Este documento describe el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres en Colombia. El sistema busca coordinar los esfuerzos de las entidades públicas y privadas para prevenir desastres mediante la implementación de planes y acciones específicas. El documento también describe las obligaciones de los patronos y trabajadores en materia de seguridad laboral según la Resolución 2400 de 1979.
3. OBJETIVOS
Este sistema está constituido por el conjunto de
entidades públicas y privadas que proponen a realizar
planes y acciones específicas, cuyos objetivos son:
• Tratar las responsabilidades y funciones de todos los
organismos y entidades publicas, privadas y
comunitarias del manejo de situaciones de desastre
• Integrar esfuerzos públicos y privados para una buena
prevención de desastre
• Manejar efectivamente los recursos humanos técnicos,
administrativos y económicos claros, para la
4. • La prevención y atención de desastres será tomada mediante
decreto del gobierno nacional
• El gobierno determinará todas las políticas, acciones y
programas de carácter sectorial y lo referente a orden geográfico
• Las entidades territoriales deben tener en cuenta, a la hora de
hacer desarrollo, el componente de prevención de desastre,
especialmente relacionadas al orden urbano, las zonas de riesgo y
los asentamientos humanos, también las apropiaciones
indispensables para el efecto de presupuestos anuales.
• Sobre estas materias es necesario prevenir en los planes de
contingencia, la orientación inmediata de emergencias y planes
preventivos del orden nacional, regional o local, forman parte de
los planes de desarrollo y modifican o adicionan contenido
5. EN LOS PLANTEAMIENTOS DE OPERACIONES
CONTRA DESASTRES SE TENDRÁ EN CUENTA
• Tipos de desastre
• Autoridades responsables
• Funciones de las entidades, organismos y personas
• Identificar la amenaza
• Analizar la vulnerabilidad de la población, bienes y el medio ambiente amenazado
• Evaluar el riesgo
6. • Preparación de planes de contingencia
• Formulación de programas de educación y capacitación comunitaria
• Inclusión de la dimensión de prevención en planes de desarrollo
• Provisión de suministros
• Lugares utilizables durante el desastre y formas de utilización
• Los demás que señale la oficina nacional para atención de desastres
8. OBJETIVOS DE LA LEY
• GENERAL: A orientar a que cada
trabajador sea conocedor de las normas
que se deben tener en cuenta acerca de
la seguridad en sus trabajos.
• ESPECIFICOS:
• Analizar que cada implemento de seguridad
utilizado por los trabajadores se encuentren
en regla.
9. • Ésta ley reglamenta las actividades de salud
pública para asegurar el bienestar de una
población. Gracias a ello, determina la
calidad de vida de los habitantes de esa
población.
• Esta ley pretende eliminar y evitar que el
agua de consumo humano se contamine. Esto se
realiza mediante la regulación de las
actividades que se desarrollan cerca de las
fuentes de agua potable para asegurarla
conservación del recurso y la calidad del
10. • Reglamenta el funcionamiento de los diferentes
establecimientos relacionados con el área
farmacéutica, así como las características que
deben cumplir los medicamentos en general.
• Esta ley establece medidas de control de
agentes químicos y físicos que puedan afectar
la salud humana en todo tipo de
establecimientos mediante la regulación de las
características de localización, esquema
básico y manejo contra accidentes.
• En vigilancia y control , el estado, mediante
11.
12. RESOLUCIÓN 2400 DE 1979
(MINISTERIO DE TRABAJO)
Por el cual se establecen algunas disposiciones
sobre vivienda, higiene y seguridad en el trabajo.
13. •Esta ley se encarga
de las obligaciones
del patrono y los
trabajadores en los
14. • ESTAS SON LAS OBLIGACIONES DEL PATRONO
• Proveer y mantener el medio ambiente ocupacional en adecuadas
condiciones de higiene y seguridad.
• Establecer un servicio médico permanente, en aquellos lugares
en los cuales se presenten mayores riesgos de accidentes y
enfermedades profesionales.
• Organizar y desarrollar programas permanentes de medicina
preventiva, de higiene y seguridad industrial y crear los
comités paritarios (patronos y trabajadores) de higiene y
seguridad que se reunirán periódicamente.
• Aplicar y mantener en forma eficiente los sistemas de control
necesarios para la protección de los trabajadores y de la
colectividad contra los riegos profesionales y condiciones o
contaminantes ambientales generados en las operaciones y
15. ESTAS SON LAS OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
• Cumplir con las obligaciones que le correspondan en materia de medicina,
higiene y seguridad industrial, de acuerdo con las normas legales y la
reglamentación que establezca el patrono.
• Utilizar y mantener de manera adecuada las instalaciones de la empresa
que el patrono suministre, y preservar el orden y el aseo en los lugares
de trabajo.
• Abstenerse de utilizar vehículos, maquinarias o equipos distintos a los
que les han sido asignados sin previo aviso.
16. • Dar aviso inmediato a sus superiores sobre la existencia de
condiciones defectuosas, o fallas en las instalaciones,
maquinarias, procesos y operaciones de trabajo, sistemas de
control de riesgos.
• Seguir las indicaciones de los servicios de medicina preventiva
y seguridad industrial de la empresa, y en caso necesario
utilizar prontamente los servicios de primeros auxilios.
• No entrar con bebidas u otras sustancias no autorizadas en los
lugares o centros de trabajo ni presentarse en los mismos bajo
los efectos de sustancias embriagantes, estupefacientes o
alucinógenas; y comportarse de forma responsable y seria en la
ejecución de sus labores.