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DERECHO PENAL
SUS ELEMENTOS
DEFINICIÓN DERECHO
PENAL
 Como una reacción frente a los valores del espíritu aparece el crimen,
entorpeciendo el desarrollo pacífico de las sociedades y creando un estado
de alarma y anarquía. Esta situación ha llevado a los hombres de todas las
épocas a reaccionar contra el criminal, combatiéndolo de acuerdo con las
costumbres del tiempo y lugar.
 El Estado, que representa a la comunidad organizada, es aquel que
puede intervenir reprimiendo a los delincuentes siempre basándose en la
leyes y las normas jurídicas actuales.
DEFINICIÓN DERECHO
PENAL
 El Estado puede aplicar a los actos ilícitos dos clases de sanciones:
civiles y penales.
 Las primeras, las aplica en el caso de que el acto lícito lesión de una
manera indirecta a la sociedad y directamente a un particular, y las
segundas, cuando se lesiona en forma mediata a u n particular a
indirectamente a la sociedad.
DEFINICIÓN DERECHO
PENAL
 El Derecho penal es el conjunto del leyes que determinan los
delitos y las penas que el poder social impone al delincuente.
LAS FUENTES PROPIAS DEL
DERECHO PENAL
 Debe concluirse que sólo es fuente del derecho penal, directa,
inmediata y principal, la ley.
 Las costumbres no pueden ser fuentes del derecho penal en ningún
sistema de tipo liberal y menos en el nuestro, porque la Constitución, en
su artículo 14, establece la prohibición terminante de imponer pena alguna
por simple analogía o aún por mayoría de razón sino está decretada por
una ley exactamente aplicable al delito de que se trate; luego para la
existencia se requiere una ley que lo establezca.
LAS FUENTES PROPIAS DEL
DERECHO PENAL
 La jurisprudencia, según nuestra Ley de Amparo, sólo es obligatoria si
emana de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, o de los Tribunales
Colegiados de Circuito.
 La jurisprudencia no constituye propiamente una fuente formal del
Derecho Penal; a pesar de su obligatoriedad, es una simple interpretación
de los preceptos legales en vigor; viene a ser la ley misma; la Corte sólo
desentraña el sentido de las normas jurídicas, para afirmar que dicen tal o
cual cosa.
LA LEY COMO FUENTE
ÚNICA
 El derecho a castigar del Estado encuéntrese, pues, limitado por la
ley penal, fuente única del derecho represivo, verdadera garantía para
el delincuente, quien no puede verse sancionado por actos que la ley,
de manera expresa, no haya previsto como delictuosos.
 LA TIPICIDAD PENAL
 Según las ideas expuestas no puede ser punible un hecho si no lo
ha previsto la ley.
EL DELITO
 El delito se produce dentro de la sociedad; mirándolo objetivamente se presenta
como un hecho social dañoso, puesto que destruye la convivencia pacífica de los
individuos.
 La convivencia esta protegida y ordenada por la ley; en consecuencia, el delito, al
atacar los vínculos de solidaridad, implica una violación a la propia ley; de ahí que
sea un hecho ilícito.
 El delito es un acto culpable, antisocial e ilícito, sancionado por la ley
penal.
 Las acciones u omisiones solamente pueden realizarse en forma dolorosa o
culposa.
EL DELINCUENTE
 De acuerdo al Derecho Penal un delincuente es todo aquel
individuo que es considerado peligroso por el ejercicio de su libre
albedrío o de su locura, o mala educación, incapacidad para vivir
dentro de un orden social.
 Personas responsables de los delitos.- Son responsables todos
los que toman parte en la concepción, preparación o ejecución de un
delito o prestan auxilio o cooperación de cualquier especie.
EL DELINCUENTE
 Grados del delito.- La ley sólo admite dos grados en la
realización del delito: la tentativa y el delito consumado. En el primer
caso, el delito no llega a ejecutarse; pero la intención de ejecutarlo, así
como los actos encaminados a dicha ejecución existen.
 El delito consumado.- es el acto que reúne todos los elementos
que la ley señala como integrante de un tipo de delito. Es, en una
palabra, la violación a la ley penal.
EXCLUYENTES DE
RESPONSABILIDAD
 Las excluyentes de responsabilidad son llamadas en el Código Penal Federal, en
su artículo 15, capítulo IV “causas de exclusión del delito,” y son situaciones que la
ley prevé y que impiden que una conducta o hecho pueda ser considerado delito
debido a las condiciones que la misma ley señala.
