1. Obras adicionales
El contratista puede solicitarla ejecución de obras adicionales cuando:
Previamente se cuente con la certificación de crédito presupuestario y la
resolución del Titular de la Entidad.
En los casos en que sus montos, por si solos o restándole los presupuestos
deductivos vinculados, sean iguales o no superen el quince por ciento (15%) del
monto del contrato original.
Si sus montos, por si solos o restándole los presupuestos deductivos vinculados,
superan el quince por ciento (15%) del monto del contrato original requieren,
además de la aprobación del Titular de la Entidad, la autorización expresa de la
Contraloría General de la República.
3. Del concepto de los adicionales y deductivos en Obras por administración directa
A. La ejecución de obras Adicionales y Deductivos son conceptualizados como el mayor
costo originado por laejecución de trabajos complementarios o mayores metrados no
considerados en el Expediente Técnico; por lo tantono deben efectuarse compensaciones
o netos que figurativamente no alteren el presupuesto final, deben
clasificarseindependiente cada presupuesto según la necesidades reales de obra y de ser
necesario plantearse obras complementarias,en función de las disposiciones
presupuestales.
4. De los adicionales de obra o ampliaciones presupuestales
A. El adicional constituye la ejecución de partidas no prevista en el presupuesto original
de obra, dado que estostrabajos complementarios son indispensables para cumplir con el
objetivo y finalidad del proyecto.
B. Cuando las partidas no previstas y tipificadas como adicional no requieran recursos
adicionales, necesariamentedeberá ser aprobada con los mismos requisitos y
condiciones, como si se requiriera una modificación y ampliaciónpresupuestal
.
C.Cuando se determine la necesidad de procesar un presupuesto adicional, debe
registrarse en el cuaderno de obra.
El Residente formulará el Expediente Técnico pertinente, incluyendo un informe que
sustente el origen de cada unade las partidas que conforman el presupuesto adicional. El
documento deberá contar con el pronunciamiento del Supervisor quien elevará a la
entidad para su aprobación mediante acto administrativo formal.
2. D.Sin embargo, si se presentaran situaciones no previstas que impiden la culminación de
la obra, debe ser solicitadaa la Gerencia de Obras la necesidad de un presupuesto
adicional o ampliación presupuestal.
E.Cuando se presenten presupuestos adicionales por modificaciones en los planos o
especificaciones técnicas de laobra, o una diferencia en los costos de los insumos, debe
demostrarse fehacientemente haberse producido esta situación,así como acreditar que
tales modificaciones generan mayores costos a los previstos en el Expediente
Técnicoaprobado.
F.En este caso, la Gerencia de la entidad necesariamente debe evaluar la participación de
los agentes que intervinieronen la formulación, evaluación y aprobación del Expediente
Técnico, y en caso de encontrar responsabilidadesdisponer las acciones administrativas y
legales a que hubiere lugar.
G.Sólo procederá la ejecución de obras adicionales cuando la entidad previamente cuente
con disponibilidad presupuestaly resolución del titular como máxima autoridad
administrativa. No existe un tope porcentual para la aprobaciónde adicionales por
administración directa, sin embargo se prevé que sean iguales o no superen el quince
porciento (15%) del monto del presupuesto original para ser aprobados por el titular del
pliego. En caso los adicionalessuperen dicho porcentaje, será necesaria la aprobación
previa a su programación por parte de la Contraloría Generalde la República.
5. De los Deductivos de obra o reducciones de meta
A.Corresponde al monto que no es necesario emplear para que la obra cumpla con las
metas previstas; cuando elSupervisor o Inspector de Obra determine la existencia de
partidas físicas o presupuestales que no son necesariaspara el correcto desarrollo del
Expediente Técnico.
B.La formulación del presupuesto deductivo debe ser independiente del presupuesto
original para determinar suporcentaje y nivel de influencia. Las reducciones de obra
representan una disminución del monto del presupuesto delproyecto consignado en el
Expediente Técnico, por lo que requieren ser aprobados por el mismo nivel de
aprobacióndel Expediente Técnico.
C.Los presupuestos no utilizados por la reducción de obra no deben ser materia de
compensación para la generaciónde mayores costos en otras partidas. La implementación
de esta norma debe ser responsabilidad del Supervisoro Inspector de la obra.