2. EL LOPCYMAT
El LOPCYMAT o ley orgánica de prevención condiciones y medios
ambientales, es una ley obligatoria que se encarga de desarrollar los
derechos constitucionales de los trabajadores, como poseer adecuadas
condiciones de seguridad y medio ambiente del trabajo. Rige las
relaciones jurídicas entre las personas que se encuentran bajo régimen
de prestación de seguridad salud en el trabajo en concordancia con lo
establecido en (LOSSS), del régimen prestacional de seguridad y salud
en el trabajo y la constitución nacional.
Publicada en Gaceta Oficial No. 38236 del 26 de Julio de 2005 Sustituye
la ley anterior del 18 de Junio de 1986 Reglamento Parcial de la
LOPCYMAT ( Gaceta Oficial No. 38596 de fecha 03 de Enero de 2007
3. Objetivos de la ley
Establecer las instituciones, normas y lineamientos de las
políticas, y los órganos y entes que permitan garantizar a los
trabajadores y trabajadoras, condiciones de seguridad, salud
y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio
para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales,
mediante la promoción del trabajo seguro y saludable, la
prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades
ocupacionales, la reparación integral del daño sufrido y la
promoción e incentivo al desarrollo de programas para la
recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo
social.
4. La lopcymat y los deberes y derechos
de los trabajadoresLa lopcymat en los artículos 53 y 54 hace énfasis a los derechos y deberes de los trabajadores .En
el articulo 53 esta ley menciona que todo los trabajadores tienen derecho a desarrollar sus
labores en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el pleno ejercicio de sus facultades
físicas y mentales, y que garantice condiciones de seguridad, salud, y bienestar adecuadas . Así
como también hace referencia a que los trabajadores tienen el derecho a ser informados, con
carácter previo al inicio de su actividad, las condiciones en que ésta se van a desarrollar , el área
en el que va a realizar su actividad laboral y los daños que dicha actividad puede traer a su salud y
como pueden prevenir las enfermedades ocupacionales en esa área pero no solo eso este articulo
también menciona que los trabajadores pueden negarse a hacer su trabajo si el área no esta en
condiciones dignas y si representa un alto riesgo para su integridad y si es forzado a hacerlo
puede ir y formular una denuncia ante el Comité de Seguridad y Salud Laboral los trabajadores
también tienen el derecho y el deber de acompañar a los funcionarios o funcionarias de
inspección cuando éstos realicen su labor inspectora en la empresa, si el trabajador por razones
de salud o dichas razones no puede realizar su trabajo puede Ser reubicado de su puesto a uno
que se le haga mas cómodo y por ultimo sobre lo mas resaltante de este articulo los trabajadores
deben Recibir oportunamente las prestaciones e indemnizaciones
5. Deberes de los trabajadores
Así como los trabajadores tienen derechos también tienen deberes que cumplir
en su área de trabajo y en la empresa porque para exigir sus derechos tienen que
cumplir con sus deberes tal y cual como se les especifica en su contrato de trabajo
también deben mantener el orden y en aptas condiciones su área de trabajo, el
trabajador por su bienestar y el de la empresa debe Usar en forma correcta y
mantener en buenas condiciones los equipos de protección personal de acuerdo
a las instrucciones recibidas dando cuenta inmediata al responsable de su
suministro o mantenimiento, de la pérdida, deterioro, vencimiento, o mal
funcionamiento de los mismos. Así como también deben respetar Cumplir con las
instrucciones del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo establecido por la
empresa , los supervisores de área deben encargarse de que se cumplan las
normas impuestas por la empresa , vigilar y estar pendiente de el grupo que esta
bajo su responsabilidad y mantener un respeto hacia el personal a su mando ya
que es necesario el respeto para que se cumplan dichas normas.