 Es decir, los Legisladores saben que, bajo ciertas condiciones, personas sin
ningún antecedente criminal se pueden ver expuestas a cometer un delito sin que
exista intención alguna de hacerlo, como es el caso de la defensa propia de su
persona, su familia o sus bienes. En estos casos existe un actuar motivado
exclusivamente por las circunstancias.
EXCLUYENTES DE
RESPONSABILIDAD
 Por ejemplo, este artículo 15, en su fracción IV menciona que el
delito se excluye cuando:
 “Se repela una agresión real, actual o inminente, y sin derecho, en protección
de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa y
racionalidad de los medios empleados y no medie provocación dolosa suficiente e
inmediata por parte del agredido o de la persona a quien se defiende.
EXCLUYENTES DE
RESPONSABILIDAD
 Se presumirá como defensa legítima, salvo prueba en contrario, el hecho de
causar daño a quien por cualquier medio trate de penetrar, sin derecho, al hogar
del agente, al de su familia, a sus dependencias, o a los de cualquier persona que
tenga la obligación de defender, al sitio donde se encuentren bienes propios o ajenos
respecto de los que exista la misma obligación; o bien, lo encuentre en alguno de
aquellos lugares en circunstancias tales que revelen la probabilidad de una
agresión;
OTROS ELEMENTOS
 Atipicidad.- Se da cuando hay inexistencia de alguno de los
elementos que integran la descripción típica del delito.
 Estado de necesidad.- Es cuando se obra por la necesidad de
salvaguardar un bien jurídico, propio o ajeno de un peligro real.
 Reincidencia.- Existe la reincidencia: siempre que el condenado
por su sentencia ejecutoria cometa un nuevo delito.
LA PENA
 La pena es el medio con que cuenta el Estado para reaccionar frente al
delito, expresándose como la "restricción de derechos del responsable".
Por ello, el Derecho que regula los delitos se denomina habitualmente
Derecho penal.
 La pena también se define como una sanción que produce la pérdida o
restricción de derechos personales, contemplada en la ley e impuesta por
el órgano judicial mediante un proceso al individuo responsable de la
comisión de un delito.
PENAS Y MEDIDAS DE
SEGURIDAD
 Penas privativas de la libertad.- un tipo de pena impuesta por un
juez o tribunal como consecuencia de un proceso penal y que consiste
en quitarle al reo su efectiva libertad personal ambulatoria (es decir, su
libertad para desplazarse por donde desee), fijando que para el
cumplimiento de esta pena el sentenciado quede recluido dentro de
un establecimiento especial para tal fin.
PENAS PRIVATIVAS DE LA
LIBERTAD.-
 Prisión.- La prisión consiste en privas de su libertad corporal a un
individuo. Varía de tres días a sesenta años. Y debe cumplirse en una
penitenciara
 Semilibertad.- Implica la alternación de periodos de privación de la
libertad y de tratamiento en libertad con periodos de privación de la
misma
PENAS PRIVATIVAS DE LA
LIBERTAD
 Prohibición de ir a un lugar determinado.- Esta pena consiste en la
prohibición que el juez o la autoridad administrativa imponen al
delincuente de ir a determinado lugar, donde se teme que cometa un
delito
 Vigilancia de la autoridad.- Consiste en ejercer sobre el
sentenciado, observación y orientación de su conducta.
PENAS PREVENTIVAS
 Son:
 Amonestación.- consiste en la advertencia que el juez dirige al
acusado, haciéndole ver las consecuencias del delito que cometió. Se
hace en público o en privado.
 El apercibimiento.- consiste en la advertencia que el juez hace a
una persona de que en caso de que cometa un delito y otro semejante
se la considerará como reincidente.
PENAS PECUNIARIAS
 Son:
 La sanción pecuniaria.- implica una erogación de recursos
económicos, para el delincuente. La sanción pecuniaria comprende la
multa y la reparación del daño.
 Ejemplos: las multas, reparación por daños
PENAS PECUNIARIAS
 La caución de no ofender.- consiste en la fianza, prenda o
depósito que el juez exige al acusado, cuando teme que no es
suficiente al apercibimiento para hacerlo desistir de la comisión de un
delito.
 La publicación especial de la sentencia.- consiste en la inserción
total o parcial de ella en uno de los periódicos que circulan en la
localidad donde se cometió del delito.
APLICACIÓN DE LAS SANCIONES
Y EXTINCIÓN DE LA
RESPONSABILIDAD PENAL
 La aplicación de las sanciones del juez debe tener en cuenta las
siguientes circunstancias: la magnitud del daño causado o el peligro
que se hubiere suscitado; la naturaleza de la acción y omisión y los
medios empleados, las circunstancias de tiempo, lugar, modo u
ocasión del delito.
