SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 10
Descargar para leer sin conexión
INFORME




OBLIGACIONES LABORALES QUE SE GENERAN PARA EL

                EMPRESARIO.




                     POR:


                  Walter ortiz




               UNIVERSIDAD UDI

                     2011
OBLIGACIONES LABORALES QUE SE GENERAN PARA EL
                       EMPRESARIO

La obligación laboral de todo empresario nace en el instante mismo en
que inicia su relación con el empleado a través de la celebración del
Contrato de trabajo, este marcado por la legislación laboral Colombiana,
con el único propósito de hacer efectiva la protección constitucional a
que tiene derecho todo trabajador, a garantizarle el equilibrio
económico y social justo e igualitario bajo su condición de empleado.

Haciendo un repaso en el tema estudiado en Derecho laboral defino las
obligaciones laborales de la siguiente manera:

Como Obligaciones Laborales a cargo del empresario tenemos:

 1.    Antes de formalizar cualquier tipo de vinculación, como
 1     Empleador se debe brindar al trabajador una información clara
       acerca de las condiciones de su contratación, de sus derechos,
       sus deberes y demás, para darle inicio a una relación laboral
       honesta, con una comunicación asertiva y de beneficio mutuo.

      Iniciar esta relación mediante el acuerdo voluntario de las partes
 2    con unas responsabilidades claras por las los dos, del lado del
      empleado de prestar un servicio personal bajo una continuada
      subordinación, con la justa remuneración y por parte del
      empresario con todas las mencionadas en este informe.

      Cumplir con la obligación de ocupar efectivamente al trabajador,
 3    indicando la realización de una actividad, adecuada a su categoría
      profesional y poner a disposición de los trabajadores, los
      instrumentos adecuados, los materiales y las materias primas
      necesarias para la realización de las labores. Para esta obligación
      Es indispensable dotar de las herramientas e instrumentos
      necesarios para el desarrollo de las funciones a cada empleado,
      para que facilite el cumplimiento de sus funciones para que
      puedan ser realizadas de una manera óptima, eficiente y sin
      problemas a la hora de excusarse de no haber realizado
      determinada tarea por no tener las herramientas necesarias.

      Para cumplir con esta obligación pienso que debe hacerse como en
      la mayoría de las Empresas, un inventario por escrito de todo
      equipo, mueble, materia prima, utensilio, herramienta y demás
      materiales, que se le asignan al empleado para el normal
      funcionamiento de su cargo, asignando responsabilidad a este
para con la Empresa, en el cuidado, mantenimiento, e informe
    ante cualquier novedad. Así el empleador cumple con su
    obligación, y el empleado adquiere su responsabilidad ante el
    cuidado y buen uso de su equipo de trabajo.

    Brindarle al empleado desde el momento inicial de su contrato una
4   adecuada Inducción tanto para el desempeño de sus funciones
    como lo mencionaba anteriormente de acuerdo a sus capacidades,
    como para los demás procesos de la Empresa, darle a conocer el
    reglamento Interno, los estatutos que serán las directrices a
    seguir, compañeros y todo lo que se considere necesario, para
    que el empleado se sienta ubicado, y con la confianza necesaria al
    conocer parte de esta gran familia con la cual empieza su nueva
    relación.

    En los pasos anteriormente vistos veíamos como a la hora de
5   conformar una Empresa una de los trámites importantes era
    realizar la inscripción como empresario en el régimen del sistema
    de la Seguridad Social para cumplir a la hora de la Contratación
    del Recurso Humano con la responsabilidad de la afiliación
    inmediata, para que el empleado pueda recibir una oportuna
    atención médica para la prevención, cuidado o tratamiento de su
    salud y la de su grupo familiar,
    Con esta obligación el empresario debe comprometerse a cumplir
    con el pago integral mensualmente del porcentaje correspondiente
    de cada una de las partes, procurando no correr el riesgo por el no
    pago de dos o más cotizaciones periódicas, que implicaría, además
    de las sanciones legales, de los costos de intereses por mora, la
    desafiliación automática del Sistema General de Seguridad social,
    quedando a cargo del empleador la responsabilidad del
    cubrimiento de los riesgos de sus empleados.

    Para cumplir con esta obligación, debemos tener en cuenta que al
    iniciar un contrato laboral, el empleador está en la obligación de
    realizar la afiliación del trabajador y sus beneficiarios, al sistema
    de salud (EPS), pensión (AFP), riesgos profesionales (ARP).

    De acuerdo con la ley laboral para el año 2.007 es el siguiente:

    Salud (EPS): Mensualmente se paga a la entidad el 12.5% del
    salario del trabajador, del cuál, 8.5% lo paga el empleador y 4%
    el trabajador. El sistema cubrirá las contingencias que afectan la
    salud del trabajador y de su familia las contempladas en el
programa de atención denominado Plan Obligatorio de Salud
  (POS) y la maternidad.

  Pensión: El sistema cubre los riesgos de invalidez, vejez y muerte
  por causa común, y tiene dos regímenes independientes. Uno
  administrado por el Instituto de Seguros Sociales (ISS) que
  maneja un fondo común y otro de capitalización individual a cargo
  de las administradoras de fondos de pensiones.
  La contribución a cualquiera de estos regímenes es del 15,5% del
  salario mensual del empleado, del cuál, 11.625% lo paga el
  empleador y 3.875% el trabajador.

