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DIRECTIVA Nº001-2013- AGP/UGEL-RIO TAMBO

     “NORMAS Y ORIENTACIONES PARA EL DESARROLLO DEL AÑO ESCOLAR 2013
                        EN LA EDUCACIÓN BÁSICA”

1.      FINALIDAD
        Establecer lineamientos locales, normas y orientaciones para la planificación,
        desarrollo y supervisión de las actividades educativas a desarrollarse durante el año
        escolar 2013 en la Educación Básica.

2.      OBJETIVOS
        Promover e impulsar un servicio Educativo de calidad con equidad y eficiencia
        que contribuya a la formación integral del estudiante, al pleno desarrollo de sus
        potencialidades, a la práctica de valores democráticos y el pleno respeto de los
        Derechos Humanos, con la participación activa de la comunidad educativa.
        Fortalecer la gestión Pedagógica, Institucional y Administrativa en las
        Instituciones Educativas mediante el desarrollo de las actividades programadas en
        cada nivel.
        Promover la movilización por la mejora de los procesos de Aprendizaje de los
        estudiantes, y regular el trabajo de las REDES EDUCATIVAS en el ámbito de la
        UGEL – Rio Tambo
        Generar propuestas innovadoras que respondan a las necesidades e intereses y
        apoyen la mejora de los logros de aprendizaje.
        Propiciar la participación de la comunidad educativa en e programa DEPARTE y las
        actividades consideradas por la DIPECUD.

3.      ALCANCES
        Direcciones Regionales de Educación (DRE).
        Unidades de gestión Educativa Local (UGEL).
        Instituciones Educativas y Programas de Educación Básica.

4.      BASE NORMATIVA
        Constitución Política Del Perú.
        Ley N° 28044, Ley General de Educación.
        Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial.
        Ley N° 28988, Ley que declara a la Educación Básica Regular como servicio Publico
        esencial
        Ley N° 29624, Ley que protege a los consumidores de la practicas abusivas en la
        selección o adquisición de textos escolares, modificada por la Ley N° 29839.
Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones
     Educativas.
     Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por
     la Ley N° 25610.
     Ley N° 27818, Ley de Educación Intercultural Bilingüe.
     D.S. N°015-2002-ED, Reglamento
     D.S. N° 009-2006-ED, que aprueba el Reglamento de las Instituciones Privadas de
     educación básica y Educación Técnico – Productiva.
     Decreto Supremo N° 017-2007-ED, que aprueba el reglamento de la Ley N°
     28988, Ley que declara la Educación Básica Regular como Servicio Publico
     Esencial.
     Decreto Supremo N° 006-2012- ED, que aprueba el Reglamento De
     Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP)
     del Ministerio de Educación.
     Decreto Supremo N° 010-2012-ED,que aprueba el Reglamento de la Ley N°
     29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones
     Educativas.
     Decreto Supremo N° 011-2012-ED, Que aprueba el Reglamento de la Ley N°
     28044, Ley general de Educación.
     Decreto Supremo N° 015-2012-ED, que aprueba el reglamento de la Ley N°
     29694, Ley que protege a los consumidores de las practicas abusivas en la selección
     o adquisición de textos escolares.
     Ley

