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Diciembre de 2014.
CRÉDITOS
Coordinación Del
Proyecto
Aarón Emmanuel Hernández
Hernández
Coordinación
Logística
Carlos A. Ventura Callejas
Becarias Y
Becarios
Juan Carlos Bravo Piñones
Johana Belén Sánchez Rojas
Jorge Luis Aguilar Pantoja
Angelina Deyanira Navarrete Paredes
Bernardette Sanabria Navarrete
Introducción
Melissa Ángelica Vertiz Hernández
Diseño De Portada
E Interiores
Jonathan Felipe Gil Juárez
Fotografía
Jonathan Felipe Gil Juárez
Jorge Luis Aguilar Pantoja
Ilustración
Jonathan Felipe Gil Juárez
Agradecimientos A:
Fernando Aguilar Avilés
Helena Gisela Muciño
Diego Álvarez
Marlene Fautsch Arranz
María Fernanda Olvera
Angélica Gay Arellano
Pedro Iniesta Medina
Victoria Beltrán Camacho
Niurka Chávez
José de Jesús Palacios Serrato
Fabián Rangel Gutiérrez
Colectivo Juvenil “La Banda NO
Discrimina”
“Las opiniones vertidas en esta publicación son responsabilidad de cada autor. De
ninguna forma reflejan la postura del Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de
Vitoria O.P.” A.C. ni del Gobierno del Distrito Federal y sus dependencias”
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido
político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales,
de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de
este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y
ante la autoridad competente”.
“Proyecto financiado por el Programa de Coinversión para el Desarrollo Social del
Distrito Federal 2014, con recursos públicos de la Secretaría de Desarrollo Social a
través de la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social”.
MEMORIA
DE LAS
JORNADAS POR
LOS DERECHOS
CULTURALES
DE LAS
JUVENTUDES
EN EL
DISTRITO
FEDERAL
Una herramienta
de difusión
4
ÍN-
DI-
CE
5
2 Créditos y AgradecimientoS 7 Introducción Melisa A. Vertíz
Hernández 11 El Derecho a la Cultura desde los
Estándares Internaciones sobre Derechos
Culturales Aarón E. Hernández Hernández y Bernardette Sanabria
Naverrete 21 Culturay juventud: acerca de las
ciudadanías juveniles Fernando Aguilar Avilés 31 Juventud,
CulturayTerritorio. Derecho a la identidad Helena Gisela
Muciño 41 Enfermedades Culturales diego álvarez 49
Relatoría del foro: ¿Por qué hablar de derechos culturales de las
juventudes? Estándares Internacionales sobre Derechos Culturales 57
Tejiendo Redes: Juventudes y Políticas Culturales en
el Distrito Federal Marlene Fautsch Arranz 63 El Derecho
de Acceso a la Información Pública frente a las
Políticas Públicas Angélica Gay Arellano 69 Horizontes de
la Culturay la No Discriminación, un análisis del
discurso Pedro Iniesta Medina 79 Relatoría del foro: Derechos
Humanos de las Juventudes y Políticas Culturales en el Distrito Federal
87 Juventudy Espacio Público Victoria Beltrán Camacho
93 Redes hibridas: Juventudes el derecho a la
culturay exigibilidad de derechos en espacios
digitales. Derechos Digitales y Ciberactivismo Joven
Niurka Chávez 105 El arte como herramienta de defensa
de derechos humanos José de Jesús Palacios Serrato
115 Relatoría del foro: Juventud, cultura, espacio público y
exigibilidad de derechos humanos
6
7
INTRODUCCIÓN
Melissa A. Vértiz Hernández
Coordinadora General
Desde el año 2002, el Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria,
O.P. A.C. (Centro Vitoria) ha promovido diversos espacios de análisis y discusión,
así como elaborado diversos informes, respecto al estado que guardan los
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales, y la situación que
viven las Juventudes tanto en México y en particular en la Ciudad de México.
Entre los resultados de estas experiencias se han podido identificar
importantes vacios en lo referente a los derechos culturales, debido
principalmente a que es un tema poco trabajado por las organizaciones
especializadas en DESCA y porque es complicado el análisis de una política
culturalconindicadoresquepermitanevaluarelgoceydisfrutedeestederecho,
independientemente de la adecuación cultural. Es decir tradicionalmente se
relacionan los derechos culturales con pueblos y/o comunidades originarias,
pero pocas veces se habla del derecho a la cultura de las juventudes del y en el
D.F. en un ámbito no indígena, como actores sociales que, al defender y ejercer
su derecho a la identidad, son quienes más participan en actividades culturales
e incluso han utilizado elementos como “el performance”, el video-arte, la
creación literaria, la fotografía, el graffitti y los tatuajes no sólo como formas de
expresión identitaria, sino como promoción y defensa de derechos humanos.
La actual criminalización de las juventudes a partir de su participación en la
vida pública, social, económica y política en la Ciudad de México, aunado a la
ola de violencia derivada de la inseguridad, la corrupción, el crimen organizado
y las violaciones a los derechos humanos; han generado una fuerte ruptura del
tejido social, haciendo cada vez más necesario el análisis de las políticas públicas
en la ciudad, respondiendo a diversas interrogantes como la conceptualización
que las autoridades locales tienen del derecho a la cultura, si tienen un enfoque
de derechos humanos, si las acciones emprendidas a favor de la vigencia de los
derechos culturales de las juventudes responden a estándares internaciones,
pero sobre todo saber cómo viven las y los jóvenes este derecho en su vida
cotidiana y como esto promueve la ciudadanía y la construcción por la paz.
En este sentido en el año 2014, el Centro Vitoria promovió espacios de
intercambio y análisis sobre la situación de los Derechos Culturales de las
Juventudes que habitan y transitan en el Distrito Federal, en voz de jóvenes
que trabajan desde diversos espacios en la transformación de estas miradas y
de las acciones dirigidas desde las instituciones a favor de las juventudes y el
ejercicio de sus derechos culturales.
8
En el Centro Vitoria estamos convencidas y convencidos que el derecho a la
cultura juega un papel importante en el desarrollo de mujeres y hombres, pero
sobre todo en la generación y regeneración del tejido social, en las formas de
organización comunitaria y en la construcción de identidades; es entonces el
ejercicio de los derechos culturales un elemento vital para la construcción de
la paz y la creación de nuevas formas de convivencia, especialmente para las
personas jóvenes que viven y transitan en Distrito Federal.
Esperamos que esta compilación, tanto de ponencias como de relatorías
de estos espacios contribuya al cuestionamiento pero sobre todo a la
construcción de propuestas a favor del goce y disfrute de los derechos
humanos, respondiendo a principios como la integralidad, la progresividad y la
interdependencia de los mismos.
10
11
Derecho a la cultura
desde los Estándares Internacionales
de Derechos Humanos.
Aarón E. Hernández H. y Bernardette Sanabria N.1
En esta ponencia se tiene la intención de analizar a algunos tratados
internacionales y regionales que puedan dar elementos para entender qué
son los derechos culturales, partiendo de los principios de universalidad,
indivisibilidad, inherencia, interdependencia y progresividad.
Muchas veces, cuando hablamos de Derechos Culturales, tendemos a pensar
en los derechos de los pueblos indígenas y/u originarios, donde claramente,
los usos y costumbres, la identidad individual y colectiva son fundamentales
para reconocimiento y ejercicio de sus derechos humanos; sin embargo, y sin
afán de omitir este aspecto dentro de “los derechos de los pueblos”, habría que
preguntarnos ¿cómo se viven los derechos culturales desde lo no indígena?.
A continuación se hará una breve revisión de tres tratados internacionales
que pueden dar luz para entender al derecho a la cultura como un derecho
difuso y colectivo, característica principal de los Derechos Económicos, Sociales,
Culturales y Ambientales.
El primero de ellos es el: Pacto Internacional de los Derechos Económicos,
Sociales y Culturales.
Preámbulo
Reconociendo que, con arreglo a la Declaración Universal de Derechos Humanos,
no puede realizarse el ideal del ser humano libre, liberado del temor y de la miseria,
a menos que se creen condiciones que permitan a cada persona gozar de sus
1 Aarón E. Hernández Hernández es Sociólogo y colabora en el área de Investigación y Análisis del
Centro de Derechos Humanos“Fray Francisco deVitoria O.P.” A.C.; ha colaborado en investigaciones
sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA) y sobre Juventudes.
Bernardette Sanabria Navarrete es Sociologa y colaborada del área Jurídica del Centro de Derechos
Humanos“Fray Francisco deVitoria O.P.” A.C. y participa activamente en el“Tribuno Popular” que es
una organización juvenil que se dedica a la defensa y promoción de los derechos humanos.
12
JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL
derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles
y políticos.2
Artículo 1
Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este
derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su
desarrollo económico, social y cultural.
Tanto en el preámbulo como en el artículo 1 del PIDESC podemos ubicar que
existe una interdependencia entre los Derechos Civiles y Políticos como con
los DESCA, además que el desarrollo puede tener tres facetas, la económica, la
social y la cultural.
Artículo 15
1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona
a:
a) Participar en la vida cultural;
b) Gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones;
c) Beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales que le
correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de
que sea autora.
2. Entre las medidas que los Estados Partes en el presente Pacto deberán adoptar
para asegurar el pleno ejercicio de este derecho, figurarán las necesarias para la
conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia y de la cultura.
3. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la
indispensable libertad para la investigación científica y para la actividad creadora.
4. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen los beneficios que derivan
del fomento y desarrollo de la cooperación y de las relaciones internacionales en
cuestiones científicas y culturales.
2 Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas. Resolución 2200. Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. 1966.
Derecho a la cultura desde los Estándares Internacionales de Derechos Humanos
13
En estos elementos se reconocen aspectos de la vida cultural como el goce de
los beneficios de la ciencia y la tecnología, el desarrollo científico y la creación
artística, no especifica qué tipo de persona, es decir, no es limitativo a pueblos
indígenas.
Por otra parte, cuando hablamos de cultura se suele pensar en “las bellas
artes” o aquellos espacios donde se adquiere conocimiento general como
los museos, las casas de cultura, etc., pero esos elementos también son
insuficientes pues se subordina el acceso a la cultura a una cuestión de servicio
que regularmente tiene un costo, pero ¿Cómo se vive la cultura desde lo
popular, desde el territorio, desde el ser persona joven, mujer, etc.? ¿Qué es la
vida cultural?
Si los derechos culturales son parte importante de los Derechos
Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales, entonces es necesario
entender que a estos derechos también aplican tanto las obligaciones del
Estado (promover, proteger, garantizar, y respetar), como los componentes de
los DESCA (asequibilidad, accesibilidad, calidad, aceptabilidad, disponibilidad y
adaptabilidad o adecuación cultural).
Para ello, es necesario tomar en cuenta a las Observaciones Generales del
Comité DESC de la ONU, la cual hace explica el significado del derecho a la vida
cultural.
Observación General N° 21 del Comité de Derechos Económicos, Sociales
y Culturales. 2009. Naciones Unidas.
Párrafo 2. Derecho a participar en la vida cultural y derecho a la libertad para la
investigación científica y la actividad creadora.
Párrafo 9. Las personas pueden ejercer estos derechos a) individualmente, b) en
asociación con otras personas, y c) dentro de una comunidad o un grupo.
Párrafo 11. La cultura se entiende como un proceso vital, histórico, dinámico y
evolutivo, que tiene un pasado, un presente y un futuro.
Párrafo 15, inciso a. Participación en la vida cultural comprende el derecho a escoger
su propia identidad, a participar en la vida política de la comunidad.
Párrafo 15, inciso b. El acceso a la vida cultural comprende el derecho a conocer y
comprender su propia cultura y la de otros.
Párrafo 15, inciso c. La contribución a la vida cultural se refiere al derecho de toda
persona a contribuir a la creación de las manifestaciones espirituales, materiales,
14
JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL
intelectuales y emocionales de la comunidad.
Párrafo 16. Para participar en la vida cultural se requieren los siguientes elementos:
a) La disponibilidad es la presencia de bienes y servicios culturales que todos
puedan disfrutar y aprovechar, en particular bibliotecas, museos, teatros, salas de
cine y estadios deportivos; la literatura, incluido el folclore, y las artes en todas
sus manifestaciones; espacios abiertos compartidos esenciales para la interacción
cultural, como parques, plazas, avenidas y calles; dones de la naturaleza, como
mares, lagos, ríos, montañas, bosques y reservas naturales, en particular su flora
y su fauna, que dan a los países su carácter y su biodiversidad; bienes culturales
intangibles, como lenguas, costumbres, tradiciones, creencias, conocimientos e
historia, así como valores, que configuran la identidad y contribuyen a la diversidad
cultural de individuos y comunidades. De todos los bienes culturales, tiene especial
valor la productiva relación intercultural que se establece cuando diversos grupos,
minorías y comunidades pueden compartir libremente el mismo territorio.
b) La accesibilidad consiste en disponer de oportunidades efectivas y concretas
de que los individuos y las comunidades disfruten plenamente de una cultura que
esté al alcance físico y financiero de todos, en las zonas urbanas y en las rurales,
sin discriminación.3
Es fundamental a este respecto dar y facilitar a las personas
mayores, a las personas con discapacidad y a quienes viven en la pobreza acceso
a esa cultura. Comprende también el derecho de toda persona a buscar, recibir y
compartir información sobre todas las manifestaciones de la cultura en el idioma
de su elección, así como el acceso de las comunidades a los medios de expresión
y difusión.
c) La aceptabilidad implica que las leyes, políticas, estrategias, programas y
dedidas adoptadas por el Estado parte para el disfrute de los derechos culturales
deben formularse y aplicarse de tal forma que sean aceptables para las personas
y las comunidades de que se trate. A este respecto, se deben celebrar consultas
con esas personas y comunidades para que las medidas destinadas a proteger la
diversidad cultural les sean aceptables.
d) La adaptabilidad se refiere a la flexibilidad y la pertinencia de las políticas, los
programas y las medidas adoptados por el Estado parte en cualquier ámbito de
la vida cultural, que deben respetar la diversidad cultural de las personas y las
comunidades.
3 Véase la Observación general Nº 20 (2009).
Derecho a la cultura desde los Estándares Internacionales de Derechos Humanos
15
e) La idoneidad se refiere a la realización de un determinado derecho humano de
manera pertinente y apta a un determinado contexto o una determinada modalidad
cultural, vale decir, de manera que respete la cultura y los derechos culturales de
las personas y las comunidades, con inclusión de las minorías y de los pueblos
indígenas.4
El Comité se ha referido en muchas ocasiones al concepto de idoneidad
cultural (o bien aceptabilidad o adecuación cultural) en anteriores observaciones
generales, particularmente en relación con los derechos a la alimentación, la salud,
el agua, la vivienda y la educación. La forma en que se llevan a la práctica los
derechos puede repercutir también en la vida y la diversidad culturales. El Comité
desea recalcar a este respecto la necesidad de tener en cuenta, en toda la medida
de lo posible, los valores culturales asociados, entre otras cosas, con los alimentos
y su consumo, la utilización del agua, la forma en que se prestan los servicios de
salud y educación, y la forma en que se diseña y construye la vivienda.5
Estas características de los derechos culturales nos permiten ver que se
trata de un conjunto de derechos íntimamente ligados con el ejercicio de
aquellos derechos que garantizan un nivel de vida adecuado, que atienden
a las necesidades básicas de supervivencia de las personas como es el caso
de la alimentación, la salud y la vivienda. Además, por tratarse de derechos
interdependientes con los civiles y políticos, es imposible concebir el derecho
a participar de la vida cultural sin la garantía del derecho a la libertad de
expresión, la protesta social, a la libertad de reunión y asociación y al derecho
a defender derechos humanos. Por otra parte, hablar del acceso al goce de los
beneficios de la ciencia y la tecnología, abre una ventana a nuevas posibilidades
de progresividad de los derechos culturales pues de ahí el por qué ahora
nombrar a los derechos digitales.
Cabe mencionar que en el apartado E. sobre las personas y comunidades
que requieren protección especial no están los jóvenes; sin embargo, la
criminalización de las juventudes pone en riesgo el derecho a participar de
la vida cultural cuando se criminaliza el uso de espacio público por parte de
personas jóvenes.
Para ello, es importante tomar en cuenta lo que dice la CIDJ y la Declaración
de Friburgo:
4 Declaración de Friburgo sobre los derechos culturales, art.1, apartado e).	
5 Comité DESC ONU. Observación General No. 21. (2009).
16
JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL
Convención Iberoamericana de Derechos de la Juventud.
Artículo 24.
1. Los jóvenes tienen derecho a la vida cultural y a la libre creación y expresión
artística. La práctica de estos derechos se vinculará con su formación integral.
2. Los Estados Parte se comprometen a estimular y promover la creación artística
y cultural de los jóvenes, a fomentar, respetar y proteger las culturas autóctonas
y nacionales, así como, a desarrollar programas de intercambio y otras acciones
que promuevan una mayor integración cultural entre los jóvenes de Iberoamérica.
Aquísisemencionaalospueblosautóctonos,peronolimitaelreconocimiento
de estos derechos para las personas jóvenes de manera regional.
Declaración de Friburgo sobre Derechos Culturales (UNESCO)
Artículo 1.
a) Estos derechos deben garantizarse sin discriminación alguna por motivos de
color, sexo, idioma, religión, convicciones políticas o de cualquier otra índole,
ascendencia, origen nacional o étnico, origen o condición social, nacimiento o
cualquier otra situación a partir de la cual la persona define su identidad cultural;
(como la edad).
b) Nadie debe sufrir o ser discriminado de manera alguna por el hecho de ejercer,
o no ejercer, los derechos enunciados en la presente Declaración;
Artículo 2 (definiciones)
Para los fines de la presente Declaración:
a) El término “cultura” abarca los valores, las creencias, las convicciones, los
idiomas, los saberes y las artes, las tradiciones, instituciones y modos de vida
por medio de los cuales una persona o un grupo expresa su humanidad y los
significados que da a su existencia y a su desarrollo;
b) La expresión “identidad cultural” debe entenderse como el conjunto de
referencias culturales por el cual una persona, individual o colectivamente, se
Derecho a la cultura desde los Estándares Internacionales de Derechos Humanos
17
define, se constituye, comunica y entiende ser reconocida en su dignidad;
c) Por “comunidad cultural” se entiende un grupo de personas que comparten las
referencias constitutivas de una identidad cultural común, que desean preservar y
desarrollar.
Artículo 3 (Identidad y patrimonio culturales)
Toda persona, individual o colectivamente, tiene derecho:
a) a elegir y a que se respete su identidad cultural, en la diversidad de sus modos
de expresión. Este derecho se ejerce, en especial, en conexión con la libertad de
pensamiento, conciencia, religión, opinión y de expresión;
b) a conocer y a que se respete su propia cultura, como también las culturas que,
en su diversidad, constituyen el patrimonio común de la humanidad. Esto implica
particularmente el derecho a conocer los derechos humanos y las libertades
fundamentales, valores esenciales de ese patrimonio;
c) a acceder, en particular a través del ejercicio de los derechos a la educación y
a la información, a los patrimonios culturales que constituyen expresiones de las
diferentes culturas, así como recursos para las generaciones presentes y futuras.
Artículo 5 (Acceso y participación en la vida cultural)
a) Toda persona, individual y colectivamente, tiene el derecho de acceder y
participar libremente, sin consideración de fronteras, en la vida cultural a través de
las actividades que libremente elija.
b) Este derecho comprende en particular: La libertad de expresarse, en público o
en privado, en lo o los idiomas de su elección; La libertad de desarrollar y compartir
conocimientos, expresiones culturales, emprender investigaciones y participar en
las diferentes formas de creación y sus beneficios.
18
JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL
Artículo 8 (Cooperación cultural)
Toda persona, individual o colectivamente, tiene derecho a participar, por medios
democráticos: En el desarrollo cultural de las comunidades a las que pertenece;
En la elaboración, la práctica y la evaluación de las decisiones que la conciernen
y que afectan el ejercicio de sus derechos culturales; En el desarrollo y la
cooperación cultural en sus diferentes niveles. En Resumen ¿Qué es y en qué
consiste el derecho a la cultura?
La creación;
La protección y difusión del patrimonio cultural;
El acceso a los bienes y servicios culturales;
Derecho a participar plenamente en la vida comunitaria, a ser parte de la
comunidad;
Derecho a construir conocimiento;
Derecho a utilizar los espacios públicos y dar nuevos sentidos y significados a
éstos;
Cultura-Educación-Diversidad y Libertad
Contodoloanterior,podríamosafirmarquesibienexisteunainterdependencia
entre los Derechos Civiles y Políticos y los DESCA, es a través de los Derechos
Culturales que esta relación es mucho más evidente al darle un sentido
colectivo desde la identidad cultural y la participación de la vida cultural en una
comunidad.
21
Cultura y juventud:
acerca de las ciudadanías juveniles
Fernando Aguilar Avilés.1
Introducción
¿Por qué hablar de los derechos culturales de los jóvenes? ¿Qué relación existe
entreestosderechosylamaneraenquealgunasjuventudesestánconstruyendo
ciudadanía? Las anteriores preguntas parecen más que pertinentes en un país
como el nuestro, donde los derechos de este sector de la población parecen
haber entrado en una etapa de crisis.
Eltextoqueaquísepresentabuscatrazaralgunascoordenadasquepermitan
la reflexión en torno a las ciudadanías juveniles, teniendo como referente
la relación entre derechos culturales y derechos políticos. La idea eje que
deseamos plantear aquí es que, para el caso de las juventudes, la exigencia y el
ejercicio de los derechos culturales frecuentemente están relacionados con el
ejercicio de ciertos derechos políticos; y es a partir de este vínculo que podemos
pensar la manera en que en este sector de la población está construyendo, por
diversas rutas, su ciudadanía.
De esta forma, parece necesario en primer lugar una reflexión mínima
en tono a lo que podemos entender por juventud y por ciudadanía, para
posteriormente plantear la posibilidad hablar de una ciudadanía juvenil.
Finalmente, el documento busca poner el acento en torno de algunas formas
de organización juvenil en donde lo cultural y lo político parecen entreverarse.
¿Juventud o juventudes?
Definir a la juventud no resulta una tarea fácil, pues la multiplicidad de criterios,
disciplinas y miradas que la atraviesan han generado una discusión que impide
hablar de un concepto acabado y unívoco.
Una de las formas más comunes de referirnos a este sector de la población
tiene que ver con su ubicación dentro de un rango de edad como criterio
fundamental. Así, desde una mirada exclusivamente demográfica, la juventud
sería el grupo de población que se encuentra dentro de un rango que puede
1 Facultad de Ciencias Políticas y Sociales – Escuela Nacional de Trabajo Social / UNAM. Correo:
fernando.aguilar.aviles@gmail.com
22
JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL
22
ir – dependiendo de las distintas legislaciones – desde los 10 hasta los 30 años.
