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LOTTT 2012 Prestaciones Sociales

                               José Luis Alfinger
                               Teléfono 0414 2887179
                               Email jlalfinger@gmail.com

TALLER
PRESTACIONES SOCIALES,
VACACIONES Y UTILIDADES
EN LA NUEVA LOTTT.


               (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales




        (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales




EXPECTATIVAS DE LOS PARTICIPANTES




                  (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales




OBJETIVO GENERAL:
Establecer de manera efectiva los
aspectos legales, técnicos y
administrativos, correspondientes
al manejo, cálculo y emisión para el
pago de las Prestaciones Sociales,
las Vacaciones y las Utilidades.

                  (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales



                                     Vigencia de la LOTTT
i. Cálculo de las prestaciones sociales,
antigüedad: 19 de junio de 1997.

ii. Cálculo de vacaciones – días
adicionales: a) antigüedad del
trabajador; b) 19-06-
                    -1997



                    (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales



   7 puntos de interés sobre las
   prestaciones sociales en la nueva LOT




        (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales



            7 puntos de interés sobre las
            prestaciones sociales en la nueva LOT

1. Vuelve el sistema de
retroactividad. Al terminar la
relación de trabajo se calcula
con el último salario y se
toma en cuenta los años de
servicio
                 (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales



           7 puntos de interés sobre las
           prestaciones sociales en la nueva LOT

2. El trabajador tendrá
prestaciones sociales desde
el primer día de trabajo.



                (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales



            7 puntos de interés sobre las
            prestaciones sociales en la nueva LOT
3. Los depósitos de
prestaciones sociales se harán
donde el trabajador decida: en
la contabilidad de la empresa,
en un fideicomiso o en el Fondo
Nacional de Prestaciones
sociales.
                 (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales



            7 puntos de interés sobre las
            prestaciones sociales en la nueva LOT

4.Por ley especial se creará el
Fondo Nacional de
Prestaciones Sociales.



                 (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales



            7 puntos de interés sobre las
            prestaciones sociales en la nueva LOT

5.El pago de las prestaciones
sociales se hará dentro de
los cinco días siguientes a la
terminación de la relación
laboral.

                 (c) José Luis Alfinger
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            7 puntos de interés sobre las
            prestaciones sociales en la nueva LOT
6.Las prestaciones sociales
estarán garantizadas   y el
patrono responderá por ellas
incluso con sus bienes



                 (c) José Luis Alfinger
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             7 puntos de interés sobre las
             prestaciones sociales en la nueva LOT
 7. Se restablece el doblete para
los casos de despido.




                  (c) José Luis Alfinger
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             Salario Articulo. 104.

Se entiende por salario la
remuneración, provecho o ventaja,
cualquiera fuere su denominación
o método de cálculo, siempre que
pueda evaluarse en moneda de
curso legal, que corresponda al
trabajador o trabajadora por la
prestación de su servicio
                  (c) José Luis Alfinger
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              Salario Articulo. 104.

comprende las comisiones, primas,
gratificaciones, participación en los
beneficios o utilidades,
sobresueldos, bono vacacional, así
como recargos por días feriados,
horas extraordinarias o trabajo
nocturno, alimentación y vivienda.
                   (c) José Luis Alfinger
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             Salario Articulo. 104.

A los fines de esta Ley se entiende
por salario normal, la remuneración
devengada por el trabajador o
trabajadora en forma regular y
permanente por Ia prestación de su
servicio.

                  (c) José Luis Alfinger
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             Salario Articulo. 104.

Quedan por tanto excluidos del
mismo las percepciones de
carácter accidental, las derivadas
de la prestaciones sociales y las
que esta Ley considere que no
tienen carácter salarial.

                  (c) José Luis Alfinger
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             Pago del bono nocturno Artículo 117.

La jornada nocturna será pagada
con un treinta por ciento de
recargo, por lo menos, sobre el
salario convenido para la jornada
diurna.


                  (c) José Luis Alfinger
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             Pago del bono nocturno Artículo 117.

Para el cálculo de lo que
corresponda al trabajador o
trabajadora por causa del trabajo
nocturno, se tomara como base el
salario normal devengado durante
la jornada respectiva.

                  (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales



             Pago de horas extraordinarias Artículo
             118.
Las horas extraordinarias serán
pagadas con un cincuenta por
ciento de recargo, por lo menos,
sobre el salario convenido para la
jornada ordinaria.


                  (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales



            Pago de horas extraordinarias Artículo
            118.
Para el cálculo de lo que
corresponda al trabajador o
trabajadora por causa de horas
extras, se tomara como base el
salario normal devengado durante
la jornada respectiva.

                 (c) José Luis Alfinger
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             Pago del día feriado y del día de
             descanso Artículo 119.
El trabajador o trabajadora tiene
derecho a que se le pague el
salario correspondiente a los días
feriados o de descanso cuando
haya prestado servicio durante los
días hábiles de la jornada semanal
de trabajo.
                  (c) José Luis Alfinger
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             Pago del día feriado y del día de
             descanso Artículo 119.
Cuando se haya convenido un
salario mensual el pago de los días
feriados y de descanso obligatorio
estarán comprendidos en la
remuneración.


