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Abuso infantil
 Resumen
 Introducción
 El problema
 Marco teórico
 Marco metodológico
 Análisis e interpretación de los resultados
 Conclusión
 Recomendación
 Bibliografía
 Anexo
RESUMEN
El presente estudio tiene por tema principal al Abuso
Sexual en Niños, en lo que atañe a su aspecto
general y lo que legisla nuestra provincia warnes
Además hace mención sobre los fundamentos
suficientes para la modificación ampliatoria de la
expectativa mínima de la sanción aplicable a los
infractores de la norma. Así también este material
ofrece un proyecto de ley que regula sobre la modificación
ampliatoria de la expectativa mínima de la sanción
que establece actualmente el artículo 135 del
Código Penal.
Por medio de la investigación se pretende
configurar un material que contenga las disposiciones legales
vigentes en nuestro país, que sea útil, tanto a los
abogados profesionales en sus escritos como a los
estudiantes.
La intención del trabajo es la de facilitar
informaciones y por medio de ellas llegar a conocer las normas
establecidas en nuestra legislación y buscar la
modificación ampliatoria de la expectativa de la
sanción por una más acorde a la realidad de los
hechos de esta naturaleza.
aplicada a los agresores es mínima lo que probablemente
sea uno de los factores que hagan que vaya en auge.
Se ha comprendido a la vez, que es posible que este tipo
de hecho punible sea erradicado si las expectativas de pena
mínima son ampliadas, brindando atención
médica especializada y psicológica al agresor a
modo de que comprende y evite la consumación del hecho.
Además se ha puesto a conocimiento sobre los pros y
contras de la castración quirúrgica y
química.
Palabras claves:Abuso, Abuso Sexual, Abuso
Sexual en Niños, Niños, Agresores-victimarios,
Legislación Nacional.
INTRODUCCIÓN
El Abuso Sexual en Niños es hoy día una
problemática existente en la sociedad paraguaya, puede
hasta afirmarse que la comisión de este tipo de hecho
punible va en auge.
Es de suma importancia conocer cuales son las aspectos
que deben de tenerse en cuenta tanto para la prevención y
como para el reconocimiento de las víctimas de este tipo
de hechos.
Es objetivo de este material investigativo promover y
proponer un proyecto de ley que amplie la expectativa de la
sancion aplicable a los infractores de lo preceptuado en el
articulo 135 del Código Penal paraguayo
vigente.
El presente trabajo consta de cuatro apartados
debidamente específicados donde se desarrolla debidamente
el tema en gestión. El primer apartado trata sobre el
abuso sexual en niños en su aspecto general.
El segundo apartado trata sobre la legislación
nacional establece sobre el abuso sexual en
niños.
El tercer apartado se destina a los efectos de
manifestar los fundamentos existentes para la ampliación
de la expectativa mínima del hecho punible de abuso sexual
en niños.
El último apartado se encuentra destinado a la
exteriorización del proyecto de modificación del
artículo 135 del Código Penal Paraguayo.
Por consiguiente, sólo resta invitar cordialmente
a pasar a formar parte del mismo por medio de su lectura y
recibir a cambio informaciones de gran importancia para su
formación profesional
EL PROBLEMA
Planteamiento Del Problema
Descripción actual del problema
La niñez es una de las etapas por la que
indefectiblemente debe de pasarse y por ende, de gran importancia
para toda persona.
En donde el niño o niña se encuentra bajo
la protección de sus progenitores o tutores que velen por
la seguridad y protección del mismo tal como se encuentra
establecido en la Constitución Nacional de 1992, en la que
se incorpora en su artículo 54 garantías al
niño para su desarrollo y el ejercicio de sus derechos,
que copiado textualmente dice: "La familia, la sociedad y el
Estado tienen la obligación de garantizar al niño
su desarrollo armónico e integral, así como el
ejercicio pleno de sus derechos, protegiéndolo contra el
abandono, el abuso, el tráfico y la explotación.
Cualquier persona puede exigir a la autoridad competente el
cumplimiento de tales garantías y la sanción de los
infractores. Los derechos del niño, en caso de conflicto,
tienen carácter prevaleciente".
Es así que cabe además destacar que
teniendo en cuenta lo establecido en nuestra Carta Magna, se ha
visto la necesidad de la creación de la ley 1680/01
Código de la Niñez y Adolescencia, a los
efectos de que la misma regule los derechos,
garantías y deberes del niño y del adolescente,
conforme a lo dispuesto en la Constitución Nacional y la
Convención sobre los Derechos del Niño.
Formulacióndelproblema
 ¿Es factible la ampliación de la
expectativa mínima de la sanción aplicable a la
conducta típica prevista en el artículo 135 del
Código Penal?
 Preguntas de abuso infantil
 ¿Es correcto el marco legal para los casos de
abuso sexual en niños?
 ¿Cuál es el fundamento e
interés para una ampliación de la
sanción a ser aplicada?
 Si se produceuna agresión doméstica delante de menores, ¿afecta
de algún modo a la respuesta del sistema jurídico? ¿Le dan la
policía o los tribunales mayor importancia al tema?
 Si una mujer maltratada denuncia abusos, ¿se arriesga a perder la
custodia de sus hijos? En caso afirmativo, ¿de qué modo y por qué?
 Si un menor presencia actos de violencia doméstica, ¿se considera
una forma de abuso de menores? En caso afirmativo, ¿quién se
considera que maltrata al menor? ¿El maltratador, la madre,
ambos?
 ¿Existen servicios para menores testigos de violencia doméstica?
 ¿Se han llevado a cabo estudios sobrela exposición de los menores
a la violencia doméstica?
 ¿Hay alguien con quien crea que debemos hablar con respecto a
este tema?
 ¿Conoce casos de menores objeto de violencia en el hogar?
 ¿Con qué frecuencia ocurre?
 ¿Quién es el perpetrador de la violencia?
Objetivos de la investigación
Objetivo General
 Demostrar si corresponde la ampliación de la
expectativa mínima de la sanción aplicable a la
conducta típica prevista en el artículo 135 del
Código Penal.
Objetivos Específicos
 Señalar si es correcto el marco legal para
los casos de abuso sexual en niños.
 Mencionar el fundamento e interés para una
ampliación de la sanción a ser
aplicada.
Justificación de la
investigación
Se optó por este tema referido al Abuso Sexual en
Niños, por ser una problemática actual en la que se
encuentra no sólo nuestro país Paraguay, sino el
mundo entero.
Cabe destacar que los casos de abuso sexual en
niños se encuentran en auge, según los datos
obtenidos por entidades que siguen de cerca la
problemática, tal como lo es el Movimiento Mundial de la
Infancia, Secretaria Nacional de la Niñez y la
Adolescencia, entre otros.
Los hechos punibles de este tipo tienen una notable
crecida que se torna alarmante, considerando a la vez los
diferentes casos de abuso sexual en niños que llegan hasta
la etapa de Juicio Oral y Público en la comunidad
Caaguaceña, sin contar siquiera con los que no han sido
denunciados, y los que aún se encuentran en procesos de
investigación preliminar.
Tal como ya se ha dicho, este tipo de hecho punible
mayormente no cuenta con testigos que sustenten lo manifestado
por la víctima, lo que hace aún más
difícil demostrar el nexo entre la teoría del hecho
con el supuesto autor.
El trabajo va dirigido a todos los abogados
profesionales, practicantes y estudiantes universitarios de la
Carrera de Derecho, y a la sociedad entera que se encuentra
ligada ante la comisión de este tipo de hecho
punible.
Beneficiará de alguna manera a las personas que
quieran conocer o ampliar sus conocimientos sobre el hecho
punible de Abuso Sexual en niños, en lo que respecta a la
aplicación de la sanción a los infractores de lo
establecido en la norma y a la posible ampliación de la
pena a ser impuesta.
Esta investigación es posible, gracias a los
materiales de apoyo bibliográficos que hacen referencia
sobre el tema y la posibilidad de acceder a las informaciones
obtenidas por medio del internet.
MARCO TEÓRICO
ASPECTOSGENERALESDELABUSOSEXUAL EN
NIÑOS
El abuso sexual en niños, es una de las
diferentes formas de abuso a las que han podido ser y fueron
sometidos algunos de los seres humanos, de lo que se concibe, por
ende que, no es un hecho propio de la vivencia actual de la
ciudadanía, sino más bien esta data desde varias
décadas atrás.
Cabe destacar por ello, que desde la década de
los 70"s esta toma una dimensión diferente, puesto que se
han producido grandes cambios y avances en el reconocimiento
social de esta problemática en la que se ven afectados los
niños o adolescentes.
Para el efecto se habían realizado estudios
respecto a la problemática que representaba para la
sociedad estos hechos, los resultados indicaron que:
Asimismo hace referencia a la "evolución
inmadura" que se refiere explícitamente a la etapa de vida
del niño o adolescente que no se encuentra competente para
la situación en el que es colocado, por lo que
consecuentemente es incapaz de dar un consentimiento entendido
sobre lo que acontecerá y el alcance del mismo, por
desconocer la antijuridicidad del hecho y la no posibilidad de
negarse al mismo.
Denominada así teniendo en cuenta la
patología que sufría la mayoría de los
abusadores de menores es que se conoce con el nombre de
pedofilia.
