarla. Eso no sucede más que
en los idiomas muy literarios, en los que tan considerable papel desempeñan los
documentos escritos” (Saussure 1945: 58).
En el contexto del colonialismo en América Latina, la opción del Supremo por las
tradiciones orales tiene una connotación social y política, puesto que la escritura
sirvió como instrumento de dominación cultural, tal como lo señaló Ángel Rama en
La ciudad letrada [3]. Esa preferencia por las tradiciones orales se manifiesta por la
defensa de la escritura colectiva en contra de la noción de autor individual: en Grecia
y China, el pueblo compuso los grandes relatos. Los escribientes de esas culturas,
dice El Supremo, “soñaban ser el pueblo”. Por consiguiente, el pueblo se configura
como escritor y como lector al mismo tiempo, como emisor y como destinatario.
Asimismo, El Supremo señala que esa escritura, por ser colectiva, tenía un estatuto de
verdad: en las tradiciones orales, nadie dudaba de la existencia de Troya, Agamenón,
el Vellocino de Oro, el Candiré del Perú, y “la Tierra-sin-Mal y la Ciudad-
Resplandeciente de nuestras leyendas indígenas” (169). Para El Supremo la escritura
se desliga de la realidad y específicamente se desentiende de la voluntad popular; por
ello, se pregunta “¿Qué significación puede tener en cambio la escritura cuando por
definición no tiene el mismo sentido que el habla cotidiana hablada por la gente
común?” (Roa Bastos 1987a: 337).
En la práctica, el rechazo de la escritura se materializa en una crítica feroz a
Policarpo Patiño, escribiente del Supremo. La crítica a Patiño se extiende a los
escritores en general, específicamente, a los historiadores y a los viajeros de su
tiempo. Se los descalifica por su ignorancia y por su hipocresía, por un lado; por otro,
por plagiarios. El Supremo los llama ignorantes, escribas, embusteros, fariseos e
imbéciles, escritores que convierten la palabra de autoridad en mentiras (Roa Bastos
1987a: 157). El Supremo, en ese sentido, profiere el deseo de que la ley prohíba la
escritura e instituye la censura como base de su tiranía: “Debiera haber leyes en todos
los países […] contra los plumíferos de toda laya. Corrompidos corruptores. Vagos.
Malentretenidos. Truhanes, rufianes de la letra escrita. Arrancaríase así el peor
veneno que padecen los pueblos” (Roa Bastos 1987a: 170).
Califica el estilo de Patiño como uno abominable y “laberíntico callejón
empedrado de aliteraciones, anagramas, idiotismos, barbarismos, paronomasias de la
especie pároli/párulis; imbéciles anástrofes” (Roa Bastos 1987a: 157). La retórica de
Patiño es patológicamente (párulis) perjudicial, profundamente artificial y contraria a
la razón. Para el Supremo, por ejemplo, el escribidor Patiño carece de la capacidad
creadora y “natural” de un papagayo. Su expresión es básicamente una falsificación,
un robo de lo que otros dicen. En lugar de aclarar el dictado del Supremo, lo opaca y
lo hace ilegible: “En lugar de trasladar al estado de naturaleza lo que te dicto, llenas
el papel de barrumbadas incomprensibles. Bribonadas ya escritas por otros” (Roa
Bastos 1987a: 157). Por el contrario, al dictarle a Patiño, el Supremo le exige que no
trate “de artificializar la naturaleza de los asuntos, sino de naturalizar lo artificioso de
las palabras” (Roa Bastos 1987a: 158).
El dictado está definido como un acto de poder cuya finalidad es ser “oído,
escuchado” y “obedecido”. Esta definición es tan amplia que incluso, cuando el
Supremo no habla, está ejerciendo el mando: “Su silencio es de mando”, se afirma. A
decir de Patiño, todo esto implica “que en El Supremo por lo menos hay dos. El Yo
5. puede desdoblarse en un tercero activo que juzgue adecuadamente nuestra
responsabilidad en relación al acto sobre el cual debemos decidir” (Roa Bastos
1987a: 111). En otras palabras, El Supremo se desdobla para ejercer poder en forma
de justicia y como referente moral. Esta escena, además, poner en acto la relación de
dominación entre El Supremo y Patiño, su sirviente: allí, el dictador se presenta como
un ventrílocuo, como alguien que modifica su voz de tal modo que parezca venir de
otro lado y como un imitador. Por ello dice sí mismo que “era un buen ventrílocuo”(
Roa Bastos 1987a: 111).