6. La lopcymat y los deberes y derechos de
los empleadores
Tal y como los trabajadores los empleadores también tienen derechos y
deberes que se deben cumplir y están especificados en los artículos 55 y 56
referente a los derechos tenemos que les pueden Exigir a los trabajadores y
trabajadoras el uso adecuado y mantener en buenas condiciones de
funcionamiento todas las maquinarias y las áreas de trabajo , los equipos
de protección de personal suministrados , el respeto hacia las carteleras
informativas y de prevención que estén en su área de trabajo . Si el
empleado no cumple ninguno de sus deberes el empleador puede ir ante
el Comité de Seguridad y Salud Laboral y solicitar la amonestación de dicho
trabajador .Por ultimo el empleador tiene derecho a exigirle a el empleado
que se abstenga de realizar actos o incurrir en conductas que puedan
perjudicar el buen funcionamiento del Régimen Prestacional de Seguridad
y Salud en el Trabajo
7. deberes de los empleadores
Son deberes de los empleadores y empleadoras, adoptar las medidas
necesarias para garantizar a los trabajadores y trabajadoras
condiciones de salud, higiene, seguridad y bienestar en el trabajo, así
como programas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso
y turismo social e infraestructura para su desarrollo en los términos
previstos en la presente Ley y en los tratados internacionales suscritos
por la República, en las disposiciones legales y reglamentarias que se
establecieren, así como en los contratos individuales de trabajo y en
las convenciones colectivas.
8. Delegados de prevención
constituyen una representación autónoma en materia de salud
laboral en todas las empresas con más de 5 trabajadores. Estos son
autónomos es decir, pueden ejercer sus funciones por sí mismos. Es
una forma óptima de representación sindical de los trabajadores .
Cada empresa esta en la obligación de tener delegados de prevención
y depende al numero de empleados saldrá el numero de delegados.
9. Atribuciones de los delegados
Tal cual como lo dice la ley los delegados en el ámbito laboral tienen muchas
atribuciones aquí las mas resaltantes
1. Recibir las denuncias relativas a las condiciones y medio ambiente de trabajo y
a los programas e instalaciones para la recreación, utilización del tiempo libre y
descanso que formulen los trabajadores con el objeto de tramitarlas ante el
Comité de Seguridad y Salud Laboral para su solución.
2. Participar conjuntamente con el empleador o empleadora y sus representantes
en la mejora de la acción preventiva y de promoción de la salud y seguridad en el
trabajo.
3. Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores y trabajadoras en la
ejecución de la normativa sobre condiciones y medio ambiente de trabajo.
4. Coordinar con las organizaciones sindicales, las acciones de defensa,
promoción, control y vigilancia de la seguridad y salud en el trabajo.
10. Funciones de los delegados
La función mas importante del delegado de prevención, es el control
de las condiciones de trabajo desde el punto de vista de la salud de
los trabajadores. Este cargo exige algunos conocimientos técnicos,
pero, sobre todo, requiere mucho entusiasmo; el delegado de
prevención debe ser un verdadero activista de la salud laboral. Y para
poder realizar un buen trabajo debe tener conocimiento de todas las
leyes que amparan la salud de los trabajadores , saberse expresar en
publico , estar presente en el momento de las inspecciones , y por
ultimo si el empleador no cumple sus deberes el delegado esta en la
obligación de demandarlo.
11. Periodo de vigencia y elecciones
de los delegados
El delegado de prevención durará dos (2) años en sus funciones,
pudiendo ser reelecto por períodos iguales. De igual modo, podrá ser
revocado si no cumple con su trabajo . Para elegir a los delegados el
primer paso es notificárselo al Inspector del Trabajo y las elecciones
deben realizarse en un lapso no mayor a treinta (30) días a partir de la
notificación
12. Comité de Seguridad y Salud
Laboral
Es un órgano paritario y colegiado de participación destinado a la
consulta regular y periódica de las políticas, programas y actuaciones
en materia de seguridad y salud en el trabajo. El Comité estará
conformado por los delegados o delegadas de prevención, de una
parte y por el empleador , o sus representantes en número igual al de
los delegados de prevención, de la otra. El Comité de Seguridad y
Salud Laboral debe registrarse y presentar informes periódicos de sus
actividades ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y
Seguridad Laborales.