Es por ello quizás que, no se utiliza
frecuentemente la denominación de "pedófilo o
pedofilia" ante este los hechos de abuso sexual en niños,
pero ello a la vez no significa que la misma no sea utilizada
puesto que, depende en gran parte del punto de vista del
escritor.
Nociones
A modo de mayor captación se considera
conveniente conceptualizar debidamente los vocabularios a ser
utilizados y desentrañar debidamente las palabras que
componen al tema en gestión por lo que se hace
mención sobre:
Abuso
Según lo conceptualiza el diccionario de la Real
Academia Española, debe de ser concebido por
abuso:
La acción y efecto de abusar. Este verbo
supone usar mal, excesiva, injusta, impropia o indebidamente de
algo o de alguien.[7]
Por medio de la definición conferida por el
diccionario de la Real Academia se obtiene la base de lo que
encierra el acto del abuso, puesto que comprende dos grandes
aspectos el de la acción y el efecto de abusar.
Es conveniente a la vez, ampliar el concepto
anteriormente dado para una mayor captación de la
implicancia del mismo, por lo que conviene traer a
colación la conceptualización brindada por el Dr.
Zawdzki, quien denomina al:
Abuso o maltrato es la acción de un sujeto en
condiciones superiores (edad, fuerza, posición social o
económica, inteligencia, autoridad) que comete un
daño físico, psicológico o sexual, en contra
de la voluntad de la víctima o por consentimiento obtenido
a partir de inducción o seducción engañosa.
Abuso sexual
Una vez sentada la base de la conceptualización
de abuso, se corrobora que el abuso sexual:
Constituye una experiencia traumática y es
vivido por la víctima como un atentado contra su
integridad física y psicológica, y no tanto contra
su sexo, por lo que constituye una forma más de
victimización en la infancia, con secuelas parcialmente
similares a las generadas en casos de maltrato físico,
abandono emocional, etc. Si la víctima no recibe un
tratamiento psicológico adecuado, el malestar puede
continuar incluso en la edad
adulta
Razón por la cual llegan a ser conocidos los
hechos de abuso sexual en niños, dado que las
víctimas por temor o por la estigmatización guardan
el "secreto" a modo de no ampliar aún más el
daño que ya se le fue ocasionado, y por ende, encubriendo
a su victimario.
Conviene en esta parte hacer mención para
conocimiento de la ciudadanía que existen métodos
que se pueden tomar para proteger a los niños de los
agresores sexuales, dentro de los cuales se encuentra:
 Comunícate con tu niño y hable
sobre qué es el abuso sexual.
 Enséñale a los niños a
identificar cuáles son los nombres correctos de sus
genitales. Evita los sobrenombres que puedan
confundirlos.
 Evita concentrar todos tus esfuerzos en proteger
a su niño de extraños. Conversen sobre
cómo la gente buena y conocida puede comportarse de
forma indebida. Incluso hasta otros niños pueden
actuar indebidamente.
.
Cabe destacar para el efecto que existen cuatro
criterios básicos que sugieren una mayor urgencia de
actuación en un caso de abuso, a saber:
 La convivencia del agresor con el niño
tras el abuso;
 La actitud pasiva o de rechazo hacia el
niño por parte de su familia;
 La gravedad del abuso;
 La ausencia de una supervisión del caso
que pudiese evitar nuevos
abusos.]
Es así que se desprende que se obtiene criterios
básicos para determinar la urgencia con la que se debe de
actuar ante un caso de abuso sexual en niños.
El primer supuesto con el que se cuenta es el de la
convivencia del agresor con la víctima, esto se da con
frecuencia puesto que en ocasiones el abuso sexual en
niños se ha dado en el seno familiar, debiendo por ende,
convivir la víctima con su agresor-victimario.
El segundo supuesto no escapa de la realidad cotidiana
paraguaya, puesto que mayormente se da una actitud pasiva o
rechazo hacia el niño por parte de su familia, ya sea por
la falta de credibilidad en lo manifestado por el niño o
adolescente o por cuestiones muy propias de la creencia de la
familia.
 Agresor-Victimario
Tal como se ha visto anteriormente el agresor-victimario
es principalmente una persona que tiene la posibilidad de ejercer
presión sobre su víctima, siendo mayor edad que su
víctima, es menester a la vez mencionar que el mismo es
una persona razonablemente integrada en la sociedad.
Otro aspecto de gran importancia es que el agresor en
algunos casos suele carecer de historial delictivo.
Es importante indicar a la vez que este puede aprender a
controlar su conducta, pero no su inclinación
pedófila.
El abusador de niños es una persona
razonablemente integrada en la sociedad, en cualquier caso
siempre mucho más que un violador. Suelen carecer de
historial delictivo.
Otro factor que debe de mencionarse en esta parte
corresponde a las características que presentan mayormente
los agresores que deben de ser tenidas en cuenta:
 Es una persona agradable que le cae bien tanto a
usted como al niño.
 Puede ser una mujer o un hombre casado o
soltero.
 Puede ser otro niño, un adolescente o un
adulto.
 Puede ser de cualquier raza, creencia religiosa
o preferencia sexual.
 Puede ser un trabajador honrado y un miembro
respetado y apreciado en la
comunidad.
Es así que se sienta la base nuevamente de que la
mayoría de los agresores son personas cercanas al
niño/a, puede ser de su entorno familiar o tal como se
cita anteriormente es una persona agradable, que puede ser una
mujer o un hombre que sea casado o soltero.
.
LEGISLACIÓN NACIONALVIGENTE
. Constitución Nacional
En lo que respecta al Abuso Sexual en Niños en la
Constitución Nacional, la misma se encuentra
explícitamente establecida en lo que respecta a la
protección del niño y de su autonomía
sexual, es por ello que, cabe mencionarse que se encuentra
establecida en su artículo 54 la protección al
niño, en la que estipula que:
La familia, la sociedad y el Estado tienen la
obligación de garantizar al niño su desarrollo
armónico e integral, así como el ejercicio pleno de
sus derechos protegiéndolo contra el abandono, la
desnutrición, la violencia, el abuso, el tráfico y
la explotación. Cualquier persona puede exigir a la
autoridad competente el cumplimiento de tales garantías y
la sanción de los infractores.
La norma además prevé la pena de multa de
conformidad a lo establecido en su inciso quinto, expresando
que:
5º Será castigado con pena de multa el
que:
1. realizara delante de un niño actos
exhibicionistas aptos para perturbarle; o
2. con manifestaciones verbales obscenas o
publicaciones pornográficas en los términos del
artículo 14, inciso 3º se dirigiera al niño
para estimularlo sexualmente o causarle rechazo respecto al
sexo.
6º Cuando el autor sea menor de diez y ocho
años, se podrá prescindir de la pena.
De esta manera se sanciona con la pena principal de
multa a aquel sujeto que ejecute actos exhibicionistas delante de
un niño que pudiere o con intenciones de perturbarle, o
bien con expresiones verbales obscenos o publicaciones
pornográficas en los términos del artículo
14,
Se considera en este aspecto que la pena principal de
multa es inaplicable a este respecto puesto que la sanción
aplicable debería en este caso ser únicamente la de
pena privativa de libertad por realizar actos exhibicionistas, o
por utilizar expresiones verbales obscenos o publicaciones
pornográficas que a sana crítica de todo ciudadano
corriente es inmoral, indecente y hasta perturbador de
imaginar.
Conviene por ende, que la sanción sea ajustada al
daño a la naturaleza de todo ser humano que es violada, es
decir, la etapa más delicada de la vida es la infancia en
donde el ser humano encuentra una base o características
que posteriormente terminaran o se reformaran a lo largo de su
vida.
Derecho internacional
También en el ámbito internacional se han
desarrollado instrumentos que dentro de la protección
general de la niñez hacen especial hincapié en el
cuidado frente a los abusos sexuales, asi por ejemplo:
 ConvenciónAmericanasobre Derechos
Humanos
Artículo 19. Todo niño tiene derecho a las
medidas de protección que su condición de menor
requieren por parte de su familia, de la sociedad y del
estado.
 Convención Iberoamericana de Derechos de la
Juventud
Artículo 11.Derecho a la protección contra
el abuso sexual. Los Estados partes adoptarán las medidas
que sean necesarias para evitar que la explotación, el
abuso o el turismo sexual o de cualquier otro tipo de violencia o
malos tratos de los jóvenes y promoverá la
recuperación física, psicológica y
económica de las víctimas.
 Convención sobre los Derechos del Niño
(Naciones Unidas)
Artículo 19 1. Los Estados partes
adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas,
sociales y educativas apropiadas para proteger al niño
contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental,
descuido o trato negligente, malos tratos o explotación,
incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre
bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de
cualquier otra persona que lo tenga a su cargo.
Artículo 34 Los Estados Partes se comprometen a
proteger al niño contra todas las formas de
explotación y abuso sexuales. Con este fin, los Estados
Partes tomarán, en particular, todas las medidas de
carácter nacional, bilateral y multilateral que sean
necesarias para impedir:
 La incitación o la coacción para que
un niño se dedique a cualquier actividad sexual
ilegal;
 La explotación del niño en la
prostitución u otras prácticas sexuales
ilegales;
 La explotación del niño en
espectáculos o materiales
pornográficos.
Artículo 36: Los Estados partes protegerán
al niño contra todas las demás formas de
explotación que sean perjudiciales para cualquier aspecto
de su bienestar.