No solo El Supremo es el único capaz de observar las cosas en su profundidad
histórica; es el único que puede escribirlas. Así, cuando le enseña a escribir a Patiño,
también manifiesta su concepción de la escritura. Básicamente, es un acto por el cual
“uno mismo” se traslada a la materialidad del escrito. Pero escribir también es un acto
de poder en el que El Supremo se presenta como la mano que guía la mano de los
escritores. Con su retórica paródica, el dictador presenta la escritura como un acto
sexual en el que se fusionan la tinta y el papel para formar una “bestia de dos
espaldas”:
guiaré tu mano como si escribiera yo […] ¿Sientes el peso? ¡Sí,
Excelencia! […] Aprieta más. Yo aprieto tu mano […] La presión funde
nuestras manos […] Descarga todo el peso de tu ser en la punta de la
pluma […] Escribir es despegar la palabra de uno mismo. Cargar esa
palabra que se va despegando de uno con todo lo de uno hasta ser lo de
otro […] Escribir no significa convertir lo real en palabras sino hacer que
la palabra sea real. Lo irreal sólo está en el mal uso de la palabra, en el
mal uso de la escritura […] Penetra hasta el fondo […] Proceso pasional.
Conduce a una fusión completa de la tinta con el papel […]
Macho/hembra. Forman ambos la bestia de dos espaldas […] Esto es
representación. Esto es literatura. Representación de la escritura como
representación (Roa Bastos 1987a: 160-2).
Para El Supremo, Patiño es una especie de escritor autómata, definido como un
cuerpo parlante dedicado a la escritura: “un biohumano parlante […] Asno-mula
tirando de la noria de la escribanía del Gobierno” (Roa Bastos 1987a: 157).
Es bien sabido que Roa Bastos siempre manifestó una rotunda preferencia por las
culturas orales. Destacaba, por ejemplo, que en la cultura guaraní oral se puede
encontrar un texto primero "que lee y se oye a la vez en sus elementos de
significación fónica más que en la alfabética. Un texto arcaico y latente en la
subjetividad de cada hablante en su afectividad emocional por los sentimientos de la
vida social" (Roa Bastos 1986: 131). Según, Nauss Millay, Roa Bastos sostiene que
los textos orales están habitados de escritura y deben ser leídos y escuchados. De
acuerdo a su función de intelectual intermediario, la tarea de Roa Bastos es rescatar y
traducir el texto oral hacia la cultura escrita (Nauss Millay 2000: 248). Según Roa
Bastos, "El Supremo busca y ensaya la instauración de la Escritura del Poder,
desconfiando del poder de la escritura […] trata de encontrar un alfabeto donde las
letras vuelvan a ser los propios objetos, donde significante y significado se
confundan" (Roa Bastos 1978: 85; En Nauss Millay 2000: 245).
El Compilador comparte estas ideas con Roa Bastos. Reconoce que la pluma del
Supremo reproduce “el espacio fónico de la escritura”, al que llama “el texto sonoro
de las imágenes visuales” (Roa Bastos 1987a: 330). Es decir, tanto Roa Bastos como
el Compilador sostienen que lo fónico del habla está precedido por un texto
primordial; en otras palabras, que la escritura está inscrita y precede a la oralidad. El
Supremo, gracias a su pluma, es el único capaz de escribir sin sacrificar el aspecto
vital del habla. Su escritura se ubica, según el Compilador, en “esa delgada sombra
entre el mañana y la muerte”. Así la escritura del Supremo, es un “Trazo de tinta
6. invisible que triunfa sin embargo sobre la palabra, sobre el tiempo, sobre la misma
muerte” (Roa Bastos 1987a: 330).