                  (c) José Luis Alfinger
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             Pago por trabajo en día feriado o
             descanso Artículo 120
Cuando un trabajador o una
trabajadora preste servicio en día
feriado tendrá derecho al salario
correspondiente a ese día.




                  (c) José Luis Alfinger
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             Pago por trabajo en día feriado o
             descanso Artículo 120
y además al que le corresponda por
razón del trabajo realizado,
calculado con recargo del
cincuenta por ciento sobre el
salario normal.


                  (c) José Luis Alfinger
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             Salario para vacaciones Articulo 121

El salario base para el cálculo de lo
que corresponda al trabajador o
trabajadora por concepto de
vacaciones, será el salario normal
devengado en el mes efectivo de
labores inmediatamente anterior a
la oportunidad del disfrute.
                   (c) José Luis Alfinger
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           Salario para vacaciones Articulo 121

En caso de salario por unidad de
obra, por pieza, a destajo o a
comisión, será el promedio del
salario normal devengado durante
los tres meses inmediatamente
anteriores a la oportunidad del
disfrute.
                 (c) José Luis Alfinger
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          Salario base para el cálculo de
          prestaciones sociales Artículo 122.

El último salario devengado,
calculado de manera que
integre todos los conceptos
salariales percibidos por el
trabajador o trabajadora.

                (c) José Luis Alfinger
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          Salario base para el cálculo de
          prestaciones sociales Artículo 122.

En caso de salario variable,
será el promedio del salario
devengado durante los seis
meses inmediatamente
anteriores.

                (c) José Luis Alfinger
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           Salario base para el cálculo de
           prestaciones sociales Artículo 122.

El salario a que se refiere el
presente artículo, incluye la
alícuota de lo que le
corresponde percibir por
bono vacacional y por
utilidades.
                 (c) José Luis Alfinger
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    Incidencias.




        (c) José Luis Alfinger
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            Incidencias.

El salario básico + otros
devengados se divide entre
30 días
Ejemplo: 1.800,00 / 30 = 60,00


                 (c) José Luis Alfinger
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             Incidencias.

Las utilidades
Ejemplo: se pagaron dos meses de
utilidades que son 60 días
(equivalen a los 2 meses) / 12
meses = 5 este monto lo dividimos
entre 30 días = 0,166667 este monto
lo multiplicamos por el salario base
que son Bs. 60,00 = 10,00
                  (c) José Luis Alfinger
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             Incidencias.

Las vacaciones
Ejemplo: se pagaron 15 días de
bono vacacional / 12 meses = 1,25
este monto lo dividimos entre 30
días = 0,041667 este monto lo
multiplicamos por el salario base
que son Bs. 60,00 = 2,50
                  (c) José Luis Alfinger
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             Incidencias.

Salario Integral Diario
Sumamos todos los resultados
salario base Bs. 60,00 más
utilidades Bs. 10,00 más
vacaciones Bs. 2,50 = Bs. 72,50


                  (c) José Luis Alfinger
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             Salario base para el cálculo de
             prestaciones sociales Artículo 122.

Si para el momento del cálculo de
las prestaciones sociales no se han
determinado los beneficios líquidos
o utilidades, por no haber vencido
el ejercicio económico anual del
patrono o patrona,

                  (c) José Luis Alfinger
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             Salario base para el cálculo de
             prestaciones sociales Artículo 122.

éste queda obligado a incorporar
en el cálculo la cuota parte
correspondiente, una vez que se
hubieren determinado los
beneficios o utilidades.


                  (c) José Luis Alfinger
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             Salario base para el cálculo de
             prestaciones sociales Artículo 122.

El patrono a patrona procederá al
pago dentro de los treinta días
siguientes a la fecha de
determinación de las utilidades o
beneficios.


                  (c) José Luis Alfinger
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              Régimen de prestaciones sociales
              Articulo 141.

El régimen de prestaciones
sociales regulado en la presente
Ley establece el pago de este
derecho de forma proporcional al
tiempo de servicio calculado con
           servicio,
el último salario devengado por el
trabajador o trabajadora al finalizar
la relación laboral.
                   (c) José Luis Alfinger
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              Garantía y cálculo de prestaciones
              sociales Articulo 142.
El patrono o patrona depositará a cada
trabajador o trabajadora por concepto
de garantía de las prestaciones
sociales el equivalente a quince días
cada trimestre, calculado con base al
               ,
último salario devengado. El derecho a
este depósito se adquiere desde el
momento de iniciar el trimestre.
                   (c) José Luis Alfinger
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              Garantía y cálculo de prestaciones
              sociales Articulo 142.
Adicionalmente y después del primer
año de servicio, el patrono o patrona
depositara a cada trabajador o
trabajadora dos días de salario, por
cada año, acumulativos hasta treinta
días de salario.