Pero aquí es donde empiezan los problemas de la falta de acuerdo para una
definición; pues, ¿cuáles serían los criterios que se utilizan para decidir que la
juventud empieza a los 10 años y no a los 12 o a los 15, y que ésta termina a
los 24 años y no a los 29 o a los 35? Visto así, pareciera que la dimensión etárea
resulta un criterio muy arbitrario para definir a los jóvenes.
Otra manera común de acercarse a la idea de juventud es equiparándola
con la pubertad. Aunque en realidad ésta última, como dimensión biológica,
se relaciona más con un período de intensas alteraciones físicas y fisiológicas.
“La formación de los caracteres sexuales primarios y secundarios, el crecimiento
longitudinal acelerado, la muda de voz, etc., son [algunos de] los fenómenos más
conocidos de esa fase.”2
Entonces, si la pubertad es una etapa de maduración
fisiológica en el individuo, supeditada a procesos biológicos; la juventud
parece ser más una condición determinada por factores sociales. Pubertad y
juventud, aunque se complementan, son procesos diferentes en el individuo.
(Allerbeck,1979).
De esta forma, desde la sociología se ha intentado mostrar que la juventud
tiene significados muy distintos para los grupos y las personas pertenecientes
a cada sector social específico, y que este periodo se vive de maneras muy
diversas, según el contexto en que los jóvenes se desarrollan. Visto de esta
manera,lajuventudesunaconstrucciónsocialehistóricamentedeterminada,lo
que significa que la idea del "ser joven" varía en tiempo y espacio, dependiendo
de las características políticas, sociales, culturales y económicas, que asume
cada sociedad.
Lo anterior implica que “en ningún lugar ni periodo histórico cabría definir
a la juventud mediante meros criterios biológicos o con arreglo a criterios
jurídicos [Pensemos por ejemplo la mayoría de edad]. En todas partes y en todo
tiempo, [la juventud] sólo existe revestida de valores y símbolos [...]. Más que
una evolución fisiológica concreta, la juventud depende de unas determinaciones
culturales que difieren según las sociedades humanas y las épocas, imponiendo
cada una de ellas a su modo, un orden y un sentido a lo que parece transitorio, y
hasta desordenado y caótico.”3
Sin embargo, aunque cada sociedad construye en su interior una concepción
sobre la juventud; lo cierto es que también los propios jóvenes contribuyen a
esa construcción, a partir de sus prácticas, sus preocupaciones e intereses y sus
formas de producción y consumo cultural. Lo anterior implica un constante ir y
venir, “de la manera en que la sociedad concibe a la juventud; a la manera en que
2 K. Allerbeck y L. Rosenmayr, Introducción a la sociología de la juventud, Buenos Aires, Kapelusz,
1979, pp. 23-22.	
3 Levi, Giovanni y Jean Claude Schmitt (Directores) (1996) “Introducción”, en Historia de los jóvenes,
Tomo I “De la antigüedad a la edad moderna”, Taurus, Madrid, pp. 9.
Cultura y juventud: acerca de las ciudadanías juveniles
23
ésta va construyéndose a través de sus diferentes prácticas sociales”.4
De esta forma, entre otras instituciones, la escuela, el trabajo, el gobierno, las
leyes, los medios de comunicación, los partidos políticos, etc.; van construyendo
en conjunto “imágenes” de “lo que es” o “lo que debe ser” la juventud. Pero
como dijimos, también el joven, con sus propias “prácticas”, construye su propia
“imagen” de la juventud. Lo anterior plantea una “disputa” permanente, entre
la manera de concebir al joven desde el “mundo adulto” y desde el “mundo
juvenil”; disputa que se enmarca y es atravesada por diferentes condiciones: de
clase, de etnia, de género, de generación, de cultura, de territorio.
Aúnmás,estasdiferentesprácticassociales,formasdeproducciónyconsumo
cultural, preocupaciones, necesidades e intereses; implican la existencia no de
una sola juventud, sino de muchas juventudes, o para decirlo de otra forma,
de múltiples formas de “ser joven”. Esta afirmación no es menor, pues implica
antes que nada, tomar en cuenta que las mismas diferencias y desigualdades
que caracterizan a una sociedad como la nuestra, se pueden observar al interior
de su juventud.
Finalmente, desde la antropología social se ha incorporado a la cultura
como un criterio que permitiría identificar a la juventud como un grupo social
específico. Esta perspectiva intenta mostrar la existencia de culturas juveniles,
donde se hace hincapié en la noción de identidades juveniles como eje de la
caracterización de este sector de la población, y en el estilo juvenil como la
manifestación simbólica de esas identidades juveniles. Esa identidad se expresa
en un conjunto de prácticas y formas de producción y consumo cultural: la
música, el lenguaje, la estética corporal (vestido, peinado, modificaciones
corporales, etc.), los espacios de reunión (fundamentalmente los del ocio y la
diversión) y las prácticas y actividades específicas que realizan.5
Así, las culturas juveniles nos hablarían de “[…] la manera en que las
experiencias sociales de los jóvenes son expresadas colectivamente, mediante
la construcción de estilos de vida distintos, localizados fundamentalmente en el
tiempo libre, o en espacios interinstitucionales. En un sentido más restringido,
[las culturas juveniles] definen la aparición de ‘micro sociedades juveniles’, con
grados significativos de autonomía respecto de las ‘instituciones adultas’, que
se dotan de espacios y tiempos específicos. […] Su expresión más visible son un
conjunto de estilos juveniles ‘espectaculares’, aunque sus efectos se dejan sentir
en amplias capas de la juventud…” (Feixa, 1997).
La crítica a esta manera de pensar a la juventud, es que ella supone que la
condición juvenil se remite exclusivamente a lo cultural, y de manera particular
4 Nateras Domínguez Alfredo. 2000. “Jóvenes, identidad y diversidad”. Revista Travesaño 2000.
Temas de población, año 3, no. 8: 10-15.
5 Feixa Pampols Carles. (1997) “De las culturas juveniles al estilo” en Nueva Antropología. Revista de
Ciencias Sociales Vol. XV, núm. 50, México, Octubre, 1996, pp. 71-89
24
JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL
24
a lo estético; como si, por ejemplo, un joven punk, además de ser punk, no
fuera también hijo de familia, estudiante, buscador de empleo, etc. A pesar de
lo anterior, esta última perspectiva es importante tenerla en cuenta pues es en
ella, como veremos más adelante, donde podemos encontrar sentido al vínculo
entre derechos culturales y derechos políticos.
El debate sobre la ciudadanía
Desde una definición formal, la ciudadanía alude a un status que se otorga
a las personas que son miembros de una comunidad política, a partir del
reconocimiento de un conjunto de derechos y deberes. Todos los que poseen
ese status son iguales en lo que se refiere ese conjunto de derechos y deberes.6
Estos derechos en principio aluden a tres esferas de actuación de la
ciudadanía: la civil, la política y la social. Los primeros, los derechos civiles, son
aquellos necesarios para ejercer la libertad individual: libertad de expresión,
justicia, acceso al sistema legal, seguridad personal, no discriminación, etc.
Los derechos políticos son aquellos necesarios para la participación en el
ejercicio del poder público: votar y ser votado, organizarse y en general
participar organizadamente en la discusión de los asuntos públicos. Por último,
los derechos sociales son aquellos que sientan las bases para el desarrollo
de un mínimo de bienestar social - esto es, la satisfacción de un conjunto de
necesidades básicas -, y están generalmente vinculados a la seguridad social, la
salud, la vivienda, el trabajo.
Sin embargo, esta perspectiva no ha estado exenta de críticas. Por ejemplo,
los derechos que posibilitan la participación en la toma de decisiones en
el campo de la política se limitan a un conjunto de personas que reúnen
ciertas características de edad – la mayoría de edad –, o de adscripción a
organizaciones políticas formales – los partidos políticos –, dejando a un lado a
quienes encuentran canales propios de expresión de sus opiniones y demandas
en un sistema político excluyente. En el caso de los derechos sociales, estos
generalmente en sociedades como la nuestra, se han visto restringidos debido
al acotamiento de la intervención del Estado en esa materia.
Es por ello que “la irrupción en la escena política de las dimensiones de la
vida privada y cotidiana y la visibilización creciente del discurso de la diferencia
cultural como un componente indisociable de las democracias modernas, han
hecho estallarlas concepcionesclásicasde ciudadanía”;7
loquepermitiónohace
mucho, reconocer la existencia que otras dimensiones que complementarán a
6 Marshal Tomas. “Ciudadanía y clase social”, en Revista Española de Investigaciones Sociológicas,
no. 79, julio – septiembre 1997.	
7 Reguillo Rosana (2000) “Emergencia de culturas juveniles. Estrategias del desencanto”, en
Enciclopedia Latinoamericana de Sociocultura y Comunicación.
Cultura y juventud: acerca de las ciudadanías juveniles
25
la inicial concepción de ciudadanía.
Así, más adelante ésta última incorporó los derechos culturales, que aluden
a la identidad, a lo simbólico y a las formas de producción cultural que se
reflejan, entre otras cosas, en un conjunto de prácticas culturales: la identidad,
el idioma, las prácticas, las formas de producción cultural, etc. (Reguillo, 2000).
Esta idea formal de ciudadanía implica, en primer término el reconocimiento
por parte del Estado de su obligación de garantizar los derechos arriba
mencionados; pero en esta concepción el ciudadano es concebido únicamente
como receptor de los beneficios que el Estado provee. Esta manera de ver a la
ciudadanía observa dos problemas que aquí deseamos subrayar.
El voto y la elección de los gobernantes se convierten en la culminación
de la participación del ciudadano; más allá de este acto, la responsabilidad es
delegada por el votante a sus gobernados electos. Por otro lado, la ciudadanía
está fuertemente vinculada y determinada, en sociedades como la nuestra
(desigual, excluyente), a los procesos de exclusión que limitan el acceso y
cumplimiento de estos derechos. Lo anterior obliga a mirar a la ciudadanía
como un proceso que implica un acceso diferenciado a esa ciudadanía, sujeto a
condiciones de clase, etnicidad y género.
Esta aproximación conceptual permite considerar dos tipos de exclusión
particulares, por un lado, la exclusión política, entendida como la carencia de
derechos efectivos que permita participar en el ejercicio y discusión del poder
político – cuestión que iría más allá del simple voto – y, por el otro lado, la
exclusión social, entendida ésta como la ausencia de derechos efectivos para
alcanzar un mínimo de bienestar económico y seguridad al derecho a participar
del patrimonio social.
A partir de esto, podemos comenzar a distinguir dos líneas básicas de
acepción acerca de la ciudadanía. La primera de ellas, relativa al conjunto de
derechos y obligaciones atribuibles a los integrantes de una comunidad en
donde el Estado se presenta como el eje de todo el proceso, pues el ciudadano
no asume más que un papel pasivo de receptor. Los individuos en este tipo
de ciudadanía, que bien podríamos llamar pasiva, mantienen una postura
individualista frente a una serie de derechos en los que no se ven directamente
implicados pero sí beneficiados; por la otra. Aquí el Estado contribuye en poca
medida a incentivar la incorporación de los ciudadanos a las actividades de la
vida pública. La política, en esta perspectiva, es una esfera que atrae débilmente
el interés de estos ciudadanos, quienes la consideran ajena a su cotidianidad.8
La segunda acepción, sostiene que la ciudadanía no es una condición que
deriva de un proceso que culmina con el voto; sino que se construye a partir de
8 Zenil Medellín Mónica (2009) Construcción de ciudadanía y apertura de espacios públicos. Prácticas
sociales de jóvenes en la ciudad de México, Mimeo, FCPyS-UNAM.
26
JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL
26
la existencia de un espacio en donde se expresan los intereses compartidos por
todos los integrantes de un grupo social; lo anterior implica que la ciudadanía
es un proceso que está permanentemente en construcción, y en dicho proceso
intervienen actores e instancias propias del contexto social y territorial. Esta
perspectiva asume que la ciudadanía se construye a partir de las prácticas
sociales y encuentra terreno fértil en la peculiaridad de experiencias asociativas
y en la movilidad de los grupos. (Zenil, 2009).
Este tipo de ciudadanía, que bien podríamos llamar activa, tiene como
atributo central la posibilidad de que el sujeto traduzca su actuación en
influencia en el ámbito institucional, materializada en la negociación en
distintos niveles de lo público. En la ciudadanía activa se busca complementar
el lenguaje de los derechos con el de las responsabilidades y las virtudes
ciudadanas. La ciudadanía activa requiere de ciudadanos que se integren a
procesos de actuación desarrollados en la colectividad. El ámbito inherente a la
ciudadanía, desde esta perspectiva, es el espacio público al que concurren los
actores en calidad de ciudadanos para poner de manifiesto sus demandas o sus
formas asociativas. (Zenil, 2009). Esta ciudadanía implicaría que el ciudadano
no es solo receptor de los beneficios que el Estado le proporciona; es también
un ciudadano que conoce sus derechos y exige su cumplimiento al Estado
mediante la organización y el actuar en el espacio público.
Si la ciudadanía se construye a partir de contextos diferenciados –
determinados por la clase, la educación, la etnia –, ¿qué implicaciones tiene
esto en la construcción de una ciudadanía juvenil? Bueno, en principio, que
así como debemos hablar no de una juventud sino de las diferentes maneras
de “ser joven” o, para ser más exacto, de las diferentes juventudes; podemos
sugerir la existencia no de una ciudadanía juvenil sino de múltiples formas de
acceder y/o construir esa ciudadanía juvenil. Lo anterior, aún a pesar de las
posiciones que sostienen que no tiene sentido agregar el calificativo “juvenil”
a la ciudadanía, argumentando que a ésta tienen acceso todos los miembros
pertenecientes a la comunidad política. De este modo, bien podemos afirmar
que la gran mayoría de jóvenes en este país comparten un signo distintivo que
bien puede sintetizarse en una palabra: exclusión.
De los derechos culturales a los derechos políticos: las ciudadanías juveniles
Es un lugar común sostener que existe un fuerte distanciamiento entre la
población joven y las instancias tradicionales de participación política. Sin
embargo, esto es cierto solo si concebimos el “interés en la política” única y
exclusivamente como el ejercicio del voto. En realidad, a muchos jóvenes
les interesan los problemas de su sociedad, pues los viven y los sufren
Cultura y juventud: acerca de las ciudadanías juveniles
27
cotidianamente y sus formas de organización y participación trascienden
el ámbito electoral y son mucho más grandes de lo que comúnmente se
piensa. Muchos jóvenes –aunque ciertamente no la mayoría– se organizan y
participan activamente en la vida pública fuera de las formas tradicionales e
institucionalizadas.
Aunque sólo uno de cada 10 jóvenes ha participado en una marcha o acto
político; cuando se les pregunta si estarían dispuestos a participar en algún tipo
de actividad o manifestación pública, las relacionadas con la defensa del medio
ambiente (86%), el respeto a los derechos indígenas (85%), a los derechos
humanos (83%), la inseguridad (81%) y la paz (83%) son asuntos por los cuales
los jóvenes sí estarían dispuestos a participar.14 Si en el año 2000 el INEGI
reportó la existencia en el país de poco más de 27 millones de personas entre
15 y 29 años, esto quiere decir que más de 2 millones y medio de jóvenes en el
país han participado en esos actos.
Los datos indican que los jóvenes están generando nuevas formas de
organización que poco se han estudiado. Uno de cada cuatro jóvenes participa
activamente en algún tipo de organización. Las de carácter deportivo, religioso
y estudiantil son aquellas que los jóvenes más eligen para participar, mientras
que del otro lado, las de carácter partidista, son las que menos frecuentan
(ENJ, 2002).
Los jóvenes informalmente organizados en colectivos, clubes, grupos,
barras, asociaciones, etc. están “haciendo cosas” en sus comunidades, en sus
barrios y colonias.
En este sentido, la ciudadanía cultural es aquella que se define desde la
articulación del derecho a la organización, el derecho a la expresión, el derecho
a la participación en el mundo, a partir de las pertenencias y anclajes culturales:
el género, la etnia, la religión, las opciones sexuales, las múltiples adscripciones
identitarias, el uso del cuerpo. De esta forma, lo que tenemos enfrente es que
los jóvenes están culturizando lo político, es decir, están viendo y haciendo
política desde la cultura, desde su vida cotidiana. (Reguillo 2000).
Es por lo anterior que se puede afirmar que para la mayoría de los jóvenes, la
ciudadanía se define en el hacer: "si estudio o trabajo (en lo que sea), hago una
revista cultural o toco en un grupo, soy ciudadano", en cambio, "si no aparezco
en listas (de admisión a las instituciones de educación) o no consigo trabajo, o
la policía me reprime o carezco de espacios de expresión, no soy ciudadano".
(Reguillo, 2000).
Muchos jóvenes en el país están construyendo formas emergentes de
organización, a partir de las cuales están cuestionando, expresando intereses,
preocupaciones, problemáticas, elaborando productos culturales, pero sobre
todo proponiendo cambios en temas muy específicos. Todo ello a pesar de una
ciudadanía formal que constantemente se les niega.
28
JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL
28
Efectivamente, para muchos jóvenes, la práctica de lo político ya no se
encuentra en las instituciones de organización política por excelencia, esto
es, los partidos y las elecciones, sino en un ámbito que los trasciende. Para
estos jóvenes, la práctica de lo político pasa en buena medida por el arte,
la cultura y las formas emergentes de organización social en el barrio, la
colonia y los espacios apropiados. Lo anterior nos obliga a revisar esas “otras
políticas” o “micropolíticas”, cuyo poderío no está en el Estado ni en el aparato
gubernamental,nobuscacentrosdepoder,nobuscaelcontroldelosocialdesde
un lugar central, no busca mecanismos burocratizados en la administración y
no pasa por un aparato tipo partido o sindicato. (Reguillo, 2000).
¿Dóndeestánahoraesosjóvenesysusorganizaciones?,¿cómoseconforman?,
¿cómo se organizan?, ¿sobre qué temas están trabajando? ¿qué actividades
realizan?, ¿qué productos culturales están generando?, ¿cuál es la relación
existente entre esas organizaciones?, ¿qué aprenden los jóvenes al participar
en ellas?, ¿cuál es su relación con otros actores: por ejemplo ONG´s, partidos,
gobierno?, ¿cuál es el papel que estas organizaciones juegan en la construcción
de políticas públicas dirigidas hacia este sector de la población? ¿Cuál es el peso
que estas organizaciones tienen en la construcción de una agenda pública de
la juventud?
Estas son preguntas aún por resolver, pero sin las cuales difícilmente
podremos entender por qué la política se ha vaciado de sentido y de significado
para un número importante de jóvenes, y por qué la exigibilidad y el ejercicio
de los derechos culturales se ha convertido, para esos mismos jóvenes, en
herramienta para la construcción de ciudadanías.
31
Juventud, Cultura y Territorio:
Derecho a la identidad
Gisela Muciño1
Esto de tener un cuerpo es un asunto muy raro. Creemos que lo habitamos
hasta que, de formas intensas, nos percatamos que somos habitados por éste.
Y de qué manera. Ocurre cuando las sensaciones son tales que la invaden todo
lo que somos. Nos volvemos entonces solamente un cuerpo. Dolor sólo. Placer
sólo.
Y así vivimos y sin remedio, entre el fastidio y el asombro. Y sin saber qué
hacer haciéndolo todos los días. Nos vestimos, nos alimentamos, evitamos lo
que hace daño, buscamos algún otro cuerpo y vivimos en comunidad. Y para
vivir en sociedad se necesitan definir los territorios: quien soy yo; quienes los
otros, y cómo hemos de convivir. Entonces la distinción básica es la de adentro-
afuera. De este lado estoy yo; de este lado tengo mi cuerpo del que tomo
posesión marcándolo.
Así visto, desplegar una marca corporal indica una frontera: Aquí empieza
mi cuerpo soberano. Pero hay algo más. Si muestro un tatuaje, una imagen con
significación, una forma artística, digo esto: Desde aquí empiezo a entenderme
contigo y con los otros; que hay formas de cruzar las fronteras.
En la modernidad, el cuerpo ha quedado constituido por la acumulación y
superposición de muchos discursos y se expone en un modo alegórico, en el que
efectivamente conviven imágenes, representaciones, expresión, emociones y
conocimientos tan diversos como los que tratan los estudios sobre el cuerpo.
El derecho a la identidad es importante como derecho cultural de las
juventudes, sin embargo los dispositivos de control, homogenización y la
hipermodernidad, deciden, influyen, manipulan, discriminan y estigmatizan,
determinan a las y los jóvenes de acuerdo a su condición de clase, género,
edad y raza, ya que no es lo mismo el sector de la clase media a los jóvenes del
ámbito popular, en el caso del tatuaje ha tenido un recorrido grande, hoy día
en apariencia es aceptable pero no para todos y todas, por ejemplo, para los
cuerpostatuadosenelencierroesunacosaqueparalosjóvenesestudiantesque
aprenden dicha técnica en la Escuela Nacional de Pintura Escultura y Grabado
LA ESMERALDA, ENEPG, del Instituto Nacional de Bellas Artes, o laboran en una
agencia de publicidad y diseño es aceptado (y hasta con una mirada fashionista)
1 Gisela Muciño es Antropologa y forma parte del Colectivo “Los Indeseables Art Crew”.
32
JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL
pero en un Starbucks no es aceptado, en algunas dependencias del gobierno en
los requisitos aparece: “no tatuajes ni perforaciones”. Algunos restaurantes
también no aceptan a las personas con tatuajes, a pesar de que en la entrada
encontramos la leyenda; “en este establecimiento no se discrimina por
raza, preferencia sexual, nacionalidad o género” la pregunta que ha surgido
¿será aplicada sólo a los clientes o también para la selección del personal que
solicita empleo?
En el tema de las modificaciones corporales: tatuajes, intervenciones
quirúrgicas o cirugías plásticas, el pelo de colores, escarificaciones, tatuaje
cosmético (labios, cejas y parpados), incrustaciones, charrascas (práctica
realizada al interior de los tutelares), piercings, suspensiones o cualquier
otra práctica de alteración corporal, la reflexión será a partir del derecho a la
identidad desde la perspectiva del ámbito cultural, específicamente la de los
grupos juveniles a entender y dialogar las diferencias, pero también la carga del
estigma y discriminación.
En el tema de discriminación por tatuaje ha atravesado un largo recorrido:
En la publicación de Memorias Corporales. Diálogo con la historia: tatuaje y
tatuadores. Investigación que realice sobre la historia del tatuaje en la Ciudad
de México y en el capítulo “Dialogando con la historia: tatuadores y la Ciudad de
México”, la historia oral es el eje de la narrativa de las y los jóvenes que vivieron
a finales del siglo XX, en las décadas de los ochenta y noventa como jóvenes
periféricos, desde el barrio, la cárcel, la pandilla, el punk-rock, los tianguis,
Tepito, la calle, las casas, las fiestas, el gabacho, luego los estudios de tatuaje,
las expotatuajes y las fiestatatuajes.