5.   DISPOSICIONES GENERALES:

5.1. ROLES DE LA UGEL–RIO TAMBO Y LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
     El gobierno local es responsable de la articular las necesidades educativas de la
     comunidad y mejorar las condiciones de educabilidad favoreciendo una gestión
     territorial e intersectorial.
     Orientar a las Direcciones de las Instituciones y Programas educativos de los
     diferentes niveles y modalidades para el cumplimiento de la gestión pedagógica,
     institucional y administrativa
     La Institución Educativa es una comunidad de aprendizaje y enseñanza que presta
     servicio en sus diferentes niveles y modalidades para el logro de aprendizajes. Le
     corresponde gestionar el servicio educativo con el objetivo de lograr aprendizajes y
     formación integral de calidad de los estudiantes, propiciando la convivencia sana,
     inclusiva, y acogedora en el marco de su autonomía pedagógica e institucional.
     La Institución Educativa debe de contar con los documentos de gestión
     pedagógica, institucional y administrativa (PEI, PAT, RIN, Plan de Supervisión y
Monitoreo, Calendarización), aprobados con RD. Y visados por la instancia
     correspondiente.
     El año escolar tiene una duración no menor de 40 semanas lectivas y cumplir con
     el mínimo de horas efectivas de trabajo establecidas en cada nivel.
     Dar a conocer los alcances de la R.M. N° 0234-2005-ED, que aprueba la Directiva
     N° 004-2005-ED de la evaluación de los aprendizajes.
     Con el fin de fortalecer la gestión en las Instituciones y Programas Educativos; los
     directores organizan, planifican, conducen, supervisan y evalúan los procesos
     pedagógicos, institucionales y administrativos.
     En cada Institución Educativa en asamblea elaboraran las normas de convivencia
     que les permita un mejor trato, vivir en orden y en un clima institucional
     saludable.
     Cada Institución planificara acciones que permita dar cumplimiento a lo
     establecido en la Ley N° 29719 Ley que promueve la convivencia sin violencia en
     las Instituciones Educativas.
     Los temas de prevención relacionados con Tutoría y Orientación del Educando se
     insertaran en los documentos de gestión.
     El enfoque ambiental y la gestión de riesgos y desastres serán insertados en todas
     las áreas curriculares de los diferentes niveles y modalidades.
     La Unidad de Gestión Educativa Local de Rio Tambo y las Instituciones Educativas
     programaran la participación de la comunidad educativa en el programa DEPARTE
     y en las actividades consideradas por la DIPECUD para el presente año.

5.2. MOVILIZACIÓN NACIONAL POR LA TRANSFORMACIÓN DE LA
     EDUCACIÓN.
     En el marco de las políticas priorizadas del 2011 – 2016, para que todos los niños,
     niñas, jóvenes y señoritas del Perú aprendan con pertinencia y calidad, el
     Ministerio de Educación ha iniciado la movilización Nacional por la
     Transformación de la Educación.
     La movilización es liderada por le MINEDU e involucra la participación de
     estudiantes, padres y madres de familia, docentes y directores en las Instituciones
     Educativas, además de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otros
     espacios a fin de establecer alianzas estratégicas para asumir su rol y compromiso
     frente al proceso educativo, teniendo como centro de la calidad educativa a la
     mejora de los aprendizajes.

5.3. MOMENTOS DE LA MOVILIZACIÓN NACIONAL.

                 PRIMER MOMENTO: BUEN INICIO DEL AÑO ESCOLAR.
                        ACCIONES                                             TIEMPO
      MATRICULA OPORTUNA Y GRATUITA                                         Diciembre -
Para que todos los estudiantes estén presentes desde el primer día         Enero
de clases, se llevara esta acción la última semana de diciembre y el
mes de enero en coordinación con el personal docente y los
gobiernos locales.
ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS INTERIORES Y
EXTERIORES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Esta actividad se coordina para desarrollar en los meses de enero y       Enero y
febrero con el propósito que el 4 de marzo los estudiantes sean           Febrero
recibidos por las Instituciones Educativas en espacios limpios,
seguros, organizados e implementados.
CONTRATOS OPORTUNOS                                                     Diciembre,
Se inicia el año escolar en las Instituciones Educativas con el          Enero y
personal docente completo.                                               Febrero
DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS Y MATERIALES
                                                                          Enero y
EDUCATIVOS
                                                                          Febrero

