Agentes culturales de varios municipios de Morelos decidieron iniciar un movimiento para ser reconocidos y tomados en cuenta en las decisiones sobre cultura. Realizaron amplias consultas ciudadanas y elaboraron un proyecto de ley de cultura con el fin de descentralizar los recursos culturales, proteger el patrimonio cultural y garantizar los derechos culturales de la población en Morelos.
La promoción cultural ciudadana: incidencia en políticas públicas.
1.
2. ¿QUÉ?
CULTURA
Según la UNESCO:
Son valores, creencias, convicciones, idiomas, saberes y artes,
tradiciones, instituciones y modos de vida por medio de los
cuales una persona o un grupo expresa su humanidad y los
significados que da a su existencia y a su desarrollo.
3. La forma en que sembramos la tierra y cocinamos
nuestros alimentos; nuestra lengua y el modo en que
hablamos en nuestra comunidad; las plantas y medicinas
con las que curamos nuestras enfermedades; nuestras
religiones y nuestras fiestas populares; la música, la
danza, el teatro y la palabra escrita y hablada. Todo esto
forma parte de nuestra cultura.
“Nuestra forma de estar en el mundo”.
Carlos Villaseñor. Promotor cultural
La cultura es la forma de mirar, interpretar, intervenir y
transformar el mundo.
4. La cultura modela nuestro pensamiento,
nuestra imaginación y nuestro
comportamiento. La cultura es
transmisión de comportamiento así
como una fuente dinámica de cambio,
creatividad y libertad, que abre
posibilidades de innovación… Para los
grupos y las sociedades, la cultura es
energía, inspiración y empoderamiento,
al mismo tiempo que conocimiento y
reconocimiento de la diversidad…
Informe de la Comisión Mundial de cultura y
Desarrollo: “Nuestra Diversidad Creativa”.
5. ¿QUIÉNES?
PROMOTORES CULTURALES
Promover: Del latín promovēre.
Iniciar o impulsar una cosa o un proceso, procurando su
logro.
Levantar o elevar a alguien a una dignidad o empleo
superior al que tenía.
Tomar la iniciativa para la realización o el logro de algo.
Los promotores culturales son agentes dinamizadores en la
comunidad.
6. Los promotores culturales inciden de forma
sistemática (empírica e intuititiva, o bien,
aprendida e institucional) en la creación,
producción, valorización, socialización y
disfrute de los bienes y servicios culturales.
A través de la cultura y sus diversos lenguajes
(arte, historia, memoria, etc.) construyen
iniciativas participativas para crear
comunidades donde se reúnan hombres y
mujeres para reflexionar compartir, construir
y transformar.
7. Los promotores culturales son ciudadanos que animan,
facilitan y fomentan el acceso a la vida cultural para las
personas, y de forma implícita o explícita promueven el
reconocimiento y ejercicio de los derechos culturales.
8. ¿CÓMO?
Una de las de las formas más acabadas de
ejercer ciudadanía es el reconocimiento y
ejercicio de los derechos culturales.
PERO…
¿TENEMOS DERECHO A LA CULTURA?
9. EL DERECHO DE TODA PERSONA A
PARTICIPAR EN LA VIDA CULTURAL
La expresión “vida cultural” hace referencia explícita
al carácter de la cultura como un proceso vital,
histórico, dinámico y evolutivo, que tiene un pasado,
un presente y un futuro.
Derechos Culturales. Documentos básicos de Naciones Unidas.
10. Los derechos culturales son libertades
y prerrogativas, son universales,
indivisibles e interdependientes. Su
promoción y respeto cabales son
esenciales para mantener la dignidad
humana y para la interacción social
positiva de individuos y comunidades
en un mundo caracterizado por la
diversidad y la pluralidad cultural.
Derechos Culturales. Documentos básicos de Naciones
Unidas.
11. El respeto a su cultura, identidad personal y colectiva así como a
las formas de expresión.
El respeto a sus propias formas de preservación de la memoria
histórica.
El acceso y disfrute de los bienes y servicios culturales que preste
el Estado en la materia.
La libertad de expresión cultural.
El acceso al conocimiento y a la difusión del legado material e
inmaterial de las culturas que se han desarrollado y desarrollan en
el Estado, así como de otras comunidades y pueblos.
La educación y comunicación en la lengua o idioma que elija cada
persona o comunidad.
La protección de parte del Estado de las obras producto de
creatividad individual o colectiva.
12. El acceso a la educación que imparte el Estado.
El acceso a los beneficios del progreso científico y sus
aplicaciones.
El conocimiento de la historia local, nacional y universal.
Asociarse con el objeto de proteger, preservar y
defender sus expresiones y testimonios y valores
culturales integrantes de su identidad comunitaria, así
como su entorno natural y formas de uso social.
Defender, preservar y disfrutar de su medicina
tradicional, conocimiento popular y en general de la
creación intelectual individual y colectiva de su
comunidad.
Bolfy Cottom. Proyecto de Ley de Cultura de Morelos
13. Los derechos culturales implican una concepción de
la cultura ciudadana que genere acciones públicas y
privadas que produzcan pertenencia y apropiación
del territorio y la comunidad.
Construir proyectos colectivos, contratos sociales,
pactos solidarios más allá de la inmediatez
individual a través de los lenguajes de la cultura.
14.
15. A partir de la coyuntura política de 2012,
agentes culturales de varios municipios
de Morelos: Jiutepec, Cuautla,
Cuernavaca, Puente de Ixtla, Yautepec,
Tlayacapan y Zacualpan, deciden iniciar
un movimiento estatal e invitar a
participar a creadores, artistas,
promotores, gestores y grupos
culturales de los 33 municipios del
estado para ser reconocidos,
escuchados y tomados en cuenta en la
toma de decisiones en materia de
cultura.