APLICACION DE
SANCIONES A LOS
DELITOS CULPOSOS
 EN LOS CASOS DE DELITOS CULPOSOS SE IMPONDRA HASTA LA
CUARTA PARTE DE LAS PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
ASIGNADAS POR LA LEY AL TIPO BASICO DEL DELITO DOLOSO, CON
EXCEPCION DE AQUELLOS PARA LOS QUE LA LEY SEÑALE UNA
PENA ESPECIFICA. ADEMAS, SE IMPONDRA, EN SU CASO,
SUSPENSION HASTA DE DIEZ AÑOS, O PRIVACION DEFINITIVA DE
DERECHOS PARA EJERCER PROFESION, OFICIO, AUTORIZACION,
LICENCIA O PERMISO
EXTINCIÓN DE LA
RESPONSABILIDAD PENAL
 Se produce cuando:
 Muere el delincuente
 Amnistía
 Perdón ofendido
 Reconocimiento de inocencia
 Rehabilitación
 Prescripción
ALGUNOS DELITOS EN
PARTICULAR
 Delito contra la seguridad de la Nación.- Atenta contra la
seguridad de México la persona que comete cualquiera de estos
delitos:
 Traición a la patria.- Comete este delito quien atenta contra la
independencia de la República, su soberanía, su libertad o la
integridad de su territorio.
ALGUNOS DELITOS EN
PARTICULAR
 Espionaje.- lo comete quien , en tiempos de paz, con objeto de guiar a
una posible invasión del territorio nacional o que alterara la paz interior,
tenga relación o inteligencia con persona, grupo o gobierno extranjero.
 Sedición.- conductas que puedan ser estimadas por la autoridad legal
como motivo de insurrección en contra del orden constitucional
establecido, ya sea la exposición de discursos, el desarrollo de
organizaciones, la escritura y distribución de textos u otras acciones
ALGUNOS DELITOS EN
PARTICULAR
 Motín.- revuelta o rebelión multitudinaria contra el orden
establecido. Se diferencia de los otros conceptos por sus
características limitadas o localizadas. También suele caracterizarse
por su surgimiento espontáneo y su desarrollo desorganizado o
desordenado
ALGUNOS DELITOS EN
PARTICULAR
 Rebelión.- manifestación de rechazo a la autoridad Esto puede
variar desde la desobediencia civil hasta un intento organizado y
armado de destruir la autoridad establecida.
 Terrorismo.- el uso de la violencia para el logro de objetivos
políticos.
ALGUNOS DELITOS EN
PARTICULAR
 Sabotaje.- acción deliberada dirigida a debilitar a un enemigo mediante
la subversión, la obstrucción, la interrupción o la destrucción de material.
 Conspiración.- acto o conjunto de actos realizados por varias personas
con ánimo de arrebatar el poder a otra o de causarle perjuicio o daño.
Cuando se refiere a cosas o a instituciones o a obras, una conspiración es
una concurrencia de circunstancias en dirección a un mismo fin
ALGUNOS DELITOS EN
PARTICULAR
 Delitos contra el derecho internacional y contra la humanidad
 Piratería.- práctica de saqueo organizado o bandolerismo marítimo,
probablemente tan antigua como la navegación misma. Consiste en que
una embarcación privada o una estatal amotinada ataca a otra en aguas
internacionales o en lugares no sometidos a la jurisdicción de ningún
Estado, con el propósito de robar su carga, exigir rescate por los pasajeros,
convertirlos en esclavos y muchas veces apoderarse de la nave misma.
ALGUNOS DELITOS EN
PARTICULAR
 Genocidio.- El genocidio es un delito internacional que comprende
cualquiera de los actos perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a
un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal; estos actos comprenden la
matanza de miembros del grupo, lesión grave a la integridad física o mental de los
miembros del grupo, sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que
hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial, medidas destinadas a impedir
nacimientos en el seno del grupo, traslado por la fuerza de niños del grupo a otro
grupo.[
DELITOS CONTRA LA
SEGURIDAD PUBLICA
 Evasión de presos.- Incurre en este delito el que favoreciere la
evasión de algún detenido, procesado o condenado.
 Quebrantamiento de sanciones.- Comete este delito el reo que se
fuga estando bajo algunas de las sanciones privativas de la libertad.
