Este documento define conceptos clave de ética médica como ética, deontología médica y bioética. Explica los tipos de éticas médicas como individual, social y general. También describe los principios de la bioética como autonomía, beneficencia, no maleficencia y justicia. Finalmente, cubre temas como el comité de ética hospitalaria, derechos del paciente, responsabilidad médica y honorarios médicos.
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Jurisprudencia médica
1.
2. Definición
Ética: es la reflexión técnica sobre la moral
Ética medica: disciplina que se ocupa del
estudio de los actos que realiza un medico
desde el punto de vista moral, los califica
como bueno o malos, siendo estos actos
concientes y que se hayan realizado por
propia voluntad del medico
Deontología medica: conjunto de principios y
reglas éticas que han de inspirar y guiar la
conducta profesional medico
3. Tipos de éticas
Ética medica individual:
Abarca el adelanto profesional de la medicina en el
desempeño de su profesión frente al paciente
Ética medica social:
Es aquella como lo ant. Pero se aplica en la sociedad
Ética general:
Acciones realizadas por el medico , son de su
privacidad, sin relacionarse con lo profesional, esta
ética es como la de cualquier persona
4. Comité de ética hospitalaria y
derecho del paciente: plantea
En lo relativo a la autonomía :
- derecho a elegir libremente al medico
-derecho a disfrutar de una comunicación plena
y clara con el medico
- derecho a recibir o rehusar apoyo espiritual o
moral cualquiera que sea el culto que profese
-derecho que se le de la voluntad de aceptar o
rehusar la donación de sus órganos para que
estos sean trasplantados o a otros enfermos
5. BIOETICA
Definición: rama de la ética que provee principios para la
correcta conducta humana respecto a la vida( humana,
animal, vegetal), así como del ambiente en el que puede
darse condiciones para la vida
Dominios: abarca cuestiones éticas acerca de la vida que
surgen relaciones entre
-biología
-nutrición
-medicina
- química
-política
6. PRINCIPIOS DE LA BIOÉTICA
1979: T.L. Beauchamp y J.F. Childress definieron
4 principios:
-autonomía
-no maleficencia
-beneficencia
-justicia
7. -Autonomía:
capacidad para darse normas o reglas a uno mismo
sin influencia de presiones externas o internas
-Beneficencia:
obligación de actuar en beneficio de otros
-No maleficencia:
abstenerse de realizar acciones que puedan causar
daño o perjudicar a otros
-Justicia:
tratar a cada uno como corresponde, con la finalidad
de disminuir las situaciones de desigualdad
8. Ejercicio legal e ilegal de
la medicina
Que hace un medico?
-responsabilidad profesional medica
-secreto medico
-ejercicio legal o ilegal o irregular de la medicina
El ejercicio legal o ilegal de la medicina: el
medico ejerce aprendiendo y aprende
ejercitándose, por tanto la formación y practica
medica se adquieren en forma progresiva, de
modo programado y supervisado
9.
10. RESPONSABILIDAD MEDICA
CONCEPTO:
(BONNET)
ES LA OBLIGACION QUE TIENE TODA
PERSONA QUE EJERCE UNA RAMA DEL ARTE
DE CURAR, DE RESPONDER ANTE LA
JUSTICIA DE LOS DAÑOS OCASIONADOS CON
MOTIVO DEL EJERCICIO DE SU PROFESION.
Es la expresión que se refiere a la responsabilidad en
general del médico en el ejercicio de su profesión.
Es tan amplia que no sólo se refiere a la responsabilidad
civil sino también a la responsabilidad penal y
disciplinaria
11. CAUSAS QUE ORIGINAN
RESPONSABILIDAD MEDICA
Responsabilidad del cirujano desde que el
paciente solicita sus servicios.
Responsabilidad del anestesiólogo desde
visita pre-anestésica.
Examenes superficiales del paciente con el dx
falso consiguiente.
Operación prematura.
Omisión de transferencia a un especialista
Descuido en la transfusión sanguínea o
anestesia.
12. Retraso de la intervención en el momento
oportuno.
Empleo de un método incorrecto o anticuado.
