SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 6
UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
LA PENA
(ENSAYO)
Presentado por:
LUISMAR LOPEZ
CI: 18.759.658
San Felipe, 07 de Junio de 2015
LA PENA
La palabra pena significa castigo, tormento físico, padecimiento,
sufrimiento. Para el desarrollo del presente ensayo, el concepto de pena se
plantea como un concepto formal del derecho, en tal sentido, la pena es la sanción
jurídica aplicable a quien viola la norma jurídica prohibitiva.
Es un castigo que debe imponerse al culpable o responsable de la comisión
de un delito, para mantener así el orden jurídico que ha establecido la sociedad
como indispensable para desarrollarse armónicamente en un ambiente de paz
social.
Nuestro código civil implanta un sistema en el que se mantiene como
consecuencias personales del delito, las penas y medidas de seguridad,
aplicándolas alternativamente. Si el sujeto es imputable se aplica la pena; y, si el
sujeto adolece de algún trastorno casual de inimputabilidad se aplican las medidas
de seguridad. si el trastorno tiene base patológica, el agente estará exento de
responsabilidad penal, lo ampara la inimputabilidad y Si el trastorno tiene base de
tipo emocional, el agente estará amparado por una causa de atenuación y no de
excepción.
En cuanto a la causa específica de extinción de la pena, ella está
constituida por el indulto, ya que para que exista legalmente, es menester que ha-
ya pena, y hay pena cuando ella ha sido impuesta en virtud de sentencia con-
denatoria definitivamente firme pasada en autoridad de cosa juzgada.
Se tiene también a La amnistía extingue que hace cesar la ejecución de la
condena y todas las consecuencias penales de la misma. Si la persona está
siendo procesada, la amnistía con respecto a esa persona extingue la acción
penal; si la persona ya ha sido condenada por sentencia condenatoria
definitivamente firme, la amnistía con respecto a esa persona extingue la pena.
Esto, porque en la amnistía se atiende al delito mismo, luego por el mismo delito
puede haber procesados y condenados, y esto es lo usual.
Para que la pena prescriba se hace necesario el transcurso de cierto lapso,
sin que la misma sea ejecutada. Las de presidio, prisión y arresto por un tiempo
igual al de la pena que haya de cumplirse, mas la mitad del mismo o por la muerte
de la persona.
Las de relegación a colonia penitenciaria, confinamiento y expulsión del
espacio geográfico de la República, por un tiempo igual al de la condena, mas la
tercera parte del tiempo.
Como queda expreso en el punto anterior, la consecuencia del delito es
fundamentalmente la coerción penal, cuya manifestación característica es la pena.
Sin embargo, puede ocurrir que a un injusto culpable no le siga como
consecuencia jurídica Así, podemos decir que conlleva a la la punibilidad la cual
es la posibilidad jurídica de aplicar una pena a un injusto culpable.
Aunque la relevancia penal de un comportamiento depende del desvalor de
la conducta realizada, pueden existir algunas consideraciones de política criminal
que afectan a la conveniencia o no de castigar. Entre estos factores no punibilidad
se incluyen las condiciones objetivas de punibilidad de las que se puede decir que
son esos casos externos a la voluntad de la persona, exigidas por la ley para que
pueda imponerse la pena, aún cuando la acción sea la descripta en el tipo penal y
el autor haya actuado culpablemente.
Las condiciones objetivas de punibilidad, impiden sólo que toda acción
típica, ayg fgcfntijurídica y culpable sea punible y lo único que existe en ellas es
una renuncia puntual a la pena determinada por la culpabilidad. El principio de
culpabilidad es, por tanto, perfectamente compatible con ellas..
De lo antes mencionado se puede decir que si la punibilidad de un hecho es
sometida a una condición, el hecho no constituye delito antes de verificarse
aquella.