CAPACITACIÓN A LOS DOCENTES EN LA UGEL RIO TAMBO                           25 de
                                                                        febrero al 1
                                                                         de marzo
SEGUNDO MOMENTO: LA MEJORA DE LOS APRENDIZAJES Y LA ESCUELA
             QUE QUEREMOS (abril-noviembre).
Hito 1: Jornadas de reflexión y Plan de trabajo para la mejora de
                                                                           Marzo
aprendizajes
                                                                        26 de junio
Aplicación del Kit de evaluación para el 2do Grado: primera y           y ultima
segunda.                                                                semana de
                                                                        octubre
Hito 2: Primer día del logro se desarrollara como parte de las
                                                                        26 de julio
celebraciones de Fiestas Patrias
                                                                        Noviembre-
Hito 3: Evaluación censal de estudiantes
                                                                        Diciembre
Monitoreo:
Segunda semana de marzo.                                                Marzo
Primera semana de junio.                                                Junio
Ultima semana de octubre.                                               Octubre
   TERCER MOMENTO: BALANCE DEL AÑO ESCOLAR Y RENDICIÓN DE
                         CUENTAS.
Hito 1: Celebración del segundo día del logro. El día de la clausura.   Diciembre
Hito 2: Planificación del año escolar 2014 y acciones de buen
                                                                        Diciembre
inicio.
Hito 3: Premiación del Enfoque Ambiental a nivel regional-
                                                                              Diciembre
      PREVAED N° 068.
      Durante el mes de diciembre se planificaran acciones para el año
                                                                              Diciembre
      2014

