2. Control Fiscal y Control Social en el Municipio.
•El Estado en Venezuela
•Consejos Comunales y Comunas
•Tipos de Control en el Municipio
•Sistema Nacional de Control Fiscal
•Formas de Actuación de los Órganos de Control Fiscal
•Responsabilidad Administrativa, Penal y Civil de los
funcionarios y de los que manejan fondos públicos
•Algunas Causales de Responsabilidad Administrativa
•Sanciones Fiscales
•Generalidades de la Participación Ciudadana en el
ejercicio del Poder Público Municipal
•Iteración con la Contraloría Social. Formas
•Transferencia de Competencias.
•La Venezuela Posible
3. El Estado en Venezuela
• NACIONAL
PODER PÚBLICO • ESTADAL
• MUNICIPAL
4. El Estado en Venezuela
Poderes
Ejecutivo Legislativo Judicial Ciudadano Electoral
Nivel P. P. C/F/D
Asamblea Tribunal Consejo Consejo
Nacional Presidente Nacional Supremo de Moral Nacional
Justicia Republicano Electoral
Estadal Gobernador Consejo Contraloría
Legislativo Estadal
Municipal Alcalde Concejo Contraloría
Municipal Municipal
COMUNAS?
5. Artículo 70. °
Son medios de participación y protagonismo del pueblo en
ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos
públicos, el referendo, la consulta popular, la revocación del
mandato, las iniciativas legislativa, constitucional y constituyente,
el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas
cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en
lo social y económico: las instancias de atención ciudadana, la
autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas
incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la
empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por
los valores de la mutua cooperación y la solidaridad.
La ley establecerá las condiciones para el efectivo
funcionamiento de los medios de participación previstos en este
artículo.
6. LEYES QUE REGULAN EL LLAMADO B
PODER POPULAR
Leyes
LEY ORGANICA DE
PLANIFICACION LEY ORGANICA DE
LEY DE LA CONTRALORÍA
LOS CONSEJOS
GENERAL DE LA REPUBLICA
COMUNALES
Y EL CONTROL FISCAL
LEY ORGÁNICA DE
LEY ORGANICA DE LEY ORGÁNICA DE
LAS COMUNAS LEY DE LOS CONSEJOS
PLANIFICACION CONTRALORIA
COMUNALES
SOCIAL
LEY ORGÁNICA
DEL SISTEMA
LEY ORGANICA DE LA LEY ORGÁNICA
LEY DE LOS CONEJOS
ECONOMICO
ADMINISTRACION DEL PODER
LOCALES DE
PÚBLICA
POPULAR POPULAR
PLANIFICACION
DECRETO CON FUERZA DE
LEY ORGÁNICA LEY ORGÁNICA DE
DE LEY CONTRA LA
PLANIFICACION LEY DE LOS CONSEJOS
COMPETENCIAS
CORRUPCION
PUBLICA Y POPULAR COMUNALES
SERVICIOS Y
OTRAS ATRIBUCIONES
7. Nueva Estructura Territorial en Venezuela
Máxima Órgano Órgano de Órgano Órgano
Instancia Ejecutivo Planificación Económico Contralor
Consejos La Asamblea de Unidad Colectivo de La Unidad Unidad de
Comunales Ciudadanos Ejecutiva Coordinación Administrativa Contraloría
Comunitaria y Financiera Social
Comunitaria
El Parlamento El Consejo Consejo de Consejo de Consejo de
Comunal Ejecutivo Planificación Economía Contraloría
Comunas Comunal Comunal Comunal
Banco de la
Comuna
9. CONTROL
LEGISLATIVO
DIRECTO
INTERNO
CONTROL (CONTROL FISCAL)
ADMINISTRATIVO
TIPOS DE CONTROL EXTERNO
QUE SE EJERCEN (CONTROL FISCAL)
EN EL MUNICIPIO
CONTROL
JUDICIAL
CONTROL
SOCIAL O CIUDADANO
10. PREVIO AL COMPROMISO
Y AL PAGO
CONTROL
PREVIO
UNIDADES DE
CONTROL ADMINISTRACIÓN
INTERNO PRESUPUESTO Y
(ADMINISTRACIÓN CONTROL DE GESTION
ACTIVA)
CONTROL
RESPONSABLE CONCOMITANTE
UNIDAD DE AUDITORIA
MÁXIMA AUTORIDAD INTERNA
(CONTROL FISCAL)
CONTROL
POSTERIOR
CONTRALORIA SOCIAL
12. FUNDAMENTO CONCEPTUAL
Sistema Nacional de Control: Es el modelo sistémico de la
gestión de control y de funcionamiento coordinado de los
Sistemas de Control Externo e Interno, que persigue
estructurar la acción fiscalizadora de un Sistema Nacional,
que asegure la aplicación coordinada e interactuante del
control, sobre los diferentes organismos de la
Administración Pública.
