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Unidad I
LEGISLACIÓN APLICADA EN SALUD
Liz Campoverde M.
 Artículos de la Constitución relacionada con
la vida y salud (mala praxis médica)
 Estructura de la legislación (ley- reglamentos
- códigos – directrices)
 Deberes y derechos de los trabajadores
 Ley Orgánica de Salud.
 Ley Divina Moral / Derecho Natural.
Conjunto de reglas de conducta promulgado
por Dios al linaje humano por medio de la
recta razón.
 Ley Humana: Derecho Positivo de cada
nación.
Aquel que emana de las personas, de la
sociedad, y que debe obedecer al anterior
para ser justo y legítimo.
Etimología:
La palabra derecho deriva de la voz latina
“directum", que significa "lo que está
conforme a la regla, a la ley, a la norma”
 La representación de la diosa justicia,
muestra a la diosa equipada con tres
símbolos del Derecho: la espada
simboliza el poder coercitivo del
estado; la balanza simboliza el
equilibrio entre los derechos de los
litigantes; y la venda sobre los ojos
representa la imparcialidad
Fuentes del Derecho:
 La Constitución: norma fundamental de un Estado soberano, establecida
o aceptada para regirlo
 La Ley: es una norma jurídica dictada por el legislador para el bien de los
gobernados
 La Jurisprudencia: reiteradas interpretaciones que de las normas jurídicas
hacen los tribunales de justicia en sus resoluciones, y puede constituir una
delas Fuentes del Derecho, según el país
 La Costumbre: práctica social arraigada, una repetición continua y
uniforme de un acto.
 El negocio jurídico: acto de autonomía privada de contenido preceptivo
con reconocimiento y tutela por parte del Orden Jurídico.
 Los Principios Generales del Derecho: son los enunciados normativos más
generales que, sin haber sido integrados al ordenamiento jurídico en virtud
de procedimientos formales, se entienden formar parte de él Ej. Legalidad.
 La Doctrina: opinión de los juristas prestigiosos sobre una materia
concreta, aunque no es una fuente formal del Derecho.
 Si la norma alude al Estado como poder publico, es
de Derecho Público;
 Si se refiere a sujetos que obran desprovistos de
todo carácter de potestad política, es de Derecho
privado.
 Se dice que las normas de Derecho privado tienden
a favorecer los intereses particulares de
los individuos, mientras que en las normas de
Derecho Público estarían presididas por
la consecución de algún interés público.
División del Derecho:
1.Derecho Público :
 Derecho Constitucional: que estudia la
organización de los poderes del Estado y los
derechos y garantías de los gobernantes
 Derecho Administrativo: tiene como estudio el
funcionamiento y la organización de la
Administración Pública.
 Derecho Penal: que determina la represión de los
hechos que ponen en peligro la subsistencia de la
pacifica convivencia social.
 Derecho Internacional Público: que regula las
relaciones de los distintos Estados entre sí.
 Derecho Procesal: instrumenta la forma en que se
hacen efectivos los derechos ente losTribunales.
2.Derecho Privado:
 Derecho Civil: es el tronco común del cual se
fueron, y continúan, desgajando distintas materias.
Estudia el concepto de persona, sus atributos, los
contratos civiles. Comprende también el Derecho de
Familia y la sucesión de los derechos a partir de la
muerte de la persona. También el Derecho de
Familia, tiende a separarse de este origen común y a
tener una regulación propia.
 Derecho Mercantil: rige las relaciones entre los
comerciantes y las consecuencias de los actos de
comercio.
 Derecho del Trabajo: que rige las relaciones entre
empleador y empleados
 Una ley es una disposición obligatoria, que
emana del órgano legislativo del Estado, que
regula la convivencia humana, orientando y
dirigiendo la actividad de los hombres en la
vida social.
 Características de la ley: tiene carácter general
y es obligatoria, existiendo, por tanto, una
sanción para el caso de incumplimiento.