En lo que respecta a Las Excusas absolutorias o Causas De Impunidad se
puede decir que son las circunstancias personales que impiden la aplicación de la
sanción. No excluyen al delito; nada la relaciona con los elementos que la
conforman, su límite de efectividad está reducido a la exclusión de la pena por la
infracción socialmente peligrosa cometida, atendiendo al grado de peligrosidad o
nocividad intrínseco, la condición para su apreciación es su propia previsión en el
orden penal y comprensible es que no se admitan para delitos de extrema
gravedad, así pues son especiales condiciones que la ley fija; prescinden de ser
penadas bien por su escasa entidad, por la intrascendencia social o por la
personalidad mismas del autor.
Nuestra legislación penal vigente en su parte general refleja algunas figuras
relacionadas con el grado de consumación del delito. para citar algunos ejemplos
se tiene que:.
El artículo 13 en su apartado primero dispone que la tentativa no resulte
sancionable cuando el agente espontáneamente desiste del acto o evite el
resultado delictuoso,
El delito de Perjurio previsto y sancionado en el artículo 157, permite
excusar de pena a quien se retracte de su falsas declaraciones cuando todavía es
posible evitar los efectos que estas producirían. La víctima puede ejercer la acción
penal a través de la denuncia ante el Ministerio Público o los organismos
gubernamentales autorizados por ley para recibir las mismas. Con ello se apertura
de manera automática la apertura de un procedimiento penal
En cuanto a la causa específica de extinción de la acción penal, cabe ad-
vertir que el perdón de la parte agraviada en los delitos de acción privada, en los
delitos enjuiciables sólo a instancia de la parte agraviada, extingue sólo la acción
penal; excepcionalmente, sin embargo, y en virtud de una disposición, especial de
la ley, el perdón de la parte agraviada puede extinguir la pena, pero, por regla
general, sólo extingue la acción penal.
Hay ausencia de penalidad cuando la persona que comete un delito por
alguna de las formas establecidas en la ley penal no cumple con la condena
establecida para ello.
Entre ellas tenemos en primer lugar las causas personales que excluyen la
penalidad las que se establecen por puras consideraciones político penales, como
por ejemplo, los hurtos, defraudaciones o daños que recíprocamente se causaren
los cónyuges, ascendientes, descendientes y afines en línea recta.
En tanto que en las causas personales que excluyen la penalidad las
circunstancias relevadas legalmente deben hallarse en el momento del hecho, en
las causas personales que cancelan la penalidad las mismas son sobrevivientes al
hecho, es decir, posteriores al mismo. Podemos mencionar entre ellas el
desistimiento en la tentativa o la retractación en delitos contra el honor.
Para finalizar puedo decir que no todos los delitos deben ser castigados de
la misma manera; los delitos deben ser castigados conforme al grado de ofensa
que se hizo a la sociedad con la falta cometida, pues no sería adecuado sancionar
de la misma manera la conducta que pretendió afectar a uno de los integrantes de
la sociedad en particular, como el acto que buscaba destruir algún bien en
especifico o alguna persona
La intención es castigar a quien infringió la normatividad y en casos como el
de nuestro país, el propósito es readaptar al individuo a la sociedad que en algún
momento ofendió con sus actos.
La sentencia y aplicación de las penas deberían ser lo más pronto posible, ,
ya que la pena no es otra cosa que la consecuencia del delito y aplazar su
aplicación, no representa otra cosa que la separación cada vez más errónea de
estos dos conceptos, íntimamente ligados, tanto en la teoría como en la práctica.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Punibilidad, punición y pena
Punibilidad, punición y penaPunibilidad, punición y pena
Punibilidad, punición y penaWael Hikal
 
