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Celina Condor Carhuacusma
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que
celebran de una parte,LA EMPRESA ANDINA MEDICAL CENTER E.I.R.L.,con RUC
Nº20568062702,con domicilio en la Av. Evitamiento Nº 977– El Tambo,a quien en
adelante se le denominaráEL COMITENTE y de la otra parteAUGUSTO ANGEL
GAMARRA ARRUNATEGUI ,con RUC Nº 10200303119,con domicilio en la Psje.
Travezan Nº 307 – El Tambo,a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los
términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES
1.1 EL COMITENTE es una empresa dedicada a los servicios de actividades relacionadas
con la salud humana, que requiere la prestación del servicio de un Gerente
Administrativo.
1.2 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y
administrativa relacionados con la Administración y Gerencia de Empresas.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO
2.1Por intermedio del presente contrato EL COMITENTE contrata los servicios de EL
LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse.
TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR
3.1 Asesorar a la empresa administrativamente en la toma de decisiones y otros puntos
que requiera el contribuyente, por dos días a la semana.
CUARTO: RETRIBUCION DEL LOCADOR
4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL
LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una
retribución mensual neta a favor del LOCADORascendente a Un Mil Doscientos y 00/100
Nuevos Soles.
4.2 La retribución deberá ser abonada al finalizar el mes.
QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE
5.1Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula
precedente a favor del LOCADOR.
SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO
6.1 El presente contrato tendrá una duración de 1 año, computados desde el 01 de
Agosto del año 2011, debiendo culminar al 31 de Julio del año 2012.
6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato,
a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo de vigencia o
Celina Condor Carhuacusma
de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes de la
expiración del presente, en ambos casos.
6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará
automáticamente concluido.
SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO
7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato
tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas,
permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato,
comunicándolo a la otra mediante carta notarial.
7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la
obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda
del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la
resolución.
OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE
8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del
presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial
a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles.
8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este
contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en
general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo.
8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las
comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente
instrumento.
Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes y cada una de las clausulas
del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra para EL
LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Agosto del año
2011.
COMITENTELOCADOR
Celina Condor Carhuacusma
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que
celebran de una parte,LA EMPRESA CENTRO MEDICO VIRGEN DEL PILAR
E.I.R.L.,con RUC Nº 20538892981,con domicilio en la Jr. Mariscal Miller Nº 1665– Lince -
Lima,a quien en adelante se le denominaráEL COMITENTE y de la otra parteAUGUSTO
ANGEL GAMARRA ARRUNATEGUI ,con RUC Nº 10200303119,con domicilio en la Psje.
Travezan Nº 307 – El Tambo,a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los
términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES
1.3 EL COMITENTE es una empresa dedicada a los servicios de actividades,
relacionadas con la salud humana, que requiere la prestación del servicio de un
Gerente Administrativo.
1.4 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y
administrativa relacionados con la Administración y Gerencia de Empresas.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO
2.1Por intermedio del presente contrato EL COMITENTE contrata los servicios de EL
LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse.
TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR
3.1 Asesorar a la empresa administrativamente, en la tomas de decisiones y otros puntos
que requiera la Empresa.
CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR
4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL
LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una
retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a Un Mil trescientos y 00/100
Nuevos Soles.
4.2La retribución deberá ser abonada al finalizar el mes.
QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE
5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula
precedente a favor del LOCADOR.
SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO
6.1 El presente contrato tendrá una duración de 1 año computados desde el 01 de Enero
del año 2011, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2011.
Celina Condor Carhuacusma
6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato,
a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo
de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes
de la expiración del presente, en ambos casos.
6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará
automáticamente concluido.
SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO
7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato
tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas,
permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato,
comunicándolo a la otra mediante carta notarial.
7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la
obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda
del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la
resolución.
OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE
8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del
presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial
a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles.
8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este
contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en
general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo.
8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las
comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente
instrumento.
Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes y cada una de las clausulas
del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra para EL
LOCADOR, en la ciudad de Lima, a los primeros días del mes de Enero del año 2011.
COMITENTE LOCADOR
Celina Condor Carhuacusma
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que
celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº
10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le
denominaráEL COMITENTE y de la otra parte el Sr. FELIX JACOBI GILBERTO, con
D.N.I. Nº23681448, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos
y condiciones siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES
1.5 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la
prestación del servicio de un Contador.
1.6 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y
administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO
Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL
LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse.
TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR
3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja,
inventario y balance.
3.2.- Declarar los impuestos mensuales.
3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO)
3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el
contribuyente.
CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR
4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL
LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una
retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a cien y 00/100 Nuevos
Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles.
4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes.
QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE
5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula
precedente a favor del LOCADOR.
5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente
contrato.
Celina Condor Carhuacusma
SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO
6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de
Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011.
6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato,
a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo
de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes
de la expiración del presente, en ambos casos.
6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará
automáticamente concluido.
SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO
7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato
tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas,
permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato,
comunicándolo a la otra mediante carta notarial.
7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la
obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda
del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la
resolución.
OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE
8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del
presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial
a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles.
8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este
contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en
general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo.
8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las
comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente
instrumento.
.
Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las
clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra
para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del
año 2007.