Jacques Derrida en De Gramatología introduce una visión sobre la escritura
similar. Derrida explica que oírse-hablar (que se entendía como experiencia no
exterior, no mundana) produjo, en tiempos antiguos, la idea misma del mundo. En ese
acto se configuraron oposiciones básicas entre “entre lo mundano y lo no-mundano,
el afuera y el adentro, la idealidad y la no-idealidad, lo universal y lo no-universal, lo
trascendental y lo empírico, etcétera”. Por ello, la escritura fue confinada a una
función secundaria e instrumental: “traductora de un habla plena y plenamente
presente […], técnica al servicio del lenguaje, portavoz, intérprete de un habla
originaria, en sí misma sustraída a la interpretación”. Históricamente, hay, sin
embargo, una escritura natural, divina y viviente que es venerada, la cual es
equivalente en dignidad “al origen del valor, a la voz de la conciencia como ley
divina, al corazón, al sentimiento”. En conclusión, para Derrida, “Hay por lo tanto
una escritura buena y una mala: la buena y natural, la inscripción divina en el corazón
y el alma; la perversa y artificiosa, la técnica, exiliada en la exterioridad del cuerpo”.
Afirma incluso que “En un sentido corriente la escritura es letra muerta, es portadora
de la muerte. Ahoga la vida” (Derrida s/f: s/n).
Escribir produce la imposibilidad de la realidad. Impide ver la realidad y la
falsifica. Detiene el movimiento de los objetos fijándolos por medio del artificio.
Destruye lo que El Supremo denomina lo parlante-visible: “Escribir dentro del
lenguaje hace imposible todo objeto, presente, ausente o futuro… este discurso que
no discurre, este parlante-visible fijado por artificio en la pluma”. Solo el Supremo, a
través de una esfera de cristal que tiene empotrada en su pluma es capaz de ver la
realidad. Esta dice le permite “ver las cosas fuera del lenguaje”. La escritura anula el
sentido material de la existencia de los objetos y su profundidad económica. Oculta el
trabajo inherente en los objetos y las personas y crea de ese modo una vanalización
de la realidad: “escribir algo no tiene ningún sentido. Obrar sí lo tiene” (Roa Bastos
1987a: 336).
Para El Supremo, solo cada objeto o sujeto puede hablar de sí mismo: si “se quiere
hablar de alguien no sólo tiene uno que ponerse en su lugar: Tiene que ser ese alguien
[…] Únicamente los muertos podrían escribir sobre los muertos” (Roa Bastos 1987a:
124). Por ello, le dice a Patiño lo siguiente: “Quiero que en las palabras que escribes
haya algo que me pertenezca” (Roa Bastos 1987a: 158). De ese modo, el la teoría
comunicativa del Supremo, el hablante tendría que convertirse en el objeto del
lenguaje. Uno de los pocos que lo logra es su perro Sultán, el único que, además,
confronta verbalmente a su amo. Siguiendo la lógica comunicativa del Supremo,
Sultán se convierte literalmente en su amo al morir: “Se parecía tanto la cara del
perro a la mía” (Roa Bastos 1987a: 100).
La fatalidad del lenguaje se convierte en fatalidad para el destino del propio
Supremo. Uno de los últimos episodios de Yo el Supremo, reproduce el diálogo entre
Francia y su perro Sultán. En un momento, Sultán emite una especie de maldición
que predice la pérdida de la capacidad lingüística del Supremo. Olvidará las palabras
y la capacidad de articular sonidos. Empezará a tartamudear e incluso perderá la
capacidad de recordar. Perderá la memoria: “se te sumará la ceguera verbal. Polvo de
pulvinar tapará con su arenilla tus focos ópticos. Perderás también por completo la
memoria visual. Cuando eso llegue por supuesto seguirás viendo; pero aunque no te
hayas movido de lugar te encontrarás en un lugar completamente distinto” (Roa
Bastos 1987a: 557).
El Supremo terminará asaltado por lenguas extranjeras e imágenes desconocidas.