13. LEY ORGÁNICA DE LA CONTRALORÍA
GENERAL DE LA REPÚBLICA Y DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL FISCAL
SISTEMA NACIONAL DE CONTROL FISCAL
Artículo 24. A los fines de esta Ley, integran el Sistema
Nacional de Control Fiscal:
Los órganos de control fiscal indicados en el artículo 26
de esta Ley.
La Superintendencia Nacional de Auditoría Interna.
Las máximas autoridades y los niveles directivos y
gerenciales de los órganos y entidades a los que se
refiere el artículo 9, numerales 1 al 11, de la presente Ley.
Los ciudadanos y ciudadanas, en el ejercicio de su
derecho a la participación en la función de control de la
gestión pública
14. • CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
• CONTRALORÍAS ESTADALES
• CONTRALORÍAS MUNICIPALES
• CONTRALORÍAS DISTRITALES
• CONTRALORÍA DISTRITOS METROPOLITANOS
• CONTRALORÍA GENERAL DE LA FUERZA
COMPONENTES ORGÁNICOS
ARMADA NACIONAL
DEL SISTEMA NACIONAL
DE CONTROL • UNIDADES DE AUDITORÍAS INTERNAS DE LAS
ART. 24 ENTIDADES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 9,
LOCGRSNC NUMERALES 1 AL 11 DE LOCGR
• SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
AUDITORÍA INTERNA
• MÁXIMAS AUTORIDADES Y NIVELES
DIRECTIVOS Y GERENCIALES DE LOS ÓRGANOS
Y ENTIDADES REFERIDAS EN EL ARTÍCULO 9,
NUMERALES 1 AL 11 DE LA LOCGRSNCF
• LOS CIUDADANOS
16. 91 Y 92 de la LOCGRSNCF
164 LOAFSP
ADMINISTRATIVA SUJETOS:
82 LOCRGSNCF
•Funcionarios Públicos
•Particulares
52 AL 82 LCC
Código Penal, entre otras.
TIPOS DE
RESPONSABILIDAD PENAL SUJETOS:
•Funcionarios Públicos y Particulares
82 LOCGRSNCF
84 y 85 LOCGRSNCF
87 LCC
1.185 Código Civil
CIVIL 159 y 160 LOAFSP
SUJETOS: Personas Naturales
y Jurídicas. Funcionarios y
Particulares
17. Control Fiscal Posterior
Determinación de Responsabilidades
Supuestos Generadores de Responsabilidad
1. Adquisición de Bienes o
Contratación de Servicios sin cumplir
total o parcialmente la Ley de
Contrataciones
2. Omisión, retardo, negligencia o
imprudencia en la precaución y
10. Falta de Planificación salvaguarda de los bienes o derechos
del patrimonio
3. No exigir garantía a quien
9. Omisión del Control Previo
deba prestarla o haberla
aceptado insuficientemente
7. La ordenación de pagos por
bienes, obras o servicios no
suministrados o realizados total o 4. La expedición ilegal de
parcialmente. Así como por licencias, certificaciones,
conceptos de bonos, prestaciones u autorizaciones, aprobaciones
otros entre otros.