  Riesgos Profesionales (ARP): Este sistema cubre las
  contingencias que afectan la salud del trabajador por causa de
  accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, e igualmente
  las pensiones por invalidez y muerte generadas por tales
  enfermedades. Cada empresa se encuentra clasificada en un nivel
  de riesgo según su actividad económica y las labores
  desempeñadas por los trabajadores, el total del aporte por este
  concepto está a cargo del empleador y su monto depende del
  grado de riesgo laboral generado en la actividad de la empresa y
  del cumplimiento de las normas de seguridad industrial. El rango
  de cotización va desde el 0,5% hasta el 8,7%.

  Las Obligaciones concretas del empleador frente al sistema de
  seguridad social son:

 La afiliación de todos sus empleados.
 Pagar la totalidad de la cotización de los trabajadores a su
  servicio.
 Trasladar el monto de las cotizaciones a las entidades
  correspondientes, dentro de los plazos señalados.
 Procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores y de
  los ambientes de trabajo.
 Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del programa de
  salud ocupacional de la empresa, y procurar su financiación.
 Notificar a la entidad administradora a la que se encuentre
  afiliado, los accidentes de trabajo y las enfermedades
  profesionales.
 Informar a las entidades administradoras (EPS, ARP Y AFP) las
  novedades laborales de sus trabajadores, incluido el nivel de
  ingreso y sus cambios, las vinculaciones y retiros.
Al estar protegido el trabajador la Empresa podrá estar tranquila, de
posibles demandas, multas, o pagos de indemnizaciones por no cumplir
con esta obligación.

        Creación de unos estatutos y/o Reglamento Interno:
6       En donde todas las políticas de la Organización queden claramente
        definidas, en temas como permisos, licencias, asignaciones,
        derechos y deberes.

        Dotar de los elementos adecuados de protección contra los
7       accidentes y enfermedades y cumplir con las normas de
        seguridad industrial, higiene en el trabajo y medicina
        laboral.

        Como cumplirlo?

        La resolución 2013 de 1986 resuelve que todas las empresas e
        instituciones públicas o privadas que tengan a su servicio 10 o
        más trabajadores, están obligadas a conformar un Comité Paritario
        de Salud Ocupacional (COPASO).

       Con el apoyo en la creación, conformación y gestión de este
        Comité Paritario de Salud, como empleador permitiría que la
        Empresa ideara los mecanismos bajo los cuales se dé
        cumplimiento a esta obligación, en proveer a los empleados de
        todos los equipos necesarios para su protección personal. Además
        por medio de este comité detectar los posibles riesgos de
        accidente     laboral,  enfermedad      profesional   que    puedan
        presentarse, con el ánimo de        prevenir en lo posible dichas
        situaciones.
       Registrar ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social el
        comité paritario de salud ocupacional.
       Generando acciones de motivación a través de mecanismos de
        Sensibilización al tema de la salud ocupacional, que generen el
        interés de los trabajadores en participar en este comité.
       Solicitar Capacitaciones periódicas por parte de la ARP, para la
        concientización del cuidado de la Integridad Física mediante el uso
        de los equipos de protección, de los distintos riesgos a que se esta
        expuesto, en como prevenirlos, y los pasos a seguir en el caso de
        presentarse algún tipo de accidente etc.
       Dentro del reglamento interno de trabajo exigir el uso de los
        equipos de protección en las distintas funciones, o de lo contrario
        fijar sanciones hasta de suspensión temporal por no cumplir con
        esta exigencia.
Prestar inmediatamente los primeros auxilios en casos de
8      accidente o de enfermedad del trabajador.

      Dentro de esta obligación pienso que le COPASO, seria un gran
       apoyo, para este tipo de novedades, pues este Comité estará
       capacitado para brindar una atención Inicial de primeros auxilios,
       mientras el trabajador es desplazado al centro de atención médico
       mas cercano.
      Como mínimo dentro de la Empresa tener dotado un botiquín de
       primeros auxilios, con los suministros básicos para atender.
       Pequeñas molestias a la salud.

     Obligación de favorecer la promoción y formación profesional
9    en el trabajo:

Como cumplirlo?

        Para cumplir esta obligación el empresario debe otorgar los
         permisos necesarios para que el trabajador pueda acudir a
         exámenes pendientes para a obtención de un título académico
         o profesional, realizar las oportunas adaptaciones de la jornada
         de trabajo para permitir la asistencia del trabajador a cursos de
         formación o, en su caso, conceder el permiso oportuno (con
         reserva de puesto de trabajo) para la formación o
         perfeccionamiento profesional del trabajador.
        Desde ningún punto de vista negar la posibilidad para que los
         empleados superen sus capacidades intelectuales, su deseo de
         superación      profesional,   brindándoles     la    oportunidad
         flexibilizando sus horarios, con un compromiso del empleado en
         seguir cumpliendo con sus obligaciones, y de no disminuir su
         ritmo, ni su productividad.
        Fijar un plan de capacitaciones, en donde se brinde la
         oportunidad a todos los empleados de instruirse principalmente
         en todo lo relacionado con su cargo, en temas de formación
         personal, entre otras que vayan de la mano con las políticas
         institucionales en beneficio del trabajador y su familia.
        En el caso de cubrir vacantes en la Empresa, brindarle la
         primera oportunidad a los empleados vinculados, para que
         puedan ascender dentro de su desarrollo profesional y laboral.

       Pagar la remuneración pactada en las condiciones, períodos
10     y lugares convenidos, al igual que las prestaciones e
       indemnizaciones a que tenga derecho el trabajador.
El salario es una de las determinantes en un contrato laboral, a la vez
   se convierte en una de los principales motivadores en la ejecución de
   las funciones de todo trabajador, ya que de el depende su sustento,
   su calidad de vida y la de su familia.

