NORMA TECNICA PARA LA ATENCION DE CONSEJERÍA EN
INFECCIONES DE TRANSMISIÓN SEXUAL Y VIH/SIDA
NT N° MINSA/DGSP-V.01
I.- OBJETIVOS
Disminuir el impacto psicosocial de la presencia del Virus de Inmunodeficiencia Humana- VIH y el SIDA en la población peruana a través del establecimiento del servicio de consejería en ITS y VIH/SIDA por el Ministerio de Salud, con la finalidad de fomentar el diagnóstico precoz, brindar soporte psicosocial, educación para la salud y apoyar el tratamiento oportuno.
Norma tecnica para la atencion de consejeria en its y vih.sida
1. MINISTERIO DE SALUD
DIRECCION GENERAL DE SALUD DE LAS PERSONAS
NT N° -2003-MINSA/DGSP-V.01
NORMA TECNICA PARA LA ATENCIÓN DE CONSEJERÍA EN
INFECCIONES DE TRANSMISIÓN SEXUAL Y VIH/SIDA
Lima,
2. NORMA TECNICA PARA LA ATENCION DE CONSEJERÍA EN
INFECCIONES DE TRANSMISIÓN SEXUAL Y VIH/SIDA
NT N° MINSA/DGSP-V.01
I.- OBJETIVOS
Disminuir el impacto psicosocial de la presencia del Virus de Inmunodeficiencia
Humana- VIH y el SIDA en la población peruana a través del establecimiento del
servicio de consejería en ITS y VIH/SIDA por el Ministerio de Salud, con la finalidad de
fomentar el diagnóstico precoz, brindar soporte psicosocial, educación para la salud y
apoyar el tratamiento oportuno.
II.- BASE LEGAL
Constitución Política del Perú.
Ley General de Salud N° 268442.
Ley 26626 (CONTRASIDA) y su Reglamento.
Doctrina, Normas y Procedimientos para el Control de las ITS y el SIDA en el
Perú R.M. N° 235 – 235 – 96 – SA/DM.
Guía Nacional de Consejería para ITS y VIH/SIDA R.M. N° 306-98 – SA/DM.
Guía Nacional de Atención Integral del Paciente con Infección VIH/SIDA R.M.
Nº 081 – 99 – SA/DM.
Manejo del Niño Infectado por VIH/SIDA. R.M. Nº 619 – 99 – SA/DM.
Manual de Procedimientos para la Atención Médico Periódica – MINSA –
2000.
III.- AMBITO DE APLICACION
Lo establecido en la presente Norma Técnica es de aplicación, cumplimiento
obligatorio y bajo responsabilidad de las: Unidades Ejecutoras del Pliego Presupuestal
011 – MINSA, de las Direcciones Regionales de Salud pertenecientes a los Pliegos
Presupuestales Regionales, incluyen a los Institutos y Hospitales de nivel nacional.
Será considerado por los otros subsectores de salud como modelo básico a seguir.
IV.- DEFINICIONES
Desde la presentación del primer caso de SIDA en el Perú en 1984 el Ministerio de
Salud ha desarrollado una serie de estrategias para disminuir el impacto psicosocial
del diagnóstico de VIH/SIDA, siendo la consejería una de las más importantes
desarrolladas por el sector salud.
• Consejería: Es un diálogo entre dos personas, una busca información y otra
consejera(o) que brinda información. Se da cara a cara, en lo posible en un
espacio adecuado sin interrupciones y en un clima favorable y oportuno. Es un
proceso de intercambio de información de exploración de ideas y sentimientos.
3. • Consejería para ITS: Es el proceso de información que se brinda a una persona
que presenta una ITS o que sospecha que tiene una ITS a través de las 4C
(Consejería de Contactos, Uso de Condón y Cumplimiento de Tratamiento), para
cortar la cadena de transmisión.
• Consejería para VIH/SIDA: Es una importante modalidad e intervención para
disminuir el impacto psicosicial del diagnóstico de VIH/SIDA en la población así
como brindar educación para la salud y fomentar comportamientos saludables y de
menor riesgo para la transmisión del VIH/SIDA. Puede darse en dos momentos
antes de la prueba (pre test) y después de la prueba (post test).
• Consejería Pre Test: Es la información y el proceso educativo que se brinda antes
que el consultante decida tomarse las pruebas diagnósticas para VIH/SIDA.