Ensayo derecho penal
Ensayo derecho penalEnsayo derecho penal
Ensayo derecho penalhugo yepez
 
DERECHO PENAL GENERAL UV
DERECHO PENAL GENERAL UVDERECHO PENAL GENERAL UV
DERECHO PENAL GENERAL UVYA Basta O
 
Importancia de la Pena en el Derecho Penal
Importancia de la Pena en el Derecho PenalImportancia de la Pena en el Derecho Penal
Importancia de la Pena en el Derecho PenalHecma Montesinos Torres
 
La penologia_IAFJSR
La penologia_IAFJSRLa penologia_IAFJSR
La penologia_IAFJSRMauri Rojas
 
ENJ-2-301: Presentación Módulo V: La Tentativa Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo V: La Tentativa Curso Teoría del Delito AJPENJ-2-301: Presentación Módulo V: La Tentativa Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo V: La Tentativa Curso Teoría del Delito AJPENJ
 
La antijuricidad
La antijuricidadLa antijuricidad
La antijuricidadSamir Rueda
 
Concepto y elementos del delito (doloso) (1)
Concepto y elementos del delito (doloso) (1)Concepto y elementos del delito (doloso) (1)
Concepto y elementos del delito (doloso) (1)csherlyo
 
Pascual armando parrillo quevedo
Pascual armando parrillo quevedoPascual armando parrillo quevedo
Pascual armando parrillo quevedoPASCUALParridouft
 
ENJ-2-301: Presentación Módulo X: Penas y Medidas de Seguridad Curso Teoría d...
ENJ-2-301: Presentación Módulo X: Penas y Medidas de Seguridad Curso Teoría d...ENJ-2-301: Presentación Módulo X: Penas y Medidas de Seguridad Curso Teoría d...
ENJ-2-301: Presentación Módulo X: Penas y Medidas de Seguridad Curso Teoría d...ENJ
 
El concepto-del-delito-elementos-y-estructura-del-concepto-del-delito
El concepto-del-delito-elementos-y-estructura-del-concepto-del-delitoEl concepto-del-delito-elementos-y-estructura-del-concepto-del-delito
El concepto-del-delito-elementos-y-estructura-del-concepto-del-delitolachita2810
 
Presentacion power point derecho penal especializado enj 2017
Presentacion power point derecho penal especializado enj 2017Presentacion power point derecho penal especializado enj 2017
Presentacion power point derecho penal especializado enj 2017ENJ
 
Antijuridicidad e injusto
Antijuridicidad e injustoAntijuridicidad e injusto
Antijuridicidad e injustoIUPMerida
 

La actualidad más candente (20)

Punibilidad, punición y pena
Punibilidad, punición y penaPunibilidad, punición y pena
Punibilidad, punición y pena
 
Primer y Segundo Elemento del Delito.
Primer y Segundo Elemento del Delito.Primer y Segundo Elemento del Delito.
Primer y Segundo Elemento del Delito.
 
Ensayo derecho penal
Ensayo derecho penalEnsayo derecho penal
Ensayo derecho penal
 
Tipicidad
TipicidadTipicidad
Tipicidad
 
Causales de ausencia de responsabilidad 3,4
Causales de ausencia de responsabilidad 3,4Causales de ausencia de responsabilidad 3,4
Causales de ausencia de responsabilidad 3,4
 
DERECHO PENAL GENERAL UV
DERECHO PENAL GENERAL UVDERECHO PENAL GENERAL UV
DERECHO PENAL GENERAL UV
 
Importancia de la Pena en el Derecho Penal
Importancia de la Pena en el Derecho PenalImportancia de la Pena en el Derecho Penal
Importancia de la Pena en el Derecho Penal
 
La penologia_IAFJSR
La penologia_IAFJSRLa penologia_IAFJSR
La penologia_IAFJSR
 
ENJ-2-301: Presentación Módulo V: La Tentativa Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo V: La Tentativa Curso Teoría del Delito AJPENJ-2-301: Presentación Módulo V: La Tentativa Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo V: La Tentativa Curso Teoría del Delito AJP
 
La antijuricidad
La antijuricidadLa antijuricidad
La antijuricidad
 
Concepto y elementos del delito (doloso) (1)
Concepto y elementos del delito (doloso) (1)Concepto y elementos del delito (doloso) (1)
Concepto y elementos del delito (doloso) (1)
 