COMITENTELOCADOR
Celina Condor Carhuacusma
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que
celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº
10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le
denominaráEL COMITENTE y de la otra parte la Sra. PEREZ LOPEZ LOURDES, con
D.N.I. Nº20068735, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos
y condiciones siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES
1.7 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la
prestación del servicio de un Contador.
1.8 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y
administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO
Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL
LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse.
TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR
3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja,
inventario y balance.
3.2.- Declarar los impuestos mensuales.
3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO)
3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el
contribuyente.
CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR
4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL
LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una
retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a cien y 00/100 Nuevos
Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles.
4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes.
QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE
5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula
precedente a favor del LOCADOR.
5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente
contrato.
Celina Condor Carhuacusma
SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO
6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de
Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011.
6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato,
a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo
de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes
de la expiración del presente, en ambos casos.
6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará
automáticamente concluido.
SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO
7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato
tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas,
permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato,
comunicándolo a la otra mediante carta notarial.
7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la
obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda
del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la
resolución.
OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE
8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del
presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial
a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles.
8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este
contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en
general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo.
8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las
comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente
instrumento.
.
Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las
clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra
para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del
año 2007.
COMITENTELOCADOR
Celina Condor Carhuacusma
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que
celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº
10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le
denominaráEL COMITENTE y de la otra parte el Sr. PECHO MEZA EDGAR, con D.N.I.
Nº20676918, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos y
condiciones siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES
1.9 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la
prestación del servicio de un Contador.
1.10 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y
administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO
Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL
LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse.
TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR
3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja,
inventario y balance.
3.2.- Declarar los impuestos mensuales.
3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO)
3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el
contribuyente.
CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR
4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL
LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una
retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a cien y 00/100 Nuevos
Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles.
4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes.
QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE
5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula
precedente a favor del LOCADOR.
5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente
contrato.
Celina Condor Carhuacusma
SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO
6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de
Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011.
6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato,
a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo
de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes
de la expiración del presente, en ambos casos.
6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará
automáticamente concluido.
SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO
7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato
tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas,
permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato,
comunicándolo a la otra mediante carta notarial.
7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la
obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda
del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la
resolución.
OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE
8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del
presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial
a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles.
8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este
contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en
general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo.
8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las
comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente
instrumento.
.
Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las
clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra
para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del
año 2007.
COMITENTELOCADOR
Celina Condor Carhuacusma
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que
celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº
10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le
denominaráEL COMITENTE y de la otra parte la Sra. NANCY MELCHOR SOTO, con
D.N.I. Nº44032223, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos
y condiciones siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES
1.11 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la
prestación del servicio de un Contador.
1.12 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y
administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO
Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL
LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse.
TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR
3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja,
inventario y balance.
3.2.- Declarar los impuestos mensuales.
3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO)
3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el
contribuyente.
CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR
4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL
LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una
retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a cien y 00/100 Nuevos
Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles.
4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes.
QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE
5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula
precedente a favor del LOCADOR.
5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente
contrato.
Celina Condor Carhuacusma
SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO
6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de
Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011.
6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato,
a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo
de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes
de la expiración del presente, en ambos casos.
6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará
automáticamente concluido.
SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO
7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato
tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas,
permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato,
comunicándolo a la otra mediante carta notarial.
7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la
obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda
del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la
resolución.
OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE
8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del
presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial
a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles.
8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este
contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en
general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo.
8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las
comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente
instrumento.
.
Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las
clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra
para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del
año 2007.
COMITENTELOCADOR
Celina Condor Carhuacusma
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que
celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº
10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le
denominaráEL COMITENTE y de la otra parte la Sra. CANCHARI CARACUSMA
NOLBERTA, con D.N.I. Nº198224257, a quien en adelante se le denominaráEL
LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES
1.13 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la
prestación del servicio de un Contador.
1.14 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y
administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO
Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL
LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse.
TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR
3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja,
inventario y balance.
3.2.- Declarar los impuestos mensuales.
3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO)
3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el
contribuyente.
CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR
4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL
LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una
retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a cien y 00/100 Nuevos
Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles.
4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes.
QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE
5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula
precedente a favor del LOCADOR.
5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente
contrato.
Celina Condor Carhuacusma
SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO
6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de
Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011.
6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato,
a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo
de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes
de la expiración del presente, en ambos casos.
6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará
automáticamente concluido.
SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO
7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato
tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas,
permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato,
comunicándolo a la otra mediante carta notarial.
7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la
obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda
del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la
resolución.
OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE
8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del
presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial
a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles.
8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este
contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en
general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo.
8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las
comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente
instrumento.
.
Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las
clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra
para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del
año 2007.
COMITENTELOCADOR
Celina Condor Carhuacusma
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que
celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº
10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le
denominaráEL COMITENTE y de la otra parte la Sra. SOLEDAD JACINTA GALARZA
ROSALES, con D.N.I. Nº20680959, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR,
en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES
1.15 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la
prestación del servicio de un Contador.
1.16 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y
administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO
Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL
LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse.
TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR
3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja,
inventario y balance.
3.2.- Declarar los impuestos mensuales.