Para el tema de la discriminación a través de sus narrativas apoyada con la
pregunta ¿Cómo eran tratados con tatuaje visible?
AKNEZ, hay historias como la del Chompis y el Aguarrás, que la ley los agarra y les
dice: “¿A qué te dedicas?”, “Pues a tatuar”. Y entonces que era delito tatuar, que
porque era de carceleros y de mafias…Esto debe de haber sido en el 83.
EL SOCIO, del Barrio deTepito. Al principio, el tatuador era una persona de muchos
huevos, porque donde te agarraba la policía te ponía en la madre. Los poquitos que
éramos, como el Sammy, el Güello, el Truz, el Memo, el Frank García. A nosotros
nos ponían en la madre, pero nunca aventamos la playera: por amor a la playera. Y
era sólo por traer tatuajes y además por ser tatuador.
RUSSO, del barrio Santo Domingo, Coyoacán, ahora tiene su propia tienda de
Juventud, Cultura y Territorio Derecho a la identidad
33
tatuajes y vive en Los Ángeles, CA: En mi generación fuimos los primeros activistas
que reivindicaban un pensamiento: te vestías diferente. Hasta ahora la policía me
sigue agarrando: en ese tiempo me sabía disfrazar, sabía en donde meterme.
Para dar cuenta de que iba el tema de las identidades juveniles en las décadas
ya mencionadas, nos contaron nuestros personajes principales de la historia,
apoyada en la pregunta:
Era muy difícil entrar al espacio cerrado del Chopo desde lo punk rock ¿lo
mismo pasaba con el tatuaje?
THASHER: Si era un grupo cerrado, a mí me aceptaban porque no era punk,
pero mi novia si, era Ana punk. Porque yo era rocker metalero. Nos apañan con
un chingo de punks y me la pase encerrado con ellos 24 hrs. A partir de ahí me
aceptaron, quienes eran punks eran el Ganso, el Damián, el Aguarrás, el Rebeco,
el Rolo, el Jarocho, todos los de la banda Punks Not Dead. En el Chopo tenias que
ser recomendado, ya que era ilegal, se improvisaba. El tatuado tenía que participar
agarrando los cables para los polos, o agarrando la corcholata con la tinta. Las
cosas del tatuador estaban en el piso, había loncheras de lámina y ahí metían todo
su equipo, no como ahora.
DIEGO: Tenia diecisiete años. Yo llego por los skateboarders que iban ahí con
Jhon de Skateboard México, era de los chicos de clase media que tenían contacto
donde se podían conseguir tatuajes: uno podía ir y conseguir unas placas, él y
Ángel Canales. No mames, clase media de Anzures, Polanco, Michael. Yo vendía
patinetas en Pericoapa, y es donde conocí a Chanok y a todos ellos, antes de
que tatuaran. Entonces skateboard, punk rock californiano y tatuajes es como así,
Jason Lee en 1985, mangas llenas de tatuajes, skateboard Santa Cruz, California.
A nosotros nos llega el Thrasher Magazine, me la iba a robar al Sanborns: veías a
Peter que tiene ahora 54 años, que es el skateboarder más viejo y más tataudo que
hay, y yo me decía “quiero eso”, calaveras de Misfits.
GATO: En el Chopo convergieron todos, no importa de qué parte de la ciudad, no
importa de qué clase social o donde vivas, ahí caías. El más famoso es el Piraña;
de ahí salió el Russo, el Carnicero, el Aguarrás, el Montado, el mismísimo Ganso.
MICHAEL: Llego al Chopo por el movimiento punk, tenia quince años, te
encontrabas con tu tribu. Sí, fue un clavado a la música, Masacre 68 y varias bandas.
Era la vibra de bienvenidos de donde fueras, la banda conmigo fue alivianada. Me
vuelvo punk cuando tenía once años.
34
JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL
Esto es lo que tenían que vivir los jóvenes de la década de los ochenta y noventa,
eran finales del siglo XX, y ahora en el siglo XXI continúa, lo vemos por ejemplo,
en el Diagnóstico de Derechos Humanos del Distrito Federal del 2008, en el
tema de discriminación, a pesar de que en la Ley de las y los Jóvenes del Distrito
Federal establece en el art. 45 que: “Ningún joven puede ser molestado,
discriminado o estigmatizado por su sexo, edad, orientación sexual, raza, color
de piel, lengua, religión, opinión, condición social, nacionalidad, la pertenencia
a un pueblo indígena o a una minoría étnica, las aptitudes físicas y psíquicas,
el lugar donde vive o cualquier otra situación que afecten la igualdad de
derechos entre los seres humanos”. Sólo mencionaré del tema del tatuaje que
se identificó que las conductas frecuentemente prohibidas son: fumar (40%),
beber alcohol (41.4%) es más alto para tatuarse o ponerse aretes (45.5%): para
salir de casa con amigos (65.1%) y para llegar tarde (60.1%).
En 2013 el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de
México, COPRED, calificó como conductas discriminatorias a 154 casos, que se
distribuyeron en 127 expedientes de Queja y 27 expedientes de Reclamación
por presuntas conductas discriminatorias, territorialmente estas conductas se
concentraron en las delegaciones Cuauhtémoc (21%), Miguel Hidalgo (14%) y
Benito Juárez (12%).
Los motivos son en Cuauhtémoc:
1.	 Embarazo
2.	 Origen étnico y nacional
3.	 Orientación o preferencia sexual
4.	 Apariencia Física
5.	 Condición de Salud
6.	 Expresión de rol de género
7.	 Forma de vestir
8.	Género
9.	 Por tener tatuajes
Motivos de Discriminación en Miguel Hidalgo (no aparece por tatuajes
literalmente sin embargo si por)
1.	 Embarazo
2.	Género
3.	 Orientación o preferencia sexual
4.	 Condición Social
Juventud, Cultura y Territorio Derecho a la identidad
35
Motivos de Discriminación en Benito Juárez (tampoco hay tatuajes pero si por)
1.	 Embarazo
2.	 Condición económica
3.	Género
4.	 Condición Social
5.	 Condición de salud
Para el tema de interés no está implícito el tatuaje pero seguro que si esta en
Condición social, y económica.
Condiciones que se refuerzan a través de los medios de comunicación o
electrónicos, por ejemplo este artículo y su título convocan a reforzarlo, el
tema de los Matas como imágenes predeterminadas de jóvenes con tatuajes,
una fenotipia estereotipo.2
En el tema de la discriminación y estigma con las y los jóvenes en el encierro
y tatuaje, actualmente estoy ingresando a los reclusorios a trabajar con ellos el
tema de higiene y tatuajes, llegamos a un acuerdo, llevo información y apoyo
el abrir el tema del ejercicio del tatuaje al interior para prevenir infecciones,
problemas en la piel por malos tatuajes, (los materiales no son los más óptimos),
y ellos colaboran con sus testimonios, historia oral del tatuaje carcelario, son
jóvenes de entre 20-30 años que están tatuados o están tatuando.
El mayor problema es el tema de la corrupción al interior porque no les
permiten tatuar, las autoridades dicen que es por un asunto de “seguridad
nacional” pero en realidad todo el tiempo les piden dinero para ingresar equipo
y por tatuar al interior, por ejemplo, las tarifas pueden ir desde, por ingresar
máquinas y agujas entre $300 a $500 pesos, distribuidos entre los custodios,
si los encuentran tatuando un 50% sobre lo que cobren; sin embargo,
históricamente ésta práctica ha estado presente, el estigma afuera, a pesar
de que si ellos logran aprender este oficio al interior, cuando salen puedan
ejercerlo o encontrar trabajo sin ningún problema.
El ejercicio de derecho cultural e identidad ha logrado que el tatuaje ingrese a
la inserción desde lo artístico. Otra ruta de las identidades juveniles.
Es así que la discriminación y estigma se continúan ejerciendo a las y los
jóvenes de la Ciudad de México; sin embargo, vemos que si hay camino recorrido
que han realizado los mismo movimiento juveniles, las organizaciones de las
sociedadcivil,académicosdediferentesdisciplinassocialescomoantropólogos,
sociólogos, psicólogos sociales, trabajadores sociales, por mencionar algunos,
2 Ver:http.//urbantimes.com/013/09/the-5-most-dangerous-gangs-in-the-world/
36
JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL
funcionarios y funcionarias comprometidos con cambios a favor de los derechos
humanos de las y los jóvenes.
Por ejemplo, hoy día el Tianguis del Chopo es un referente cultural
importante no sólo para la Ciudad sino también para el país, en el exterior es
famoso, vienen extranjeros a conocer el Chopo, bandas legendarias de punk
rock de Inglaterra, EU, Canadá, Finlandia, Japón, por mencionar algunos.
Algunos jóvenes y adolescentes de la década de los ochenta, precursores
del tatuaje en la Ciudad de México, tanto los amigos como las familias,
específicamente sus madres, que fueron cómplices importantes, los que
dijeron ahí está mi piel para practicar el tatuaje, y las madres porque permitían
que lo realizarán en sus casas, daban de comer “a la banda” (como dirían ellos),
hoy día son tatuadores exitosos, viajan a otros países o ya son reconocidos en
la escena, han provocado que imágenes prehispánicas ingresen a la iconografía
del mundo del tatuaje, la Virgen de Guadalupe, Calaveras de azúcar (motivos del
día de muertos), las catrinas del grabador mexicano José Guadalupe Posadas,
un estilo llamado Black and gray (utiliza iconografía chicana).
Estos jóvenes eran tatuadores sin fidelidad política partidista, sin gestión del
liderazgo o jerarquía, sin compromiso con la prensa, con la religión o con el arte
institucionalizado, sus trabajos no estaban en las galerías, museos o bienales,
esa intervención estética en el cuerpo estaba totalmente desvinculado a la
cultura dominante. Se puede tatuar todo y todas las partes del cuerpo, aún las
partes más íntimas y de piel más sensibles, como la lengua, la cara, la vagina o
el pene. Los intercambios eran con la cultura y la comunicación.
El tatuaje contemporáneo se presenta como un sistema de inclusión, oscila
donde lo que importa es estar tatuado. Además, no hay imposición, el cliente
es libre de elegir el motivo, hacer y rehacer el tatuaje. Todos son referencias,
traducciones e imágenes e ideologías de nuestra rutina diaria o de otros
espacios y tiempo.
La disidencia de la llamada old school del tatuaje y éste arte contemporáneo
ha sido una evolución que es parte de la misma historia que provocaron
intencionalmente, la entrada de las y los diseñadores gráficos, artistas plásticos,
y performanceros que han utilizado al tatuaje como pieza.
Por ejemplo, continuando con mi investigación sobre las rutas del tatuaje, en
“El Archivo Pinto Mi Raya” de la maestra Mónica Mayer, encontré los siguientes
trabajos artísticos y culturales. 1990-1999 SEMEFO “De la morgue al Museo”,
en 1996 recibieron la beca Jóvenes Creadores por segunda ocasión, con la
cual produjeron la exposición Dermis. La exposición consistió en ocho sabanas
impregnadas de fluidos corporales, recuperada de cadáveres y fotografías
de cuerpos después de la autopsia. Las obras consistían en pedazos de piel
humana, recordar en cadáveres de presos y delincuentes. Durante el examen
externo, dentro del primer proceso de la autopsia. Se registran los tatuajes,
Juventud, Cultura y Territorio Derecho a la identidad
37
cicatrices o marcas, que servirán para elaborar la ficha antropológica. La
exposición se presentó en el espacio alternativo de cultura y arte “La panadería”
y posteriormente viajó a España.
En 2003 en el libro M-D Desbordamientos de una Periferia Femenina, Laura
García se da a la tarea de realizar un catálogo sobre trabajos artísticos de
mujeres, el replanteamiento de una nueva construcción visual y discursiva,
la pieza de la artista Elizabeth Romero Betancourt, realiza su pieza “Mujer
Dermis”, Aparición de la Virgen de Guadalupe en mi piel (tatuaje realizado por
el Piraña).
El 28 de septiembre de 2008 el colectivo La Periferia (2007-2011) de
Yucatán, organizó una exposición “Para llevar arte en la piel”, convocaron a 20
artistas de diferentes lugares de la Republica Mexicana a presentar piezas para
ser tatuadas.
En el tema de género en el camino del tatuaje, siendo una práctica masculina
hoy día están las mujeres tatuadoras y más cuerpos tatuados femeninos, claro
en el pasado ya había mujeres tatuadoras.
A manera de conclusión, en un espacio de análisis y reflexión el tatuaje
ha llegado a empujones en varias ámbitos, sobre todo por las y los jóvenes
académicos, universitarios, artistas, en un coloquio en el que participe sobre
“La intervención con tatuaje y su inserción en la creación artística”, en la ENPEG,
las rutas a analizar eran en torno a que ya no hay que discutir si el tatuaje es un
oficio o no, si el tatuaje es arte o no es como discutir si el graffiti es arte o no.
Ambos trazan territorialidades físicas y sentimentales entre las diferentes
comunidades y estas Jornadas permitirán expandir el campo y sus posibles
marcos de discusión.
Si el graffiti marca territorialidad física, literal, en el tatuaje el sujeto que
se tatúa es el que marca la territorialidad y sentimentalismo, por ejemplo
el Thrasher le llama a sus tatuajes, por ocio, no tenía nada que hacer yo ni el
tatuador y me tatuaba y punto, no hay más, Diego dice lo mismo, no por ocio
pero él no pone sentimentalismos a sus tatuajes (personajes entrevistados
para la publicación Memorias Corporales. Diálogo con la historia: tatuaje y
tatuadores.).
No es lo mismo tatuarse en el encierro que tatuarse en el tianguis, en el
studio,enlafiesta,conlosprincipiantesolosprofesionales,famosostatuadores
de la escena del tatuaje, si alguien trae un tatuaje por ejemplo de Dr. Lakra es
diferente a traer un tatuaje de cualquier otro.
El tatuador, Edrian Lee del colectivo de tatuadores de SN José, CA, afirma
que:
“ha agarrado el término de artista con un grado sospechoso porque es agregando
una descripción a un oficio y es una justificación excesiva ofreciendo y sobre
38
JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL
compensando el estigma social y las inseguridades personales. Por ejemplo, un
escultor o pintor no tiene la necesidad de llamarse escultor artista o pintor artista
o cualquiera con el adjetivo artista. Como un tatuador que es un medio que está
justificado por una milenía de tradición y no necesita una hipercalificación a nuestro
oficio.”
El tatuaje no es una obra porque es una imagen repetitiva y el arte lo hace
único, las prácticas artísticas actuales no contemplaron por mucho tiempo que
el tatuaje pudiera ser un lenguaje artístico en sí mismo hasta que los artistas
de performance más extremos comenzaron a tatuar en vivo a sus compañeros
artistas. Es así que es el camino recorrido del arte contemporáneo y el tatuaje,
dejando en la mesa las preguntas dudas, reflexiones.
El cuerpo tatuado es el centro de la discusión, el individuo al que se tatúa
es decir la codificación del lenguaje predeterminado es un acuerdo entre dos
personas: el tatuador y el cliente, está de por medio un intercambio monetario,
se ofrece un servicio. ¿En el arte como lo haría o redefinirá esto?
Entre tatuadores tatuarse es un intercambio siempre y cuando se consideren
ambos mismo nivel de calidad, técnica, inclusive la fama. La posesión de la obra
artística es el cuerpo tatuado. Su perdurabilidad depende de la técnica y el
estilo, no de la intención del artista.
En el tatuaje y sus prácticas tienen imágenes que son códigos, si no se es
tatuador de tiempo, no se sabe los códigos, y todo tipo de tatuaje codificado
que no lo puede usar cualquier personas rompe con cualquier código. Hay
pocos artistas que saben usarlo por ejemplo el artista español, Toño Camuñas
sabe usar estos códigos, porque lleva mucho tiempo siendo entusiasta del
tatuaje y del mundo del tatuaje.
El tatuaje como estigma se consideró por mucho tiempo como un marcador
social propio de delincuentes y marineros comunes, pero en la década de los
años ochenta, los músicos de rock popularizaron el tatuaje como un elemento
identificador. Agregaría ese elemento identificador pero no lo quito de la
marginalidad, continuó desde lo sociocultural y económico.
Tal vez este si sea beneficio del estigma por tatuaje, en el imaginario colectivo
el “arte” es elitista y dejará de ser de delincuentes, en la misma cárcel hoy día los
tatuadores se dicen artistas y acabar con el llamado tatuaje carcelario, hechizo
o mal hecho.
Dependiendo desde donde se diga y se viva el estar tatuado o tatuada. Hoy
por hoy todavía se vive esta exclusión y en las dependencias gubernamentales
priistas,perredistas,enloprivado,enlopúblico,lolaboralenStarbuckscomoen
el Sistema de Transporte y el Metro. El año pasado Six Flags en sus criterios de
ingreso al espacio de recreación citaban "no tatuajes que den mala imagen".
41
Enfermedades Culturales.
Estrategias artísticas en el espacio
público como proceso de
experimentación terapéutica psicosocial.
Diego Álvarez1
“Hacer llegar al hombre a sí mismo,
para que transforme la sociedad presente en una más humana,
o bien,
volver a la sociedad más humana,
para que ayude a los hombres a encontrarse a sí mismos”
Igor A. Caruso
Introducción
En el marco de las Jornadas por los Derechos Culturales de las Juventudes en el
Distrito Federal, fui invitado por el Centro de Derechos Humanos Fray Francisco
de Vitoria OP A.C a participar en el foro: ¿Por qué hablar de Derechos Culturales
de las Juventudes? Estándares Internacionales sobre Derechos Culturales; esto
a partir de ‘Enfermedades Culturales’ proyecto artístico que he desarrollado
desde el año 2012 como parte de una investigación más amplia que nombré:
‘Terapeuta Cultural’ en el marco de la maestría en artes visuales de la Facultad
de Arte y Diseño (antes ENAP) / UNAM.
La idea detrás de ‘Terapeuta Cultural’ parte de algunas preguntas sobre
el contexto sociocultural en que vivimos en el México contemporáneo:
¿pueden enfermarse las sociedades/culturas?, de ser así ¿qué padecimientos
tiene la cultura mexicana? y, finalmente ¿quién y cómo pueden curar estos
padecimientos? Mi condición de psicólogo social estudiando una maestría en
artes visuales enfocada al arte en espacios públicos, me permitió investigar y
accionar en busca de algunas respuestas a estas cuestiones.
Con un enfoque interdisciplinario, el proyecto abreva de aspectos sociales
de la teoría psicoanalítica para llevarlos al espacio público a través de diversas
estrategias artísticas buscando impactar el imaginario colectivo. El proyecto
específico: ‘Enfermedades Culturales’ consistió en la conceptualización, diseño
y llevada a la práctica de una campaña de comunicación social que asemeja
1 Diego Álvarez es Artista Visual y ha hecho intervenciones en territorio.
42
JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL
los mecanismos, estética y diseño de campañas institucionales de salud;
pero que intenta confrontar al espectador y despertar conciencia sobre seis
‘enfermedades culturales’ que surgieron a partir de la pregunta inicial que dio
origen al proyecto Terapeuta Cultural: ¿De qué está enfermo México?. A partir
de ejercicios de escucha e interacción social desarrollados como proyectos de
arte relacional a lo largo de la maestría definí seis ‘enfermedades culturales’:
Normopatía, Síndrome de la Vista Gorda, Compulsión a la Victimización, Telefilia,
Atrofia del pensamiento propio y Pensamiento Dicotómico; y a partir de estas
definiciones llevé a cabo distintas estrategias: por un lado producir seis mil
postales (un millar para cada enfermedad cultural) y repartirlas en distintos
puntos tanto del DF como del resto de la república, además de el diseño de
carteles que se han colocado en distintos puntos del DF y el área conurbada
(Cd. Nezahualcóyotl y Tlalnepantla).
Psicoanálisis y Cultura
Las tensiones existentes entre los impulsos individuales y las reglas sociales,
llevaron al fundador del psicoanálisis a sentenciar que: “el malestar es intrínseco
a la cultura” (Freud, 1930), con ello se refiere a que el hecho mismo de vivir con
otros hombres obliga necesariamente al individuo a controlar o reprimir sus
pulsiones.2
Sin embargo, es claro que cada cultura genera su propio tipo de
malestar; la teoría psicoanalítica no puede aplicarse sin considerar elementos
contextuales, evidentemente no es lo mismo vivir en Viena en el siglo XIX que
en México en el siglo XXI. Psicoanalistas latinoamericanos se han interesado
en dilucidar el impacto del modelo neoliberal como lógica dominante en la
subjetividad de los individuos. Las psicoanalistas argentinas Rojas y Sternbach
(1994), mencionan en su lectura psicoanalítica de la posmodernidad que “Cada
momento histórico formula un «prototipo sano»; es decir un conjunto de
modalidades subjetivas acorde con los ideales predominantes y es por tanto,
estimulado y socialmente reconocido”.3
En este sentido, los sujetos buscarán
adaptarse a ese modelo, a costa de su bienestar, con el fin de cumplir con lo
que su cultura exige de ellos .4
En el contexto actual, el ciudadano se ha convertido en consumidor.5
Para
2 “Tal como fatalmente deben combatirse en cada individuo las dos tendencias antagónicas –la
felicidad individual y la de unión humana-, así también han de enfrentarse por fuerza, disputándose
el terreno, ambos procesos evolutivos: el del individuo y el de la cultura.” , Freud, S. “El malestar en
la cultura”, en Obras Completas, Tomo XXI. Amorrortu. Buenos Aires, 2001, p. 130
3 Rojas y Sternbach, “Entre Dos Siglos. Una lectura psicoanalítica de la posmodernidad”, Lugar,
Editorial, Buenos Aires, 1997, p.131.	
4 “Toda época histórica favorece el surgimiento de patologías vinculadas a la sobreadaptación; es
decir, la adecuación acrítica y absoluta a los modelos culturales predominantes”. Ibídem.