Confinado en las mazmorras, reducido a un cuerpo inservible, sin entender nada, el
Supremo culminará sus días escribiendo por la eternidad. Perderá la vista,
7. especialmente, la capacidad de ver lo que escribe; sin embargo, aquello no le
impedirá la capacidad de seguir copiando textos:
hasta de imitar las letras de una escritura extraña, sin que entiendas por
ello su sentido. Escribo, dirás, como si tuviera los ojos cerrados aunque sé
que los tengo bien abiertos. Será para ti una hermosa experiencia […] Tu
mano seguirá escribiendo hasta el fin y aun después del fin […] Quien no
puede escribir ya con la mano derecha puede hacerlo con la izquierda;
quien no puede hacerlo con la mano puede hacerlo con los pies. Aun con
el brazo derecho paralizado, la pierna izquierda hinchándose cada vez
más, puedes seguir escribiendo. No importa que no veas lo que escribes.
No importa que no lo entiendas. Escribe. Sigue el hilo conductor sobre el
laberinto horizontal-vertical de los folios, en nada parecido a las
circunvoluciones de tus latomías subterráneas. Tu habla es tan obscura
que parece salir de esas mazmorras (Roa Bastos 1987a: 558).
La maldición de Sultán condena al Supremo a escribir hasta quedar sepultado:
“Por lo menos mientras no desaparezca la maldición del lenguaje como se evaporan
las maldiciones irregulares. Escribe pues. Sepúltate en las letras” (Roa Bastos 1987a:
559). Hacia el final de su vida, Sultán predice lo qué le sucederá con su habla después
de que la apoplejía se manifestase: “Es posible que pierdas el uso de la palabra […] la
memoria de las palabras […] memoria de los movimientos del lenguaje, ésos de que
se valen las palabras para decir algo” (Roa Bastos 1987a: 555). La muerte del
Supremo implica, en sus propios términos, un final tragicómico. La fatalidad de la
escritura se pone de manifiesto en un final predicho por Sultán, en el cual el Supremo
queda convertido en una especia de autómata de la escritura: “Únicamente la mano
continúa escribiendo sin cesar. Animal con vida propia agitándose, retorciéndose sin
cesar. Escribe, escribe, impelida, estremecida por el ansia convulsa de los con-
vulsionarios” (Roa Bastos 1987a: 590) [4].
Para escribir, El Supremo utiliza una pluma que además de servir como utensilio
de impresión permite visualizar la realidad mediante “metáforas ópticas”. Como en
Saussure, la pluma cumple una función análoga a una cámara fotográfica e incluso
como un proyector cinematográfico: la pluma, menciona el Compilador, vierte el
chorro de tinta “como una microscópica cámara oscura […] una combinación de
espejos, hace que las imágenes se proyecten no invertidas sino en su posición normal
en las entrelineas ampliándolas y dotándolas de movimiento, al modo de lo que hoy
conocemos como proyección cinematográfica” (Roa Bastos 1987a: Roa Bastos
1987a: 330).
En ese sentido, según Sultán, El Supremo anhelaba medios de reproducción del
habla tan precisos como los sintetizadores modernos. Valiéndose de un anacronismo,
le hace ver al Supremo que, en tiempos más modernos, por medio de la tecnología,
hubiera podido reproducir su voz; la hubiera podido oír y reconoces después; y, por
último, hubiera permitido que cualquiera continuase la obra del Supremo: si El
Supremo hubiera vivido cuando se inventaron medios de reproducción “cinética
visual, verbal […] Podrías haber impreso estos apuntes […] en una cinta imantada
[…], Luego […] lo hubieras oído de nuevo y reconocido […] Lo hubieses continuado
tú, u otro cualquiera; la cadena no se habría interrumpido” (Roa Bastos 1987a: 558).
La escritura se convierte en el aciago final del Supremo quien termina convertido
en una parodia de sí mismo, objeto de la crueldad de su propio poder, ahorcado por la
cuerda que el mismo hiló: “Entronizada en la tramoya del Poder Absoluto, la
Suprema Persona construye su propio patíbulo. Es ahorcada con la cuerda que sus
manos hilaron. Deus ex machina. Farsa. Parodia. Pipirijaina del Supremo-Payaso”.