FUNDAMENTOS PARA LA AMPLIACIÓN DE LA EXPECTATIVA
MINIMA DE PENA
Si bien se ha visto en los anteriores apartados el
aspecto general del abuso sexual en niños y lo que
establece la legislación nacional al respecto.
Se ha asentado que en la legislación paraguaya la
expectativa de la sanción a ser aplicada a aquellos
infractores del artículo 135 Abuso Sexual en Niños
es mínimo, lo que quizás es un factor preponderante
por la que muchos de los agresores reinciden en el mismo tipo
penal.
Es necesario primeramente que la sociedad reconozca y
diferencie los derechos del niño y niña en la
legislación y a nivel internacional, a los efectos de
salvaguardar la existencia del niño/a como un sujeto de
derecho al que se le debe de garantizar su desarrollo integral,
tal como lo estipula el artículo 3° de la Ley N°
1680/2001.
Consecuentemente cabe mencionar aunque resulta hasta
innecesario reiterar que la protección para con el
niño/a, corresponde principalmente a los progenitores
biológicos o adoptivos, tutores quienes deben de velar por
la defensa del niño/a ante diferentes tipos de
circunstancias que podrían llegar a sobrevenir, buscando
la protección de sus hijos.
Podría decirse, por ende que, warnes es
reciente la implementación de este método, es
decir, la de la castración química a los efectos de
que se siga cometiendo este tipo de delito.
De este modo corresponde, que nuestra legislación
implemente la castración química estableciendo
que:
Será sometido a la castración
química el que:
 Haya abusado de la víctima en diversas
ocasiones o
 Haya cometido el hecho con un niño que sea su
hijo biológico, adoptivo o hijastro, o con un
niño cuya educación, tutela o guarda este a su
cargo.
Es de este modo que se logrará la
implementación de este tipo de tratamiento que
posiblemente puede llegar a jugar un papel de suma importancia
para hacer frente a este tipo de hecho punible buscando que el
agresor no reincida en la conducta dolosa.
 HIPÓTESIS
 HIPÓTESIS DE INVESTIGACIÓN
Si la sanción aplicable al autor fuera aumentada
a diez años de pena privativa de libertad, los casos de
abuso sexual en niños disminuirán.
HIPÓTESISNULA
Si la sanción aplicable al autor fuera aumentada
a diez años de pena privativa de libertad, los casos de
abuso sexual en niños no serán
reducidos.
CONCEPTUALIZACIÓN YOPERACIONALIZACIÓN DE
LAS VARIABLES
– CONCEPTUALIZACIÓN
ABUSO SEXUAL EN NIÑOS: toda conducta en la
que un menor es utilizado como objeto sexual por parte de otra
persona con la que mantiene una relación de desigualdad,
ya sea en cuanto a la edad, la madurez o el poder.
NIÑO: se considera niño a la
persona menor de trece años y adolescente desde los
catorce hasta los diez y siete años de edad y mayor de
edad desde los 18 años de edad.
AGRESOR-VICTIMARIO: es una persona de apariencia,
inteligencia y vida normal.
OPERACIONALIZACIÓN
El proceso por el cual se ha guiado la presente
investigación fue el de primeramente recurrir a materiales
de bibliográficos primarios para conseguir las
informaciones correspondientes aplicables al tema en
gestión.
Los materiales que no se poseía, se obtuvo en el
Internet.
Seguidamente con todo esto se realizó el
cuestionario con las preguntas cerradas que con frecuencia se
hacen la mayoría de las personas en cuanto a la ventaja
para la modificación en la sanción correspondiente
al hecho punible de abuso sexual en niños, con el
propósito de la ampliación de la misma para una
posterior erradicación del hecho punible de nuestra
legislación.
En lo que respecta a los psicólogos los mismos
aportan conocimiento científicos desde el campo de la
psicología, en cuanto a la posibilidad de
superación del hecho por parte de la víctima o la
detectación del hecho punible por el que posiblemente ha
atravesado el niño que intenta encubrir a su
agresor.
Por su parte los Jueces Penales y los colegas Abogados
afianzan aún más la necesidad de la
modificación y ampliación de la sanción
correspondiente al hecho punible de abuso sexual en
niños.
MARCO METODOLÓGICO
Tipo de Investigación –
Monografica
El presente material investigativo corresponde al Abuso
Sexual en Niños, es decir, específicamente en lo
que respecta a la justificación para una
modificación y ampliación de la sanción
correspondiente al hecho punible mencionado
anteriormente.
La investigación es cuali-cuantitativa, para
poder expresar los resultados de la investigación, se
combina el tipo cuantitativo con el tipo cualitativo.
El enfoque de investigación es cualitativo de
nivel descriptivo de corte transversal.
Viéndose dentro del contenido lo cuantitativo en
los resultados que se presentan a través de los datos
estadísticos, y este generaliza a las personas que han
sido encuestadas y/o entrevistadas.
Lo cualitativo debido a los resultados que se presentan
de manera descriptiva en forma narrativa.
El trabajo investigado corresponde a una
investigación no experimental, ya que se estudiaran los
hechos o fenómenos en su situación
natural.
La investigación es prospectiva, se registran los
casos o informaciones adquiridas en base a lo recibido por las
encuestas y/o entrevistas, como al mismo tiempo por las
informaciones primarias, secundarias y terciarias
recopiladas.
Los métodos utilizados durante la
investigación son tres métodos inductivos,
analíticos y sintéticos.
El método inductivo ya que se partirá de
casos particulares para llegar a lo general.
El método analítico porque todos los datos
recolectados u obtenidos son analizados parte por
parte.
El método sintético para concluir y
sintetizar todo lo investigado a los casos analizados.
Las fuentes para obtener los resultados serán:
entrevistas, conversaciones formales e informales, cuestionarios
y observación.
Se sabe que la ciencia es un método para llegar a
un conocimiento seguro sobre determinado tema.
Universo y Muestra
El conjunto de individuos sometidos a la
evaluación estadística, que designan a todo los
posibles sujetos que pasan a formar parte de la población
que reúnen las características que deben de tener
con relación al abuso sexual en niños, consta de
aproximadamente:
– Psicólogos 8 personas
– Abogados 211 personas
– Jueces Penales de la ciudad de Caaguazú 15
personas
– Personas comunes 500 personas
En este trabajo investigativo no se trabaja con todos
los elementos de la población que se estudia, sino
sólo con una parte o fracción de ella, debido a que
es muy grande y no es fácil abarcarla en su totalidad. Por
ello se optó por una muestra representativa que queda de
la siguiente manera:
– Psicólogo 4 personas
– Abogados 100 personas
– Jueces Penales de la ciudad de Caaguazú 7
personas
– Personas comunes 250 personas
Técnicas e Instrumentos de
Recolección
Entre las técnicas de recolección de datos
se optó por introducir en la elaboración del
material se tanto la entrevista, como el cuestionario.
Primeramente la entrevista se utiliza únicamente con los
Psicólogos y Jueces Penales de la ciudad de
Caaguazú, esta entrevista se realiza sobre la base de un
formulario previamente preparado y estrictamente
normalizado.
En los demás grupos se ha utilizado la
técnica del cuestionario con preguntas cerradas de
opción múltiples, y como instrumentos es utilizado
el formulario.
Además del cuestionario se utiliza libros,
artículos periodísticos, internet.
Procedimiento de Recolección de Datos
La recolección de datos se logra mediante el uso
de una gran diversidad de técnicas e instrumentos en la
elaboración de este material, que como se había
mencionado anteriormente, se optó por la entrevista, en
dos grupos y luego el cuestionario para los
demás.
Procesamiento de Datos
Después de realizar los debidos procedimientos
para la recolección de datos, se vio la necesidad de
representar dichos datos en gráficos logrando por medio de
esta situarlos dentro de las preguntas de investigación
que se han propuesto desde el inicio.
Los datos obtenidos de la entrevista y de la encuesta
fueron llevados a los gráficos utilizando el programa de
Microsoft Excel 2010, con la debida tabulación de cada una
de ellas.
Quedando por consiguiente la investigación
realizada teniendo como referencia:
 Línea de investigación: Aborto
terapéutico o por indicación
médica
 Área: Penal
 Población: Ciudad de Caaguazú
(Psicólogos, Abogados, Jueces Penales y Personas
comunes).
 Muestra:
 Psicólogos 5 personas
 Abogados 100 personas
 Jueces Penales de la ciudad de Caaguazú 7
personas
 Personas comunes 250 personas
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Gráficos realizados en base a los datos obtenidos
por parte de los Psicólogos de la ciudad de
Caaguazú, mediante el cuestionario realizado por la Abg.
Mts. Esmilce Cristina Galeano Mendoza.
Gráfico 01:
Son muchos los casos de abuso sexual en
niños?
Frecuencia Porcentaje
Sí 4 80%
No 1 20%
De la primera pregunta realizada a las psicólogas
de la ciudad de Caaguazú, el 80% de la población en
estudio afirma que son muchos los casos de abuso sexual en
niños, mientras que el 20% restante afirma que no son
muchos.
Gráfico 02: Pregunta 02
Existen características que se hacen
identificable en el niño/a que sufre este tipo de
hecho?
Frecuencia Porcentaje
Sí 5 100%
No 0 0%
La segunda pregunta realizada a la población en
estudio afirma en el 100% que existen características que
hacen identificable en el niño/a que sufre de abuso sexual
en niños.