6.   DISPOSICIONES ESPECIFICAS:

6.1. La Unidad de Gestión Educativa Local – Rio Tambo fortalecerá el trabajo de las
      Redes Educativas, mediante el acompañamiento de los especialistas y estimulando
      las experiencias exitosas de aprendizaje y gestión.
6.2. La Unidad de Gestión Educativa Local – Rio Tambo priorizara las acciones de
      supervisión, monitoreo y evaluación en los diferentes niveles y modalidades.
6.3. La Unidad de Gestión Educativa Local – Rio Tambo promoverán la Educación
      Comunitaria a través de la Escuela de Padres y Madres.
6.4. La Unidad de Gestión Educativa Local – Rio Tambo y las Instituciones Educativas
      de su ámbito darán cumplimiento a las Directivas emitidas por la DREJ, las mismas
      que serán verificadas en el proceso de supervisión, monitoreo y evaluación.
6.5. La Unidad de Gestión Educativa Local – Rio Tambo promoverán la
      implementación de la Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin
      violencia en las Instituciones Educativas y su reglamento aprobado por D.S. N°
      010-2012-ED.
6.6. En las Instituciones Educativas Públicas, las clases se inician a nivel nacional el 04
      de marzo del 2013.
6.7. La Dirección de la Institución Educativa tiene la obligación de garantizar el uso y
      conservación de los textos y materiales educativos.
6.8. Las Instituciones Educativas en las horas de libre disponibilidad del Plan de
      Estudios desarrollaran talleres o áreas que contribuyan al logro de determinados
      aprendizajes considerados prioritarios o de especial importancia para la realidad
      local y que responda a sus necesidades e intereses de los estudiantes, esto debe de
      estar expresado en el Proyecto Curricular de la Institución Educativa.
6.9. Las Instituciones Educativas en coordinación con las Autoridades, Instituciones,
      Comunidad Educativa estimularan a los estudiantes sobresalientes con útiles
      escolares, libros, material deportivo, becas integrales y medias becas.
6.10. Los Directores de las Instituciones Educativas evitaran las reuniones improvisadas y
      reunión de padres en horas de labor, lo que permitirá cumplir las horas efectivas de
      aprendizaje.
6.11. Los docentes que estén a cargo del primer y segundo grado de Educación Primaria
      de EBR. deberán ser aquellos que tengan los mejores desempeños en comprensión
      de textos y/o lectora.
6.12. Una hora de clase corresponde a una hora pedagógica, la cual tiene una duración
      de 45 minutos.
6.13. En ningún caso las Instituciones Educativas Publicas podrán omitir las áreas
      curriculares establecidas, ni utilizar menos horas de las señaladas.
6.14. En las Instituciones Educativas Publicas no es obligatorio el uso del uniforme
      escolar.
6.15. El Plan Anual de Trabajo debe de formularse de acuerdo al numeral 6.1.2 de la
      directiva N° 014-2012-MINEDU/VMGP.
6.16. El plan anual de trabajo debe garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de
      clase de la siguiente manera:
      Las horas efectivas mínimas establecidas son: 900 horas en educación inicial, 1100
      horas en educación primaria, 1200 horas en educación secundaria.
      La jornada escolar semanal en educación inicial es de 25 horas; en primaria no
      menor de 30 horas; en secundaria no menor de 35 horas (considerando las horas
      de libre disponibilidad).
      En los programas no escolarizados el trabajo pedagógico es de 20 horas
      pedagógicas semanales y de 640 horas anuales.
      En ningún caso las Instituciones Educativas podrán omitir las Áreas curriculares
      establecidas, ni utilizar menos horas de las señaladas.
6.17. Para la elaboración de la calendarización del año escolar se deberá tener en cuenta
      las fechas de inicio y termino del año escolar; así como las vacaciones de medio
      año tomando en cuenta las horas lectivas establecidas.
      La planificación del año 2014 debe preverse durante los dos últimos meses del año
      2013.
6.18. Del Consejo Educativo Institucional (CONEI) contara con la participación de la
      dirección, representantes de los docentes, de los estudiantes, de los ex alumnos y
      de los padres y madres de familia, pudiendo además ser integrado por otros
      representantes de instituciones de la comunidad local. En las Instituciones
      Educativas de contextos bilingües es obligatorio la participación de la comunidad
      de acuerdo al convenio 169 de la OIT y la Ley N° 28044 – Ley General de
      Educación.
6.19. Del uniforme escolar en las Instituciones Educativas Publicas no es obligatorio el
      uso del uniforme escolar.
6.20. El pago de la cuota de APAFAordinaria o extraordinaria que se solicite a los padres
      de familia se efectuara de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 28628 – ley que
      regula la participación de las Asociaciones de Padres de Familia en Las Instituciones
      Educativas Publicas, su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 004-
      2006 ED y demás normas pertinentes.
6.21. DE LA MATRICULA ESCOLAR
         La matricula, ratificación de matricula y los traslados se efectúan de
         conformidad con los “Lineamientos para el proceso de matricula escolar en las
         I.E. Publicas de Educación Básica” aprobado por la R.M. N° 0516-2007-ED.
La presentación del DNI o el pasaporte del estudiante además del control de
         vacunas son fundamentales. De carecer de algún documento, este se debe
         regularizar a más tardar al finalizar el primer semestre del año escolar. La
         dirección de la Institución Educativa debe orientar para la obtención de los
         documentos mencionados ante el registro civil o RENIEC y el centro de salud
         de su localidad, en coordinación con la DefensoríaEscolar del Niño y del
         Adolescente, donde hubiera. Hasta no contar con los documentos pertinentes
         se considerara como inscripción transitoria.
6.22. Los recursos tecnológicos implementados en las instituciones educativas deberán
      ser utilizados por los estudiantes en la Educación Básica Regular de acuerdo a lo
      establecido en las resoluciones ministeriales N° 339-2009-ED y 365-2010-ED.
6.23. Las actividades nacionales programadas para el año 2013 se desarrollan en el marco
      del programa DEPARTE: Deporte y Arte para crecer, de acuerdo a la Directiva N°
      010-2012-MINEDU/VMGP-DIPECUD aprobada por Resolución Ministerial N°
      173-2012-ED.
6.24. Aplicación del Enfoque Ambiental su implementación se rige por la Resolución
      Viceministerial N° 006-2012-ED que aprueba “Las Normas Específicas para la
      planificación, organización, ejecución, monitoreo y evaluación de la aplicación del
      enfoque ambiental en la Educación Básica y técnico Productiva”
6.25. Los comités de tutoría además de efectuar las acciones de acompañamiento socio
      afectivo y emocional de los/las estudiantes deberán promover el conocimiento,
      análisis y desarrollo de los Lineamientos de Educación Sexual Integral”.