3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO)
3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el
contribuyente.
CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR
4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL
LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una
retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a cien y 00/100 Nuevos
Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles.
4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes.
QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE
5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula
precedente a favor del LOCADOR.
5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente
contrato.
Celina Condor Carhuacusma
SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO
6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de
Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011.
6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato,
a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo
de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes
de la expiración del presente, en ambos casos.
6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará
automáticamente concluido.
SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO
7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato
tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas,
permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato,
comunicándolo a la otra mediante carta notarial.
7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la
obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda
del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la
resolución.
OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE
8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del
presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial
a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles.
8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este
contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en
general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo.
8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las
comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente
instrumento.
.
Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las
clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra
para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del
año 2007.
COMITENTELOCADOR
Celina Condor Carhuacusma
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que
celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº
10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le
denominaráEL COMITENTE y de la otra parte el Sr. ANDRES HUAMAN GALARZA, con
D.N.I. Nº06131797, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos
y condiciones siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES
1.17 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la
prestación del servicio de un Contador.
1.18 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y
administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO
Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL
LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse.
TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR
3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja,
inventario y balance.
3.2.- Declarar los impuestos mensuales.
3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO)
3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el
contribuyente.
CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR
4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL
LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una
retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a doscientos y 00/100
Nuevos Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles.
4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes.
QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE
5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula
precedente a favor del LOCADOR.
5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente
contrato.
Celina Condor Carhuacusma
SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO
6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de
Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011.
6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato,
a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo
de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes
de la expiración del presente, en ambos casos.
6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará
automáticamente concluido.
SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO
7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato
tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas,
permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato,
comunicándolo a la otra mediante carta notarial.
7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la
obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda
del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la
resolución.
OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE
8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del
presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial
a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles.
8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este
contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en
general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo.
8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las
comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente
instrumento.
.
Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las
clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra
para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del
año 2007..
COMITENTELOCADOR
Celina Condor Carhuacusma
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que
celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº
10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le
denominaráEL COMITENTE y de la otra parte el Sr. CAPCHA MENDOZA FLORIANO,
con D.N.I. Nº19840662, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los
términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES
1.19 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la
prestación del servicio de un Contador.
1.20 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y
administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO
Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL
LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse.
TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR
3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja,
inventario y balance.
3.2.- Declarar los impuestos mensuales.
3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO)
3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el
contribuyente.
CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR
4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL
LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una
retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a doscientos y 00/100
Nuevos Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles.
4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes.
QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE
5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula
precedente a favor del LOCADOR.
5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente
contrato.
Celina Condor Carhuacusma
SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO
6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de
Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011.
6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato,
a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo
de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes
de la expiración del presente, en ambos casos.
6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará
automáticamente concluido.
SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO
7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato
tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas,
permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato,
comunicándolo a la otra mediante carta notarial.
7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la
obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda
del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la
resolución.
OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE
8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del
presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial
a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles.
8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este
contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en
general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo.
8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las
comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente
instrumento.
.
Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las
clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra
para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del
año 2007.
COMITENTELOCADOR
Celina Condor Carhuacusma
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que
celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº
10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le
denominaráEL COMITENTE y de la otra parte la Sra. ROBLES HURTADO ESTHER
EDME, con D.N.I. Nº20647700, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en
los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES
1.21 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la
prestación del servicio de un Contador.
1.22 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y
administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO
Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL
LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse.
TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR
3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja,
inventario y balance.
3.2.- Declarar los impuestos mensuales.
3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO)
3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el
contribuyente.
CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR
4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL
LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una
retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a doscientos y 00/100
Nuevos Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles.
4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes.
QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE
5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula
precedente a favor del LOCADOR.
5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente
contrato.
Celina Condor Carhuacusma
SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO
6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de
Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011.
6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato,
a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo
de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes
de la expiración del presente, en ambos casos.
6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará
automáticamente concluido.
SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO
7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato
tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas,
permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato,
comunicándolo a la otra mediante carta notarial.
7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la
obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda
del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la
resolución.
OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE
8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del
presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial
a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles.
8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este
contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en
general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo.
8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las
comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente
instrumento.
.
Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las
clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra
para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del
año 2007.
COMITENTELOCADOR
Celina Condor Carhuacusma
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que
celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº
10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le
denominaráEL COMITENTE y de la otra parte el Sr. ALEJANDRO JANAMPA RUA, con
D.N.I. Nº23470473, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos
y condiciones siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES
1.23 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la
prestación del servicio de un Contador.
1.24 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y
administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO
Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL
LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse.
TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR
3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja,
inventario y balance.
3.2.- Declarar los impuestos mensuales.
3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO)
3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el
contribuyente.
CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR
4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL
LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una
retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a doscientos y 00/100
Nuevos Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles.
4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes.
QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE
5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula
precedente a favor del LOCADOR.
5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente
contrato.
Celina Condor Carhuacusma
SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO
6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de
Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011.
6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato,
a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo
de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes
de la expiración del presente, en ambos casos.
6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará
automáticamente concluido.
SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO
7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato
tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas,
permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato,
comunicándolo a la otra mediante carta notarial.