5 “El soporte subjetivo de la organización social ya no es el ciudadano producido por las instituciones
enfermedades culturales
43
Enrique Guinsberg la lógica del mercado es la principal causa del malestar en la
cultura actual.6
Por su parte, Campuzano considera que la libertad del sujeto
está controlada seductoramente por una industria de mercado que manipula
los deseos, haciéndonos creer que nuestras elecciones son libres, cuando en
realidad nuestra libertad es sólo libertad de consumir.7
Marta Ventre hace un
análisis del rol del estado en el sistema actual:
“El Estado cuyas funciones eran garantizar la equidad de los contratos colectivos,
ocuparse de preservar la salud y la educación pública, el cuidado de los ancianos
y la asistencia a la población, es hoy un Estado ausente que ni retóricamente se
plantea tales objetivos, que privatiza sus actividades y deja librados a la «economía
de mercado» y sus efectos a grandes contingentes humanos, sin protección
laboral ni sanitaria alguna”.8
Para el psicoanálisis la toma de conciencia es básica para resistir a un sistema
opresor.9
Si podemos hablar de grupos de personas con sufrimientos psíquicos
comunes producto del sistema en que viven, la figura del psicoanalista se
vuelve necesaria en función de su capacidad terapéutica para promover
la toma de conciencia sobre la situación enajenante en que se encuentra el
individuo: “la curación de las enajenaciones y las agresividades psicopatológicas
sólo es posible a través de la autoconsciencia progresiva del paciente, esto es
precisamente a través de una verdadera información del hombre acerca de su
propia situación, hasta entonces inconsciente o encubierta”.10
Caruso insiste en
la labor del psicoanalista como figura que “renuncia” a toda opinión autoritaria
y dogmática y busca “obtener de su paciente un sujeto consciente de su propia
disciplinarias sino el consumidor instalado por los artefactos de mercado” Grupo Doce, “Del
fragmento a la situación. Notas sobre la subjetividad contemporánea”. Grupo Doce, Buenos Aires,
2001, p.79	
6 “Lo que se debe ver es cómo las mercancías y consumo funcionan como «necesidades» y
«calmantes» del malestar en nuestra cultura”. Guinsberg, E., “La salud mental en el neoliberalismo”,
Ed., Plaza y Valdés, México, 2004. P.143	
7“El control social se vuelve más oculto que en el viejo sistema disciplinario descrito por Foucault
[…] y se instala mediante la seducción e ideologización del consumo y la manipulación de los deseos
y emociones por los medios masivos de comunicación, o sea, el control consumista-mediático logrado
mediante la manipulación de los deseos. La libertad queda reducida a la libertad de consumir”.
Campuzano, Mario, Psicoanálisis y Cultura: Cambios en la psicopatología, la teoría y la praxis.
Ponencia presentada en el XI Congreso Nacional de AMPAG (Asociación Mexicana de Psicoterapia
Analítica de Grupo). México, 2007.
8 Ventre, Marta, “La Globalización y las nuevas formas de control social”, En Subjetividad y Cultura,
Ed, Plaza y Valdés, No. 18, México, 2002, p. 12
9 “rechazar la opresión: esto significa un auténtico volverse consciente, que presupone la crítica de
las introyecciones propias. Rechazar la opresión significa rechazar lo inhumano, lo deshumanizado,
significa abogar por lo humano en el hombre conscientemente”. Ibídem. P. 70	
10 Ibídem. P. 95
44
JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL
historia”,puescomomenciona:“lacultura[…]nohadeconstruirsesobrelabase
del envilecimiento del hombre hasta convertirlo en cosa, sino, por el contrario,
sobre la base de la confianza en el devenir consciente y la autosublimación del
hombre”.11
Una propuesta terapéutica psicosocial a partir del arte público
El proyecto “Enfermedades Culturales” utiliza distintos recursos gráficos,
principalmente el cartel y postales como vehículos para la transmisión de
mensajes que buscan generar la toma de conciencia en el espectador acerca
de problemáticas sociales compartidas; como una propuesta terapéutica que
atienda enajenaciones sociales a partir de la definición de 6 “enfermedades
culturales”: Telefilia, Normopatía, Síndrome de la Vista Gorda, Compulsión a la
Victimización, Pensamiento Dicotómico y Atrofia del pensamiento autónomo.
Dentro del amplio espectro de acciones que pueden considerarse arte
público, enmarcamos el proyecto “enfermedades culturales” en la noción de
“arte intervencionista”, término acuñado por Nato Thomson,12
que describe
obras artísticas que se basan en la intención de un cambio social a través de
la concientización de los habitantes de las ciudades, poniendo el acento en el
desvelamiento de mecanismos de dominación, derechos humanos de minorías
y problemáticas sociales diversas .13
El formato de las postales resultó ser atractivo (la imagen frontal a
través de rayas bicromáticas transversales atrae la atención del público),
pues las imágenes tanto por su diseño como por su colorido resaltaban en
prácticamente cualquier enclave en que fueran colocadas. Además, el formato
permite llevárselas lo que generó interés en las personas, tomando aquellas
con las que más se identificaban o llevando otras que consideraban podrían
enseñarle a algún conocido o familiar.
AdemásderepartirpostalesendiversospuntosdelDF(museos,restaurantes,
centros culturales y la vía pública) y en algunos estados de la república (Puebla,
11 Caruso, Igor. Aspectos sociales del Psicoanálisis, Ediciones Coyoacán, México, 2002.	
12 “escritor y curador [que] describe el trabajo de artistas que allanan en el mundo de todos los días
para criticar, ridiculizar, interrumpir, y agitar con el fin de crear conciencia social e incluso abogar
por el cambio social. En el proceso, se activan los espacios urbanos como lugares para la democracia,
mantener vivas nuestras ciudades con creatividad e ideas poderosas e involucrar a nuevos públicos.”
McCormick, C., Shiller, M., & Wooster Collective. (n.d.), Trespass. A History of Uncommissioned
Urban Art, Ethel Seno, Ed., Taschen, Los Angeles and New York, 2010, p. 306.	
13 “Vandalismo de este tipo opera como una especie de activismo, una desfiguración del rostro
detrás del cual se esconden intereses creados para generar la brillante ilusión de un mundo ordenado,
civilizado, próspero y benevolente. No sólo muerde la proverbial mano que le da de comer, sino que
nos hace preguntarnos exactamente de quién es esa mano.” Lewisohn, C., Street Art: The Graffiti
Revolution, Tate Publishing, Londres, 2008, p. 23.
enfermedades culturales
45
Michoacán y Oaxaca) las mismas fueron compartidas a través del perfil de
Facebook del proyecto ‘Terapeuta Cultural’ que a la fecha cuenta con más de
2 mil seguidores. Esta estrategia de comunicación ‘virtual’ resultó ser bastante
efectiva para lograr el cometido del proyecto pues algunas imágenes como
‘El Síndrome de la Vista Gorda’ lograron viralizarse en la red. Hasta la fecha
ha sido compartida 405 veces (lo que implica una intencionalidad directa de
405 personas por mostrar la imagen a sus contactos) y ha sido vista por 29,792
personas; cantidad de impactos visuales que difícilmente pueden lograr otras
estrategias de arte público. Finalmente, la última estrategia de visibilización
del proyecto enfermedades culturales fue la intervención directa en la calle,
para la cual adapté el diseño de las postales para ser pegados en paredes como
carteles.
Así pues, el proyecto nació del diálogo entre conceptos y aproximaciones
del psicoanálisis, la psicología social y el arte público; poniendo en práctica
la autonomía de la creación artística para implementar empíricamente
soluciones a problemáticas que atañen a distintos campos del saber desde un
enfoque distinto. Este arte intervencionista expande su espacio de acción y ya
desfocalizado puede diseminarse. Independientemente del contenido de los
mensajes “es de vital importancia entender cómo la intervención no-comisionada es un
reflejo contra la hegemonía del espacio público por los intereses de unos pocos sobre
el bienestar psicológico de la mayoría”.14
14 Ibídem, p. 22.
49
Relatoría:
¿Por qué hablar de derechos culturales
de las juventudes?, Estándares
Internacionales sobre Derechos
Culturales.
Martes 30 de septiembre de 2014.
Presentación de Melissa Vértiz.
Primero desea agradecer que estemos presentes, pues hay diferentes eventos
en el contexto nacional. A pesar de ello el tema es también parte de los
derechos humanos. La idea de tener una jornada por los derechos culturales es
un proyecto que el Centro Vitoria presentó en coinversión, para tener espacios
de análisis, en concreto 3 foros, para hablar de los derechos culturales desde la
perspectiva de las juventudes pues generalmente el tema se aborda más desde
otros grupos poblacionales como los pueblos indígenas.
La palabra se le cede a Aarón Hernández para dar un panorama de las
herramientas internacionales en cuanto a los derechos culturales.
Inicia Aarón
El tema que preparó puede ser un poco técnico partiendo de la idea de que
los derechos culturales son también DESCA. Debemos preguntarnos cómo se
vinculan los derechos culturales con el nivel de vida adecuado. La cultura se
relaciona íntimamente con el ser humano, y podemos partir de los principios
de los derechos humanos de indivisibilidad, universalidad e interdependencia.
En estos espacios analizaremos cómo se viven los derechos culturales desde
lo no indígena, el primer instrumento que retomo es el Pacto Internacional
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que expone que todos los
derechos, incluidos los de asociación y de expresión, se relacionan con el nivel
de vida adecuado.
El PIDESC reconoce varios aspectos sobre el derecho a la participación en
la vida cultural, sin embargo, no establece definiciones claras sobre la cultura.
Entre las obligaciones se establece que el Estado debe garantizar el acceso a la
cultura, en nuestros días las políticas gubernamentales pone presión a ciertas
actividades culturales, lo que incluye ya una noción de cultura. En ese sentido
también debemos reflexionar acerca de las acciones del Estado para hacer
50
JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL
accesible el conocimiento de otras culturas.
Cuando se habla de cultura tiende a pensarse en las bellas artes, pero en
realidad se trata de un concepto amplio. La Observación General No. 21 del
Comité DESC de la ONU plantea la historicidad de la vida cultural, que tiene
un presente, un pasado y un futuro, a la que cada persona tiene derecho a
aportar a la comunidad nuevos sentidos y formas. Para ello deben existir
ciertos componentes del derecho: disponibilidad, presencia de bienes y
servicios culturales, pero debemos preguntarnos ¿es suficiente la presencia de
casas de cultura? Y ¿responde a las necesidades de la comunidad?, además de la
accesibilidad, es decir que esté al alcance físico y financiero.
Los derechos relacionados son el derecho a la libertad de asociación, de
expresión, a la intimidad, que resultan ser derechos civiles y políticos, lo que
demuestra su interdependencia. Una de las limitantes es que no se toma en
cuenta la participación de los jóvenes, que en nuestros días se ve en riesgo por
las políticas de criminalización de las juventudes.
La Convención Iberoamericana parece subordinar los derechos culturales a
la creación artística, científica y académica. En este caso quedan fuera grupos
como los migrantes indocumentados frente a los intercambios académicos.
La Declaración de Friburgo establece que no debe haber discriminación
de ninguna índole, a partir de cualquier situación desde la que las personas
definan su identidad, también se retoma que también es posible abstener de
participar en alguna práctica identitaria. Define que la cultura es el ejercicio de
los derechos humanos que permite la participación dentro de una comunidad,
hay todo un conjunto de símbolos cuyo reconocimiento tiene que ver con el
reconocimiento de la dignidad humana. Las comunidades culturales son las que
mantienen ciertos símbolos y prácticas, por lo que cabe preguntarse ¿puede
considerarse a los punks o reguetoneros como comunidades culturales?
Finaliza su participación.
Melissa da la palabra al siguiente ponente: Fernando Aguilar.
Deseo plantear distintas ideas para la discusión: uno de los principales
problemasescómoentendemoslacultura,laprimerideaespensarlosderechos
culturales desde la definición de lo juvenil, comencemos por preguntarnos ¿por
qué es importante pensarlos desde la juventud?, las culturas juveniles son pistas;
la segunda idea tiene que ver con la ciudadanía, la perspectiva ortodoxa ve al
ciudadano como un sujeto pasivo; de mano de esta pensar la ciudadanía juvenil
debe pensarse como derechos políticos y culturales, en los jóvenes las formas
de expresión culturales empatan con lo político muchas veces, finalmente la
reflexión aterriza en 4 ideas, la ciudadanía juvenil, la identidad. También se
relaciona con el uso del espacio público ¿cómo son las formas de apropiación
de las juventudes? Lo cultural y lo político es la ciudadanía juvenil; los espacios
¿Por qué hablar de derechos culturales de las juventudes?
51
culturales, dependiendo de sus características unos contribuyen más o menos
a la construcción de ciudadanía; ¿Cuáles son los mecanismos que hacen que
ciertos jóvenes tengan acceso diferenciado a productos culturales? Un elemento
fundamental es la condición de clase.
Para pensar lo juvenil se puede partir desde el plano etario, biológico,
psicológico, la construcción histórica de la sociedad; pero la disciplina que
aporta mucho son las identidades juveniles, los primeros cuatro elementos
no siempre funcionan, la antropología propone las formas de producción
y consumo cultural, donde entran la moda y el cuerpo. La acotación es que
esas formas están determinadas por una dimensión de clase, dando como
resultado un grupo muy pequeño de jóvenes con los derechos garantizados.
Estas perspectivas rompen con la visión de una ciudadanía institucionalizada
o clásica. Identidad y pertenencia son ejes fundamentales para pensar los
derechos culturales. Frente a la ciudadanía pasiva está la ciudadanía activa,
donde los ciudadanos conocen sus derechos, buscan la forma de organizarse
para exigirlos y utilizan el espacio público para expresarse. En el caso de los
jóvenes y la ciudadanía juvenil, si los jóvenes son una población específica lo que
les hace diferente son las prácticas que realizan, no podría haber una ciudadanía
cultural sin ciudadanía política, en el grafiti hay un posicionamiento político y
no sólo artístico. Por ejemplo en un grupo focal, un chico dijo “cuando elijo una
pareja me fijo lo bello de la persona” lo cual es una actitud contestataria ante
los estándares sociales.
Las identidades juveniles también tienen su correlato en posiciones políticas,
tomando en cuenta que muchas veces se realiza la absorción de las identidades,
por lo que debemos incorporar el mercado a la reflexión. Los colectivos
juveniles, hace 10 años eran en el DF cerca de 2500, de diversos temas.
Los espacios públicos y los espacios culturales, los últimos tienen
una función específica, éstos son una fuente inagotable para la
observación de los derechos culturales que según sus características
específicas contribuyen más o menos a lo cultural y lo político. Entre
más institucionalización menos promoción de la ciudadanía política. Los
derechos culturales incluyen el derecho a los espacios. Hasta aquí dejo el
tema.
Melissa da la palabra a Gisela Muciño con la presentación “Juventud, cultura y
territorio. Derecho a la identidad”.
Yo soy el caso de lo que acaban de exponer, efectivamente el tema del tatuaje
es vivirlo desde la parte de la identidad. Quisiera comenzar diciendo que
tener un cuerpo es un asunto de territorio ligado a lo simbólico. Hablar
de los jóvenes es hablar de historia, pero la criminalización del tatuaje es
algo más antiguo. En el tema también se involucran nociones de consumo, y
52
JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL
tiene que ver con el género, raza, etc. En la década de los 80 hay historias que
declaran cómo los tatuajes y los tatuadores eran criminalizados, la policía los
detenía y golpeaba. En el tema de los espacios se manifestaba en tanto era
difícil el acceso al tianguis “El Chopo”, eran grupos cerrados, tenías que ser
recomendado, pues tatuar era ilegal. Para los jóvenes de finales de siglo XX,
el vivir estas identidades es vivir la criminalización. En el siglo XXI se incorpora
el tema de consumo y producción, por ejemplo en 2008 en cuarto lugar como
motivo de discriminación está el tatuarse o ponerse aretes, lo cual continua
siendo una problemática.
Anteriormente y en zonas marginadas tiende a hacerse artesanal. De
acuerdo a la COPRED, en las delegaciones donde más se discrimina los motivos
son: embarazo, origen étnico, preferencia sexual, forma de vestir y tatuajes.
El tatuaje carcelario continúa siendo, a pesar de las dos leyes recientemente
aprobadas, históricamente el origen del tatuaje. Hay registros de tatuadores
en Lecumberri, y este tipo de tatuajes se continúan realizando. Hoy en día los
reclusorios están llenos de jóvenes, quienes se siguen tatuando y pretenden
hacerlo como “afuera”. Mientras los jóvenes que se encuentran fuera de la
cárcel buscan que sus tatuajes luzcan como si fueran artesanales, como los que
se realizaban en la cárcel. De modo que la perspectiva de la condición de clase
es determinante.
Actualmente la iconografía mexicana tradicional y prehispánica se ha
incorporado al mundo del tatuaje. Existen diferentes estilos como el chicano
black and gray, el gonsafo viene de la parte del grafiti y significa respeto. A partir
de imágenes se narran historias de un afamado tatuador que fue pandillero.
Semefo es un colectivo que realizó una exposición que se llama “Dermis”, en la
cual recortan cuerpos que tenían tatuajes, de manera que las obras consistían
en pedazos de piel humana extraídas de la morgue.
Las mujeres y el tatuaje. El tatuaje viene de un ámbito masculino, en los 50
las mujeres incursionan, en México apenas hace 5 años que tatúan y tatuadas
no más de 20 años. En el siglo pasado las mujeres se tatuaban para los circos.
Las nuevas mujeres tatuadas ahora son de afuera hacia adentro, de lo más
expuesto a lo más cubierto. Sin embargo en el caso de las mujeres hay una
sobre sexualización. En otros ámbitos culturales existen las mujeres maoris
de nueva Zelanda quienes tatúan sus cuerpos y rostros. Por lo que debemos
tener cuidado cuando pensamos en identidades juveniles incorporando
ejes como la raza, el género, condiciones socioeconómicas.
Finalmente se le otorga la palabra a Diego.
Agradece la invitación. Traigo una propuesta un poco más lúdica, desde la
psicologíasocialyestudiéunamaestríaenartesvisuales,desdelapercepciónde
la cultura mexicana. Desde el proyecto Terapeuta Cultural podemos entender
¿Por qué hablar de derechos culturales de las juventudes?
53
la cultura como el aspecto colectivo de las formas de ser de las personas.
Podemos entender a México como un ser psíquico colectivo y
también podemos establecer cuáles son sus enfermedades. Primero
abordo problemáticas cotidianas, donde hay intervenciones artísticas
relacionales, que rompen la idea de los monumentos. La falta de empatía
es un problema cultural, la indiferencia ante el otro, la intención es
generar empatía. Con el colectivo de escritores “Los olvidados”, a partir de
sus crónicas del barrio de Tepito, se creó el proyecto para regresar la memoria
de cómo era el barrio antes de que llegará la fayuca, lo cual ha modificado las
formas de interacción. A través de mis interacciones con los escritores, pude
rescatar frases como “Tepito existe porque resiste”, “en esta esquina el barrio se
la rifa”. Para abonar a la identidad cultural, para construir un sentido de arraigo
barrial, visibilizando dentro de una galería un puesto en el que participaron los
vecinos. La iniciativa tuvo mucho éxito. Después se realizaron obras teatrales
que hacían un rápido recorrido por el barrio de Tepito.
A través de conversatorios pregunté a la gente de qué estaba enfermo,
desde una formación de psicólogo, a partir de lo cual se nombró el proyecto
Terapeuta Cultural. Las imágenes generadas están ligadas a las enfermedades
como la normopatía, síndrome de la vista gorda, el pensamiento dicotómico,
compulsión a la victimización, atrofia del pensamiento autónomo. Parte de
esto es la Secretaría de Salud Cultural, que realizó un sondeo capitalino de
enfermedades culturales, la etapa actual es la intervención en la calle, de
manera consensuada.
Quería compartirles este trabajo y abonar a la discusión.
Melissa abre la sesión de preguntas y comentarios
Habla una investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas con un
proyecto de investigación sobre derechos culturales, que tiene como finalidad
poner a la cultura como una herramienta de convivencia ciudadana, pues en las
escuelas no se toma en cuenta el derecho cultural. El derecho a la creatividad
es una propuesta para abrir un canal nuevo. Pretende generar un nuevo poder
constituyente.
Habla una persona de la maestría que le llama la atención la incidencia del
proyecto Terapeuta cultural, pues se trata de una incidencia en la conciencia.
Hace falta escuchar las aportaciones de los jóvenes, profesionistas, y agradece
el espacio.
Habla una persona sobre políticas públicas, construir a través de la
participaciónlaciudadaníaculturalqueseveatravesadoporlasjuventudes,pero
no se puede pensar esto sin el elemento género. Si miramos la implementación
de políticas públicas lo cultural se deja hasta el último. Cultura libre y derechos
humanos pretende juntar la exigencia de los derechos humanos y lo digital,
54
JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL
para abrir nuevas reflexiones.
Participación en el sentido del consumo y la manera de llevar a cabo las
prácticas culturales.
Pregunta sobre estándares internacionales como accesibilidad y
asequibilidad. El sector artístico cultural no cobra, las personas no pueden
vivir de sus producciones, pues es un sector desprotegido. Llama a pasar del
discurso a la acción. Hay instrumentos internacionales que exigen al Estado
mexicano integrar la cultura en todas las políticas públicas.
Otra persona comenta que difiere mucho en ese punto, en cuanto a
la acción. Porque a pesar de la complejización, la clase política ve la cultura
desde el presupuesto, no todas las personas tienen acceso a los recintos. La
comunidad genera sus propias dinámicas y prácticas. México tiene una amplia
gama de expresiones culturales que dependen del contexto.
Contestan que se debe posicionar la cultura, que puede incidir en la política.
Diego: los derechos culturales no son conocidos por los actores. En el caso
del foro Alicia la delegación amaga con cerrarlo. Desde el punto de vista de los
reglamentos son pretextos para acallar ciertos espacios. Un punto controversial
son los límites de la libertad cultural, por ejemplo en Cuba pretendían prohibir
el reguetón por cuestiones de género, es decir ¿en qué medida el Estado
puede prohibir ciertas prácticas?
Melissa cierra desde la perspectiva de las responsabilidades del Estado
de hacer y no hacer. De intervenir o no hacerlo, y el derecho a la libertad de
expresión. También partiendo de los principios de los derechos humanos.
Entrega de regalos a los ponentes.
Finaliza el foro.
57
Tejiendo redes:
juventudes y políticas públicas
en la Ciudad de México
Marlene Fautsch Arranz1
Hablar de la cultura como un derecho humano en México cuando tenemos fosas
con cuerpos sin nombres y nombres sin cuerpos, de desaparecidos (como es el
caso de los 43 estudiantes normalistas rurales de Ayotzinapa) que revelan el
hecho de que aún no existe una cultura de los derechos humanos enteramente
reconocida y vigilada por el estado, parecería superfluo, casi frívolo.
Digo parecería, porque no lo es. No lo es, primero, porque los derechos
culturales (al igual que otros derechos humanos como el derecho a la
libertad, la educación o la salud) son interdependientes y en la batalla por la
implementación de una cultura efectiva de los derechos humanos en nuestro
país todos los frentes deben pelearse con el mismo rigor e intensidad. No lo
es tampoco porque poner, ponernos a los jóvenes en el centro del debate de
las políticas públicas es tan urgente como necesario en estos momentos en
que distintos poderes nacionales ven en los jóvenes una amenaza y realizan
acciones que violentan social, económica, política y culturalmente a las nuevas
generaciones.