7.   DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS:

7.1. La Unidad de Gestión Educativa Local a través de sus jefaturas (AGP, AGI, AGA),
     dictaran las normas y medidas complementarias que se requiera para la aplicación
     de la presente directiva.
7.2. Los aspectos no previstos en la presente directiva serán resueltos según la
     normatividad especifica.

                                                           Río Tambo, Febrero del 2013

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  • 1. DIRECTIVA Nº001-2013- AGP/UGEL-RIO TAMBO “NORMAS Y ORIENTACIONES PARA EL DESARROLLO DEL AÑO ESCOLAR 2013 EN LA EDUCACIÓN BÁSICA” 1. FINALIDAD Establecer lineamientos locales, normas y orientaciones para la planificación, desarrollo y supervisión de las actividades educativas a desarrollarse durante el año escolar 2013 en la Educación Básica. 2. OBJETIVOS Promover e impulsar un servicio Educativo de calidad con equidad y eficiencia que contribuya a la formación integral del estudiante, al pleno desarrollo de sus potencialidades, a la práctica de valores democráticos y el pleno respeto de los Derechos Humanos, con la participación activa de la comunidad educativa. Fortalecer la gestión Pedagógica, Institucional y Administrativa en las Instituciones Educativas mediante el desarrollo de las actividades programadas en cada nivel. Promover la movilización por la mejora de los procesos de Aprendizaje de los estudiantes, y regular el trabajo de las REDES EDUCATIVAS en el ámbito de la UGEL – Rio Tambo Generar propuestas innovadoras que respondan a las necesidades e intereses y apoyen la mejora de los logros de aprendizaje. Propiciar la participación de la comunidad educativa en e programa DEPARTE y las actividades consideradas por la DIPECUD. 3. ALCANCES Direcciones Regionales de Educación (DRE). Unidades de gestión Educativa Local (UGEL). Instituciones Educativas y Programas de Educación Básica. 4. BASE NORMATIVA Constitución Política Del Perú. Ley N° 28044, Ley General de Educación. Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial. Ley N° 28988, Ley que declara a la Educación Básica Regular como servicio Publico esencial Ley N° 29624, Ley que protege a los consumidores de la practicas abusivas en la selección o adquisición de textos escolares, modificada por la Ley N° 29839.
  • 2. Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas. Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley N° 25610. Ley N° 27818, Ley de Educación Intercultural Bilingüe. D.S. N°015-2002-ED, Reglamento D.S. N° 009-2006-ED, que aprueba el Reglamento de las Instituciones Privadas de educación básica y Educación Técnico – Productiva. Decreto Supremo N° 017-2007-ED, que aprueba el reglamento de la Ley N° 28988, Ley que declara la Educación Básica Regular como Servicio Publico Esencial. Decreto Supremo N° 006-2012- ED, que aprueba el Reglamento De Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación. Decreto Supremo N° 010-2012-ED,que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas. Decreto Supremo N° 011-2012-ED, Que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley general de Educación. Decreto Supremo N° 015-2012-ED, que aprueba el reglamento de la Ley N° 29694, Ley que protege a los consumidores de las practicas abusivas en la selección o adquisición de textos escolares. Ley 5. DISPOSICIONES GENERALES: 5.1. ROLES DE LA UGEL–RIO TAMBO Y LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. El gobierno local es responsable de la articular las necesidades educativas de la comunidad y mejorar las condiciones de educabilidad favoreciendo una gestión territorial e intersectorial. Orientar a las Direcciones de las Instituciones y Programas educativos de los diferentes niveles y modalidades para el cumplimiento de la gestión pedagógica, institucional y administrativa La Institución Educativa es una comunidad de aprendizaje y enseñanza que presta servicio en sus diferentes niveles y modalidades para el logro de aprendizajes. Le corresponde gestionar el servicio educativo con el objetivo de lograr aprendizajes y formación integral de calidad de los estudiantes, propiciando la convivencia sana, inclusiva, y acogedora en el marco de su autonomía pedagógica e institucional. La Institución Educativa debe de contar con los documentos de gestión pedagógica, institucional y administrativa (PEI, PAT, RIN, Plan de Supervisión y