7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la
obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda
del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la
resolución.
OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE
8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del
presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial
a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles.
8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este
contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en
general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo.
8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las
comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente
instrumento.
.
Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las
clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra
para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del
año 2007.
COMITENTELOCADOR
Celina Condor Carhuacusma
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que
celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº
10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le
denominaráEL COMITENTE y de la otra parte el Sr. FRANCISCO GRABEL ROMERO,
con D.N.I. Nº42404499, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los
términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES
1.25 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la
prestación del servicio de un Contador.
1.26 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y
administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO
Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL
LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse.
TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR
3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja,
inventario y balance.
3.2.- Declarar los impuestos mensuales.
3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO)
3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el
contribuyente.
CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR
4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL
LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una
retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a ciento cincuenta y 00/100
Nuevos Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles.
4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes.
QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE
5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula
precedente a favor del LOCADOR.
5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente
contrato.
Celina Condor Carhuacusma
SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO
6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de
Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011.
6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato,
a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo
de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes
de la expiración del presente, en ambos casos.
6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará
automáticamente concluido.
SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO
7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato
tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas,
permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato,
comunicándolo a la otra mediante carta notarial.
7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la
obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda
del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la
resolución.
OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE
8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del
presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial
a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles.
8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este
contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en
general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo.
8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las
comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente
instrumento.
.
Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las
clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra
para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del
año 2007.
COMITENTELOCADOR
Celina Condor Carhuacusma
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que
celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº
10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le
denominaráEL COMITENTE y de la otra parte a la Empresa FEDERICO VILLARREAL
S.A.C con RUC Nº 20486840413, debidamente representado por el gerente general con
D.N.I. Nº42404499, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos
y condiciones siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES
1.27 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la
prestación del servicio de un Contador.
1.28 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y
administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO
Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL
LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse.
TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR
3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja,
inventario y balance, Libro mayor, Activos fijos.
3.2.- Declarar los impuestos mensuales.
3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO)
3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el
contribuyente.
CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR
4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL
LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una
retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a cien y 00/100 Nuevos
Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles.
4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes.
QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE
5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula
precedente a favor del LOCADOR.
Celina Condor Carhuacusma
5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente
contrato.
SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO
6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de Junio
del año 2,008, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,012.
6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato,
a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo
de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes
de la expiración del presente, en ambos casos.
6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará
automáticamente concluido.
SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO
7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato
tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas,
permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato,
comunicándolo a la otra mediante carta notarial.
7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la
obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda
del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la
resolución.
OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE
8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del
presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial
a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles.
8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este
contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en
general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo.
8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las
comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente
instrumento.
.
Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las
clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra
para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Junio del
año 2007.
COMITENTELOCADOR
Celina Condor Carhuacusma
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que
celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº
10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le
denominaráEL COMITENTE y de la otra parte a la EMPRESA METAL MECANICA,
DANILLO, IVAN, DANTE S.A.C, cuyo representante Danilo Gomez Escobar con D.N.I. Nº
42238646, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos y
condiciones siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES
1.29 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la
prestación del servicio de un Contador.
1.30 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y
administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO
Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL
LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse.
TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR
3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja,
inventario y balance.
3.2.- Declarar los impuestos mensuales.
3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO)
3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el
contribuyente.
CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR
4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL
LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una
retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a cien y 00/100 Nuevos
Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles.
4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes.
QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE
5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula
precedente a favor del LOCADOR.
5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente
contrato.
Celina Condor Carhuacusma
SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO
6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de
Agostodel año 2,008, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011.
6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato,
a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo
de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes
de la expiración del presente, en ambos casos.
6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará
automáticamente concluido.
SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO
7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato
tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas,
permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato,
comunicándolo a la otra mediante carta notarial.
7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la
obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda
del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la
resolución.
OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE
8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del
presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial
a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles.
8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este
contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en
general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo.
8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las
comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente
instrumento.
.
Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las
clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra
para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Agosto
del año 2007.
COMITENTELOCADOR
Celina Condor Carhuacusma
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que
celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº
10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le
denominaráEL COMITENTE y de la otra parte a la EMPRESA SYSTEM COMPUTER
E.I.R.L cuyo representante Wilde Gandhi Salazar Vila, con D.N.I. Nº 08599353, a quien en
adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES
1.31 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la
prestación del servicio de un Contador.
1.32 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y
administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO
Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL
LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse.
TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR
3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja,
inventario y balance, Libro mayor, Planillas, Libro de Activos Fijos.
3.2.- Declarar los impuestos mensuales.
3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO)
3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el
contribuyente.
CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR
4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL
LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una
retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a cien y 00/100 Nuevos
Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles.
4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes.
QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE
5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula
precedente a favor del LOCADOR.
5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente
contrato.
Celina Condor Carhuacusma
SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO
6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de
Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011.
6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato,
a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo
de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes
de la expiración del presente, en ambos casos.
6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará
automáticamente concluido.
SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO
7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato
tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas,
permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato,
comunicándolo a la otra mediante carta notarial.
7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la
obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda
del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la
resolución.
OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE
8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del
presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial
a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles.