(Roa Bastos 1987a: 590 ). Pero ese final también supone una especie de justicia
poética que se ejerce sobre El Supremo. Sultán predice que El Supremo descenderá a
8. las mazmorras en donde tiene a sus incontables prisioneros. Allí, despojado de toda
autoridad, penetrará en el vacío, en una profunda oscuridad y en la pestilencia:
precisamente, los flujos corporales de sus enemigos terminarán cubriendo su cuerpo,
aplastándolo: “ El sudor de esos miserables, sus cacas, sus orines, chorreando de
hamaca en hamaca babearán sobre ti, lloverán gotas, gotas de cieno sepulcral. Te
aplastarán hacia abajo cada vez más” (Roa Bastos 1987a: 595). Tras ello, los insectos
se comerán su afásico cuerpo y él mismo se convertirá en una especie de roedor que
culmina comiéndose “el huevo del Supremo” y el propio texto: “Cuando los ácaros
[…] acaben con lo que resta de tu estimada no-persona […], te asaltarán también
unas ganas tremendas de comer […] condenado al hambre perpetua de comerte un
güevo […] (empastado, ilegible el resto, inhallables los restos, desparramadas las
carcomidas letras del Libro)” (Roa Bastos 1987a: 596) [5].
En la novela, el huevo hace mención al origen de la escritura. Para el Supremo el
punto es el origen de la escritura. Lo llama “Semilla de nuevos-huevos”. A partir de
esta unidad geométrica surgen las formas angulares y circulares. Geométricamente y
retóricamente lo que se define aquí es la “circular perpetua” como metáfora de la
escritura: “La Naturaleza enroscada en una espiral-perpetua. Ruedas que nunca se
paran. Ejes que nunca se rompen. Así también la escritura. Negación simétrica de la
naturaleza” (Roa Bastos 1987a: 163). Asimismo, en términos políticos, el huevo es el
producto de los primeros revolucionarios y es llamado “el huevo revolucionario”,
pero también a una teoría del alma de algunos nativos paraguayos.
Según esta, el alma o huevo está compuesta de un “alma-chica” o centro y una
cáscara, de la cual es indivisible. “Así como el huevo es el alma del cuerpo, la cáscara
es el alma del huevo”. Tanto el alma como su cáscara son “más tenues que el
aliento”. Hay una tercera alma: la sombra, que es el alma de la cáscara y que
usualmente es vista en los alrededores de la tumba de una persona recientemente
muerta. Es tan semejante a la persona que “parece que el cuerpo sigue estando”. Pero
esta sombra está vacía. Para la gente del bosque el cuerpo tiene más importancia que
el alma porque lo originan: “Sin cuerpo no existen almas, aunque éstas sobreviven
después de su destrucción”. Por ello, la función de las tres primeras almas es
mantener el cuerpo “sano, sin dolores ni molestias, con ánimo y energía”. El final del
Supremo parece ser la materialización del abandono del alma-chica, puesto que
permanece “cumpliendo sus obligaciones”, pero sometido a un irresistible dolor: “Si
faltara alguna de las tres, por ejemplo, el alma-huevo, el hombre incompleto seguiría
caminando, cumpliendo con sus obligaciones, pero con permanentes dolores de
cabeza y de cuerpo. Señal de que alma-chica ya no está. Se ha ido” (Roa Bastos
1987a: 133).
Para El Supremo, tendría que haber palabras “que tengan voz. Espacio libre. Su
propia memoria. Palabras que subsistan solas, que lleven el lugar consigo. Un lugar.