• Consejería Post Test: Es la información y el proceso educativo que se brinda una
vez que el consultante se ha tomado las pruebas diagnósticas y se tiene los
resultados del examen. Es el momento y el espacio donde el consejero tiene la
oportunidad no sólo de brindar educación sino también apoyo y soporte emocional.
Existen tres modalidades de consejería post test: resultado negativo, resultado
positivo y resultado indeterminado.
• Consejería de Soporte: Es el proceso educativo e informativo que se brinda al
consultante una vez que ha recibido su resultado de seropositividad en el post test
y tiene la finalidad básica de continuar brindando su apoyo y soporte socio-
emocional. Este proceso puede darse durante todas las fases de la infección del
VIH hasta la fase SIDA y tiene como objetivo fortalecer los recursos de la PVVIH
para lograr su bienestar y calidad de vida.
• Consejería Familiar: Es el proceso educativo y de soporte psicosocial que se
brinda a la familia de las personas que viven con VIH. La familia es la principal
fuente de atención y apoyo para las personas con VIH/SIDA por lo que la
consejería cumple un papel fundamental.
• Consejería en Grupos de Elevada Prevalencia en Infecciones de Transmisión
Sexual – GEPETS: Es el proceso educativo y de información para la prevención
de las ITS y el VIH/SIDA que se desarrolla con GEPETS, los cuales pueden ser:
trabajadoras(es) sexuales, hombres que tiene sexo con otros hombres,
farmacodependientes, personas privadas de la libertad y menores en
circunstancias especialmente difíciles.
V.- DISPOSICIONES ESPECIFICAS
5.1. DE LA CONSEJERIA
5.1.1. La consejería es un servicio prioritario de prevención que debe ser brindado en
todos los establecimientos de salud a la población general, grupos específicos
(mujeres, adolescentes, centros laborales), así como a los Grupos con Elevada
Prevalencia de Infecciones de Transmisión Sexual (GEPETS): trabajadoras(es)
sexuales y sus clientes, hombres que tienen sexo con otros hombres,
farmacodependientes, personas privadas de la libertad, población itinerante,
4. menores en situaciones especialmente difíciles. Así mismo podrán recibir
consejería las siguientes personas:
• Personas que desean información sobre VIH/SIDA.
• Personas que desean hacerse la prueba de despistaje del VIHSIDA.
• Personas que viven con VIH/SIDA y sus parejas.
• Personas con ITS y sus parejas sexuales.
• Personas que van a contraer matrimonio.
• Mujeres embarazadas en su primer control prenatal.
• Personas con Tuberculosis activa.
• Donantes de sangre y órganos.
• Personas con múltiples parejas sexuales.
5.1.2. El tiempo de duración recomendado para una consejería es de 30 a 45 minutos
aproximadamente y sólo debe realizarse en un abordaje individual, con
carácter estrictamente confidencial y en un espacio adecuado.
5.1.3. El servicio de consejería en ITS y VIH/SIDA es un servicio gratuito, otorgado
por profesionales de salud, promotores y/o personas capacitadas y entrenadas
en la temática de las ITS y VIH/SIDA, que se brinda especialmente en todo
proceso de despistaje diagnóstico.
5.1.4. En la consejería para Infecciones de Transmisión Sexual se debe incluir el
abordaje de las 4Cs: Consejería, Manejo de Contactos, Cumplimiento del
Tratamiento y Condones: demostración del eso adecuado y entrega. Es
importante que el consejero brinde información (sobre todo en lo que respecta
a exposición a riesgo) tomando en cuenta que las ITS son facilitadoras del
VIH/SIDA debiéndose ofertar la prueba de ELISA para VIH a fin de diagnosticar
oportunamente la infección de VIH.
5.1.5. La consejería en VIH/SIDA denominada pre test se desarrollará antes que la
persona se realice una prueba de ELISA para despistaje de VIH y toda solicitud
de examen de prueba deberá llevar la firma y el sello del consejero, condición
que debe ser exigida por el personal de laboratorio y para lo cual se deben
realizar las coordinaciones respectivas. Todos los establecimientos de salud
deberán implementar la solicitud de examen de Elisa para VIH con firma y sello
del consejero, así como el consentimiento informado para realizar la prueba de
ELISA para VIH con la firma y DNI del paciente (ver Anexo Nº 1 y 2).
5.1.6. A través de la consejería pre test, el consejero buscará los siguientes objetivos:
• Identificar claramente el motivo del consultante para buscar orientación.
