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INTEGRANTES :
 Carlos cuadrado
  Wilky lombana
  PROFESORA:
   Ana Edelmira
Los impuestos son una de las fuentes de ingresos más
  importantes que tienen los Estados en el mundo. A través de
  ellos, los gobiernos obtienen dinero mediante el cual realizan
        proyectos sociales, de inversión y administración del
  estado, entre muchos otros propósitos. Los impuestos son el
 pan nuestro de cada día inmaterial conversación, sin saber en
   conciencia cuales impuestos estamos obligados a pagar, los
  impuestos son parte de nuestra cultura popular, son angustia
     para los que los pagan, diversión para quien los evade y
  sustento para quien los impone.“En este mundo no hay nada
  cierto, salvo la muerte y los impuestos” Anónimo. Mediante el
      desarrollo de este trabajo, pretendemos conocer más a
fondo, qué es el impuesto sobre el valor agregado (IVA), en qué
  productos está permitidos cobrarlo y cuales están exentos de
  él, los efectos de la reforma tributaria sobre el IVA, los niveles
        de evasión del IVA en Colombia en comparación con
        otros países y, por último, saber en que se invierte lo
         recaudado con el IVA. una vez pasa a ser parte del
             Presupuesto Nacional Colombiano. Según
Es el impuesto que se cobra sobre el mayor valor generado, sobre el
valor agregado. Aunque el impuesto se aplica sobre el precio de venta
del bien o del servicio, en realidad, el impuesto corresponde solo al
mayor valor que se agrega o genera por el comerciante. Por
ejemplo, un comerciante compra un producto en $10.0000 por el cual
paga un IVA de $1.600, luego lo vende por $15.000 y cobra un IVA de
$2.400., al momento de presentar su declaración de IVA, el
comerciante solo pagara la diferencia entre el Iva que genero (2.400) y
el IVA que pago inicialmente (1.600), lo que significa que el
comerciante solo pagara la suma de $800, que es exactamente el Iva
correspondiente al valor que el comerciante le agrego al producto
vendido, ya que lo compro en $10.000 y lo vendió en $15.000, es
decir, le agrego un valor de $5.000 que multiplicado por la tarifa
general que es del 16% da un valor de $800.
Quien paga la totalidad el IVA es el consumidor final, pues al no
poderlo vender o agregarle valor, no puede descontar el Iva pagado
como en el caso del comerciante.
   ARTICULO 429. MOMENTO DE CAUSACIÓN. El impuesto se causa:
   a. En las ventas, en la fecha de emisión de la factura o documento
    equivalente y a falta de éstos, en el momento de la entrega, aunque se
    haya pactado reserva de dominio, pacto de retroventa o condición
    resolutoria.
   b. En los retiros a que se refiere el literal b) del artículo 421, en la fecha
    del retiro.
   c. En las prestaciones de servicios, en la fecha de emisión de la factura
    o documento equivalente, o en la fecha de terminación de los servicios
    o del pago o abonos en cuentas, la que fuere anterior.
   d. En las importaciones, al tiempo de la nacionalización del bien. En
    este caso, el impuesto se liquidará y pagará conjuntamente con la
    liquidación y pago de los derechos de aduana.
   PARAGRAFO. Cuando el valor convenido sufriere un aumento con
    posterioridad a la venta, se generará el impuesto sobre ese mayor
    valor, en la fecha en que éste se cause.

   ARTICULO 430. CAUSACION DEL IMPUESTO SOBRE
    LA VENTA DE CERVEZA. El impuesto sobre el
    consumo de cervezas de producción nacional, se causa
    en el momento en que el artículo sea entregado por el
    productor para su distribución o venta en el país.
