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PORTABILIDAD 
Decreto 1683 de 2013 
Emitida el 02 de agosto de 2013 
Por el Ministerio de Salud y Protección social
¿Que es PORTABILIDAD? 
Articulo 4. Portabilidad. Es la garantía de la accesibilidad a los servicios 
de salud, en cualquier municipio del territorio nacional, para todo 
afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud que emigre del 
municipio domicilio de afiliación o de aquél donde habitualmente recibe 
los servicios de salud, en el marco de las reglas previstas en el presente 
decreto. 
“DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
Ámbito de aplicación 
Artículo 2. Ámbito de aplicación. Este decreto se aplica a todos los 
afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud, en los 
Regímenes Contributivo y Subsidiado, a las Entidades Promotoras de 
Salud, a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y a las 
autoridades territoriales de salud que, en razón de sus deberes y 
facultades, intervengan para garantizar la portabilidad del seguro de 
salud en el territorio nacional. 
“DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
Aplicación de la Portabilidad 
Las entidades promotoras de salud debemos de 
garantizar la portabilidad a todos los usuarios que 
solicitan servicios en un municipio diferente al que 
residen o reciben los servicios en salud. 
Para tal efecto se han clasificado en tres tipos de 
emigración: 
“Articulo 5. del DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
Aplicación de la Portabilidad 
1) Emigración ocasional: Entendida como la 
emigración por un período no mayor de un (1) mes, 
desde el municipio donde habitualmente se reciben 
los servicios de salud en una IPS primaria a uno 
diferente dentro del territorio nacional. 
“Articulo 5. del DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
Aplicación de la Portabilidad 
2) Emigración temporal: Cuando el afiliado se traslade de 
su domicilio de afiliación a otro municipio dentro del 
territorio nacional por un período superior a un (1) mes e 
inferior a doce meses (12), la EPS deberá garantizarle su 
adscripción a una IPS primaria en el municipio receptor y 
a partir de ésta, el acceso a todos los servicios del Plan 
Obligatorio de Salud en la red correspondiente. 
“Articulo 5. del DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
Aplicación de la Portabilidad 
2) Emigración permanente: Cuando la emigración sea 
permanente o definitiva para todo el núcleo familiar, el 
afiliado deberá cambiar de EPS, afiliándose a una que opere el 
respectivo régimen en el municipio receptor. Cuando la 
emigración temporal supere los doce (12) meses, ésta se 
considerará permanente y el afiliado deberá trasladarse de 
EPS o solicitar una prórroga por un año más, si persisten las 
condiciones de temporalidad del traslado. 
“Articulo 5. del DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
Procedimiento para garantizar la Portabilidad 
El usuario Puede hacer uso del derecho de 
potabilidad por los siguientes medios 
Web de 
cada EPS Línea de atención al usuario 
Correo electrónico 
Exclusivo para portabilidad 
Personalmente 
Cualquier otro medio que Disponga La EPS-S 
“Articulo 6. DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
Procedimiento para garantizar la Portabilidad 
la Solicitud tendrá que tener como datos 
mínimos: 
1) Nombre e identificación del afiliado 
2) Municipio receptor 
3) La temporalidad si se encuentra definida 
4) La IPS a la cual esta adscrito en el municipio receptor 
5) Numero telefónico 
6) Dirección Geográfica del municipio receptor o Correo electrónico 
Para recibir respuesta a su solicitud por parte de la EPS-S 
“Articulo 6. DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
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¿Cómo Ingresar a el Formulario Único de Solicitud de portabilidad 
1) Ingresar en la pagina web de Comparta EPS-S y en la opción portabilidad dar clic en 
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El link de 
portabilidad. 