 Asociaciones delictuosas.- Se denominan asociaciones delictuosas
las reuniones o bandas de tres o más personas organizadas.
DELITOS CONTRA LA
AUTORIDAD
 Desobediencia y resistencia de particulares.- Cometen este delito
los que, sin causa legítima, rehúsan prestar un servicio de interés
público a que la ley obligue.
 Oposición a que se ejecute alguna obra o trabajos públicos.- Se
comete este delito cuando varias personas de común acuerdo
procuren impedir la ejecución de una obra o trabajos públicos.
DELITOS CONTRA LA
AUTORIDAD
 Quebrantamientos de sellos.- Este delito consiste en violar los
sellos puesto por orden de la autoridad pública.
 Ultraje a las insignias nacionales.- Comete este delito quien de
palabra u obra ultraja el escudo de la república o el pabellón nacional
o bien haga uso indebido del escudo.
DELITOS CONTRA LA
SALUD
 Del peligro del contagio.- Comete este delito el que a sabiendas de
que está enfermo de un mal venéreo u otra enfermedad grave en
periodo infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por
relaciones sexuales y otro medio transmitible.
DELITOS CONTRA LA
MORAL PÚBLICA Y LAS
BUENAS COSTUMBRES
 Ultraje a la moral pública.- Comete este delito el que fabrique,
reproduzca o publique libros, escritos, imágenes u objetos obscenos y al
que los exponga, distribuya o haga circular.
 Corrupción de menores.- Comete este delito la persona que procure o
facilite la corrupción de un menor de dieciséis años de edad o de quien no
tenga capacidad de comprender el significado del hecho, mediante actos
de exhibicionismo corporal, sexuales o induzca a la práctica de la ebriedad,
consumo de narcóticos, la prostitución, homosexualismo.
DELITOS CONTRA LA
MORAL PÚBLICA Y LAS
BUENAS COSTUMBRES
 Trata de personas - Comete este delito cualquier persona que
habitualmente explote el cuerpo de otra por medio del comercio
carnal, se mantenga de este comercio u obtenga de él un lucro, o bien
facilite los medios para que se entregue a la prostitución.
DELITOS COMETIDOS POR
SERVIDORES PÚBLICOS
 Ejercicio indebido de servicios públicos.- Comenten este delito los
funcionarios o empleados que ejercen un empleo o cargo sin haber
tomado posesión legítima de él; los que continúen ejerciendo las
funciones de un empleo cargo o comisión después de saber que se
revocado el cargo.
 Abuso de autoridad.- Lo comete todo funcionario público que para
impedir la ejecución de una disposición legal o el cumplimiento de una
resolución.
DELITOS COMETIDOS POR
SERVIDORES PÚBLICOS
 Cohecho.- Este delito, que es común y corriente en nuestro medio
burocrático, consiste en que un funcionario público, por sí o por
solicite o reciba dádivas o dinero a cambio de hacer o dejar de hacer
algo justo o injusto relacionando con sus funciones.
 Peculado.- Comete el delito de peculado todo servidor público que
para usos propios o ajenos distraiga de su objeto dinero, valores,
fincas, o cualquier otra cosa perteneciente al Estado.
DELITOS COMETIDOS POR
SERVIDORES PÚBLICOS
 Intimidación.- Comete el delito de intimidación el servidor
público que utilizando la violencia física o moral, intimide a cualquier
persona para evitar que ésta o un tercero denuncie el delito.
 Tráfico de influencia.- Comete el delio de tráfico de influencias el
servidor público que por sí o por interpósita persona promueva o
gestione la tramitación o resolución ilícita de negocios públicos ajenos
a las responsabilidades.
DELITOS CONTRA LA
LIBERTAD Y EL NORMAL
DESARROLLO
PSICOSEXUAL
 Hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro y violación.- se
considera que comete el delito de hostigamiento el que con fine
lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose
de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales.
 Incesto.- Cometen este delito los ascendientes que tengan
relaciones sexuales con sus descendientes o bien entre hermanos.
DELITOS CONTRA LA
LIBERTAD Y EL NORMAL
DESARROLLO
PSICOSEXUAL
 Adulterio.- Se aplicará prisión de dos años y privación de derechos
civiles hasta por seis años a los culpables de adulterio cometido en el
domicilio conyugal o con escándalo. Sólo se castigará al adulterio
consumado.
DELITOS CONTRA LA VIDA
Y LA INTEGRIDAD
CORPORAL
 Lesiones.- Se comprende como lesión no solo las heridas,
escoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, sino
toda alteración en la salud y cualquier otro daño que deje huella
material.