  • 3. Monitoreo, Calendarización), aprobados con RD. Y visados por la instancia correspondiente. El año escolar tiene una duración no menor de 40 semanas lectivas y cumplir con el mínimo de horas efectivas de trabajo establecidas en cada nivel. Dar a conocer los alcances de la R.M. N° 0234-2005-ED, que aprueba la Directiva N° 004-2005-ED de la evaluación de los aprendizajes. Con el fin de fortalecer la gestión en las Instituciones y Programas Educativos; los directores organizan, planifican, conducen, supervisan y evalúan los procesos pedagógicos, institucionales y administrativos. En cada Institución Educativa en asamblea elaboraran las normas de convivencia que les permita un mejor trato, vivir en orden y en un clima institucional saludable. Cada Institución planificara acciones que permita dar cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 29719 Ley que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas. Los temas de prevención relacionados con Tutoría y Orientación del Educando se insertaran en los documentos de gestión. El enfoque ambiental y la gestión de riesgos y desastres serán insertados en todas las áreas curriculares de los diferentes niveles y modalidades. La Unidad de Gestión Educativa Local de Rio Tambo y las Instituciones Educativas programaran la participación de la comunidad educativa en el programa DEPARTE y en las actividades consideradas por la DIPECUD para el presente año. 5.2. MOVILIZACIÓN NACIONAL POR LA TRANSFORMACIÓN DE LA EDUCACIÓN. En el marco de las políticas priorizadas del 2011 – 2016, para que todos los niños, niñas, jóvenes y señoritas del Perú aprendan con pertinencia y calidad, el Ministerio de Educación ha iniciado la movilización Nacional por la Transformación de la Educación. La movilización es liderada por le MINEDU e involucra la participación de estudiantes, padres y madres de familia, docentes y directores en las Instituciones Educativas, además de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otros espacios a fin de establecer alianzas estratégicas para asumir su rol y compromiso frente al proceso educativo, teniendo como centro de la calidad educativa a la mejora de los aprendizajes. 5.3. MOMENTOS DE LA MOVILIZACIÓN NACIONAL. PRIMER MOMENTO: BUEN INICIO DEL AÑO ESCOLAR. ACCIONES TIEMPO MATRICULA OPORTUNA Y GRATUITA Diciembre -
  • 4. Para que todos los estudiantes estén presentes desde el primer día Enero de clases, se llevara esta acción la última semana de diciembre y el mes de enero en coordinación con el personal docente y los gobiernos locales. ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS INTERIORES Y EXTERIORES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Esta actividad se coordina para desarrollar en los meses de enero y Enero y febrero con el propósito que el 4 de marzo los estudiantes sean Febrero recibidos por las Instituciones Educativas en espacios limpios, seguros, organizados e implementados. CONTRATOS OPORTUNOS Diciembre, Se inicia el año escolar en las Instituciones Educativas con el Enero y personal docente completo. Febrero DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS Y MATERIALES Enero y EDUCATIVOS Febrero CAPACITACIÓN A LOS DOCENTES EN LA UGEL RIO TAMBO 25 de febrero al 1 de marzo SEGUNDO MOMENTO: LA MEJORA DE LOS APRENDIZAJES Y LA ESCUELA QUE QUEREMOS (abril-noviembre). Hito 1: Jornadas de reflexión y Plan de