• Ayudar al consultante a analizar el riesgo de haber estado expuesto al VIH.
• Identificar creencias y valores de consultante en relación al VIH.
• Evaluar si el consultante esta emocionalmente preparado para recibir un
resultado positivo.
• Identificar barreras para cambios hacia conductas de menor riesgo.
5.1.7. Los resultados de las pruebas diagnósticas y la información sobre la causa
cierta o probable de la transmisión son de carácter estrictamente
CONFIDENCIAL.
5. 5.1.8. La consejería en VIH/SIDA denominada post test se desarrollará después que
la persona se realice las pruebas de despistaje para VIH y puede ser: post test
con resultado negativo, post test con resultado positivo y post test con
resultado indeterminado.
5.1.9. En la consejería post test resultado negativo, el consejero entregará los
resultados de la prueba y priorizará los siguientes objetivos:
• Explicará el significado de un resultado negativo.
• Evaluará la posibilidad de que el consultante se encuentre en el “período
ventana” debiendo repetir la prueba a los 3 y 6 meses respectivamente.
• Reforzará medidas preventivas como la adopción de prácticas sexuales
seguras (uso del condón).
• Reforzará la información sobre VIH/SIDA.
5.1.10. En la consejería post test con resultado positivo, el consejero entregará los
resultados de la prueba y priorizará los siguientes objetivos:
• Ofrecerá soporte emocional.
• Explicará el significado de un resultado positivo.
• Reforzará la información y orientará sobre pautas de autocuidado.
• Analizará la importancia de comunicar el resultado a la(s) pareja(s)
sexual(es).
• Derivará a control médico, asistencia terapéutica, salud mental.
• Derivará a los Grupos de Ayuda Mutua (GAM) y/o la consejería de pares.
• Reforzará la información sobre como evitar trasmitir el VIH a otras
personas.
5.1.11. En la consejería post test con resultado indeterminado, el consejero entregará
los resultados de la prueba y priorizará los siguientes objetivos:
• Ofrecerá soporte emocional.
• Explicará el significado de un resultado indeterminado.
• Reforzará la información y orientará sobre pautas de autocuidado.
• Informará sobre la importancia de volver a realizar la prueba cada tres
meses a fin de evaluar la posibilidad de la seroconversión.
5.1.12. En la consejería de soporte el consejero brindará apoyo psicosocial y
educación preventiva a toda persona que vive con el VIH y fortalecerá el
desarrollo de un mejor seguimiento del proceso de la enfermedad, de la
oportunidad de controles, exámenes y de tratamiento, así como de la
información que el consultante pueda requerir en cualquier momento de la
evolución de la infección por VIH/SIDA. El consejero priorizará los siguientes
objetivos:
• Brindar soporte emocional.
• Educación en VIH/SIDA.
• Atención en crisis.
• Seguimiento del caso.
• Derivación oportuna a los diferentes servicios para brindar atención integral.
• Evaluar la respuesta de adherencia al tratamiento profiláctico.
6. • Evaluará la respuesta de adherencia al tratamiento antiretroviral (si lo
hubiera).
5.1.13. En lo referente a la consejería familiar el consejero(a) apoyará y facilitará la
decisión del consultantes para compartir el diagnóstico de seropositividad con
algún integrante de su entorno familiar, se respetará ante todo la
confidencialidad y a través de la consejería se priorizará los siguientes
objetivos:
• Mantener la integridad de la familia.
• Fortalecer las habilidades de la familia para manejar la situación de
seropositividad del consultante.
• Se buscará aumentar la capacidad de apoyo hacia el miembro afectado.
• Se brindará información y educación sobre el VIH/SIDA sobre todo en lo
referente al autocuidado y al tratamiento integral.
• Se brindará soporte y apoyo psicosocial a los integrantes de la familia.
• Se buscará fomentar la esperanza de vida y maximizar el bienestar
personal.
• La familia apoyará la adherencia al tratamiento antiretroviral, si el paciente
tuviera acceso a éste.
• Se buscará integrar a la familia en el proceso terapéutico del consultante,
siempre y cuando él lo permita.
5.1.14. Con respecto a las medidas de prevención que se den al consultante,
especialmente en lo sexual se realizará en la misma consulta, así mismo se le
proveerá de condones. El consejero(a) deberá tomar en cuenta lo siguiente:
a) Todo consultante deberá retirarse de la consejería con 03 (Tres) condones
y folletería.
b) Todo(a) trabajador(a) sexual deberá retirarse con 50 (Cincuenta) condones
y folletería.