Punibilidad
PunibilidadPunibilidad
Punibilidad
 
Pascual armando parrillo quevedo
Pascual armando parrillo quevedoPascual armando parrillo quevedo
Pascual armando parrillo quevedo
 
ENJ-2-301: Presentación Módulo X: Penas y Medidas de Seguridad Curso Teoría d...
ENJ-2-301: Presentación Módulo X: Penas y Medidas de Seguridad Curso Teoría d...ENJ-2-301: Presentación Módulo X: Penas y Medidas de Seguridad Curso Teoría d...
ENJ-2-301: Presentación Módulo X: Penas y Medidas de Seguridad Curso Teoría d...
 
El delito
El delitoEl delito
El delito
 
La pena
La penaLa pena
La pena
 
Mapa mental derecho penal
Mapa mental derecho penalMapa mental derecho penal
Mapa mental derecho penal
 
El concepto-del-delito-elementos-y-estructura-del-concepto-del-delito
El concepto-del-delito-elementos-y-estructura-del-concepto-del-delitoEl concepto-del-delito-elementos-y-estructura-del-concepto-del-delito
El concepto-del-delito-elementos-y-estructura-del-concepto-del-delito
 
Presentacion power point derecho penal especializado enj 2017
Presentacion power point derecho penal especializado enj 2017Presentacion power point derecho penal especializado enj 2017
Presentacion power point derecho penal especializado enj 2017
 
Antijuridicidad e injusto
Antijuridicidad e injustoAntijuridicidad e injusto
Antijuridicidad e injusto
 

Similar a Tipos de penas y causas de extinción de la acción y pena según el Código Penal Venezolano

Similar a Tipos de penas y causas de extinción de la acción y pena según el Código Penal Venezolano (20)

Ensayo: La Pena.
Ensayo: La Pena.Ensayo: La Pena.
Ensayo: La Pena.
 
Ensayo
EnsayoEnsayo
Ensayo
 
Ensayoo saia
Ensayoo saiaEnsayoo saia
Ensayoo saia
 
Universidad fermin toro
Universidad fermin toroUniversidad fermin toro
Universidad fermin toro
 
Ensayo. Derecho Penal
Ensayo. Derecho PenalEnsayo. Derecho Penal
Ensayo. Derecho Penal
 
Ensayo naivis sarmiento
Ensayo naivis sarmientoEnsayo naivis sarmiento
Ensayo naivis sarmiento
 
Universidad fermin toro
Universidad fermin toroUniversidad fermin toro
Universidad fermin toro
 
Ensayo sobre
Ensayo sobre Ensayo sobre
Ensayo sobre
 
Ensayo sobre La Extinción de la acción penal y de la pena.
Ensayo sobre La Extinción de la acción penal y de la pena.Ensayo sobre La Extinción de la acción penal y de la pena.
Ensayo sobre La Extinción de la acción penal y de la pena.
 
Derecho penal manuel arcaya
Derecho penal manuel arcayaDerecho penal manuel arcaya
Derecho penal manuel arcaya
 
Ensayo extinsion de la pena
 Ensayo extinsion de la pena Ensayo extinsion de la pena
Ensayo extinsion de la pena
 
La pena.docx
La pena.docxLa pena.docx
La pena.docx
 
La Pena
La PenaLa Pena
La Pena
 
Importancia de la Pena en el Derecho Penal
Importancia de la Pena en el Derecho PenalImportancia de la Pena en el Derecho Penal
Importancia de la Pena en el Derecho Penal
 
La accion penal elizabeth mendez
La accion penal  elizabeth  mendezLa accion penal  elizabeth  mendez
La accion penal elizabeth mendez
 
Formas de participación en el delito
Formas de participación en el delitoFormas de participación en el delito
Formas de participación en el delito
 
Derecho penal
Derecho penalDerecho penal
Derecho penal
 
FFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFinal
FFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFinalFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFinal
FFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFinal
 