Gráfico 03: Pregunta 03
Podría decirse que existe un género
predispuesto para este tipo de hecho punible?
Frecuencia Porcentaje
Sí 3 60%
No 2 40%
Se desprende de la tercera pregunta formulada a la
población en estudio que el 60% afirma que existe un
género predispuesto para este tipo de hecho punible,
mientras que el 40% restante de la población no considera
que exista un género predispuesto para el abuso sexual en
niños.
Gráfico 04: Pregunta 04
Son reversibles los daños psicológicos
que ocasionan al niño/a la circunstancia
vivida?
Frecuencia Porcentaje
Sí 4 80%
No 1 20%
De la cuarta pregunta formulada al grupo de
psicólogos en estudio se obtuvo que el 80% de la
población considera que los daños
psicológicos que son causados a la víctima por el
hecho de abuso sexual son reversibles, mientras que un 20% de la
población considera que es irreversible. Más no
obstante, aclaran que todo depende de la predisposición de
la víctima en superar el trauma, en seguir con las
terapias y la gravedad de los hechos.
Gráfico 05: Pregunta 05
Considera Ud. que este tipo de hecho se dan con
más frecuencia debido a la baja expectativa de
pena?
Frecuencia Porcentaje
Sí 4 80%
No 1 20%
La quinta pregunta formulada a la población en
estudio denota que el 80% de la población considera que
este tipo de hecho punible se da con más frecuencia debido
a la baja expectativa de pena. El 20% restante de la
población considera que no es el único factor que
debe de considerarse para la consumación y/o auge de este
delito.
Gráficos realizados en base a los datos obtenidos
por parte de los Abogados de la ciudad de Caaguazú,
mediante el cuestionario realizado por la Abg. Mts. Esmilce
Cristina Galeano Mendoza.
Gráfico 01: Pregunta 01
Tiene Ud. conocimiento de algún hecho punible
de abuso sexual en niños?
Frecuencia Porcentaje
Sí 70 70%
No 30 30%
En la primera pregunta formulada a los abogados de la
ciudad de Caaguazú que componen la población en
estudio el 70% ha afirmado que tuvo algún conocimiento del
hecho punible de abuso sexual en niños mientras que el 30%
de la población restante no tuvo un conocimiento
cercano.
Gráfico 02: Pregunta 02
Cree Ud. que este tipo de hecho punible se encuentra
en auge?
Frecuencia Porcentaje
Sí 65 65%
No 35 35%
A la segunda pregunta formulada a los abogados el 65% de
la población afirma que considera que este tipo de hecho
punible se encuentra en auge. El restante 35% de la
población afirma que no es que necesariamente se encuentre
en auge que tal vez sea que estos son más
denunciados.
Gráfico 03: Pregunta 03
Supone Ud. que estos hechos se dan a causa de una
expectativa mínima de pena?
Frecuencia Porcentaje
Sí 55 55%
No 45 45%
La tercera pregunta formulada a la población en
estudio resalto que el 55% considera que estos hechos se dan a
causa de que la expectativa de pena es mínima. Mientras
que el 45% afirma que no se debe debidamente a que la pena sea
mínima sino que también existen otros factores que
deben de considerarse.
Gráfico 04: Pregunta 04
Considera Ud. que es viable la modificación de
la expectativa de pena por una más justa?
Frecuencia Porcentaje
Sí 70 70%
No 30 30%
La cuarta pregunta prescrita en el formulario denoto que
el 70% de la población considera que es viable la
modificación de la expectativa por una pena más
justa. Mientras que el 30% considera que no es viable la
modificación puesto que puede deberse tenerse en
consideración otros factores.
Gráfico 05: Pregunta 05
Discurre Ud., que este tipo de hecho punible a
más de serun delito es un crimen?
Frecuencia Porcentaje
Sí 60 60%
No 40 40%
La última pregunta realizada a esta
población en estudio afirma el 60% que considera que este
tipo de hecho punible debe de ser considerado crimen y no delito
por atentar contra una criatura inocente. Mientras que el 40% de
la población está conforme con que sea ubicada
dentro de los delitos a este hecho punible.
Gráficos realizados en base a los datos obtenidos
por parte de los Jueces Penales de la ciudad de Caaguazú,
mediante el cuestionario realizado por la Abg. Mts. Esmilce
Cristina Galeano Mendoza.
Gráfico 01: Pregunta 01
S.S., son varios los casos de abuso sexual en
niños que se dieron en el transcurso del
año?
Frecuencia Porcentaje
Sí 7 100%
No 0 0%
La primera pregunta realizada a los Jueces Penales de la
Ciudad de Caaguazú demostró que el 100% de la
población en estudio considera que son varios los casos de
abuso sexual que se dieron en el transcurso del
año.
Gráfico 02: Pregunta 02
V.S., puede deducirse que estos tipos de hechos van
en auge?
Frecuencia Porcentaje
Sí 5 71,4%
No 2 28,5%
A la segunda pregunta formulada se obtiene que los
Jueces Penales de la ciudad de Caaguazú, en un 71,4%
consideran que este tipo de hecho punible se encuentra en auge.
Mientras que el restante 28,5% de la población considera
que no es así.
Gráfico 03: Pregunta 03
Existen procesados que reinciden en la
comisión del mismo hecho?
Frecuencia Porcentaje
Sí 5 71,4%
No 2 28,5%
De la tercera pregunta se obtiene que el 71,4% de la
población afirma que existen procesados que reinciden en
la comisión del hecho punible de abuso sexual en
niños. Mientras que el 28,5% de la población afirma
que no reinciden.
Gráfico 04: Pregunta 04
Esta circunstancia podría deberse a que la
expectativa de pena es mínima?
Frecuencia Porcentaje
Sí 4 57,14%
No 3 42,85%
La cuarta pregunta formulada a la población en
estudio resalta que en un total del 57,14% que considera que este
tipo de hecho se da por la baja expectativa de pena. Mientras que
el restante 42,85% considera que este no es un factor
único.
Gráfico 05: Pregunta 05
Considera Ud., S.S. que es conveniente la
modificación de la pena en este tipo de hechos punibles
por otros más acorde al bien jurídico vulnerado
considerando los daños físicos y
psicológicos ocasionados a la
víctima?
Frecuencia Porcentaje
Sí 5 71,4%
No 2 28,5%
De la última pregunta formulada a los Jueces
Penales de la ciudad de Caaguazú se obtiene que el 71,4%
de la población considera que es conveniente la
modificación de la pena por una que se encuentre
más acorde al bien jurídico protegido. Mientras que
la población restante no considera la modificación
de la pena.
Gráficos realizados en base a los datos obtenidos
por parte de los Habitantes de la ciudad de Caaguazú,
mediante el cuestionario realizado por la Abg. Mts. Esmilce
Cristina Galeano Mendoza.
Gráfico 01: Pregunta 01
Tiene Ud. conocimiento de un hecho de abuso sexual en
niños?
Frecuencia Porcentaje
Sí 150 60%
No 100 40%
La primera pregunta realizada a la población en
estudio se desprende que el 60% tuvo conocimiento de algún
hecho de abuso sexual en niños. Mientras que el 40% de la
población restante no tuvo ningún conocimiento
sobre ese tipo de hecho punible.
Gráfico 02: Pregunta 02
Sabe Ud. si el hecho fue denunciado ante la
fiscalía?
Frecuencia Porcentaje
Sí 150 60%
No 100 40%
La segunda pregunta de la población dio como
resultado que el 60% tiene conocimiento de que el hecho fue
denunciado. Mientras que el 40% de la población desconoce
si fue denunciado. Para tal efecto en este segundo supuesto debe
de considerarse que estos desconocían este tipo de hecho
punible dentro de su comunidad.
Gráfico 03: Pregunta 03
El/la niño/a logró superar las
circunstancias del hecho?
Frecuencia Porcentaje
Sí 100 40%
No 150 60%
Consecuentemente de la tercera pregunta formulada a la
población en estudio se obtuvo que el 40% afirma que la
víctima del hecho punible de abuso sexual en niños
logro superar su trauma. Mientras que el restante 60% afirma que
no logro superar el hecho. Conviene destacar que solo un
porcentaje de esta población tiene conocimiento certero
sobre la pregunta realizada.
Gráfico 04: Pregunta 04
Considera Ud. que la pena a seraplicada al agresor
es diminuta?
Frecuencia Porcentaje
Sí 170 68%
No 80 32%
El 68% de la población en estudio considera que
la pena a ser aplicada por ese tipo de hecho punible es diminuta.
Mientras que el 32% restante de la población considera que
no es diminuta.
Gráfico 05: Pregunta 05
Piensa Ud. que es necesario una modificación
para la ampliación de la expectativa de pena a ser
aplicada en este tipo de hechos?
Frecuencia Porcentaje
Sí 170 68%
No 80 32%
Consecuentemente el 68% de la población considera
que es necesaria la modificación en busca de la
ampliación de la expectativa de pena en estos hechos
punibles. Mientras que el 32% de la población estima que
no es necesaria la modificación de la expectativa de la
pena en el hecho de abuso sexual en niños.
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE LOS RESULTADOS
Una vez culminada la total graficación de los
datos obtenidos de las distintas variables podemos interpretar
que la comisión de este tipo de hecho punible se da en
cierto modo debido a que la expectativa de pena es mínima,
otro aspecto que puede considerarse es la cultura en la que se ha
desenvuelto el agresor-victimario puesto que la conducta del
mismo puede desembocar en ese tipo de acciones
antijurídicas dañinas.