8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este
contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en
general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo.
8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las
comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente
instrumento.
.
Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las
clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra
para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del
año 2007.
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  • 1. Celina Condor Carhuacusma CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que celebran de una parte,LA EMPRESA ANDINA MEDICAL CENTER E.I.R.L.,con RUC Nº20568062702,con domicilio en la Av. Evitamiento Nº 977– El Tambo,a quien en adelante se le denominaráEL COMITENTE y de la otra parteAUGUSTO ANGEL GAMARRA ARRUNATEGUI ,con RUC Nº 10200303119,con domicilio en la Psje. Travezan Nº 307 – El Tambo,a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: ANTECEDENTES 1.1 EL COMITENTE es una empresa dedicada a los servicios de actividades relacionadas con la salud humana, que requiere la prestación del servicio de un Gerente Administrativo. 1.2 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y administrativa relacionados con la Administración y Gerencia de Empresas. SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO 2.1Por intermedio del presente contrato EL COMITENTE contrata los servicios de EL LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse. TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR 3.1 Asesorar a la empresa administrativamente en la toma de decisiones y otros puntos que requiera el contribuyente, por dos días a la semana. CUARTO: RETRIBUCION DEL LOCADOR 4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una retribución mensual neta a favor del LOCADORascendente a Un Mil Doscientos y 00/100 Nuevos Soles. 4.2 La retribución deberá ser abonada al finalizar el mes. QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE 5.1Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula precedente a favor del LOCADOR. SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO 6.1 El presente contrato tendrá una duración de 1 año, computados desde el 01 de Agosto del año 2011, debiendo culminar al 31 de Julio del año 2012. 6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato, a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo de vigencia o
  • 2. Celina Condor Carhuacusma de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes de la expiración del presente, en ambos casos. 6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará automáticamente concluido. SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO 7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas, permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato, comunicándolo a la otra mediante carta notarial. 7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la resolución. OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE 8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles. 8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo. 8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente instrumento. Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes y cada una de las clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Agosto del año 2011. COMITENTELOCADOR
  • 3. Celina Condor Carhuacusma CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que celebran de una parte,LA EMPRESA CENTRO MEDICO VIRGEN DEL PILAR E.I.R.L.,con RUC Nº 20538892981,con domicilio en la Jr. Mariscal Miller Nº 1665– Lince - Lima,a quien en adelante se le denominaráEL COMITENTE y de la otra parteAUGUSTO ANGEL GAMARRA ARRUNATEGUI ,con RUC Nº 10200303119,con domicilio en la Psje. Travezan Nº 307 – El Tambo,a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: ANTECEDENTES 1.3 EL COMITENTE es una empresa dedicada a los servicios de actividades, relacionadas con la salud humana, que requiere la prestación del servicio de un Gerente Administrativo. 1.4 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y administrativa relacionados con la Administración y Gerencia de Empresas. SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO 2.1Por intermedio del presente contrato EL COMITENTE contrata los servicios de EL LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse. TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR 3.1 Asesorar a la empresa administrativamente, en la tomas de decisiones y otros puntos que requiera la Empresa. CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR 4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a Un Mil trescientos y 00/100 Nuevos Soles. 4.2La retribución deberá ser abonada al finalizar el mes. QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE 5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula precedente a favor del LOCADOR. SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO 6.1 El presente contrato tendrá una duración de 1 año computados desde el 01 de Enero del año 2011, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2011.
  • 4. Celina Condor Carhuacusma 6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato, a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes de la expiración del presente, en ambos casos. 6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará automáticamente concluido. SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO 7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas, permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato, comunicándolo a la otra mediante carta notarial. 7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la resolución. OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE 8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles. 8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo. 8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente instrumento. Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes y cada una de las clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra para EL LOCADOR, en la ciudad de Lima, a los primeros días del mes de Enero del año 2011. COMITENTE LOCADOR
  • 5. Celina Condor Carhuacusma CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº 10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le denominaráEL COMITENTE y de la otra parte el Sr. FELIX JACOBI GILBERTO, con D.N.I. Nº23681448, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: ANTECEDENTES 1.5 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la prestación del servicio de un Contador. 1.6 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública. SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse. TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR 3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja, inventario y balance. 3.2.- Declarar los impuestos mensuales. 3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO) 3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el contribuyente. CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR 4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a cien y 00/100 Nuevos Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles. 4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes. QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE 5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula precedente a favor del LOCADOR. 5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente contrato.
  • 6. Celina Condor Carhuacusma SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO 6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011. 6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato, a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes de la expiración del presente, en ambos casos. 6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará automáticamente concluido. SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO 7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas, permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato, comunicándolo a la otra mediante carta notarial. 7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la resolución. OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE 8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles. 8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo. 8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente instrumento. . Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del año 2007. COMITENTELOCADOR
  • 7. Celina Condor Carhuacusma CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº 10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le denominaráEL COMITENTE y de la otra parte la Sra. PEREZ LOPEZ LOURDES, con D.N.I. Nº20068735, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: ANTECEDENTES 1.7 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la prestación del servicio de un Contador. 1.8 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública. SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse. TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR 3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja, inventario y balance. 3.2.- Declarar los impuestos mensuales. 3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO) 3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el contribuyente. CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR 4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a cien y 00/100 Nuevos Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles. 4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes. QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE 5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula precedente a favor del LOCADOR. 5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente contrato.
