Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Modelo contrato locación de servicios
1. CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Conste por el presente documento que se extiende por triplicado, el Contrato de Trabajo para
Servicio Personales, que celebran de una parte la parte la
con RUC Nº domiciliada en Av. , Distrito de
, Provincia de Islay a la que en adelante se denominará EL COMITENTE, debidamente
representada por el Gerente , identificado con DNI Nº
; y, de la otra parte la señora , identificada con DNI Nº
, con domicilio en– , Distrito de
, Provincia de , Departamento de Arequipa, a quien en adelante se le
denominará LA LOCADORA, en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERO: DE LOS ANTECEDENTES.
La Municipalidad, como gobierno local y de acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalidades,
Ley Nº 27972, requiere de los servicios de la señora , para que
preste sus servicios por los conceptos detallados en la cláusula tercera del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: DEL OBJETO DEL CONTRATO.
Es causa objetiva determinante de la contratación para servicio Personales, la emergencia por
reorganización y reestructuración administrativa por renovación de autoridades del gobierno
municipal que fue acordada en sesión de consejo del día 07 de enero del 2015, por lo cual EL
EMPLEADOR requiere cubrir temporalmente las necesidades de recursos humanos.
CLÁUSULA TERCERA: ACTIVIDADES A DESARROLLAR.
Las labores que se encargan a LA LOCADORA son las siguientes:
Atención al público usuario en mesa de partes, recibiendo la documentación de los
administrados.
Registrará, cuidará y realizará la entrega de la documentación a las diversas áreas de la
.
Otras funciones que asigne Alcaldía y Gerencia Municipal.
CLÁUSULA CUARTA: DE LAS RESPONSABILIDADES DE LA MUNICIPALIDAD.
Son responsabilidades de EL COMITENTE:
1.- Abonar mensualmente la remuneración convenida, previa conformidad.
2.- Proporcionar los implementos y facilidades necesarias para el desempeño de las funciones
de LA LOCADORA.
CLÁUSULA QUINTA: DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.
El presente contrato es de naturaleza temporal, iniciando el 01 de abril del año 2015 y
finalizando el 31 de mayo del año 2015.
CLÁUSULA SEXTA: DE LA REMUNERACIÓN.
La contraprestación que percibirá LA LOCADORA, asciende a la suma de S/. 1 300.00 (mil
trescientos con 00/100 nuevos soles) cada mes por todo concepto.
CLÁUSULA SÉPTIMA: HORARIO DE TRABAJO.
LA LOCADORA se obliga a cumplir las normas internas de EL COMITENTE en materia de
asistencia, permanencia y disciplina. Así mismo cumplirá la siguiente jornada laboral; De lunes
a viernes de horas 07: 30 a.m. a 16:00 p.m. horas, con horario de receso de 1.00 p.m. a 1.45
p.m.
CLÁUSULA OCTAVA: LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
LA LOCADORA prestará los servicios en la Municipalidad Distrital de Deán Valdivia, provincia de
Islay, Departamento de Arequipa.
EL COMITENTE podrá disponer la prestación de servicios fuera del lugar designado, de acuerdo
a las necesidades de servicio definidas por EL COMITENTE.
2. CLÁUSULA NOVENA: DESCUENTOS.
Se realizarán los descuentos correspondientes de acuerdo a las normas internas y externas
vigentes en los siguientes aspectos:
Por faltas no justificadas.
Por tardanzas no justificadas al trabajo.
CLÁUSULA DÉCIMO: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
EL COMITENTE se reserva el derecho de resolver el presente contrato en los siguientes casos:
Por incumplimiento de las labores establecidas en el presente contrato.
Por infidencia.
Por la comisión de faltas administrativas o conductas delictivas previstas por el Código
Penal.
Por decisión unilateral de LA MUNICIPALIDAD, debiendo cursar la carta previa con 24 horas
de anticipación.
CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: DE LA RENUNCIA.
LA LOCADORA podrá renunciar al cargo, previo aviso con 15 días de anticipación.
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: DEL DOMICILIO.
Las partes señalan como domicilio legal los precisados en el exordio del presente documento,
donde se les cursará válidamente las comunicaciones que sean necesarias efectuar, salvo
variación de domicilio, el cual debe ser puesto de conocimiento oportunamente.
CLÁUSULA DECIMO TERCERA:
LA LOCADORA declara bajo juramento que no se encuentra impedido para contratar con el
Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: Queda entendido que LA LOCADORA, no está obligada a dar aviso
alguno adicional, referente al plazo de vigencia del presente contrato, operando su vencimiento
automáticamente a la fecha señalada en la Cláusula Quinta.
Las partes declaran que en la celebración del presente documento no ha mediado dolo o vicio
que lo invalide, y en señal de conformidad, proceden a suscribirlo en triplicado el 01 de abril del
año 2015.