Su lugar. Su propia materia. Un espacio donde esa palabra suceda igual que un hecho
(Roa Bastos 1987a: 102). En ese sentido, El Supremo expresa una utopía lingüística
en la que el signo sea “idéntico al objeto” (Roa Bastos 1987a: 159). Ese lenguaje es
como “el lenguaje de ciertos animales, de ciertas aves, de algunos insectos muy
antiguos” (Roa Bastos 1987a: 102). Este es un punto clave, porque el Supremo
prefiere un lenguaje sin articulación, afirmación que negaría la centralidad de la
oralidad. “En todas las lenguas las exclamaciones más vivas son inarticuladas” (Roa
Bastos 1987a: 158). En ese sentido, prefiere los animales, porque estos “no hablan
porque no articulan, pero se entienden mucho mejor y más rápidamente que nosotros
(Roa Bastos 1987a: 158).
Sin embargo, ¿cómo es ese lenguaje animal que El Supremo prefiere? Por ejemplo,
El Supremo afirma que la dicción del papagayo era “dicción más nítida, sin
salpicaduras de saliva… Entonación más sincera… Animal puro… parlotea el
lenguaje inventado por los hombres sin tener conciencia de ello. Sobre todo, sin
9. interés utilitario… predicaba una lengua viva que la lengua muerta de los escritores
encerrados en las jaulas-ataúdes de sus libros no puede imitar” (Roa Bastos 1987a:
169). En un nivel, El Supremo destaca los aspectos fisiológicos, elocutivos y
acústicos del hablar: la dicción, la salpicadura de la saliva, la entonación y el aspecto
sonoro. En otro nivel, subraya el carácter vivo y desinteresado de la lengua. La
escritura, por consiguiente, representa un lenguaje muerto e interesado.
Pero, junto a estas afirmaciones, El Supremo se afirma como el sujeto parlante
capaz de hablar por todos los animales: “Yo también hablo por ellos” dice El
Supremo (Roa Bastos 1987a: 158). Este hecho recalca la intención del Supremo por
hablar por la naturaleza. Aún más: no solo puede hablar por el mundo animal, sino
por el vegetal: “Estoy encerrado en un árbol. El árbol grita a su manera. ¿Quién
puede saber que yo grito dentro de él?... Por lo mismo que no es posible comunicar
nada a quien está fuera del árbol. Oirá el grito del árbol. No escuchará el otro grito. El
mío” (Roa Bastos 1987a: 159). Tanto en el caso de Patiño como en el de este árbol,
El Supremo asume la función de un ventrílocuo: siempre habla por otro [6].
En conclusión, lo que he mostrado aquí es que las ideas lingüísticas del Supremo
constituyen la base de un discurso autoritario cuya finalidad es la apropiación del
habla y escritura de todos sus sirvientes. La expresión material de ese poder son sus
políticas de censura y encarcelamiento de enemigos. Sin embargo, su rechazo de la
escritura no es profundo: en el fondo cree que tras la oralidad yace un orden
escritural. Lo que hace con la oralidad es manipularla y acomodarla a sus intereses
políticos. La apropiación va más allá cuando quiere hablar por toda la naturaleza. Sin
embargo, esa pretensión recibe un castigo que parece ser explicado por las teorías del
alma de los “hombres-del-bosque”. En esa lógica, cabe preguntarse si el Supremo
sufrió la pérdida de su alma-chica por haberse atrevido a usurpar a la naturaleza de su
lugar en el sistema cosmológico de los antiguos paraguayos:
Dice que ve enteramente vacío el interior de Su Señoría. No hay más
que huesos, dice. Las tres almas se han ido ya. Queda únicamente una
cuarta alma, pero él no la ve. Dile que mire, que vea. La sombra es más
difícil que el huevo. Dice que no tiene poder sobre ella; que no la puede
ver. Dice, Excelencia, que aunque soplara hasta quedarse sin resuello, los
espíritus auxiliares de la curación no podrán penetrar ya en el vacío-sin
alma del cuerpo. Soplará y escupirá hasta que se le seque y se le caiga la
boca. La piedra grande de la muerte ha caído adentro y ya no hay forma
de sacarla. Esto dice el nivaklé, Excelencia. (Roa Bastos 1987a: 297)
Notas
[1] Las ideas de este ensayo fueron desarrolladas durante el seminario sobre Yo
el Supremo dictado dirigido por Eduardo Subirats en la Universidad de
Nueva York (NYU) en el otoño de 2007.