Articulo 91
LOCGRYSNCF
18. Control Fiscal Posterior
Determinación de Responsabilidades
Supuestos Generadores de Responsabilidad
5. La utilización en obras o
servicios de índole particular,
de trabajadores, bienes o
25 y 26. Quienes estando recursos públicos
obligados a rendir cuenta no lo
hicieren así como los que 12. Efectuar gastos o contraer
incumplen las normas e compromisos sin la autorización legal
instrucciones de control dictadas para ello.
por la Contraloría General de la
República
13. Abrir cuentas bancarias a
24. Quienes estando obligados nombre propio o de terceros.
a permitir las visitas de O depositar fondos en dichas
inspección o fiscalización, se cuentas o sobregirarse
negaren a ello
16. Ocultar o permitir el
17 y 18. Autorizar gastos que acaparamiento así como negar
excedan las necesidades del planillas, formularios, timbres
Organismo o gastar en fiscales, papel sellado; cuyo
celebraciones y agasajos suministro sea responsable
que no correspondan
Articulo 91
LOCGRYSNCF
20. Formulación de Reparos
Declaratoria de
Responsabilidad
Administrativa.
Contraloría Municipal Imponer Multas
(103) LOCGRSNCF
Unidad de
Auditoría Interna Deben cumplir el Procedimiento
Administrativo de Determinación
SANCIONES SEGÚN de Responsabilidades previsto
ÓRGANO DE CONTROL en la LOCGRSNCF y su
FISCAL QUE LAS Reglamento
IMPONGA
Si se declara la Responsabilidad Administrativa
Suspensión del Ejercicio del Cargo
sin goce de sueldo (No > 24 M)
CONTRALOR (A)
GENERAL O Destitución del Responsable
DE LA REPÚBLICA
Imponer la inhabilitación para el
(Exclusivo y
ejercicio de funciones públicas
Excluyente 105) hasta un máximo de 15 años
22. FUNDAMENTOS
JURÍDICOS DEL CONTROL
SOCIAL
LEY LEY DE LA CONTRALORÍA
ORG. DE LA CONTRALORÍA
LEY ORGÁNICA GENERAL DE LA REPUBLICA
GENERAL DE LA REPUBLICA LEY ORGÁNICA
DEL PODER Y Y EL CONTROL FISCAL
EL CONTROL FISCAL DE LA
LEY DE LOS CONSEJOS
POPULAR LEYCONTRALORIA
DE LOS CONSEJOS
COMUNALES COMUNALES
SOCIAL
LEY ORGANICA DE LEY ORGÁNICA
PLANIFICACION
LEY ORGANICA DE DE LOS
PUBLICA Y POPULAR LEY DE LOS CONSEJOS
CONSEJOS
PLANIFICACION CONSTITUCIÓN COMUNALES
CONSTITUCION COMUNALES
DE LA REPUBLICA
DE LA REPUBLICA
LEY ORGANICA DE LA
LEY ORGANICA DE LA LEY CONSEJOS
LEY DE LOS CONEJOS
ADMINISTRACION
ADMINISTRACION LOCALES DE
LOCALES DE
PÚBLICA
PÚBLICA PLANIFICACION
PLANIFICACION
LEY ORGÁNICA LEY ORGÁNICA
LEY CONTRA LA
LEY CONTRA LA
DE LAS DEL PODER
LEY DE LOS CONSEJOS CORRUPCION
CORRUPCION LEY DE LOS CONSEJOS
COMUNAS PÚBLICO
COMUNALES COMUNALES
MUNICIPAL
23. Definición
De conformidad con lo establecido
en la Ley Orgánica de Contraloría Social
culo 2. La a social, sobre la
base del principio constitucional de la
corresponsabilidad, es una n
compartida entre las instancias del Poder
blico y los ciudadanos, ciudadanas y las
organizaciones del Poder Popular, para
garantizar que la n blica se realice
de manera transparente y eficiente en
beneficio de los intereses de la sociedad, y
que las actividades del sector privado no
afecten los intereses colectivos o sociales.
24. Propósito
culo 3. El sito fundamental del control
social es la ny n de
comportamientos, actitudes y acciones que
sean contrarios a los intereses sociales y a la
tica en el o de las funciones
blicas, asi como en las actividades de
n, n, intercambio,
n y suministro de bienes y
servicios necesarios para la n,
realizadas por el sector blico o el sector
privado.
25. Ámbito de aplicación Art. 4
Instancias del Poder Público
Instancias del Poder Popular
Sector privado que realicen actividades con intereses generales
o colectivos
todo ello en el marco de las limitaciones legales relativas a la
n de la seguridad interior y exterior, la n
criminal,
la intimidad de la vida privada, el honor, la confidencialidad y la
n.