Se obtuvo así también la necesaria la
modificación de la expectativa de la pena de modo que sea
acorde a la vulneración del bien jurídico
protegido. Se ha visto que este tipo de hecho punible no es un
delito como muchos lo denominan.
DEDICATORIA
A mis padres, por llenar mi vida de amor, ayudarme a
afrontar las dificultades de la vida, y por hacer de mí la
persona que hoy día soy.
A mis hermanos, por ser una parte muy importante de mi
vida, por su apoyo diario.
AGRADECIMIENTOS
A Dios, por bendecir mi vida, por brindarme excelentes
oportunidades y por guiarme por los senderos más lindos de
la vida.
A mis padres y hermanos, por brindarme siempre su apoyo
incondicional, por el amor y la paciencia que me brindan a
diario.
Autor:
 RICHARD ALFREDO CUBA ESTRADA
 SANTIAGO
 CRISTIAN ANDRES REY

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  • 1. Abuso infantil  Resumen  Introducción  El problema  Marco teórico  Marco metodológico  Análisis e interpretación de los resultados  Conclusión  Recomendación  Bibliografía  Anexo RESUMEN El presente estudio tiene por tema principal al Abuso Sexual en Niños, en lo que atañe a su aspecto general y lo que legisla nuestra provincia warnes Además hace mención sobre los fundamentos suficientes para la modificación ampliatoria de la expectativa mínima de la sanción aplicable a los infractores de la norma. Así también este material ofrece un proyecto de ley que regula sobre la modificación ampliatoria de la expectativa mínima de la sanción que establece actualmente el artículo 135 del Código Penal. Por medio de la investigación se pretende configurar un material que contenga las disposiciones legales vigentes en nuestro país, que sea útil, tanto a los abogados profesionales en sus escritos como a los estudiantes. La intención del trabajo es la de facilitar informaciones y por medio de ellas llegar a conocer las normas establecidas en nuestra legislación y buscar la modificación ampliatoria de la expectativa de la sanción por una más acorde a la realidad de los hechos de esta naturaleza. aplicada a los agresores es mínima lo que probablemente sea uno de los factores que hagan que vaya en auge. Se ha comprendido a la vez, que es posible que este tipo de hecho punible sea erradicado si las expectativas de pena
  • 2. mínima son ampliadas, brindando atención médica especializada y psicológica al agresor a modo de que comprende y evite la consumación del hecho. Además se ha puesto a conocimiento sobre los pros y contras de la castración quirúrgica y química. Palabras claves:Abuso, Abuso Sexual, Abuso Sexual en Niños, Niños, Agresores-victimarios, Legislación Nacional. INTRODUCCIÓN El Abuso Sexual en Niños es hoy día una problemática existente en la sociedad paraguaya, puede hasta afirmarse que la comisión de este tipo de hecho punible va en auge. Es de suma importancia conocer cuales son las aspectos que deben de tenerse en cuenta tanto para la prevención y como para el reconocimiento de las víctimas de este tipo de hechos. Es objetivo de este material investigativo promover y proponer un proyecto de ley que amplie la expectativa de la sancion aplicable a los infractores de lo preceptuado en el articulo 135 del Código Penal paraguayo vigente. El presente trabajo consta de cuatro apartados debidamente específicados donde se desarrolla debidamente el tema en gestión. El primer apartado trata sobre el abuso sexual en niños en su aspecto general. El segundo apartado trata sobre la legislación nacional establece sobre el abuso sexual en niños. El tercer apartado se destina a los efectos de manifestar los fundamentos existentes para la ampliación de la expectativa mínima del hecho punible de abuso sexual en niños. El último apartado se encuentra destinado a la exteriorización del proyecto de modificación del artículo 135 del Código Penal Paraguayo.
  • 3. Por consiguiente, sólo resta invitar cordialmente a pasar a formar parte del mismo por medio de su lectura y recibir a cambio informaciones de gran importancia para su formación profesional EL PROBLEMA Planteamiento Del Problema Descripción actual del problema La niñez es una de las etapas por la que indefectiblemente debe de pasarse y por ende, de gran importancia para toda persona. En donde el niño o niña se encuentra bajo la protección de sus progenitores o tutores que velen por la seguridad y protección del mismo tal como se encuentra establecido en la Constitución Nacional de 1992, en la que se incorpora en su artículo 54 garantías al niño para su desarrollo y el ejercicio de sus derechos, que copiado textualmente dice: "La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de garantizar al niño su desarrollo armónico e integral, así como el ejercicio pleno de sus derechos, protegiéndolo contra el abandono, el abuso, el tráfico y la explotación. Cualquier persona puede exigir a la autoridad competente el cumplimiento de tales garantías y la sanción de los infractores. Los derechos del niño, en caso de conflicto, tienen carácter prevaleciente". Es así que cabe además destacar que teniendo en cuenta lo establecido en nuestra Carta Magna, se ha visto la necesidad de la creación de la ley 1680/01 Código de la Niñez y Adolescencia, a los efectos de que la misma regule los derechos, garantías y deberes del niño y del adolescente, conforme a lo dispuesto en la Constitución Nacional y la Convención sobre los Derechos del Niño. Formulacióndelproblema  ¿Es factible la ampliación de la expectativa mínima de la sanción aplicable a la conducta típica prevista en el artículo 135 del Código Penal?  Preguntas de abuso infantil
  • 4.  ¿Es correcto el marco legal para los casos de abuso sexual en niños?  ¿Cuál es el fundamento e interés para una ampliación de la sanción a ser aplicada?  Si se produceuna agresión doméstica delante de menores, ¿afecta de algún modo a la respuesta del sistema jurídico? ¿Le dan la policía o los tribunales mayor importancia al tema?  Si una mujer maltratada denuncia abusos, ¿se arriesga a perder la custodia de sus hijos? En caso afirmativo, ¿de qué modo y por qué?  Si un menor presencia actos de violencia doméstica, ¿se considera una forma de abuso de menores? En caso afirmativo, ¿quién se considera que maltrata al menor? ¿El maltratador, la madre, ambos?  ¿Existen servicios para menores testigos de violencia doméstica?  ¿Se han llevado a cabo estudios sobrela exposición de los menores a la violencia doméstica?  ¿Hay alguien con quien crea que debemos hablar con respecto a este tema?  ¿Conoce casos de menores objeto de violencia en el hogar?  ¿Con qué frecuencia ocurre?  ¿Quién es el perpetrador de la violencia? Objetivos de la investigación Objetivo General
  • 5.  Demostrar si corresponde la ampliación de la expectativa mínima de la sanción aplicable a la conducta típica prevista en el artículo 135 del Código Penal. Objetivos Específicos  Señalar si es correcto el marco legal para los casos de abuso sexual en niños.  Mencionar el fundamento e interés para una ampliación de la sanción a ser aplicada. Justificación de la investigación Se optó por este tema referido al Abuso Sexual en Niños, por ser una problemática actual en la que se encuentra no sólo nuestro país Paraguay, sino el mundo entero. Cabe destacar que los casos de abuso sexual en niños se encuentran en auge, según los datos obtenidos por entidades que siguen de cerca la problemática, tal como lo es el Movimiento Mundial de la Infancia, Secretaria Nacional de la Niñez y la Adolescencia, entre otros. Los hechos punibles de este tipo tienen una notable crecida que se torna alarmante, considerando a la vez los diferentes casos de abuso sexual en niños que llegan hasta la etapa de Juicio Oral y Público en la comunidad Caaguaceña, sin contar siquiera con los que no han sido denunciados, y los que aún se encuentran en procesos de investigación preliminar. Tal como ya se ha dicho, este tipo de hecho punible mayormente no cuenta con testigos que sustenten lo manifestado por la víctima, lo que hace aún más difícil demostrar el nexo entre la teoría del hecho con el supuesto autor. El trabajo va dirigido a todos los abogados profesionales, practicantes y estudiantes universitarios de la Carrera de Derecho, y a la sociedad entera que se encuentra ligada ante la comisión de este tipo de hecho punible.
  • 6. Beneficiará de alguna manera a las personas que quieran conocer o ampliar sus conocimientos sobre el hecho punible de Abuso Sexual en niños, en lo que respecta a la aplicación de la sanción a los infractores de lo establecido en la norma y a la posible ampliación de la pena a ser impuesta. Esta investigación es posible, gracias a los materiales de apoyo bibliográficos que hacen referencia sobre el tema y la posibilidad de acceder a las informaciones obtenidas por medio del internet. MARCO TEÓRICO ASPECTOSGENERALESDELABUSOSEXUAL EN NIÑOS El abuso sexual en niños, es una de las diferentes formas de abuso a las que han podido ser y fueron sometidos algunos de los seres humanos, de lo que se concibe, por ende que, no es un hecho propio de la vivencia actual de la ciudadanía, sino más bien esta data desde varias décadas atrás. Cabe destacar por ello, que desde la década de los 70"s esta toma una dimensión diferente, puesto que se han producido grandes cambios y avances en el reconocimiento social de esta problemática en la que se ven afectados los niños o adolescentes. Para el efecto se habían realizado estudios respecto a la problemática que representaba para la sociedad estos hechos, los resultados indicaron que: Asimismo hace referencia a la "evolución inmadura" que se refiere explícitamente a la etapa de vida del niño o adolescente que no se encuentra competente para la situación en el que es colocado, por lo que consecuentemente es incapaz de dar un consentimiento entendido sobre lo que acontecerá y el alcance del mismo, por desconocer la antijuridicidad del hecho y la no posibilidad de negarse al mismo. Denominada así teniendo en cuenta la patología que sufría la mayoría de los abusadores de menores es que se conoce con el nombre de pedofilia.