Prescripción falsa.
Dosificación excesiva .
Abandono de paciente.
Negligencia en los cuidados pos-operatorios
Intervención quirúrgico en estado de ebriedad.
Omisión de un examen de un anestésico antes
de emplearlo.
13. RELACION MEDICO PACIENTE
(Aspectos que inciden en la Responsabilidad)
1.- TRATO CÁLIDO.
2.- DEDICAR TIEMPO NECESARIO A LA ATENCIÓN.
3.- RESPETO A LOS DERECHOS DE LA PERSONA.
4.- CALIFICACION DEL MEDICO.
5.- INFORMACIÓN ADECUADA Y PERMANENTE.
14. CONSENTIMIENTO
INFORMADO
Información brindada al
paciente con anterioridad
a su intervención sobre
los riesgos y alternativas
que puede implicar el
acto médico, para que
este pueda tomar una
decisión libre y
voluntaria, debidamente
registrada.
15. Responsabilidad de los profesionales de la
salud
El profesional de la salud
deberá poner al servicio de su
paciente sus conocimientos
científicos, recursos técnicos
y tiempo necesario.
Medios
INFORMACION
COMPLETA
Oportuna
Relevante
Veraz
Pertinente
Clara
16. Resultados
La medicina no es una ciencia
exacta y por tanto no son
exigibles.
Responsabilidad de los Profesionales de Salud
PROMESAS SOBRE RESULTADOS:
Cirugía estética.
Calidad de los insumos
Entrega Medicamentos
Resultados de Laboratorio
Tratamiento odontológico (prótesis,
órtesis)
18. Es el medico autorizado
legalmente.
Para ello debe tener 3
matriculas:
MATRICULA
PROFESIONAL
MATRICULA DEL SEDES
MATRICULA DEL
COLEGIO MEDICO
EL AUTOR
19. EL ACTO MEDICO
Es la intervención
profesional ,con o sin
métodos invasivos ,y
que pueden producir un
resultado
generalmente esperado
o adverso ,que es un
problema.
20. Consiste en la
demostración
de culpa por
parte del
medico.
ELEMENTO
SUBJETIVO
22. RESPONSABILIDAD MEDICA
CULPA MEDICA
IMPERICIA
INOBSERVANCIA DE DEBERES
Y OBLIGACIONES
Es la carencia de
conocimientos.
Es la precipitación en el
accionar medico.
Es NO HACER lo
que se debió
hacer.
Es la no observancia
de reglas y
obligaciones.
23. I) IMPERICIA:
a) Impericia y terapéuticas peligrosas.
b) Impericia y cirugía
c) Impericia y anestesiología
d) Impericia y error
1) Errores de diagnóstico
2) Errores de tratamiento
II) IMPRUDENCIA
III) NEGLIGENCIA :
b) Negligencia y alergia medicamentosa:
c) Negligencia e historia clínica: para no volver a
realizarlos con este; entre otras cosas.
d) Negligencia y abandono
Formas de la culpa médica
24. Existen varios supuestos que liberan al médico de
responsabilidad, entre ellos:
1) Error excusable
2) Caso fortuito
3) Conducta del enfermo
4) Fracaso del tratamiento
5) Estado de necesidad y prescindencia del
consentimiento del paciente.
DISPENSA DE LA CULPA
25. Es el perjuicio
causado al
paciente .
Consiste en el daño
al cuerpo y salud,
inclusive la muerte
del paciente.
ELEMENTO OBJETIVO
26. Es la relación causa –efecto,
para que exista responsabilidad
penal tiene que haber un
perjuicio demostrable.
Es la demostración objetiva del
perjuicio del paciente por parte
del medico.
RELACION CAUSAL
27. Relación de causalidad
directa
Es la conclusión final
e inapelable de la
responsabilidad
medica del
profesional,
responsable de ese
acto.
28. SANCIONES-JUICIO POR
RESPONSABILIDAD
PROFESIONAL
En casos de responsabilidad medica culposa dispone la inhabilitación del autor
del delito. Este tipo de sanción esta configurado a los arts. 34 y 36 del C.P. que
señalan claramente:
Artículo 34.- (inhabilitación especial). La inhabilitación especial consiste:
1) La perdida del mandato, cargo, empleo o comisión públicos.