 Definen los dos niveles que reconocen para el
ejercicio de la Enfermería (Profesional y Auxiliar ) y, las
incumbencias que a cada nivel corresponde. Además hace
énfasis en que según jerarquía, se inicia en Doctorado,
Magister, Licenciatura y Técnico.
 Autoriza y limita la práctica de la actividad de Enfermería
únicamente a las personas comprendidas en ella.
 Hace énfasis en auxiliares de enfermería hospitalaria y
comunitaria.
 Día festivo, el 12 de mayo para los licenciados en
Enfermería y auxiliares.
 Código civil: Responsabilidad: Todo el
que ejecuta un hecho que por su culpa o
negligencia ocasione un daño a otro está
obligado a la reparación del perjuicio.
 Por su parte el Código Penal: Reparación
o restablecimiento del derecho
lesionado en todas sus esferas y puntos
a donde llego la violencia.
Se refiere al deber hacerse cargo y de responder
por las acciones derivadas del ejercicio de
cualquier profesión. El no hacerlo, puede derivar
en un delito, que puede ser de dos tipos:
 Delito Doloso: Es el que deriva del
daño causado con intención.
 Delito culposo: Es el que deriva del daño
causado sin intención.
 Mala Praxis: Consiste en el ejercicio inadecuado
de la profesión, es la responsabilidad médica
propiamente dicha. Es culposa, vale decir,
cometida sin la intención de hacer daño.
Comprende cuatro eventualidades:
 Impericia, Negligencia, Imprudencia o
extralimitación, Inobservancia de los
reglamentos o deberes inherentes a su cargo o
profesión, se causan Lesiones (enfermedad o
incapacidad) Arto. 4, 5, 6, 7,8, 9,10,11,12 de la
Ley Orgánica de Responsabilidad y Mala
Práctica Medica.
 Usurpación profesional.
 Ejercicio ilegal de una profesión.
 Sustracción o destrucción de documentos.
 Violación del secreto profesional.
 Propagación de enfermedad.
 Aborto terapéutico.
 Atención y Anotaciones incompletas en el
expediente del paciente.
 Contagio de ETS.
 Homicidio culposo.
 Omisión de auxilio.
 Sustitución de un niño por otro.
 Adopción irregular.
 Falsedad de Certificado.
 Usurpación de atribuciones.
 Omisión de denuncia.
 a) Rechazo injustificado de una persona
grave.
 b) Alta prematura de un paciente aún
delicado.
 c) Daño corporal por equipo o instrumental
en malas condiciones.
 d) Lesiones sufridas por el paciente por
descuido del personal.
 e) Daño por errores en administración de
medicamentos.
 Intrusismo Profesional: Ejercicio de
actividades profesionales por personas no
autorizadas legalmente para ello; se trata
dela usurpación de funciones.
 Ejercicio Ilegal: La práctica de la actividad de
una profesión de la salud sin título ni
autorización o excediendo los límites de la
habilitación; constituye figura delictiva.
 Impericia: Falta total o parcial de conocimientos,
experiencia o habilidad en el ejercicio de su
profesión.
 Negligencia: Descuido, omisión o hacer menos
de lo que se debe.
 Imprudencia o extralimitación: Es el exceso o
falta de previsión, ir más allá de lo conveniente.
 Inobservancia de los reglamentos o deberes
inherentes a su cargo o profesión: No cumplirlos
cuando están previstos para el correcto accionar.
Suponen que:
 Todo profesional debe conocer y saber cuál es y,
qué ordena el marco legal que regula el ejercicio
de su profesión, es decir, respecto a los derechos y
obligaciones que tienen como PROFESIONALES.
 Por lo cual “no se puede desconocer los
contenidos de la ley que regula el ejercicio de su
profesión” Capitulo segundo Art. 6
 “No es un atenuante aducir desconocer una
Ley, para no cumplirla”
Capítulo Segundo
DE LA PROFESIÓN
Art. 6.- Para ejercer la profesión de enfermería, deberán poseer título
profesional, pertenecer a su respectivo colegio profesional.