                   (c) José Luis Alfinger
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               Garantía y cálculo de prestaciones
               sociales Articulo 142.
Cuando la relación de trabajo termine
por cualquier causa se calcularan las
prestaciones sociales con base a
treinta días por cada año de servicio o
fracción superior a los seis meses
calculada al último salario.


                    (c) José Luis Alfinger
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                Garantía y cálculo de prestaciones
                sociales Articulo 142.
El trabajador o trabajadora recibirá por
concepto de prestaciones sociales el
monto que resulte mayor entre el total
de la garantía depositada de acuerdo a
lo establecido en los literales a y b, y el
cálculo efectuado al final de Ia relación
laboral de acuerdo al literal C.

                     (c) José Luis Alfinger
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               Garantía y cálculo de prestaciones
               sociales Articulo 142.
Si la relación de trabajo termina antes
de los tres primeros meses, el pago
que le corresponde al trabajador o
trabajadora por concepto de
prestaciones sociales será de cinco
días de salario por mes trabajado o
fracción.

                    (c) José Luis Alfinger
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              Garantía y cálculo de prestaciones
              sociales Articulo 142.
El pago de las prestaciones sociales se
hará dentro de los cinco días
siguientes a la terminación de la
relación laboral, y de no cumplirse el
pago generara intereses de mora a Ia
tasa activa determinada por el Banco
Central de Venezuela, tomando como
referencia los seis principales bancos
del país.
                   (c) José Luis Alfinger
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              Depósito de Ia garantía de las
              prestaciones sociales Articulo 143
Lo depositado por concepto de Ia
garantía de las prestaciones sociales
devengará intereses al rendimiento que
produzcan los fideicomisos o el Fondo
Nacional de Prestaciones Sociales,
según sea el caso.


                   (c) José Luis Alfinger
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                Cálculo de los intereses
PS acumuladas * Tasa de Interés

/ 365 * días de més.

PS acumuladas: Bs. 900

Tasa de Interés: 15,41%

(900*15,41%)/365*30 = Bs. 11,40
                     (c) José Luis Alfinger
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             Depósito de Ia garantía de las
             prestaciones sociales Articulo 143
El patrono o patrona deberá
informar trimestralmente al
trabajador o trabajadora, en forma
detallada, el monto que fue
depositado o acreditado por
concepto de garantía de las
prestaciones sociales.
                  (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales



                  Caso Irene



Fecha de ingreso                               15/02/2012
Fecha de egreso                                15/07/2012
antigüedad meses                                 5
dias utilidades                                 30
días bono vacacional                            15



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          Caso Irene

                                        Ingresos
     PERIODO                              Bs.
15/02/12 AL 30/02/12                     1.993,33
01/03/12 AL 30/03/12                     4.400,00
01/04/12 AL 30/04/12                     4.400,00
01/05/12 AL 30/05/12                     3.600,00
01/06/12 AL 30/06/12                     5.067,33
01/07/12 AL 15/07/12                     2.533,67

               (c) José Luis Alfinger
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             Caso Irene

                                              Salario
     PERIODO                Ingresos Bs.     Promedio
15/02/12 AL 30/02/12          1.993,33        1.993,33
01/03/12 AL 30/03/12          4.400,00        3.196,67
01/04/12 AL 30/04/12          4.400,00        3.597,78
01/05/12 AL 30/05/12          3.600,00        3.598,33
01/06/12 AL 30/06/12          5.067,33        3.892,13
01/07/12 AL 15/07/12          2.533,67        3.264,61



                  (c) José Luis Alfinger
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               Caso Irene
                                               Alícuota
 Salario    Salario                             Bono
Promedio    diario        Alícuota Utilidades Vacacional

 1.993,33        66,44 5,54                          2,77

 3.196,67       106,56 8,88                          4,44

 3.597,78       119,93 9,99                          5,00

 3.598,33       119,94 10,00                         5,00

 3.892,13       129,74 10,81                         5,41

 3.264,61       108,82 9,07                          4,53
                      (c) José Luis Alfinger
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        Caso Irene

Salario       Días Garantía              Bs. Garantía
Integral      Prestaciones               Prestaciones
     74,75                             -            -
    119,87                             -            -
    134,92                             -            -

   134,94 5                                    674,69

   145,95 5                                    729,77

   122,42 5                                    306,06

              (c) José Luis Alfinger
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          Caso Irene

 Acumulado     Tasa de                              Acumulado
Prestaciones   Interés              Intereses        Intereses
           -                                    -
           -                                    -
           -                                    -
      674,69        15,63%                      -


    1.404,46        15,38%                8,94            8,94


    1.710,52        15,38%               18,00           26,94

               (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales



                                         Depósito de Ia garantía de las
                                         prestaciones sociales Articulo 143



