La industria del software en Argentina ha crecido gracias al desarrollo de software para exportación por parte de empresas grandes y pequeñas, así como la evolución del mercado interno de computadoras. Sin embargo, el mercado latinoamericano de tecnología de la información aún está madurando y representa solo el 3.3% del mercado mundial. Para que la industria sea sostenible, se debe acompañar su crecimiento con la protección jurídica adecuada de la propiedad intelectual.
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
LA PROTECCION JURIDICA DE SOFTWARE EN ARGENTINA
1.
2. La industria del software crece
por un lado, en el mercado
interno con la evolución de la
venta de artículos de
computadora y accesorios
informáticos, por el otro lado
con el desarrollo del software
para exportación tanto de
primer a como de grandes
empresas que establecen sus
roles regionales en el país.
3. Además el crecimiento ha sido potenciado por la sanción de
la ley de promoción de la industria del software, sin
embargo en América latina el mercado de la tecnología de
la información se encuentra todavía en una fase de
maduración y solo representa el 3. 3% del mercado
mundial. Para que sea sustentable la industria, debe ir
acompañada de la protección jurídica correspondiente.
LOS DERECHOS DE PROPIEDAD
INTELECTUAL NUNCA HAN SIDO MÁS
ECONÓMICOS Y POLÍTICAMENTE
IMPACTANTES A CUANTO VARIABLES
DE LO QUE SON HOY
4. Patente copyright, marca diseños,
industriales, circuitos integrados e
indicaciones geográficas, son mencionados
frecuentemente en discusiones de datos,
sobre temas tan diversos como salud
pública, seguridad alimenticia, educación,
comercio, biotecnología, internet, las
industrias de medios y entretenimientos
5. En una economía basada en el
conocimiento, no hay duda de que es
indispensable un entendimiento de la
DPLS para la realización informada de
políticas en todas las áreas del desarrollo
humano.
La era digital ha creado oportunidades
notables para un mayor acceso a la
información y a los bienes de
conocimiento para los países en
desarrollo y los consumidores en general.
También ha producido nuevas formas de
derecho privado, negociados
multilateralmente para efectuar el control
sobre el acceso y uso y disposición de la
información y el conocimiento.
6. Desde el año 1988, al menos los tribunales han protegido al software en
argentina bajo el derecho de autor. En el ámbito de derecho penal, el software
fue protegido tempranamente por varios artículos de la ley de propiedad
intelectual. El software fue protegido penalmente en numerosos casos sin
importar si la obra era nacional o extranjera. Es posible señalar la protección
adicional prevista en el mismo año, a través del decreto 165/94.
Este decreto que buscaba reglamentar la LPI, bajo el titulo imprecisable, un
marco legal de protección para los diferentes expresiones de las obras de
software y base de datos, así
como sus diversos medios de producción,
incluyo el software entre las obras protegidas
por la LPI. Sin embargo la legalidad de esta
protección es cuestionable como señala
BOHMER, podría sostenerse que l ampliar el
alcance de la LPI al incluir una obra que la ley
no menciona el texto del decreto excede las
facultades reglamentarias del poder ejecutivo.
7. BAJO ESTA
NORMATIVA EL
SOFTWARE HOY
SE REGISTRA
CON LA
DIRECCIÓN
NACIONAL DE
DERECHO DE
AUTOR, EN 1988 SE SANCIONO LA
FACILITADA POR LEY 25036 QUE RETORNO A
LA LPI. EN LO PRINCIPAL LA
LA CESSI. LEY MODIFICA EL ARTÍCULO 1
PARA INCLUIR
ESPECÍFICAMENTE A LOS
PROGRAMAS DE
COMPUTACIÓN, FUENTE Y
OBJETO Y LAS
COMPILACIONES DE DATOS O
DE OTROS MATERIALES.
8. La CESSI funciona como ente cooperador y
centraliza las tareas de regular y supervisar
la inscripción de obras de
software, contratos y otros actos jurídicos
referentes al derecho de autor, difundiendo
el conocimiento sobre los mecanismos
jurídicos de protección del software que
brinda la normativa argentina y las prácticas
comerciales honestas, reunir la
legislación, doctrina y jurisprudencia
nacionales y extranjeras sobre la materia.
9. El instituto nacional de la propiedad industrial ha establecido directrices para el
patenta miento del software en el anexo 8tavo de la resolución P-243/03.