El ejercicio de la profesión de enfermería en el Ecuador, asegurará una
atención de calidad científica, técnica y ética; que deberá ejecutarse con los
criterios y normas de educación que establezca la Asociación Ecuatoriana de
Facultades y Escuelas de Enfermería ASEDEFE y las escuelas de enfermería
universitarias y las políticas, dirección, lineamientos y normas del Ministerio
de Salud Pública y de la Federación de Enfermeras y Enfermeros.
a) Ejercer funciones asistenciales, administrativas, de investigación y docencia en las áreas de
especialización y aquellas conexas a su campo profesional;
b) Participar en la formulación e implementación de las políticas de salud y enfermería.
c) Dirigir los departamentos y servicios de enfermería a nivel nacional, regional, provincial y
local.
d) Dirigir las facultades y escuelas de enfermería y ejercer la docencia en las mismas, conforme a
la ley y el respectivo reglamento, a fin de formar los recursos humanos necesarios.
e) Dar atención dentro de su competencia profesional a toda la población sin discrimen alguno.
f) Realizar o participar en investigaciones que propendan al desarrollo profesional o que
coadyuven en la solución de problemas prioritarios de salud.
g) Dar educación para la salud al paciente, la familia y la comunidad.
DE LOS DERECHOSY OBLIGACIONES
 Art. 8.- En las instituciones de la salud pública o
privada no se podrá contratar personal de enfermería
que no posea los respectivos títulos profesionales para
el desempeño de las funciones detalladas en el artículo
7 de esta Ley.
 Art. 9.- En el sector público de la salud para llenar los
cargos en los cuales se desempeñan funciones
relacionadas con los profesionales en enfermería se los
hará mediante concursos públicos de títulos y
merecimientos; y, oposición.
a) Ejercer su profesión aplicando los principios éticos, morales y de
respeto a los derechos humanos del paciente;
b) Brindar cuidado directo de enfermería a los pacientes y usuarios,
garantizando una atención personalizada y de calidad;
c) Cumplir puntualmente las jornadas de trabajo establecidas de la
siguiente manera: Seis horas de trabajo diurno, doce horas de trabajo
nocturno cada dos noches y dos días de descanso semanal;
d) Dar estricto cumplimiento a las prescripciones y tratamientos
indicados por el médico;
e) Las enfermeras y enfermeros están obligados a prestar sus servicios
de manera extraordinaria en casos de catástrofes, emergencias, guerras
y otras situaciones de gravedad que afecten al país; y,
f) Las demás que les asigne esta Ley y su Reglamento.
Creada en 1919, Su estructura tripartita, única en el sistema de
las Naciones Unidas, comprende órganos que representan a los
empleadores, a los trabajadores y a los gobiernos. El objetivo
primordial de la OIT es promover oportunidades para que las
mujeres y los hombres consigan trabajos decentes y
productivos en condiciones de libertad, igualdad, seguridad y
dignidad humana, En su mandato figura la elaboración y la
adopción de normas internacionales del trabajo tales como los
convenios sobre la jornada de trabajo (ocho horas), la
protección de la maternidad, la edad mínima de admisión al
trabajo y los convenios sobre seguridad y salud en el trabajo.
 Impericia: Falta total o parcial de conocimientos,
experiencia o habilidad en el ejercicio de su profesión.
 Negligencia: Descuido, omisión o hacer menos de lo que
se debe.
 Imprudencia o extralimitación: Es el exceso o falta de
previsión, ir más allá de lo conveniente.
 Inobservancia de los reglamentos o deberes inherentes a
su cargo o profesión: No cumplirlos cuando están
previstos para el correcto accionar.
 Iatrogenia: (acto medico dañino) Lesión o enfermedad
que por el correcto ejercicio y sin culpa produce un
profesional de salud, en el desempeño de sus funciones.