  • 8. Celina Condor Carhuacusma SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO 6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011. 6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato, a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes de la expiración del presente, en ambos casos. 6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará automáticamente concluido. SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO 7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas, permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato, comunicándolo a la otra mediante carta notarial. 7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la resolución. OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE 8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles. 8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo. 8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente instrumento. . Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del año 2007. COMITENTELOCADOR
  • 9. Celina Condor Carhuacusma CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº 10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le denominaráEL COMITENTE y de la otra parte el Sr. PECHO MEZA EDGAR, con D.N.I. Nº20676918, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: ANTECEDENTES 1.9 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la prestación del servicio de un Contador. 1.10 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública. SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse. TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR 3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja, inventario y balance. 3.2.- Declarar los impuestos mensuales. 3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO) 3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el contribuyente. CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR 4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a cien y 00/100 Nuevos Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles. 4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes. QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE 5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula precedente a favor del LOCADOR. 5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente contrato.
  • 10. Celina Condor Carhuacusma SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO 6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011. 6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato, a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes de la expiración del presente, en ambos casos. 6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará automáticamente concluido. SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO 7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas, permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato, comunicándolo a la otra mediante carta notarial. 7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la resolución. OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE 8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles. 8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo. 8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente instrumento. . Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del año 2007. COMITENTELOCADOR
  • 11. Celina Condor Carhuacusma CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº 10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le denominaráEL COMITENTE y de la otra parte la Sra. NANCY MELCHOR SOTO, con D.N.I. Nº44032223, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: ANTECEDENTES 1.11 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la prestación del servicio de un Contador. 1.12 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública. SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse. TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR 3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja, inventario y balance. 3.2.- Declarar los impuestos mensuales. 3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO) 3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el contribuyente. CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR 4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a cien y 00/100 Nuevos Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles. 4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes. QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE 5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula precedente a favor del LOCADOR. 5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente contrato.
  • 12. Celina Condor Carhuacusma SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO 6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011. 6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato, a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes de la expiración del presente, en ambos casos. 6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará automáticamente concluido. SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO 7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas, permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato, comunicándolo a la otra mediante carta notarial. 7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la resolución. OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE 8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles. 8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo. 8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente instrumento. . Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del año 2007. COMITENTELOCADOR
  • 13. Celina Condor Carhuacusma CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº 10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le denominaráEL COMITENTE y de la otra parte la Sra. CANCHARI CARACUSMA NOLBERTA, con D.N.I. Nº198224257, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: ANTECEDENTES 1.13 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la prestación del servicio de un Contador. 1.14 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública. SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse. TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR 3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja, inventario y balance. 3.2.- Declarar los impuestos mensuales. 3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO) 3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el contribuyente. CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR 4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a cien y 00/100 Nuevos Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles. 4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes. QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE 5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula precedente a favor del LOCADOR. 5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente contrato.
  • 14. Celina Condor Carhuacusma SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO 6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011. 6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato, a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes de la expiración del presente, en ambos casos. 6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará automáticamente concluido. SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO 7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas, permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato, comunicándolo a la otra mediante carta notarial. 7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la resolución. OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE 8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles. 8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo. 8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente instrumento. . Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del año 2007. COMITENTELOCADOR
  • 15. Celina Condor Carhuacusma CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº 10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le denominaráEL COMITENTE y de la otra parte la Sra. SOLEDAD JACINTA GALARZA ROSALES, con D.N.I. Nº20680959, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: ANTECEDENTES 1.15 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la prestación del servicio de un Contador. 1.16 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública. SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse. TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR 3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja, inventario y balance. 3.2.- Declarar los impuestos mensuales. 3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO) 3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el contribuyente. CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR 4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a cien y 00/100 Nuevos Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles. 4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes. QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE 5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula precedente a favor del LOCADOR. 5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente contrato.
  • 16. Celina Condor Carhuacusma SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO 6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011. 6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato, a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes de la expiración del presente, en ambos casos. 6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará automáticamente concluido. SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO 7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas, permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato, comunicándolo a la otra mediante carta notarial. 7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la resolución. OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE 8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles. 8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo. 8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente instrumento. . Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del año 2007. COMITENTELOCADOR
  • 17. Celina Condor Carhuacusma CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº 10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le denominaráEL COMITENTE y de la otra parte el Sr. ANDRES HUAMAN GALARZA, con D.N.I. Nº06131797, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: ANTECEDENTES 1.17 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la prestación del servicio de un Contador. 1.18 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública. SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse. TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR 3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja, inventario y balance. 3.2.- Declarar los impuestos mensuales. 3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO) 3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el contribuyente. CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR 4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a doscientos y 00/100 Nuevos Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles. 4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes. QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE 5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula precedente a favor del LOCADOR. 5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente contrato.
