2. DEFINICIÓN
• Derecho penal
Es la rama del Derecho
Público que regula la potestad
punitiva del Estado, asociando
a hechos, estrictamente
determinados por la ley, como
presupuesto, una pena,
medida de seguridad o
corrección como consecuencia.
3. MISIÓN
El Derecho penal no se reduce
sólo al listado de las conductas
consideradas delitos y
la pena que a cada uno
corresponde, sino que
fundamentalmente su misión
es proteger a la sociedad.
4. EL DELITO
• Desde el punto de vista de Derecho Penal, actualmente la definición
del delito tiene un carácter descriptivo y formal. Además, corresponde a una
concepción dogmática, cuyas características esenciales sólo se obtienen de
la ley.
• De conformidad a lo anterior, en la mayoría de los ordenamientos herederos
del sistema continental europeo, se acostumbra a definirlo como una acción
típica, antijurídica y culpable, eventualmente punible, o más precisamente en
palabras de Luis Jiménez de Asua "toda acción u omisión o comisión por
omisión, típicamente antijurídica y correspondientemente imputable al
culpable, siempre y cuando no surja una causal de exclusión de la pena o el
enjuiciable sea susceptible de la aplicación de una medida de seguridad".