DEONTOLOGÍA MÉDICA
DR. ALVARO EDUARDO TORRES GOMEZ
MEDICO LEGISTA
DEONTOLOGÍA MÉDICA
Puede entenderse como el estudio de las
obligaciones y los derechos del profesional en el arte
de curar.
Del griego (deontos: deber; logos: estudio, tratado).
El concepto lleva implícito aspectos éticos y legales.
ÉTICA - MORAL
Del griego (ethos: costumbre, uso, manera de
conducirse). El término moral, en cambio, procede
del latín (mos, moris: costumbre, forma de
conducirse).
La ética es la ciencia del recto actuar. En la práctica, la
palabra moral se usa para referirse a la ética religiosa,
en tanto que la palabra ética alude a la moral
filosófica. La ética filosófica tiene como fundamento
la razón humana, que razona y prueba; la moral
religiosa se basa en la fe, que cree y admite.
EJERCICIO DE LA MEDICINA
En el ejerccio de la medicina, sea legal o ilegal,
deben considerarse: a) acción (acto médico),
b)sujeto activo, y c) circunstancias.
ACCIÓN
 El acto médico tiene elementos constitutivos y el delito de ejercicio
ilegal se sustenta en criterios jurídicos.
 Los elementos constitutivos del acto médico son los siguientes:
1. Anunciar, prescribir o administrar.
2. Procedimientos directos o indirectos.
3. De uso en el diagnóstico, pronóstico o tratamiento de las
enfermedades de las personas, o en la recuperación, conservación o
preservación de la salud de las mismas.
CRITERIOS JURÍDICOS DEL DELITO DE
EJERCICIO ILEGAL DE LA MEDICINA
1. Lo importante es que se haga algo o se dé algo al paciente
destinado al tratamiento; no es necesario que se le suministre
algo al paciente.
2. Para establecer lo que es tratamiento “basta el conocimiento
de la intención de curarse que guía a los pacientes”.
3. No es necesario dar o recetar algo al paciente. Basta hacer
cualquier acción que el paciente crea que tendrá para el un
efecto curativo.
SUJETO ACTIVO
Las calidades del sujeto activo, junto con las
cirscunstancias, determinaran que el acto constituya
ejercicio legal o ejercicio ilegal de la medicina.
SUJETO ACTIVO DE EJERCICIO LEGAL DE
LA MEDICINA:
 TENER TÍTULO DE MÉDICO.
 CONTAR CON AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL.
SUJETO ACTIVO DEL EJERCICIO ILEGAL DE
LA MEDICINA:
 CARECER DE TÍTULO DE MÉDICO, O TITULADO, EJERCER SIN AUTORIZACIÓN.
 POSEER TÍTULO Y AUTORIZACIÓN, PERO QUE INCURRE EN CIRCUNSTANCIAS NO
PERMITIDAS POR AMBOS.
MARCO LEGAL
 ART. 228. Los profesionistas, artistas o técnicos y sus auxiliares, serán responsables
de los delitos que cometan en el ejercicio de su profesión, en los términos
siguientes y sin perjuicio de las prevenciones contenidas en la LEY GENERAL DE
SALUD o en otras normas sobre el ejercicio profesional en su caso:
I. Además de las sanciones fijadas para los delitos que resulten consumados, según
sean intencionales o por imprudencia punible, se les aplicará suspensión de un
mes a dos años en el ejercicio de la profesión o definitiva, en caso de reincidencia;
y
II. Estarán obligados a la reparación del daño por sus actos propios y por los de sus
auxiliares, cuando éstos obren de acuerdo con las instrucciones de aquéllos.
 ART. 229. El artículo anterior se aplicará a los médicos que, habiendo otorgado
responsiva para hacerse cargo de la atención de un lesionado o enfermo, lo
abandonen en su tratamiento sin causa justificada y sin dar aviso inmediato a las
autoridades correspondientes.
SECRETO PROFESIONAL
Secreto se deriva del Latin (secretum): Lo que
cuidadosamente se tiene reservado y oculto.
Obligacion de un profesional de guardar reserva
acerca de hechos conocidos o intuidos durante el
ejercicio de su profesion.