                                        Salario Base Inc. Bono     Inc.        Salario                Depósito     P. S.
Año        Mes          Salario Base    Diario         Vacacional Utilidades Integral        Días     Garantía     Acumuladas
      2009 Octubre             1.017,40          33,91        1,41        2,83         38,15        0         0,00         0,00
      2009 Noviembre           1.017,40          33,91        1,41        2,83         38,15        0         0,00         0,00
      2009 Diciembre           1.017,40          33,91        1,41        2,83         38,15        0         0,00         0,00
      2010 Enero               1.017,40          33,91        1,41        2,83         38,15        5      190,76        190,76
      2010 Febrero             1.017,40          33,91        1,41        2,83         38,15        5      190,76        381,53
      2012 Septiembre         1.823,18          60,77         2,53          5,06       68,37        19   1.299,02   9.391,92




                                                   (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales



                 Depósito de Ia garantía de las
                 prestaciones sociales Articulo 143



                          Tasa de                  Intereses
Año        Mes            Interés      Intereses Acumulados
      2009 Octubre               17,62         -              -
      2009 Noviembre             17,05         -              -
      2009 Diciembre             16,97         -              -
      2010 Enero                 16,74         -              -
      2010 Febrero               16,65        2,44           2,44
      2012 Septiembre               15,41        102,50   1.068,93


                        (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales



                 Depósito de Ia garantía de las
                 prestaciones sociales Articulo 143


                          Art. 142               Art. 142
Año        Mes            Literal C              Literal D   Art. 92
      2009 Octubre
      2009 Noviembre
      2009 Diciembre
      2010 Enero
      2010 Febrero
      2012 Septiembre      5.469,54 9.391,92 9.391,92


                        (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales

                                  Beneficios anuales o
                                  utilidades
                                  Artículo 131.
Limite mínimo, el equivalente al salario
de treinta días.




                    (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales

                                  Beneficios anuales o
                                  utilidades
                                  Artículo 131.
Se dividirá el total de los beneficios
repartibles entre el total de los salarios
devengados por todos los trabajadores
durante el respectivo ejercicio. La
participación correspondiente a cada
trabajador será la resultante de
multiplicar el cociente obtenido por el
monto de los salarios.
                    (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales

                                 Beneficios anuales o
                                 utilidades
                                 Artículo 131.
             Devengado
Devengado por todos                               Monto a
por 1        los                                  pagar al
trabajador trabajador Utilidades Netas Porcentaje trabajador X
    1.627,84
    1.627,84
    1.627,84
    1.627,84
    1.627,84
    1.627,84
    1.823,18
    1.823,18
    1.823,18
    1.823,18
    1.823,18
   18.882,94 849.732,48        150.000        18%     3.333,33
Dias Mínimo          30                        8%     1.573,58
Días Máximo         120                       33%     6.294,31

                   (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales




                                 Vacaciones Artículo 190.
Cuando el trabajador cumpla un año de
trabajo ininterrumpido para un patrono,
disfrutará de un periodo de vacaciones
de quince días hábiles.




                   (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales




                                 Vacaciones Artículo 190.
Los años sucesivos tendrá derecho
además a un día adicional remunerado
por cada año de servicio, hasta un
máximo de quince días hábiles.




                   (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales


                                  Bono vacacional
                                  Artículo 192.
Un mínimo de quince días de salario
normal más un día por cada año de
servicios hasta un total de treinta días
de salario normal.




                    (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales


                 Beneficios sociales de carácter no
                 remunerativo
                 Artículo 105
Cupones, dinero, tarjetas electrónicas de
alimentación y demás modalidades
previstas por la ley que regula la material.




                      (c) José Luis Alfinger
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                 Privilegios de los derechos
                 patrimoniales de los trabajadores y
                 trabajadoras Artículo 151
Las personas naturales en su carácter de
patronos o patronas y los accionistas son
solidariamente responsables de las
obligaciones derivadas de Ia relación
laboral, a los efectos de facilitar el
cumplimiento de las garantías salariales. Se
podrá otorgar medida preventiva de
embargo sobre los bienes del patrono
involucrado o patrona involucrada.
                     (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales




                  EJERCICIOS PRÁCTICOS (casos de
                  fantasía)
Calcular: 1- Indemnización Artículo 92; 2  2-
Garantía y cálculo de prestaciones sociales
Articulo 142, literales A y B. 3 Literal C del
                               3-
Artículo 142; 4- Literal D del Artículo 142; 55-
Intereses devengados por la garantía de las
prestaciones sociales; 6 Vacaciones no
                         6-
disfrutadas en el último año de la relación
laboral;

                      (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales




                 EJERCICIOS PRÁCTICOS (casos de
                 fantasía)
Calcular: 7- Bono vacacional
correspondiente a las vacaciones no
disfrutadas en el último año de la relación
laboral; 8- Vacaciones fraccionadas, Bono
Vacacional; 9- Utilidades del último año de la
relación laboral.