   ARTICULO 431. CAUSACIÓN EN EL SERVICIO DE
    TRANSPORTE AEREO O MARÍTIMO. En el caso del
    servicio de transporte internacional de pasajeros de que
    trata el artículo 476 numeral 6, el impuesto se causa en
    el momento de la expedición de la orden de cambio, o
    del conocimiento por parte del responsable de la
    emisión del tiquete, y se liquidará, sobre el valor total
    del tiquete u orden de cambio cuando éstos se expidan
    de una vía solamente y sobre el cincuenta por ciento
    (50%) de su valor cuando se expidan de ida y regreso.
 ARTICULO 432. EN EL SERVICIO DE TELEFONOS SE
  CAUSA AL MOMENTO DEL PAGO. En el caso del servicio de
  teléfonos de que trata el artículo 476 numerales 10 y 11, el
  gravamen se causa en el momento del pago correspondiente
  hecho por el usuario.
 ARTICULO 433. EN SEGUROS SE CAUSA AL
  CONOCIMIENTO DE LA EMISION DE LA POLIZA. En el caso
  del servicio de seguros de que trata el artículo 476 numeral
  12, el impuesto se causa en su integridad en el momento en
  que la compañía conozca en su sede principal la emisión de la
  póliza, el anexo correspondiente que otorgue el amparo o su
  renovación.
 Cuando se trate de coaseguros, que contempla el artículo 1095
  del Código de Comercio, el impuesto se causa en su integridad
  con base en la póliza, anexo o renovación que emita la
  compañía líder, documentos sobre los cuales se fijará el valor
  total del impuesto. Por tanto, los documentos que expidan las
  demás compañías sobre el mismo riesgo no están sujetos al
  impuesto sobre las ventas.
 ARTICULO 434. EN SEGUROS DE TRANSPORTE. En los
  certificados de seguro de transporte que se expidan con
  posterioridad a los despachos de las mercancías, el impuesto
  se causa sobre tal certificado.
 ARTICULO 435. EN SEGUROS GENERALES. En las pólizas
  de seguros generales (casco, aviación), para los cuales la
  Superintendencia permita el fraccionamiento de las primas, el
  impuesto debe pagarse sobre la prima correspondiente a cada
  uno de los certificados periódicos que las compañías emitan en
  aplicación de la póliza original.
 ARTICULO 436. EN SEGUROS AUTORIZADOS EN MONEDA
  EXTRANJERA. En los seguros de daños autorizados en
  moneda extranjera por el Superintendente Bancario, de acuerdo
  con los artículos 98 a 100 del Decreto 444 de 1967, el impuesto
  se pagará en pesos colombianos al tipo de cambio vigente en la
  fecha de emisión de la póliza, del anexo de amparo, o de su
  renovación.



      http://www.gerencie.com/impuesto-a-las-ventas.html
http://es.wikipedia.org/wiki/Impuesto_al_valor_agrega
        Con el objetivo de desarrollar lo establecido en las disposiciones
           normativas para la inversión de los recursos provenientes del
                 incremento del 4% adicional del IVA a la telefonía
           móvil, específicamente el 50% correspondiente al fomento, la
           promoción y el desarrollo de la cultura y la actividad artística
            colombiana, el Ministerio, sin perjuicio de los principios de
          descentralización y autonomía de las entidades territoriales, ha
        preparado los documentos que orientarán y permitirán desarrollar
         el procedimiento establecido para realizar la inversión a la luz de
        lo establecido en la Ley 1393 de 2010 y el Decreto número 4934 de
                                        2009.


         Es imprescindible adelantar las actividades de acuerdo con lo
           establecido en los documentos de referencia, ello dotará el
                      proceso de celeridad en las etapas de
           destinación, distribución, ejecución y seguimiento de estos
           recursos, buscando que con la inversión de los mismos, se
               genere bienestar y desarrollo para las comunidades.



