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La transición a hacia un sistema de Reinserción Social


                    - Antonio Corona Rodríguez

                    Coordinador General de Prevención Social y Reinserción Social,

                    Secretaría de Seguridad Pública Federal




MUY BUENOS DÍAS, EN NOMBRE DEL DR. Y GRAL. EDUARDO ENRIQUE GÓMEZ GARCÍA,
COMISIONADO   DEL     ORGANO      ADMINISTRATIVO        DESCONCENTRADO          DE   PREVENCIÓN   Y
READAPTACIÓN SOCIAL, QUIERO AGRADECER A LA SECRETARÍA TÉCNICA DEL CONSEJO DE
COORDINACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL Y AL INSTITUTO
NACIONAL DE CIENCIAS PENALES, SU INVITACIÓN PARA PARTICIPAR EN ESTE SEMINARIO DE
REORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL, EN EL MARCO DE LA REFORMA DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
PENAL.



                                                                                                      1
EL TEMA QUE ME HONRA PRESENTAR EL DÍA DE HOY, ES “LA TRANSICIÓN HACIA UN SISTEMA DE
REINSERCIÓN SOCIAL”



Joseph Fishman señala que, “tal como se encuentran al presente las cárceles, son gigantescos crisoles del

crimen. A su interior se arroja, sin orden ni concierto, al viejo, al joven, al culpable, al inocente, al enfermo, al

sano, al empedernido y al escrupuloso; allí quedan para ser mezclados con los subsiguientes ingredientes de

mugre, plagas, frío, oscuridad, aire fétido, sobrepoblación y mal servicio de cañerías; y todo ello se cuece hasta

el punto de ebullición a través del fuego de la más completa ociosidad ”




Sin embargo, debemos ser justos con la prisión, que es tan solo el reflejo de la crisis en general de la justicia
penal.




                                                                                                                        2
Esa es, la razón por la que nos encontramos hoy reunidos, para apoyar y coadyuvar como autoridades

federales con autoridades locales, para concretar la transformación del sistema de seguridad y justicia penal.




En el texto original del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se estableció

que, “Los gobiernos de la Federación y de los Estados organizarán, en sus respectivos territorios, el sistema

penal –colonias penitenciarias o presidios-, sobre la base del trabajo como medio de regeneración”.




El 23 de febrero de 1965 se reformó el artículo 18 Constitucional, por lo que se estableció, que “Los Gobiernos

de la Federación y de los Estados organizarán el sistema penal, en sus respectivas jurisdicciones, sobre la base

del trabajo, la capacitación para el mismo y la educación, como medios para la readaptación social del

delincuente”




                                                                                                                   3
Bajo los conceptos enunciados anteriormente, sobre los cuales se organizó el sistema penitenciario, hoy se

puede afirmar categóricamente su fracaso, pues las políticas penitenciarias implementadas no lograron otorgar

al reo posibilidades reales de desarrollo individual, que le permitieran incorporarse al desarrollo productivo del

país una vez externado y con ello evitar la reincidencia.




Además, de parte del Estado, no se implementaron mecanismos efectivos que permitieran la vigilancia de los

sentenciados, a los que se les otorgo algún beneficio de          libertad anticipada, de tal forma que no se dio

seguimiento a las obligaciones que se les imponían y se ignoraba su forma de comportamiento al estar

nuevamente en convivencia con la sociedad.




Por lo anterior, tenemos que reconocer, que no se cumplió con la readaptación social de los delincuentes, lo que

se tradujo en la crisis del sistema penitenciario a nivel nacional.



                                                                                                                     4
Ante la reforma del 18 de junio del 2008, al artículo 18 Constitucional, se sustituyó el concepto de “readaptación”

por el de “reinserción”, señalando como medios para lograrla que el sistema penitenciario se organizará sobre la

base del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte.




La Estrategia Penitenciaria 2008 – 2012, impulsa un Nuevo Modelo Penitenciario centrado en la reinserción

social en condiciones seguras, confiables y humanas para la sociedad, el personal penitenciario y los internos;

con la participación activa y responsable del sentenciado, su familia y la comunidad, los sectores productivos, la

sociedad en general y el gobierno.