13. Atribuciones del comité
1-Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación
del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo. A tal efecto, en su seno
considerará, antes de su puesta en práctica y en lo referente a su incidencia
en la seguridad y salud en el trabajo, los proyectos en materia de
planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas
tecnologías, organización y desarrollo de las actividades de promoción,
prevención y control, así como de recreación, utilización del tiempo libre,
descanso, turismo social, y dotación, mantenimiento y protección de la
infraestructura de las áreas destinadas para esos fines, y del proyecto y
organización de la formación en la materia.
2- Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para el control
efectivo de las condiciones peligrosas de trabajo, proponiendo la mejora de
los controles existentes o la corrección de las deficiencias detectadas.
14. Funciones del comité
Entre las funciones mas resaltantes del comité tenemos las siguientes :
a.Promover iniciativas sobre procedimientos para la efectiva prevención de riesgos,
pudiendo colaborar en la corrección de las deficiencias existentes.
b.Investigar objetivamente las causas que motivaron los accidentes de trabajo y las
enfermedades profesionales, proponiendo las medidas de seguridad necesarias para
evitar su repetición; en caso que el empleador no atienda las recomendaciones
emitidas por el comité, cualquier interesado podrá informarlo a la Dirección General de
Previsión Social, quien deberá dirimir dicha controversia mediante la práctica de la
correspondiente inspección en el lugar de trabajo.
c.Proponer al empleador, la adopción de medidas de carácter preventivo, pudiendo a
tal fin efectuar propuestas por escrito.
d.Instruir a los trabajadores y trabajadoras sobre los riesgos propios de la actividad
laboral, observando las acciones inseguras y recomendando métodos para superarlas.
El comité también será responsable de los delegados de prevención ,sindicatos y
trabajadores en general
15. Periodo de vigencia del comité
La duración del Comité de Seguridad y Salud Laboral, como órgano, es
indefinida, salvo en algunos casos ejemplo el caso de aquellas empresas o
centros de trabajo destinados a la ejecución de un contrato para una obra
o servicio a tiempo determinado
Si la obra o el servicio se extendiere más allá de la fecha prevista para la
culminación, se deberá actualizar el registro del Comité mediante formato
elaborado por el Inpsasel, dentro de los diez (10) días hábiles de la
extensión de la obra.
El Comité se organizará de forma democrática, teniendo todos los
integrantes los mismos derechos y jerarquías, independientemente de su
condición de trabajadores o trabajadoras, por una parte, y representantes
del patrono,por la otra
16. Elecciones del comité
Para la constitución del Comité se requiere la presencia de los delegados de prevención elegidos
para integrar el Comité y los representantes designados por el patrono . De este acto formal se
debe emitir un acta constitutiva y estatutos establecidos por el Inpsasel, el cual debe contener:
1. Lugar, día, fecha y hora de la constitución del Comité
2. Identificación de las partes que lo integran (nombre, apellido, cédula de identidad e indicación
de la parte representada)
3. Denominación o nombre del Comité
4. Atribuciones y facultades
5. Organización
6. Normas sobre reuniones
7. Modalidades de toma de decisiones
8. Procedimiento para la reforma del estatuto
17. No podrán ser integrantes del Comité de Seguridad y Salud Laboral, el
personal adscrito al Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de la
organización, a fin de asegurar la autonomía e independencia que
deben gozar respecto a las partes que integran el Comité. El patrono
debe convocar a la primera reunión para constituir formalmente el
Comité el día hábil siguiente, una vez designados sus representantes .
En esta reunión se acordará la denominación del Comité, nombre del
centro de trabajo y ubicación geográfica.