   El Empresario esta bajo la responsabilidad de pagar la remuneración
   pactada, establecida en el contrato más todo lo contemplado en el
   como el reconocimiento a las horas extras, recargos y festivos con su
   respectiva compensación. A respetar el debido descanso de los
   trabajadores con la duración máxima de los turnos de su labor.
   Fuera de constituir una obligación, es parte vital del incentivo que el
   empleado necesita oportunamente para que la relación laboral sea
   exitosa y no se deteriore.
   A continuación resumo las obligaciones laborales en cuanto a
   prestaciones sociales y horas Extras que no son más que beneficios
   legales que el empleador debe pagar a sus trabajadores
   adicionalmente al salario ordinario, para atender sus necesidades y el
   reconocimiento al aporte del empleado en la generación de ingresos y
   utilidad a la Empresa:

      FORMULAS PRESTACIONES SOCIALES, VACACIONES Y HORAS EXTRA

          Concepto                                          Liquidación
           Cesantía
Cesantías Retroactivas (Ley 50)
                                        (SALARIO MENSUAL (*) X DÍAS TRABAJADOS)
Liquidación anual (Consignación
en Fondos hasta el 14 de            ----------------------------------------------------------------
Febrero del siguiente año de su                                   360
liquidación.
   Intereses de Cesantías                  CESANTÍAS X DÍAS TRABAJADOS X 0.12
 En el mes de Enero hasta el        ----------------------------------------------------------------
           día 31.                                                360
     Prima de Servicios
     15 Días x Semestre              SALARIO MES(*) X DÍAS TRABAJADOS SEMESTRE
                                  --------------------------------------------------------------------
 30 de junio y 20 de Diciembre
     (Por cualquier tiempo                                        360
           trabajado)
         Vacaciones
 15 días hábiles de vacaciones       SALARIO MENSUAL BÁSICO X DÍAS TRABAJADOS
   por cada año de servicio.      -------------------------------------------------------------------
     (Por cualquier tiempo                                       720
           trabajado)
                                     Pueden ser pagados 7 días previa autorización del
     Vacaciones Pagadas
                                            Ministerio de la Protección Social.
Trabajo Nocturno
                                                      Hora ordinaria X 1.35
entre las 10 p.m. y las 6 a.m.
                                                     SALARIO DIARIO X 1.25
     Hora extra diurna              ----------------------------------------------------------------
Entre las 6 a.m. y las 10 p.m.                                     8
                                                    o = Hora ordinaria X 1.25
                                                     SALARIO DIARIO X 1.75
    Hora extra nocturna             ----------------------------------------------------------------
entre las 10 p.m. y las 6 a.m.                                     8
                                                    o = Hora ordinaria X 1.75
                                                     SALARIO DIARIO X 1.75
 Hora ordinaria dominical o         ----------------------------------------------------------------
          festivo                                                  8
                                                    o = Hora ordinaria X 1.75
                                                     SALARIO DIARIO X 2.00
    Hora extra diurna en            ----------------------------------------------------------------
     dominical o festivo                                           8
                                                      o = Hora ordinaria X 2
                                                     SALARIO DIARIO X 2.50
   Hora extra nocturna en           ----------------------------------------------------------------
     dominical o festivo                                           8
                                                     o = Hora ordinaria X 2,5
                                                        $ 50.800 (2007)
    Auxilio de Transporte
                                                       Hasta por 2 SMMLV
                                  12 Semanas de descanso remunerado a partir del día del
   Licencia de Maternidad
                                                         parto
                                  8 días hábiles de descanso remunerados a partir del día
   Licencia de Paternidad
                                                          del parto
                                 Dotación de Uniformes, 3 veces al año, a empleados que
    Uniformes y Calzado
                                               devenguen hasta 2 SSMLV.
 Indemnización (contrato a        El valor de los salarios que falten para la terminación del
      término fijo)                                         contrato
                                 Para salarios inferiores a 10 mínimos: 30 días por el primer
Indemnización ** (contrato
                                 año y 20 días por cada año siguiente o proporción. Más de
   a término indefinido)
                                   10 salarios mínimos: 20 días por el primer año y 15 por
                                           cada uno de los siguientes o proporción
(*) Cuando en la fórmula aparece SALARIO MENSUAL equivale al salario con todos los
factores que lo constituyen. Por ejemplo: auxilio de transporte.
(**) Para el caso de los trabajadores que llevaren 10 años o mas a 27 de diciembre de
2002 la indemnización se liquidará con la tabla anterior
   www.minproteccionsocial.gov.co
Pago de Aportes Parafiscales

     El empleador de la misma forma en que se inscribe ante la Seguridad
     Social debe deben inscribirse en una caja de compensación familiar la
     cual elige como la mejor alternativa para sus empleados en aspectos
     como recreación, capacitación e integración familiar, para lo cual debe
     pagar, dentro de los 10 primeros días de cada mes, una suma
     equivalente al 9% del monto de la nómina a una caja de compensación
     así: Sena 2%, ICBF    3%, CCF 4%.

     Con esta afiliación el trabajador tiene derecho a obtener subsidios en
     efectivo para sus hijos menores de edad, hijos minusvalidos, padres
     mayores de 60 años dependientes a nivel económicos del trabajador, así
     como servicios de capacitación, vivienda de Interés social, y recreación.
     De igual manera, los afiliados tendrán derecho a un subsidio de
     desempleo, manejado por las mismas cajas de compensación familiar,
     pero regulado y controlado por el gobierno.