26. Instancias del Poder Popular (LOPP art. 15)
• 1. El consejo comunal
• 2. La comuna
• 3. La ciudad comunal, constituida por iniciativa popular
mediante la n de varias comunas en un
mbito territorial determinado.
• 4. Los sistemas de n comunal, que por
iniciativa popular surjan entre los consejos comunales y
entre las comunas.
27. Organizaciones y Expresiones del Poder
Popular Art. 9 y 10 (LOPP)
Organizaciones Expresiones
Formas del pueblo Integraciones de
organizado ciudadanos
Objetivos e intereses Objetivos e intereses
comunes comunes
Superar dificultades y Procuran el interés
procurar el bienestar colectivo
Procuran el consenso de
De manera transitoria
sus integrantes
28. Son organizaciones de participación: (Constitución)
•El cabildo abierto
•La asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas
decisiones serán de carácter vinculante
•Las instancias de atención ciudadana
•La autogestión
•La cogestión
•Las cooperativas en todas sus formas
•Las cajas de ahorro
•La empresa comunitaria
•Demás formas asociativas guiadas por los valores
de la mutua cooperación y la solidaridad.
29. Empresas privadas
Que presten servicios
al colectivo.
(Ej. Telefonía)
Órganos y
entidades del Institutos autónomos
Poder Público Nacionales, Estadales
Nacional y Municipales
QUIENES ESTÁN
SUJETOS AL
CONTROL SOCIAL?
Órganos y entes Cooperativas,
Del Poder Público Unidades
Estadal Productivas y formas
de asociación
Órganos y entes comunitaria
del Poder Público
Municipal
30. Consejos
Comunales
B.C.V Asociaciones,
Universidades Fundaciones y otras
Publicas Creadas con fondos
QUIENES ESTÁN Públicos
SUJETOS AL
Entes o personas
que contraten con CONTROL SOCIAL?
organismos Pequeñas o medianas
Públicos o reciban Empresas ejecutoras
Aportes con fondos públicos
Personas de carácter
Privado que produzcan o
Comercien bienes y
servicios
31. Procedimiento
Ley Orgánica de la Contraloría Social
1. Notificar directamente al rgano competente local,
regional o nacional, para la apertura del inicio de la
n a los efectos de comprobar la
presunta n, irregularidad o n
2. Realizada la n de a
un
acta suscrita por quien o quienes integren la
a constancia
fiel de los hechos, ada de la
n que soporte los mismos, la cual
tiene cter vinculante para los organismos
receptores.
32. Procedimiento
LOCS
3. Remitir el acta vinculante, indicada en el numeral
anterior, ante las autoridades administrativas,
penales, judiciales o de control fiscal que
corresponda.
4. Hacer seguimiento de los procedimientos iniciados
ante las autoridades administrativas, penales,
judiciales o de control fiscal que corresponda, con
el objeto de mantener informado a la n
de a social a la que pertenezca.
33. Respuesta del Poder Público
LOCS
• culo 15. Los informes y
denuncias producidos mediante
el ejercicio de la a
social y hayan sido canalizados
antes los rganos competentes
del Poder blico deben obtener
oportuna y adecuada respuesta.
De no producirse sta, los
funcionarios blicos y
funcionarias blicas n ser
sancionados y sancionadas de
conformidad a los
procedimientos establecidos en
la ley que regula la materia.
34. Se busca:
Articulación de las instancias de planificación municipal
Alcaldía
Consejo Local
Consejo Comunal ASAMBLEA DE de Planificación
CIUDADANOS Y Pública
CIUDADANAS
Órganos
Comuna
Administración
Pública
35. Ley Orgánica de Poder Público Municipal
“Los ciudadanos y ciudadanas
tienen derecho a organizarse en
contralorías sociales con el objeto
del control del gobierno local. Los
contralores y contraloras
municipales tienen la obligación Los ciudadanos y ciudadanas y sus
de vincular a la ciudadanía a sus organizaciones ejercerán el control
labores de fiscalización de la social sobre la gestión municipal. A
gestión pública y a la valoración estos fines, las autoridades
del desempeño de las entidades y municipales deberán dar la mayor
los organismos de la publicidad a los actos de gestión de
administración pública interés general, tales como
municipal.” (Artículo 259). proyectos, licitaciones,
contrataciones, costos de las
mismas y elementos relevantes.