Me han invitado aquí para hablar sobre políticas culturales en la Ciudad de
México y me gustaría comenzar esta reflexión señalando que precisamente la
semana pasada la Comisión de Cultura de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal (ALDF), respaldada por la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México
y la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (DHDF) presentaron la
iniciativa de Ley de Derechos Culturales para la Ciudad de México, esperando
que sea aprobada por el pleno antes de que termine el año.2
Éste es un paso
fundamental en el reconocimiento jurídico y político de la cultura como un
derecho que existe, es aplicable, exigible y debe estar presente en cualquier
política pública o proyecto de ciudad.
La cultura se ha visto usualmente como un adorno, algo accesorio. Por poner
un ejemplo, en un pasaje del Lacoonte el filósofo alemán Lessing compara las
ciencias con las artes y afirma: “El objetivo de las artes es, por el contrario,
el placer, que no es indispensable y puede, por ello, depender del legislador
1 Patrimonio Histórico, Secretaría de Cultura de la Ciudad de México.
2La iniciativa se formuló con base en la reforma al artículo 4º Constitucional hecha en 2009, el
Libro Verde de Cultura (2012), la Agenda 21 de Cultura y la Declaración de Friburgo.
Memorias del Foro por los Derechos Culturales de las Juventudes en el Distrito Federal
Memorias del Foro por los Derechos Culturales de las Juventudes en el Distrito Federal
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Memorias del Foro por los Derechos Culturales de las Juventudes en el Distrito Federal

  • 2. CRÉDITOS Coordinación Del Proyecto Aarón Emmanuel Hernández Hernández Coordinación Logística Carlos A. Ventura Callejas Becarias Y Becarios Juan Carlos Bravo Piñones Johana Belén Sánchez Rojas Jorge Luis Aguilar Pantoja Angelina Deyanira Navarrete Paredes Bernardette Sanabria Navarrete Introducción Melissa Ángelica Vertiz Hernández Diseño De Portada E Interiores Jonathan Felipe Gil Juárez Fotografía Jonathan Felipe Gil Juárez Jorge Luis Aguilar Pantoja Ilustración Jonathan Felipe Gil Juárez Agradecimientos A: Fernando Aguilar Avilés Helena Gisela Muciño Diego Álvarez Marlene Fautsch Arranz María Fernanda Olvera Angélica Gay Arellano Pedro Iniesta Medina Victoria Beltrán Camacho Niurka Chávez José de Jesús Palacios Serrato Fabián Rangel Gutiérrez Colectivo Juvenil “La Banda NO Discrimina” “Las opiniones vertidas en esta publicación son responsabilidad de cada autor. De ninguna forma reflejan la postura del Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria O.P.” A.C. ni del Gobierno del Distrito Federal y sus dependencias” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”. “Proyecto financiado por el Programa de Coinversión para el Desarrollo Social del Distrito Federal 2014, con recursos públicos de la Secretaría de Desarrollo Social a través de la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social”.
  • 3. MEMORIA DE LAS JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL Una herramienta de difusión
  • 5. 5 2 Créditos y AgradecimientoS 7 Introducción Melisa A. Vertíz Hernández 11 El Derecho a la Cultura desde los Estándares Internaciones sobre Derechos Culturales Aarón E. Hernández Hernández y Bernardette Sanabria Naverrete 21 Culturay juventud: acerca de las ciudadanías juveniles Fernando Aguilar Avilés 31 Juventud, CulturayTerritorio. Derecho a la identidad Helena Gisela Muciño 41 Enfermedades Culturales diego álvarez 49 Relatoría del foro: ¿Por qué hablar de derechos culturales de las juventudes? Estándares Internacionales sobre Derechos Culturales 57 Tejiendo Redes: Juventudes y Políticas Culturales en el Distrito Federal Marlene Fautsch Arranz 63 El Derecho de Acceso a la Información Pública frente a las Políticas Públicas Angélica Gay Arellano 69 Horizontes de la Culturay la No Discriminación, un análisis del discurso Pedro Iniesta Medina 79 Relatoría del foro: Derechos Humanos de las Juventudes y Políticas Culturales en el Distrito Federal 87 Juventudy Espacio Público Victoria Beltrán Camacho 93 Redes hibridas: Juventudes el derecho a la culturay exigibilidad de derechos en espacios digitales. Derechos Digitales y Ciberactivismo Joven Niurka Chávez 105 El arte como herramienta de defensa de derechos humanos José de Jesús Palacios Serrato 115 Relatoría del foro: Juventud, cultura, espacio público y exigibilidad de derechos humanos
  • 6. 6
  • 7. 7 INTRODUCCIÓN Melissa A. Vértiz Hernández Coordinadora General Desde el año 2002, el Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria, O.P. A.C. (Centro Vitoria) ha promovido diversos espacios de análisis y discusión, así como elaborado diversos informes, respecto al estado que guardan los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales, y la situación que viven las Juventudes tanto en México y en particular en la Ciudad de México. Entre los resultados de estas experiencias se han podido identificar importantes vacios en lo referente a los derechos culturales, debido principalmente a que es un tema poco trabajado por las organizaciones especializadas en DESCA y porque es complicado el análisis de una política culturalconindicadoresquepermitanevaluarelgoceydisfrutedeestederecho, independientemente de la adecuación cultural. Es decir tradicionalmente se relacionan los derechos culturales con pueblos y/o comunidades originarias, pero pocas veces se habla del derecho a la cultura de las juventudes del y en el D.F. en un ámbito no indígena, como actores sociales que, al defender y ejercer su derecho a la identidad, son quienes más participan en actividades culturales e incluso han utilizado elementos como “el performance”, el video-arte, la creación literaria, la fotografía, el graffitti y los tatuajes no sólo como formas de expresión identitaria, sino como promoción y defensa de derechos humanos. La actual criminalización de las juventudes a partir de su participación en la vida pública, social, económica y política en la Ciudad de México, aunado a la ola de violencia derivada de la inseguridad, la corrupción, el crimen organizado y las violaciones a los derechos humanos; han generado una fuerte ruptura del tejido social, haciendo cada vez más necesario el análisis de las políticas públicas en la ciudad, respondiendo a diversas interrogantes como la conceptualización que las autoridades locales tienen del derecho a la cultura, si tienen un enfoque de derechos humanos, si las acciones emprendidas a favor de la vigencia de los derechos culturales de las juventudes responden a estándares internaciones, pero sobre todo saber cómo viven las y los jóvenes este derecho en su vida cotidiana y como esto promueve la ciudadanía y la construcción por la paz. En este sentido en el año 2014, el Centro Vitoria promovió espacios de intercambio y análisis sobre la situación de los Derechos Culturales de las Juventudes que habitan y transitan en el Distrito Federal, en voz de jóvenes que trabajan desde diversos espacios en la transformación de estas miradas y de las acciones dirigidas desde las instituciones a favor de las juventudes y el ejercicio de sus derechos culturales.
  • 8. 8 En el Centro Vitoria estamos convencidas y convencidos que el derecho a la cultura juega un papel importante en el desarrollo de mujeres y hombres, pero sobre todo en la generación y regeneración del tejido social, en las formas de organización comunitaria y en la construcción de identidades; es entonces el ejercicio de los derechos culturales un elemento vital para la construcción de la paz y la creación de nuevas formas de convivencia, especialmente para las personas jóvenes que viven y transitan en Distrito Federal. Esperamos que esta compilación, tanto de ponencias como de relatorías de estos espacios contribuya al cuestionamiento pero sobre todo a la construcción de propuestas a favor del goce y disfrute de los derechos humanos, respondiendo a principios como la integralidad, la progresividad y la interdependencia de los mismos.
  • 9.
  • 10. 10
  • 11. 11 Derecho a la cultura desde los Estándares Internacionales de Derechos Humanos. Aarón E. Hernández H. y Bernardette Sanabria N.1 En esta ponencia se tiene la intención de analizar a algunos tratados internacionales y regionales que puedan dar elementos para entender qué son los derechos culturales, partiendo de los principios de universalidad, indivisibilidad, inherencia, interdependencia y progresividad. Muchas veces, cuando hablamos de Derechos Culturales, tendemos a pensar en los derechos de los pueblos indígenas y/u originarios, donde claramente, los usos y costumbres, la identidad individual y colectiva son fundamentales para reconocimiento y ejercicio de sus derechos humanos; sin embargo, y sin afán de omitir este aspecto dentro de “los derechos de los pueblos”, habría que preguntarnos ¿cómo se viven los derechos culturales desde lo no indígena?. A continuación se hará una breve revisión de tres tratados internacionales que pueden dar luz para entender al derecho a la cultura como un derecho difuso y colectivo, característica principal de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales. El primero de ellos es el: Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Preámbulo Reconociendo que, con arreglo a la Declaración Universal de Derechos Humanos, no puede realizarse el ideal del ser humano libre, liberado del temor y de la miseria, a menos que se creen condiciones que permitan a cada persona gozar de sus 1 Aarón E. Hernández Hernández es Sociólogo y colabora en el área de Investigación y Análisis del Centro de Derechos Humanos“Fray Francisco deVitoria O.P.” A.C.; ha colaborado en investigaciones sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA) y sobre Juventudes. Bernardette Sanabria Navarrete es Sociologa y colaborada del área Jurídica del Centro de Derechos Humanos“Fray Francisco deVitoria O.P.” A.C. y participa activamente en el“Tribuno Popular” que es una organización juvenil que se dedica a la defensa y promoción de los derechos humanos.
  • 12. 12 JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos.2 Artículo 1 Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural. Tanto en el preámbulo como en el artículo 1 del PIDESC podemos ubicar que existe una interdependencia entre los Derechos Civiles y Políticos como con los DESCA, además que el desarrollo puede tener tres facetas, la económica, la social y la cultural. Artículo 15 1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a: a) Participar en la vida cultural; b) Gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones; c) Beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora. 2. Entre las medidas que los Estados Partes en el presente Pacto deberán adoptar para asegurar el pleno ejercicio de este derecho, figurarán las necesarias para la conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia y de la cultura. 3. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la indispensable libertad para la investigación científica y para la actividad creadora. 4. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen los beneficios que derivan del fomento y desarrollo de la cooperación y de las relaciones internacionales en cuestiones científicas y culturales. 2 Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas. Resolución 2200. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. 1966.
  • 13. Derecho a la cultura desde los Estándares Internacionales de Derechos Humanos 13 En estos elementos se reconocen aspectos de la vida cultural como el goce de los beneficios de la ciencia y la tecnología, el desarrollo científico y la creación artística, no especifica qué tipo de persona, es decir, no es limitativo a pueblos indígenas. Por otra parte, cuando hablamos de cultura se suele pensar en “las bellas artes” o aquellos espacios donde se adquiere conocimiento general como los museos, las casas de cultura, etc., pero esos elementos también son insuficientes pues se subordina el acceso a la cultura a una cuestión de servicio que regularmente tiene un costo, pero ¿Cómo se vive la cultura desde lo popular, desde el territorio, desde el ser persona joven, mujer, etc.? ¿Qué es la vida cultural? Si los derechos culturales son parte importante de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales, entonces es necesario entender que a estos derechos también aplican tanto las obligaciones del Estado (promover, proteger, garantizar, y respetar), como los componentes de los DESCA (asequibilidad, accesibilidad, calidad, aceptabilidad, disponibilidad y adaptabilidad o adecuación cultural). Para ello, es necesario tomar en cuenta a las Observaciones Generales del Comité DESC de la ONU, la cual hace explica el significado del derecho a la vida cultural. Observación General N° 21 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. 2009. Naciones Unidas. Párrafo 2. Derecho a participar en la vida cultural y derecho a la libertad para la investigación científica y la actividad creadora. Párrafo 9. Las personas pueden ejercer estos derechos a) individualmente, b) en asociación con otras personas, y c) dentro de una comunidad o un grupo. Párrafo 11. La cultura se entiende como un proceso vital, histórico, dinámico y evolutivo, que tiene un pasado, un presente y un futuro. Párrafo 15, inciso a. Participación en la vida cultural comprende el derecho a escoger su propia identidad, a participar en la vida política de la comunidad. Párrafo 15, inciso b. El acceso a la vida cultural comprende el derecho a conocer y comprender su propia cultura y la de otros. Párrafo 15, inciso c. La contribución a la vida cultural se refiere al derecho de toda persona a contribuir a la creación de las manifestaciones espirituales, materiales,
  • 14. 14 JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL intelectuales y emocionales de la comunidad. Párrafo 16. Para participar en la vida cultural se requieren los siguientes elementos: a) La disponibilidad es la presencia de bienes y servicios culturales que todos puedan disfrutar y aprovechar, en particular bibliotecas, museos, teatros, salas de cine y estadios deportivos; la literatura, incluido el folclore, y las artes en todas sus manifestaciones; espacios abiertos compartidos esenciales para la interacción cultural, como parques, plazas, avenidas y calles; dones de la naturaleza, como mares, lagos, ríos, montañas, bosques y reservas naturales, en particular su flora y su fauna, que dan a los países su carácter y su biodiversidad; bienes culturales intangibles, como lenguas, costumbres, tradiciones, creencias, conocimientos e historia, así como valores, que configuran la identidad y contribuyen a la diversidad cultural de individuos y comunidades. De todos los bienes culturales, tiene especial valor la productiva relación intercultural que se establece cuando diversos grupos, minorías y comunidades pueden compartir libremente el mismo territorio. b) La accesibilidad consiste en disponer de oportunidades efectivas y concretas de que los individuos y las comunidades disfruten plenamente de una cultura que esté al alcance físico y financiero de todos, en las zonas urbanas y en las rurales, sin discriminación.3 Es fundamental a este respecto dar y facilitar a las personas mayores, a las personas con discapacidad y a quienes viven en la pobreza acceso a esa cultura. Comprende también el derecho de toda persona a buscar, recibir y compartir información sobre todas las manifestaciones de la cultura en el idioma de su elección, así como el acceso de las comunidades a los medios de expresión y difusión. c) La aceptabilidad implica que las leyes, políticas, estrategias, programas y dedidas adoptadas por el Estado parte para el disfrute de los derechos culturales deben formularse y aplicarse de tal forma que sean aceptables para las personas y las comunidades de que se trate. A este respecto, se deben celebrar consultas con esas personas y comunidades para que las medidas destinadas a proteger la diversidad cultural les sean aceptables. d) La adaptabilidad se refiere a la flexibilidad y la pertinencia de las políticas, los programas y las medidas adoptados por el Estado parte en cualquier ámbito de la vida cultural, que deben respetar la diversidad cultural de las personas y las comunidades. 3 Véase la Observación general Nº 20 (2009).
  • 15. Derecho a la cultura desde los Estándares Internacionales de Derechos Humanos 15 e) La idoneidad se refiere a la realización de un determinado derecho humano de manera pertinente y apta a un determinado contexto o una determinada modalidad cultural, vale decir, de manera que respete la cultura y los derechos culturales de las personas y las comunidades, con inclusión de las minorías y de los pueblos indígenas.4 El Comité se ha referido en muchas ocasiones al concepto de idoneidad cultural (o bien aceptabilidad o adecuación cultural) en anteriores observaciones generales, particularmente en relación con los derechos a la alimentación, la salud, el agua, la vivienda y la educación. La forma en que se llevan a la práctica los derechos puede repercutir también en la vida y la diversidad culturales. El Comité desea recalcar a este respecto la necesidad de tener en cuenta, en toda la medida de lo posible, los valores culturales asociados, entre otras cosas, con los alimentos y su consumo, la utilización del agua, la forma en que se prestan los servicios de salud y educación, y la forma en que se diseña y construye la vivienda.5 Estas características de los derechos culturales nos permiten ver que se trata de un conjunto de derechos íntimamente ligados con el ejercicio de aquellos derechos que garantizan un nivel de vida adecuado, que atienden a las necesidades básicas de supervivencia de las personas como es el caso de la alimentación, la salud y la vivienda. Además, por tratarse de derechos interdependientes con los civiles y políticos, es imposible concebir el derecho a participar de la vida cultural sin la garantía del derecho a la libertad de expresión, la protesta social, a la libertad de reunión y asociación y al derecho a defender derechos humanos. Por otra parte, hablar del acceso al goce de los beneficios de la ciencia y la tecnología, abre una ventana a nuevas posibilidades de progresividad de los derechos culturales pues de ahí el por qué ahora nombrar a los derechos digitales. Cabe mencionar que en el apartado E. sobre las personas y comunidades que requieren protección especial no están los jóvenes; sin embargo, la criminalización de las juventudes pone en riesgo el derecho a participar de la vida cultural cuando se criminaliza el uso de espacio público por parte de personas jóvenes. Para ello, es importante tomar en cuenta lo que dice la CIDJ y la Declaración de Friburgo: 4 Declaración de Friburgo sobre los derechos culturales, art.1, apartado e). 5 Comité DESC ONU. Observación General No. 21. (2009).
  • 16. 16 JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL Convención Iberoamericana de Derechos de la Juventud. Artículo 24. 1. Los jóvenes tienen derecho a la vida cultural y a la libre creación y expresión artística. La práctica de estos derechos se vinculará con su formación integral. 2. Los Estados Parte se comprometen a estimular y promover la creación artística y cultural de los jóvenes, a fomentar, respetar y proteger las culturas autóctonas y nacionales, así como, a desarrollar programas de intercambio y otras acciones que promuevan una mayor integración cultural entre los jóvenes de Iberoamérica. Aquísisemencionaalospueblosautóctonos,peronolimitaelreconocimiento de estos derechos para las personas jóvenes de manera regional. Declaración de Friburgo sobre Derechos Culturales (UNESCO) Artículo 1. a) Estos derechos deben garantizarse sin discriminación alguna por motivos de color, sexo, idioma, religión, convicciones políticas o de cualquier otra índole, ascendencia, origen nacional o étnico, origen o condición social, nacimiento o cualquier otra situación a partir de la cual la persona define su identidad cultural; (como la edad). b) Nadie debe sufrir o ser discriminado de manera alguna por el hecho de ejercer, o no ejercer, los derechos enunciados en la presente Declaración; Artículo 2 (definiciones) Para los fines de la presente Declaración: a) El término “cultura” abarca los valores, las creencias, las convicciones, los idiomas, los saberes y las artes, las tradiciones, instituciones y modos de vida por medio de los cuales una persona o un grupo expresa su humanidad y los significados que da a su existencia y a su desarrollo; b) La expresión “identidad cultural” debe entenderse como el conjunto de referencias culturales por el cual una persona, individual o colectivamente, se
  • 17. Derecho a la cultura desde los Estándares Internacionales de Derechos Humanos 17 define, se constituye, comunica y entiende ser reconocida en su dignidad; c) Por “comunidad cultural” se entiende un grupo de personas que comparten las referencias constitutivas de una identidad cultural común, que desean preservar y desarrollar. Artículo 3 (Identidad y patrimonio culturales) Toda persona, individual o colectivamente, tiene derecho: a) a elegir y a que se respete su identidad cultural, en la diversidad de sus modos de expresión. Este derecho se ejerce, en especial, en conexión con la libertad de pensamiento, conciencia, religión, opinión y de expresión; b) a conocer y a que se respete su propia cultura, como también las culturas que, en su diversidad, constituyen el patrimonio común de la humanidad. Esto implica particularmente el derecho a conocer los derechos humanos y las libertades fundamentales, valores esenciales de ese patrimonio; c) a acceder, en particular a través del ejercicio de los derechos a la educación y a la información, a los patrimonios culturales que constituyen expresiones de las diferentes culturas, así como recursos para las generaciones presentes y futuras. Artículo 5 (Acceso y participación en la vida cultural) a) Toda persona, individual y colectivamente, tiene el derecho de acceder y participar libremente, sin consideración de fronteras, en la vida cultural a través de las actividades que libremente elija. b) Este derecho comprende en particular: La libertad de expresarse, en público o en privado, en lo o los idiomas de su elección; La libertad de desarrollar y compartir conocimientos, expresiones culturales, emprender investigaciones y participar en las diferentes formas de creación y sus beneficios.
  • 18. 18 JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL Artículo 8 (Cooperación cultural) Toda persona, individual o colectivamente, tiene derecho a participar, por medios democráticos: En el desarrollo cultural de las comunidades a las que pertenece; En la elaboración, la práctica y la evaluación de las decisiones que la conciernen y que afectan el ejercicio de sus derechos culturales; En el desarrollo y la cooperación cultural en sus diferentes niveles. En Resumen ¿Qué es y en qué consiste el derecho a la cultura? La creación; La protección y difusión del patrimonio cultural; El acceso a los bienes y servicios culturales; Derecho a participar plenamente en la vida comunitaria, a ser parte de la comunidad; Derecho a construir conocimiento; Derecho a utilizar los espacios públicos y dar nuevos sentidos y significados a éstos; Cultura-Educación-Diversidad y Libertad Contodoloanterior,podríamosafirmarquesibienexisteunainterdependencia entre los Derechos Civiles y Políticos y los DESCA, es a través de los Derechos Culturales que esta relación es mucho más evidente al darle un sentido colectivo desde la identidad cultural y la participación de la vida cultural en una comunidad.