Es a partir de estas bases, como se inicia la construcción del “Modelo Estratégico de Reinserción Social”.




                                                                                                                      5
Debemos aceptar que nuestro mayor obstáculo es la sobrepoblación que desde hace varios años ha rebasado a

nuestras instalaciones, al mes de agosto, teníamos una población de 229 915 internos, entre procesados y

sentenciados, hombres y mujeres, acusados de delitos del fuero común y federal; de estos, 95 mil 407

individuos están en condiciones de prisión preventiva sin habérseles dictado sentencia definitiva.




La infraestructura disponible esta compuesta por 432 centros de reclusión, con una capacidad instalada de 171,

011 camas, lo que significa una sobrepoblación de 58 mil 904 personas; el gobierno federal, cuenta con 7

centros en los que alberga a 6 mil 727 individuos, el gobierno del Distrito Federal alberga en sus 10 centros a 40

mil 614 individuos y los restantes 182 mil 574 se encuentran en centros administrados por los gobiernos

estatales y municipales; desde otra perspectiva, 9 entidades federativas concentran el 53% de la población:

Distrito Federal, Baja California, Veracruz, Estado de México, Jalisco; Tamaulipas; Michoacán; Sonora y Nuevo

León.




                                                                                                                     6
Nuestro otro gran obstáculo a vencer, es la falta de instalaciones adecuadas para un optimo proceso de

Reinserción Social, estamos carentes de espacios para establecer programas de capacitación, educación ,

salud, cultura y deporte.




Así como la falta de clasificación adecuada y programas óptimos de reinserción.




Con el esfuerzo coordinado y la suma de voluntades de la federación y las 32 entidades federativas, a través de

la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario Federal, lograremos implementar una estrategia apta y

capaz ya que nuestro objetivo a alcanzar es claro y posible, que los centros penitenciarios a nivel nacional se

conviertan en verdaderos espacios de reinserción social.




                                                                                                                  7
Presentándose como exigencias las siguientes:



   El recluso como objeto de un tratamiento individualizado y educativo.


   Tratamiento basado en un sistema penitenciario progresivo.
   Oportunidades de capacitación y adiestramiento de habilidades profesionales.
   Apertura de un proceso de comunicación e interacción entre la cárcel y la sociedad.
   Valoración de la personalidad del recluso.
   Personal penitenciario capacitado.
   Aseguramiento de condiciones de vida digna dentro de la prisión.
   Clima y ambiente de superación y respeto a los derechos humanos, enfocados al ejercicio responsable de
     la libertad.




                                                                                                             8
Estas exigencias son las bases del nuevo “Modelo Estratégico de Reinserción Social”.




El Modelo que se plantea, tiene su origen en el sistema técnico progresivo, en donde el tratamiento se da en

etapas o grados con el apoyo de un grupo interdisciplinario, encaminado a conseguir la pronta rehabilitación del

interno para que éste alcance una eficaz reinserción.




El grupo interdisciplinario, constituye un órgano colegiado de consulta, deliberación o decisión, integrado por

especialistas en áreas determinadas de conocimiento relacionadas con el estado de privación de la libertad.




En este modelo, la clasificación es un pilar esencial para el desarrollo de los internos recluidos en los Centros,

así como una parte fundamental para la seguridad de los mismos y del personal que labora para la institución.




                                                                                                                     9
Dentro de la nueva estrategia penitenciaria se consideraran cuatro niveles de seguridad.

    Nivel I.- Baja seguridad.

    Nivel II.- Media seguridad.

    Nivel III.- Alta seguridad.

    Nivel IV.- Super máxima seguridad.



El factor determinante para aplicar el tratamiento técnico progresivo individualizado, es el resultado del
estudio clínico criminológico.




                                                                                                             10
Para lograr el éxito del tratamiento técnico progresivo individualizado, se establecerá en cada centro un

“Programa de Integración Social” el cual esta basado en incentivos que toma en cuenta el comportamiento y

la participación en el mismo, consistiendo de SEIS niveles. Los privilegios que ganan los internos están basados

estrictamente en el comportamiento apropiado y el cumplimiento en los programas laborales, de capacitación,

educativos, culturales, de promoción y cuidado de la salud y de acondicionamiento físico.