(Artículo 275)
36. LA PARTICIPACION CIUDADANA EN EL CICLO DE GESTION MUNICIPAL
ALCALDIA
Evaluación
institucional Evaluación de
de la Gestión de la Concreción del
Municipal Plan Municipal
CICLO DE LA GESTION MUNICIPAL
FORMULACION DEL EJECUCIÓN DE LOS
PLAN MUNICIPAL PROYECTOS CONTENIDOS
ASAMBLEAS
EN EL PLAN Participación
DE CONTROL
CIUDADANOS
y control
INTERNO social
SEGUIMIENTO Y
CONTROL DE LA GESTIÓN Resultados
MUNICIPAL
Contraloría
Control Externo
Comunitaria
37. ASAMBLEA DE CIUDADANOS Y CIUDADANAS, CONSEJO LOCAL,
PARROQUIAL, COMUNAL
CONSEJO LOCAL
PLANIFICACION MUNICIPIO
PÚBLICA
NUEVA
Órganos de decisión
PARLAMENTO ESTRUCTURA
COMUNAS
COMUNAL TERRITORIAL
CONSEJOS
ASAMBLEA DE COMUNIDAD
CIUDADANOS
COMUNALES
Equipos
de trabajo
PUEBLO
CIUDADANOS Y CIUDADANAS
39. •Salud
•Educación
•Vivienda
•Deporte
•Cultura
Según la Constitución art. 184
•Programas sociales
Los Estados y Municipios
transferirán de acuerdo a L •Ambiente
Decreto con Fuerza de
Ley Orgánica de •Mantenimiento de áreas industriales
Competencias
Servicios y •Mantenimiento y conservación de áreas urbanas
Otras Atribuciones
•Prevención y protección vecinal
las siguientes materias:
•Construcción de obras
•Prestación de servicios públicos
40. Continuación 184 CNRBV
La creación de nuevos sujetos de descentralización a nivel de
las parroquias, las comunidades, los barrios y las vecindades a
los fines de garantizar el principio de la corresponsabilidad en
la gestión pública de los gobiernos locales
41. Transferencias de las Competencias
LOPP
• culo 27. La blica, los Estados y Municipios, de
acuerdo con la ley que rige el proceso de transferencia
y n de competencias y atribuciones,
n a las comunidades organizadas, a las
comunas y a los sistemas de n que de stas
surjan; funciones de n, n, control de
servicios y n de obras atribuidos a aquellos por
la Constitución de la República, para mejorar la
eficiencia y los resultados en beneficio del colectivo.
42. Transferencias de las comunas a
las organizaciones populares
LOPP
• culo 28. Los gobiernos de las comunas n
transferir la n, la n y la n de
servicios a las diferentes organizaciones del Poder
Popular. Las organizaciones de base del Poder Popular
n las respectivas solicitudes formales, cumpliendo
con las condiciones previas y requisitos establecidos en
las leyes que regulen la materia.
43. • El Ámbito de Aplicación es Nacional, Estadal y Municipal
• Desarrolla el Régimen de Propiedad Social Comunal
• Impulsa la Creación de Empresas Comunales
• Desarrolla principios de Transferencia de Gestión
• El Consejo Federal de Gobierno resolverá conflictos
Decreto con • Todos deberán presentar a la Secretaría del Consejo
Fuerza de Ley Federal de Gobierno, al inicio de cada año, un Plan Anual
Orgánica de De Transferencia de Gestión de Servicios, la su revisión y
Competencias Aprobación
Servicios y
Otras Atribuciones • De igual forma esta Secretaría podrá solicitar a todos las
Propuestas y planteamientos de transferencias de Gestión
15/06/2012
• La Iniciativa de la Transferencia también la tendrán los
Sujetos (Consejos Comunales, Comunas, entre otros)
• Sujetas al control interno y al control externo dentro del
Ámbito de sus competencias. Estos últimos deberán notificar
al CFG. Si los resultados son deficientes previa opinión de CFG
las competencias podrán ser revertidas