2) La incapacidad para obtener mandato, cargo, empleo o comisión públicos.
3)La prohibición de ejercer una profesión o actividad cuyo ejercicio depende de
autorización o licencia del poder publico.
29. Artículo 35.- (Aplicabilidad de la inhabilitación
absoluta). La inhabilitación absoluta durante el tiempo
de la condena, es inherente a las penas de presidio y
de reclusión. El juez podrá prolongar esta pena de un
mes hasta tres años después, siempre que el delito
hubiere merecido una pena privativa de libertad mayor
de tres años.
Si el condenado fuere liberado condicionalmente y
observare buena conducta, el plazo de la inhabilitación
empezará a computarse desde la fecha en que fuere
liberado
30. Relacionado con el C.Penal,el Código de
ética Medica .contiene disposiciones
atinentes a la responsabilidad medica en los
artículos siendo la mas clara la establecida en
el articulo 15 que indica:
Todo medico deberá abstenerse de formular
prescripciones o utilizar técnicas cuyo manejo
desconoce o para las que no esta preparado.
Sera responsable delos daños causados por
negligencia,imprudencia,ignorancia y
abandono inexcusable.
31. CONCLUSIONES
1- El ejercicio de la Medicina presenta una especificidad con
respecto a otras actividades sociales y laborales pues se ocupa de
la salud y la enfermedad.
2- La obligación del médico es una obligación de medios no de
resultados
3- Las conductas médicas más imputadas como incorrectas son
la denegación de asistencia (no acudir cuando se es requerido a
un domicilio para asistir a un enfermo o por desplazamientos
demasiado tardíos), errores diagnósticos o terapéuticos, falta de
seguimiento adecuado del enfermo, inexistencia de
consentimiento informado o insuficiencia del mismo, vulneración
de la confidencialidad.
4- Los errores diagnósticos no son, en principio, sancionables. Lo
que se penaliza es la forma en que se ha producido el error, si se
debe a una actuación negligente o a una ignorancia inexcusable.
33. Se entiende por ¨honorario¨: según el Diccionario
de la Real Academia que ¨es el estipendio o sueldo
que se le da a una persona por su trabajo en un arte
liberal¨.
DEFINICION
34. Los médicos eran sacerdotes profesionales.
Sus honorarios eran diferenciales:
¨Si un médico ha curado el miembro roto de
un hombre libre o hace revivir una víscera
enferma, el paciente dará al médico cinco
ciclos de plata¨.
¨Si es un plebeyo, dará tres ciclos de plata¨.
¨Si un médico ha tratado una herida grave al
esclavo de un plebeyo con el punzón de
bronce y lo ha matado, devolverá esclavo por
esclavo¨.
EPOCA PREHIPOCRÁTICA O PRETÉCNICA
MEDICINA PRIMITIVA,
MÁGICO-RELIGIOSA O
SOBRENATURAL
El médico era un chamán o
hechicero, y brujo.
El pago de sus servicios dependía
de los resultados del tratamiento
MEDICINA RELIGIOSA
O TEOGONAL
35. El médico de carne y hueso ya
no actúa inspirado por los
dioses, ni es un instrumento
de ellos.
MEDICINA
SECULARIZADA O
RACIONALIZADA
EPOCA
HIPOCRÁTICA
Hipócrates –
Juramento hipocrático
36. Regulación de honorarios
Se debe tomar en cuenta una serie de circunstancias
según Resolución ministerial 0571 de 19 de abril de
1982 como ser:
Categoría del profesional medico.
Posición social y económica del enfermo.
Circunstancias del momento en medio delas cuales
se haya prestado el servicio.
La población en la que se haya prestado el servicio.
La naturaleza del servicio prestado.
La hora de la atención medica.
El tiempo empleado en la atención del enfermo.
La estación del año en que se solicita la
intervención medica.