5.1.15. DEL MANEJO DEL CONTACTO
En lo referente al manejo de contactos el consejero(a) deberá seguir las
siguientes instrucciones:
a. Un “contacto” es toda pareja sexual de un(a) paciente diagnosticado(a) con
un síndromes de ITS o con VIH.
b. Para efectos de manejo de contactos en ITS se considerará contacto a:
• Toda pareja sexual en los últimos 30 días para los síndromes o
diagnósticos etiológicos de: Descarga Uretral (DU), Cervicitis (Cx), Dolor
Abdominal Bajo (DAB), Tricomoniasis (TR), Gonorrea (GC) e infección
por Clamidia (CL).
• Toda pareja sexual en los últimos 90 días para los síndromes o
diagnósticos etiológicos de: Úlcera Genital (UG), Sífilis latente (SL) y
Bubón Inguinal (BI).
c. La estrategia recomendada para la búsqueda de contactos es que EL
PROPIO PACIENTE REFIERA A SU(S) PAREJAS(S). En el caso de
pacientes diagnosticados con una ITS el consejero dará una(s) Tarjeta(s)
de referencia de contactos, la cual deberá ser entregada a su pareja(s)
7. sexuale(s), lo que le(s) permitirá(n) el acceso a la atención y tratamiento
gratuito.
d. El Ministerio de Salud sólo autoriza la búsqueda domiciliaria (búsqueda
activa) de contactos a las parejas sexuales de mujeres gestantes con
serología reactiva para sífilis PREVIA AUTORIZACIÓN ESCRITA DEL
CASO ÍNDICE.
e. El consejero administrará el tratamiento del contacto según indicación del
médico o personal encargado del manejo de casos de ITS.
f. En el caso de pacientes con VIH/SIDA el consejero orientará al consultante
en la importancia y necesidad de conservar su diagnóstico con su o sus
parejas sexuales a fin de explorar el estado de salud, hará referencia a la
confidencialidad y al derecho de su pareja de conocer su diagnóstico,
especialmente tratándose de una enfermedad de tratamiento sexual que
aún no tiene cura y que es mortal.
5.1.16. En situaciones especiales como: niños, personas con trastornos mentales o
con incapacidad para decidir sobre la realización de las pruebas diagnósticas
para VIH/SIDA se deberá contar con la firma de un apoderado o
representante debidamente identificado.
VI.- RESPONSABILIDADES
Las disposiciones contenidas en la presente Norma Técnica, son de aplicación
obligatoria, bajo responsabilidad de todos los funcionarios, Directores Generales,
Jefes, responsables de la Prevención y Control de las ITS, VIH/SIDA. Así mismo serán
responsabilidades:
6.1. DEL NIVEL CENTRAL
6.1.1. Que diseñará la normatividad de la consejería.
6.1.2. Tendrá a su cargo el soporte técnico de la consejería, así como la gestión para
el sostenimiento de la estrategia.
6.1.3. Diseñará los módulos de capacitación y actualización profesional para los
consejeros(as) en ITS y VIH/SIDA a nivel nacional, e impulsará el desarrollo de
los programas respectivos.
6.1.4. Tendrá a su cargo el seguimiento y el monitoreo mensual de las actividades de
consejería tomando en cuenta las siguientes acciones:
a. Revisión y análisis de reportes mensuales así como análisis de indicadores
donde se desarrolla la estrategia en las diferentes DISAs.
b. Informe trimestral general del seguimiento de la estrategia para
conocimiento de nivel central y de las respectivas direcciones.
c. Reuniones de seguimiento con los responsables del Control de las ITS y
VIH/SIDA para la revisión y análisis de resultados de la estrategia.
6.2. DEL NIVEL REGIONAL
6.2.1. Tendrá a su cargo facilitar el soporte financiero y administrativo.
8. 6.2.2 Coordinar con nivel central el apoyo para e programa de capacitación y
actualización de consejeros(as) en ITS y VIH/SIDA.
6.2.3. El seguimiento y monitoreo por parte del nivel regional consistirán en visitas de
supervisión permanentes, considerando las siguientes acciones:
a. Visitas a los establecimientos de salud para observar el trabajo de los
consejeros (as).
b. Sondeo de opinión a la población beneficiaria directa (usuarios).
c. Revisión y análisis de las hojas de registros y documentos.
d. Elaboración de informes mensuales.
e. Reuniones de seguimiento con el equipo de salud.