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  • 21. 21 Cultura y juventud: acerca de las ciudadanías juveniles Fernando Aguilar Avilés.1 Introducción ¿Por qué hablar de los derechos culturales de los jóvenes? ¿Qué relación existe entreestosderechosylamaneraenquealgunasjuventudesestánconstruyendo ciudadanía? Las anteriores preguntas parecen más que pertinentes en un país como el nuestro, donde los derechos de este sector de la población parecen haber entrado en una etapa de crisis. Eltextoqueaquísepresentabuscatrazaralgunascoordenadasquepermitan la reflexión en torno a las ciudadanías juveniles, teniendo como referente la relación entre derechos culturales y derechos políticos. La idea eje que deseamos plantear aquí es que, para el caso de las juventudes, la exigencia y el ejercicio de los derechos culturales frecuentemente están relacionados con el ejercicio de ciertos derechos políticos; y es a partir de este vínculo que podemos pensar la manera en que en este sector de la población está construyendo, por diversas rutas, su ciudadanía. De esta forma, parece necesario en primer lugar una reflexión mínima en tono a lo que podemos entender por juventud y por ciudadanía, para posteriormente plantear la posibilidad hablar de una ciudadanía juvenil. Finalmente, el documento busca poner el acento en torno de algunas formas de organización juvenil en donde lo cultural y lo político parecen entreverarse. ¿Juventud o juventudes? Definir a la juventud no resulta una tarea fácil, pues la multiplicidad de criterios, disciplinas y miradas que la atraviesan han generado una discusión que impide hablar de un concepto acabado y unívoco. Una de las formas más comunes de referirnos a este sector de la población tiene que ver con su ubicación dentro de un rango de edad como criterio fundamental. Así, desde una mirada exclusivamente demográfica, la juventud sería el grupo de población que se encuentra dentro de un rango que puede 1 Facultad de Ciencias Políticas y Sociales – Escuela Nacional de Trabajo Social / UNAM. Correo: fernando.aguilar.aviles@gmail.com
  • 22. 22 JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL 22 ir – dependiendo de las distintas legislaciones – desde los 10 hasta los 30 años. Pero aquí es donde empiezan los problemas de la falta de acuerdo para una definición; pues, ¿cuáles serían los criterios que se utilizan para decidir que la juventud empieza a los 10 años y no a los 12 o a los 15, y que ésta termina a los 24 años y no a los 29 o a los 35? Visto así, pareciera que la dimensión etárea resulta un criterio muy arbitrario para definir a los jóvenes. Otra manera común de acercarse a la idea de juventud es equiparándola con la pubertad. Aunque en realidad ésta última, como dimensión biológica, se relaciona más con un período de intensas alteraciones físicas y fisiológicas. “La formación de los caracteres sexuales primarios y secundarios, el crecimiento longitudinal acelerado, la muda de voz, etc., son [algunos de] los fenómenos más conocidos de esa fase.”2 Entonces, si la pubertad es una etapa de maduración fisiológica en el individuo, supeditada a procesos biológicos; la juventud parece ser más una condición determinada por factores sociales. Pubertad y juventud, aunque se complementan, son procesos diferentes en el individuo. (Allerbeck,1979). De esta forma, desde la sociología se ha intentado mostrar que la juventud tiene significados muy distintos para los grupos y las personas pertenecientes a cada sector social específico, y que este periodo se vive de maneras muy diversas, según el contexto en que los jóvenes se desarrollan. Visto de esta manera,lajuventudesunaconstrucciónsocialehistóricamentedeterminada,lo que significa que la idea del "ser joven" varía en tiempo y espacio, dependiendo de las características políticas, sociales, culturales y económicas, que asume cada sociedad. Lo anterior implica que “en ningún lugar ni periodo histórico cabría definir a la juventud mediante meros criterios biológicos o con arreglo a criterios jurídicos [Pensemos por ejemplo la mayoría de edad]. En todas partes y en todo tiempo, [la juventud] sólo existe revestida de valores y símbolos [...]. Más que una evolución fisiológica concreta, la juventud depende de unas determinaciones culturales que difieren según las sociedades humanas y las épocas, imponiendo cada una de ellas a su modo, un orden y un sentido a lo que parece transitorio, y hasta desordenado y caótico.”3 Sin embargo, aunque cada sociedad construye en su interior una concepción sobre la juventud; lo cierto es que también los propios jóvenes contribuyen a esa construcción, a partir de sus prácticas, sus preocupaciones e intereses y sus formas de producción y consumo cultural. Lo anterior implica un constante ir y venir, “de la manera en que la sociedad concibe a la juventud; a la manera en que 2 K. Allerbeck y L. Rosenmayr, Introducción a la sociología de la juventud, Buenos Aires, Kapelusz, 1979, pp. 23-22. 3 Levi, Giovanni y Jean Claude Schmitt (Directores) (1996) “Introducción”, en Historia de los jóvenes, Tomo I “De la antigüedad a la edad moderna”, Taurus, Madrid, pp. 9.
  • 23. Cultura y juventud: acerca de las ciudadanías juveniles 23 ésta va construyéndose a través de sus diferentes prácticas sociales”.4 De esta forma, entre otras instituciones, la escuela, el trabajo, el gobierno, las leyes, los medios de comunicación, los partidos políticos, etc.; van construyendo en conjunto “imágenes” de “lo que es” o “lo que debe ser” la juventud. Pero como dijimos, también el joven, con sus propias “prácticas”, construye su propia “imagen” de la juventud. Lo anterior plantea una “disputa” permanente, entre la manera de concebir al joven desde el “mundo adulto” y desde el “mundo juvenil”; disputa que se enmarca y es atravesada por diferentes condiciones: de clase, de etnia, de género, de generación, de cultura, de territorio. Aúnmás,estasdiferentesprácticassociales,formasdeproducciónyconsumo cultural, preocupaciones, necesidades e intereses; implican la existencia no de una sola juventud, sino de muchas juventudes, o para decirlo de otra forma, de múltiples formas de “ser joven”. Esta afirmación no es menor, pues implica antes que nada, tomar en cuenta que las mismas diferencias y desigualdades que caracterizan a una sociedad como la nuestra, se pueden observar al interior de su juventud. Finalmente, desde la antropología social se ha incorporado a la cultura como un criterio que permitiría identificar a la juventud como un grupo social específico. Esta perspectiva intenta mostrar la existencia de culturas juveniles, donde se hace hincapié en la noción de identidades juveniles como eje de la caracterización de este sector de la población, y en el estilo juvenil como la manifestación simbólica de esas identidades juveniles. Esa identidad se expresa en un conjunto de prácticas y formas de producción y consumo cultural: la música, el lenguaje, la estética corporal (vestido, peinado, modificaciones corporales, etc.), los espacios de reunión (fundamentalmente los del ocio y la diversión) y las prácticas y actividades específicas que realizan.5 Así, las culturas juveniles nos hablarían de “[…] la manera en que las experiencias sociales de los jóvenes son expresadas colectivamente, mediante la construcción de estilos de vida distintos, localizados fundamentalmente en el tiempo libre, o en espacios interinstitucionales. En un sentido más restringido, [las culturas juveniles] definen la aparición de ‘micro sociedades juveniles’, con grados significativos de autonomía respecto de las ‘instituciones adultas’, que se dotan de espacios y tiempos específicos. […] Su expresión más visible son un conjunto de estilos juveniles ‘espectaculares’, aunque sus efectos se dejan sentir en amplias capas de la juventud…” (Feixa, 1997). La crítica a esta manera de pensar a la juventud, es que ella supone que la condición juvenil se remite exclusivamente a lo cultural, y de manera particular 4 Nateras Domínguez Alfredo. 2000. “Jóvenes, identidad y diversidad”. Revista Travesaño 2000. Temas de población, año 3, no. 8: 10-15. 5 Feixa Pampols Carles. (1997) “De las culturas juveniles al estilo” en Nueva Antropología. Revista de Ciencias Sociales Vol. XV, núm. 50, México, Octubre, 1996, pp. 71-89
  • 24. 24 JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL 24 a lo estético; como si, por ejemplo, un joven punk, además de ser punk, no fuera también hijo de familia, estudiante, buscador de empleo, etc. A pesar de lo anterior, esta última perspectiva es importante tenerla en cuenta pues es en ella, como veremos más adelante, donde podemos encontrar sentido al vínculo entre derechos culturales y derechos políticos. El debate sobre la ciudadanía Desde una definición formal, la ciudadanía alude a un status que se otorga a las personas que son miembros de una comunidad política, a partir del reconocimiento de un conjunto de derechos y deberes. Todos los que poseen ese status son iguales en lo que se refiere ese conjunto de derechos y deberes.6 Estos derechos en principio aluden a tres esferas de actuación de la ciudadanía: la civil, la política y la social. Los primeros, los derechos civiles, son aquellos necesarios para ejercer la libertad individual: libertad de expresión, justicia, acceso al sistema legal, seguridad personal, no discriminación, etc. Los derechos políticos son aquellos necesarios para la participación en el ejercicio del poder público: votar y ser votado, organizarse y en general participar organizadamente en la discusión de los asuntos públicos. Por último, los derechos sociales son aquellos que sientan las bases para el desarrollo de un mínimo de bienestar social - esto es, la satisfacción de un conjunto de necesidades básicas -, y están generalmente vinculados a la seguridad social, la salud, la vivienda, el trabajo. Sin embargo, esta perspectiva no ha estado exenta de críticas. Por ejemplo, los derechos que posibilitan la participación en la toma de decisiones en el campo de la política se limitan a un conjunto de personas que reúnen ciertas características de edad – la mayoría de edad –, o de adscripción a organizaciones políticas formales – los partidos políticos –, dejando a un lado a quienes encuentran canales propios de expresión de sus opiniones y demandas en un sistema político excluyente. En el caso de los derechos sociales, estos generalmente en sociedades como la nuestra, se han visto restringidos debido al acotamiento de la intervención del Estado en esa materia. Es por ello que “la irrupción en la escena política de las dimensiones de la vida privada y cotidiana y la visibilización creciente del discurso de la diferencia cultural como un componente indisociable de las democracias modernas, han hecho estallarlas concepcionesclásicasde ciudadanía”;7 loquepermitiónohace mucho, reconocer la existencia que otras dimensiones que complementarán a 6 Marshal Tomas. “Ciudadanía y clase social”, en Revista Española de Investigaciones Sociológicas, no. 79, julio – septiembre 1997. 7 Reguillo Rosana (2000) “Emergencia de culturas juveniles. Estrategias del desencanto”, en Enciclopedia Latinoamericana de Sociocultura y Comunicación.
  • 25. Cultura y juventud: acerca de las ciudadanías juveniles 25 la inicial concepción de ciudadanía. Así, más adelante ésta última incorporó los derechos culturales, que aluden a la identidad, a lo simbólico y a las formas de producción cultural que se reflejan, entre otras cosas, en un conjunto de prácticas culturales: la identidad, el idioma, las prácticas, las formas de producción cultural, etc. (Reguillo, 2000). Esta idea formal de ciudadanía implica, en primer término el reconocimiento por parte del Estado de su obligación de garantizar los derechos arriba mencionados; pero en esta concepción el ciudadano es concebido únicamente como receptor de los beneficios que el Estado provee. Esta manera de ver a la ciudadanía observa dos problemas que aquí deseamos subrayar. El voto y la elección de los gobernantes se convierten en la culminación de la participación del ciudadano; más allá de este acto, la responsabilidad es delegada por el votante a sus gobernados electos. Por otro lado, la ciudadanía está fuertemente vinculada y determinada, en sociedades como la nuestra (desigual, excluyente), a los procesos de exclusión que limitan el acceso y cumplimiento de estos derechos. Lo anterior obliga a mirar a la ciudadanía como un proceso que implica un acceso diferenciado a esa ciudadanía, sujeto a condiciones de clase, etnicidad y género. Esta aproximación conceptual permite considerar dos tipos de exclusión particulares, por un lado, la exclusión política, entendida como la carencia de derechos efectivos que permita participar en el ejercicio y discusión del poder político – cuestión que iría más allá del simple voto – y, por el otro lado, la exclusión social, entendida ésta como la ausencia de derechos efectivos para alcanzar un mínimo de bienestar económico y seguridad al derecho a participar del patrimonio social. A partir de esto, podemos comenzar a distinguir dos líneas básicas de acepción acerca de la ciudadanía. La primera de ellas, relativa al conjunto de derechos y obligaciones atribuibles a los integrantes de una comunidad en donde el Estado se presenta como el eje de todo el proceso, pues el ciudadano no asume más que un papel pasivo de receptor. Los individuos en este tipo de ciudadanía, que bien podríamos llamar pasiva, mantienen una postura individualista frente a una serie de derechos en los que no se ven directamente implicados pero sí beneficiados; por la otra. Aquí el Estado contribuye en poca medida a incentivar la incorporación de los ciudadanos a las actividades de la vida pública. La política, en esta perspectiva, es una esfera que atrae débilmente el interés de estos ciudadanos, quienes la consideran ajena a su cotidianidad.8 La segunda acepción, sostiene que la ciudadanía no es una condición que deriva de un proceso que culmina con el voto; sino que se construye a partir de 8 Zenil Medellín Mónica (2009) Construcción de ciudadanía y apertura de espacios públicos. Prácticas sociales de jóvenes en la ciudad de México, Mimeo, FCPyS-UNAM.
  • 26. 26 JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL 26 la existencia de un espacio en donde se expresan los intereses compartidos por todos los integrantes de un grupo social; lo anterior implica que la ciudadanía es un proceso que está permanentemente en construcción, y en dicho proceso intervienen actores e instancias propias del contexto social y territorial. Esta perspectiva asume que la ciudadanía se construye a partir de las prácticas sociales y encuentra terreno fértil en la peculiaridad de experiencias asociativas y en la movilidad de los grupos. (Zenil, 2009). Este tipo de ciudadanía, que bien podríamos llamar activa, tiene como atributo central la posibilidad de que el sujeto traduzca su actuación en influencia en el ámbito institucional, materializada en la negociación en distintos niveles de lo público. En la ciudadanía activa se busca complementar el lenguaje de los derechos con el de las responsabilidades y las virtudes ciudadanas. La ciudadanía activa requiere de ciudadanos que se integren a procesos de actuación desarrollados en la colectividad. El ámbito inherente a la ciudadanía, desde esta perspectiva, es el espacio público al que concurren los actores en calidad de ciudadanos para poner de manifiesto sus demandas o sus formas asociativas. (Zenil, 2009). Esta ciudadanía implicaría que el ciudadano no es solo receptor de los beneficios que el Estado le proporciona; es también un ciudadano que conoce sus derechos y exige su cumplimiento al Estado mediante la organización y el actuar en el espacio público. Si la ciudadanía se construye a partir de contextos diferenciados – determinados por la clase, la educación, la etnia –, ¿qué implicaciones tiene esto en la construcción de una ciudadanía juvenil? Bueno, en principio, que así como debemos hablar no de una juventud sino de las diferentes maneras de “ser joven” o, para ser más exacto, de las diferentes juventudes; podemos sugerir la existencia no de una ciudadanía juvenil sino de múltiples formas de acceder y/o construir esa ciudadanía juvenil. Lo anterior, aún a pesar de las posiciones que sostienen que no tiene sentido agregar el calificativo “juvenil” a la ciudadanía, argumentando que a ésta tienen acceso todos los miembros pertenecientes a la comunidad política. De este modo, bien podemos afirmar que la gran mayoría de jóvenes en este país comparten un signo distintivo que bien puede sintetizarse en una palabra: exclusión. De los derechos culturales a los derechos políticos: las ciudadanías juveniles Es un lugar común sostener que existe un fuerte distanciamiento entre la población joven y las instancias tradicionales de participación política. Sin embargo, esto es cierto solo si concebimos el “interés en la política” única y exclusivamente como el ejercicio del voto. En realidad, a muchos jóvenes les interesan los problemas de su sociedad, pues los viven y los sufren
  • 27. Cultura y juventud: acerca de las ciudadanías juveniles 27 cotidianamente y sus formas de organización y participación trascienden el ámbito electoral y son mucho más grandes de lo que comúnmente se piensa. Muchos jóvenes –aunque ciertamente no la mayoría– se organizan y participan activamente en la vida pública fuera de las formas tradicionales e institucionalizadas. Aunque sólo uno de cada 10 jóvenes ha participado en una marcha o acto político; cuando se les pregunta si estarían dispuestos a participar en algún tipo de actividad o manifestación pública, las relacionadas con la defensa del medio ambiente (86%), el respeto a los derechos indígenas (85%), a los derechos humanos (83%), la inseguridad (81%) y la paz (83%) son asuntos por los cuales los jóvenes sí estarían dispuestos a participar.14 Si en el año 2000 el INEGI reportó la existencia en el país de poco más de 27 millones de personas entre 15 y 29 años, esto quiere decir que más de 2 millones y medio de jóvenes en el país han participado en esos actos. Los datos indican que los jóvenes están generando nuevas formas de organización que poco se han estudiado. Uno de cada cuatro jóvenes participa activamente en algún tipo de organización. Las de carácter deportivo, religioso y estudiantil son aquellas que los jóvenes más eligen para participar, mientras que del otro lado, las de carácter partidista, son las que menos frecuentan (ENJ, 2002). Los jóvenes informalmente organizados en colectivos, clubes, grupos, barras, asociaciones, etc. están “haciendo cosas” en sus comunidades, en sus barrios y colonias. En este sentido, la ciudadanía cultural es aquella que se define desde la articulación del derecho a la organización, el derecho a la expresión, el derecho a la participación en el mundo, a partir de las pertenencias y anclajes culturales: el género, la etnia, la religión, las opciones sexuales, las múltiples adscripciones identitarias, el uso del cuerpo. De esta forma, lo que tenemos enfrente es que los jóvenes están culturizando lo político, es decir, están viendo y haciendo política desde la cultura, desde su vida cotidiana. (Reguillo 2000). Es por lo anterior que se puede afirmar que para la mayoría de los jóvenes, la ciudadanía se define en el hacer: "si estudio o trabajo (en lo que sea), hago una revista cultural o toco en un grupo, soy ciudadano", en cambio, "si no aparezco en listas (de admisión a las instituciones de educación) o no consigo trabajo, o la policía me reprime o carezco de espacios de expresión, no soy ciudadano". (Reguillo, 2000). Muchos jóvenes en el país están construyendo formas emergentes de organización, a partir de las cuales están cuestionando, expresando intereses, preocupaciones, problemáticas, elaborando productos culturales, pero sobre todo proponiendo cambios en temas muy específicos. Todo ello a pesar de una ciudadanía formal que constantemente se les niega.
  • 28. 28 JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL 28 Efectivamente, para muchos jóvenes, la práctica de lo político ya no se encuentra en las instituciones de organización política por excelencia, esto es, los partidos y las elecciones, sino en un ámbito que los trasciende. Para estos jóvenes, la práctica de lo político pasa en buena medida por el arte, la cultura y las formas emergentes de organización social en el barrio, la colonia y los espacios apropiados. Lo anterior nos obliga a revisar esas “otras políticas” o “micropolíticas”, cuyo poderío no está en el Estado ni en el aparato gubernamental,nobuscacentrosdepoder,nobuscaelcontroldelosocialdesde un lugar central, no busca mecanismos burocratizados en la administración y no pasa por un aparato tipo partido o sindicato. (Reguillo, 2000). ¿Dóndeestánahoraesosjóvenesysusorganizaciones?,¿cómoseconforman?, ¿cómo se organizan?, ¿sobre qué temas están trabajando? ¿qué actividades realizan?, ¿qué productos culturales están generando?, ¿cuál es la relación existente entre esas organizaciones?, ¿qué aprenden los jóvenes al participar en ellas?, ¿cuál es su relación con otros actores: por ejemplo ONG´s, partidos, gobierno?, ¿cuál es el papel que estas organizaciones juegan en la construcción de políticas públicas dirigidas hacia este sector de la población? ¿Cuál es el peso que estas organizaciones tienen en la construcción de una agenda pública de la juventud? Estas son preguntas aún por resolver, pero sin las cuales difícilmente podremos entender por qué la política se ha vaciado de sentido y de significado para un número importante de jóvenes, y por qué la exigibilidad y el ejercicio de los derechos culturales se ha convertido, para esos mismos jóvenes, en herramienta para la construcción de ciudadanías.
  • 29.
  • 30.
  • 31. 31 Juventud, Cultura y Territorio: Derecho a la identidad Gisela Muciño1 Esto de tener un cuerpo es un asunto muy raro. Creemos que lo habitamos hasta que, de formas intensas, nos percatamos que somos habitados por éste. Y de qué manera. Ocurre cuando las sensaciones son tales que la invaden todo lo que somos. Nos volvemos entonces solamente un cuerpo. Dolor sólo. Placer sólo. Y así vivimos y sin remedio, entre el fastidio y el asombro. Y sin saber qué hacer haciéndolo todos los días. Nos vestimos, nos alimentamos, evitamos lo que hace daño, buscamos algún otro cuerpo y vivimos en comunidad. Y para vivir en sociedad se necesitan definir los territorios: quien soy yo; quienes los otros, y cómo hemos de convivir. Entonces la distinción básica es la de adentro- afuera. De este lado estoy yo; de este lado tengo mi cuerpo del que tomo posesión marcándolo. Así visto, desplegar una marca corporal indica una frontera: Aquí empieza mi cuerpo soberano. Pero hay algo más. Si muestro un tatuaje, una imagen con significación, una forma artística, digo esto: Desde aquí empiezo a entenderme contigo y con los otros; que hay formas de cruzar las fronteras. En la modernidad, el cuerpo ha quedado constituido por la acumulación y superposición de muchos discursos y se expone en un modo alegórico, en el que efectivamente conviven imágenes, representaciones, expresión, emociones y conocimientos tan diversos como los que tratan los estudios sobre el cuerpo. El derecho a la identidad es importante como derecho cultural de las juventudes, sin embargo los dispositivos de control, homogenización y la hipermodernidad, deciden, influyen, manipulan, discriminan y estigmatizan, determinan a las y los jóvenes de acuerdo a su condición de clase, género, edad y raza, ya que no es lo mismo el sector de la clase media a los jóvenes del ámbito popular, en el caso del tatuaje ha tenido un recorrido grande, hoy día en apariencia es aceptable pero no para todos y todas, por ejemplo, para los cuerpostatuadosenelencierroesunacosaqueparalosjóvenesestudiantesque aprenden dicha técnica en la Escuela Nacional de Pintura Escultura y Grabado LA ESMERALDA, ENEPG, del Instituto Nacional de Bellas Artes, o laboran en una agencia de publicidad y diseño es aceptado (y hasta con una mirada fashionista) 1 Gisela Muciño es Antropologa y forma parte del Colectivo “Los Indeseables Art Crew”.
