MiFID II ya tiene fecha definitiva para su entrada en vigor. Después de un año y medio de retraso de las normas de desarrollo, entre otras razones, por la complicada operativa que tendrán que poner en marcha las entidades, el 3 de enero de 2018 está previsto que entre en vigor esta nueva normativa comunitaria, entre cuyos objetivos destacan la protección del inversor, mediante la mejora en la transparencia, y una mayor eficiencia de los mercados. Se trata sin duda del gran reto al que se enfrenta la industria de inversión colectiva en los dos próximos años.
1. Mifid II: retos y oportunidades
MiFID II ya tiene fecha definitiva para su entrada en vigor. Después de un año y medio de
retraso de las normas de desarrollo, entre otras razones, por la complicada operativa que
tendrán que poner en marcha las entidades, el 3 de enero de 2018 está previsto que entre en
vigor esta nueva normativa comunitaria, entre cuyos objetivos destacan la protección del
inversor, mediante la mejora en la transparencia, y una mayor eficiencia de los mercados.
Esta norma debe ser implementada y transpuesta a nuestra legislación nacional antes de junio
del próximo año, por lo que es muy importante la aprobación antes de esa fecha en el
Parlamento y también de las normas posteriores de desarrollo por el Gobierno y en su caso la
CNMV, permitiendo así a las Gestoras y a sus distribuidores al menos seis meses para la
implementación de los nuevos procedimientos y requisitos.
Por hacer un poco de historia, cabe recordar que desde 2007, la directiva MiFID armoniza la
regulación sobre los mercados de valores, los instrumentos financieros que allí se negocian, así
como la organización y relación con los clientes de las entidades, que prestan servicios de
inversión al cliente. Ahora MiFID II pretende reforzar esos principios de seguridad, eficacia y
transparencia de los mercados.
Se trata sin duda del gran reto al que se enfrenta la industria de inversión colectiva en los dos
próximos años. Cabe pensar que, este nuevo entorno regulatorio, llevará a muchas entidades
hacia una mayor especialización, lo que hará necesario que se replanteen su modelo de
negocio.
Las gestoras de instituciones de inversión colectiva y sus entidades comercializadoras se
enfrentarán a un incremento de los costes, que deberían compensar con un mayor volumen
de negocio, por lo que será más necesario prestar un mejor servicio al cliente.
Dos son principalmente las cuestiones que impactarán en el modelo de negocio de las
entidades: por un lado la prohibición de cobro de retrocesiones en los servicios de
asesoramiento independiente y de gestión discrecional de carteras, permitiendo sólo su cobro
en la mera comercialización y en el asesoramiento dependiente; y por otro la definición del
“mercado objetivo” o “target market”.
A pesar de esta mayor armonización europea, los esquemas de retrocesiones en Europa son y
van a seguir siendo muy diversos. Así, frente al modelo inglés y holandés de prohibición total,
en el resto de países europeos van a seguir existiendo.
Una encuesta reciente realizada por el Observatorio INVERCO muestra dos características
fundamentales de la percepción que tienen los clientes de la distribución de los productos
financieros y su relación con las entidades y sus profesionales: que el ahorrador español sigue
prefiriendo el contacto personal a la hora de adquirirlos o de recibir asesoramiento y que la
gran mayoría de los ahorradores no quiere realizar un pago explícito por la adquisición de
Fondos de Inversión. Es interesante comprobar que los servicios personalizados son valorados
positivamente, pero sólo si son gratuitos o prestados a un precio muy inferior a su coste.
2. En este sentido, la comercialización en oficina se mantiene como la vía más utilizada y la mejor
valorada por los partícipes (de forma muy positiva para nueve de cada diez encuestados), por
delante de la compra por Internet y el asesoramiento personalizado. La clave del éxito se
centra en que no incluye un pago explícito y que el cliente puede realizar un seguimiento de su
inversión a través de la web o en la propia entidad.
De ahí que todavía exista una laboriosa labor pedagógica pendiente, que las Gestoras y sus
comercializadoras deben acometer, para hacer entender al partícipe cuál es la mejor opción de
inversión, que vendrá derivada de valorar las ventajas con las que cuentan algunos productos
como los Fondos de Inversión, desde el punto de vista de su liquidez, la seguridad que ofrecen
al estar regulados, la rentabilidad gracias a la diversificación y sus ventajas fiscales.
Ángel Martínez-Aldama es director del Observatorio Inverco