Los niveles en el Programa de Integración Social, deberán ser implementados en todos los Centros con niveles

de seguridad I, II y III, el nivel IV será a la consideración del propio Consejo Técnico Interdisciplinario.




Los internos que violenten las disposiciones de seguridad, disciplina y de participación, podrán ser removidos a

Centros con niveles de seguridad superior.




                                                                                                                   11
Para cumplir con las obligaciones que se les impongan a los reos que reciban el beneficio de la preliberación, se

promueve la creación del “POLICIA FEDERAL DE SUPERVISIÓN”, encargado de verificar el cumplimiento de

éstas, así como vigilar al reo en su comportamiento ante la sociedad, para con ello controlar y conocer la

existencia o no de la reincidencia de este sujeto, parte fundamental en el sistema penitenciario, que permitirá no

solo crear la estadística respectiva, sino medir la efectividad, de los tratamientos que se impusieron a los

enjuiciados en su proceso de reinserción social.




Para lograr la unidad a nivel nacional en el proceso de reinserción social en el sistema penitenciario, se

proponen las siguientes acciones:



   A través de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario, realizar un análisis en materia de
    reinserción social que permita conocer las acciones que en esta materia se lleven a cabo al interior de los
    centros, con el fin de lograr la mejora continua.




                                                                                                                     12
   Actualización del marco jurídico acorde al nuevo modelo penitenciario, impulsando la unificación de los
      reglamentos y procedimientos operativos de los centros penitenciarios a nivel nacional, mediante el
      proceso de armonización de la administración penitenciaria, formación y capacitación, evaluación,
      rendición de cuentas y transparencia.

   Reingeniería de la administración penitenciaria a fin de atender los ejes de reinserción social, lo que
      significaría crear, suprimir cambiar y actualizar denominaciones y funciones de las áreas que la integran.

   Perfiles del personal adecuados para cada puesto con el propósito de cumplir con los objetivos que a cada
      área se le atribuyen.

   Capacitación, especialización y profesionalización del personal, así como su evaluación y certificación.



Per se, el modelo de reinserción social que se propone, establece las bases de un sistema penitenciario
nacional, eficiente a la demanda social.




                                                                                                                   13

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La Transición Hacia Un Sistema De Reinserción Social. Antonio Corona 15 Min.