Legislacion aplicada en salud - Ecuador

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Legislacion aplicada en salud - Ecuador

  • 1. Unidad I LEGISLACIÓN APLICADA EN SALUD Liz Campoverde M.
  • 2.  Artículos de la Constitución relacionada con la vida y salud (mala praxis médica)  Estructura de la legislación (ley- reglamentos - códigos – directrices)  Deberes y derechos de los trabajadores  Ley Orgánica de Salud.
  • 3.  Ley Divina Moral / Derecho Natural. Conjunto de reglas de conducta promulgado por Dios al linaje humano por medio de la recta razón.  Ley Humana: Derecho Positivo de cada nación. Aquel que emana de las personas, de la sociedad, y que debe obedecer al anterior para ser justo y legítimo.
  • 4. Etimología: La palabra derecho deriva de la voz latina “directum", que significa "lo que está conforme a la regla, a la ley, a la norma”  La representación de la diosa justicia, muestra a la diosa equipada con tres símbolos del Derecho: la espada simboliza el poder coercitivo del estado; la balanza simboliza el equilibrio entre los derechos de los litigantes; y la venda sobre los ojos representa la imparcialidad
  • 5. Fuentes del Derecho:  La Constitución: norma fundamental de un Estado soberano, establecida o aceptada para regirlo  La Ley: es una norma jurídica dictada por el legislador para el bien de los gobernados  La Jurisprudencia: reiteradas interpretaciones que de las normas jurídicas hacen los tribunales de justicia en sus resoluciones, y puede constituir una delas Fuentes del Derecho, según el país  La Costumbre: práctica social arraigada, una repetición continua y uniforme de un acto.  El negocio jurídico: acto de autonomía privada de contenido preceptivo con reconocimiento y tutela por parte del Orden Jurídico.  Los Principios Generales del Derecho: son los enunciados normativos más generales que, sin haber sido integrados al ordenamiento jurídico en virtud de procedimientos formales, se entienden formar parte de él Ej. Legalidad.  La Doctrina: opinión de los juristas prestigiosos sobre una materia concreta, aunque no es una fuente formal del Derecho.
  • 6.  Si la norma alude al Estado como poder publico, es de Derecho Público;  Si se refiere a sujetos que obran desprovistos de todo carácter de potestad política, es de Derecho privado.  Se dice que las normas de Derecho privado tienden a favorecer los intereses particulares de los individuos, mientras que en las normas de Derecho Público estarían presididas por la consecución de algún interés público.
  • 7. División del Derecho: 1.Derecho Público :  Derecho Constitucional: que estudia la organización de los poderes del Estado y los derechos y garantías de los gobernantes  Derecho Administrativo: tiene como estudio el funcionamiento y la organización de la Administración Pública.  Derecho Penal: que determina la represión de los hechos que ponen en peligro la subsistencia de la pacifica convivencia social.  Derecho Internacional Público: que regula las relaciones de los distintos Estados entre sí.  Derecho Procesal: instrumenta la forma en que se hacen efectivos los derechos ente losTribunales.
  • 8. 2.Derecho Privado:  Derecho Civil: es el tronco común del cual se fueron, y continúan, desgajando distintas materias. Estudia el concepto de persona, sus atributos, los contratos civiles. Comprende también el Derecho de Familia y la sucesión de los derechos a partir de la muerte de la persona. También el Derecho de Familia, tiende a separarse de este origen común y a tener una regulación propia.  Derecho Mercantil: rige las relaciones entre los comerciantes y las consecuencias de los actos de comercio.  Derecho del Trabajo: que rige las relaciones entre empleador y empleados
  • 9.  Una ley es una disposición obligatoria, que emana del órgano legislativo del Estado, que regula la convivencia humana, orientando y dirigiendo la actividad de los hombres en la vida social.  Características de la ley: tiene carácter general y es obligatoria, existiendo, por tanto, una sanción para el caso de incumplimiento.