 Homicidio.- Comete el delito de homicidio el que priva de la vida a
otro. El homicidio es entre, los delitos, el más grave.
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Y LA INTEGRIDAD
CORPORAL
 Aborto.- es la muerte del producto de la concepción en cualquier
momento del embarazo.
 Abandono de personas.- comenten este delito lo que abandonan a un
niño incapaz de cuidarse a sí mismo, o a una persona enferma, teniendo
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 Violencia familiar.- se considera el uso de la fuerza física o moral así
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Derecho penal

  • 2. DEFINICIÓN DERECHO PENAL  Como una reacción frente a los valores del espíritu aparece el crimen, entorpeciendo el desarrollo pacífico de las sociedades y creando un estado de alarma y anarquía. Esta situación ha llevado a los hombres de todas las épocas a reaccionar contra el criminal, combatiéndolo de acuerdo con las costumbres del tiempo y lugar.  El Estado, que representa a la comunidad organizada, es aquel que puede intervenir reprimiendo a los delincuentes siempre basándose en la leyes y las normas jurídicas actuales.
  • 3. DEFINICIÓN DERECHO PENAL  El Estado puede aplicar a los actos ilícitos dos clases de sanciones: civiles y penales.  Las primeras, las aplica en el caso de que el acto lícito lesión de una manera indirecta a la sociedad y directamente a un particular, y las segundas, cuando se lesiona en forma mediata a u n particular a indirectamente a la sociedad.
  • 4. DEFINICIÓN DERECHO PENAL  El Derecho penal es el conjunto del leyes que determinan los delitos y las penas que el poder social impone al delincuente.
  • 5. LAS FUENTES PROPIAS DEL DERECHO PENAL  Debe concluirse que sólo es fuente del derecho penal, directa, inmediata y principal, la ley.  Las costumbres no pueden ser fuentes del derecho penal en ningún sistema de tipo liberal y menos en el nuestro, porque la Constitución, en su artículo 14, establece la prohibición terminante de imponer pena alguna por simple analogía o aún por mayoría de razón sino está decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trate; luego para la existencia se requiere una ley que lo establezca.
  • 6. LAS FUENTES PROPIAS DEL DERECHO PENAL  La jurisprudencia, según nuestra Ley de Amparo, sólo es obligatoria si emana de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, o de los Tribunales Colegiados de Circuito.  La jurisprudencia no constituye propiamente una fuente formal del Derecho Penal; a pesar de su obligatoriedad, es una simple interpretación de los preceptos legales en vigor; viene a ser la ley misma; la Corte sólo desentraña el sentido de las normas jurídicas, para afirmar que dicen tal o cual cosa.
  • 7. LA LEY COMO FUENTE ÚNICA  El derecho a castigar del Estado encuéntrese, pues, limitado por la ley penal, fuente única del derecho represivo, verdadera garantía para el delincuente, quien no puede verse sancionado por actos que la ley, de manera expresa, no haya previsto como delictuosos.  LA TIPICIDAD PENAL  Según las ideas expuestas no puede ser punible un hecho si no lo ha previsto la ley.
  • 8. EL DELITO  El delito se produce dentro de la sociedad; mirándolo objetivamente se presenta como un hecho social dañoso, puesto que destruye la convivencia pacífica de los individuos.  La convivencia esta protegida y ordenada por la ley; en consecuencia, el delito, al atacar los vínculos de solidaridad, implica una violación a la propia ley; de ahí que sea un hecho ilícito.  El delito es un acto culpable, antisocial e ilícito, sancionado por la ley penal.  Las acciones u omisiones solamente pueden realizarse en forma dolorosa o culposa.
  • 9. EL DELINCUENTE  De acuerdo al Derecho Penal un delincuente es todo aquel individuo que es considerado peligroso por el ejercicio de su libre albedrío o de su locura, o mala educación, incapacidad para vivir dentro de un orden social.  Personas responsables de los delitos.- Son responsables todos los que toman parte en la concepción, preparación o ejecución de un delito o prestan auxilio o cooperación de cualquier especie.
  • 10. EL DELINCUENTE  Grados del delito.- La ley sólo admite dos grados en la realización del delito: la tentativa y el delito consumado. En el primer caso, el delito no llega a ejecutarse; pero la intención de ejecutarlo, así como los actos encaminados a dicha ejecución existen.  El delito consumado.- es el acto que reúne todos los elementos que la ley señala como integrante de un tipo de delito. Es, en una palabra, la violación a la ley penal.