trabajo para la mejora de Marzo aprendizajes 26 de junio Aplicación del Kit de evaluación para el 2do Grado: primera y y ultima segunda. semana de octubre Hito 2: Primer día del logro se desarrollara como parte de las 26 de julio celebraciones de Fiestas Patrias Noviembre- Hito 3: Evaluación censal de estudiantes Diciembre Monitoreo: Segunda semana de marzo. Marzo Primera semana de junio. Junio Ultima semana de octubre. Octubre TERCER MOMENTO: BALANCE DEL AÑO ESCOLAR Y RENDICIÓN DE CUENTAS. Hito 1: Celebración del segundo día del logro. El día de la clausura. Diciembre Hito 2: Planificación del año escolar 2014 y acciones de buen Diciembre inicio.
  • 5. Hito 3: Premiación del Enfoque Ambiental a nivel regional- Diciembre PREVAED N° 068. Durante el mes de diciembre se planificaran acciones para el año Diciembre 2014 6. DISPOSICIONES ESPECIFICAS: 6.1. La Unidad de Gestión Educativa Local – Rio Tambo fortalecerá el trabajo de las Redes Educativas, mediante el acompañamiento de los especialistas y estimulando las experiencias exitosas de aprendizaje y gestión. 6.2. La Unidad de Gestión Educativa Local – Rio Tambo priorizara las acciones de supervisión, monitoreo y evaluación en los diferentes niveles y modalidades. 6.3. La Unidad de Gestión Educativa Local – Rio Tambo promoverán la Educación Comunitaria a través de la Escuela de Padres y Madres. 6.4. La Unidad de Gestión Educativa Local – Rio Tambo y las Instituciones Educativas de su ámbito darán cumplimiento a las Directivas emitidas por la DREJ, las mismas que serán verificadas en el proceso de supervisión, monitoreo y evaluación. 6.5. La Unidad de Gestión Educativa Local – Rio Tambo promoverán la implementación de la Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas y su reglamento aprobado por D.S. N° 010-2012-ED. 6.6. En las Instituciones Educativas Públicas, las clases se inician a nivel nacional el 04 de marzo del 2013. 6.7. La Dirección de la Institución Educativa tiene la obligación de garantizar el uso y conservación de los textos y materiales educativos. 6.8. Las Instituciones Educativas en las horas de libre disponibilidad del Plan de Estudios desarrollaran talleres o áreas que contribuyan al logro de determinados aprendizajes considerados prioritarios o de especial importancia para la realidad local y que responda a sus necesidades e intereses de los estudiantes, esto debe de estar expresado en el Proyecto Curricular de la Institución Educativa. 6.9. Las Instituciones Educativas en coordinación con las Autoridades, Instituciones, Comunidad Educativa estimularan a los estudiantes sobresalientes con útiles escolares, libros, material deportivo, becas integrales y medias becas. 6.10. Los Directores de las Instituciones Educativas evitaran las reuniones improvisadas y reunión de padres en horas de labor, lo que permitirá cumplir las horas efectivas de aprendizaje. 6.11. Los docentes que estén a cargo del primer y segundo grado de Educación Primaria de EBR. deberán ser aquellos que tengan los mejores desempeños en comprensión de textos y/o lectora. 6.12. Una hora de clase corresponde a una hora pedagógica, la cual tiene una duración de 45 minutos.
  • 6. 6.13. En ningún caso las Instituciones Educativas Publicas podrán omitir las áreas curriculares establecidas, ni utilizar menos horas de las señaladas. 6.14. En las Instituciones Educativas Publicas no es obligatorio el uso del uniforme escolar. 6.15. El Plan Anual de Trabajo debe de formularse de acuerdo al numeral 6.1.2 de la directiva N° 014-2012-MINEDU/VMGP. 6.16. El plan anual de trabajo debe garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de clase de la siguiente manera: Las horas efectivas mínimas establecidas son: 900 horas en educación inicial, 1100 horas en educación primaria, 1200 horas en educación secundaria. La jornada escolar semanal en educación inicial es de 25 horas; en primaria no menor de 30 horas; en secundaria no menor de 35 horas (considerando las horas de libre disponibilidad). En los programas no escolarizados el trabajo pedagógico es de 20 horas pedagógicas semanales y de 640 horas anuales. En ningún caso las Instituciones Educativas podrán omitir las Áreas curriculares establecidas, ni utilizar menos horas de las señaladas. 