37. ARANCEL DE HONORARIOS MEDICOS
En el caso de consultas,certificados,juntas medicas,etc,se ha
reglamentado numerosas actuaciones según artículos 5 y 7 del arancel:
Art.5 Las siguientes atenciones tendrán el valor mínimo que pasa a
indicarse:
a)Consulta e interconsulta realizada en el estudio profesional Bs. Aquí
no se consignan los valores arancelarios por haber perdido en el
momento actual toda su vigencia.
b)Certificados médicos e informes especializados Bs.
c)Interconsulta con informe. Bs.
d)Visita a domicilio del paciente o el lugar donde se encuentre Bs.
e)Asistencia a juntas medicas Bs.
38. Art. 7.-En las atenciones de orden quirúrgico, los honorarios de los
ayudantes y demás personal medico que interviene, no están incluidos en
los de los cirujanos y se regularan conforme a las normas siguientes:
a)Anestesiólogo, el 25%del honorario del cirujano.
b)Ayudante1,el 20%del honorario del cirujano.
c) Demás ayudantes: el 15% cada uno del honorario.
d)Especialista en unidad de terapia intensiva,20% del honorario del cirujano
y en casos clínicos por atención hasta 15 días.
e)Dos operaciones diferentes realizadas simultáneamente por distintos
equipos médicos a través de incisiones diferentes se cobraran en forma
independiente.
f)La asistencia de los otros especialistas médicos o del medico de cabecera
que fueran requeridos por el cirujano o los familiares del paciente, en el acto
quirurgico,dara lugar al cobro de hasta el 20% del honorario del cirujano.
39. g)Los médicos de otras especialidades salvo en casos de
emergencia no podrán hacer de ayudantes en el acto
quirúrgico.
h) Instrumentista, el 7% del honorario del cirujano.
i)Las operaciones bilaterales o múltiples a través de incisiones
diferentes, ene le acto quirúrgico y el mismo equipo tendrán un
recargo del 50%.
j)Las atenciones medicas o quirúrgicas en consultorio no
pagaran el valor la consulta y solo se pagara la cifra que
determine el arancel para dicha prestación.
40. JUICIO POR COBRO DE
HONORARIOS MEDICOS
El medico podrá demandar por cobro de honorarios
médicos ante:
Juez
Instructor
Cuando el monto de
la deuda no exceda
de una suma tope.
Termino de prueba
es de 20 días.
Juez de
Partido
Ordinario
Cuando el monto de la
deuda exceda esa
suma.
Termino de prueba es
de 50 días.
41. COBRO DE HONORARIOS
Durante el termino de prueba ,el medico deberá probar los
extremos de su demanda mediante:
1) PRUEBA INSTRUMENTAL :
Consistente en :recetas extendidas y despachadas por el
farmacéutico al enfermo; certificados médicos extendidos por el
medico a pedido del paciente y referente a la enfermedad
consultada; historia clínica del paciente con motivo de su
internacion;cartas del paciente al medico y otros documentos
relativos a la enfermedad del demandado.
2) PRUEBA TESTIFICIAL:
Consistente en :Testimonios o declaración de otros médicos que
hayan sido llamado en interconsultas; testimonios de
farmaceuticas,parientes,amigos y otras personas que tengan
relación o sepan de la enfermedad del paciente demandado.
42. DICOTOMIA EN HONORARIOS
MEDICOS
Se llama así al hecho de
repartir el honorario
profesional entre dos o mas
médicos.
Este es un acto censurable por
mas elemental norma de ética
profesional y su habitualidad
esta sancionada por los
artículos 69 y 70 del Código de
Ética Medica
Por ejemplo un paciente
cae en un consultorio y es
visto por un internista
;este le descubre o trata de
encontrarle algún defecto
o enfermedad e inicia una
batería de interconsultas,
análisis de lab.obligando al
paciente a que acuda a tal
cirujano laboratorista o
farmacia e incluso a una
clínica determinada.
43. DONACIONES Y LEGADOS DEL
PACIENTE AL MEDICO
DONACION: Es un acto de
liberalidad entre personas
vivas mediante la cual una
de ellas transfiere ala otra
y de su libre voluntad, la
propiedad de una cosa.
