SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 20
UNIVERSIDAD FERMÌN TORO
VICE RECTORADO ACADÈMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÌDICAS Y POLÌTICAS
ESCUELA DE DERECHO
T.G N° 6069/2015-A
LOS CENTROS SOCIO-EDUCATIVOS DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD
DEL ADOLESCENTE Y EL EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO CONTEMPLADOS
EN LA LOPNNA.
AUTORA: LEGNA TORREALBA
22.192.422
TUTOR: ABG. ZORCIORET NIETO
METODOLOGA: EMILY RAMIREZ
BARQUISIMETO MARZO, 2015
UNIVERSIDAD FERMÌN TORO
VICE RECTORAO ACADÈMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÌDICAS Y POLÌTICAS
ESCUELA DE DERECHO
T.G N° 6069/2015-A
SISTEMA DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE Y EL EQUIPO
MULTIDISCIPLINARIO CONTEMPLADOS EN LA LOPNNA.
(Proyecto de Trabajo de Grado presentado como requisito para optar al título de
Abogado)
AUTORA: LEGNA TORREALBA
22.192.422
TUTOR: ABG. ZORCIORET NIETO
ASESOR METODOLOGICO:
EMILY RAMIREZ
BARQUISIMETO MARZO, 2015
INTRODUCCIÓN
La siguiente investigación se desarrolla en base que a los últimos años el Estado
asume con los niños y adolescente del país el compromiso de brindarles
protección integral, l cual se refiere a dos aspectos: protección social y protección
jurídica. La protección social se logra a través de un conjunto de actividades
dirigidas a propiciar las condiciones necesarias por el desarrollo de la
personalidad, para satisfacer las necesidades básicas y garantizar derechos
fundamentales de la niñez y juventud.
Por otro lado la protección jurídica implica legislar para hacer exigible los derechos
mediante la creación de instancias administrativas y judiciales que intervengan en
casos de que estos derechos sean amenazados o violados y que dentro de estas
instancias judiciales específicamente se apliquen mecanismos para garantizar los
derechos de un sistema de responsabilidad y equipo multidisciplinario.
En nuestro país la necesidad de implementar programas destinados a los niños
niñas y adolescentes que se encuentren en situaciones irregulares o
específicamente en conflicto con la ley, viene dada por la inexistencia de políticas
adecuadas para el tratamiento e estos actores, aun cuando se reconocen los
esfuerzos que se realizan en el sentido de la implementación y puesta en practica
de la Ley Orgánica Para La Protección De Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA)
donde se exige la creación de diferentes organismos como Gubernamentales
como no Gubernamentales que deben intervenir en la solución de la problemática
que hoy en día presentan nuestros niños y jóvenes.
Permanentemente, se ha debatido si en los contextos de encierro es posible
educar. Plantearse la praxis educativa o socioeducativa liberadora en un medio
cerrado, punitivo y violento ¿es una utopía?, ¿es una paradoja?, ¿es una
contradicción? Si consideramos la Educación como derecho fundamental y
universal de las personas (y muy especialmente de las personas presas) la utopía
se desdibuja configurando espacios, momentos y procesos factibles a partir de
apuestas y proyectos de acciones concretas.
De hecho, en Venezuela la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del
Adolescente, inicialmente publicada en la Gaceta Oficial de la República de
Venezuela bajo el Nº 5266, de fecha 02 de octubre de 1998, en lo sucesivo
LOPNA y reformada mediante Gaceta Oficial Extraordinario de la República
Bolivariana de Venezuela Nº 5859, de fecha 10 de Diciembre de 2.007, en lo
sucesivo LOPNNA, establece los derechos en ejecución de las medidas que
orientan el Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes, las cuales son de
orden público, intransigibles, irrenunciables, interdependientes entre sí,
indivisibles, como el debido proceso y la celeridad procesal mediante un juicio
educativo, recordándose que el proceso penal del adolescente es, oral, reservado,
rápido, contradictorio, pedagógico y ante un tribunal especializado, garantías estas
que devienen de los principios establecidos no sólo en el Código Orgánico
Procesal Penal Vigente, aplicables en esta materia conforme a lo previsto en el
art. 537 de la referida Ley, en armonía con la Convención de los Derechos del
Niño, todo enmarcado dentro de una concepción universal de los Derechos
Humanos.
