REGLAMENTO DEL APRENDIZ SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA.pdf
Contrato geodesia
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CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
DE GEODESIA
Conste por el presente documento, el Contrato de LOCACIÓN DE SERVICIOS que celebran
de una parte el CHINA RA ILW A Y 20 B URE A U GROUP CORP ORA TIO N
S UCURS A L DE L P E RU , con R.U.C. N." 20603696574, domiciliada en la Calle
2,120, San Isidro, Representada por su Gerente General, el señor ZHAO YUBO,
identificado con PASAPORTE N.º PE1084022 a quien en adelante se les denominará LA
EMPRESA, y de la otra parte la empresa “CAZU TOPOGRAFIA & CONSTRUCCIONES
EIRL con RUC 20600635116, domiciliada Car. Panamericana Nº 445 C.P.M. Pacanguilla –
Chepen – La Libertad, debidamente representada por su Gerente Alvaro Carriòn Cárdenas
Identificado con DNI N° 19326184 a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR en
los términos siguientes:
ANTECEDENTES:
LA EMPRESA, CHINA RAILWAY 20 BUREAU GROUP CORPORATION SUCURSAL DEL
PERU, ha suscrito contrato con el PROVIAS NACIONAL con el objeto de elaborar
“ESTUDIO DE GEODESIA DE LA CARRETERA HUANUCO – LA UNION”, al cual se le
denominará EL PROYECTO, para lo cual, se requiere la participación de EL LOCADOR
desempeñándose como proveedor del servicio de Topografía para el servicio necesario
para el correcto desarrollo de EL PROYECTO.
EL LOCADOR es una Empresa Jurídica dedicada a brindar servicios de Ingeniería y
Conexas.
CLAUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO
Por el presente documento EL LOCADOR se obliga a prestar sus servicios en la
especialidad de GEODESIA para 24 Puntos Geodésicos para la mencionada carretera dicho
servicio lo realiza a título de locación de servicio, a favor de LA EMPRESA, para el
PROYECTO, según los Términos de Referencia, Propuesta Técnica Económica Ofertado
por EL LOCADOR y demás documentos contractuales.
CLAUSULA SEGUNDA: DE LOS SERVICIOS
EL LOCADOR desempeñará los servicios de manera independiente, con la diligencia
debida y comprometiéndose a ejecutar los servicios materia de este contrato utilizando
toda su experiencia y conocimientos, con sujeción a lo dispuesto en la cláusula quinta y
séptima de este contrato.
Queda expresamente acordado, que EL LOCADOR brindará sus servicios con personal
equipos y materiales propios que se indican en su cotización presentada y de acuerdo a los
TDR que declara conocer.
CLAUSULA TERCERA: RETRIBUCION y FORMA DE PAGO
Las partes acuerdan que el monto por concepto de los servicios que EL LOCADOR
prestará a LA EMPRESA y éste pagará a aquella en calidad de contraprestación
asciende a la suma de S/. 14,441.47 (son: catorce mil cuatrocientos cuarenta y uno con
47/100 Soles) incluido el IGV, previa presentación de la factura correspondiente.
Los servicios antes mencionados se cancelarán de la siguiente forma:
50% de Adelanto a la Firma del contrato:
50% A la culminación de los trabajos y presentación del informe.
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El monto es a suma alzada e incluye viáticos, personal, materiales, equipos y cualquier otro
gasto que se requiera para el cumplir con el objeto del servicio.
Las cuentas del LOCADOR, para realizar los pagos son las siguientes:
CUENTA DETRACION DEL BANCO DE NACION 00812027964
A NOMBRE DE CAZU TOPOGRAFÍA & CONSTRUCCIONES EIRL
CUENTA CORRIENTE SOLES DEL BANCO BBVA CONTINENTAL:
Nº 0011-0247-0100024202
CUENTA INTERBANCARIA CCI: 011 - 247 - 000100024202 – 42
A NOMBRE DE CAZU TOPOGRAFÍA & CONSTRUCCIONES EIRL
CLAUSULA CUARTA: VIGENCIA Y PLAZO
El presente contrato empieza a regir a partir de la firma del presente contrato hasta la
Aprobación de Estudio en la especialidad de Geodesia por parte del cliente, no obstante, lo
indicado, LA EMPRESA podrá ponerle fin en cualquier momento y sin expresión de causa,
bastando para ello que se curse una comunicación por escrito a EL LOCADOR.
El plazo para la Ejecución del servicio es de 06 días calendarios contados desde la firma del
presente contrato.
CLAUSULA QUINTA: NATURALEZA DEL CONTRATO
El presente Contrato es de naturaleza civil, por lo tanto, queda establecido que EL
LOCADOR, no está sujeto a relación de dependencia frente a LA EMPRESA y en tal
sentido aquélla tiene plena libertad en el ejercicio de sus servicios profesionales, procurando
cautelar eficientemente los intereses de éste respetando los plazos establecidos en los
TDR.
CLAUSULA SEXTA: OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE
6.1 Pagar a EL LOCADOR el monto pactado, en la forma, oportunidad y cantidad
establecida conforme al presente Contrato.
6.2 Cooperar con EL LOCADOR en todo lo que resulte pertinente y acorde con la naturaleza
del objeto del presente contrato.
6.3 Proporcionar a EL LOCADOR la información y documentación requerida para la
prestación de los Servicios y, de ser el caso, instruir a su personal para que le preste la
colaboración que resulte necesaria.
6.4 En general, participar interactivamente con EL LOCADOR para la adecuada ejecución y
desarrollo de la prestación de los servicios.
CLAUSULA SEPTIMA: OBLIGACIONES DE EL LOCADOR
7.1 EL LOCADOR se obliga a ejecutar la prestación a su cargo en la forma más diligente
posible, para lo cual declara conocer los Términos de Referencia de EL PROYECTO.