               http://www.mincultura.gov.co/?idcategoria=1817
   EL IVA generado por cada producto
    establecido por el gobierno hay algunos
    producto q no tiene IVA esto va
    cambiando durante el tiempo los productos
    van generado un IVA para cada tipo de
    productos es genera un medio para que
    cada producto reciba una ganancia y el IVA
    termina cuando el ultimo cliente lo compre
    y sea con sumido, pero cada vez que se va
    generando una veta el IVA va subiendo.
 http://www.mincultura.gov.co/?idcategori
  a=1817
 http://es.wikipedia.org/wiki/Impuesto_al_
  valor_agregado
 http://www.gerencie.com/impuesto-a-
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  • 1. INTEGRANTES : Carlos cuadrado Wilky lombana PROFESORA: Ana Edelmira
  • 2. Los impuestos son una de las fuentes de ingresos más importantes que tienen los Estados en el mundo. A través de ellos, los gobiernos obtienen dinero mediante el cual realizan proyectos sociales, de inversión y administración del estado, entre muchos otros propósitos. Los impuestos son el pan nuestro de cada día inmaterial conversación, sin saber en conciencia cuales impuestos estamos obligados a pagar, los impuestos son parte de nuestra cultura popular, son angustia para los que los pagan, diversión para quien los evade y sustento para quien los impone.“En este mundo no hay nada cierto, salvo la muerte y los impuestos” Anónimo. Mediante el desarrollo de este trabajo, pretendemos conocer más a fondo, qué es el impuesto sobre el valor agregado (IVA), en qué productos está permitidos cobrarlo y cuales están exentos de él, los efectos de la reforma tributaria sobre el IVA, los niveles de evasión del IVA en Colombia en comparación con otros países y, por último, saber en que se invierte lo recaudado con el IVA. una vez pasa a ser parte del Presupuesto Nacional Colombiano. Según
  • 3. Es el impuesto que se cobra sobre el mayor valor generado, sobre el valor agregado. Aunque el impuesto se aplica sobre el precio de venta del bien o del servicio, en realidad, el impuesto corresponde solo al mayor valor que se agrega o genera por el comerciante. Por ejemplo, un comerciante compra un producto en $10.0000 por el cual paga un IVA de $1.600, luego lo vende por $15.000 y cobra un IVA de $2.400., al momento de presentar su declaración de IVA, el comerciante solo pagara la diferencia entre el Iva que genero (2.400) y el IVA que pago inicialmente (1.600), lo que significa que el comerciante solo pagara la suma de $800, que es exactamente el Iva correspondiente al valor que el comerciante le agrego al producto vendido, ya que lo compro en $10.000 y lo vendió en $15.000, es decir, le agrego un valor de $5.000 que multiplicado por la tarifa general que es del 16% da un valor de $800. Quien paga la totalidad el IVA es el consumidor final, pues al no poderlo vender o agregarle valor, no puede descontar el Iva pagado como en el caso del comerciante.
  • 4. ARTICULO 429. MOMENTO DE CAUSACIÓN. El impuesto se causa:  a. En las ventas, en la fecha de emisión de la factura o documento equivalente y a falta de éstos, en el momento de la entrega, aunque se haya pactado reserva de dominio, pacto de retroventa o condición resolutoria.  b. En los retiros a que se refiere el literal b) del artículo 421, en la fecha del retiro.  c. En las prestaciones de servicios, en la fecha de emisión de la factura o documento equivalente, o en la fecha de terminación de los servicios o del pago o abonos en cuentas, la que fuere anterior.  d. En las importaciones, al tiempo de la nacionalización del bien. En este caso, el impuesto se liquidará y pagará conjuntamente con la liquidación y pago de los derechos de aduana.  PARAGRAFO. Cuando el valor convenido sufriere un aumento con posterioridad a la venta, se generará el impuesto sobre ese mayor valor, en la fecha en que éste se cause. 
  • 5. ARTICULO 430. CAUSACION DEL IMPUESTO SOBRE LA VENTA DE CERVEZA. El impuesto sobre el consumo de cervezas de producción nacional, se causa en el momento en que el artículo sea entregado por el productor para su distribución o venta en el país.  ARTICULO 431. CAUSACIÓN EN EL SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO O MARÍTIMO. En el caso del servicio de transporte internacional de pasajeros de que trata el artículo 476 numeral 6, el impuesto se causa en el momento de la expedición de la orden de cambio, o del conocimiento por parte del responsable de la emisión del tiquete, y se liquidará, sobre el valor total del tiquete u orden de cambio cuando éstos se expidan de una vía solamente y sobre el cincuenta por ciento (50%) de su valor cuando se expidan de ida y regreso.