  • 11. EXCLUYENTES DE RESPONSABILIDAD  Las excluyentes de responsabilidad son llamadas en el Código Penal Federal, en su artículo 15, capítulo IV “causas de exclusión del delito,” y son situaciones que la ley prevé y que impiden que una conducta o hecho pueda ser considerado delito debido a las condiciones que la misma ley señala.  Es decir, los Legisladores saben que, bajo ciertas condiciones, personas sin ningún antecedente criminal se pueden ver expuestas a cometer un delito sin que exista intención alguna de hacerlo, como es el caso de la defensa propia de su persona, su familia o sus bienes. En estos casos existe un actuar motivado exclusivamente por las circunstancias.
  • 12. EXCLUYENTES DE RESPONSABILIDAD  Por ejemplo, este artículo 15, en su fracción IV menciona que el delito se excluye cuando:  “Se repela una agresión real, actual o inminente, y sin derecho, en protección de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa y racionalidad de los medios empleados y no medie provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de la persona a quien se defiende.
  • 13. EXCLUYENTES DE RESPONSABILIDAD  Se presumirá como defensa legítima, salvo prueba en contrario, el hecho de causar daño a quien por cualquier medio trate de penetrar, sin derecho, al hogar del agente, al de su familia, a sus dependencias, o a los de cualquier persona que tenga la obligación de defender, al sitio donde se encuentren bienes propios o ajenos respecto de los que exista la misma obligación; o bien, lo encuentre en alguno de aquellos lugares en circunstancias tales que revelen la probabilidad de una agresión;
  • 14. OTROS ELEMENTOS  Atipicidad.- Se da cuando hay inexistencia de alguno de los elementos que integran la descripción típica del delito.  Estado de necesidad.- Es cuando se obra por la necesidad de salvaguardar un bien jurídico, propio o ajeno de un peligro real.  Reincidencia.- Existe la reincidencia: siempre que el condenado por su sentencia ejecutoria cometa un nuevo delito.
  • 15. LA PENA  La pena es el medio con que cuenta el Estado para reaccionar frente al delito, expresándose como la "restricción de derechos del responsable". Por ello, el Derecho que regula los delitos se denomina habitualmente Derecho penal.  La pena también se define como una sanción que produce la pérdida o restricción de derechos personales, contemplada en la ley e impuesta por el órgano judicial mediante un proceso al individuo responsable de la comisión de un delito.
  • 16. PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD  Penas privativas de la libertad.- un tipo de pena impuesta por un juez o tribunal como consecuencia de un proceso penal y que consiste en quitarle al reo su efectiva libertad personal ambulatoria (es decir, su libertad para desplazarse por donde desee), fijando que para el cumplimiento de esta pena el sentenciado quede recluido dentro de un establecimiento especial para tal fin.
  • 17. PENAS PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD.-  Prisión.- La prisión consiste en privas de su libertad corporal a un individuo. Varía de tres días a sesenta años. Y debe cumplirse en una penitenciara  Semilibertad.- Implica la alternación de periodos de privación de la libertad y de tratamiento en libertad con periodos de privación de la misma
  • 18. PENAS PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD  Prohibición de ir a un lugar determinado.- Esta pena consiste en la prohibición que el juez o la autoridad administrativa imponen al delincuente de ir a determinado lugar, donde se teme que cometa un delito  Vigilancia de la autoridad.- Consiste en ejercer sobre el sentenciado, observación y orientación de su conducta.
  • 19. PENAS PREVENTIVAS  Son:  Amonestación.- consiste en la advertencia que el juez dirige al acusado, haciéndole ver las consecuencias del delito que cometió. Se hace en público o en privado.  El apercibimiento.- consiste en la advertencia que el juez hace a una persona de que en caso de que cometa un delito y otro semejante se la considerará como reincidente.
  • 20. PENAS PECUNIARIAS  Son:  La sanción pecuniaria.- implica una erogación de recursos económicos, para el delincuente. La sanción pecuniaria comprende la multa y la reparación del daño.  Ejemplos: las multas, reparación por daños
  • 21. PENAS PECUNIARIAS  La caución de no ofender.- consiste en la fianza, prenda o depósito que el juez exige al acusado, cuando teme que no es suficiente al apercibimiento para hacerlo desistir de la comisión de un delito.  La publicación especial de la sentencia.- consiste en la inserción total o parcial de ella en uno de los periódicos que circulan en la localidad donde se cometió del delito.