SECRETO MEDICO
 Forma de secreto comiso implicito.
 Se basa en la comunicación privilegiada derivada de la
relacion medico-paciente.
 La comunicación privilegiada consiste en la confidencia que el
paciente hace al medico en el entendido que disfruta del
privilegio de que este no lo divulgara.
MODALIDADES:
 SECRETO COMPARTIDO
 SECRETO DERIVADO
 SECRETO DE LOS ESTUDIANTES DE MEDICINA
 SECRETO DE LAS ESPOSAS DE MEDICOS
 SECRETO POSMORTEM
 SECRETO PROFESIONAL EN PSIQUIATRIA
EXCEPCIONES
 Consiste en la eximente de secreto y en el permiso para
divulgar secretos.
• Cuando se actúa como médico forense. Para ello debe
previamente advertirse al paciente de tal circunstancia.
• Cuando se actúa como médico de empresa aseguradora.
• Cuando el facultativo actúa en exámenes de preempleo, como
médico de empresas.
LA REVELACIÓN DE SECRETOS ESTÁ PERMITIDA
EN LAS SITUACIONES SIGUIENTES:
a) Legítima defensa. Es el caso del médico acusado de haber producido daño
corporal a un paciente.
b) Estado de necesidad. Se trata aquí de evitar un mal mayor, como puede
ser el caso del paciente que revela al médico su intención de matar a otra
persona. Al respecto, es interesante la doctrina Tarafoff dentro del sistema
judicial estadounidense, que estableció el deber de advetencia a terceros
en peligro por parte del psiquiatra o psicólogo que sea enterado de la
intenció, en tal sentido, de un paciente suyo.
c) Ejercicio de un derecho. Por ejemplo, el cobro de honorarios
profesionales, donde deben enumerarse las atenciones brindadas al
paciente.
MARCO LEGAL
 ART.210. Se impondrán de treinta a doscientas jornadas de trabajo a favor
de la comunidad, al que sin justa causa, con perjuicio de alguien y sin
consentimiento del que pueda resultar perjudicado, revele algún secreto o
comunicación reservada que conoce o ha recibido con motivo de su
empleo, cargo o puesto.
 ART.211. La sanción sera de uno a cinco año, multa monetaria o
suspensión de profesión, en su caso, de dos meses a un año, cuando la
revelación punible sea hecha por persona que preste servicios
profesionales a técnicos o por funcionario a empleado público, o cuando
el secreto revalado o publicado sea de carácter industrial.
RESPONSABILIDAD POR MALA PRAXIS
MÉDICA
El concepto de responsabilidad tiene implícito haber
causado un daño.
Jurídicamente se distinguen dos tipos de
responsabilidad: penal y civil.
MALA PRAXIS MÉDICA
 Los actos culposos atribuidos al médico debido al ejercicio inadecuado de
la medicina configuran la entidad conocida como: malpraxis, mala práctica,
faute médica, malpractice y tratamiento contra legis artis, entre otros.
 Para el penalista costarricense Carlos Tiffer, ” la mala práctica médica
consiste en un error involuntario vencible, un defecto o falta de aplicación
de métodos, técnicas o procedimientos del actuar profesional (examen
físico, diagnóstico, tratamiento y seguimiento) que como resultado afectan
la salud del paciente”.
COMISIÓN DE ARBITRAJE MÉDICO
 La Comisión Nacional de Arbitraje Médico es un órgano desconcentrado de la
Secretaría de Salud, creado por decreto presidencial, publicado en el Diario Oficial
de la Federación del 3 de junio de 1996, para contribuir a tutelar el derecho a la
pro- tección de la salud así como a mejorar, la calidad en la prestación de los
servicios médicos
 Es una institución que tiene por objeto contribuir a resolver en forma amigable y
de buena fe los conflictos suscitados entre los usuarios de los servicios médicos y
los presta- dores de los mismos; que promueve y propicia la buena relación, el
trato digno, los valores, el apego a la lex artis médica y la ética en la relación
médico-paciente
BIBLIOGRAFÍA
 Vargas Alvarado, Eduardo. Medicina Legal 5ª edicion, Mexico: Trillas, 2014.