  • 18. Celina Condor Carhuacusma SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO 6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011. 6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato, a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes de la expiración del presente, en ambos casos. 6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará automáticamente concluido. SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO 7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas, permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato, comunicándolo a la otra mediante carta notarial. 7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la resolución. OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE 8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles. 8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo. 8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente instrumento. . Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del año 2007.. COMITENTELOCADOR
  • 19. Celina Condor Carhuacusma CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº 10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le denominaráEL COMITENTE y de la otra parte el Sr. CAPCHA MENDOZA FLORIANO, con D.N.I. Nº19840662, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: ANTECEDENTES 1.19 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la prestación del servicio de un Contador. 1.20 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública. SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse. TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR 3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja, inventario y balance. 3.2.- Declarar los impuestos mensuales. 3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO) 3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el contribuyente. CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR 4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a doscientos y 00/100 Nuevos Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles. 4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes. QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE 5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula precedente a favor del LOCADOR. 5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente contrato.
  • 20. Celina Condor Carhuacusma SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO 6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011. 6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato, a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes de la expiración del presente, en ambos casos. 6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará automáticamente concluido. SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO 7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas, permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato, comunicándolo a la otra mediante carta notarial. 7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la resolución. OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE 8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles. 8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo. 8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente instrumento. . Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del año 2007. COMITENTELOCADOR
  • 21. Celina Condor Carhuacusma CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº 10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le denominaráEL COMITENTE y de la otra parte la Sra. ROBLES HURTADO ESTHER EDME, con D.N.I. Nº20647700, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: ANTECEDENTES 1.21 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la prestación del servicio de un Contador. 1.22 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública. SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse. TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR 3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja, inventario y balance. 3.2.- Declarar los impuestos mensuales. 3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO) 3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el contribuyente. CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR 4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a doscientos y 00/100 Nuevos Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles. 4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes. QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE 5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula precedente a favor del LOCADOR. 5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente contrato.
  • 22. Celina Condor Carhuacusma SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO 6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011. 6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato, a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes de la expiración del presente, en ambos casos. 6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará automáticamente concluido. SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO 7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas, permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato, comunicándolo a la otra mediante carta notarial. 7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la resolución. OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE 8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles. 8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo. 8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente instrumento. . Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del año 2007. COMITENTELOCADOR
  • 23. Celina Condor Carhuacusma CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº 10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le denominaráEL COMITENTE y de la otra parte el Sr. ALEJANDRO JANAMPA RUA, con D.N.I. Nº23470473, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: ANTECEDENTES 1.23 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la prestación del servicio de un Contador. 1.24 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública. SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse. TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR 3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja, inventario y balance. 3.2.- Declarar los impuestos mensuales. 3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO) 3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el contribuyente. CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR 4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a doscientos y 00/100 Nuevos Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles. 4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes. QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE 5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula precedente a favor del LOCADOR. 5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente contrato.
  • 24. Celina Condor Carhuacusma SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO 6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011. 6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato, a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes de la expiración del presente, en ambos casos. 6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará automáticamente concluido. SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO 7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas, permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato, comunicándolo a la otra mediante carta notarial. 7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la resolución. OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE 8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles. 8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo. 8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente instrumento. . Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del año 2007. COMITENTELOCADOR
  • 25. Celina Condor Carhuacusma CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº 10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le denominaráEL COMITENTE y de la otra parte el Sr. FRANCISCO GRABEL ROMERO, con D.N.I. Nº42404499, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: ANTECEDENTES 1.25 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la prestación del servicio de un Contador. 1.26 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública. SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse. TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR 3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja, inventario y balance. 3.2.- Declarar los impuestos mensuales. 3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO) 3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el contribuyente. CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR 4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a ciento cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles. 4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes. QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE 5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula precedente a favor del LOCADOR. 5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente contrato.
  • 26. Celina Condor Carhuacusma SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO 6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011. 6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato, a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes de la expiración del presente, en ambos casos. 6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará automáticamente concluido. SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO 7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas, permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato, comunicándolo a la otra mediante carta notarial. 7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la resolución. OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE 8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles. 8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo. 8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente instrumento. . Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del año 2007. COMITENTELOCADOR
  • 27. Celina Condor Carhuacusma CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº 10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le denominaráEL COMITENTE y de la otra parte a la Empresa FEDERICO VILLARREAL S.A.C con RUC Nº 20486840413, debidamente representado por el gerente general con D.N.I. Nº42404499, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: ANTECEDENTES 1.27 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la prestación del servicio de un Contador. 1.28 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública. SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse. TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR 3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja, inventario y balance, Libro mayor, Activos fijos. 3.2.- Declarar los impuestos mensuales. 3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO) 3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el contribuyente. CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR 4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a cien y 00/100 Nuevos Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles. 4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes. QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE 5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula precedente a favor del LOCADOR.
  • 28. Celina Condor Carhuacusma 5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente contrato. SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO 6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de Junio del año 2,008, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,012. 6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato, a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes de la expiración del presente, en ambos casos. 6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará automáticamente concluido. SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO 7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas, permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato, comunicándolo a la otra mediante carta notarial. 7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la resolución. OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE 8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles. 8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo. 8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente instrumento. . Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Junio del año 2007. COMITENTELOCADOR
  • 29. Celina Condor Carhuacusma CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº 10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le denominaráEL COMITENTE y de la otra parte a la EMPRESA METAL MECANICA, DANILLO, IVAN, DANTE S.A.C, cuyo representante Danilo Gomez Escobar con D.N.I. Nº 42238646, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: ANTECEDENTES 1.29 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la prestación del servicio de un Contador. 1.30 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública. SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse. TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR 3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja, inventario y balance. 3.2.- Declarar los impuestos mensuales. 3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO) 3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el contribuyente. CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR 4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a cien y 00/100 Nuevos Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles. 4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes. QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE 5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula precedente a favor del LOCADOR. 5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente contrato.
