1. La Protección Jurídica del
Software.
La protección jurídica en Perú,
Argentina y E.E.U.U.
2. “Conjunto de afirmaciones o
instrucciones para ser usadas directa o
indirectamente en un ordenador a fin de
obtener un resultado determinado”
Abog. Fernando Juarez
Subsecretaría de Vinculación
Tecnológica
Secretaría de Ciencia y Tecnología
Universidad Nacional de Sur
3. LA CUESTIÓN DE SU PROTECCIÓN
JURÍDICA.
•La transformación del software en un objeto separado de
comercialización y su vulnerabilidad son las dos causas más
importantes que han estimulado el debate sobre la protección
jurídica.
4. PROTECCIÓN DEL SOFTWARE EN PERÚ:
La protección del software en el Perú representa el
cauce de la protección jurídica al que la informática
jurídica le presta un interés jurídico ya que es
cognoscible por la sociedad que ningún país está
conforme con la legislación aplicable a la protección
del software dentro de sus fronteras, es por ello que
se propugna, pese a haberse conseguido algunos
logros mediante diversas vías o mecanismos
jurídicos, la implementación de un sistema
normativo, es decir de un sistema exclusivo para la
protección de este elemento, primeramente a escala
nacional y, posteriormente, por qué no, en el ámbito
regional o internacional, como ya se han venido
intentando, consiguiéndose, así, algunas conquistas.
5. Los programas de
computación sólo
“forzadamente”
se enmarcan en
los conceptos de
“invención” y
“obra protegible”,
se ha planteado
la necesidad de
establecer una
protección
específica, sui
generis, pero en
todo caso los
principios
generales del
derecho civil
y del derecho
penal serán
siempre
aplicables
6. Como se entiende, la protección jurídica importa en el campo
jurídico es porque debido a la realidad nacional se habla más de
hábitos sociales que se han incorporados como un chip, y pese
a todos los esfuerzos por recudir costos y demás la población
no halla salida más fácil que el ir contra derechos de autor y
patentabilidad.
Las causas por las cuales se exige una protección jurídica
apropiada y adecuada son: la facilidad de copiar un software a bajo
costo, su actual comercialización como objeto independiente de
venta y las implicancias económicas que de ello se derivan
7. PROTECCIÓN DEL SOFTWARE EN
ARGENTINA
La era de la información ha abierto oportunidades
para poder acceder a información
que antes era imposible obtener tan fácilmente,
esto le ha ayudado a países como a
personas a acceder a dicho conocimiento de una
forma más sencilla, también ha
hecho posible la creación de nuevas formas
de Derecho para proteger dicha
información y ha creado nuevos tipos de negocios
como el comercio electrónico, que
en otros tiempos era imposible pensar de su
existencia.
8. EL SOFTWARE ES PROTEGIDO POR:
Derechos de Autor de la OMPI (ley 25.140/99), establecían la
necesidad de dictar normas de protección dentro de los regímenes
de los derechos de autor.
La Ley 25.036/98 modificó el art. 1° de la ley 11.723 agregando a la
lista de obras científicas, literarias o artísticas a “… los programas
de computación fuente y objeto; y las compilaciones de datos o de
otros materiales…”
El software hoy se protege con el registro de la Dirección Nacional
del Derecho de Autor Además, la asociación Software Legal
Argentina fortalece la actividad de la CESSI.El Instituto Nacional
de la Propiedad Industrial (“INPI”) ha establecido directrices para el
patentamiento de software, en el Anexo VII de la Resolución P-
243/03.
9. PUEDEN PATENTARSE TRES TIPOS
DE SOFTWARE:
a) El procesamiento de datos físicos “pueden ser datos que representan una
imagen o datos que representan parámetros y valores de control de un
proceso industrial”; pero no “los valores económicos, financieros o cuando es
simplemente el procesamiento de texto, como puede ser el caso de un
programa para traducir texto de un idioma a otro, lo cual es tarea que puede
realizar mentalmente una persona”;
b) El procedimiento o método que tiene un efecto sobre la manera en que un
ordenador funciona (por ejemplo, “modificaciones en el sistema operativo o en el
funcionamiento de la interfaz de usuario, el ahorro de memoria, el incremento de
la velocidad o la mejora de la seguridad”)
c) El procedimiento o método cuya estructura implica consideraciones técnicas
(“es decir, que está basado en consideraciones de cómo el ordenador funciona,
antes que, únicamente en consideraciones de cómo funciona un sistema
financiero”).
10. LA PROTECCIÓN DEL SOFTWARE EN
ESTADOS UNIDOS
GOLDSTEIN sostiene que secretos comerciales, copyright y
derecho de patentes han ido usadas para proteger la inversión en
programas de computación desde los comienzos de la industria.
Los secretos comerciales son importantes en el mercado de
diseño a medida y en regular a los característicamente móviles
empleados de la industria.
11. EL COPYRIGHT
Los primeros programas de software se registraron en
la Oficina de Copyright (Copyright Office) en 1964.
En ese año, la Oficina registró tres programas
de computación (un código impreso y un código
contenido en una cinta magnética de un estudiante de
derecho de la Universidad de Columbia, y un código
en cinta magnética de la North American Aviation). La
jurisprudencia evolucionó también en el ámbito de las
interfaces del software. También hubo otros avances
legislativos en el copyright de software.
12. LA PROTECCIÓN BAJO EL DERECHO DE
PATENTES
El primer pronunciamiento sobre patentes de software se produjo en el casoGottschalk v.
Benson en 1972. En este caso, dos ingenieros buscaban patentar un procedimiento
matemático, que transformaba números en sistema decimal a números en sistema binario
para utilizarlos en el trabajo con computadoras. La Suprema Corte rechazó la patente. Para
decidir así, la Corte argumentó que otorgarla significaría permitir el patentamiento de
procedimientos matemáticos en sí, algo no permitido por el derecho de patentes.
No fue hasta 1994 que la jurisprudencia permitió la protección de software independiente de
los procesos físicos.
El derecho de patentes estadounidense protege cualquier método, mientras que el método
produzca un “resultado útil, concreto y tangible”. La Oficina de Patentes de EEUU
estableció que para ser patentable un programa de computación, se debe demostrar una
utilidad que exceda la simple resolución de ecuaciones o la transformación de un conjunto
de números en otro, sino que el inventor debe aprovechar el proceso o método para algún
propósito concreto. Ventajas y desventajas del derecho de autor y del derecho de patentes
en la protección de software.