7.2 EL LOCADOR está obligado a informar a LA EMPRESA sobre el avance o desarrollo de
los servicios contratados, para lo cual se compromete a asistir a las reuniones de
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coordinación requeridas por LA EMPRESA, conforme a lo acordado entre las partes.
7.3 EL LOCADOR es responsable por la calidad del servicio ofrecido.
7.4 EL LOCADOR cumplirá con las obligaciones asumidas de acuerdo a lo señalado en la
cláusula primera, y en caso de abandono, desempeño insuficiente o negligente
debidamente comprobado que paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la
prestación, se le requerirá corregir en el momento o en su defecto podrá ser causal de
resolución de contrato.
7.5 EL LOCADOR está obligado a cumplir tanto las disposiciones en materia de Seguridad y
Salud en el Trabajo establecida en las Leyes vigentes, así como la Política y
Procedimientos de Calidad de LA EMPRESA.
7.6 El LOCADOR, esta obligado a entregar el procesamiento de los datos de campo de
cada punto geodésicos para obtener valores absolutos UTM y coordenadas
topográficas, así como ubicación de datos en Civil 3D y ARCGIS.
7.7 El LOCADOR, está obligado a entregar el informe de los 24 puntos geodésicos,
incluyendo fichas técnicas según formato standard del IGN
CLAUSULA OCTAVA: PROHIBICION DE CESION DE DERECHO O DE CESION DE
POSICION CONTRACTUAL
Las partes acuerdan que EL LOCADOR no podrá ceder total o parcial su posición en el
presente contrato, ni celebrar subcontratos respecto del mismo, ni ceder a terceros los
derechos que se derivan de éste, sin autorización previa de la contraparte manifestada
por escrito. El incumplimiento de esta obligación facultará a LA EMPRESA a resolver el
contrato de pleno derecho, exigiendo la indemnización que corresponda por los daños y
perjuicios irrogados.
CLAUSULA NOVENA: DE LAS PENALIDADES
En caso de incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones en los plazos contemplados en
el presente Contrato, EL LOCADOR abonará a LA EMPRESA por concepto de penalidad el
3/1000 (tres por mil) del importe total del Contrato incluido el IGV, por cada día de atraso. El
importe total de la penalidad no podrá exceder del 10% del monto del Contrato.
En el supuesto que se produzca un incumplimiento por parte de EL LOCADOR que haya
generado la aplicación de una penalidad mayor al 10% del monto del Contrato, LA
EMPRESA de manera unilateral, podrá resolver el presente Contrato mediando carta notarial
que comunique dicha resolución. No obstante, LA EMPRESA se reserva las acciones legales
que le correspondan para el resarcimiento de daños y perjuicios.
CLAUSULA DECIMA: CONFIDENCIALIDAD
EL LOCADOR se obliga a guardar la más absoluta reserva y confidencialidad respecto de
la información, datos y documentos de LA EMPRESA o de sus operaciones, de las
cuales tuviese conocimiento o a los cuales hubiese accedido como consecuencia de la
ejecución de este contrato, comprometiéndose a no divulgarlos a terceros, salvo autorización
previa y por escrito de LA EMPRESA o requerimiento judicial. Esta obligación
permanecerá vigente aún después de concluido el contrato y su incumplimiento
generará la obligación de pago de la indemnización por los daños y perjuicios a que hubiere
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lugar.
CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA: DOMICILIO Y COMUNICACIONES
Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones a las partes, con motivo de
la ejecución de este contrato, ambas señalan como sus respectivos domicilios los
indicados en la parte introductoria de este documento, teniéndose por bien hechas las
notificaciones judiciales y extrajudiciales realizadas en ellas. El cambio de domicilio de
cualquier de las partes surtirá efecto desde la fecha de comunicación de dicho cambio a
la otra parte, por cualquier medio escrito.
Para los fines del presente contrato, constituyen formas válidas de comunicación las que se
efectúen por medios electrónicos, para lo cual se utilizarán las direcciones electrónicas
indicadas:
LA EMPRESA
rrios@geoconsultperu.com, ecourt@geoconsultperu.com, secretaria@geoconsultperu.com
EL LOCADOR
ascarrionc@gmail.com
CLAUSULA DECIMO TERCERA: LEY APLICABLE Y COMPETENCIA JUDICIAL
Las partes acuerdan que el presente contrato se rige exclusivamente por las leyes de la
República del Perú.
Las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Jueces, Cortes y Tribunales
de Lima, renunciando expresamente al fuero de su propio domicilio, para la solución de
cualquier conflicto o controversia que pudiera surgir con ocasión de su celebración,
interpretación o ejecución.
CLAUSULA DECIMO CUARTA: OTRAS CAUSALES DE RESOLUCION DE CONTRATO
14.1 A decisión de LA EMPRESA de dar por terminado el contrato sin necesidad de
expresión de motivo, lo cual deberá comunicar por escrito mediante Carta Notarial o
Simple a EL LOCADOR con cinco (05) días calendarios de anticipación.
14.2 La decisión de EL LOCADOR de dar por terminado el contrato sin necesidad de
expresión de motivo, deberá ser comunicada a LA EMPRESA mediante Carta
Notarial o Simple, con no menos de cinco (05) días calendarios de anticipación.
14.3 El incumplimiento por parte de EL LOCADOR de cualquiera de las obligaciones
asumidas en el presente contrato.
En señal de conformidad, las partes suscriben por duplicado el presente documento a
los 10 días del mes de Setiembre de 2018.
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CAZU CHI NA RAI L W AY 20 BUREAU
CORP ORAT I O N S UCURS AL DEL
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Álvaro Carrión Cárdenas
GERENTE Gerente General