16. Descentralización de bienes y servicios culturales y
atención efectiva a los 33 municipios del estado de
Morelos.
Reconocimiento pleno, fortalecimiento y consolidación
de las acciones, programas y propuestas que artistas,
creadores, promotores, gestores y grupos culturales de
Morelos desarrollan en sus comunidades y municipios.
Incidencia y participación ciudadana en la toma de
decisiones para el desarrollo cultural de Morelos.
Análisis, discusión y diseño de propuestas para la
legislación y reglamentación en materia de cultura para
el estado de Morelos y sus municipios.
17. DECLARACIÓN DE TEPOZTLÁN
Los artistas, promotores, gestores y grupos culturales que
se manifiestan en esta declaratoria, somos corresponsables
para superar de manera creativa y solidaria las condiciones
actuales que aquejan a nuestro estado, nuestros municipios
y nuestras comunidades.
En Morelos existe un patrimonio cultural tangible e
intangible, diverso , rico y vivo; creado y recreado por
hombres y mujeres que viven, piensan y trabajan de
diversas maneras en los 33 municipios del estado, que es
necesario proteger, fortalecer y revalorar. Para que dicho
patrimonio pueda florecer y fortalecer su pertenencia entre
las comunidades es necesario que existan mecanismos
participativos en el diseño y ejecución de los programas de
política cultural.
18. Ante la violencia desmesurada que actualmente vivimos en
Morelos, la cultura y las artes constituyen parte fundamental
de nuestra identidad individual, familiar y comunitaria, y
actualmente representan la más poderosa vía de
dignificación, transformación, reconciliación y convivencia
social; por ello, es urgente e indispensable implementar
programas y proyectos socioculturales en las zonas con más
altos índices de violencia, marginación y pobreza.
La atención a los 33 municipios debe partir del
reconocimiento respetuoso y pleno de las acciones y
propuestas que artistas, creadores, promotores, gestores,
emprendedores y grupos culturales han desarrollado,
muchas veces en condiciones adversas. Su fortalecimiento y
consolidación a través de la asignación equitativa de recursos
financieros, materiales y humanos es indispensable para
generar un verdadero desarrollo cultural.
19. PROYECTO DE LEY DE CULTURA:
Construcción colectiva – Iniciativa Ciudadana
VINCULACIÓN. Con la Secretaría de Cultura y el Congreso del Estado
para generar acciones encaminadas a la legislación cultural en
Morelos.
CAPACITACIÓN. Seminario sobre Legislación Cultural y Políticas
Públicas.
ARTICULACIÓN. Formación de equipo interdisciplinario de trabajo y
de asesores.
CONSULTAS:
31 municipios visitados.
1121 personas participaron en las consultas.
24 ayuntamientos participaron en la operación de las consultas a
través de las Regidurías y Direcciones de Cultura.
15 organizaciones y grupos culturales participaron en la operación de
las consultas.
20. Participaron artistas, artesanos,
promotores culturales, servidores
públicos municipales, mayordomos,
párrocos, profesores, estudiantes,
ejidatarios, ayudantes municipales y
beneficiarios de programas culturales
en todo el estado.
21. SISTEMATIZACIÓN Y REDACCIÓN. Se forma una
comisión para sistematizar los resultados y que la
redacción del proyecto de ley refleje las necesidades y
propuestas de las personas que participaron en las
consultas.
CABILDEO Y SOCIALIZACIÓN. Generar condiciones
para que los diputados del Congreso del Estado
reconozcan la importancia y pertinencia del proyecto a
través de su discusión y aprobación. Compartir el
proyecto de ley a través de foros y otros canales para
generar consensos.
DIVULGACIÓN. Una vez aprobada, realizar una amplia
campaña de divulgación para que las personas
conozcan la ley, la analicen y se la apropien.
22. CONTENIDOS
PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
Se crean instrumentos para que los ciudadanos puedan participar en la toma de
decisiones en materia de cultura: Consejo Ciudadano de Cultura, Consejo Consultivo
de Cultura , Oficinas de Participación Cultural y Consejos Municipales de Cultura.
DESCENTRALIZACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS CULTURALES.
Se impulsa el equilibrio en la asignación de recursos en materia de cultura, así como
la participación de los municipios y el gobierno del estado al respecto.
Se señalan los derechos culturales de las personas que habitan en Morelos y se
garantiza su ejercicio; entre ellos, el acceso a la población a bienes y servicios
culturales. Se abre la oportunidad de que las personas puedan emitir queja ante la
Comisión de Estatal de Derechos Humanos por presunta violación a sus derechos
culturales.
PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL.
Se armoniza con la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos,
Artísticos e Históricos de 1972.
Se establecen las Declaratorias de Patrimonio Cultural Estatal y Municipal y se
regula su funcionamiento.
Se establecen las Zonas Bioculturales Protegidas y se regula su funcionamiento.
23. ESTÍMULOS Y APOYOS PARA ARTISTAS, CREADORES Y
PROMOTORES.
Se crean figuras e instrumentos que permitirán fortalecer el
trabajo de los actores culturales en Morelos: Fondo Estatal
para la Cultura y las Artes de Morelos, Sistema de Información
Cultural de Morelos, Sistema Estatal de Creadores y
Promotores Culturales.
VINCULACIÓN INSTITUCIONAL.
Se fomenta la participación de diversas instituciones de la
estructura gubernamental para fortalecer el desarrollo cultural
en Morelos.
Se crea el Sistema Estatal de Cultura donde participan las
Secretarías de Cultura, Educación, Turismo, Desarrollo
Sustentable y Desarrollo Social; la UAEM, y otras instancias.