1. Las normas en un jardín infantil:
El funcionamiento en establecimientos públicos y privados para la
prestación de la educación inicial fue en el 2004. Después de todo un
proceso legal, se estipularon unos requisitos claros que hoy son exigidos
para que un jardín infantil entre en funcionamiento:
-Empiece por escoger la ubicación, Es importante que esté alejado de las
vías de alto tránsito vehicular. Revise que tenga zonas verdes para la
recreación de los niños, y si el jardín no las tiene, debe quedar al lado de un
parque.
-La documentación fundamental que puede revisar es la licencia
reconstrucción y de funcionamiento. También, el registro en la secretaria de
Integración Social.
-Nunca se sabe cuándo se presente una emergencia, por lo que el espacio
debe estar preparado con dos salidas; la ruta de evacuación debe estar
debidamente señalizada, con material reflectivo, y además, en cada salón
no puede faltar un extintor.
-No es suficiente que las paredes estén bien decoradas. Los espacios deben
ser claros y no debe haber materiales tóxicos en el ambiente, empezando
por las pinturas.
-Por la seguridad, las escaleras requieren pasamanos. Las barandas deben
estar pegadas a la pared a 65 cm de altura, y con separaciones 6 cmy el piso
con antideslizante.
-Está establecido que el lugar debe tener dos metros construidos por niño
atendido, así que supervise que los pequeños no estén hacinados.
-Se recomienda, por cada diez niños, una unidad sanitaria para menores y
una para adultos.
-La cocina debe estar alejada de los salones de actividades y los bebés
deben instalarse en el primer piso.
-Es responsabilidad del jardín ubicar al menor en el nivel correspondiente a
su edad: de tres meses a un año en materno; de uno a dos años en
caminadores; de dos a tres años en párvulos y de tres a cuatro años en pre
jardín.
-Cada nivel debe estar acompañado por un modelo pedagógico que
garantice la estimulación del pequeño. Los pedagogos deben ser graduados,
normalistas superiores o licenciados con especialidad en pedagogía infantil,
según el acuerdo 138 expedido en el 2004 por el Concejo de Bogotá, en el
cual se regulan los requerimientos de los jardines infantiles.
2. -Sobre la nutrición, es necesario que estos lugares promuevan los buenos
hábitos alimentarios; por lo que, desde el primer día la valoración
nutricional debe ser un hecho. De acuerdo con esta y teniendo en cuenta la
edad del menor, se debe dar una dieta balanceada.