ACCIÓN PENAL PPT.pptx
ACCIÓN PENAL PPT.pptxACCIÓN PENAL PPT.pptx
ACCIÓN PENAL PPT.pptx
 
Trabajo de derecho penal 1 nuris-
Trabajo de derecho penal 1  nuris-Trabajo de derecho penal 1  nuris-
Trabajo de derecho penal 1 nuris-
 

Más de luismar lopez

Mapa de juicio declarativo de prescripcion
Mapa de juicio declarativo de prescripcionMapa de juicio declarativo de prescripcion
Mapa de juicio declarativo de prescripcionluismar lopez
 
Criminologia evolucion
Criminologia evolucionCriminologia evolucion
Criminologia evolucionluismar lopez
 
Internacional privado
Internacional privadoInternacional privado
Internacional privadoluismar lopez
 
Obligacion de Manutencion
Obligacion de ManutencionObligacion de Manutencion
Obligacion de Manutencionluismar lopez
 
Letra de cambio. mapa
Letra de cambio. mapaLetra de cambio. mapa
Letra de cambio. mapaluismar lopez
 
D. constitucional. poder ejecutivo
D. constitucional. poder ejecutivoD. constitucional. poder ejecutivo
D. constitucional. poder ejecutivoluismar lopez
 
Cuarto y quinto elemento
Cuarto y quinto elementoCuarto y quinto elemento
Cuarto y quinto elementoluismar lopez
 
Mapa c. teoria del delito
Mapa c. teoria del delitoMapa c. teoria del delito
Mapa c. teoria del delitoluismar lopez
 
Mapa Conceptual sobre Nicolas Maquiavelo
Mapa Conceptual sobre Nicolas MaquiaveloMapa Conceptual sobre Nicolas Maquiavelo
Mapa Conceptual sobre Nicolas Maquiaveloluismar lopez
 
Metodos Filosoficos (Mapa Conceptual)
Metodos Filosoficos (Mapa Conceptual)Metodos Filosoficos (Mapa Conceptual)
Metodos Filosoficos (Mapa Conceptual)luismar lopez
 
Derecho civil (mapa conceptual)
Derecho civil (mapa conceptual)Derecho civil (mapa conceptual)
Derecho civil (mapa conceptual)luismar lopez
 

Más de luismar lopez (18)

Mapa de juicio declarativo de prescripcion
Mapa de juicio declarativo de prescripcionMapa de juicio declarativo de prescripcion
Mapa de juicio declarativo de prescripcion
 
Criminologia evolucion
Criminologia evolucionCriminologia evolucion
Criminologia evolucion
 
Internacional privado
Internacional privadoInternacional privado
Internacional privado
 
Obligacion de Manutencion
Obligacion de ManutencionObligacion de Manutencion
Obligacion de Manutencion
 
Letra de cambio. mapa
Letra de cambio. mapaLetra de cambio. mapa
Letra de cambio. mapa
 
Sistema resgistral
Sistema resgistralSistema resgistral
Sistema resgistral
 
Criminologia
CriminologiaCriminologia
Criminologia
 
D. constitucional. poder ejecutivo
D. constitucional. poder ejecutivoD. constitucional. poder ejecutivo
D. constitucional. poder ejecutivo
 
Homicidio
HomicidioHomicidio
Homicidio
 
Derecho admi
Derecho admiDerecho admi
Derecho admi
 
Formas d estdo
Formas d estdoFormas d estdo
Formas d estdo
 
Cuarto y quinto elemento
Cuarto y quinto elementoCuarto y quinto elemento
Cuarto y quinto elemento
 
Mapa c. teoria del delito
Mapa c. teoria del delitoMapa c. teoria del delito
Mapa c. teoria del delito
 