  • 30. Celina Condor Carhuacusma SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO 6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de Agostodel año 2,008, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011. 6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato, a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes de la expiración del presente, en ambos casos. 6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará automáticamente concluido. SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO 7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas, permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato, comunicándolo a la otra mediante carta notarial. 7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la resolución. OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE 8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles. 8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo. 8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente instrumento. . Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Agosto del año 2007. COMITENTELOCADOR
  • 31. Celina Condor Carhuacusma CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS que celebran de una parte,BELISA MARIBEL CONDOR CARHUACUSMA,con RUC Nº 10212842554,con domicilio en la Jr. Independencia 677 - Umuto,a quien en adelante se le denominaráEL COMITENTE y de la otra parte a la EMPRESA SYSTEM COMPUTER E.I.R.L cuyo representante Wilde Gandhi Salazar Vila, con D.N.I. Nº 08599353, a quien en adelante se le denominaráEL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: ANTECEDENTES 1.31 EL COMITENTE es una empresa dedicada a la contabilidad, que requiere la prestación del servicio de un Contador. 1.32 EL LOCADOR declara desarrollarse en actividades de esta índole operacional y administrativa relacionados con la contabilidad Privada y Pública. SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO Por intermedio del presente contrato EL COMITANTE contrata los servicios de EL LOCADOR a fin de que este preste servicios en los que declara desarrollarse. TERCERO: OBLIGACIONES DEL LOCADOR 3.1.- Llevar los libros contables, como registro de ventas, registro de compras, libro caja, inventario y balance, Libro mayor, Planillas, Libro de Activos Fijos. 3.2.- Declarar los impuestos mensuales. 3.3.- Presentar los Estados Financieros (EL BALANCE ANUAL DE CADA AÑO) 3.4.- Asesorar tributariamente y contablemente y otros puntos que requiera el contribuyente. CUARTO RETRIBUCION DEL LOCADOR 4.1 Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato que prestaráEL LOCADOR, referidos en clausula tercera precedente, las partes acuerdan fijar una retribución mensual neta a favor del LOCADOR ascendente a cien y 00/100 Nuevos Soles) mensuales, y el balance anual la suma de S/. 200.00 Nuevos Soles. 4.2 Tales sumas deberán ser abonadas al finalizar el mes. QUINTO: OBLIGACIONES DEL COMITENTE 5.1 Deberá cumplir puntualmente con el pago de la retribución acordada en la clausula precedente a favor del LOCADOR. 5.2 Deberá cumplir con lo descrito en el numeral 3.4 de la clausula tercera del presente contrato.
  • 32. Celina Condor Carhuacusma SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO 6.1 El presente contrato tendrá una duración de 5 años, computados desde el 01 de Enero del año 2,007, debiendo culminar al 31 de Diciembre del año 2,011. 6.2 No obstante lo anterior, las partes podrán acordar la renovación del presente contrato, a cuyo efecto deberán llegar a un acuerdo a un acuerdo por escrito sobre el nuevo plazo de vigencia o de condiciones contractuales, o la celebración de un nuevo contrato, antes de la expiración del presente, en ambos casos. 6.3 Si no se llegase a un acuerdo por escrito, el presente contrato quedará automáticamente concluido. SEPTIMO: RESOLUCION DEL CONTRATO 7.1 Las partes acuerdan que todas y cada una de las clausulas del presente contrato tienen la condición de esenciales, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellas, permitirá que la parte afectada pueda declarar automáticamente resuelto este contrato, comunicándolo a la otra mediante carta notarial. 7.2 De producirse la resolución del presente contrato EL COMITENTE no tendrá la obligación de abonar suma alguna adicional a EL LOCADOR, salvo que le corresponda del monto pactado por los días transcurridos en la semana en que se materialice la resolución. OCTAVO: DOMICILIO, NOTIFICACIONES Y FUERO APLICABLE 8.1 Las partes señalan como sus domicilios los que se indican en la introducción del presente contrato siendo entendido que solo podrán variarse previa comunicación notarial a la otra parte, con una anticipación no menor de 5 días útiles. 8.2 Al domicilio así señalando cursarse todas las comunicaciones en ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución de este contrato, y en general para todo lo que se refiere a la ejecución y cumplimiento del mismo. 8.3 Si no se observaran estas formalidades para el cambio de domicilio, surten efecto las comunicaciones que se dirijan al domicilio señalando en la introducción del presente instrumento. . Se firma este contrato con la previa ratificación de las partes de todas y cada una de las clausulas del mismo, en dos ejemplares de igual tenor, uno para EL COMITENTE y otra para EL LOCADOR, en la ciudad de Huancayo, a los primeros días del mes de Enero del año 2007. COMITENTELOCADOR