  • 32. 32 JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL pero en un Starbucks no es aceptado, en algunas dependencias del gobierno en los requisitos aparece: “no tatuajes ni perforaciones”. Algunos restaurantes también no aceptan a las personas con tatuajes, a pesar de que en la entrada encontramos la leyenda; “en este establecimiento no se discrimina por raza, preferencia sexual, nacionalidad o género” la pregunta que ha surgido ¿será aplicada sólo a los clientes o también para la selección del personal que solicita empleo? En el tema de las modificaciones corporales: tatuajes, intervenciones quirúrgicas o cirugías plásticas, el pelo de colores, escarificaciones, tatuaje cosmético (labios, cejas y parpados), incrustaciones, charrascas (práctica realizada al interior de los tutelares), piercings, suspensiones o cualquier otra práctica de alteración corporal, la reflexión será a partir del derecho a la identidad desde la perspectiva del ámbito cultural, específicamente la de los grupos juveniles a entender y dialogar las diferencias, pero también la carga del estigma y discriminación. En el tema de discriminación por tatuaje ha atravesado un largo recorrido: En la publicación de Memorias Corporales. Diálogo con la historia: tatuaje y tatuadores. Investigación que realice sobre la historia del tatuaje en la Ciudad de México y en el capítulo “Dialogando con la historia: tatuadores y la Ciudad de México”, la historia oral es el eje de la narrativa de las y los jóvenes que vivieron a finales del siglo XX, en las décadas de los ochenta y noventa como jóvenes periféricos, desde el barrio, la cárcel, la pandilla, el punk-rock, los tianguis, Tepito, la calle, las casas, las fiestas, el gabacho, luego los estudios de tatuaje, las expotatuajes y las fiestatatuajes. Para el tema de la discriminación a través de sus narrativas apoyada con la pregunta ¿Cómo eran tratados con tatuaje visible? AKNEZ, hay historias como la del Chompis y el Aguarrás, que la ley los agarra y les dice: “¿A qué te dedicas?”, “Pues a tatuar”. Y entonces que era delito tatuar, que porque era de carceleros y de mafias…Esto debe de haber sido en el 83. EL SOCIO, del Barrio deTepito. Al principio, el tatuador era una persona de muchos huevos, porque donde te agarraba la policía te ponía en la madre. Los poquitos que éramos, como el Sammy, el Güello, el Truz, el Memo, el Frank García. A nosotros nos ponían en la madre, pero nunca aventamos la playera: por amor a la playera. Y era sólo por traer tatuajes y además por ser tatuador. RUSSO, del barrio Santo Domingo, Coyoacán, ahora tiene su propia tienda de
  • 33. Juventud, Cultura y Territorio Derecho a la identidad 33 tatuajes y vive en Los Ángeles, CA: En mi generación fuimos los primeros activistas que reivindicaban un pensamiento: te vestías diferente. Hasta ahora la policía me sigue agarrando: en ese tiempo me sabía disfrazar, sabía en donde meterme. Para dar cuenta de que iba el tema de las identidades juveniles en las décadas ya mencionadas, nos contaron nuestros personajes principales de la historia, apoyada en la pregunta: Era muy difícil entrar al espacio cerrado del Chopo desde lo punk rock ¿lo mismo pasaba con el tatuaje? THASHER: Si era un grupo cerrado, a mí me aceptaban porque no era punk, pero mi novia si, era Ana punk. Porque yo era rocker metalero. Nos apañan con un chingo de punks y me la pase encerrado con ellos 24 hrs. A partir de ahí me aceptaron, quienes eran punks eran el Ganso, el Damián, el Aguarrás, el Rebeco, el Rolo, el Jarocho, todos los de la banda Punks Not Dead. En el Chopo tenias que ser recomendado, ya que era ilegal, se improvisaba. El tatuado tenía que participar agarrando los cables para los polos, o agarrando la corcholata con la tinta. Las cosas del tatuador estaban en el piso, había loncheras de lámina y ahí metían todo su equipo, no como ahora. DIEGO: Tenia diecisiete años. Yo llego por los skateboarders que iban ahí con Jhon de Skateboard México, era de los chicos de clase media que tenían contacto donde se podían conseguir tatuajes: uno podía ir y conseguir unas placas, él y Ángel Canales. No mames, clase media de Anzures, Polanco, Michael. Yo vendía patinetas en Pericoapa, y es donde conocí a Chanok y a todos ellos, antes de que tatuaran. Entonces skateboard, punk rock californiano y tatuajes es como así, Jason Lee en 1985, mangas llenas de tatuajes, skateboard Santa Cruz, California. A nosotros nos llega el Thrasher Magazine, me la iba a robar al Sanborns: veías a Peter que tiene ahora 54 años, que es el skateboarder más viejo y más tataudo que hay, y yo me decía “quiero eso”, calaveras de Misfits. GATO: En el Chopo convergieron todos, no importa de qué parte de la ciudad, no importa de qué clase social o donde vivas, ahí caías. El más famoso es el Piraña; de ahí salió el Russo, el Carnicero, el Aguarrás, el Montado, el mismísimo Ganso. MICHAEL: Llego al Chopo por el movimiento punk, tenia quince años, te encontrabas con tu tribu. Sí, fue un clavado a la música, Masacre 68 y varias bandas. Era la vibra de bienvenidos de donde fueras, la banda conmigo fue alivianada. Me vuelvo punk cuando tenía once años.
  • 34. 34 JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL Esto es lo que tenían que vivir los jóvenes de la década de los ochenta y noventa, eran finales del siglo XX, y ahora en el siglo XXI continúa, lo vemos por ejemplo, en el Diagnóstico de Derechos Humanos del Distrito Federal del 2008, en el tema de discriminación, a pesar de que en la Ley de las y los Jóvenes del Distrito Federal establece en el art. 45 que: “Ningún joven puede ser molestado, discriminado o estigmatizado por su sexo, edad, orientación sexual, raza, color de piel, lengua, religión, opinión, condición social, nacionalidad, la pertenencia a un pueblo indígena o a una minoría étnica, las aptitudes físicas y psíquicas, el lugar donde vive o cualquier otra situación que afecten la igualdad de derechos entre los seres humanos”. Sólo mencionaré del tema del tatuaje que se identificó que las conductas frecuentemente prohibidas son: fumar (40%), beber alcohol (41.4%) es más alto para tatuarse o ponerse aretes (45.5%): para salir de casa con amigos (65.1%) y para llegar tarde (60.1%). En 2013 el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, COPRED, calificó como conductas discriminatorias a 154 casos, que se distribuyeron en 127 expedientes de Queja y 27 expedientes de Reclamación por presuntas conductas discriminatorias, territorialmente estas conductas se concentraron en las delegaciones Cuauhtémoc (21%), Miguel Hidalgo (14%) y Benito Juárez (12%). Los motivos son en Cuauhtémoc: 1. Embarazo 2. Origen étnico y nacional 3. Orientación o preferencia sexual 4. Apariencia Física 5. Condición de Salud 6. Expresión de rol de género 7. Forma de vestir 8. Género 9. Por tener tatuajes Motivos de Discriminación en Miguel Hidalgo (no aparece por tatuajes literalmente sin embargo si por) 1. Embarazo 2. Género 3. Orientación o preferencia sexual 4. Condición Social
  • 35. Juventud, Cultura y Territorio Derecho a la identidad 35 Motivos de Discriminación en Benito Juárez (tampoco hay tatuajes pero si por) 1. Embarazo 2. Condición económica 3. Género 4. Condición Social 5. Condición de salud Para el tema de interés no está implícito el tatuaje pero seguro que si esta en Condición social, y económica. Condiciones que se refuerzan a través de los medios de comunicación o electrónicos, por ejemplo este artículo y su título convocan a reforzarlo, el tema de los Matas como imágenes predeterminadas de jóvenes con tatuajes, una fenotipia estereotipo.2 En el tema de la discriminación y estigma con las y los jóvenes en el encierro y tatuaje, actualmente estoy ingresando a los reclusorios a trabajar con ellos el tema de higiene y tatuajes, llegamos a un acuerdo, llevo información y apoyo el abrir el tema del ejercicio del tatuaje al interior para prevenir infecciones, problemas en la piel por malos tatuajes, (los materiales no son los más óptimos), y ellos colaboran con sus testimonios, historia oral del tatuaje carcelario, son jóvenes de entre 20-30 años que están tatuados o están tatuando. El mayor problema es el tema de la corrupción al interior porque no les permiten tatuar, las autoridades dicen que es por un asunto de “seguridad nacional” pero en realidad todo el tiempo les piden dinero para ingresar equipo y por tatuar al interior, por ejemplo, las tarifas pueden ir desde, por ingresar máquinas y agujas entre $300 a $500 pesos, distribuidos entre los custodios, si los encuentran tatuando un 50% sobre lo que cobren; sin embargo, históricamente ésta práctica ha estado presente, el estigma afuera, a pesar de que si ellos logran aprender este oficio al interior, cuando salen puedan ejercerlo o encontrar trabajo sin ningún problema. El ejercicio de derecho cultural e identidad ha logrado que el tatuaje ingrese a la inserción desde lo artístico. Otra ruta de las identidades juveniles. Es así que la discriminación y estigma se continúan ejerciendo a las y los jóvenes de la Ciudad de México; sin embargo, vemos que si hay camino recorrido que han realizado los mismo movimiento juveniles, las organizaciones de las sociedadcivil,académicosdediferentesdisciplinassocialescomoantropólogos, sociólogos, psicólogos sociales, trabajadores sociales, por mencionar algunos, 2 Ver:http.//urbantimes.com/013/09/the-5-most-dangerous-gangs-in-the-world/
  • 36. 36 JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL funcionarios y funcionarias comprometidos con cambios a favor de los derechos humanos de las y los jóvenes. Por ejemplo, hoy día el Tianguis del Chopo es un referente cultural importante no sólo para la Ciudad sino también para el país, en el exterior es famoso, vienen extranjeros a conocer el Chopo, bandas legendarias de punk rock de Inglaterra, EU, Canadá, Finlandia, Japón, por mencionar algunos. Algunos jóvenes y adolescentes de la década de los ochenta, precursores del tatuaje en la Ciudad de México, tanto los amigos como las familias, específicamente sus madres, que fueron cómplices importantes, los que dijeron ahí está mi piel para practicar el tatuaje, y las madres porque permitían que lo realizarán en sus casas, daban de comer “a la banda” (como dirían ellos), hoy día son tatuadores exitosos, viajan a otros países o ya son reconocidos en la escena, han provocado que imágenes prehispánicas ingresen a la iconografía del mundo del tatuaje, la Virgen de Guadalupe, Calaveras de azúcar (motivos del día de muertos), las catrinas del grabador mexicano José Guadalupe Posadas, un estilo llamado Black and gray (utiliza iconografía chicana). Estos jóvenes eran tatuadores sin fidelidad política partidista, sin gestión del liderazgo o jerarquía, sin compromiso con la prensa, con la religión o con el arte institucionalizado, sus trabajos no estaban en las galerías, museos o bienales, esa intervención estética en el cuerpo estaba totalmente desvinculado a la cultura dominante. Se puede tatuar todo y todas las partes del cuerpo, aún las partes más íntimas y de piel más sensibles, como la lengua, la cara, la vagina o el pene. Los intercambios eran con la cultura y la comunicación. El tatuaje contemporáneo se presenta como un sistema de inclusión, oscila donde lo que importa es estar tatuado. Además, no hay imposición, el cliente es libre de elegir el motivo, hacer y rehacer el tatuaje. Todos son referencias, traducciones e imágenes e ideologías de nuestra rutina diaria o de otros espacios y tiempo. La disidencia de la llamada old school del tatuaje y éste arte contemporáneo ha sido una evolución que es parte de la misma historia que provocaron intencionalmente, la entrada de las y los diseñadores gráficos, artistas plásticos, y performanceros que han utilizado al tatuaje como pieza. Por ejemplo, continuando con mi investigación sobre las rutas del tatuaje, en “El Archivo Pinto Mi Raya” de la maestra Mónica Mayer, encontré los siguientes trabajos artísticos y culturales. 1990-1999 SEMEFO “De la morgue al Museo”, en 1996 recibieron la beca Jóvenes Creadores por segunda ocasión, con la cual produjeron la exposición Dermis. La exposición consistió en ocho sabanas impregnadas de fluidos corporales, recuperada de cadáveres y fotografías de cuerpos después de la autopsia. Las obras consistían en pedazos de piel humana, recordar en cadáveres de presos y delincuentes. Durante el examen externo, dentro del primer proceso de la autopsia. Se registran los tatuajes,
  • 37. Juventud, Cultura y Territorio Derecho a la identidad 37 cicatrices o marcas, que servirán para elaborar la ficha antropológica. La exposición se presentó en el espacio alternativo de cultura y arte “La panadería” y posteriormente viajó a España. En 2003 en el libro M-D Desbordamientos de una Periferia Femenina, Laura García se da a la tarea de realizar un catálogo sobre trabajos artísticos de mujeres, el replanteamiento de una nueva construcción visual y discursiva, la pieza de la artista Elizabeth Romero Betancourt, realiza su pieza “Mujer Dermis”, Aparición de la Virgen de Guadalupe en mi piel (tatuaje realizado por el Piraña). El 28 de septiembre de 2008 el colectivo La Periferia (2007-2011) de Yucatán, organizó una exposición “Para llevar arte en la piel”, convocaron a 20 artistas de diferentes lugares de la Republica Mexicana a presentar piezas para ser tatuadas. En el tema de género en el camino del tatuaje, siendo una práctica masculina hoy día están las mujeres tatuadoras y más cuerpos tatuados femeninos, claro en el pasado ya había mujeres tatuadoras. A manera de conclusión, en un espacio de análisis y reflexión el tatuaje ha llegado a empujones en varias ámbitos, sobre todo por las y los jóvenes académicos, universitarios, artistas, en un coloquio en el que participe sobre “La intervención con tatuaje y su inserción en la creación artística”, en la ENPEG, las rutas a analizar eran en torno a que ya no hay que discutir si el tatuaje es un oficio o no, si el tatuaje es arte o no es como discutir si el graffiti es arte o no. Ambos trazan territorialidades físicas y sentimentales entre las diferentes comunidades y estas Jornadas permitirán expandir el campo y sus posibles marcos de discusión. Si el graffiti marca territorialidad física, literal, en el tatuaje el sujeto que se tatúa es el que marca la territorialidad y sentimentalismo, por ejemplo el Thrasher le llama a sus tatuajes, por ocio, no tenía nada que hacer yo ni el tatuador y me tatuaba y punto, no hay más, Diego dice lo mismo, no por ocio pero él no pone sentimentalismos a sus tatuajes (personajes entrevistados para la publicación Memorias Corporales. Diálogo con la historia: tatuaje y tatuadores.). No es lo mismo tatuarse en el encierro que tatuarse en el tianguis, en el studio,enlafiesta,conlosprincipiantesolosprofesionales,famosostatuadores de la escena del tatuaje, si alguien trae un tatuaje por ejemplo de Dr. Lakra es diferente a traer un tatuaje de cualquier otro. El tatuador, Edrian Lee del colectivo de tatuadores de SN José, CA, afirma que: “ha agarrado el término de artista con un grado sospechoso porque es agregando una descripción a un oficio y es una justificación excesiva ofreciendo y sobre
  • 38. 38 JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL compensando el estigma social y las inseguridades personales. Por ejemplo, un escultor o pintor no tiene la necesidad de llamarse escultor artista o pintor artista o cualquiera con el adjetivo artista. Como un tatuador que es un medio que está justificado por una milenía de tradición y no necesita una hipercalificación a nuestro oficio.” El tatuaje no es una obra porque es una imagen repetitiva y el arte lo hace único, las prácticas artísticas actuales no contemplaron por mucho tiempo que el tatuaje pudiera ser un lenguaje artístico en sí mismo hasta que los artistas de performance más extremos comenzaron a tatuar en vivo a sus compañeros artistas. Es así que es el camino recorrido del arte contemporáneo y el tatuaje, dejando en la mesa las preguntas dudas, reflexiones. El cuerpo tatuado es el centro de la discusión, el individuo al que se tatúa es decir la codificación del lenguaje predeterminado es un acuerdo entre dos personas: el tatuador y el cliente, está de por medio un intercambio monetario, se ofrece un servicio. ¿En el arte como lo haría o redefinirá esto? Entre tatuadores tatuarse es un intercambio siempre y cuando se consideren ambos mismo nivel de calidad, técnica, inclusive la fama. La posesión de la obra artística es el cuerpo tatuado. Su perdurabilidad depende de la técnica y el estilo, no de la intención del artista. En el tatuaje y sus prácticas tienen imágenes que son códigos, si no se es tatuador de tiempo, no se sabe los códigos, y todo tipo de tatuaje codificado que no lo puede usar cualquier personas rompe con cualquier código. Hay pocos artistas que saben usarlo por ejemplo el artista español, Toño Camuñas sabe usar estos códigos, porque lleva mucho tiempo siendo entusiasta del tatuaje y del mundo del tatuaje. El tatuaje como estigma se consideró por mucho tiempo como un marcador social propio de delincuentes y marineros comunes, pero en la década de los años ochenta, los músicos de rock popularizaron el tatuaje como un elemento identificador. Agregaría ese elemento identificador pero no lo quito de la marginalidad, continuó desde lo sociocultural y económico. Tal vez este si sea beneficio del estigma por tatuaje, en el imaginario colectivo el “arte” es elitista y dejará de ser de delincuentes, en la misma cárcel hoy día los tatuadores se dicen artistas y acabar con el llamado tatuaje carcelario, hechizo o mal hecho. Dependiendo desde donde se diga y se viva el estar tatuado o tatuada. Hoy por hoy todavía se vive esta exclusión y en las dependencias gubernamentales priistas,perredistas,enloprivado,enlopúblico,lolaboralenStarbuckscomoen el Sistema de Transporte y el Metro. El año pasado Six Flags en sus criterios de ingreso al espacio de recreación citaban "no tatuajes que den mala imagen".
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  • 41. 41 Enfermedades Culturales. Estrategias artísticas en el espacio público como proceso de experimentación terapéutica psicosocial. Diego Álvarez1 “Hacer llegar al hombre a sí mismo, para que transforme la sociedad presente en una más humana, o bien, volver a la sociedad más humana, para que ayude a los hombres a encontrarse a sí mismos” Igor A. Caruso Introducción En el marco de las Jornadas por los Derechos Culturales de las Juventudes en el Distrito Federal, fui invitado por el Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria OP A.C a participar en el foro: ¿Por qué hablar de Derechos Culturales de las Juventudes? Estándares Internacionales sobre Derechos Culturales; esto a partir de ‘Enfermedades Culturales’ proyecto artístico que he desarrollado desde el año 2012 como parte de una investigación más amplia que nombré: ‘Terapeuta Cultural’ en el marco de la maestría en artes visuales de la Facultad de Arte y Diseño (antes ENAP) / UNAM. La idea detrás de ‘Terapeuta Cultural’ parte de algunas preguntas sobre el contexto sociocultural en que vivimos en el México contemporáneo: ¿pueden enfermarse las sociedades/culturas?, de ser así ¿qué padecimientos tiene la cultura mexicana? y, finalmente ¿quién y cómo pueden curar estos padecimientos? Mi condición de psicólogo social estudiando una maestría en artes visuales enfocada al arte en espacios públicos, me permitió investigar y accionar en busca de algunas respuestas a estas cuestiones. Con un enfoque interdisciplinario, el proyecto abreva de aspectos sociales de la teoría psicoanalítica para llevarlos al espacio público a través de diversas estrategias artísticas buscando impactar el imaginario colectivo. El proyecto específico: ‘Enfermedades Culturales’ consistió en la conceptualización, diseño y llevada a la práctica de una campaña de comunicación social que asemeja 1 Diego Álvarez es Artista Visual y ha hecho intervenciones en territorio.