  • 1. La transición a hacia un sistema de Reinserción Social - Antonio Corona Rodríguez Coordinador General de Prevención Social y Reinserción Social, Secretaría de Seguridad Pública Federal MUY BUENOS DÍAS, EN NOMBRE DEL DR. Y GRAL. EDUARDO ENRIQUE GÓMEZ GARCÍA, COMISIONADO DEL ORGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO DE PREVENCIÓN Y READAPTACIÓN SOCIAL, QUIERO AGRADECER A LA SECRETARÍA TÉCNICA DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL Y AL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS PENALES, SU INVITACIÓN PARA PARTICIPAR EN ESTE SEMINARIO DE REORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL, EN EL MARCO DE LA REFORMA DE SEGURIDAD Y JUSTICIA PENAL. 1
  • 2. EL TEMA QUE ME HONRA PRESENTAR EL DÍA DE HOY, ES “LA TRANSICIÓN HACIA UN SISTEMA DE REINSERCIÓN SOCIAL” Joseph Fishman señala que, “tal como se encuentran al presente las cárceles, son gigantescos crisoles del crimen. A su interior se arroja, sin orden ni concierto, al viejo, al joven, al culpable, al inocente, al enfermo, al sano, al empedernido y al escrupuloso; allí quedan para ser mezclados con los subsiguientes ingredientes de mugre, plagas, frío, oscuridad, aire fétido, sobrepoblación y mal servicio de cañerías; y todo ello se cuece hasta el punto de ebullición a través del fuego de la más completa ociosidad ” Sin embargo, debemos ser justos con la prisión, que es tan solo el reflejo de la crisis en general de la justicia penal. 2
  • 3. Esa es, la razón por la que nos encontramos hoy reunidos, para apoyar y coadyuvar como autoridades federales con autoridades locales, para concretar la transformación del sistema de seguridad y justicia penal. En el texto original del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se estableció que, “Los gobiernos de la Federación y de los Estados organizarán, en sus respectivos territorios, el sistema penal –colonias penitenciarias o presidios-, sobre la base del trabajo como medio de regeneración”. El 23 de febrero de 1965 se reformó el artículo 18 Constitucional, por lo que se estableció, que “Los Gobiernos de la Federación y de los Estados organizarán el sistema penal, en sus respectivas jurisdicciones, sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo y la educación, como medios para la readaptación social del delincuente” 3
  • 4. Bajo los conceptos enunciados anteriormente, sobre los cuales se organizó el sistema penitenciario, hoy se puede afirmar categóricamente su fracaso, pues las políticas penitenciarias implementadas no lograron otorgar al reo posibilidades reales de desarrollo individual, que le permitieran incorporarse al desarrollo productivo del país una vez externado y con ello evitar la reincidencia. Además, de parte del Estado, no se implementaron mecanismos efectivos que permitieran la vigilancia de los sentenciados, a los que se les otorgo algún beneficio de libertad anticipada, de tal forma que no se dio seguimiento a las obligaciones que se les imponían y se ignoraba su forma de comportamiento al estar nuevamente en convivencia con la sociedad. Por lo anterior, tenemos que reconocer, que no se cumplió con la readaptación social de los delincuentes, lo que se tradujo en la crisis del sistema penitenciario a nivel nacional. 4
  • 5. Ante la reforma del 18 de junio del 2008, al artículo 18 Constitucional, se sustituyó el concepto de “readaptación” por el de “reinserción”, señalando como medios para lograrla que el sistema penitenciario se organizará sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte. La Estrategia Penitenciaria 2008 – 2012, impulsa un Nuevo Modelo Penitenciario centrado en la reinserción social en condiciones seguras, confiables y humanas para la sociedad, el personal penitenciario y los internos; con la participación activa y responsable del sentenciado, su familia y la comunidad, los sectores productivos, la sociedad en general y el gobierno. Es a partir de estas bases, como se inicia la construcción del “Modelo Estratégico de Reinserción Social”. 5
  • 6. Debemos aceptar que nuestro mayor obstáculo es la sobrepoblación que desde hace varios años ha rebasado a nuestras instalaciones, al mes de agosto, teníamos una población de 229 915 internos, entre procesados y sentenciados, hombres y mujeres, acusados de delitos del fuero común y federal; de estos, 95 mil 407 individuos están en condiciones de prisión preventiva sin habérseles dictado sentencia definitiva. La infraestructura disponible esta compuesta por 432 centros de reclusión, con una capacidad instalada de 171, 011 camas, lo que significa una sobrepoblación de 58 mil 904 personas; el gobierno federal, cuenta con 7 centros en los que alberga a 6 mil 727 individuos, el gobierno del Distrito Federal alberga en sus 10 centros a 40 mil 614 individuos y los restantes 182 mil 574 se encuentran en centros administrados por los gobiernos estatales y municipales; desde otra perspectiva, 9 entidades federativas concentran el 53% de la población: Distrito Federal, Baja California, Veracruz, Estado de México, Jalisco; Tamaulipas; Michoacán; Sonora y Nuevo León. 6