                     (c) José Luis Alfinger
LOTTT 2012 Prestaciones Sociales




                 EJERCICIOS PRÁCTICOS (casos de
                 fantasía)
Calcular: 7- Bono vacacional
correspondiente a las vacaciones no
disfrutadas en el último año de la relación
laboral; 8- Vacaciones fraccionadas, Bono
Vacacional; 9- Utilidades del último año de la
relación laboral.



                     (c) José Luis Alfinger
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MUCHAS GRACIAS


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Lottt 2012 prestaciones vacaciones utilidades alfinger [modo de compatibilidad]

  • 1. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales José Luis Alfinger Teléfono 0414 2887179 Email jlalfinger@gmail.com TALLER PRESTACIONES SOCIALES, VACACIONES Y UTILIDADES EN LA NUEVA LOTTT. (c) José Luis Alfinger
  • 2. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales (c) José Luis Alfinger
  • 3. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales EXPECTATIVAS DE LOS PARTICIPANTES (c) José Luis Alfinger
  • 4. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales OBJETIVO GENERAL: Establecer de manera efectiva los aspectos legales, técnicos y administrativos, correspondientes al manejo, cálculo y emisión para el pago de las Prestaciones Sociales, las Vacaciones y las Utilidades. (c) José Luis Alfinger
  • 5. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Vigencia de la LOTTT i. Cálculo de las prestaciones sociales, antigüedad: 19 de junio de 1997. ii. Cálculo de vacaciones – días adicionales: a) antigüedad del trabajador; b) 19-06- -1997 (c) José Luis Alfinger
  • 6. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales 7 puntos de interés sobre las prestaciones sociales en la nueva LOT (c) José Luis Alfinger
  • 7. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales 7 puntos de interés sobre las prestaciones sociales en la nueva LOT 1. Vuelve el sistema de retroactividad. Al terminar la relación de trabajo se calcula con el último salario y se toma en cuenta los años de servicio (c) José Luis Alfinger
  • 8. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales 7 puntos de interés sobre las prestaciones sociales en la nueva LOT 2. El trabajador tendrá prestaciones sociales desde el primer día de trabajo. (c) José Luis Alfinger
  • 9. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales 7 puntos de interés sobre las prestaciones sociales en la nueva LOT 3. Los depósitos de prestaciones sociales se harán donde el trabajador decida: en la contabilidad de la empresa, en un fideicomiso o en el Fondo Nacional de Prestaciones sociales. (c) José Luis Alfinger
  • 10. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales 7 puntos de interés sobre las prestaciones sociales en la nueva LOT 4.Por ley especial se creará el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales. (c) José Luis Alfinger
  • 11. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales 7 puntos de interés sobre las prestaciones sociales en la nueva LOT 5.El pago de las prestaciones sociales se hará dentro de los cinco días siguientes a la terminación de la relación laboral. (c) José Luis Alfinger
  • 12. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales 7 puntos de interés sobre las prestaciones sociales en la nueva LOT 6.Las prestaciones sociales estarán garantizadas y el patrono responderá por ellas incluso con sus bienes (c) José Luis Alfinger
  • 13. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales 7 puntos de interés sobre las prestaciones sociales en la nueva LOT 7. Se restablece el doblete para los casos de despido. (c) José Luis Alfinger
  • 14. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Salario Articulo. 104. Se entiende por salario la remuneración, provecho o ventaja, cualquiera fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en moneda de curso legal, que corresponda al trabajador o trabajadora por la prestación de su servicio (c) José Luis Alfinger
  • 15. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Salario Articulo. 104. comprende las comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bono vacacional, así como recargos por días feriados, horas extraordinarias o trabajo nocturno, alimentación y vivienda. (c) José Luis Alfinger
  • 16. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Salario Articulo. 104. A los fines de esta Ley se entiende por salario normal, la remuneración devengada por el trabajador o trabajadora en forma regular y permanente por Ia prestación de su servicio. (c) José Luis Alfinger
  • 17. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Salario Articulo. 104. Quedan por tanto excluidos del mismo las percepciones de carácter accidental, las derivadas de la prestaciones sociales y las que esta Ley considere que no tienen carácter salarial. (c) José Luis Alfinger
  • 18. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Pago del bono nocturno Artículo 117. La jornada nocturna será pagada con un treinta por ciento de recargo, por lo menos, sobre el salario convenido para la jornada diurna. (c) José Luis Alfinger
  • 19. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Pago del bono nocturno Artículo 117. Para el cálculo de lo que corresponda al trabajador o trabajadora por causa del trabajo nocturno, se tomara como base el salario normal devengado durante la jornada respectiva. (c) José Luis Alfinger