O ingresando al directamente al link: 
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¿Cómo ingresar a el Formulario Único de Solicitud de portabilidad 
1) Ingresar en la pagina web de Comparta EPS-S y en la opción portabilidad dar clic en 
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Decreto1683 portabilidad

  • 1. PORTABILIDAD Decreto 1683 de 2013 Emitida el 02 de agosto de 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social
  • 2. ¿Que es PORTABILIDAD? Articulo 4. Portabilidad. Es la garantía de la accesibilidad a los servicios de salud, en cualquier municipio del territorio nacional, para todo afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud que emigre del municipio domicilio de afiliación o de aquél donde habitualmente recibe los servicios de salud, en el marco de las reglas previstas en el presente decreto. “DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
  • 3. Ámbito de aplicación Artículo 2. Ámbito de aplicación. Este decreto se aplica a todos los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud, en los Regímenes Contributivo y Subsidiado, a las Entidades Promotoras de Salud, a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y a las autoridades territoriales de salud que, en razón de sus deberes y facultades, intervengan para garantizar la portabilidad del seguro de salud en el territorio nacional. “DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
  • 4. Aplicación de la Portabilidad Las entidades promotoras de salud debemos de garantizar la portabilidad a todos los usuarios que solicitan servicios en un municipio diferente al que residen o reciben los servicios en salud. Para tal efecto se han clasificado en tres tipos de emigración: “Articulo 5. del DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
  • 5. Aplicación de la Portabilidad 1) Emigración ocasional: Entendida como la emigración por un período no mayor de un (1) mes, desde el municipio donde habitualmente se reciben los servicios de salud en una IPS primaria a uno diferente dentro del territorio nacional. “Articulo 5. del DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
  • 6. Aplicación de la Portabilidad 2) Emigración temporal: Cuando el afiliado se traslade de su domicilio de afiliación a otro municipio dentro del territorio nacional por un período superior a un (1) mes e inferior a doce meses (12), la EPS deberá garantizarle su adscripción a una IPS primaria en el municipio receptor y a partir de ésta, el acceso a todos los servicios del Plan Obligatorio de Salud en la red correspondiente. “Articulo 5. del DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
  • 7. Aplicación de la Portabilidad 2) Emigración permanente: Cuando la emigración sea permanente o definitiva para todo el núcleo familiar, el afiliado deberá cambiar de EPS, afiliándose a una que opere el respectivo régimen en el municipio receptor. Cuando la emigración temporal supere los doce (12) meses, ésta se considerará permanente y el afiliado deberá trasladarse de EPS o solicitar una prórroga por un año más, si persisten las condiciones de temporalidad del traslado. “Articulo 5. del DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
  • 8. Procedimiento para garantizar la Portabilidad El usuario Puede hacer uso del derecho de potabilidad por los siguientes medios Web de cada EPS Línea de atención al usuario Correo electrónico Exclusivo para portabilidad Personalmente Cualquier otro medio que Disponga La EPS-S “Articulo 6. DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
  • 9. Procedimiento para garantizar la Portabilidad la Solicitud tendrá que tener como datos mínimos: 1) Nombre e identificación del afiliado 2) Municipio receptor 3) La temporalidad si se encuentra definida 4) La IPS a la cual esta adscrito en el municipio receptor 5) Numero telefónico 6) Dirección Geográfica del municipio receptor o Correo electrónico Para recibir respuesta a su solicitud por parte de la EPS-S “Articulo 6. DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
  • 10. ¿Comparta EPS-S como aplica la PORTABILIDAD? Comparta en su pagina web : http://www.compa rta.com.co:8080/p ortal/cargainiciotra n.do El link de portabilidad.
  • 11. Este sitio web fue creado para recibir las solicitudes por los siguientes medios:
  • 12. ¿Cómo Ingresar a el Formulario Único de Solicitud de portabilidad 1) Ingresar en la pagina web de Comparta EPS-S y en la opción portabilidad dar clic en leer mas http://www.com parta.com.co:808 0/portal/cargaini ciotran.do El link de portabilidad. O ingresando al directamente al link: http://portabilidad.comparta.com.co/portab.
  • 13. ¿Cómo ingresar a el Formulario Único de Solicitud de portabilidad 1) Ingresar en la pagina web de Comparta EPS-S y en la opción portabilidad dar clic en leer mas O ingresando al directamente al link: http://portabilidad.comparta.com.co/portab. Nos saldrá esta Ventana y damos clic en link de portabilidad
  • 14. ¿Cómo ingresar a el Formulario Único de Solicitud de portabilidad Normatividad de la portabilidad Para tener control de portabilidad se ha dividido en tres partes Aquí es en donde vincular Salud CTA influye y da paso al formulario único de portabilidad Es donde el usuario IPS Secretaria de salud etc. puede ver el estado de su solicitud. Exclusivo de Comparta EPS-S para dar tramite a las solicitudes de portabilidad Clic en ingresar solicitud
  • 15. ¿Cómo ingresar a el Formulario Único de Solicitud de portabilidad Seleccionamos el tipo de usuario agencia social municipal Diligenciamos los datos del afiliado tipo Doc. Numero Doc. y fecha nacimiento Formato Año-mes día
  • 16. ¿Cómo Diligenciar el Formulario Único de Solicitud de portabilidad Esta número de radicado es con el cual el usuario hará seguimiento a su solicitud de portabilidad