     Como una gran responsabilidad hace parte también el reconocimiento a
11   la labor, el estimulo para lo cual se debe crear un plan de incentivos que
     permitan incrementar la fidelización del Recurso Humano, los esfuerzos
     para que los empleados sean más productivos, e incrementar el sentido
     de pertenencia para sus empresas.

     Crear un adecuado proceso disciplinario, como garantía al debido
12   proceso para actuar en caso de faltas a la disciplina del trabajador con el
     favorecimiento en caso de duda del trabajador, brindándole el derecho a
     la defensa con la exposición de sus motivos, el derecho de apelación,
     reposición y los demás que tanto el empleado como la Empresa
     considere necesarios.

     Obligación de respetar la intimidad y dignidad del trabajador:
13
     Guardar absoluto respeto a la dignidad personal del trabajador, a sus
     creencias y sentimientos. su sexo, estado civil, edad, raza, condición
     social, ideas políticas, afiliación o no a un sindicato o por razón de
     lengua, y mucho menos ser discriminados los trabajadores por razón de
     disfunciones físicas, psíquicas o sensoriales.

     Conceder al trabajador los permisos remunerados necesarios para el
14   ejercicio del sufragio; para el desempeño de cargos oficiales transitorios
     de forzosa aceptación; en caso de grave calamidad doméstica
     debidamente comprobada; para desempeñar comisiones sindicales o
     ejercitar el derecho de asociación sindical, o para asistir a la inhumación
del cadáver de un compañero de trabajo, siempre que avise con
     anterioridad no inferior a seis (6) horas, salvo que se trate de calamidad
     doméstica.

     Expedir para el trabajador en la terminación de su contrato, una
     certificación en que conste el tiempo de servicio, el cargo y el salario
15
     devengado, y hacerle practicar un examen médico de retiro y darle una
     certificación sobre el particular. El trabajador tendrá cinco (5) días
     hábiles para el examen médico de retiro a partir del día siguiente de
     haber recibido la orden correspondiente.


     Las obligaciones del Empresario frente a sus empleados son un tema, de
     amplio contenido, el cual puede variar de acuerdo a cada una de las
     situaciones presentadas al interior de las empresas, como prestaciones
     extralegales, permisos y licencias especiales entre otras establecidas por
     pactos o convenciones colectivas, sindicatos y asociaciones.

     De su cumplimiento se deriva el éxito en las relaciones laborales, la
     tranquilidad del empresario en su buen obrar sin temores a sanciones y
     demandas, todo esto representa una gran sinergia que conlleva a la
     Organización a reflejar en su entorno, la excelente gestión, y el óptimo
     clima organizacional, para ser modelo de una eficiente administración

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Lopcymat
LopcymatLopcymat
Lopcymatjakcer
 
Taller academico de Salud ocupacional
Taller academico de Salud ocupacionalTaller academico de Salud ocupacional
Taller academico de Salud ocupacionalandortizco
 
Cartilla
Cartilla Cartilla
Cartilla anaid19
 
Presentación ley 1562 del 2012
Presentación ley 1562 del 2012Presentación ley 1562 del 2012
Presentación ley 1562 del 2012Karen Feria
 
Cartilla RIESGOS LABORALES y SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN...
Cartilla RIESGOS LABORALES y SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN...Cartilla RIESGOS LABORALES y SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN...
Cartilla RIESGOS LABORALES y SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN...anaid19
 
Decreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012 Danilo Mayag
Decreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012 Danilo MayagDecreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012 Danilo Mayag
Decreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012 Danilo MayagDanilo Mayag
 
Normas de Salud Ocupacional
Normas de Salud OcupacionalNormas de Salud Ocupacional
Normas de Salud OcupacionalSST299626
 
Orientación en Prevención de Riesgos_2005
Orientación en Prevención de Riesgos_2005Orientación en Prevención de Riesgos_2005
Orientación en Prevención de Riesgos_2005Javier Carranza
 
Sistema de riesgos profesionales
Sistema de riesgos profesionalesSistema de riesgos profesionales
Sistema de riesgos profesionaleszeratul sandoval
 
Jaime Peirano
Jaime PeiranoJaime Peirano
Jaime PeiranoMariana
 

La actualidad más candente (16)

Resolucion652de2012
Resolucion652de2012Resolucion652de2012
Resolucion652de2012
 
Lopcymat
LopcymatLopcymat
Lopcymat
 
Taller academico de Salud ocupacional
Taller academico de Salud ocupacionalTaller academico de Salud ocupacional
Taller academico de Salud ocupacional
 
Cartilla de-riesgos-laborales-para-trabajadores
Cartilla de-riesgos-laborales-para-trabajadoresCartilla de-riesgos-laborales-para-trabajadores
Cartilla de-riesgos-laborales-para-trabajadores
 
Sgrl ley 1562
Sgrl ley 1562Sgrl ley 1562
Sgrl ley 1562
 
Cartilla
Cartilla Cartilla
Cartilla
 
Presentación ley 1562 del 2012
Presentación ley 1562 del 2012Presentación ley 1562 del 2012
Presentación ley 1562 del 2012
 
Cartilla RIESGOS LABORALES y SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN...
Cartilla RIESGOS LABORALES y SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN...Cartilla RIESGOS LABORALES y SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN...
Cartilla RIESGOS LABORALES y SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN...
 