  • 20. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Pago de horas extraordinarias Artículo 118. Las horas extraordinarias serán pagadas con un cincuenta por ciento de recargo, por lo menos, sobre el salario convenido para la jornada ordinaria. (c) José Luis Alfinger
  • 21. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Pago de horas extraordinarias Artículo 118. Para el cálculo de lo que corresponda al trabajador o trabajadora por causa de horas extras, se tomara como base el salario normal devengado durante la jornada respectiva. (c) José Luis Alfinger
  • 22. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Pago del día feriado y del día de descanso Artículo 119. El trabajador o trabajadora tiene derecho a que se le pague el salario correspondiente a los días feriados o de descanso cuando haya prestado servicio durante los días hábiles de la jornada semanal de trabajo. (c) José Luis Alfinger
  • 23. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Pago del día feriado y del día de descanso Artículo 119. Cuando se haya convenido un salario mensual el pago de los días feriados y de descanso obligatorio estarán comprendidos en la remuneración. (c) José Luis Alfinger
  • 24. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Pago por trabajo en día feriado o descanso Artículo 120 Cuando un trabajador o una trabajadora preste servicio en día feriado tendrá derecho al salario correspondiente a ese día. (c) José Luis Alfinger
  • 25. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Pago por trabajo en día feriado o descanso Artículo 120 y además al que le corresponda por razón del trabajo realizado, calculado con recargo del cincuenta por ciento sobre el salario normal. (c) José Luis Alfinger
  • 26. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Salario para vacaciones Articulo 121 El salario base para el cálculo de lo que corresponda al trabajador o trabajadora por concepto de vacaciones, será el salario normal devengado en el mes efectivo de labores inmediatamente anterior a la oportunidad del disfrute. (c) José Luis Alfinger
  • 27. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Salario para vacaciones Articulo 121 En caso de salario por unidad de obra, por pieza, a destajo o a comisión, será el promedio del salario normal devengado durante los tres meses inmediatamente anteriores a la oportunidad del disfrute. (c) José Luis Alfinger
  • 28. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Salario base para el cálculo de prestaciones sociales Artículo 122. El último salario devengado, calculado de manera que integre todos los conceptos salariales percibidos por el trabajador o trabajadora. (c) José Luis Alfinger
  • 29. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Salario base para el cálculo de prestaciones sociales Artículo 122. En caso de salario variable, será el promedio del salario devengado durante los seis meses inmediatamente anteriores. (c) José Luis Alfinger
  • 30. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Salario base para el cálculo de prestaciones sociales Artículo 122. El salario a que se refiere el presente artículo, incluye la alícuota de lo que le corresponde percibir por bono vacacional y por utilidades. (c) José Luis Alfinger
  • 31. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Incidencias. (c) José Luis Alfinger
  • 32. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Incidencias. El salario básico + otros devengados se divide entre 30 días Ejemplo: 1.800,00 / 30 = 60,00 (c) José Luis Alfinger
  • 33. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Incidencias. Las utilidades Ejemplo: se pagaron dos meses de utilidades que son 60 días (equivalen a los 2 meses) / 12 meses = 5 este monto lo dividimos entre 30 días = 0,166667 este monto lo multiplicamos por el salario base que son Bs. 60,00 = 10,00 (c) José Luis Alfinger
  • 34. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Incidencias. Las vacaciones Ejemplo: se pagaron 15 días de bono vacacional / 12 meses = 1,25 este monto lo dividimos entre 30 días = 0,041667 este monto lo multiplicamos por el salario base que son Bs. 60,00 = 2,50 (c) José Luis Alfinger
  • 35. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Incidencias. Salario Integral Diario Sumamos todos los resultados salario base Bs. 60,00 más utilidades Bs. 10,00 más vacaciones Bs. 2,50 = Bs. 72,50 (c) José Luis Alfinger
  • 36. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Salario base para el cálculo de prestaciones sociales Artículo 122. Si para el momento del cálculo de las prestaciones sociales no se han determinado los beneficios líquidos o utilidades, por no haber vencido el ejercicio económico anual del patrono o patrona, (c) José Luis Alfinger
  • 37. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Salario base para el cálculo de prestaciones sociales Artículo 122. éste queda obligado a incorporar en el cálculo la cuota parte correspondiente, una vez que se hubieren determinado los beneficios o utilidades. (c) José Luis Alfinger
  • 38. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Salario base para el cálculo de prestaciones sociales Artículo 122. El patrono a patrona procederá al pago dentro de los treinta días siguientes a la fecha de determinación de las utilidades o beneficios. (c) José Luis Alfinger