  • 7. Es por ello quizás que, no se utiliza frecuentemente la denominación de "pedófilo o pedofilia" ante este los hechos de abuso sexual en niños, pero ello a la vez no significa que la misma no sea utilizada puesto que, depende en gran parte del punto de vista del escritor. Nociones A modo de mayor captación se considera conveniente conceptualizar debidamente los vocabularios a ser utilizados y desentrañar debidamente las palabras que componen al tema en gestión por lo que se hace mención sobre: Abuso Según lo conceptualiza el diccionario de la Real Academia Española, debe de ser concebido por abuso: La acción y efecto de abusar. Este verbo supone usar mal, excesiva, injusta, impropia o indebidamente de algo o de alguien.[7] Por medio de la definición conferida por el diccionario de la Real Academia se obtiene la base de lo que encierra el acto del abuso, puesto que comprende dos grandes aspectos el de la acción y el efecto de abusar. Es conveniente a la vez, ampliar el concepto anteriormente dado para una mayor captación de la implicancia del mismo, por lo que conviene traer a colación la conceptualización brindada por el Dr. Zawdzki, quien denomina al: Abuso o maltrato es la acción de un sujeto en condiciones superiores (edad, fuerza, posición social o económica, inteligencia, autoridad) que comete un daño físico, psicológico o sexual, en contra de la voluntad de la víctima o por consentimiento obtenido a partir de inducción o seducción engañosa. Abuso sexual Una vez sentada la base de la conceptualización de abuso, se corrobora que el abuso sexual:
  • 8. Constituye una experiencia traumática y es vivido por la víctima como un atentado contra su integridad física y psicológica, y no tanto contra su sexo, por lo que constituye una forma más de victimización en la infancia, con secuelas parcialmente similares a las generadas en casos de maltrato físico, abandono emocional, etc. Si la víctima no recibe un tratamiento psicológico adecuado, el malestar puede continuar incluso en la edad adulta Razón por la cual llegan a ser conocidos los hechos de abuso sexual en niños, dado que las víctimas por temor o por la estigmatización guardan el "secreto" a modo de no ampliar aún más el daño que ya se le fue ocasionado, y por ende, encubriendo a su victimario. Conviene en esta parte hacer mención para conocimiento de la ciudadanía que existen métodos que se pueden tomar para proteger a los niños de los agresores sexuales, dentro de los cuales se encuentra:  Comunícate con tu niño y hable sobre qué es el abuso sexual.  Enséñale a los niños a identificar cuáles son los nombres correctos de sus genitales. Evita los sobrenombres que puedan confundirlos.  Evita concentrar todos tus esfuerzos en proteger a su niño de extraños. Conversen sobre cómo la gente buena y conocida puede comportarse de forma indebida. Incluso hasta otros niños pueden actuar indebidamente. . Cabe destacar para el efecto que existen cuatro criterios básicos que sugieren una mayor urgencia de actuación en un caso de abuso, a saber:  La convivencia del agresor con el niño tras el abuso;  La actitud pasiva o de rechazo hacia el niño por parte de su familia;
  • 9.  La gravedad del abuso;  La ausencia de una supervisión del caso que pudiese evitar nuevos abusos.] Es así que se desprende que se obtiene criterios básicos para determinar la urgencia con la que se debe de actuar ante un caso de abuso sexual en niños. El primer supuesto con el que se cuenta es el de la convivencia del agresor con la víctima, esto se da con frecuencia puesto que en ocasiones el abuso sexual en niños se ha dado en el seno familiar, debiendo por ende, convivir la víctima con su agresor-victimario. El segundo supuesto no escapa de la realidad cotidiana paraguaya, puesto que mayormente se da una actitud pasiva o rechazo hacia el niño por parte de su familia, ya sea por la falta de credibilidad en lo manifestado por el niño o adolescente o por cuestiones muy propias de la creencia de la familia.  Agresor-Victimario Tal como se ha visto anteriormente el agresor-victimario es principalmente una persona que tiene la posibilidad de ejercer presión sobre su víctima, siendo mayor edad que su víctima, es menester a la vez mencionar que el mismo es una persona razonablemente integrada en la sociedad. Otro aspecto de gran importancia es que el agresor en algunos casos suele carecer de historial delictivo. Es importante indicar a la vez que este puede aprender a controlar su conducta, pero no su inclinación pedófila. El abusador de niños es una persona razonablemente integrada en la sociedad, en cualquier caso siempre mucho más que un violador. Suelen carecer de historial delictivo. Otro factor que debe de mencionarse en esta parte corresponde a las características que presentan mayormente los agresores que deben de ser tenidas en cuenta:  Es una persona agradable que le cae bien tanto a usted como al niño.
  • 10.  Puede ser una mujer o un hombre casado o soltero.  Puede ser otro niño, un adolescente o un adulto.  Puede ser de cualquier raza, creencia religiosa o preferencia sexual.  Puede ser un trabajador honrado y un miembro respetado y apreciado en la comunidad. Es así que se sienta la base nuevamente de que la mayoría de los agresores son personas cercanas al niño/a, puede ser de su entorno familiar o tal como se cita anteriormente es una persona agradable, que puede ser una mujer o un hombre que sea casado o soltero. . LEGISLACIÓN NACIONALVIGENTE . Constitución Nacional En lo que respecta al Abuso Sexual en Niños en la Constitución Nacional, la misma se encuentra explícitamente establecida en lo que respecta a la protección del niño y de su autonomía sexual, es por ello que, cabe mencionarse que se encuentra establecida en su artículo 54 la protección al niño, en la que estipula que: La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de garantizar al niño su desarrollo armónico e integral, así como el ejercicio pleno de sus derechos protegiéndolo contra el abandono, la desnutrición, la violencia, el abuso, el tráfico y la explotación. Cualquier persona puede exigir a la autoridad competente el cumplimiento de tales garantías y la sanción de los infractores. La norma además prevé la pena de multa de conformidad a lo establecido en su inciso quinto, expresando que: 5º Será castigado con pena de multa el que:
  • 11. 1. realizara delante de un niño actos exhibicionistas aptos para perturbarle; o 2. con manifestaciones verbales obscenas o publicaciones pornográficas en los términos del artículo 14, inciso 3º se dirigiera al niño para estimularlo sexualmente o causarle rechazo respecto al sexo. 6º Cuando el autor sea menor de diez y ocho años, se podrá prescindir de la pena. De esta manera se sanciona con la pena principal de multa a aquel sujeto que ejecute actos exhibicionistas delante de un niño que pudiere o con intenciones de perturbarle, o bien con expresiones verbales obscenos o publicaciones pornográficas en los términos del artículo 14, Se considera en este aspecto que la pena principal de multa es inaplicable a este respecto puesto que la sanción aplicable debería en este caso ser únicamente la de pena privativa de libertad por realizar actos exhibicionistas, o por utilizar expresiones verbales obscenos o publicaciones pornográficas que a sana crítica de todo ciudadano corriente es inmoral, indecente y hasta perturbador de imaginar. Conviene por ende, que la sanción sea ajustada al daño a la naturaleza de todo ser humano que es violada, es decir, la etapa más delicada de la vida es la infancia en donde el ser humano encuentra una base o características que posteriormente terminaran o se reformaran a lo largo de su vida. Derecho internacional También en el ámbito internacional se han desarrollado instrumentos que dentro de la protección general de la niñez hacen especial hincapié en el cuidado frente a los abusos sexuales, asi por ejemplo:  ConvenciónAmericanasobre Derechos Humanos
  • 12. Artículo 19. Todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del estado.  Convención Iberoamericana de Derechos de la Juventud Artículo 11.Derecho a la protección contra el abuso sexual. Los Estados partes adoptarán las medidas que sean necesarias para evitar que la explotación, el abuso o el turismo sexual o de cualquier otro tipo de violencia o malos tratos de los jóvenes y promoverá la recuperación física, psicológica y económica de las víctimas.  Convención sobre los Derechos del Niño (Naciones Unidas) Artículo 19 1. Los Estados partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo. Artículo 34 Los Estados Partes se comprometen a proteger al niño contra todas las formas de explotación y abuso sexuales. Con este fin, los Estados Partes tomarán, en particular, todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesarias para impedir:  La incitación o la coacción para que un niño se dedique a cualquier actividad sexual ilegal;  La explotación del niño en la prostitución u otras prácticas sexuales ilegales;  La explotación del niño en espectáculos o materiales pornográficos.