  • 6.  ARTICULO 432. EN EL SERVICIO DE TELEFONOS SE CAUSA AL MOMENTO DEL PAGO. En el caso del servicio de teléfonos de que trata el artículo 476 numerales 10 y 11, el gravamen se causa en el momento del pago correspondiente hecho por el usuario.  ARTICULO 433. EN SEGUROS SE CAUSA AL CONOCIMIENTO DE LA EMISION DE LA POLIZA. En el caso del servicio de seguros de que trata el artículo 476 numeral 12, el impuesto se causa en su integridad en el momento en que la compañía conozca en su sede principal la emisión de la póliza, el anexo correspondiente que otorgue el amparo o su renovación.  Cuando se trate de coaseguros, que contempla el artículo 1095 del Código de Comercio, el impuesto se causa en su integridad con base en la póliza, anexo o renovación que emita la compañía líder, documentos sobre los cuales se fijará el valor total del impuesto. Por tanto, los documentos que expidan las demás compañías sobre el mismo riesgo no están sujetos al impuesto sobre las ventas.
  • 7.  ARTICULO 434. EN SEGUROS DE TRANSPORTE. En los certificados de seguro de transporte que se expidan con posterioridad a los despachos de las mercancías, el impuesto se causa sobre tal certificado.  ARTICULO 435. EN SEGUROS GENERALES. En las pólizas de seguros generales (casco, aviación), para los cuales la Superintendencia permita el fraccionamiento de las primas, el impuesto debe pagarse sobre la prima correspondiente a cada uno de los certificados periódicos que las compañías emitan en aplicación de la póliza original.  ARTICULO 436. EN SEGUROS AUTORIZADOS EN MONEDA EXTRANJERA. En los seguros de daños autorizados en moneda extranjera por el Superintendente Bancario, de acuerdo con los artículos 98 a 100 del Decreto 444 de 1967, el impuesto se pagará en pesos colombianos al tipo de cambio vigente en la fecha de emisión de la póliza, del anexo de amparo, o de su renovación. http://www.gerencie.com/impuesto-a-las-ventas.html
  • 9. Con el objetivo de desarrollar lo establecido en las disposiciones normativas para la inversión de los recursos provenientes del incremento del 4% adicional del IVA a la telefonía móvil, específicamente el 50% correspondiente al fomento, la promoción y el desarrollo de la cultura y la actividad artística colombiana, el Ministerio, sin perjuicio de los principios de descentralización y autonomía de las entidades territoriales, ha preparado los documentos que orientarán y permitirán desarrollar el procedimiento establecido para realizar la inversión a la luz de lo establecido en la Ley 1393 de 2010 y el Decreto número 4934 de 2009.  Es imprescindible adelantar las actividades de acuerdo con lo establecido en los documentos de referencia, ello dotará el proceso de celeridad en las etapas de destinación, distribución, ejecución y seguimiento de estos recursos, buscando que con la inversión de los mismos, se genere bienestar y desarrollo para las comunidades. http://www.mincultura.gov.co/?idcategoria=1817
  • 10. EL IVA generado por cada producto establecido por el gobierno hay algunos producto q no tiene IVA esto va cambiando durante el tiempo los productos van generado un IVA para cada tipo de productos es genera un medio para que cada producto reciba una ganancia y el IVA termina cuando el ultimo cliente lo compre y sea con sumido, pero cada vez que se va generando una veta el IVA va subiendo.
  • 11.  http://www.mincultura.gov.co/?idcategori a=1817  http://es.wikipedia.org/wiki/Impuesto_al_ valor_agregado  http://www.gerencie.com/impuesto-a- las-ventas.html