Decreto 1530 de 1996
Decreto 1530 de 1996Decreto 1530 de 1996
Decreto 1530 de 1996
 
Decreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012 Danilo Mayag
Decreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012 Danilo MayagDecreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012 Danilo Mayag
Decreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012 Danilo Mayag
 
Normas de Salud Ocupacional
Normas de Salud OcupacionalNormas de Salud Ocupacional
Normas de Salud Ocupacional
 
Orientación en Prevención de Riesgos_2005
Orientación en Prevención de Riesgos_2005Orientación en Prevención de Riesgos_2005
Orientación en Prevención de Riesgos_2005
 
Sistema de riesgos profesionales
Sistema de riesgos profesionalesSistema de riesgos profesionales
Sistema de riesgos profesionales
 
Jaime Peirano
Jaime PeiranoJaime Peirano
Jaime Peirano
 
Ensayo LOPCYMAT
Ensayo LOPCYMATEnsayo LOPCYMAT
Ensayo LOPCYMAT
 
Analisis lopcymat
Analisis lopcymatAnalisis lopcymat
Analisis lopcymat
 

Destacado

Destacado (6)

El exito es una decisión
El exito es una decisiónEl exito es una decisión
El exito es una decisión
 
Informe final en word
Informe final en wordInforme final en word
Informe final en word
 
INFORME TÉCNICO DE LIZ JANET HIBARRA PAUCAR
INFORME TÉCNICO DE LIZ JANET HIBARRA PAUCARINFORME TÉCNICO DE LIZ JANET HIBARRA PAUCAR
INFORME TÉCNICO DE LIZ JANET HIBARRA PAUCAR
 
Modelo informe perfil sociodemografico
Modelo   informe perfil sociodemograficoModelo   informe perfil sociodemografico
Modelo informe perfil sociodemografico
 
Modelo de-informe-de-actividades
Modelo de-informe-de-actividadesModelo de-informe-de-actividades
Modelo de-informe-de-actividades
 
Modelo de informe de actividades
Modelo de informe de actividadesModelo de informe de actividades
Modelo de informe de actividades
 

Similar a Trabajo walter ob

Similar a Trabajo walter ob (20)

Lopcymat
LopcymatLopcymat
Lopcymat
 
Seguridad social lopcymat
Seguridad social lopcymatSeguridad social lopcymat
Seguridad social lopcymat
 
Blog saludocupacional javier vargas
Blog saludocupacional javier vargasBlog saludocupacional javier vargas
Blog saludocupacional javier vargas
 
Lopcymat
LopcymatLopcymat
Lopcymat
 
Copaso responsabilid y sanciones en salud ocupacional
Copaso responsabilid y sanciones en salud ocupacionalCopaso responsabilid y sanciones en salud ocupacional
Copaso responsabilid y sanciones en salud ocupacional
 
Ensayolopcymat
EnsayolopcymatEnsayolopcymat
Ensayolopcymat
 
Ensayolopcymat
EnsayolopcymatEnsayolopcymat
Ensayolopcymat
 
Ara
AraAra
Ara
 
Blog salud ocupacional javier vargas
Blog salud ocupacional javier vargasBlog salud ocupacional javier vargas
Blog salud ocupacional javier vargas
 
Ara
AraAra
Ara
 
Comité paritario de salud ocupacional
Comité paritario de salud ocupacionalComité paritario de salud ocupacional
Comité paritario de salud ocupacional
 
Salud ocupacional
Salud ocupacionalSalud ocupacional
Salud ocupacional
 
Lopcymat
LopcymatLopcymat
Lopcymat
 
PRESENTACION LEY 1562 - 12.pptx
PRESENTACION LEY 1562 - 12.pptxPRESENTACION LEY 1562 - 12.pptx
PRESENTACION LEY 1562 - 12.pptx
 
Ensayo lopcymat
Ensayo lopcymatEnsayo lopcymat
Ensayo lopcymat
 
Lopcymat
LopcymatLopcymat
Lopcymat
 
Lopcymat
Lopcymat Lopcymat
Lopcymat
 
La Lopcymat vigente, posee un reglamento,_2.ppt
La Lopcymat vigente, posee un reglamento,_2.pptLa Lopcymat vigente, posee un reglamento,_2.ppt
La Lopcymat vigente, posee un reglamento,_2.ppt
 
Seguridad industrial. eslideshare adriana leon.
Seguridad industrial. eslideshare  adriana leon.Seguridad industrial. eslideshare  adriana leon.
Seguridad industrial. eslideshare adriana leon.
 
Cartilla riegos laborales
Cartilla riegos laboralesCartilla riegos laborales
Cartilla riegos laborales
 