  • 13. Artículo 36: Los Estados partes protegerán al niño contra todas las demás formas de explotación que sean perjudiciales para cualquier aspecto de su bienestar. FUNDAMENTOS PARA LA AMPLIACIÓN DE LA EXPECTATIVA MINIMA DE PENA Si bien se ha visto en los anteriores apartados el aspecto general del abuso sexual en niños y lo que establece la legislación nacional al respecto. Se ha asentado que en la legislación paraguaya la expectativa de la sanción a ser aplicada a aquellos infractores del artículo 135 Abuso Sexual en Niños es mínimo, lo que quizás es un factor preponderante por la que muchos de los agresores reinciden en el mismo tipo penal. Es necesario primeramente que la sociedad reconozca y diferencie los derechos del niño y niña en la legislación y a nivel internacional, a los efectos de salvaguardar la existencia del niño/a como un sujeto de derecho al que se le debe de garantizar su desarrollo integral, tal como lo estipula el artículo 3° de la Ley N° 1680/2001. Consecuentemente cabe mencionar aunque resulta hasta innecesario reiterar que la protección para con el niño/a, corresponde principalmente a los progenitores biológicos o adoptivos, tutores quienes deben de velar por la defensa del niño/a ante diferentes tipos de circunstancias que podrían llegar a sobrevenir, buscando la protección de sus hijos. Podría decirse, por ende que, warnes es reciente la implementación de este método, es decir, la de la castración química a los efectos de que se siga cometiendo este tipo de delito. De este modo corresponde, que nuestra legislación implemente la castración química estableciendo que: Será sometido a la castración química el que:
  • 14.  Haya abusado de la víctima en diversas ocasiones o  Haya cometido el hecho con un niño que sea su hijo biológico, adoptivo o hijastro, o con un niño cuya educación, tutela o guarda este a su cargo. Es de este modo que se logrará la implementación de este tipo de tratamiento que posiblemente puede llegar a jugar un papel de suma importancia para hacer frente a este tipo de hecho punible buscando que el agresor no reincida en la conducta dolosa.  HIPÓTESIS  HIPÓTESIS DE INVESTIGACIÓN Si la sanción aplicable al autor fuera aumentada a diez años de pena privativa de libertad, los casos de abuso sexual en niños disminuirán. HIPÓTESISNULA Si la sanción aplicable al autor fuera aumentada a diez años de pena privativa de libertad, los casos de abuso sexual en niños no serán reducidos. CONCEPTUALIZACIÓN YOPERACIONALIZACIÓN DE LAS VARIABLES – CONCEPTUALIZACIÓN ABUSO SEXUAL EN NIÑOS: toda conducta en la que un menor es utilizado como objeto sexual por parte de otra persona con la que mantiene una relación de desigualdad, ya sea en cuanto a la edad, la madurez o el poder. NIÑO: se considera niño a la persona menor de trece años y adolescente desde los catorce hasta los diez y siete años de edad y mayor de edad desde los 18 años de edad. AGRESOR-VICTIMARIO: es una persona de apariencia, inteligencia y vida normal.
  • 15. OPERACIONALIZACIÓN El proceso por el cual se ha guiado la presente investigación fue el de primeramente recurrir a materiales de bibliográficos primarios para conseguir las informaciones correspondientes aplicables al tema en gestión. Los materiales que no se poseía, se obtuvo en el Internet. Seguidamente con todo esto se realizó el cuestionario con las preguntas cerradas que con frecuencia se hacen la mayoría de las personas en cuanto a la ventaja para la modificación en la sanción correspondiente al hecho punible de abuso sexual en niños, con el propósito de la ampliación de la misma para una posterior erradicación del hecho punible de nuestra legislación. En lo que respecta a los psicólogos los mismos aportan conocimiento científicos desde el campo de la psicología, en cuanto a la posibilidad de superación del hecho por parte de la víctima o la detectación del hecho punible por el que posiblemente ha atravesado el niño que intenta encubrir a su agresor. Por su parte los Jueces Penales y los colegas Abogados afianzan aún más la necesidad de la modificación y ampliación de la sanción correspondiente al hecho punible de abuso sexual en niños. MARCO METODOLÓGICO Tipo de Investigación – Monografica El presente material investigativo corresponde al Abuso Sexual en Niños, es decir, específicamente en lo que respecta a la justificación para una modificación y ampliación de la sanción correspondiente al hecho punible mencionado anteriormente. La investigación es cuali-cuantitativa, para poder expresar los resultados de la investigación, se combina el tipo cuantitativo con el tipo cualitativo.
  • 16. El enfoque de investigación es cualitativo de nivel descriptivo de corte transversal. Viéndose dentro del contenido lo cuantitativo en los resultados que se presentan a través de los datos estadísticos, y este generaliza a las personas que han sido encuestadas y/o entrevistadas. Lo cualitativo debido a los resultados que se presentan de manera descriptiva en forma narrativa. El trabajo investigado corresponde a una investigación no experimental, ya que se estudiaran los hechos o fenómenos en su situación natural. La investigación es prospectiva, se registran los casos o informaciones adquiridas en base a lo recibido por las encuestas y/o entrevistas, como al mismo tiempo por las informaciones primarias, secundarias y terciarias recopiladas. Los métodos utilizados durante la investigación son tres métodos inductivos, analíticos y sintéticos. El método inductivo ya que se partirá de casos particulares para llegar a lo general. El método analítico porque todos los datos recolectados u obtenidos son analizados parte por parte. El método sintético para concluir y sintetizar todo lo investigado a los casos analizados. Las fuentes para obtener los resultados serán: entrevistas, conversaciones formales e informales, cuestionarios y observación. Se sabe que la ciencia es un método para llegar a un conocimiento seguro sobre determinado tema. Universo y Muestra El conjunto de individuos sometidos a la evaluación estadística, que designan a todo los posibles sujetos que pasan a formar parte de la población que reúnen las características que deben de tener
  • 17. con relación al abuso sexual en niños, consta de aproximadamente: – Psicólogos 8 personas – Abogados 211 personas – Jueces Penales de la ciudad de Caaguazú 15 personas – Personas comunes 500 personas En este trabajo investigativo no se trabaja con todos los elementos de la población que se estudia, sino sólo con una parte o fracción de ella, debido a que es muy grande y no es fácil abarcarla en su totalidad. Por ello se optó por una muestra representativa que queda de la siguiente manera: – Psicólogo 4 personas – Abogados 100 personas – Jueces Penales de la ciudad de Caaguazú 7 personas – Personas comunes 250 personas Técnicas e Instrumentos de Recolección Entre las técnicas de recolección de datos se optó por introducir en la elaboración del material se tanto la entrevista, como el cuestionario. Primeramente la entrevista se utiliza únicamente con los Psicólogos y Jueces Penales de la ciudad de Caaguazú, esta entrevista se realiza sobre la base de un formulario previamente preparado y estrictamente normalizado. En los demás grupos se ha utilizado la técnica del cuestionario con preguntas cerradas de opción múltiples, y como instrumentos es utilizado el formulario. Además del cuestionario se utiliza libros, artículos periodísticos, internet. Procedimiento de Recolección de Datos
  • 18. La recolección de datos se logra mediante el uso de una gran diversidad de técnicas e instrumentos en la elaboración de este material, que como se había mencionado anteriormente, se optó por la entrevista, en dos grupos y luego el cuestionario para los demás. Procesamiento de Datos Después de realizar los debidos procedimientos para la recolección de datos, se vio la necesidad de representar dichos datos en gráficos logrando por medio de esta situarlos dentro de las preguntas de investigación que se han propuesto desde el inicio. Los datos obtenidos de la entrevista y de la encuesta fueron llevados a los gráficos utilizando el programa de Microsoft Excel 2010, con la debida tabulación de cada una de ellas. Quedando por consiguiente la investigación realizada teniendo como referencia:  Línea de investigación: Aborto terapéutico o por indicación médica  Área: Penal  Población: Ciudad de Caaguazú (Psicólogos, Abogados, Jueces Penales y Personas comunes).  Muestra:  Psicólogos 5 personas  Abogados 100 personas  Jueces Penales de la ciudad de Caaguazú 7 personas  Personas comunes 250 personas RESULTADOS Y DISCUSIÓN Gráficos realizados en base a los datos obtenidos por parte de los Psicólogos de la ciudad de
  • 19. Caaguazú, mediante el cuestionario realizado por la Abg. Mts. Esmilce Cristina Galeano Mendoza. Gráfico 01: Son muchos los casos de abuso sexual en niños?
  • 20. Frecuencia Porcentaje Sí 4 80% No 1 20% De la primera pregunta realizada a las psicólogas de la ciudad de Caaguazú, el 80% de la población en estudio afirma que son muchos los casos de abuso sexual en niños, mientras que el 20% restante afirma que no son muchos. Gráfico 02: Pregunta 02 Existen características que se hacen identificable en el niño/a que sufre este tipo de hecho? Frecuencia Porcentaje Sí 5 100% No 0 0% La segunda pregunta realizada a la población en estudio afirma en el 100% que existen características que hacen identificable en el niño/a que sufre de abuso sexual en niños. Gráfico 03: Pregunta 03
  • 21. Podría decirse que existe un género predispuesto para este tipo de hecho punible? Frecuencia Porcentaje Sí 3 60% No 2 40% Se desprende de la tercera pregunta formulada a la población en estudio que el 60% afirma que existe un género predispuesto para este tipo de hecho punible, mientras que el 40% restante de la población no considera que exista un género predispuesto para el abuso sexual en niños. Gráfico 04: Pregunta 04 Son reversibles los daños psicológicos que ocasionan al niño/a la circunstancia vivida?
