El documento habla sobre la portabilidad en el sistema de salud colombiano. Define la portabilidad como el derecho de los afiliados a recibir servicios de salud en cualquier municipio del país. Explica que la portabilidad aplica a todos los afiliados al sistema de salud y clasifica la emigración en tres tipos: ocasional, temporal y permanente. También describe el procedimiento para que los usuarios hagan solicitudes de portabilidad a través de las EPS.
1. PORTABILIDAD
Decreto 1683 de 2013
Emitida el 02 de agosto de 2013
Por el Ministerio de Salud y Protección social
2. ¿Que es PORTABILIDAD?
Articulo 4. Portabilidad. Es la garantía de la accesibilidad a los servicios
de salud, en cualquier municipio del territorio nacional, para todo
afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud que emigre del
municipio domicilio de afiliación o de aquél donde habitualmente recibe
los servicios de salud, en el marco de las reglas previstas en el presente
decreto.
“DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
3. Ámbito de aplicación
Artículo 2. Ámbito de aplicación. Este decreto se aplica a todos los
afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud, en los
Regímenes Contributivo y Subsidiado, a las Entidades Promotoras de
Salud, a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y a las
autoridades territoriales de salud que, en razón de sus deberes y
facultades, intervengan para garantizar la portabilidad del seguro de
salud en el territorio nacional.
“DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
4. Aplicación de la Portabilidad
Las entidades promotoras de salud debemos de
garantizar la portabilidad a todos los usuarios que
solicitan servicios en un municipio diferente al que
residen o reciben los servicios en salud.
Para tal efecto se han clasificado en tres tipos de
emigración:
“Articulo 5. del DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
5. Aplicación de la Portabilidad
1) Emigración ocasional: Entendida como la
emigración por un período no mayor de un (1) mes,
desde el municipio donde habitualmente se reciben
los servicios de salud en una IPS primaria a uno
diferente dentro del territorio nacional.
“Articulo 5. del DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
6. Aplicación de la Portabilidad
2) Emigración temporal: Cuando el afiliado se traslade de
su domicilio de afiliación a otro municipio dentro del
territorio nacional por un período superior a un (1) mes e
inferior a doce meses (12), la EPS deberá garantizarle su
adscripción a una IPS primaria en el municipio receptor y
a partir de ésta, el acceso a todos los servicios del Plan
Obligatorio de Salud en la red correspondiente.
“Articulo 5. del DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
7. Aplicación de la Portabilidad
2) Emigración permanente: Cuando la emigración sea
permanente o definitiva para todo el núcleo familiar, el
afiliado deberá cambiar de EPS, afiliándose a una que opere el
respectivo régimen en el municipio receptor. Cuando la
emigración temporal supere los doce (12) meses, ésta se
considerará permanente y el afiliado deberá trasladarse de
EPS o solicitar una prórroga por un año más, si persisten las
condiciones de temporalidad del traslado.
“Articulo 5. del DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
8. Procedimiento para garantizar la Portabilidad
El usuario Puede hacer uso del derecho de
potabilidad por los siguientes medios
Web de
cada EPS Línea de atención al usuario
Correo electrónico
Exclusivo para portabilidad
Personalmente
Cualquier otro medio que Disponga La EPS-S
“Articulo 6. DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
9. Procedimiento para garantizar la Portabilidad
la Solicitud tendrá que tener como datos
mínimos:
1) Nombre e identificación del afiliado
2) Municipio receptor
3) La temporalidad si se encuentra definida
4) La IPS a la cual esta adscrito en el municipio receptor
5) Numero telefónico
6) Dirección Geográfica del municipio receptor o Correo electrónico
Para recibir respuesta a su solicitud por parte de la EPS-S
“Articulo 6. DECRETO NÚMERO 1683 DE 2013 Por el Ministerio de Salud y Protección social”
10. ¿Comparta EPS-S como aplica la
PORTABILIDAD?
Comparta en su
pagina web :
http://www.compa
rta.com.co:8080/p
ortal/cargainiciotra
n.do
El link de
portabilidad.
11. Este sitio web fue creado para recibir las solicitudes por los siguientes medios:
12. ¿Cómo Ingresar a el Formulario Único de Solicitud de portabilidad
1) Ingresar en la pagina web de Comparta EPS-S y en la opción portabilidad dar clic en
leer mas
http://www.com
parta.com.co:808
0/portal/cargaini
ciotran.do
El link de
portabilidad.
O ingresando al directamente al link:
http://portabilidad.comparta.com.co/portab.
13. ¿Cómo ingresar a el Formulario Único de Solicitud de portabilidad
1) Ingresar en la pagina web de Comparta EPS-S y en la opción portabilidad dar clic en
leer mas
O ingresando al directamente al link:
http://portabilidad.comparta.com.co/portab.
Nos saldrá esta Ventana y
damos clic en link de
portabilidad
14. ¿Cómo ingresar a el Formulario Único de Solicitud de portabilidad
Normatividad de la portabilidad
Para tener control de portabilidad se ha dividido en tres partes
Aquí es en donde
vincular Salud CTA
influye y da paso al
formulario único
de portabilidad
Es donde el usuario
IPS Secretaria de
salud etc. puede ver
el estado de su
solicitud.
Exclusivo de
Comparta EPS-S
para dar tramite a
las solicitudes de
portabilidad
Clic en ingresar solicitud
15. ¿Cómo ingresar a el Formulario Único de Solicitud de portabilidad
Seleccionamos el tipo de usuario agencia social municipal
Diligenciamos los datos del afiliado tipo Doc.
Numero Doc. y fecha nacimiento
Formato Año-mes día
16. ¿Cómo Diligenciar el Formulario Único de Solicitud de portabilidad
Esta número de
radicado es con el
cual el usuario hará
seguimiento a su
solicitud de
portabilidad