2. Consejos Comunales
Es un medio, si se quiere novísimo por medio del cual el pueblo debidamente organizado se involucra en la gestión de
políticas y proyectos destinados a dar respuesta a necesidades de las comunidades y así mismo construir la paz,
equidad y justicia social. Es una instancia social que va a asumir el control del poder popular, donde los vecinos
organizadamente afrontan por ellos mismos problemas de cualquier tipo, ya sea, sociales, políticos, económicos, por
medio del desarrollo de desarrollo de proyectos de hábitat, viales, agroproductivos, plantas procesadoras, entre otros.
No tiene tratamiento como tal en la Constitución nacional, sin embargo, el
artículo 184 hace referencia sobre la posibilidad de descentralización en
favor de grupos vecinales en Estados y Municipios.
“Los consejos comunales en el marco constitucional de la democracia
participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e
integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los
ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente
la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las
necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una
sociedad de equidad y justicia social”
3. Para constituir un Consejo Comunal
Deben seguirse una serie de pasos y cumplirse requisitos establecidos legalmente, que van desde
tomar las medidas necesarias y buscar los requisitos que se piden para su conformación, realizar
croquis de área geográfica del Consejo, realizar censos, permisos de la Alcaldía, acta constitutiva,
nóminas, estatutos entre otros.
Fase de
Diagnóstico
Participativo:
Donde la comunidad
identifica las
necesidades,
aspiraciones,
recursos y relaciones
propias de la
comunidad.
Fase de
Planificación
Participativa:
Determina
acciones,
programas y
proyectos según el
diagnóstico.
Fase de
Presupuesto:
Comprende la
determinación de
fondos, recursos
financieros o no,
costos, requeridos
para ejecutar los
planes.
Fase de
Ejecución:
Es donde se
ponen en
práctica las
políticas, planes
y proyectos en
espacio y
tiempo.
Contraloría
Social:
Se encarga de
fiscalizar y
supervisar las
actividades de la
comunidad
desarrollados por los
Poderes Públicos.
4. Órganos que componen el Consejo Comunal
Colectivo de Coordinación
Comunitaria:
Se compone de los voceros de
las Unidades, encargado de la
articulación trabajo en conjunto
y funcionamiento.
Unidad Ejecutiva:
Ejecuta las decisiones que se
toman en la Asamblea de
Ciudadanos de la comunidad,
donde puede participar toda
persona mayor de 15 años y
tenga más de 6 meses de
habitación en la comunidad. Se
compone por comités de
trabajos que tendrá un vocero y
convocará las reuniones.
Unidad Administrativa
Financiera Comunitaria:
Es la instancia que se compone
de personas mayores de 18
años, electos en Asamblea por
votación Directa y Secreta, es la
unidad que recibe los recursos
aprobados por el Ejecutivo.
Unidad de Contraloría
Social:
Se integra por 5 voceros
mayores de edad, directos por
votación, se encargan de evaluar
la ejecución de obras del sector
correspondiente según el
proyecto aprobado por la
Asamblea para evitar
malversación de fondos.
Comisión Electoral
Permanente:
Se encarga de organizar y
conducir los procesos
electorales, ya sea por elección
o revocatoria de los voceros, así
como de las consultas de temas
relevantes.
5. Cooperativas
Es la asociación de productores y consumidores, de forma organizada y en el ámbito de
una economía alternativa, popular y solidaria, entre ellos se compran y venden, sin
intermediario alguno y en beneficio de un colectivo.
Están mencionadas no textualmente en el artículo 70, como
formas de participación ciudadana; igual lo estipulan los
artículos 118, 308, 184, 52 y 299.
Dichas asociaciones están incentivadas por su exención de
impuestos, otorgamientos de créditos y la obtención de
contratos otorgados con preferencia.
6. TIPOS DE ASOCIACIONES COOPERATIVAS
1- C. de trabajo asociado o de producción de bienes y servicios: Compuestas por personas de un mismo oficio, para
comercializar de forma directa y cuyas ganancias se distribuyen de una vez entre ellos mismos. Producen bienes o
servicios como artesanías, productos industriales, agropecuarios, pesqueros, de transporte, de carga, salud, entre otros
de igual índole.
2- C. de Producción Industrial: su objeto es transformar materia prima que satisfaga necesidades de consumidores
mediante procesos tecnológicos industriales.
3- C. Láctea: la que produce todos los derivados de la leche.
4- C. de Carpintería: que ofrece muebles, juguetes, utensilios de cocina o insumos para construcción.
4- C. de Producción Agrícola: se compone de varias personas que trabajan la tierra y comercializan sus productos, se
desarrollan de forma conjunta y organizada.
5- C de Producción Pesquera: es la unión de diversas personas que se dedican a la actividad pesquera y mejorar sus
condiciones de producción.
6- C. de Producción de Servicios: son las que brindan al público servicios de transporte, mantenimiento, tapicería,
jardinería, recolección de basura, transporte escolar, entre otros servicios.
7. C. de Consumo de Bienes y Servicios: en las que se encuentran Cooperativas de Consumo y las Cooperativas de
Ahorro y Préstamo.
8- C. de Ahorro y crédito: fomentan en ahorro y otorgan préstamos a bajas tasas de interés, entre sus mismos
asociados.
9- C. Mixtas: tienen dos objetos que son obtener bienes y servicios para sus asociados y brindar los mismos a
terceros.
10- C. de Consumo: son las que aprovechan ofertas en compras para vender los productos a un costo menor.