[2] El problema de la escritura ha sido visitado regularmente por la crítica. Según
Carlos Pacheco, la lucha por el poder en Yo el Supremo también se da en el
terreno semiótico aparte del histórico: hay una lucha “por el poder autorial”
en la que los textos “se desdoblan, dialogan, se invierten, se contraponen
[…], confrontación intertextual que será, en definitiva […] el principal agente
portador de la significación” (Pacheco 1986: XVI-XVIII). Por su lado,
Ezquerro señala que Roa Bastos quiso dar cuenta del carácter mestizo del
Paraguay usando una lengua capaz de unir el castellano y el guaraní. No optó
por una convivencia feliz entre ambos idiomas, sino por recalcar que había
10. entre ambas una relación de dominación de parte de la cultura escrita sobre la
oral (disglosia). Roa Bastos escribe, según esta crítica, en un castellano
“habitado” y modificado por el guaraní (Ezquerro 1987: 73).
[3] Ver Rama (1984) y Roa Bastos (1987b)
[4] A finales del siglo XVIII, el relojero suizo Pierre Jaquet-Droz construyó un
autómata humanoide capaz de escribir. A parte de escribir con una pluma, el
autómata podía reproducir algunos gestos humanos como seguir el texto
escrito con los ojos, mojar la pluma en el tintero, sacudiéndola para no
manchar el papel. Incluso, el autómata levantaba la vista y se quedaba con la
mirada perdida como si estuviera pensando. El autómata podía escribir
cualquier frase en cualquier idioma. Según fuentes de Internet, se paseó a este
autómata por toda Europa para hacer mofa de las teorías de Descartes: se lo
programaba para que escribiese “Pienso, luego existo”.
[5] Para profundizar en la función de los gusanos ver (Balderston 1986)
[6] Numerosos ecos cartesianos aparecen en Yo el Supremo. Descartes en el
Discurso del método consideraba a los animales autómatas complejos
privados de mente y que actuaban solo para sobrevivir. Consideraba a los
animales máquina hechas por Dios, virtuosamente ordenada y mejor dotada
para el movimiento. Así al suponer que existiesen máquinas de animales
perfectas, no podríamos diferenciarlas del animal verdadero puesto que tanto
la máquina como el animal carecen de mente. Si hubiesen autómatas
humanos se podrían diferenciar de los humanos por cuanto no podrían hacer
uso de las palabras ni otros signos ni componerlos entre sí para expresar los
pensamientos. Aunque existiera una máquina perfecta que imitase al ser
humano se tendría que señalar que esta no obra por conocimiento, sino sólo
por la disposición de sus órganos. Por ello, para Descartes, el hecho de que
las bestias no puedan hablar demuestra que carecen de razón (Descartes . No
debe pensarse que porque las bestias, como el papagayo, puedan “hablar” que
son semejantes al hombre. El Supremo tiene una opinión contraria. Para él la
riqueza de la comunicación animal radica en que su lenguaje está “fabricado
a la medida de sus necesidades” (Roa Bastos 1987a: 45).
Bibliografía citada
Balderston, Daniel.
——(1986) “Eater-Reception and De-Composition: Worms in Yo el
Supremo”. MLN, Vol. 101, No. 2, Hispanic Issue. (Marzo), pp. 418-423.
——(2001) Descartes, René. Discourse on Method. Vol. XXXIV, Part 1.
The Harvard Classics. New York: P.F. Collier & Son, 1909-14; En:
Bartleby.com. http://www.bartleby.com/34/1/. [12-2007].
Derrida, Jacques. De gramatología. Derrida en castellano.
http://www.jacquesderrida.com.ar/textos/fin_del_libro.htm. (12-2007)
Ezquerro, Milagros (1983) “Introducción”. Roa Bastos (1987a)
12. _____________________________________
Súmese como voluntario o donante , para promover el crecimiento y la difusión de la
Biblioteca Virtual Universal. www.biblioteca.org.ar
Si se advierte algún tipo de error, o desea realizar alguna sugerencia le solicitamos visite
el siguiente enlace. www.biblioteca.org.ar/comentario