  • 10.  Definen los dos niveles que reconocen para el ejercicio de la Enfermería (Profesional y Auxiliar ) y, las incumbencias que a cada nivel corresponde. Además hace énfasis en que según jerarquía, se inicia en Doctorado, Magister, Licenciatura y Técnico.  Autoriza y limita la práctica de la actividad de Enfermería únicamente a las personas comprendidas en ella.  Hace énfasis en auxiliares de enfermería hospitalaria y comunitaria.  Día festivo, el 12 de mayo para los licenciados en Enfermería y auxiliares.
  • 11.  Código civil: Responsabilidad: Todo el que ejecuta un hecho que por su culpa o negligencia ocasione un daño a otro está obligado a la reparación del perjuicio.  Por su parte el Código Penal: Reparación o restablecimiento del derecho lesionado en todas sus esferas y puntos a donde llego la violencia.
  • 12. Se refiere al deber hacerse cargo y de responder por las acciones derivadas del ejercicio de cualquier profesión. El no hacerlo, puede derivar en un delito, que puede ser de dos tipos:  Delito Doloso: Es el que deriva del daño causado con intención.  Delito culposo: Es el que deriva del daño causado sin intención.
  • 13.  Mala Praxis: Consiste en el ejercicio inadecuado de la profesión, es la responsabilidad médica propiamente dicha. Es culposa, vale decir, cometida sin la intención de hacer daño. Comprende cuatro eventualidades:  Impericia, Negligencia, Imprudencia o extralimitación, Inobservancia de los reglamentos o deberes inherentes a su cargo o profesión, se causan Lesiones (enfermedad o incapacidad) Arto. 4, 5, 6, 7,8, 9,10,11,12 de la Ley Orgánica de Responsabilidad y Mala Práctica Medica.
  • 14.  Usurpación profesional.  Ejercicio ilegal de una profesión.  Sustracción o destrucción de documentos.  Violación del secreto profesional.  Propagación de enfermedad.  Aborto terapéutico.  Atención y Anotaciones incompletas en el expediente del paciente.
  • 15.  Contagio de ETS.  Homicidio culposo.  Omisión de auxilio.  Sustitución de un niño por otro.  Adopción irregular.  Falsedad de Certificado.  Usurpación de atribuciones.  Omisión de denuncia.
  • 16.  a) Rechazo injustificado de una persona grave.  b) Alta prematura de un paciente aún delicado.  c) Daño corporal por equipo o instrumental en malas condiciones.  d) Lesiones sufridas por el paciente por descuido del personal.  e) Daño por errores en administración de medicamentos.
  • 17.  Intrusismo Profesional: Ejercicio de actividades profesionales por personas no autorizadas legalmente para ello; se trata dela usurpación de funciones.  Ejercicio Ilegal: La práctica de la actividad de una profesión de la salud sin título ni autorización o excediendo los límites de la habilitación; constituye figura delictiva.
  • 18.  Impericia: Falta total o parcial de conocimientos, experiencia o habilidad en el ejercicio de su profesión.  Negligencia: Descuido, omisión o hacer menos de lo que se debe.  Imprudencia o extralimitación: Es el exceso o falta de previsión, ir más allá de lo conveniente.  Inobservancia de los reglamentos o deberes inherentes a su cargo o profesión: No cumplirlos cuando están previstos para el correcto accionar.