  • 22. APLICACIÓN DE LAS SANCIONES Y EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL  La aplicación de las sanciones del juez debe tener en cuenta las siguientes circunstancias: la magnitud del daño causado o el peligro que se hubiere suscitado; la naturaleza de la acción y omisión y los medios empleados, las circunstancias de tiempo, lugar, modo u ocasión del delito.
  • 23. APLICACION DE SANCIONES A LOS DELITOS CULPOSOS  EN LOS CASOS DE DELITOS CULPOSOS SE IMPONDRA HASTA LA CUARTA PARTE DE LAS PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD ASIGNADAS POR LA LEY AL TIPO BASICO DEL DELITO DOLOSO, CON EXCEPCION DE AQUELLOS PARA LOS QUE LA LEY SEÑALE UNA PENA ESPECIFICA. ADEMAS, SE IMPONDRA, EN SU CASO, SUSPENSION HASTA DE DIEZ AÑOS, O PRIVACION DEFINITIVA DE DERECHOS PARA EJERCER PROFESION, OFICIO, AUTORIZACION, LICENCIA O PERMISO
  • 24. EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL  Se produce cuando:  Muere el delincuente  Amnistía  Perdón ofendido  Reconocimiento de inocencia  Rehabilitación  Prescripción
  • 25. ALGUNOS DELITOS EN PARTICULAR  Delito contra la seguridad de la Nación.- Atenta contra la seguridad de México la persona que comete cualquiera de estos delitos:  Traición a la patria.- Comete este delito quien atenta contra la independencia de la República, su soberanía, su libertad o la integridad de su territorio.
  • 26. ALGUNOS DELITOS EN PARTICULAR  Espionaje.- lo comete quien , en tiempos de paz, con objeto de guiar a una posible invasión del territorio nacional o que alterara la paz interior, tenga relación o inteligencia con persona, grupo o gobierno extranjero.  Sedición.- conductas que puedan ser estimadas por la autoridad legal como motivo de insurrección en contra del orden constitucional establecido, ya sea la exposición de discursos, el desarrollo de organizaciones, la escritura y distribución de textos u otras acciones
  • 27. ALGUNOS DELITOS EN PARTICULAR  Motín.- revuelta o rebelión multitudinaria contra el orden establecido. Se diferencia de los otros conceptos por sus características limitadas o localizadas. También suele caracterizarse por su surgimiento espontáneo y su desarrollo desorganizado o desordenado
  • 28. ALGUNOS DELITOS EN PARTICULAR  Rebelión.- manifestación de rechazo a la autoridad Esto puede variar desde la desobediencia civil hasta un intento organizado y armado de destruir la autoridad establecida.  Terrorismo.- el uso de la violencia para el logro de objetivos políticos.
  • 29. ALGUNOS DELITOS EN PARTICULAR  Sabotaje.- acción deliberada dirigida a debilitar a un enemigo mediante la subversión, la obstrucción, la interrupción o la destrucción de material.  Conspiración.- acto o conjunto de actos realizados por varias personas con ánimo de arrebatar el poder a otra o de causarle perjuicio o daño. Cuando se refiere a cosas o a instituciones o a obras, una conspiración es una concurrencia de circunstancias en dirección a un mismo fin
  • 30. ALGUNOS DELITOS EN PARTICULAR  Delitos contra el derecho internacional y contra la humanidad  Piratería.- práctica de saqueo organizado o bandolerismo marítimo, probablemente tan antigua como la navegación misma. Consiste en que una embarcación privada o una estatal amotinada ataca a otra en aguas internacionales o en lugares no sometidos a la jurisdicción de ningún Estado, con el propósito de robar su carga, exigir rescate por los pasajeros, convertirlos en esclavos y muchas veces apoderarse de la nave misma.
  • 31. ALGUNOS DELITOS EN PARTICULAR  Genocidio.- El genocidio es un delito internacional que comprende cualquiera de los actos perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal; estos actos comprenden la matanza de miembros del grupo, lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo, sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial, medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo, traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.[
  • 32. DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA  Evasión de presos.- Incurre en este delito el que favoreciere la evasión de algún detenido, procesado o condenado.  Quebrantamiento de sanciones.- Comete este delito el reo que se fuga estando bajo algunas de las sanciones privativas de la libertad.  Asociaciones delictuosas.- Se denominan asociaciones delictuosas las reuniones o bandas de tres o más personas organizadas.
