Juan Pérez debe declarar el ISLR para el período 2016 a pesar de que sus ingresos fueron menores a 6000 UT. En la declaración aplica una rebaja de 10 UT por cada una de sus dos cargas familiares. Aunque no paga ISLR debido a sus bajos ingresos, igual debe declarar e ingresar sus datos e información de retenciones al portal del SENIAT para cumplir con la ley.
1. Declaración del ISLR
(caso práctico)
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERRECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
Prof.: Emily Ramírez
Alumna:
Cinthya Martínez C.I.: 24.156.807
Materia: Derecho Tributario
Sección: Saia “A”
Barquisimeto, Junio de 2017.
2. Juan José Pérez Díaz, titular de cédula de identidad 12.345.678,
asalariado, trabaja en la Corporación Autopartes C.A. desde noviembre
de 2016, anterior a esto se encontraba desempleado. Debe declarar el
ISLR correspondiente al periodo 01-01-2016 al 31-12-2016, la empresa
le proporciona su comprobante ARC.
COMPROBANTE ARC
Dato
Importante
Las personas naturales pueden cancelarlo hasta en tres
partes. La primera debe ser al momento de la declaración,
es decir, hasta el 31 de marzo del presente año. El
segundo pago será 40 días después del 31 de marzo, y el
tercero 40 días después de la fecha en que hizo efectivo la
segunda cuota.
3.
4. El Sr. Juan Pérez, tiene dos cargas familiares que son su hijo menor de
edad y su cónyuge (la cual no trabaja) además de su carga personal.
Esto quiere decir que a la declaración se aplica según el artículo 61 de
Ley de Impuesto Sobre la Renta una rebaja de 10 U.T. por cada una de
las cargas.
Debido a que el Sr. Juan José Pérez Díaz, en el año fiscal 2016 no
acumulo las actuales 6000 U.T. cuyo valor para este caso es de 177 Bs.
Debe declarar pero no pagar el ISLR correspondiente.
Entonces los datos para la declaración del Sr. Juan Pérez son los
siguientes:
1. Ingreso Total de Bs. 92.657,00
2. Desgravamen Único
3. Retención en el Ejercicio de Bs 3.239,49
4. 2 cargas familiares
5. Unidad Tributaria en Bs 177
6. Declaración después de que fuere publicado el decreto 2.680
5. Al momento de ingresar al portal del SENIAT con su usuario y clave, deberá
seleccionar:
Procesos Tributarios Declaración ISLR Definitiva
Luego de esto verificar los datos fiscales y continuar. Para luego deberá
cambiar el campo “¿Posee rentas exentas o exoneradas?” a SI
Luego de esto, deberá colocar en el campo donde indique “Rentas Exentas /
Exoneradas” el monto del ingreso total que sería 92.657,00.
El Sr. Juan Pérez debe verificar en la sección “Rebajas al Impuesto
Autoliquidado” que aparezcan la carga personal y las familiares, que en su
caso son dos cargas familiares que automáticamente debe aparecer la cifra
de 3.540 y por la personal 1.770. Y en su caso, el desgravamen único
equivalente a 136.998.
En el campo “Fuente Territorial” deberá dejar en cero debido a que su ingreso
total fue menor a 6000 U.T.
Luego en el campo “Impuestos Retenidos en el Ejercicio” deberá colocar lo
que se le indica en el comprobante ARC, en su caso es 3.239,49
Luego debe presionar “Guardar y Continuar”.
6. El Sr. Juan Pérez debe verificar que en el campo “Total Impuesto”
diga cero, luego de verificar todo, para después presionar
“Declarar”.
Luego de esto, debe imprimir la planilla de la manera indicada en
el portal del SENIAT.
De esta manera, encontramos que el Sr. Juan Pérez, declaro el
ISLR el cual se encuentra exento debido a que sus ingresos en el
año fiscal 2016 fueron menores a las 6000 U.T. y a según los
datos proporcionados se realizó su declaración de dicho
impuesto.