1) La mora se produce cuando existe un retardo culposo o doloso en el cumplimiento de una obligación, requiriendo previamente al deudor, salvo excepciones legales o pactadas.
2) La mora genera efectos como el pago de indemnizaciones y la pérdida de la utilidad de la prestación para el acreedor.
3) La mora se diferencia del retardo en que esta supone perjuicio al acreedor y da derecho a indemnización, mientras que el retardo no necesariamente causa estos efectos.