  • 39. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Régimen de prestaciones sociales Articulo 141. El régimen de prestaciones sociales regulado en la presente Ley establece el pago de este derecho de forma proporcional al tiempo de servicio calculado con servicio, el último salario devengado por el trabajador o trabajadora al finalizar la relación laboral. (c) José Luis Alfinger
  • 40. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Garantía y cálculo de prestaciones sociales Articulo 142. El patrono o patrona depositará a cada trabajador o trabajadora por concepto de garantía de las prestaciones sociales el equivalente a quince días cada trimestre, calculado con base al , último salario devengado. El derecho a este depósito se adquiere desde el momento de iniciar el trimestre. (c) José Luis Alfinger
  • 41. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Garantía y cálculo de prestaciones sociales Articulo 142. Adicionalmente y después del primer año de servicio, el patrono o patrona depositara a cada trabajador o trabajadora dos días de salario, por cada año, acumulativos hasta treinta días de salario. (c) José Luis Alfinger
  • 42. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Garantía y cálculo de prestaciones sociales Articulo 142. Cuando la relación de trabajo termine por cualquier causa se calcularan las prestaciones sociales con base a treinta días por cada año de servicio o fracción superior a los seis meses calculada al último salario. (c) José Luis Alfinger
  • 43. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Garantía y cálculo de prestaciones sociales Articulo 142. El trabajador o trabajadora recibirá por concepto de prestaciones sociales el monto que resulte mayor entre el total de la garantía depositada de acuerdo a lo establecido en los literales a y b, y el cálculo efectuado al final de Ia relación laboral de acuerdo al literal C. (c) José Luis Alfinger
  • 44. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Garantía y cálculo de prestaciones sociales Articulo 142. Si la relación de trabajo termina antes de los tres primeros meses, el pago que le corresponde al trabajador o trabajadora por concepto de prestaciones sociales será de cinco días de salario por mes trabajado o fracción. (c) José Luis Alfinger
  • 45. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Garantía y cálculo de prestaciones sociales Articulo 142. El pago de las prestaciones sociales se hará dentro de los cinco días siguientes a la terminación de la relación laboral, y de no cumplirse el pago generara intereses de mora a Ia tasa activa determinada por el Banco Central de Venezuela, tomando como referencia los seis principales bancos del país. (c) José Luis Alfinger
  • 46. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Depósito de Ia garantía de las prestaciones sociales Articulo 143 Lo depositado por concepto de Ia garantía de las prestaciones sociales devengará intereses al rendimiento que produzcan los fideicomisos o el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales, según sea el caso. (c) José Luis Alfinger
  • 47. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Cálculo de los intereses PS acumuladas * Tasa de Interés / 365 * días de més. PS acumuladas: Bs. 900 Tasa de Interés: 15,41% (900*15,41%)/365*30 = Bs. 11,40 (c) José Luis Alfinger
  • 48. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Depósito de Ia garantía de las prestaciones sociales Articulo 143 El patrono o patrona deberá informar trimestralmente al trabajador o trabajadora, en forma detallada, el monto que fue depositado o acreditado por concepto de garantía de las prestaciones sociales. (c) José Luis Alfinger
  • 49. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Caso Irene Fecha de ingreso 15/02/2012 Fecha de egreso 15/07/2012 antigüedad meses 5 dias utilidades 30 días bono vacacional 15 (c) José Luis Alfinger
  • 50. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Caso Irene Ingresos PERIODO Bs. 15/02/12 AL 30/02/12 1.993,33 01/03/12 AL 30/03/12 4.400,00 01/04/12 AL 30/04/12 4.400,00 01/05/12 AL 30/05/12 3.600,00 01/06/12 AL 30/06/12 5.067,33 01/07/12 AL 15/07/12 2.533,67 (c) José Luis Alfinger
  • 51. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Caso Irene Salario PERIODO Ingresos Bs. Promedio 15/02/12 AL 30/02/12 1.993,33 1.993,33 01/03/12 AL 30/03/12 4.400,00 3.196,67 01/04/12 AL 30/04/12 4.400,00 3.597,78 01/05/12 AL 30/05/12 3.600,00 3.598,33 01/06/12 AL 30/06/12 5.067,33 3.892,13 01/07/12 AL 15/07/12 2.533,67 3.264,61 (c) José Luis Alfinger
  • 52. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Caso Irene Alícuota Salario Salario Bono Promedio diario Alícuota Utilidades Vacacional 1.993,33 66,44 5,54 2,77 3.196,67 106,56 8,88 4,44 3.597,78 119,93 9,99 5,00 3.598,33 119,94 10,00 5,00 3.892,13 129,74 10,81 5,41 3.264,61 108,82 9,07 4,53 (c) José Luis Alfinger
  • 53. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Caso Irene Salario Días Garantía Bs. Garantía Integral Prestaciones Prestaciones 74,75 - - 119,87 - - 134,92 - - 134,94 5 674,69 145,95 5 729,77 122,42 5 306,06 (c) José Luis Alfinger