  • 42. 42 JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL los mecanismos, estética y diseño de campañas institucionales de salud; pero que intenta confrontar al espectador y despertar conciencia sobre seis ‘enfermedades culturales’ que surgieron a partir de la pregunta inicial que dio origen al proyecto Terapeuta Cultural: ¿De qué está enfermo México?. A partir de ejercicios de escucha e interacción social desarrollados como proyectos de arte relacional a lo largo de la maestría definí seis ‘enfermedades culturales’: Normopatía, Síndrome de la Vista Gorda, Compulsión a la Victimización, Telefilia, Atrofia del pensamiento propio y Pensamiento Dicotómico; y a partir de estas definiciones llevé a cabo distintas estrategias: por un lado producir seis mil postales (un millar para cada enfermedad cultural) y repartirlas en distintos puntos tanto del DF como del resto de la república, además de el diseño de carteles que se han colocado en distintos puntos del DF y el área conurbada (Cd. Nezahualcóyotl y Tlalnepantla). Psicoanálisis y Cultura Las tensiones existentes entre los impulsos individuales y las reglas sociales, llevaron al fundador del psicoanálisis a sentenciar que: “el malestar es intrínseco a la cultura” (Freud, 1930), con ello se refiere a que el hecho mismo de vivir con otros hombres obliga necesariamente al individuo a controlar o reprimir sus pulsiones.2 Sin embargo, es claro que cada cultura genera su propio tipo de malestar; la teoría psicoanalítica no puede aplicarse sin considerar elementos contextuales, evidentemente no es lo mismo vivir en Viena en el siglo XIX que en México en el siglo XXI. Psicoanalistas latinoamericanos se han interesado en dilucidar el impacto del modelo neoliberal como lógica dominante en la subjetividad de los individuos. Las psicoanalistas argentinas Rojas y Sternbach (1994), mencionan en su lectura psicoanalítica de la posmodernidad que “Cada momento histórico formula un «prototipo sano»; es decir un conjunto de modalidades subjetivas acorde con los ideales predominantes y es por tanto, estimulado y socialmente reconocido”.3 En este sentido, los sujetos buscarán adaptarse a ese modelo, a costa de su bienestar, con el fin de cumplir con lo que su cultura exige de ellos .4 En el contexto actual, el ciudadano se ha convertido en consumidor.5 Para 2 “Tal como fatalmente deben combatirse en cada individuo las dos tendencias antagónicas –la felicidad individual y la de unión humana-, así también han de enfrentarse por fuerza, disputándose el terreno, ambos procesos evolutivos: el del individuo y el de la cultura.” , Freud, S. “El malestar en la cultura”, en Obras Completas, Tomo XXI. Amorrortu. Buenos Aires, 2001, p. 130 3 Rojas y Sternbach, “Entre Dos Siglos. Una lectura psicoanalítica de la posmodernidad”, Lugar, Editorial, Buenos Aires, 1997, p.131. 4 “Toda época histórica favorece el surgimiento de patologías vinculadas a la sobreadaptación; es decir, la adecuación acrítica y absoluta a los modelos culturales predominantes”. Ibídem. 5 “El soporte subjetivo de la organización social ya no es el ciudadano producido por las instituciones
  • 43. enfermedades culturales 43 Enrique Guinsberg la lógica del mercado es la principal causa del malestar en la cultura actual.6 Por su parte, Campuzano considera que la libertad del sujeto está controlada seductoramente por una industria de mercado que manipula los deseos, haciéndonos creer que nuestras elecciones son libres, cuando en realidad nuestra libertad es sólo libertad de consumir.7 Marta Ventre hace un análisis del rol del estado en el sistema actual: “El Estado cuyas funciones eran garantizar la equidad de los contratos colectivos, ocuparse de preservar la salud y la educación pública, el cuidado de los ancianos y la asistencia a la población, es hoy un Estado ausente que ni retóricamente se plantea tales objetivos, que privatiza sus actividades y deja librados a la «economía de mercado» y sus efectos a grandes contingentes humanos, sin protección laboral ni sanitaria alguna”.8 Para el psicoanálisis la toma de conciencia es básica para resistir a un sistema opresor.9 Si podemos hablar de grupos de personas con sufrimientos psíquicos comunes producto del sistema en que viven, la figura del psicoanalista se vuelve necesaria en función de su capacidad terapéutica para promover la toma de conciencia sobre la situación enajenante en que se encuentra el individuo: “la curación de las enajenaciones y las agresividades psicopatológicas sólo es posible a través de la autoconsciencia progresiva del paciente, esto es precisamente a través de una verdadera información del hombre acerca de su propia situación, hasta entonces inconsciente o encubierta”.10 Caruso insiste en la labor del psicoanalista como figura que “renuncia” a toda opinión autoritaria y dogmática y busca “obtener de su paciente un sujeto consciente de su propia disciplinarias sino el consumidor instalado por los artefactos de mercado” Grupo Doce, “Del fragmento a la situación. Notas sobre la subjetividad contemporánea”. Grupo Doce, Buenos Aires, 2001, p.79 6 “Lo que se debe ver es cómo las mercancías y consumo funcionan como «necesidades» y «calmantes» del malestar en nuestra cultura”. Guinsberg, E., “La salud mental en el neoliberalismo”, Ed., Plaza y Valdés, México, 2004. P.143 7“El control social se vuelve más oculto que en el viejo sistema disciplinario descrito por Foucault […] y se instala mediante la seducción e ideologización del consumo y la manipulación de los deseos y emociones por los medios masivos de comunicación, o sea, el control consumista-mediático logrado mediante la manipulación de los deseos. La libertad queda reducida a la libertad de consumir”. Campuzano, Mario, Psicoanálisis y Cultura: Cambios en la psicopatología, la teoría y la praxis. Ponencia presentada en el XI Congreso Nacional de AMPAG (Asociación Mexicana de Psicoterapia Analítica de Grupo). México, 2007. 8 Ventre, Marta, “La Globalización y las nuevas formas de control social”, En Subjetividad y Cultura, Ed, Plaza y Valdés, No. 18, México, 2002, p. 12 9 “rechazar la opresión: esto significa un auténtico volverse consciente, que presupone la crítica de las introyecciones propias. Rechazar la opresión significa rechazar lo inhumano, lo deshumanizado, significa abogar por lo humano en el hombre conscientemente”. Ibídem. P. 70 10 Ibídem. P. 95
  • 44. 44 JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL historia”,puescomomenciona:“lacultura[…]nohadeconstruirsesobrelabase del envilecimiento del hombre hasta convertirlo en cosa, sino, por el contrario, sobre la base de la confianza en el devenir consciente y la autosublimación del hombre”.11 Una propuesta terapéutica psicosocial a partir del arte público El proyecto “Enfermedades Culturales” utiliza distintos recursos gráficos, principalmente el cartel y postales como vehículos para la transmisión de mensajes que buscan generar la toma de conciencia en el espectador acerca de problemáticas sociales compartidas; como una propuesta terapéutica que atienda enajenaciones sociales a partir de la definición de 6 “enfermedades culturales”: Telefilia, Normopatía, Síndrome de la Vista Gorda, Compulsión a la Victimización, Pensamiento Dicotómico y Atrofia del pensamiento autónomo. Dentro del amplio espectro de acciones que pueden considerarse arte público, enmarcamos el proyecto “enfermedades culturales” en la noción de “arte intervencionista”, término acuñado por Nato Thomson,12 que describe obras artísticas que se basan en la intención de un cambio social a través de la concientización de los habitantes de las ciudades, poniendo el acento en el desvelamiento de mecanismos de dominación, derechos humanos de minorías y problemáticas sociales diversas .13 El formato de las postales resultó ser atractivo (la imagen frontal a través de rayas bicromáticas transversales atrae la atención del público), pues las imágenes tanto por su diseño como por su colorido resaltaban en prácticamente cualquier enclave en que fueran colocadas. Además, el formato permite llevárselas lo que generó interés en las personas, tomando aquellas con las que más se identificaban o llevando otras que consideraban podrían enseñarle a algún conocido o familiar. AdemásderepartirpostalesendiversospuntosdelDF(museos,restaurantes, centros culturales y la vía pública) y en algunos estados de la república (Puebla, 11 Caruso, Igor. Aspectos sociales del Psicoanálisis, Ediciones Coyoacán, México, 2002. 12 “escritor y curador [que] describe el trabajo de artistas que allanan en el mundo de todos los días para criticar, ridiculizar, interrumpir, y agitar con el fin de crear conciencia social e incluso abogar por el cambio social. En el proceso, se activan los espacios urbanos como lugares para la democracia, mantener vivas nuestras ciudades con creatividad e ideas poderosas e involucrar a nuevos públicos.” McCormick, C., Shiller, M., & Wooster Collective. (n.d.), Trespass. A History of Uncommissioned Urban Art, Ethel Seno, Ed., Taschen, Los Angeles and New York, 2010, p. 306. 13 “Vandalismo de este tipo opera como una especie de activismo, una desfiguración del rostro detrás del cual se esconden intereses creados para generar la brillante ilusión de un mundo ordenado, civilizado, próspero y benevolente. No sólo muerde la proverbial mano que le da de comer, sino que nos hace preguntarnos exactamente de quién es esa mano.” Lewisohn, C., Street Art: The Graffiti Revolution, Tate Publishing, Londres, 2008, p. 23.
  • 45. enfermedades culturales 45 Michoacán y Oaxaca) las mismas fueron compartidas a través del perfil de Facebook del proyecto ‘Terapeuta Cultural’ que a la fecha cuenta con más de 2 mil seguidores. Esta estrategia de comunicación ‘virtual’ resultó ser bastante efectiva para lograr el cometido del proyecto pues algunas imágenes como ‘El Síndrome de la Vista Gorda’ lograron viralizarse en la red. Hasta la fecha ha sido compartida 405 veces (lo que implica una intencionalidad directa de 405 personas por mostrar la imagen a sus contactos) y ha sido vista por 29,792 personas; cantidad de impactos visuales que difícilmente pueden lograr otras estrategias de arte público. Finalmente, la última estrategia de visibilización del proyecto enfermedades culturales fue la intervención directa en la calle, para la cual adapté el diseño de las postales para ser pegados en paredes como carteles. Así pues, el proyecto nació del diálogo entre conceptos y aproximaciones del psicoanálisis, la psicología social y el arte público; poniendo en práctica la autonomía de la creación artística para implementar empíricamente soluciones a problemáticas que atañen a distintos campos del saber desde un enfoque distinto. Este arte intervencionista expande su espacio de acción y ya desfocalizado puede diseminarse. Independientemente del contenido de los mensajes “es de vital importancia entender cómo la intervención no-comisionada es un reflejo contra la hegemonía del espacio público por los intereses de unos pocos sobre el bienestar psicológico de la mayoría”.14 14 Ibídem, p. 22.
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  • 48.
  • 49. 49 Relatoría: ¿Por qué hablar de derechos culturales de las juventudes?, Estándares Internacionales sobre Derechos Culturales. Martes 30 de septiembre de 2014. Presentación de Melissa Vértiz. Primero desea agradecer que estemos presentes, pues hay diferentes eventos en el contexto nacional. A pesar de ello el tema es también parte de los derechos humanos. La idea de tener una jornada por los derechos culturales es un proyecto que el Centro Vitoria presentó en coinversión, para tener espacios de análisis, en concreto 3 foros, para hablar de los derechos culturales desde la perspectiva de las juventudes pues generalmente el tema se aborda más desde otros grupos poblacionales como los pueblos indígenas. La palabra se le cede a Aarón Hernández para dar un panorama de las herramientas internacionales en cuanto a los derechos culturales. Inicia Aarón El tema que preparó puede ser un poco técnico partiendo de la idea de que los derechos culturales son también DESCA. Debemos preguntarnos cómo se vinculan los derechos culturales con el nivel de vida adecuado. La cultura se relaciona íntimamente con el ser humano, y podemos partir de los principios de los derechos humanos de indivisibilidad, universalidad e interdependencia. En estos espacios analizaremos cómo se viven los derechos culturales desde lo no indígena, el primer instrumento que retomo es el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que expone que todos los derechos, incluidos los de asociación y de expresión, se relacionan con el nivel de vida adecuado. El PIDESC reconoce varios aspectos sobre el derecho a la participación en la vida cultural, sin embargo, no establece definiciones claras sobre la cultura. Entre las obligaciones se establece que el Estado debe garantizar el acceso a la cultura, en nuestros días las políticas gubernamentales pone presión a ciertas actividades culturales, lo que incluye ya una noción de cultura. En ese sentido también debemos reflexionar acerca de las acciones del Estado para hacer
  • 50. 50 JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL accesible el conocimiento de otras culturas. Cuando se habla de cultura tiende a pensarse en las bellas artes, pero en realidad se trata de un concepto amplio. La Observación General No. 21 del Comité DESC de la ONU plantea la historicidad de la vida cultural, que tiene un presente, un pasado y un futuro, a la que cada persona tiene derecho a aportar a la comunidad nuevos sentidos y formas. Para ello deben existir ciertos componentes del derecho: disponibilidad, presencia de bienes y servicios culturales, pero debemos preguntarnos ¿es suficiente la presencia de casas de cultura? Y ¿responde a las necesidades de la comunidad?, además de la accesibilidad, es decir que esté al alcance físico y financiero. Los derechos relacionados son el derecho a la libertad de asociación, de expresión, a la intimidad, que resultan ser derechos civiles y políticos, lo que demuestra su interdependencia. Una de las limitantes es que no se toma en cuenta la participación de los jóvenes, que en nuestros días se ve en riesgo por las políticas de criminalización de las juventudes. La Convención Iberoamericana parece subordinar los derechos culturales a la creación artística, científica y académica. En este caso quedan fuera grupos como los migrantes indocumentados frente a los intercambios académicos. La Declaración de Friburgo establece que no debe haber discriminación de ninguna índole, a partir de cualquier situación desde la que las personas definan su identidad, también se retoma que también es posible abstener de participar en alguna práctica identitaria. Define que la cultura es el ejercicio de los derechos humanos que permite la participación dentro de una comunidad, hay todo un conjunto de símbolos cuyo reconocimiento tiene que ver con el reconocimiento de la dignidad humana. Las comunidades culturales son las que mantienen ciertos símbolos y prácticas, por lo que cabe preguntarse ¿puede considerarse a los punks o reguetoneros como comunidades culturales? Finaliza su participación. Melissa da la palabra al siguiente ponente: Fernando Aguilar. Deseo plantear distintas ideas para la discusión: uno de los principales problemasescómoentendemoslacultura,laprimerideaespensarlosderechos culturales desde la definición de lo juvenil, comencemos por preguntarnos ¿por qué es importante pensarlos desde la juventud?, las culturas juveniles son pistas; la segunda idea tiene que ver con la ciudadanía, la perspectiva ortodoxa ve al ciudadano como un sujeto pasivo; de mano de esta pensar la ciudadanía juvenil debe pensarse como derechos políticos y culturales, en los jóvenes las formas de expresión culturales empatan con lo político muchas veces, finalmente la reflexión aterriza en 4 ideas, la ciudadanía juvenil, la identidad. También se relaciona con el uso del espacio público ¿cómo son las formas de apropiación de las juventudes? Lo cultural y lo político es la ciudadanía juvenil; los espacios
  • 51. ¿Por qué hablar de derechos culturales de las juventudes? 51 culturales, dependiendo de sus características unos contribuyen más o menos a la construcción de ciudadanía; ¿Cuáles son los mecanismos que hacen que ciertos jóvenes tengan acceso diferenciado a productos culturales? Un elemento fundamental es la condición de clase. Para pensar lo juvenil se puede partir desde el plano etario, biológico, psicológico, la construcción histórica de la sociedad; pero la disciplina que aporta mucho son las identidades juveniles, los primeros cuatro elementos no siempre funcionan, la antropología propone las formas de producción y consumo cultural, donde entran la moda y el cuerpo. La acotación es que esas formas están determinadas por una dimensión de clase, dando como resultado un grupo muy pequeño de jóvenes con los derechos garantizados. Estas perspectivas rompen con la visión de una ciudadanía institucionalizada o clásica. Identidad y pertenencia son ejes fundamentales para pensar los derechos culturales. Frente a la ciudadanía pasiva está la ciudadanía activa, donde los ciudadanos conocen sus derechos, buscan la forma de organizarse para exigirlos y utilizan el espacio público para expresarse. En el caso de los jóvenes y la ciudadanía juvenil, si los jóvenes son una población específica lo que les hace diferente son las prácticas que realizan, no podría haber una ciudadanía cultural sin ciudadanía política, en el grafiti hay un posicionamiento político y no sólo artístico. Por ejemplo en un grupo focal, un chico dijo “cuando elijo una pareja me fijo lo bello de la persona” lo cual es una actitud contestataria ante los estándares sociales. Las identidades juveniles también tienen su correlato en posiciones políticas, tomando en cuenta que muchas veces se realiza la absorción de las identidades, por lo que debemos incorporar el mercado a la reflexión. Los colectivos juveniles, hace 10 años eran en el DF cerca de 2500, de diversos temas. Los espacios públicos y los espacios culturales, los últimos tienen una función específica, éstos son una fuente inagotable para la observación de los derechos culturales que según sus características específicas contribuyen más o menos a lo cultural y lo político. Entre más institucionalización menos promoción de la ciudadanía política. Los derechos culturales incluyen el derecho a los espacios. Hasta aquí dejo el tema. Melissa da la palabra a Gisela Muciño con la presentación “Juventud, cultura y territorio. Derecho a la identidad”. Yo soy el caso de lo que acaban de exponer, efectivamente el tema del tatuaje es vivirlo desde la parte de la identidad. Quisiera comenzar diciendo que tener un cuerpo es un asunto de territorio ligado a lo simbólico. Hablar de los jóvenes es hablar de historia, pero la criminalización del tatuaje es algo más antiguo. En el tema también se involucran nociones de consumo, y
  • 52. 52 JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL tiene que ver con el género, raza, etc. En la década de los 80 hay historias que declaran cómo los tatuajes y los tatuadores eran criminalizados, la policía los detenía y golpeaba. En el tema de los espacios se manifestaba en tanto era difícil el acceso al tianguis “El Chopo”, eran grupos cerrados, tenías que ser recomendado, pues tatuar era ilegal. Para los jóvenes de finales de siglo XX, el vivir estas identidades es vivir la criminalización. En el siglo XXI se incorpora el tema de consumo y producción, por ejemplo en 2008 en cuarto lugar como motivo de discriminación está el tatuarse o ponerse aretes, lo cual continua siendo una problemática. Anteriormente y en zonas marginadas tiende a hacerse artesanal. De acuerdo a la COPRED, en las delegaciones donde más se discrimina los motivos son: embarazo, origen étnico, preferencia sexual, forma de vestir y tatuajes. El tatuaje carcelario continúa siendo, a pesar de las dos leyes recientemente aprobadas, históricamente el origen del tatuaje. Hay registros de tatuadores en Lecumberri, y este tipo de tatuajes se continúan realizando. Hoy en día los reclusorios están llenos de jóvenes, quienes se siguen tatuando y pretenden hacerlo como “afuera”. Mientras los jóvenes que se encuentran fuera de la cárcel buscan que sus tatuajes luzcan como si fueran artesanales, como los que se realizaban en la cárcel. De modo que la perspectiva de la condición de clase es determinante. Actualmente la iconografía mexicana tradicional y prehispánica se ha incorporado al mundo del tatuaje. Existen diferentes estilos como el chicano black and gray, el gonsafo viene de la parte del grafiti y significa respeto. A partir de imágenes se narran historias de un afamado tatuador que fue pandillero. Semefo es un colectivo que realizó una exposición que se llama “Dermis”, en la cual recortan cuerpos que tenían tatuajes, de manera que las obras consistían en pedazos de piel humana extraídas de la morgue. Las mujeres y el tatuaje. El tatuaje viene de un ámbito masculino, en los 50 las mujeres incursionan, en México apenas hace 5 años que tatúan y tatuadas no más de 20 años. En el siglo pasado las mujeres se tatuaban para los circos. Las nuevas mujeres tatuadas ahora son de afuera hacia adentro, de lo más expuesto a lo más cubierto. Sin embargo en el caso de las mujeres hay una sobre sexualización. En otros ámbitos culturales existen las mujeres maoris de nueva Zelanda quienes tatúan sus cuerpos y rostros. Por lo que debemos tener cuidado cuando pensamos en identidades juveniles incorporando ejes como la raza, el género, condiciones socioeconómicas. Finalmente se le otorga la palabra a Diego. Agradece la invitación. Traigo una propuesta un poco más lúdica, desde la psicologíasocialyestudiéunamaestríaenartesvisuales,desdelapercepciónde la cultura mexicana. Desde el proyecto Terapeuta Cultural podemos entender
  • 53. ¿Por qué hablar de derechos culturales de las juventudes? 53 la cultura como el aspecto colectivo de las formas de ser de las personas. Podemos entender a México como un ser psíquico colectivo y también podemos establecer cuáles son sus enfermedades. Primero abordo problemáticas cotidianas, donde hay intervenciones artísticas relacionales, que rompen la idea de los monumentos. La falta de empatía es un problema cultural, la indiferencia ante el otro, la intención es generar empatía. Con el colectivo de escritores “Los olvidados”, a partir de sus crónicas del barrio de Tepito, se creó el proyecto para regresar la memoria de cómo era el barrio antes de que llegará la fayuca, lo cual ha modificado las formas de interacción. A través de mis interacciones con los escritores, pude rescatar frases como “Tepito existe porque resiste”, “en esta esquina el barrio se la rifa”. Para abonar a la identidad cultural, para construir un sentido de arraigo barrial, visibilizando dentro de una galería un puesto en el que participaron los vecinos. La iniciativa tuvo mucho éxito. Después se realizaron obras teatrales que hacían un rápido recorrido por el barrio de Tepito. A través de conversatorios pregunté a la gente de qué estaba enfermo, desde una formación de psicólogo, a partir de lo cual se nombró el proyecto Terapeuta Cultural. Las imágenes generadas están ligadas a las enfermedades como la normopatía, síndrome de la vista gorda, el pensamiento dicotómico, compulsión a la victimización, atrofia del pensamiento autónomo. Parte de esto es la Secretaría de Salud Cultural, que realizó un sondeo capitalino de enfermedades culturales, la etapa actual es la intervención en la calle, de manera consensuada. Quería compartirles este trabajo y abonar a la discusión. Melissa abre la sesión de preguntas y comentarios Habla una investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas con un proyecto de investigación sobre derechos culturales, que tiene como finalidad poner a la cultura como una herramienta de convivencia ciudadana, pues en las escuelas no se toma en cuenta el derecho cultural. El derecho a la creatividad es una propuesta para abrir un canal nuevo. Pretende generar un nuevo poder constituyente. Habla una persona de la maestría que le llama la atención la incidencia del proyecto Terapeuta cultural, pues se trata de una incidencia en la conciencia. Hace falta escuchar las aportaciones de los jóvenes, profesionistas, y agradece el espacio. Habla una persona sobre políticas públicas, construir a través de la participaciónlaciudadaníaculturalqueseveatravesadoporlasjuventudes,pero no se puede pensar esto sin el elemento género. Si miramos la implementación de políticas públicas lo cultural se deja hasta el último. Cultura libre y derechos humanos pretende juntar la exigencia de los derechos humanos y lo digital,
  • 54. 54 JORNADAS POR LOS DERECHOS CULTURALES DE LAS JUVENTUDES EN EL DISTRITO FEDERAL para abrir nuevas reflexiones. Participación en el sentido del consumo y la manera de llevar a cabo las prácticas culturales. Pregunta sobre estándares internacionales como accesibilidad y asequibilidad. El sector artístico cultural no cobra, las personas no pueden vivir de sus producciones, pues es un sector desprotegido. Llama a pasar del discurso a la acción. Hay instrumentos internacionales que exigen al Estado mexicano integrar la cultura en todas las políticas públicas. Otra persona comenta que difiere mucho en ese punto, en cuanto a la acción. Porque a pesar de la complejización, la clase política ve la cultura desde el presupuesto, no todas las personas tienen acceso a los recintos. La comunidad genera sus propias dinámicas y prácticas. México tiene una amplia gama de expresiones culturales que dependen del contexto. Contestan que se debe posicionar la cultura, que puede incidir en la política. Diego: los derechos culturales no son conocidos por los actores. En el caso del foro Alicia la delegación amaga con cerrarlo. Desde el punto de vista de los reglamentos son pretextos para acallar ciertos espacios. Un punto controversial son los límites de la libertad cultural, por ejemplo en Cuba pretendían prohibir el reguetón por cuestiones de género, es decir ¿en qué medida el Estado puede prohibir ciertas prácticas? Melissa cierra desde la perspectiva de las responsabilidades del Estado de hacer y no hacer. De intervenir o no hacerlo, y el derecho a la libertad de expresión. También partiendo de los principios de los derechos humanos. Entrega de regalos a los ponentes. Finaliza el foro.
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  • 57. 57 Tejiendo redes: juventudes y políticas públicas en la Ciudad de México Marlene Fautsch Arranz1 Hablar de la cultura como un derecho humano en México cuando tenemos fosas con cuerpos sin nombres y nombres sin cuerpos, de desaparecidos (como es el caso de los 43 estudiantes normalistas rurales de Ayotzinapa) que revelan el hecho de que aún no existe una cultura de los derechos humanos enteramente reconocida y vigilada por el estado, parecería superfluo, casi frívolo. Digo parecería, porque no lo es. No lo es, primero, porque los derechos culturales (al igual que otros derechos humanos como el derecho a la libertad, la educación o la salud) son interdependientes y en la batalla por la implementación de una cultura efectiva de los derechos humanos en nuestro país todos los frentes deben pelearse con el mismo rigor e intensidad. No lo es tampoco porque poner, ponernos a los jóvenes en el centro del debate de las políticas públicas es tan urgente como necesario en estos momentos en que distintos poderes nacionales ven en los jóvenes una amenaza y realizan acciones que violentan social, económica, política y culturalmente a las nuevas generaciones. Me han invitado aquí para hablar sobre políticas culturales en la Ciudad de México y me gustaría comenzar esta reflexión señalando que precisamente la semana pasada la Comisión de Cultura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), respaldada por la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México y la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (DHDF) presentaron la iniciativa de Ley de Derechos Culturales para la Ciudad de México, esperando que sea aprobada por el pleno antes de que termine el año.2 Éste es un paso fundamental en el reconocimiento jurídico y político de la cultura como un derecho que existe, es aplicable, exigible y debe estar presente en cualquier política pública o proyecto de ciudad. La cultura se ha visto usualmente como un adorno, algo accesorio. Por poner un ejemplo, en un pasaje del Lacoonte el filósofo alemán Lessing compara las ciencias con las artes y afirma: “El objetivo de las artes es, por el contrario, el placer, que no es indispensable y puede, por ello, depender del legislador 1 Patrimonio Histórico, Secretaría de Cultura de la Ciudad de México. 2La iniciativa se formuló con base en la reforma al artículo 4º Constitucional hecha en 2009, el Libro Verde de Cultura (2012), la Agenda 21 de Cultura y la Declaración de Friburgo.