3. Referentes legales
1. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificada por la Ley Orgánica
8/2013, de mejora de la calidad educativa.
2. Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el
currículo básico de la Educación Primaria.
3. Decreto por el que se establece el currículo de la Educación Primaria en la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. 198/2014 de 5 de
septiembre.
4. Orden por la que se establece la organización y la evaluación en la
Educación Primaria.
5. Instrucciones en materia de Ordenación académica para el final e inicio de
curso.
4.
5. Elementos de currículo
1. Siete competencias clave
2. Objetivos de la etapa
3. Contenidos
4. Criterios de evaluación
5. Estándares de aprendizaje evaluables
6. Metodología
6. Artículo 5. Competencias del currículo
a) Comunicación lingüística.
b) Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.
c) Competencia digital.
d) Aprender a aprender.
e) Competencias sociales y cívicas.
f) Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor.
g) Conciencia y expresiones culturales.
Dado su carácter instrumental, en esta etapa se potenciará el desarrollo de las
competencias en comunicación lingüística, competencia matemática y
competencias básicas en ciencia y tecnología, de conformidad con lo establecido
en el artículo 2.2 del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero
7.
8. Elementos de currículo
1. Siete competencias clave
2. Objetivos de la etapa
3. Contenidos
4. Criterios de evaluación
5. Estándares de aprendizaje evaluables
6. Metodología
MECD establece
los de la etapa, y
la
CARM curso a
curso
10. La UNESCO describe los estándares como:
1. Son informaciones para ser utilizadas como
referencias.
2. Son referentes para la acción.
3. Son sistematizados por personas autorizadas.
4. Nos permiten actuar con mayor seguridad.
5. Informan acerca de lo que se espera sea el
resultado del proceso, producto o servicio.
6. Deben estar disponibles públicamente.
7. Están sujetos a la rendición de cuentas.
8. Son indicadores del nivel de calidad de la
cotidianeidad de nuestras vidas.
14. Autonomía de centro:
2 horas en 1º, 2º y 3º
1 hora en cuarto
En los centros podrán distribuirse libremente estas horas entre las áreas
troncales en cada uno de los cuatro primeros cursos de la etapa.
Requiere acuerdo del claustro de profesores, atendiendo a criterios
pedagógicos y, en su caso, evaluaciones individualizadas.
Periodos entre 45 y 90 minutos.
16. Asignaturas específicas
Se decide al matricularse en el centro.
Dicha decisión podrá ser modificada cada
curso escolar mediante escrito dirigido al
director del centro antes del inicio de las
actividades lectivas .
17. Asignaturas de libre
con figuración Áreas 1º 2º 3º 4º 5º 6º
Asignaturas de libre
configuración
Lectura Comprensiva 1,5 1,5 1,5 - - -
Área a determinar por el centro
Conocimiento Aplicado
Profundización en LCL, MAT o PLE
- - - 2 2 2
Lengua de Signos Española
Refuerzo en Competencia Lingüística
Segunda Lengua Extranjera
- - - - 1,5 1,5
El área de Lectura Comprensiva es obligatoria para todos los centros
18. Asignaturas de libre configuración
En los cursos cuarto, quinto y sexto de la etapa, los centros docentes
deberán ofertar, al menos, una de estas áreas
En caso de que sea propuesta por el centro, tendrá que contar con la autorización
correspondiente (Artículo 7 apartado 10)
Se respetará la continuidad de la misma hasta la finalización de la etapa.
19. Áreas de libre configuración
Áreas 1º 2º 3º 4º 5º 6º
Carácter general
Asignaturas de libre configuración
Lectura Comprensiva 1,5 1,5 1,5 - - -
Área a determinar por el centro
Conocimiento Aplicado
Profundización en LCL, MAT o PLE
- - - 2 2 2
Lengua de Signos Española
Refuerzo en Competencia Lingüística
Español Lengua Extranjera
Segunda Lengua Extranjera
- - - - 1,5 1,5
20. Áreas de libre
configuración
Centros autorizados a desarrollar un
programa específico para alumnado
sordo o hipoacúsico.
Áreas 1º 2º 3º 4º 5º 6º
Asignaturas de libre configuración
Lectura Comprensiva 1,5 1,5 1,5 - - -
Área a determinar por el centro
Conocimiento Aplicado
Profundización en LCL, MAT o PLE
- - - 2 2 2
Lengua de Signos Española
Refuerzo en Competencia Lingüística
Español Lengua Extranjera
Segunda Lengua Extranjera
- - - - 1,5 1,5
Centros autorizados a desarrollar un
programa específico para alumnado
extranjero con desconocimiento de
castellano.
21. Asignaturas de libre configuración
Áreas 1º 2º 3º 4º 5º 6º
Asignaturas de libre configuración
Lectura Comprensiva 1,5 1,5 1,5 - - -
Área a determinar por el centro
Conocimiento Aplicado
Profundización en LCL, MAT o PLE
- - - 2 2 2
Lengua de Signos Española
Refuerzo en Competencia Lingüística
Español Lengua Extranjera
Segunda Lengua Extranjera
- - - - 1,5 1,5
En caso de que el alumno presente dificultades en la adquisición de la competencia
lingüística en castellano que le impidan seguir con aprovechamiento sus
aprendizajes, podrá cursar, en lugar de Segunda Lengua Extranjera, el área de
Refuerzo de la Competencia en Comunicación Lingüística
22. Asignaturas de libre configuración
Áreas 1º 2º 3º 4º 5º 6º
Asignaturas de libre configuración
Lectura Comprensiva 1,5 1,5 1,5 - - -
Área a determinar por el centro
Conocimiento Aplicado
Profundización en LCL, MAT o PLE
- - - 2 2 2
Lengua de Signos Española
Refuerzo en Competencia Lingüística
Español Lengua Extranjera
Segunda Lengua Extranjera
- - - - 1,5 1,5
Los alumnos que no hayan cursado Segunda Lengua Extranjera en
quinto curso podrán hacerlo en sexto, previa autorización del director, a
la vista del informe del equipo docente.
