2. Afiliación al Sistema General de Seguridad Social
en Salud
Dirección de Regulación de la Operación
del Aseguramiento en Salud, Riesgos
Laborales y Pensiones
Santiago de Cali Marzo de 2020
3. Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia
Contenido
• Gestión del Aseguramiento Plan Nacional de
Desarrollo 2020-2023.
• Decreto 064 de 2020
• Sistema de Afiliación Transaccional SAT.
• Varios.
4. Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia
Plan Nacional de Desarrollo 2020-2023
Ley 1955 de 2019 se expidió el Plan Nacional de
Desarrollo 2018-2022.
• Solidaridad en el Sistema de Salud.
• Cobertura Universal.
5. Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia
Plan Nacional de Desarrollo 2020-2023
Cobertura Universal (Art 236)
• Cuando una persona requiera la prestación de servicios de salud y no esté afiliada al SGSSS,
la entidad territorial competente, en coordinación con las (EPS) y con las (IPS) públicas o
privadas afiliarán a estas personas al régimen de salud que corresponda, teniendo en cuenta
su capacidad de pago; lo anterior de conformidad con los lineamientos que para el efecto se
expidan.
• Los gastos en salud que se deriven de la atención a población pobre que no haya surtido el
proceso de afiliación definido en el presente artículo, serán asumidos por las entidades
territoriales.
• En vigencia a partir de su expedición.
6. Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia
Metodología Sisben
Resolución 4119 de 2018
7. Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia
Información afiliación de Oficio.
https://www.minsalud.gov.co/Paginas/defaul
t.aspx
9. Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia
Poblaciones especiales 3
Migrantes venezolanos con PEP vigente y
sus hijos menores de edad con documento
de identificación valido.
Afiliación de oficio 1
Afiliación a través del SAT para no
afiliados o con novedad de terminación de
inscripción, cuando demanden servicios
de salud o al momento en que sean
focalizados por la entidad territorial.
Afiliación recien nacidos 2 Afiliación de todo recien nacido y de sus
padres no afiliados.
Novedad de movilidad 4
Cuando el afiliado no haya cumplido con el
deber de reportar esta novedad ante la
EPS, la EPS puede repórtala directamente
a la BDUA.
DECRETO 064 DE 2020
(Aspectos regulados)
11. A CARGO DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES, IPS, EPS (EN COORDINACIÓN)
AFILIACIÓN
DE
OFICIO
•Las IPS y las Entidades Territoriales realizarán las transacciones
de afiliación de oficio en el SAT, a través del portal web
www.miseguridadsocial.gov.co
•El representante legal de la Entidad Territorial y el Prestador de
Servicios de Salud, deben registrarse en el SAT y realizar la
respectiva delegación, y a su vez el delegado autorizar a los
funcionarios que corresponda.
•Si no puede hacer uso del SAT, directamente ante la EPS
12. Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia
PERSONAS QUE SE PODRAN AFILIAR DE OFICIO
La persona que no se encuentre afiliada al SGSSS, podrá ser afiliada de oficio
cuando:
• demande servicios ante una IPS
• Al momento en que sea focalizada o identificado por la entidad
territorial
Podrán ser afiliada:
a) Personas que se encuentren en los niveles I y II del Sisbén.
b) Poblaciones especiales.
c) Personas que no cuenten con encuesta Sisbén. Afiliación temporal
d) Población en estado terminado en la BDUA (retirado y desafiliado).
13. Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia
CUANDO NO APLICA AFILIACION DE OFICIO
• Afiliación a régimen contributivo de personas con capacidad de
pago
• Que ocurre con personas con puntaje superior o en estado suspendido.
• Que ocurre por personas migrantes irregulares.
14. Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia
Aspectos Importantes
El documento de identidad de la persona a afiliar de oficio debe ser
válido para su edad y condición.
Las EPS NO podrán negar la inscripción a ninguna persona por
razones de su edad o por su estado previo, actual o potencial de salud
y de utilización de servicios. Tampoco podrán colocar barreras para la
afiliación y la prestación de servicios que requiera el afiliado.
La inscripción en la EPS debe ser el mismo día del inicio de la
atención.
La afiliación de oficio se adelanta de acuerdo con el domicilio de la
persona. La ET solo podrá afiliar de oficio personas de su juridiccion.
15. Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia
Aspectos Importantes
Las novedades de afiliación de oficio no son retroactivas para la EPS.
Cuando la afiliación de oficio se realiza a través del SAT, a la EPS y a
la Entidad Territorial llega la novedad al día siguiente, a través del
SFTP dispuesto.
Las novedades de SAT en BDUA se presentan de acuerdo con
Resolución 4622 de 2016.
Si la afiliación de oficio no se realiza a través de SAT deberá ser
directamente ante la EPS.
16. Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia
Aspectos Importantes
Criterio para escoger la EPS. Regla general EPS con mayor cobertura.
Para el reporte de la población sin encuesta Sisbén a la BDUA por
parte de las EPS, tipo población especial (Código 31- Afiliado de oficio
sin encuesta Sisbén ni población especial).
