Alejandro Jesús Ceballos Peña - ¿Qué ramas del derecho existen?, Parte II
1. ¿Qué ramas del derecho
existen?
Parte II
Alejandro Jesús Ceballos Peña
2. Alejandro Jesús Ceballos Peña
Derecho penal: es el conjunto de normas que establecen las sanciones previstas para
individuos que cometan un delito. Los delitos están claramente definidos y eso hace que para
que una conducta sea considerada delito, debe coincidir con la descripción establecida por la
norma.
Derecho tributario o fiscal: es la rama que se dedica a la creación, recaudación y liquidación
de los impuestos en nombre del Estado. Regula la Hacienda pública.
3. Alejandro Jesús Ceballos Peña
Derecho laboral: es el que regula las relaciones entre trabajadores y sus empleadores al
establecer sus derechos y obligaciones. Es una rama del derecho público (convenios
colectivos, derecho a huelga) con pie también en el privado (contrato de trabajo, salarios,
vacaciones). Es una rama muy amplia, ya que incluye también aspectos de derecho
constitucional.
4. Derecho privado
Derecho mercantil: tradicionalmente, son las normas que regulan la actividad de los
comerciantes, los actos de comercio y las relaciones jurídicas derivadas. Si bien forma parte
del derecho privado y actúa como derecho del empresario, la internacionalización del
comercio lleva a que cada vez más se considere «derecho del mercado», o sea, parte del
derecho público.
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5. Derecho internacional privado: son las normas que establecen las relaciones jurídicas entre
individuos sujetos a las normas de varios Estados. Tiene como finalidad señalar qué ley y
qué autoridad son competentes para regular y actualizar una relación determinada, cuando
se genera conflicto entre leyes de diversos países ante el mismo tema.
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6. Derecho civil: Derecho privado de carácter general que regula, básicamente:
- La persona y sus derechos civiles: los más básicos, de los que goza todo individuo por
existir.
- El patrimonio: todos los bienes y obligaciones de una persona individual.
- Las relaciones familiares: regula las relaciones entre individuos que deciden formar una
familia, y las obligaciones que se derivan con respecto a otros individuos (comúnmente, los
hijos) y al patrimonio.
- La trasmisión por causa de muerte de bienes y derechos: o sea, el derecho de sucesión.
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