Se elaborará un Plan de Recuperación para que el alumno pueda
cursar la asignatura sin problemas el siguiente curso.
24. Las competencias del currículo para el aprendizaje permanente deberán estar
integradas en los elementos curriculares.
La acción educativa en esta etapa procurará la integración de las distintas
experiencias y aprendizajes de los alumnos, y se adaptará a sus ritmos de
trabajo.
El equipo docente deberá interrelacionar los contenidos de las áreas con un
enfoque globalizador y abordar los problemas, las situaciones y los
acontecimientos dentro de un contexto y en su totalidad garantizando, en todo
caso, su conexión con las necesidades y características de los alumnos.
La intervención educativa debe contemplar como principio la diversidad de los
alumnos, poniendo énfasis en la atención personalizada, la prevención de las
dificultades de aprendizaje…, diagnósticos precoces., medidas de apoyo y
refuerzo para prevenir y/o intervenir tan pronto como se detecten estas
dificultades.
26. 1. RECOMENDACIONES DE METODOLOGÍA
a) Se diseñarán actividades de aprendizaje integradas que permitan a
los alumnos avanzar hacia los resultados de aprendizaje de más de
una competencia al mismo tiempo.
b) La acción docente promoverá que los alumnos sean capaces de
aplicar los aprendizajes en una diversidad de contextos.
c) Se fomentará la reflexión e investigación, así como la realización de
tareas que supongan un reto y desafío intelectual para los alumnos.
d) Se podrán diseñar tareas y proyectos que supongan el uso
significativo de la lectura, escritura, tecnologías de la información y la
comunicación (TIC) y la expresión oral mediante debates o
presentaciones orales.
e) La actividad de clase favorecerá el trabajo individual, el trabajo en
equipo y el trabajo cooperativo.
27. f) Asimismo, podrán realizarse agrupamientos flexibles en función de
la tarea y de las características individuales de los alumnos con
objeto de realizar tareas puntuales de enriquecimiento o refuerzo.
g) Se procurará organizar los contenidos en torno a núcleos temáticos
cercanos y significativos.
h) El espacio deberá organizarse en condiciones básicas de
accesibilidad y no discriminación necesarias para garantizar la
participación de todos los alumnos en las actividades del aula y del
centro.
h) Se procurará seleccionar materiales y recursos didácticos diversos,
variados, interactivos y accesibles tanto en lo que se refiere al
contenido, como al soporte.
28. Los centros docentes podrán diseñar e implantar métodos
pedagógicos propios, previo acuerdo del Claustro de
profesores, teniendo en cuenta las características de los
alumnos.
Autonomía de centros
30. Capítulo IV. Tutoría
Principios
1. La acción tutorial orientará el proceso educativo individual y colectivo
de los alumnos.
2. En la Educación Primaria cada grupo de alumnos tendrá un profesor
tutor, quien coordinará la intervención educativa del equipo docente. Se
entiende por equipo docente el conjunto de maestros que imparten
docencia al mismo grupo de alumnos.
3.El tutor mantendrá una relación permanente con los padres,
madres o tutores legales facilitando orientaciones y pautas de actuación
que contribuyan a la maduración personal del alumno, así como a la
mejora del éxito académico de este.
4.El tutor incidirá especialmente en la orientación del proceso de
aprendizaje de sus alumnos, en la detección precoz de las dificultades
de aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, ofreciendo
respuestas educativas acordes a sus necesidades, para lo cual podrá
recabar el asesoramiento y colaboración del orientador
correspondiente al centro.
31. Capítulo IV. Tutoría
•Organización
1. El tutor de los tres primeros cursos de la etapa será el
mismo profesor, procurando asignar la tutoría del primer
curso, siempre que sea posible, a un maestro que pueda
dar esta continuidad. Se designará un tutor distinto a
partir de cuarto curso, procurando su permanencia con
el mismo grupo de alumnos durante los tres últimos
cursos de la etapa.
2. …los centros establecerán un periodo de adaptación
para el alumnado que se incorpore a primer curso de
Educación Primaria.
33. Equidad en la Educación
Atención individualizada
Alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo
Plan de trabajo individualizado de los alumnos con
necesidades específicas de apoyo educativo
Necesidades educativas especiales
Altas capacidades intelectuales
Dificultades específicas de aprendizaje
Integración tardía
Compensación educativa
35. Capítulo VI
Autonomía de los centros
•Autonomía pedagógica y organizativa
1. En el ámbito de su autonomía pedagógica y organizativa los centros educativos podrán:
•Complementar los contenidos de los bloques de asignaturas troncales, específicas y de libre
configuración autonómica.
•Diseñar e implantar métodos pedagógicos y didácticos propios, conforme a lo establecido
en el artículo 13.2.
•Establecer los mecanismos de coordinación más adecuados del profesorado, ya sea
entre los maestros de los tres primeros o de los tres últimos cursos de Educación Primaria, entre
los maestros que impartan la misma área o entre los maestros del mismo curso de la etapa.
•Configurar la oferta formativa de la etapa. La oferta formativa del centro incluirá las áreas
que se impartirán en cada curso de la etapa, la carga horaria correspondiente a las mismas, así
como la fundamentación pedagógica de dicha oferta, previa aprobación del Claustro de
profesores y conforme a lo establecido en el artículo 7 del presente decreto.
•Ofertar áreas de libre configuración autonómica de diseño propio.
•Los centros docentes sostenidos con fondos públicos podrán ampliar el número de horas
lectivas