2. A continuación en el presente ensayo se explica y analiza un tema de gran importancia como lo es la
LOPCYMAT y sus artículos que hacen referencia a todo lo relacionado con la higiene y seguridad
industrial, tanto para el empleado como para el empleador, por ello, para quienes no tengan gran
conocimiento del tema, se comienza por explicar o definir ¿Que se entiende por LOPCYMAT?
Entendiéndose ésta como, Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.
Ésta misma se da a conocer por medio de su publicación en Gaceta Oficial n°38236 de fecha 26 de
Julio del año 2005, siendo ésta sustituyente de la Ley anterior de 18 de Junio de 1986, la cual se rige
también en compañía de un Reglamento Parcial (Gaceta Oficial n°38596, de fecha 03 de Enero de
2007).
En cuanto a sus aspectos legales se refiere, es importante analizar los principales objetivos de la
presente ley que se estudia (LOPCYMAT), siendo estos garantizar a los trabajadores permanentes y
ocasionales la mayor condición de seguridad, salud y bienestar laboral, en un medio ambiente de
trabajo adecuado y que se adapte a las facultades físicas y mentales del trabajador para el buen
funcionamiento y desarrollo de su trabajo.
Es importante destacar qué, ésta Ley aplica a empresas y empleados de dominio público, privado y
cooperativas, tomando en cuenta también a los trabajadores domésticos, de conserjería y de otras
formas asociativas de carácter productivo con o sin fines de lucro. Así mismo se excluye de esta Ley,
los miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana según el artículo 382 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela
3. Junto a LOPCYMAT se aplica su Reglamento, el cual se enfoca en leyes y artículos que protegen y sobre
todo defienden los derechos del trabajador, como también fomentan los deberes que el mismo debe
cumplir dentro de sus funciones laborales.
Por ello, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, hace énfasis a los deberes y derechos
del trabajador y su empleador, dentro de los artículos 86, 88, 89 y 90. Donde explica qué, toda persona
tiene el derecho la seguridad social, como también la seguridad laboral donde garantice la salud y
asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades
catastróficas, discapacidad u otras necesidades especiales que requieran la ausencia del trabajador. Para
que esto se cumpla sin problema alguno el Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este
derecho creando un Sistema de Seguridad Social que se adapte a cada necesidad especial.
Así mismo, se establece qué, la libertad de trabajo no debe ser sometida a otras restricciones que las que
la ley estipula. No obstante el artículo 88 plantea que debe existir la equidad de trabajo tanto para el
hombre como para la mujer, asegurando también que las amas de casa tienen derecho a la seguridad
social.
Además esta ley se encarga de prohibir todo tipo de discriminación por razones de política, edad, raza,
sexo o credo o por cualquier otra condición. También se prohíbe el trabajo de adolescentes en labores que
puedan afectar su desarrollo integral. El Estado los o las protegerá contra cualquier explotación
económica y social. Para esto se debe tomar en cuenta que existe un régimen de horario para el
trabajador el cual no debe exceder de ocho horas diarias ni de cuarenta y cuatro horas semanales, por
esta razón ningún patrono o patrona podrá obligar a su empleado a laborar horas extraordinarias.
4. Continuamente, se aplica para los trabajadores y trabajadoras el derecho al descanso semanal,
vacaciones remuneradas en las mismas condiciones que las jornadas laboradas y se establece un salario
suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales,
sociales e intelectuales.
Por consiguiente, se aplica para los trabajadores la INPSASEL, la cual se conoce como la Ley Orgánica
del Sistema de Seguridad Social. La cual tiene por objeto crear el Sistema de Seguridad Social,
establecer y regular su rectoría, organización, funcionamiento y financiamiento de sus regímenes
prestacionales y la forma de hacer efectivo el derecho a la seguridad social por parte de las personas
sujetas a su ámbito de aplicación como servicio de carácter no lucrativo.
En cuanto a la higiene y seguridad en el trabajo, los artículos 236 y 246 de la Ley Orgánica del Trabajo
plantean qué, todo empleador deberá tomar medidas que fueren necesarias para que el servicio se preste
en condiciones de higiene y seguridad que respondan a los requerimientos de la salud del trabajador.
Si bien es cierto, dentro de la planificación laboral de todo trabajador y empleador debe existir un
programa de alimentación. Por ello es importante que el empleador facilite a sus trabajadores el beneficio
de alimentación diaria, para el buen desarrollo físico y mental del trabajador dentro de sus jornadas diarias
de trabajo, en caso de no aportar este beneficio con alimentos, debe existir la entrega de cupones, tickets
o tarjetas electrónicas de alimentación por cada jornada de trabajo cuyo valor no podrá ser inferior a 0,25
unidades tributarias, ni superior a 0,50 unidades tributarias (Según la Ley de Programa de Alimentación
para los Trabajadores).
