3. Objetivos
Articulo 152- Ley 100/1993
- Una adecuada organización
- Ampliación de coberturas
- Permitirle a los ciudadanos contar con el acceso a
los servicios de salud
5. Integrantes del SGSSS
Articulo 155- Ley 100/1993
INTEGRANTES DEL
SGSSS
Beneficiarios del
SGSSS
Entidades
adscritas al
MPS FOSYGA
IPS prestadorasAportantes
Administración y
Financiamiento
Dirección,
Vigilancia y
Control
6. Características Básicas del
SGSSS
Articulo 156- Ley 100/1993
- El Gobierno Nacional dirigirá,
orientara, regulara, controlara y
vigilara el servicio publico de
SGSSS.
- Todos los habitantes en Colombia
deberán estar afiliados al SGSSS.
7. Afiliados al SGSSS
Régimen Contributivo
• Personas vinculadas a través de contrato
de trabajo, servidores públicos,
pensionados y jubilados y trabajadores
independientes con capacidad de pago.
Régimen Subsidiado
• Son las personas que no tienen capacidad
de pago para cubrir el monto total de la
cotización.
• Serán subsidiados en el SGSSS la
población mas pobre y vulnerable del país.
8. ¿Cuáles son los deberes del
empleador?
Los empleadores que al
no tener afiliado a sus
trabajadores deben
asumir los gastos que se
generen en caso de
enfermedad, accidente o
muerte, además de las
sanciones que pueda
imponerle la
Superintendencia
Nacional de Salud por
incumplimiento de sus
deberes.
9. Régimen de Beneficios
Artículos 162- 169
• Permite la protección integral de las familias a la
maternidad y enfermedad en general.
• Permite la promoción y fomento de la salud y la
prevención, diagnostico, tratamiento y rehabilitación.
Plan
Obligatorio de
Salud
• Serán beneficiarios del Sistema el (o la) conyugue o
el compañero(ra) permanente del afiliado, cuya unión
sea superior a 2 años, hijos menores de 18 años.
Cobertura
Familiar
• Las Empresas Promotoras de Salud y las
Admiradoras del Régimen Subsidiado no podrán
aplicar prexistencia a sus afiliados.
Preexistencias
10. Régimen de Beneficios
Artículos 162- 169
• Esta constituido por aquellas intervenciones que se dirigen
directamente a la colectividad o aquellas que son dirigidas a
los individuos pero tienen altas externalidades, tales como la
información publica, la educación y fomento de la salud.
Atención
Básica
• Para las mujeres en estado de embarazo, cubrirá los
servicios de salud en el control prenatal, atención de parto,
control de posparto y afecciones.
Atención
Maternal
Infantil
• Esta atención debe ser prestada en forma obligatoria por
todas las entidades publicas y privadas que presten servicios
de salud.
Atención
Inicial de
Urgencias
11. Entidades Promotoras
de Salud
Son las entidades encargadas
responsables de la afiliación, y el
registro de los afiliados y del recaudo
de sus cotizaciones, por delegación del
Fondo de Solidaridad y Garantía.
12. Bibliografía
CONGRESO DE LA REPUBLICA. Ley
100/1993.
MINISTERIO DE SALUD. Aseguramiento al
Sistema General de Seguridad Social en
Salud. (online). Bogotá D.C., (2014). Citado
el 30 de marzo de 2016:
https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/List
s/BibliotecaDigital/RIDE/VP/DOA/ASL/carti
lla__%20movilidad.pdf