Para identificar la población que se inscriba mediante la afiliación de
oficio, la ADRES creó en la BDUA una marca especial que identifica
los siguientes casos: (Afiliación de oficio sin encuesta Sisbén ni
población especial, Afiliación de oficio con Sisbén - Nivel I,
Afiliación de oficio con Sisbén - Nivel II, Afiliación de oficio -
población especial).
17. Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia
Afiliación de Oficio personas sin encuesta Sisbén
Afiliación temporal por cuatro meses.
Corresponde a la Entidad Territorial gestionar la aplicación de la
encuesta Sisbén y verificar las condiciones para continuar como
beneficiario del régimen subsidiado de la población.
Para el reporte de la población sin encuesta Sisbén a la BDUA por
parte de las EPS, tipo población especial (Código 31- Afiliado de oficio
sin encuesta Sisbén ni población especial).
19. • Todo recién nacido debe estar afiliado en una EPS, según las reglas
vigentes.
• La afiliación se extendió a los padres del recién nacido no afiliados, estos con
documento valido de identificación o con novedad de terminacion de la
inscripción.
• Para la afiliación del recién nacido puede contar con certificado de nacido
vivo o el registro civil.
• Verificar la composición del núcleo familiar.
• Afiliación de padres no afiliados de acuerdo Decreto 780 de 2016 y Circular
023 de 2019.
AFILIACIÓN DE RECIEN NACIDO Y DE SUS
PADRES NO AFILIADOS
21. Focalizada mediante listado censal
.
POBLACIÓN ESPECIAL
Verificado y elaborado por la Entidad Territorial
(Resolución 1838 de 2019)
LISTADO CENSAL
PERMANENCIA
La Entidad Territorial debe reportar la
permanencia en el SAT
REPORTE DE PERMANENCIA
Acreditar cada 4 meses
Actualizando información de domicilio
POBLACIÓN ESPECIAL AFILIADA
AL RÉGIMEN SUBSIDIADO
Venezolanos con PEP vigente e hijos menores con identificación valida
CANCELACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN
La no acreditación de la permanencia es
causal de terminación de la inscripción
22. Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia
Mientras se desarrolla la funcionalidad en el SAT para el registro, reporte y seguimiento de esta
población por parte de las entidades territoriales, se solicitó a la ADRES la creación en la BDUA del
tipo población especial (Código 30 - Migrante Venezolano con PEP e hijos menores de edad
con documento válido), para que la EPS puedan reportarla.
Se establece la población especial para migrantes venezolanos con PEP vigente y sus hijos
menores de edad con documento válido que se encuentren en el país; no requieren la encuesta
del Sisbén para su afiliación al SGSSS.
Para verificar la permanencia en el país, los migrantes venezolanos que sean afiliados deberán
presentarse a la entidad territorial cada 4 meses, para actualizar la información de su domicilio;
en caso de no hacerlo será terminada la inscripción en la EPS.
La Entidad Territorial será la encargada de verificar y elaborar el listado censal de esta
población. El listado censal de esta población se presentará por los territorios según establece la
Resolución 1838 de 2019.
Aspectos Importantes
24. La EPS deberá garantizar el goce efectivo de la protección laboral.
Deberá informar al afiliado la respectiva novedad.
Las EPS deberá reportar a la BDUA la movilidad del
usuario del Régimen Contributivo al Régimen
Subsidiado, cuando este no lo hiciere, la EPS deberá
informar de dicha novedad.
NOVEDAD DE MOVILIDAD
25. Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia
Se solicitó a la ADRES la implementación de validaciones en la BDUA, que
verifiquen que el periodo de protección laboral o protección al cesante se cumpla por
parte de la EPS, antes de aplicar la novedad de movilidad.
Las EPS que apliquen esta novedad deberán remitir una certificación a la ADRES,
respecto de los afiliados a quienes les aplicó la novedad de movilidad.
Las EPS del Régimen Contributivo no podrán terminar la inscripción de sus afiliados
que cumplan con los requisitos para aplicar la novedad de movilidad al Régimen
Subsidiado.
Aspectos Importantes
27. Conjunto de procesos,
procedimientos e
instrumentos de órden
técnico y administrativo
¿QUÉ
ES
SAT?
Registrar y Consultar
Datos de información básica
y compmentaria de afiliados
Afiliación y
novedades en el
SGSSS
En tiempo real
28. Facilitar a los ciudadanos
la afiliación al SGSSS
El historial de inscripciones
realizado a diferentes EPS
El reporte de traslado para
usted y todo su grupo familiar
Consultar el estado
actual de su afiliación
La inclusión y exclusión de
beneficiarios
👨👩
Qué se puede hacer en SAT?