6.17. Para la elaboración de la calendarización del año escolar se deberá tener en cuenta las fechas de inicio y termino del año escolar; así como las vacaciones de medio año tomando en cuenta las horas lectivas establecidas. La planificación del año 2014 debe preverse durante los dos últimos meses del año 2013. 6.18. Del Consejo Educativo Institucional (CONEI) contara con la participación de la dirección, representantes de los docentes, de los estudiantes, de los ex alumnos y de los padres y madres de familia, pudiendo además ser integrado por otros representantes de instituciones de la comunidad local. En las Instituciones Educativas de contextos bilingües es obligatorio la participación de la comunidad de acuerdo al convenio 169 de la OIT y la Ley N° 28044 – Ley General de Educación. 6.19. Del uniforme escolar en las Instituciones Educativas Publicas no es obligatorio el uso del uniforme escolar. 6.20. El pago de la cuota de APAFAordinaria o extraordinaria que se solicite a los padres de familia se efectuara de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 28628 – ley que regula la participación de las Asociaciones de Padres de Familia en Las Instituciones Educativas Publicas, su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 004- 2006 ED y demás normas pertinentes. 6.21. DE LA MATRICULA ESCOLAR La matricula, ratificación de matricula y los traslados se efectúan de conformidad con los “Lineamientos para el proceso de matricula escolar en las I.E. Publicas de Educación Básica” aprobado por la R.M. N° 0516-2007-ED.
  • 7. La presentación del DNI o el pasaporte del estudiante además del control de vacunas son fundamentales. De carecer de algún documento, este se debe regularizar a más tardar al finalizar el primer semestre del año escolar. La dirección de la Institución Educativa debe orientar para la obtención de los documentos mencionados ante el registro civil o RENIEC y el centro de salud de su localidad, en coordinación con la DefensoríaEscolar del Niño y del Adolescente, donde hubiera. Hasta no contar con los documentos pertinentes se considerara como inscripción transitoria. 6.22. Los recursos tecnológicos implementados en las instituciones educativas deberán ser utilizados por los estudiantes en la Educación Básica Regular de acuerdo a lo establecido en las resoluciones ministeriales N° 339-2009-ED y 365-2010-ED. 6.23. Las actividades nacionales programadas para el año 2013 se desarrollan en el marco del programa DEPARTE: Deporte y Arte para crecer, de acuerdo a la Directiva N° 010-2012-MINEDU/VMGP-DIPECUD aprobada por Resolución Ministerial N° 173-2012-ED. 6.24. Aplicación del Enfoque Ambiental su implementación se rige por la Resolución Viceministerial N° 006-2012-ED que aprueba “Las Normas Específicas para la planificación, organización, ejecución, monitoreo y evaluación de la aplicación del enfoque ambiental en la Educación Básica y técnico Productiva” 6.25. Los comités de tutoría además de efectuar las acciones de acompañamiento socio afectivo y emocional de los/las estudiantes deberán promover el conocimiento, análisis y desarrollo de los Lineamientos de Educación Sexual Integral”. 7. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS: 7.1. La Unidad de Gestión Educativa Local a través de sus jefaturas (AGP, AGI, AGA), dictaran las normas y medidas complementarias que se requiera para la aplicación de la presente directiva. 7.2. Los aspectos no previstos en la presente directiva serán resueltos según la normatividad especifica. Río Tambo, Febrero del 2013