  • 22. Frecuencia Porcentaje Sí 4 80% No 1 20% De la cuarta pregunta formulada al grupo de psicólogos en estudio se obtuvo que el 80% de la población considera que los daños psicológicos que son causados a la víctima por el hecho de abuso sexual son reversibles, mientras que un 20% de la población considera que es irreversible. Más no obstante, aclaran que todo depende de la predisposición de la víctima en superar el trauma, en seguir con las terapias y la gravedad de los hechos. Gráfico 05: Pregunta 05 Considera Ud. que este tipo de hecho se dan con más frecuencia debido a la baja expectativa de pena?
  • 23. Frecuencia Porcentaje Sí 4 80% No 1 20% La quinta pregunta formulada a la población en estudio denota que el 80% de la población considera que este tipo de hecho punible se da con más frecuencia debido a la baja expectativa de pena. El 20% restante de la población considera que no es el único factor que debe de considerarse para la consumación y/o auge de este delito. Gráficos realizados en base a los datos obtenidos por parte de los Abogados de la ciudad de Caaguazú, mediante el cuestionario realizado por la Abg. Mts. Esmilce Cristina Galeano Mendoza. Gráfico 01: Pregunta 01 Tiene Ud. conocimiento de algún hecho punible de abuso sexual en niños?
  • 24. Frecuencia Porcentaje Sí 70 70% No 30 30% En la primera pregunta formulada a los abogados de la ciudad de Caaguazú que componen la población en estudio el 70% ha afirmado que tuvo algún conocimiento del hecho punible de abuso sexual en niños mientras que el 30% de la población restante no tuvo un conocimiento cercano. Gráfico 02: Pregunta 02 Cree Ud. que este tipo de hecho punible se encuentra en auge?
  • 25. Frecuencia Porcentaje Sí 65 65% No 35 35% A la segunda pregunta formulada a los abogados el 65% de la población afirma que considera que este tipo de hecho punible se encuentra en auge. El restante 35% de la población afirma que no es que necesariamente se encuentre en auge que tal vez sea que estos son más denunciados. Gráfico 03: Pregunta 03 Supone Ud. que estos hechos se dan a causa de una expectativa mínima de pena?
  • 26. Frecuencia Porcentaje Sí 55 55% No 45 45% La tercera pregunta formulada a la población en estudio resalto que el 55% considera que estos hechos se dan a causa de que la expectativa de pena es mínima. Mientras que el 45% afirma que no se debe debidamente a que la pena sea mínima sino que también existen otros factores que deben de considerarse. Gráfico 04: Pregunta 04 Considera Ud. que es viable la modificación de la expectativa de pena por una más justa?
  • 27. Frecuencia Porcentaje Sí 70 70% No 30 30% La cuarta pregunta prescrita en el formulario denoto que el 70% de la población considera que es viable la modificación de la expectativa por una pena más justa. Mientras que el 30% considera que no es viable la modificación puesto que puede deberse tenerse en consideración otros factores. Gráfico 05: Pregunta 05 Discurre Ud., que este tipo de hecho punible a más de serun delito es un crimen?
  • 28. Frecuencia Porcentaje Sí 60 60% No 40 40% La última pregunta realizada a esta población en estudio afirma el 60% que considera que este tipo de hecho punible debe de ser considerado crimen y no delito por atentar contra una criatura inocente. Mientras que el 40% de la población está conforme con que sea ubicada dentro de los delitos a este hecho punible. Gráficos realizados en base a los datos obtenidos por parte de los Jueces Penales de la ciudad de Caaguazú, mediante el cuestionario realizado por la Abg. Mts. Esmilce Cristina Galeano Mendoza. Gráfico 01: Pregunta 01 S.S., son varios los casos de abuso sexual en niños que se dieron en el transcurso del año?
  • 29. Frecuencia Porcentaje Sí 7 100% No 0 0% La primera pregunta realizada a los Jueces Penales de la Ciudad de Caaguazú demostró que el 100% de la población en estudio considera que son varios los casos de abuso sexual que se dieron en el transcurso del año. Gráfico 02: Pregunta 02 V.S., puede deducirse que estos tipos de hechos van en auge?
  • 30. Frecuencia Porcentaje Sí 5 71,4% No 2 28,5% A la segunda pregunta formulada se obtiene que los Jueces Penales de la ciudad de Caaguazú, en un 71,4% consideran que este tipo de hecho punible se encuentra en auge. Mientras que el restante 28,5% de la población considera que no es así. Gráfico 03: Pregunta 03 Existen procesados que reinciden en la comisión del mismo hecho?
  • 31. Frecuencia Porcentaje Sí 5 71,4% No 2 28,5% De la tercera pregunta se obtiene que el 71,4% de la población afirma que existen procesados que reinciden en la comisión del hecho punible de abuso sexual en niños. Mientras que el 28,5% de la población afirma que no reinciden. Gráfico 04: Pregunta 04 Esta circunstancia podría deberse a que la expectativa de pena es mínima?
  • 32. Frecuencia Porcentaje Sí 4 57,14% No 3 42,85% La cuarta pregunta formulada a la población en estudio resalta que en un total del 57,14% que considera que este tipo de hecho se da por la baja expectativa de pena. Mientras que el restante 42,85% considera que este no es un factor único. Gráfico 05: Pregunta 05 Considera Ud., S.S. que es conveniente la modificación de la pena en este tipo de hechos punibles por otros más acorde al bien jurídico vulnerado considerando los daños físicos y psicológicos ocasionados a la víctima?
  • 33. Frecuencia Porcentaje Sí 5 71,4% No 2 28,5% De la última pregunta formulada a los Jueces Penales de la ciudad de Caaguazú se obtiene que el 71,4% de la población considera que es conveniente la modificación de la pena por una que se encuentre más acorde al bien jurídico protegido. Mientras que la población restante no considera la modificación de la pena. Gráficos realizados en base a los datos obtenidos por parte de los Habitantes de la ciudad de Caaguazú, mediante el cuestionario realizado por la Abg. Mts. Esmilce Cristina Galeano Mendoza. Gráfico 01: Pregunta 01 Tiene Ud. conocimiento de un hecho de abuso sexual en niños?
  • 34. Frecuencia Porcentaje Sí 150 60% No 100 40% La primera pregunta realizada a la población en estudio se desprende que el 60% tuvo conocimiento de algún hecho de abuso sexual en niños. Mientras que el 40% de la población restante no tuvo ningún conocimiento sobre ese tipo de hecho punible. Gráfico 02: Pregunta 02 Sabe Ud. si el hecho fue denunciado ante la fiscalía?
  • 35. Frecuencia Porcentaje Sí 150 60% No 100 40% La segunda pregunta de la población dio como resultado que el 60% tiene conocimiento de que el hecho fue denunciado. Mientras que el 40% de la población desconoce si fue denunciado. Para tal efecto en este segundo supuesto debe de considerarse que estos desconocían este tipo de hecho punible dentro de su comunidad. Gráfico 03: Pregunta 03 El/la niño/a logró superar las circunstancias del hecho?
  • 36. Frecuencia Porcentaje Sí 100 40% No 150 60% Consecuentemente de la tercera pregunta formulada a la población en estudio se obtuvo que el 40% afirma que la víctima del hecho punible de abuso sexual en niños logro superar su trauma. Mientras que el restante 60% afirma que no logro superar el hecho. Conviene destacar que solo un porcentaje de esta población tiene conocimiento certero sobre la pregunta realizada. Gráfico 04: Pregunta 04 Considera Ud. que la pena a seraplicada al agresor es diminuta?
  • 37. Frecuencia Porcentaje Sí 170 68% No 80 32% El 68% de la población en estudio considera que la pena a ser aplicada por ese tipo de hecho punible es diminuta. Mientras que el 32% restante de la población considera que no es diminuta. Gráfico 05: Pregunta 05 Piensa Ud. que es necesario una modificación para la ampliación de la expectativa de pena a ser aplicada en este tipo de hechos?
  • 38. Frecuencia Porcentaje Sí 170 68% No 80 32% Consecuentemente el 68% de la población considera que es necesaria la modificación en busca de la ampliación de la expectativa de pena en estos hechos punibles. Mientras que el 32% de la población estima que no es necesaria la modificación de la expectativa de la pena en el hecho de abuso sexual en niños. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE LOS RESULTADOS Una vez culminada la total graficación de los datos obtenidos de las distintas variables podemos interpretar que la comisión de este tipo de hecho punible se da en cierto modo debido a que la expectativa de pena es mínima, otro aspecto que puede considerarse es la cultura en la que se ha desenvuelto el agresor-victimario puesto que la conducta del mismo puede desembocar en ese tipo de acciones antijurídicas dañinas. Se obtuvo así también la necesaria la modificación de la expectativa de la pena de modo que sea acorde a la vulneración del bien jurídico protegido. Se ha visto que este tipo de hecho punible no es un delito como muchos lo denominan.
  • 39. DEDICATORIA A mis padres, por llenar mi vida de amor, ayudarme a afrontar las dificultades de la vida, y por hacer de mí la persona que hoy día soy. A mis hermanos, por ser una parte muy importante de mi vida, por su apoyo diario. AGRADECIMIENTOS A Dios, por bendecir mi vida, por brindarme excelentes oportunidades y por guiarme por los senderos más lindos de la vida. A mis padres y hermanos, por brindarme siempre su apoyo incondicional, por el amor y la paciencia que me brindan a diario. Autor:  RICHARD ALFREDO CUBA ESTRADA  SANTIAGO  CRISTIAN ANDRES REY