Trabajo walter ob

  • 1. INFORME OBLIGACIONES LABORALES QUE SE GENERAN PARA EL EMPRESARIO. POR: Walter ortiz UNIVERSIDAD UDI 2011
  • 2. OBLIGACIONES LABORALES QUE SE GENERAN PARA EL EMPRESARIO La obligación laboral de todo empresario nace en el instante mismo en que inicia su relación con el empleado a través de la celebración del Contrato de trabajo, este marcado por la legislación laboral Colombiana, con el único propósito de hacer efectiva la protección constitucional a que tiene derecho todo trabajador, a garantizarle el equilibrio económico y social justo e igualitario bajo su condición de empleado. Haciendo un repaso en el tema estudiado en Derecho laboral defino las obligaciones laborales de la siguiente manera: Como Obligaciones Laborales a cargo del empresario tenemos: 1. Antes de formalizar cualquier tipo de vinculación, como 1 Empleador se debe brindar al trabajador una información clara acerca de las condiciones de su contratación, de sus derechos, sus deberes y demás, para darle inicio a una relación laboral honesta, con una comunicación asertiva y de beneficio mutuo. Iniciar esta relación mediante el acuerdo voluntario de las partes 2 con unas responsabilidades claras por las los dos, del lado del empleado de prestar un servicio personal bajo una continuada subordinación, con la justa remuneración y por parte del empresario con todas las mencionadas en este informe. Cumplir con la obligación de ocupar efectivamente al trabajador, 3 indicando la realización de una actividad, adecuada a su categoría profesional y poner a disposición de los trabajadores, los instrumentos adecuados, los materiales y las materias primas necesarias para la realización de las labores. Para esta obligación Es indispensable dotar de las herramientas e instrumentos necesarios para el desarrollo de las funciones a cada empleado, para que facilite el cumplimiento de sus funciones para que puedan ser realizadas de una manera óptima, eficiente y sin problemas a la hora de excusarse de no haber realizado determinada tarea por no tener las herramientas necesarias. Para cumplir con esta obligación pienso que debe hacerse como en la mayoría de las Empresas, un inventario por escrito de todo equipo, mueble, materia prima, utensilio, herramienta y demás materiales, que se le asignan al empleado para el normal funcionamiento de su cargo, asignando responsabilidad a este
  • 3. para con la Empresa, en el cuidado, mantenimiento, e informe ante cualquier novedad. Así el empleador cumple con su obligación, y el empleado adquiere su responsabilidad ante el cuidado y buen uso de su equipo de trabajo. Brindarle al empleado desde el momento inicial de su contrato una 4 adecuada Inducción tanto para el desempeño de sus funciones como lo mencionaba anteriormente de acuerdo a sus capacidades, como para los demás procesos de la Empresa, darle a conocer el reglamento Interno, los estatutos que serán las directrices a seguir, compañeros y todo lo que se considere necesario, para que el empleado se sienta ubicado, y con la confianza necesaria al conocer parte de esta gran familia con la cual empieza su nueva relación. En los pasos anteriormente vistos veíamos como a la hora de 5 conformar una Empresa una de los trámites importantes era realizar la inscripción como empresario en el régimen del sistema de la Seguridad Social para cumplir a la hora de la Contratación del Recurso Humano con la responsabilidad de la afiliación inmediata, para que el empleado pueda recibir una oportuna atención médica para la prevención, cuidado o tratamiento de su salud y la de su grupo familiar, Con esta obligación el empresario debe comprometerse a cumplir con el pago integral mensualmente del porcentaje correspondiente de cada una de las partes, procurando no correr el riesgo por el no pago de dos o más cotizaciones periódicas, que implicaría, además de las sanciones legales, de los costos de intereses por mora, la desafiliación automática del Sistema General de Seguridad social, quedando a cargo del empleador la responsabilidad del cubrimiento de los riesgos de sus empleados. Para cumplir con esta obligación, debemos tener en cuenta que al iniciar un contrato laboral, el empleador está en la obligación de realizar la afiliación del trabajador y sus beneficiarios, al sistema de salud (EPS), pensión (AFP), riesgos profesionales (ARP). De acuerdo con la ley laboral para el año 2.007 es el siguiente: Salud (EPS): Mensualmente se paga a la entidad el 12.5% del salario del trabajador, del cuál, 8.5% lo paga el empleador y 4% el trabajador. El sistema cubrirá las contingencias que afectan la salud del trabajador y de su familia las contempladas en el
  • 4. programa de atención denominado Plan Obligatorio de Salud (POS) y la maternidad. Pensión: El sistema cubre los riesgos de invalidez, vejez y muerte por causa común, y tiene dos regímenes independientes. Uno administrado por el Instituto de Seguros Sociales (ISS) que maneja un fondo común y otro de capitalización individual a cargo de las administradoras de fondos de pensiones. La contribución a cualquiera de estos regímenes es del 15,5% del salario mensual del empleado, del cuál, 11.625% lo paga el empleador y 3.875% el trabajador. Riesgos Profesionales (ARP): Este sistema cubre las contingencias que afectan la salud del trabajador por causa de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, e igualmente las pensiones por invalidez y muerte generadas por tales enfermedades. Cada empresa se encuentra clasificada en un nivel de riesgo según su actividad económica y las labores desempeñadas por los trabajadores, el total del aporte por este concepto está a cargo del empleador y su monto depende del grado de riesgo laboral generado en la actividad de la empresa y del cumplimiento de las normas de seguridad industrial. El rango de cotización va desde el 0,5% hasta el 8,7%. Las Obligaciones concretas del empleador frente al sistema de seguridad social son:  La afiliación de todos sus empleados.  Pagar la totalidad de la cotización de los trabajadores a su servicio.  Trasladar el monto de las cotizaciones a las entidades correspondientes, dentro de los plazos señalados.  Procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores y de los ambientes de trabajo.  Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del programa de salud ocupacional de la empresa, y procurar su financiación.  Notificar a la entidad administradora a la que se encuentre afiliado, los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.  Informar a las entidades administradoras (EPS, ARP Y AFP) las novedades laborales de sus trabajadores, incluido el nivel de ingreso y sus cambios, las vinculaciones y retiros.
