Modelo de convenio de pago con morosos del condominio (GENÉRICO).docx
S.A. de servicios de salud
1. LOS TRIUNFADORES GRUPO #5
• German David Angulo Cambindo.
• Rosa Elvira Lavacude Granados.
• Adriana Constanza López Salas.
• María Del Carmen Rojas Gómez.
2. Una sociedad anónima de servicios de salud es una
empresa de carácter anónimo, es decir que es la
formación de una fondo social suministrado por
accionistas responsables, de no menos de cinco
accionistas que colaboran y deben cumplir con su capital
subscrito. La diferencia que hay entre la S.A. de servicios
de salud a las demás S.A. es que estas empresas
únicamente prestan servicios de salud.
Estas empresas que están 100% centradas en los
servicios de salud, están encargadas del conjunto
de bienes y servicios encaminados a preservar y proteger
la salud de las personas.
3. El sector salud pertenece tanto al sector
primario, secundario y terciario o de servicios.
PRIMARIO:A través de la medicina natural, las personas utilizan
remedios tradicionales o no industriales. En la agricultura, las
personas utilizan algunas plantas medicinales extraídas
directamente de la naturaleza.
SECUNDARIO: En la industria farmacéutica, las personas
consumen medicamentos para el tratamiento o prevención de
enfermedades. Esta industria también abarca la producción de
pastillas, cápsulas, soluciones para inyección, óvulos y
supositorios; todos bienes económicos que reportan niveles de
lucro económico altos.
TERCIARIO: En la industria del cuidado de la salud, a través de las
empresas de servicios de salud (hospitales, clínicas, centros de
salud, laboratorios clínicos, etc.) y a través de su personal
administrativo y de salud, el sector salud produce servicios para
satisfacer las necesidades de prevención, diagnóstico, tratamiento
y recuperación de las personas.
4. Lo que se necesita para crear una S.A. de este tipo son:
• Una escritura pública, la cual debe ser inscrita en el registro
mercantil de la cámara de comercio del asiento principal de la
sociedad y de las sucursales, en este tipo de sociedad la
responsabilidad de los socios va hasta la cantidad de sus
aportes.
• Debe tener al final del nombre de la sociedad S.A. o Sociedad
Anónima.
• Estar conformado por un numero plural de socios que no
puede se menor a cinco (5) socios y un máximo ilimitado.
• Las acciones deben ser nominativas, esto quiere decir, en
ellas debe figurar el nombre del titular de la respectiva acción.
• Debe tener una capital autorizado de $300.000.000, se debe
suscribir como mínimo $150.000.000 y pagar como mínimo
$50.000.000.
5. Según el articulo 379 de el código de comercio, cada accionista
tiene unos derechos que son:
1. El de participar en las deliberaciones de la asamblea
general de accionistas y votar en ella;
2. El de recibir una parte proporcional de los beneficios
sociales establecidos por los balances de fin de ejercicio, con
sujeción a lo dispuesto en la ley o en los estatutos;
3. El de negociar libremente las acciones, a menos que se
estipule el derecho de preferencia en favor de la sociedad o
de los accionistas, o de ambos;
4. El de inspeccionar, libremente, los libros y papeles sociales
dentro de los quince días hábiles anteriores a las reuniones
de la asamblea general en que se examinen los balances de
fin de ejercicio, y
5. El de recibir una parte proporcional de los activos sociales
al tiempo de la liquidación y una vez pagado el pasivo externo
de la sociedad.
6. Esta sociedad se disuelve además de la causales
generales establecidas en el código de comercio para
todas las sociedades, por las siguientes:
Por perdidas que reduzcan el patrimonio a menos del
50% del capital suscrito.
Cuando el 95% o mas de las acciones llegue a
pertenecer a un solo accionista.
Esta sociedad se caracteriza por que la responsabilidad
de los socios se limita hasta el monto de lo aportado, otro
punto característico de esta sociedad es la
negociabilidad de los aportes representados en acciones.