  • 33. DELITOS CONTRA LA AUTORIDAD  Desobediencia y resistencia de particulares.- Cometen este delito los que, sin causa legítima, rehúsan prestar un servicio de interés público a que la ley obligue.  Oposición a que se ejecute alguna obra o trabajos públicos.- Se comete este delito cuando varias personas de común acuerdo procuren impedir la ejecución de una obra o trabajos públicos.
  • 34. DELITOS CONTRA LA AUTORIDAD  Quebrantamientos de sellos.- Este delito consiste en violar los sellos puesto por orden de la autoridad pública.  Ultraje a las insignias nacionales.- Comete este delito quien de palabra u obra ultraja el escudo de la república o el pabellón nacional o bien haga uso indebido del escudo.
  • 35. DELITOS CONTRA LA SALUD  Del peligro del contagio.- Comete este delito el que a sabiendas de que está enfermo de un mal venéreo u otra enfermedad grave en periodo infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por relaciones sexuales y otro medio transmitible.
  • 36. DELITOS CONTRA LA MORAL PÚBLICA Y LAS BUENAS COSTUMBRES  Ultraje a la moral pública.- Comete este delito el que fabrique, reproduzca o publique libros, escritos, imágenes u objetos obscenos y al que los exponga, distribuya o haga circular.  Corrupción de menores.- Comete este delito la persona que procure o facilite la corrupción de un menor de dieciséis años de edad o de quien no tenga capacidad de comprender el significado del hecho, mediante actos de exhibicionismo corporal, sexuales o induzca a la práctica de la ebriedad, consumo de narcóticos, la prostitución, homosexualismo.
  • 37. DELITOS CONTRA LA MORAL PÚBLICA Y LAS BUENAS COSTUMBRES  Trata de personas - Comete este delito cualquier persona que habitualmente explote el cuerpo de otra por medio del comercio carnal, se mantenga de este comercio u obtenga de él un lucro, o bien facilite los medios para que se entregue a la prostitución.
  • 38. DELITOS COMETIDOS POR SERVIDORES PÚBLICOS  Ejercicio indebido de servicios públicos.- Comenten este delito los funcionarios o empleados que ejercen un empleo o cargo sin haber tomado posesión legítima de él; los que continúen ejerciendo las funciones de un empleo cargo o comisión después de saber que se revocado el cargo.  Abuso de autoridad.- Lo comete todo funcionario público que para impedir la ejecución de una disposición legal o el cumplimiento de una resolución.
  • 39. DELITOS COMETIDOS POR SERVIDORES PÚBLICOS  Cohecho.- Este delito, que es común y corriente en nuestro medio burocrático, consiste en que un funcionario público, por sí o por solicite o reciba dádivas o dinero a cambio de hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionando con sus funciones.  Peculado.- Comete el delito de peculado todo servidor público que para usos propios o ajenos distraiga de su objeto dinero, valores, fincas, o cualquier otra cosa perteneciente al Estado.
  • 40. DELITOS COMETIDOS POR SERVIDORES PÚBLICOS  Intimidación.- Comete el delito de intimidación el servidor público que utilizando la violencia física o moral, intimide a cualquier persona para evitar que ésta o un tercero denuncie el delito.  Tráfico de influencia.- Comete el delio de tráfico de influencias el servidor público que por sí o por interpósita persona promueva o gestione la tramitación o resolución ilícita de negocios públicos ajenos a las responsabilidades.
  • 41. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD Y EL NORMAL DESARROLLO PSICOSEXUAL  Hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro y violación.- se considera que comete el delito de hostigamiento el que con fine lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales.  Incesto.- Cometen este delito los ascendientes que tengan relaciones sexuales con sus descendientes o bien entre hermanos.
  • 42. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD Y EL NORMAL DESARROLLO PSICOSEXUAL  Adulterio.- Se aplicará prisión de dos años y privación de derechos civiles hasta por seis años a los culpables de adulterio cometido en el domicilio conyugal o con escándalo. Sólo se castigará al adulterio consumado.
  • 43. DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD CORPORAL  Lesiones.- Se comprende como lesión no solo las heridas, escoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, sino toda alteración en la salud y cualquier otro daño que deje huella material.  Homicidio.- Comete el delito de homicidio el que priva de la vida a otro. El homicidio es entre, los delitos, el más grave.
  • 44. DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD CORPORAL  Aborto.- es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo.  Abandono de personas.- comenten este delito lo que abandonan a un niño incapaz de cuidarse a sí mismo, o a una persona enferma, teniendo obligación de cuidarlos.  Violencia familiar.- se considera el uso de la fuerza física o moral así como la omisión grave, que de reiterada se ejerce en contra de un miembro.