  • 5. Al estar protegido el trabajador la Empresa podrá estar tranquila, de posibles demandas, multas, o pagos de indemnizaciones por no cumplir con esta obligación. Creación de unos estatutos y/o Reglamento Interno: 6 En donde todas las políticas de la Organización queden claramente definidas, en temas como permisos, licencias, asignaciones, derechos y deberes. Dotar de los elementos adecuados de protección contra los 7 accidentes y enfermedades y cumplir con las normas de seguridad industrial, higiene en el trabajo y medicina laboral. Como cumplirlo? La resolución 2013 de 1986 resuelve que todas las empresas e instituciones públicas o privadas que tengan a su servicio 10 o más trabajadores, están obligadas a conformar un Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO).  Con el apoyo en la creación, conformación y gestión de este Comité Paritario de Salud, como empleador permitiría que la Empresa ideara los mecanismos bajo los cuales se dé cumplimiento a esta obligación, en proveer a los empleados de todos los equipos necesarios para su protección personal. Además por medio de este comité detectar los posibles riesgos de accidente laboral, enfermedad profesional que puedan presentarse, con el ánimo de prevenir en lo posible dichas situaciones.  Registrar ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social el comité paritario de salud ocupacional.  Generando acciones de motivación a través de mecanismos de Sensibilización al tema de la salud ocupacional, que generen el interés de los trabajadores en participar en este comité.  Solicitar Capacitaciones periódicas por parte de la ARP, para la concientización del cuidado de la Integridad Física mediante el uso de los equipos de protección, de los distintos riesgos a que se esta expuesto, en como prevenirlos, y los pasos a seguir en el caso de presentarse algún tipo de accidente etc.  Dentro del reglamento interno de trabajo exigir el uso de los equipos de protección en las distintas funciones, o de lo contrario fijar sanciones hasta de suspensión temporal por no cumplir con esta exigencia.
  • 6. Prestar inmediatamente los primeros auxilios en casos de 8 accidente o de enfermedad del trabajador.  Dentro de esta obligación pienso que le COPASO, seria un gran apoyo, para este tipo de novedades, pues este Comité estará capacitado para brindar una atención Inicial de primeros auxilios, mientras el trabajador es desplazado al centro de atención médico mas cercano.  Como mínimo dentro de la Empresa tener dotado un botiquín de primeros auxilios, con los suministros básicos para atender. Pequeñas molestias a la salud. Obligación de favorecer la promoción y formación profesional 9 en el trabajo: Como cumplirlo?  Para cumplir esta obligación el empresario debe otorgar los permisos necesarios para que el trabajador pueda acudir a exámenes pendientes para a obtención de un título académico o profesional, realizar las oportunas adaptaciones de la jornada de trabajo para permitir la asistencia del trabajador a cursos de formación o, en su caso, conceder el permiso oportuno (con reserva de puesto de trabajo) para la formación o perfeccionamiento profesional del trabajador.  Desde ningún punto de vista negar la posibilidad para que los empleados superen sus capacidades intelectuales, su deseo de superación profesional, brindándoles la oportunidad flexibilizando sus horarios, con un compromiso del empleado en seguir cumpliendo con sus obligaciones, y de no disminuir su ritmo, ni su productividad.  Fijar un plan de capacitaciones, en donde se brinde la oportunidad a todos los empleados de instruirse principalmente en todo lo relacionado con su cargo, en temas de formación personal, entre otras que vayan de la mano con las políticas institucionales en beneficio del trabajador y su familia.  En el caso de cubrir vacantes en la Empresa, brindarle la primera oportunidad a los empleados vinculados, para que puedan ascender dentro de su desarrollo profesional y laboral. Pagar la remuneración pactada en las condiciones, períodos 10 y lugares convenidos, al igual que las prestaciones e indemnizaciones a que tenga derecho el trabajador.
  • 7. El salario es una de las determinantes en un contrato laboral, a la vez se convierte en una de los principales motivadores en la ejecución de las funciones de todo trabajador, ya que de el depende su sustento, su calidad de vida y la de su familia. El Empresario esta bajo la responsabilidad de pagar la remuneración pactada, establecida en el contrato más todo lo contemplado en el como el reconocimiento a las horas extras, recargos y festivos con su respectiva compensación. A respetar el debido descanso de los trabajadores con la duración máxima de los turnos de su labor. Fuera de constituir una obligación, es parte vital del incentivo que el empleado necesita oportunamente para que la relación laboral sea exitosa y no se deteriore. A continuación resumo las obligaciones laborales en cuanto a prestaciones sociales y horas Extras que no son más que beneficios legales que el empleador debe pagar a sus trabajadores adicionalmente al salario ordinario, para atender sus necesidades y el reconocimiento al aporte del empleado en la generación de ingresos y utilidad a la Empresa: FORMULAS PRESTACIONES SOCIALES, VACACIONES Y HORAS EXTRA Concepto Liquidación Cesantía Cesantías Retroactivas (Ley 50) (SALARIO MENSUAL (*) X DÍAS TRABAJADOS) Liquidación anual (Consignación en Fondos hasta el 14 de ---------------------------------------------------------------- Febrero del siguiente año de su 360 liquidación. Intereses de Cesantías CESANTÍAS X DÍAS TRABAJADOS X 0.12 En el mes de Enero hasta el ---------------------------------------------------------------- día 31. 360 Prima de Servicios 15 Días x Semestre SALARIO MES(*) X DÍAS TRABAJADOS SEMESTRE -------------------------------------------------------------------- 30 de junio y 20 de Diciembre (Por cualquier tiempo 360 trabajado) Vacaciones 15 días hábiles de vacaciones SALARIO MENSUAL BÁSICO X DÍAS TRABAJADOS por cada año de servicio. ------------------------------------------------------------------- (Por cualquier tiempo 720 trabajado) Pueden ser pagados 7 días previa autorización del Vacaciones Pagadas Ministerio de la Protección Social.