Según esta reglamentación, el software recae prima fase bajo la numeración
del artículo 6 de la ley de patentes, en adelante LP que indica que elementos
no se consideran inversiones. No obstante el software puede ser planteado
cuando aporta una solución técnica a un problema técnico
ESPECIALMENTE
PUEDEN PATENTARSE
3 TIPOS DE SOFTWARE
EL PROCEDIMIENTO O MÉTODO
EL PROCEDIMIENTO QUE TIENE
CUYA ESTRUCTURA IMPLICA
EL PROCEDIMIENTO DE DATOS UN EFECTO SOBRE LA MANERA
CONSIDERACIONES TÉCNICAS,
FÍSICOS EN QUE UN ORDENADOR
OSEA DE CÓMO EL
FUNCIONA
ORDENADOR FUNCIONA
10. LA PROTECCIOND EL SOFTWARE EN ESTADOS
UNIDOS, DERECHO DE AUTOR, PATENTES Y
SECRETOS COMERCIALES
En Estados Unidos las normas sobre secretos comerciales copyright
derecho de patentes han sido creadas para proteger la inversión en
programas de computación desde los comienzos de la industria. Los
secretos comerciales siguen siendo importantes en el mercado de
dinero ha medida y en regular a las característicamente móviles
empleadas de la industria.
El derecho de patentes, con su foco en la funcionalidad pareciera
haber sido la mejor opción, pero la decisión de la Suprema Corte en
GOLDS CHALK, las perspectivas de protección de patentes de los
negocios de informática.
11. LOS PRIMEROS PROGRAMAS DEL SOFTWARE SE REGISTRARON EN LA
OFICINA DE COPYRIGHT EN 1964.
LA EN 1976 EL CONGRESO MODIFICO LA LEY DEL COPYRIGHT, LA SANCIÓN
PROTECCION
DEL DE ESTA MODIFICACIÓN, DEJO EN CLARO QUE EL CONGRESO QUERÍA
COPYRIGHT PROTEGER AL SOFTWARE
MUCHOS AUN ENTENDÍAN QUE LA PROTECCIÓN DEL COPYRIGHT NO
ERA EFECTIVA, ESTO ERA ASÍ POR UN LADO PORQUE EL COPYRIGHT
NO PROTEGÍA LOS CÓDIGOS OBJETO, ESTO ES EL TRASPASO DEL
PROGRAMA FUENTE A LA MEMORIA DEL DISPOSITIVO A USAR EL
SOFTWARE, POR OTRO LADO LOS TRIBUNALES INTERPRETABAN LA
LEY DEL COPYRIGHT BAJO LA DOCTRINA DEL PRIMER USO, POR LA
CUAL AQUEL QUE COMPRA UN OBRA PROTEGIDA PUEDE VENDER O
DISPONER DE OTRO MODO DE LA OBRA
12. EL SOFTWARE LIBRE: Paralelamente al surgimiento del copyright de
software, comenzó el movimiento del software libre, esto surgió como una
respuesta al creciente número de programas protegidos por las normas de
propiedad intelectual.
EL SOFTWARE LIBRE
INCORPORA CUATRO
LIBERTADES:
La libertad de mejorar el
La libertad de ejercitar el programa y de lanzar tus
programa para cualquier mejoras al publico par que
fin toda la comunidad se
beneficie
La libertad de estudiar
cómo funciona el La libertad de redistribuir
las copias para ayudar a
programa y adaptarlo a tu par
tus necesidades
13. Se dice que no hay una opinión única sobre cuales normas son las más
apropiadas para proteger el software. En un primer lugar pareciese que la
protección del derecho de patentar es inadecuada. Algunas personas
consideran que la protección del software mediante el derecho e palabras de
patentes podría inhibir la competencia en este campo. Por otro lado el
beneficio más importante de proteger software a través de sistema de
patentes es la fortaleza de la protección provista por el derecho de patentes.
En conclusión las patentes de software pueden prever una protección mucho
más grande para los desarrolladores de software. Los beneficios de obtener
protección de las patentes, pueden ser extraordinarias, como lo muestra el
triunfo de $120.00 en un juicio contra Microsoft basado en una patente de
comprensión de datos. Mientras más desarrolladores entiendan el potencial
de las palabras de software, más patentes se otorgan. En conclusión la
legislación sobre software en argentina busca brindar una protección amplia a
través del derecho de autor, existe una vía legislativa que argentina podría
desarrollar para expandir la protección.