El laudo arbitral
El laudo arbitralEl laudo arbitral
El laudo arbitral
 
Justicia de paz
Justicia de pazJusticia de paz
Justicia de paz
 
Mapa Conceptual sobre Nicolas Maquiavelo
Mapa Conceptual sobre Nicolas MaquiaveloMapa Conceptual sobre Nicolas Maquiavelo
Mapa Conceptual sobre Nicolas Maquiavelo
 
Metodos Filosoficos (Mapa Conceptual)
Metodos Filosoficos (Mapa Conceptual)Metodos Filosoficos (Mapa Conceptual)
Metodos Filosoficos (Mapa Conceptual)
 
Derecho civil (mapa conceptual)
Derecho civil (mapa conceptual)Derecho civil (mapa conceptual)
Derecho civil (mapa conceptual)
 

Tipos de penas y causas de extinción de la acción y pena según el Código Penal Venezolano

  • 1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO LA PENA (ENSAYO) Presentado por: LUISMAR LOPEZ CI: 18.759.658 San Felipe, 07 de Junio de 2015
  • 2. LA PENA La palabra pena significa castigo, tormento físico, padecimiento, sufrimiento. Para el desarrollo del presente ensayo, el concepto de pena se plantea como un concepto formal del derecho, en tal sentido, la pena es la sanción jurídica aplicable a quien viola la norma jurídica prohibitiva. Es un castigo que debe imponerse al culpable o responsable de la comisión de un delito, para mantener así el orden jurídico que ha establecido la sociedad como indispensable para desarrollarse armónicamente en un ambiente de paz social. Nuestro código civil implanta un sistema en el que se mantiene como consecuencias personales del delito, las penas y medidas de seguridad, aplicándolas alternativamente. Si el sujeto es imputable se aplica la pena; y, si el sujeto adolece de algún trastorno casual de inimputabilidad se aplican las medidas de seguridad. si el trastorno tiene base patológica, el agente estará exento de responsabilidad penal, lo ampara la inimputabilidad y Si el trastorno tiene base de tipo emocional, el agente estará amparado por una causa de atenuación y no de excepción. En cuanto a la causa específica de extinción de la pena, ella está constituida por el indulto, ya que para que exista legalmente, es menester que ha- ya pena, y hay pena cuando ella ha sido impuesta en virtud de sentencia con- denatoria definitivamente firme pasada en autoridad de cosa juzgada. Se tiene también a La amnistía extingue que hace cesar la ejecución de la condena y todas las consecuencias penales de la misma. Si la persona está siendo procesada, la amnistía con respecto a esa persona extingue la acción penal; si la persona ya ha sido condenada por sentencia condenatoria definitivamente firme, la amnistía con respecto a esa persona extingue la pena.
  • 3. Esto, porque en la amnistía se atiende al delito mismo, luego por el mismo delito puede haber procesados y condenados, y esto es lo usual. Para que la pena prescriba se hace necesario el transcurso de cierto lapso, sin que la misma sea ejecutada. Las de presidio, prisión y arresto por un tiempo igual al de la pena que haya de cumplirse, mas la mitad del mismo o por la muerte de la persona. Las de relegación a colonia penitenciaria, confinamiento y expulsión del espacio geográfico de la República, por un tiempo igual al de la condena, mas la tercera parte del tiempo. Como queda expreso en el punto anterior, la consecuencia del delito es fundamentalmente la coerción penal, cuya manifestación característica es la pena. Sin embargo, puede ocurrir que a un injusto culpable no le siga como consecuencia jurídica Así, podemos decir que conlleva a la la punibilidad la cual es la posibilidad jurídica de aplicar una pena a un injusto culpable. Aunque la relevancia penal de un comportamiento depende del desvalor de la conducta realizada, pueden existir algunas consideraciones de política criminal que afectan a la conveniencia o no de castigar. Entre estos factores no punibilidad se incluyen las condiciones objetivas de punibilidad de las que se puede decir que son esos casos externos a la voluntad de la persona, exigidas por la ley para que pueda imponerse la pena, aún cuando la acción sea la descripta en el tipo penal y el autor haya actuado culpablemente. Las condiciones objetivas de punibilidad, impiden sólo que toda acción típica, ayg fgcfntijurídica y culpable sea punible y lo único que existe en ellas es una renuncia puntual a la pena determinada por la culpabilidad. El principio de culpabilidad es, por tanto, perfectamente compatible con ellas..