El Código Civil no establece
ninguna prohibición para que
los médicos puedan recibir
donaciones de personas
naturales o juridicas,siendo
este un acto licito totalmente.
44. LEGADOS DEL
PACIENTE
Los médicos se encuentran
impedidos de recibir legados.
Según el art.587 Código Civil y la
doctrina, el legado es un acto de
liberalidad mortis causa ,en virtud
del cual el testador hace donación
en su testamento de una cosa
determinada a favor de una o
varias personas; por tanto se trata
de un acto de disposición mortis
causa a titulo singular.
45.
46. A los médicos se
nos pide con
frecuencia
expidamos un
certificado medico
para acreditar la
aptitud de un
solicitante para
actividades de
tipo deportivo o
laboral. Siendo
este acto un
derecho del
paciente.
Art. 152ºEl Certificado Médico es un documento destinado a
acreditar un acto médico realizado, redactado en forma clara,
precisa y veraz.
47. El médico deberá observar la normativa
del Colegio Médico de Bolivia, su Código
de Ética y Deontología Médica, así como
las recomendaciones de la Asociación
Médica Mundial, Confederación Médica
Latinoamericana, al tener participación en
las siguientes labores:
Punto 9.Emisión de certificaciones:
•Nacimiento
•Enfermedad
•Incapacidad
•Médico legales
•Óbito
48. Es obligación del médico
regirse en todos sus actos, a la más
estricta corrección y probidad, no
debiendo en ninguna circunstancia
extender certificaciones falsas,
sobre la existencia o inexistencia
de alguna enfermedad o lesión.
Art. 153ºArt. 153º Es obligatorioEs obligatorio
el uso del formulario expedidoel uso del formulario expedido
por el Colegio Médico de Bolivia,por el Colegio Médico de Bolivia,
para certificaciones e informespara certificaciones e informes
médicos, siendo sancionadamédicos, siendo sancionada
disciplinaria y éticamente sudisciplinaria y éticamente su
infracción.infracción.
49. Certificación medica de DefunciónCertificación medica de Defunción
Art. 157º el médico que trata
a una persona por una
enfermedad que causa su
deceso, está obligado a
extender la certificación de
defunción.
Art. 158ºEl médico que atendió a una
persona cuya enfermedad ya hubiere sido
superada, extendiendole el alta
correspondiente, pero que fallece hasta
siete días despues está obligado a
extender el certificado de defuncion;
siempre y cuando, el fallecido no hubiese
sido atendido por otro medico en el
momento del deceso.
50. Art. 155º
•Recetar o certificar en forma ilegible,
así como firmar en blanco recetas,
certificados o cualquier otro documento
médico.
•Certificar sin haber practicado acto
profesional o que no corresponda a la
verdad.
•Certificar para dañar a las personas u
obtener un indebido beneficio para el
paciente, para sí o para terceros.
•Negarse a extender certificación
médica.
•Utilizar formularios institucionales para
certificaciones privadas.
DE LAS PROHIBICIONES EN LADE LAS PROHIBICIONES EN LA
CERTIFICACIÓN MÉDICACERTIFICACIÓN MÉDICA
51. Art. 201 del código de procedimiento penal: (FALSEDADArt. 201 del código de procedimiento penal: (FALSEDAD
IDEOLOGICA EN CERTIFICADO MEDICO) El medico que diere unIDEOLOGICA EN CERTIFICADO MEDICO) El medico que diere un
certificado falso, referente a la existencia o inexistencia decertificado falso, referente a la existencia o inexistencia de
alguna enfermedad o lesión, será sancionado con reclusión dealguna enfermedad o lesión, será sancionado con reclusión de
un mes a un año y multa de treinta a 100 días.un mes a un año y multa de treinta a 100 días.
Si el falso certificado tuviere por consecuencia que unaSi el falso certificado tuviere por consecuencia que una
persona sana sea internada en un manicomio o en casa depersona sana sea internada en un manicomio o en casa de
salud, será sancionado con reclusión de seis meses a dos añossalud, será sancionado con reclusión de seis meses a dos años
y multa de treinta a 100 días.y multa de treinta a 100 días.