  • 8. Trabajo Nocturno Hora ordinaria X 1.35 entre las 10 p.m. y las 6 a.m. SALARIO DIARIO X 1.25 Hora extra diurna ---------------------------------------------------------------- Entre las 6 a.m. y las 10 p.m. 8 o = Hora ordinaria X 1.25 SALARIO DIARIO X 1.75 Hora extra nocturna ---------------------------------------------------------------- entre las 10 p.m. y las 6 a.m. 8 o = Hora ordinaria X 1.75 SALARIO DIARIO X 1.75 Hora ordinaria dominical o ---------------------------------------------------------------- festivo 8 o = Hora ordinaria X 1.75 SALARIO DIARIO X 2.00 Hora extra diurna en ---------------------------------------------------------------- dominical o festivo 8 o = Hora ordinaria X 2 SALARIO DIARIO X 2.50 Hora extra nocturna en ---------------------------------------------------------------- dominical o festivo 8 o = Hora ordinaria X 2,5 $ 50.800 (2007) Auxilio de Transporte Hasta por 2 SMMLV 12 Semanas de descanso remunerado a partir del día del Licencia de Maternidad parto 8 días hábiles de descanso remunerados a partir del día Licencia de Paternidad del parto Dotación de Uniformes, 3 veces al año, a empleados que Uniformes y Calzado devenguen hasta 2 SSMLV. Indemnización (contrato a El valor de los salarios que falten para la terminación del término fijo) contrato Para salarios inferiores a 10 mínimos: 30 días por el primer Indemnización ** (contrato año y 20 días por cada año siguiente o proporción. Más de a término indefinido) 10 salarios mínimos: 20 días por el primer año y 15 por cada uno de los siguientes o proporción (*) Cuando en la fórmula aparece SALARIO MENSUAL equivale al salario con todos los factores que lo constituyen. Por ejemplo: auxilio de transporte. (**) Para el caso de los trabajadores que llevaren 10 años o mas a 27 de diciembre de 2002 la indemnización se liquidará con la tabla anterior www.minproteccionsocial.gov.co
  • 9. Pago de Aportes Parafiscales El empleador de la misma forma en que se inscribe ante la Seguridad Social debe deben inscribirse en una caja de compensación familiar la cual elige como la mejor alternativa para sus empleados en aspectos como recreación, capacitación e integración familiar, para lo cual debe pagar, dentro de los 10 primeros días de cada mes, una suma equivalente al 9% del monto de la nómina a una caja de compensación así: Sena 2%, ICBF 3%, CCF 4%. Con esta afiliación el trabajador tiene derecho a obtener subsidios en efectivo para sus hijos menores de edad, hijos minusvalidos, padres mayores de 60 años dependientes a nivel económicos del trabajador, así como servicios de capacitación, vivienda de Interés social, y recreación. De igual manera, los afiliados tendrán derecho a un subsidio de desempleo, manejado por las mismas cajas de compensación familiar, pero regulado y controlado por el gobierno. Como una gran responsabilidad hace parte también el reconocimiento a 11 la labor, el estimulo para lo cual se debe crear un plan de incentivos que permitan incrementar la fidelización del Recurso Humano, los esfuerzos para que los empleados sean más productivos, e incrementar el sentido de pertenencia para sus empresas. Crear un adecuado proceso disciplinario, como garantía al debido 12 proceso para actuar en caso de faltas a la disciplina del trabajador con el favorecimiento en caso de duda del trabajador, brindándole el derecho a la defensa con la exposición de sus motivos, el derecho de apelación, reposición y los demás que tanto el empleado como la Empresa considere necesarios. Obligación de respetar la intimidad y dignidad del trabajador: 13 Guardar absoluto respeto a la dignidad personal del trabajador, a sus creencias y sentimientos. su sexo, estado civil, edad, raza, condición social, ideas políticas, afiliación o no a un sindicato o por razón de lengua, y mucho menos ser discriminados los trabajadores por razón de disfunciones físicas, psíquicas o sensoriales. Conceder al trabajador los permisos remunerados necesarios para el 14 ejercicio del sufragio; para el desempeño de cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación; en caso de grave calamidad doméstica debidamente comprobada; para desempeñar comisiones sindicales o ejercitar el derecho de asociación sindical, o para asistir a la inhumación
  • 10. del cadáver de un compañero de trabajo, siempre que avise con anterioridad no inferior a seis (6) horas, salvo que se trate de calamidad doméstica. Expedir para el trabajador en la terminación de su contrato, una certificación en que conste el tiempo de servicio, el cargo y el salario 15 devengado, y hacerle practicar un examen médico de retiro y darle una certificación sobre el particular. El trabajador tendrá cinco (5) días hábiles para el examen médico de retiro a partir del día siguiente de haber recibido la orden correspondiente. Las obligaciones del Empresario frente a sus empleados son un tema, de amplio contenido, el cual puede variar de acuerdo a cada una de las situaciones presentadas al interior de las empresas, como prestaciones extralegales, permisos y licencias especiales entre otras establecidas por pactos o convenciones colectivas, sindicatos y asociaciones. De su cumplimiento se deriva el éxito en las relaciones laborales, la tranquilidad del empresario en su buen obrar sin temores a sanciones y demandas, todo esto representa una gran sinergia que conlleva a la Organización a reflejar en su entorno, la excelente gestión, y el óptimo clima organizacional, para ser modelo de una eficiente administración