29. Qué se puede hacer en SAT?
Empresas ET/EPS/IPS Instituciones Públicas Personas Naturales
Rol
Empleador
Persona
Jurídica
Actualizar
información y
reportar
novedades
del Régimen
Contributivo
Reportar y
Consultar
información
de Afiliación
INTEROPERAR CON MISEGURIDAD SOCIAL
44. Registro
del
Representante
Legal
Esta validación
consiste en el
reconocimiento
de texto
presente en
imágenes que se
activarán
automáticamente
con el fin de que
sean
seleccionadas
de acuerdo al
patrón que se
genere.
Se incluye esta validación, con el fin de brindar
seguridad y protección en la autenticación de
Usuarios, limitando con esto, el ingreso automatizado
de robots en la aplicación.
56. ¿El representante legal y el delegado pueden hacer
Afiliaciones de Oficio?
¿QUIÉN ES EL
AUTORIZADO?
Es el funcionario al que se le va a habilitar la
funcionalidad de Afiliación de Oficio en
www.miseguridadsocial.gov.co
¿Quién debe registrar al autorizado para hacer
Afiliaciones de Oficio?
¿Se pueden autorizar a varios funcionarios para hacer
Afiliaciones de Oficio?
68. Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia
76 entidades territoriales
se encuentran registradas
en el SAT, con persona
autorizada.
Estadísticas - Afiliación de
Oficio
69. Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia
Estadísticas Afiliación de Oficio
70. Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia
Estadísticas Afiliación de Oficio
RAZON SOCIAL CANTIDAD RAZON SOCIAL CANTIDAD
HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL VALLE 154 IPS NUEVO AMAZONAS S.A.S 5
EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE
FLORIDABLANCA
129
MUNICIPIO DE CHIQUINQUIRA
5
HOSPITAL GENERAL DE MEDELLIN LUZ CASTRO DE GUTIERREZ, EMPRESA
SOCIAL DEL ESTADO
118
EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO SAN JUAN
DE DIOS
4
HOSPITAL DE SAN JUAN DE DIOS 117 ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN JOSE DE NEIRA 4
SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS DE SALUD SUR OCCIDENTE E.S.E 117 HOSPITAL SAN RAFAEL DE PASTO 4
MUNICIPIO DE PASTO 60 ALCALDIA DE LETICIA 3
RED DE SALUD DEL ORIENTE EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO E.S.E 52 CLINICA CRISTO REY CALI SAS 3
E.S.E. HOSPITAL CARLOS CARMONA MONTOYA IPS
42
E.S.E. RED DE SALUD DE LADERA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO
HOSPITAL CAÑAVERALEJO
3
MUNICIPIO DE DUITAMA 36 CENTRO DE SALUD ALCIDES JIMENEZ 2
MUNICIPIO DE SOLEDAD 36 E.S.E HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS VALDIVIA 2
E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA 31 HOSPITAL ISAIAS DUARTE CANCINO EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO 2
HOSPITAL UNIVERSITARIO DE SANTANDER ESE 31 RED DE SALUD DEL NORTE_ 2
MUNICIPIO DE JARDIN 20 ALCALDIA CHIMICHAGUA 1
CLINICA SAN JUAN DE DIOS LA CEJA 18 ALCALDIA MUNICIPAL DE PLATO MAGDALENA 1
E.S.E HOSPITAL EDUARDO SANTOS 17 CLÍNICA VERSALLES S.A 1
MUNICIPIO DE FRONTINO 16 CLINICA NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ 1
HOSPITAL DEPARTAMENTAL EMPRESA 15 E.S.E. HOSPITAL LA MARIA 1
HOSPITAL PABLO TOBON URIBE 13 ESE HOSPITAL LOCAL MUNICIPAL 1
MUNICIPIO DE SEGOVIA 12 FUNDACION HOSPITAL SAN PEDRO 1
E.S.E. HOSPITAL SAN RAFAEL DE LETICIA 10 HOSPITAL SANTA SOFIA 1
HOSPITAL REGIONAL DE DUITAMA 10 MUNICIPIO DE BRICEÑO 1
E.S.E. HOSPITAL DEPARTAMENTAL PSIQUIATRICO UNIVERSITARIO DEL
VALLE
9
MUNICIPIO DE GUAVATA
1
E.S.E. HOSPITAL REGIONAL SAN GIL 7 MUNICIPIO DEL SOCORRO 1
ESE HOSPITAL REGIONAL DEL MAGD 7 RED DE SALUD DEL CENTRO EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO 1
E.S.E. CARMEN EMILIA OSPINA DE NEIVA 6 SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS DE SALUD NORTE E.S.E 1
E.S.E. HOSPITAL M.U.A 6 TOTAL 1147
MUNICIPIO DE GUAPOTA 6
72. Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia
Soporte y Mesa de Ayuda
El Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una
mesa de ayuda. Los datos de contacto son:
miseguridadsocial@minsalud.gov.co
Bogotá (57-1) 5893750 - Línea gratuita 01 8000 96 00 20 de lunes
a viernes entre las 7:00 am – 6:00 pm y sábados de 8:00 am a
1:00 pm
Diego Mauricio Marthan Vargas dmarthan@minsalud.gov.co
Tel. 3305000 Ext. 1576