  • 54. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Caso Irene Acumulado Tasa de Acumulado Prestaciones Interés Intereses Intereses - - - - - - 674,69 15,63% - 1.404,46 15,38% 8,94 8,94 1.710,52 15,38% 18,00 26,94 (c) José Luis Alfinger
  • 55. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Depósito de Ia garantía de las prestaciones sociales Articulo 143 Salario Base Inc. Bono Inc. Salario Depósito P. S. Año Mes Salario Base Diario Vacacional Utilidades Integral Días Garantía Acumuladas 2009 Octubre 1.017,40 33,91 1,41 2,83 38,15 0 0,00 0,00 2009 Noviembre 1.017,40 33,91 1,41 2,83 38,15 0 0,00 0,00 2009 Diciembre 1.017,40 33,91 1,41 2,83 38,15 0 0,00 0,00 2010 Enero 1.017,40 33,91 1,41 2,83 38,15 5 190,76 190,76 2010 Febrero 1.017,40 33,91 1,41 2,83 38,15 5 190,76 381,53 2012 Septiembre 1.823,18 60,77 2,53 5,06 68,37 19 1.299,02 9.391,92 (c) José Luis Alfinger
  • 56. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Depósito de Ia garantía de las prestaciones sociales Articulo 143 Tasa de Intereses Año Mes Interés Intereses Acumulados 2009 Octubre 17,62 - - 2009 Noviembre 17,05 - - 2009 Diciembre 16,97 - - 2010 Enero 16,74 - - 2010 Febrero 16,65 2,44 2,44 2012 Septiembre 15,41 102,50 1.068,93 (c) José Luis Alfinger
  • 57. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Depósito de Ia garantía de las prestaciones sociales Articulo 143 Art. 142 Art. 142 Año Mes Literal C Literal D Art. 92 2009 Octubre 2009 Noviembre 2009 Diciembre 2010 Enero 2010 Febrero 2012 Septiembre 5.469,54 9.391,92 9.391,92 (c) José Luis Alfinger
  • 58. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Beneficios anuales o utilidades Artículo 131. Limite mínimo, el equivalente al salario de treinta días. (c) José Luis Alfinger
  • 59. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Beneficios anuales o utilidades Artículo 131. Se dividirá el total de los beneficios repartibles entre el total de los salarios devengados por todos los trabajadores durante el respectivo ejercicio. La participación correspondiente a cada trabajador será la resultante de multiplicar el cociente obtenido por el monto de los salarios. (c) José Luis Alfinger
  • 60. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Beneficios anuales o utilidades Artículo 131. Devengado Devengado por todos Monto a por 1 los pagar al trabajador trabajador Utilidades Netas Porcentaje trabajador X 1.627,84 1.627,84 1.627,84 1.627,84 1.627,84 1.627,84 1.823,18 1.823,18 1.823,18 1.823,18 1.823,18 18.882,94 849.732,48 150.000 18% 3.333,33 Dias Mínimo 30 8% 1.573,58 Días Máximo 120 33% 6.294,31 (c) José Luis Alfinger
  • 61. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Vacaciones Artículo 190. Cuando el trabajador cumpla un año de trabajo ininterrumpido para un patrono, disfrutará de un periodo de vacaciones de quince días hábiles. (c) José Luis Alfinger
  • 62. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Vacaciones Artículo 190. Los años sucesivos tendrá derecho además a un día adicional remunerado por cada año de servicio, hasta un máximo de quince días hábiles. (c) José Luis Alfinger
  • 63. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Bono vacacional Artículo 192. Un mínimo de quince días de salario normal más un día por cada año de servicios hasta un total de treinta días de salario normal. (c) José Luis Alfinger
  • 64. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Beneficios sociales de carácter no remunerativo Artículo 105 Cupones, dinero, tarjetas electrónicas de alimentación y demás modalidades previstas por la ley que regula la material. (c) José Luis Alfinger
  • 65. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales Privilegios de los derechos patrimoniales de los trabajadores y trabajadoras Artículo 151 Las personas naturales en su carácter de patronos o patronas y los accionistas son solidariamente responsables de las obligaciones derivadas de Ia relación laboral, a los efectos de facilitar el cumplimiento de las garantías salariales. Se podrá otorgar medida preventiva de embargo sobre los bienes del patrono involucrado o patrona involucrada. (c) José Luis Alfinger
  • 66. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales EJERCICIOS PRÁCTICOS (casos de fantasía) Calcular: 1- Indemnización Artículo 92; 2 2- Garantía y cálculo de prestaciones sociales Articulo 142, literales A y B. 3 Literal C del 3- Artículo 142; 4- Literal D del Artículo 142; 55- Intereses devengados por la garantía de las prestaciones sociales; 6 Vacaciones no 6- disfrutadas en el último año de la relación laboral; (c) José Luis Alfinger
  • 67. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales EJERCICIOS PRÁCTICOS (casos de fantasía) Calcular: 7- Bono vacacional correspondiente a las vacaciones no disfrutadas en el último año de la relación laboral; 8- Vacaciones fraccionadas, Bono Vacacional; 9- Utilidades del último año de la relación laboral. (c) José Luis Alfinger
  • 68. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales EJERCICIOS PRÁCTICOS (casos de fantasía) Calcular: 7- Bono vacacional correspondiente a las vacaciones no disfrutadas en el último año de la relación laboral; 8- Vacaciones fraccionadas, Bono Vacacional; 9- Utilidades del último año de la relación laboral. (c) José Luis Alfinger
  • 69. LOTTT 2012 Prestaciones Sociales MUCHAS GRACIAS (c) José Luis Alfinger