  • 19. Suponen que:  Todo profesional debe conocer y saber cuál es y, qué ordena el marco legal que regula el ejercicio de su profesión, es decir, respecto a los derechos y obligaciones que tienen como PROFESIONALES.  Por lo cual “no se puede desconocer los contenidos de la ley que regula el ejercicio de su profesión” Capitulo segundo Art. 6  “No es un atenuante aducir desconocer una Ley, para no cumplirla”
  • 20. Capítulo Segundo DE LA PROFESIÓN Art. 6.- Para ejercer la profesión de enfermería, deberán poseer título profesional, pertenecer a su respectivo colegio profesional. El ejercicio de la profesión de enfermería en el Ecuador, asegurará una atención de calidad científica, técnica y ética; que deberá ejecutarse con los criterios y normas de educación que establezca la Asociación Ecuatoriana de Facultades y Escuelas de Enfermería ASEDEFE y las escuelas de enfermería universitarias y las políticas, dirección, lineamientos y normas del Ministerio de Salud Pública y de la Federación de Enfermeras y Enfermeros.
  • 21. a) Ejercer funciones asistenciales, administrativas, de investigación y docencia en las áreas de especialización y aquellas conexas a su campo profesional; b) Participar en la formulación e implementación de las políticas de salud y enfermería. c) Dirigir los departamentos y servicios de enfermería a nivel nacional, regional, provincial y local. d) Dirigir las facultades y escuelas de enfermería y ejercer la docencia en las mismas, conforme a la ley y el respectivo reglamento, a fin de formar los recursos humanos necesarios. e) Dar atención dentro de su competencia profesional a toda la población sin discrimen alguno. f) Realizar o participar en investigaciones que propendan al desarrollo profesional o que coadyuven en la solución de problemas prioritarios de salud. g) Dar educación para la salud al paciente, la familia y la comunidad.
  • 22. DE LOS DERECHOSY OBLIGACIONES  Art. 8.- En las instituciones de la salud pública o privada no se podrá contratar personal de enfermería que no posea los respectivos títulos profesionales para el desempeño de las funciones detalladas en el artículo 7 de esta Ley.  Art. 9.- En el sector público de la salud para llenar los cargos en los cuales se desempeñan funciones relacionadas con los profesionales en enfermería se los hará mediante concursos públicos de títulos y merecimientos; y, oposición.
  • 23. a) Ejercer su profesión aplicando los principios éticos, morales y de respeto a los derechos humanos del paciente; b) Brindar cuidado directo de enfermería a los pacientes y usuarios, garantizando una atención personalizada y de calidad; c) Cumplir puntualmente las jornadas de trabajo establecidas de la siguiente manera: Seis horas de trabajo diurno, doce horas de trabajo nocturno cada dos noches y dos días de descanso semanal; d) Dar estricto cumplimiento a las prescripciones y tratamientos indicados por el médico; e) Las enfermeras y enfermeros están obligados a prestar sus servicios de manera extraordinaria en casos de catástrofes, emergencias, guerras y otras situaciones de gravedad que afecten al país; y, f) Las demás que les asigne esta Ley y su Reglamento.
  • 24.
  • 25. Creada en 1919, Su estructura tripartita, única en el sistema de las Naciones Unidas, comprende órganos que representan a los empleadores, a los trabajadores y a los gobiernos. El objetivo primordial de la OIT es promover oportunidades para que las mujeres y los hombres consigan trabajos decentes y productivos en condiciones de libertad, igualdad, seguridad y dignidad humana, En su mandato figura la elaboración y la adopción de normas internacionales del trabajo tales como los convenios sobre la jornada de trabajo (ocho horas), la protección de la maternidad, la edad mínima de admisión al trabajo y los convenios sobre seguridad y salud en el trabajo.
  • 26.
  • 27.
  • 28.  Impericia: Falta total o parcial de conocimientos, experiencia o habilidad en el ejercicio de su profesión.  Negligencia: Descuido, omisión o hacer menos de lo que se debe.  Imprudencia o extralimitación: Es el exceso o falta de previsión, ir más allá de lo conveniente.  Inobservancia de los reglamentos o deberes inherentes a su cargo o profesión: No cumplirlos cuando están previstos para el correcto accionar.  Iatrogenia: (acto medico dañino) Lesión o enfermedad que por el correcto ejercicio y sin culpa produce un profesional de salud, en el desempeño de sus funciones.