Deontologia medica

  • 1.
    DEONTOLOGÍA MÉDICA DR. ALVAROEDUARDO TORRES GOMEZ MEDICO LEGISTA
  • 2.
    DEONTOLOGÍA MÉDICA Puede entendersecomo el estudio de las obligaciones y los derechos del profesional en el arte de curar. Del griego (deontos: deber; logos: estudio, tratado). El concepto lleva implícito aspectos éticos y legales.
  • 3.
    ÉTICA - MORAL Delgriego (ethos: costumbre, uso, manera de conducirse). El término moral, en cambio, procede del latín (mos, moris: costumbre, forma de conducirse). La ética es la ciencia del recto actuar. En la práctica, la palabra moral se usa para referirse a la ética religiosa, en tanto que la palabra ética alude a la moral filosófica. La ética filosófica tiene como fundamento la razón humana, que razona y prueba; la moral religiosa se basa en la fe, que cree y admite.
  • 5.
    EJERCICIO DE LAMEDICINA En el ejerccio de la medicina, sea legal o ilegal, deben considerarse: a) acción (acto médico), b)sujeto activo, y c) circunstancias.
  • 6.
    ACCIÓN  El actomédico tiene elementos constitutivos y el delito de ejercicio ilegal se sustenta en criterios jurídicos.  Los elementos constitutivos del acto médico son los siguientes: 1. Anunciar, prescribir o administrar. 2. Procedimientos directos o indirectos. 3. De uso en el diagnóstico, pronóstico o tratamiento de las enfermedades de las personas, o en la recuperación, conservación o preservación de la salud de las mismas.
  • 7.
    CRITERIOS JURÍDICOS DELDELITO DE EJERCICIO ILEGAL DE LA MEDICINA 1. Lo importante es que se haga algo o se dé algo al paciente destinado al tratamiento; no es necesario que se le suministre algo al paciente. 2. Para establecer lo que es tratamiento “basta el conocimiento de la intención de curarse que guía a los pacientes”. 3. No es necesario dar o recetar algo al paciente. Basta hacer cualquier acción que el paciente crea que tendrá para el un efecto curativo.
  • 8.
    SUJETO ACTIVO Las calidadesdel sujeto activo, junto con las cirscunstancias, determinaran que el acto constituya ejercicio legal o ejercicio ilegal de la medicina.
  • 9.
    SUJETO ACTIVO DEEJERCICIO LEGAL DE LA MEDICINA:  TENER TÍTULO DE MÉDICO.  CONTAR CON AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL.
  • 10.
    SUJETO ACTIVO DELEJERCICIO ILEGAL DE LA MEDICINA:  CARECER DE TÍTULO DE MÉDICO, O TITULADO, EJERCER SIN AUTORIZACIÓN.  POSEER TÍTULO Y AUTORIZACIÓN, PERO QUE INCURRE EN CIRCUNSTANCIAS NO PERMITIDAS POR AMBOS.
  • 11.
    MARCO LEGAL  ART.228. Los profesionistas, artistas o técnicos y sus auxiliares, serán responsables de los delitos que cometan en el ejercicio de su profesión, en los términos siguientes y sin perjuicio de las prevenciones contenidas en la LEY GENERAL DE SALUD o en otras normas sobre el ejercicio profesional en su caso: I. Además de las sanciones fijadas para los delitos que resulten consumados, según sean intencionales o por imprudencia punible, se les aplicará suspensión de un mes a dos años en el ejercicio de la profesión o definitiva, en caso de reincidencia; y II. Estarán obligados a la reparación del daño por sus actos propios y por los de sus auxiliares, cuando éstos obren de acuerdo con las instrucciones de aquéllos.
  • 12.
     ART. 229.El artículo anterior se aplicará a los médicos que, habiendo otorgado responsiva para hacerse cargo de la atención de un lesionado o enfermo, lo abandonen en su tratamiento sin causa justificada y sin dar aviso inmediato a las autoridades correspondientes.
  • 13.
    SECRETO PROFESIONAL Secreto sederiva del Latin (secretum): Lo que cuidadosamente se tiene reservado y oculto. Obligacion de un profesional de guardar reserva acerca de hechos conocidos o intuidos durante el ejercicio de su profesion.