5. Luego de esto, está la Ley del Seguro Social, que se rige a las situaciones y relaciones jurídicas con
ocasión de la protección de la Seguridad Social a sus beneficiarios y beneficiarias en diferentes
contingencias. Aun así están protegidos por el Seguro Social Obligatorio los trabajadores y trabajadoras
permanentes bajo la dependencia de una empleadora o empleador.
Es decir que existe un lapso de tiempo permanente que el trabajador debe cumplir para entrar en las
nóminas del Seguro Social Obligatorio.
Por otra parte, tenemos la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, el cual explica
que, la familia es responsable de forma prioritaria e inmediata de asegurar a los niños y adolescentes el
ejercicio y disfrute pleno de sus derechos y garantías. El padre y la madre tienen responsabilidades y
obligaciones comunes e iguales en lo que respecta al cuidado, desarrollo y educación integral de sus
hijos.
Es por ello que el Estado debe asegurar políticas, programas y asistencia apropiada para que la familia
pueda asumir adecuadamente esta responsabilidad, y para que las madres y los padres asuman en
igualdad de condiciones sus responsabilidades y obligaciones. Por todo esto es muy importante que no se
le niegue o limite a ninguna persona el derecho al trabajo, ya sea hombre o mujer, ya que en la actualidad
en la mayoría de los hogares ambos cumplen funciones de trabajo para una mejor calidad de vida.
6. Junto a todo esto tenemos también el Convenio 161 de la Organización Internacional del Trabajo, la cual
se encarga de tomar en cuenta la protección de los trabajadores contra las enfermedades, sean o no
profesionales, y contra los accidentes de trabajo. Así mismo, como de garantizar al trabajador cada cierto
tiempo, jornadas de salud dentro del trabajo, para que mantenga un chequeo consecutivo de sus
condiciones físicas y mentales para el buen desarrollo de su actividad laboral.
Tomando en cuenta que el empleador tiene la obligación de cubrir las prioridades de salud del trabajador,
como son cubrir sus medicinas y exámenes que fueren necesarios siempre y cuando este cumpla con los
regímenes de salud que la empresa le garantiza.
Continuamente, tenemos los delegados de prevención, que son los que representan a la empresa ante el
comité de seguridad y salud laboral, teniendo como función velar por la seguridad y salud laboral dentro
de cada centro de trabajo. Junto a este, trabaja un seminario de aspectos legales, el cual se encarga de
recibir las denuncias y tramitarlas ante el comité de seguridad y salud laboral para su solución.
Es de gran importancia tener en cuenta que, en toda organización debe existir un comité de seguridad y
salud laboral, el cual debe estar constituido por los delegados de prevención y los representantes del
empleador, los cuales son elegidos por el mismo y éste se encarga de emitir comunicados a la Inspectoría
del Trabajo indicando quienes son sus representantes.
7. Además, cada comité debe propiciar sus atribuciones, trabajando en funciones de Fomentar, vigilar y
supervisar la seguridad y salud en el trabajo, como también de realizar proyectos de seguridad y salud y
prestar asistencia y asesoramiento a patronos y trabajadores en la materia.
Por último, es importante señalar que dentro de todas estas normativas de seguridad social, existe un
Proceso de Elección para la asignación de los delegados que conforman el comité de seguridad social
dentro de la empresa. Siendo éste, un proceso en el cual se requiere de la presencia de todos los
representantes de los empleados y empleadores en una misma reunión, donde se emite un acta
constitutiva y estatutos que debe contener; lugar, día, fecha y hora de la constitución del comité. Además
de ello se deben identificar las partes que lo integran con sus datos personales e indicación de la parte
representada.
Tomando en cuenta que este proceso de elección se debe llevar acabo cada 2 años, ya que es el límite de
tiempo para su periodo de vigencia.
8. Finalmente, es necesario que los empleadores y empleados de cada empresa conformen un servicio
propio de seguridad y salud en el trabajo y a su vez elaborar proyectos donde puedan crear políticas que
ayuden a asesorar y educar a trabajadores y patronos en la materia, además de proteger, fomentar y
vigilar la salud y la seguridad del trabajador como prioridad.
Así mismo, trabajar conjuntamente en campañas que orienten y expliquen de manera práctica, tanto al
trabajador como al empleador las maneras más juiciosas de evitar cualquier tipo de accidente dentro del
trabajo que puedan causar daños físicos o hasta mortales para la salud del trabajador, y grandes pérdidas
económicas para el empleador.