  • 4. De lo antes mencionado se puede decir que si la punibilidad de un hecho es sometida a una condición, el hecho no constituye delito antes de verificarse aquella. En lo que respecta a Las Excusas absolutorias o Causas De Impunidad se puede decir que son las circunstancias personales que impiden la aplicación de la sanción. No excluyen al delito; nada la relaciona con los elementos que la conforman, su límite de efectividad está reducido a la exclusión de la pena por la infracción socialmente peligrosa cometida, atendiendo al grado de peligrosidad o nocividad intrínseco, la condición para su apreciación es su propia previsión en el orden penal y comprensible es que no se admitan para delitos de extrema gravedad, así pues son especiales condiciones que la ley fija; prescinden de ser penadas bien por su escasa entidad, por la intrascendencia social o por la personalidad mismas del autor. Nuestra legislación penal vigente en su parte general refleja algunas figuras relacionadas con el grado de consumación del delito. para citar algunos ejemplos se tiene que:. El artículo 13 en su apartado primero dispone que la tentativa no resulte sancionable cuando el agente espontáneamente desiste del acto o evite el resultado delictuoso, El delito de Perjurio previsto y sancionado en el artículo 157, permite excusar de pena a quien se retracte de su falsas declaraciones cuando todavía es posible evitar los efectos que estas producirían. La víctima puede ejercer la acción penal a través de la denuncia ante el Ministerio Público o los organismos gubernamentales autorizados por ley para recibir las mismas. Con ello se apertura de manera automática la apertura de un procedimiento penal En cuanto a la causa específica de extinción de la acción penal, cabe ad- vertir que el perdón de la parte agraviada en los delitos de acción privada, en los delitos enjuiciables sólo a instancia de la parte agraviada, extingue sólo la acción
  • 5. penal; excepcionalmente, sin embargo, y en virtud de una disposición, especial de la ley, el perdón de la parte agraviada puede extinguir la pena, pero, por regla general, sólo extingue la acción penal. Hay ausencia de penalidad cuando la persona que comete un delito por alguna de las formas establecidas en la ley penal no cumple con la condena establecida para ello. Entre ellas tenemos en primer lugar las causas personales que excluyen la penalidad las que se establecen por puras consideraciones político penales, como por ejemplo, los hurtos, defraudaciones o daños que recíprocamente se causaren los cónyuges, ascendientes, descendientes y afines en línea recta. En tanto que en las causas personales que excluyen la penalidad las circunstancias relevadas legalmente deben hallarse en el momento del hecho, en las causas personales que cancelan la penalidad las mismas son sobrevivientes al hecho, es decir, posteriores al mismo. Podemos mencionar entre ellas el desistimiento en la tentativa o la retractación en delitos contra el honor. Para finalizar puedo decir que no todos los delitos deben ser castigados de la misma manera; los delitos deben ser castigados conforme al grado de ofensa que se hizo a la sociedad con la falta cometida, pues no sería adecuado sancionar de la misma manera la conducta que pretendió afectar a uno de los integrantes de la sociedad en particular, como el acto que buscaba destruir algún bien en especifico o alguna persona La intención es castigar a quien infringió la normatividad y en casos como el de nuestro país, el propósito es readaptar al individuo a la sociedad que en algún momento ofendió con sus actos. La sentencia y aplicación de las penas deberían ser lo más pronto posible, , ya que la pena no es otra cosa que la consecuencia del delito y aplazar su
  • 6. aplicación, no representa otra cosa que la separación cada vez más errónea de estos dos conceptos, íntimamente ligados, tanto en la teoría como en la práctica.