  • 14.
    SECRETO MEDICO  Formade secreto comiso implicito.  Se basa en la comunicación privilegiada derivada de la relacion medico-paciente.  La comunicación privilegiada consiste en la confidencia que el paciente hace al medico en el entendido que disfruta del privilegio de que este no lo divulgara.
  • 15.
    MODALIDADES:  SECRETO COMPARTIDO SECRETO DERIVADO  SECRETO DE LOS ESTUDIANTES DE MEDICINA  SECRETO DE LAS ESPOSAS DE MEDICOS  SECRETO POSMORTEM  SECRETO PROFESIONAL EN PSIQUIATRIA
  • 16.
    EXCEPCIONES  Consiste enla eximente de secreto y en el permiso para divulgar secretos. • Cuando se actúa como médico forense. Para ello debe previamente advertirse al paciente de tal circunstancia. • Cuando se actúa como médico de empresa aseguradora. • Cuando el facultativo actúa en exámenes de preempleo, como médico de empresas.
  • 17.
    LA REVELACIÓN DESECRETOS ESTÁ PERMITIDA EN LAS SITUACIONES SIGUIENTES: a) Legítima defensa. Es el caso del médico acusado de haber producido daño corporal a un paciente. b) Estado de necesidad. Se trata aquí de evitar un mal mayor, como puede ser el caso del paciente que revela al médico su intención de matar a otra persona. Al respecto, es interesante la doctrina Tarafoff dentro del sistema judicial estadounidense, que estableció el deber de advetencia a terceros en peligro por parte del psiquiatra o psicólogo que sea enterado de la intenció, en tal sentido, de un paciente suyo. c) Ejercicio de un derecho. Por ejemplo, el cobro de honorarios profesionales, donde deben enumerarse las atenciones brindadas al paciente.
  • 18.
    MARCO LEGAL  ART.210.Se impondrán de treinta a doscientas jornadas de trabajo a favor de la comunidad, al que sin justa causa, con perjuicio de alguien y sin consentimiento del que pueda resultar perjudicado, revele algún secreto o comunicación reservada que conoce o ha recibido con motivo de su empleo, cargo o puesto.  ART.211. La sanción sera de uno a cinco año, multa monetaria o suspensión de profesión, en su caso, de dos meses a un año, cuando la revelación punible sea hecha por persona que preste servicios profesionales a técnicos o por funcionario a empleado público, o cuando el secreto revalado o publicado sea de carácter industrial.
  • 19.
    RESPONSABILIDAD POR MALAPRAXIS MÉDICA El concepto de responsabilidad tiene implícito haber causado un daño. Jurídicamente se distinguen dos tipos de responsabilidad: penal y civil.
  • 20.
    MALA PRAXIS MÉDICA Los actos culposos atribuidos al médico debido al ejercicio inadecuado de la medicina configuran la entidad conocida como: malpraxis, mala práctica, faute médica, malpractice y tratamiento contra legis artis, entre otros.  Para el penalista costarricense Carlos Tiffer, ” la mala práctica médica consiste en un error involuntario vencible, un defecto o falta de aplicación de métodos, técnicas o procedimientos del actuar profesional (examen físico, diagnóstico, tratamiento y seguimiento) que como resultado afectan la salud del paciente”.
  • 23.
    COMISIÓN DE ARBITRAJEMÉDICO  La Comisión Nacional de Arbitraje Médico es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud, creado por decreto presidencial, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 3 de junio de 1996, para contribuir a tutelar el derecho a la pro- tección de la salud así como a mejorar, la calidad en la prestación de los servicios médicos  Es una institución que tiene por objeto contribuir a resolver en forma amigable y de buena fe los conflictos suscitados entre los usuarios de los servicios médicos y los presta- dores de los mismos; que promueve y propicia la buena relación, el trato digno, los valores, el apego a la lex artis médica y la ética en la relación médico-paciente
  • 24.
    BIBLIOGRAFÍA  Vargas Alvarado,Eduardo. Medicina Legal 5ª edicion, Mexico: Trillas, 2014.