  • 7. Nuestro otro gran obstáculo a vencer, es la falta de instalaciones adecuadas para un optimo proceso de Reinserción Social, estamos carentes de espacios para establecer programas de capacitación, educación , salud, cultura y deporte. Así como la falta de clasificación adecuada y programas óptimos de reinserción. Con el esfuerzo coordinado y la suma de voluntades de la federación y las 32 entidades federativas, a través de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario Federal, lograremos implementar una estrategia apta y capaz ya que nuestro objetivo a alcanzar es claro y posible, que los centros penitenciarios a nivel nacional se conviertan en verdaderos espacios de reinserción social. 7
  • 8. Presentándose como exigencias las siguientes:  El recluso como objeto de un tratamiento individualizado y educativo.  Tratamiento basado en un sistema penitenciario progresivo.  Oportunidades de capacitación y adiestramiento de habilidades profesionales.  Apertura de un proceso de comunicación e interacción entre la cárcel y la sociedad.  Valoración de la personalidad del recluso.  Personal penitenciario capacitado.  Aseguramiento de condiciones de vida digna dentro de la prisión.  Clima y ambiente de superación y respeto a los derechos humanos, enfocados al ejercicio responsable de la libertad. 8
  • 9. Estas exigencias son las bases del nuevo “Modelo Estratégico de Reinserción Social”. El Modelo que se plantea, tiene su origen en el sistema técnico progresivo, en donde el tratamiento se da en etapas o grados con el apoyo de un grupo interdisciplinario, encaminado a conseguir la pronta rehabilitación del interno para que éste alcance una eficaz reinserción. El grupo interdisciplinario, constituye un órgano colegiado de consulta, deliberación o decisión, integrado por especialistas en áreas determinadas de conocimiento relacionadas con el estado de privación de la libertad. En este modelo, la clasificación es un pilar esencial para el desarrollo de los internos recluidos en los Centros, así como una parte fundamental para la seguridad de los mismos y del personal que labora para la institución. 9
  • 10. Dentro de la nueva estrategia penitenciaria se consideraran cuatro niveles de seguridad.  Nivel I.- Baja seguridad.  Nivel II.- Media seguridad.  Nivel III.- Alta seguridad.  Nivel IV.- Super máxima seguridad. El factor determinante para aplicar el tratamiento técnico progresivo individualizado, es el resultado del estudio clínico criminológico. 10
  • 11. Para lograr el éxito del tratamiento técnico progresivo individualizado, se establecerá en cada centro un “Programa de Integración Social” el cual esta basado en incentivos que toma en cuenta el comportamiento y la participación en el mismo, consistiendo de SEIS niveles. Los privilegios que ganan los internos están basados estrictamente en el comportamiento apropiado y el cumplimiento en los programas laborales, de capacitación, educativos, culturales, de promoción y cuidado de la salud y de acondicionamiento físico. Los niveles en el Programa de Integración Social, deberán ser implementados en todos los Centros con niveles de seguridad I, II y III, el nivel IV será a la consideración del propio Consejo Técnico Interdisciplinario. Los internos que violenten las disposiciones de seguridad, disciplina y de participación, podrán ser removidos a Centros con niveles de seguridad superior. 11
  • 12. Para cumplir con las obligaciones que se les impongan a los reos que reciban el beneficio de la preliberación, se promueve la creación del “POLICIA FEDERAL DE SUPERVISIÓN”, encargado de verificar el cumplimiento de éstas, así como vigilar al reo en su comportamiento ante la sociedad, para con ello controlar y conocer la existencia o no de la reincidencia de este sujeto, parte fundamental en el sistema penitenciario, que permitirá no solo crear la estadística respectiva, sino medir la efectividad, de los tratamientos que se impusieron a los enjuiciados en su proceso de reinserción social. Para lograr la unidad a nivel nacional en el proceso de reinserción social en el sistema penitenciario, se proponen las siguientes acciones:  A través de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario, realizar un análisis en materia de reinserción social que permita conocer las acciones que en esta materia se lleven a cabo al interior de los centros, con el fin de lograr la mejora continua. 12
  • 13. Actualización del marco jurídico acorde al nuevo modelo penitenciario, impulsando la unificación de los reglamentos y procedimientos operativos de los centros penitenciarios a nivel nacional, mediante el proceso de armonización de la administración penitenciaria, formación y capacitación, evaluación, rendición de cuentas y transparencia.  Reingeniería de la administración penitenciaria a fin de atender los ejes de reinserción social, lo que significaría crear, suprimir cambiar y actualizar denominaciones y funciones de las áreas que la integran.  Perfiles del personal adecuados para cada puesto con el propósito de cumplir con los objetivos que a cada área se le atribuyen.  Capacitación, especialización y profesionalización del personal, así como su evaluación y certificación. Per se, el modelo de reinserción social que se propone, establece las bases de un sistema penitenciario nacional, eficiente a la demanda social. 13