6.3. DEL CONSEJERO
6.3.1. La consejería debe ser realizada por una persona sensibilizada, capacitada y
entrenada en ITS y VIH/SIDA.
Son responsabilidades del consejero:
a. Respetar la confidencialidad del paciente o consultante así como la
información recibida durante el proceso de consejería.
b. Coordinará la solicitud de la prueba de laboratorio y de la gestión del
consentimiento informado para el consultante.
c. Trabajará coordinadamente con el equipo multidisciplinario encargado de
atender a las personas con ITS incluyendo el VIH/SIDA.
d. Realizará consejería para pacientes con ITS, y VIH/SIDA pre test y post
test, consejería de soporte, consejería familiar, consejería a gestantes,
consejería a adolescentes y consejería para GEPETS.
e. En la consejería de ITS, el consejero será el responsable de la
administración supervisada del tratamiento indicado por el médico o el
personal que realiza la evaluación del paciente con ITS, según la “orden de
tratamiento”.
f. Llenado del Cuaderno de Registro de Atenciones de ITS y VIH/SIDA.
g. Entrega de la(s) tarjeta(s) de referencia de contactos (Guía nacional de
Manejo de Casos de ITS).
h. Capacitación y entrenamiento del uso de condón.
i. Distribución de 03 condones en la consejería de ITS y de 50 condones para
las(os) trabajadoras(es) sexuales.
j. Realizar las derivaciones pertinentes (salud mental, planificación familiar,
etc) cuando el caso lo amerite.
En lo referente a grupos de elevada prevalencia para las ITS y VIH/SIDA, se
deberá considerar que la consejería es un servicio primordial para lo cual el
consejero desarrollará destrezas y habilidades que le permitan un
acercamiento centrado a las necesidades consultante, adecuando horarios de
atención y metodología según lo requiera la población.
VII.- DISPOSICIONES FINALES
7.1. La Dirección General de Salud de las Personas, en un plazo no mayor de 10 días,
se encargará de la difusión a nivel nacional de lo establecido en la Norma
Técnica, a las Direcciones de Salud y hospitales.
9. 7.2 Los Directores Generales de las Direcciones de Salud, Institutos y Hospitales
nacionales; los Directores Ejecutivos de los Hospitales a nivel nacional, dentro de
siete (07) días de recibida la presente Norma Técnica, serán los responsables de
la difusión y aplicación.
7.3 Los Jefes de Establecimientos de Salud, Jefes de Departamentos y/o Servicios
(Institutos u Hospitales) dentro de los siete (07) primeros días de recibida la
presente norma serán los responsables de iniciar su aplicación en su ámbito de
responsabilidad.
7.3. La Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Dirección
Ejecutiva de Atención Integral de Salud, será la responsable de monitorear,
supervisar y evaluar el estricto cumplimiento de la presente Norma Técnica a
nivel nacional.
VIII.- ANEXOS
• Anexo 1 Solicitud prueba de Laboratorio.
• Anexo 2 Modelo de Consentimiento Informado.
10. ANEXO N° 1
MINISTERIO DE SALUD
PREVENCION Y CONTROL DE ITS Y VIH/SIDA
SOLICITUD DE PRUEBA DE LABORATORIO PARA EXAMENES DE VIH
SOLICITUD DE EXAMEN DE ELISA PARA VIH
Código: ………………………………….. H. Clínica Nº: …………………………………
Servicio: …………………………………. Cama Nº: …………………………………
( ) ELISA para VIH
El (la) paciente ha recibido Consejería pre-test
Médico Solicitante Consejero
Firma y Sello Firma y Sello
11. ANEXO N° 2
MINISTERIO DE SALUD
PREVENCION Y CONTROL DE ITS Y VIH/SIDA
MODELO DE CONSENTIMIENTO INFORMADO
CONSENTIMIENTO PARA REALIZAR LA PRUEBA DE ELISA PARA VIH
Yo, …………………………………………………………………………………………………………..
(Apellidos y Nombres)
Habiendo recibido consejería e información acerca del VIH y la prueba de ELISA, autorizo se me
tome la muestra de sangre para el despistaje de VIH/SIDA.
Me comprometo a regresar para recibir la consejería post-test y mis resultados.
FECHA: ….…./…..…/…….
FIRMA DEL CONSEJERO FIRMA DEL PACIENTE
DNI ………………………….