2. Artículo 7:Derechos
Ser tratado con justicia, dignidad, Recibir una formación integral y
sin discriminación, con respeto a su Recibir becas, permisos especiales, científica, que contribuya al pleno
diversidad individual, cultural, auspicios y apoyos para sus desarrollo de su personalidad,
sexual y lingüística, a sus representaciones nacionales o capacidades y potencialidades,
convicciones ideológicas, políticas y internacionales, quienes se respetando sus derechos, libertades
religiosas, y a sus derechos y destaquen en méritos, logros y fundamentales y promoviendo la
libertades fundamentales aportes relevantes de naturaleza igualdad de género, la no
garantizados en la Constitución de académica, intelectual, deportiva y discriminación, la valoración de las
la República, tratados e ciudadana diversidades, la participación,
instrumentos internacionales autonomía y cooperación
vigentes y la Ley
Ejercer su derecho constitucional al
debido proceso, en toda acción
orientada a establecer la
Recibir apoyo pedagógico y tutorías
responsabilidad de las y los
académicas de acuerdo con sus
estudiantes por un acto de
necesidades
indisciplina o violatorio de las
normas de convivencia del
establecimiento
3. Artículo 8: Obligaciones
El estudiantado deberá asistir regularmente a clases y cumplir con las tareas
y obligaciones derivadas del proceso de enseñanza y aprendizaje, de acuerdo
con la reglamentación correspondiente y de conformidad con la modalidad
educativa, salvo los casos de situación de vulnerabilidad en los cuales se
pueda reconocer horarios flexibles
Los y las estudiantes deben respetar y cumplir los códigos de convivencia
armónica y promover la resolución pacífica de los conflictos
El estudiantado debe procurar la excelencia educativa y mostrar integridad y
honestidad académica en el cumplimiento de las tareas y obligaciones
4. Artículo 191: Informe final
Al final del año lectivo en la Educacion Inicial y en la Educacion
Superior los representantes legales del alumnado debe recibir un
informe cualitativo final que describa el desarrollo integral de
sus representados alcanzados durante ese periodo
6. Artículo 208: Refuerzo Académico
El docente deberá revisar el
trabajo que el estudiante
realizó durante el refuerzo
El tipo de refuerzo Las clases de refuerzo académico y ofrecer
académico se deberá lideradas por el mismo información oportuna,
diseñar acorde a las docente que detallada y precisa que
necesidades de los regularmente enseña la permita al estudiante
estudiantes y lo que sea asignatura y otro docente aprender y mejorar.
más adecuado para que que enseñe la misma Además, estos trabajos
mejore su aprendizaje asignatura deberán ser calificados, y
promediados con las notas
obtenidas en los demás
trabajos académicos.
8. Los establecimientos educativos Al inicio del año lectivo, los estudiantes y
deben ejecutar actividades sus representantes legales deberán firmar
una carta de compromiso en la que
dirigidas a prevenir, corregir las afirmen comprender las normas de la
faltas de los estudiantes institución
Artículo 330: Faltas
de los Estudiantes
La acumulación de faltas tendrá como
Las faltas de los estudiantes están establecidas en
consecuencia la aplicación de acciones
el artículo 134 de la LOEI y pueden ser: Leves,
graves o muy graves educativas disciplinarias de mayor
gravedad
9. Ejemplos de faltas
No utilizar el uniforme de la institución
Salir del establecimiento
Faltar a clases por dos 2 o más
educativo sin la debida
días consecutivos sin justificación
autorización