Por una parte, en virtud del cambio de paradigma que se adoptó con la Doctrina
de la Protección Integral, el cual incluye la consideración de los Niños, Niñas y
Adolescentes como Sujetos de Derecho, garantizando para los adolescentes en
conflicto con la Ley Penal, una justicia tendente a respetar y proteger los mismos
derechos de educación previstos para los adultos; en consecuencia, los derechos
de estos, son los mismos derechos reconocidos a todas las personas, pero
adecuándolos, mediante disposiciones específicas que contienen protecciones y
derechos especiales que atienden a su condición, siempre con un derecho penal
atenuado de manera diferenciada del adulto, y la diferencia consiste en la
jurisdicción especializada y en la sanción que se les impone, aplicándose los
postulados de la psicología evolutiva.
CAPITULO I
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
EL PROBLEMA
El Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, está contenido en al Titulo
V de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y expresa:
El Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes es el conjunto de
órganos y entidades que se encargan del establecimiento de la
responsabilidad del adolescente por los hechos punibles en los cuales
incurran, así como de la aplicación y control de las sanciones
correspondientes.
La realidad Venezolana en cuanto a l protección del Niños Niñas y Adolescentes;
viene dada con la reformulación de la Ley Tutelar Del Menor, cuando en el año
1998 entra en vigencia la Ley Orgánica Para La Protección Del Niño, Niña y
Adolescente, siendo esta la causante de la reestructuración del Poder Judicial y
del Ministerio Publico en materia de menores, donde estos entes Jurisdiccionales
comienzan sus labores con la puesta en practica de esta nueva Ley, a partir del
mes de Septiembre del año 2000. Durante la vigencia de la anterior Ley el niño era
visto como Objeto de Derecho, por lo que era visto como Objeto de tutela; con la
creación de la nueva Ley Orgánica Para La Protección De Niños, Niñas y
Adolescentes, se genera el concepto del niño y del adolescente como sujeto de
derecho, donde se les otorga legitimidad sobre su desarrollo integral, siendo
considerados como sujetos activos y participantes del cumplimiento de sus propios
deberes y derechos.
Por otra parte, Esta ley dio un giro de ciento ochenta grados al tratamiento de la
conducta delictual del adolescente, quien en el viejo paradigma de la situación
irregular contenido en la derogada Ley Tutelar del Menor, era considerado como
un irresponsable penal y pasa a ser imputable dentro de este nuevo sistema
penal, con una imputabilidad disminuida en cuanto a la pena y especial al
compararla con el tratamiento dado a los adultos.
La Ley Orgánica Para La Protección De Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA),
Esta conformada por dos reglamentaciones específicas, dividiendo así el sistema
en referencia a la parte civil, es decir, la protección del niño, niño y adolescente de
lo que se refiere la parte Judicial Penal.
Es preciso indicar, que el Sistema de Responsabilidad penal del Adolescente,
cuenta con un órgano auxiliar denominado Equipo Técnico Multidisciplinario; cuyo
trabajo corresponde a la aplicación de informes de peritaje en aquellos casos
donde se juzgara al adolescente como herramienta de convicción del juez para la
aplicación de sanciones adecuadas; así como en materia de seguimiento a los
adolescentes que ejecutan sus medidas no privativas de libertad relacionadas con
reglas de conductas y libertad asistid, estos informes mencionados se envían al
juez ejecutor a razón de exponer sobre la asistencia y cumplimiento de la sanción
por parte del joven ante el equipo.
Cada Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes debe contar con
un equipo multidisciplinario que se organizará como servicio auxiliar de
carácter independiente e imparcial, para brindar al ejercicio de la función
jurisdiccional de protección la consideración integral de factores biológicos,
psicológicos, sociales y legales necesarios para cada caso, de forma
colegiada e interdisciplinaria. Este equipo estará integrado por profesionales
de la medicina psiquiátrica, de la psicología, del trabajo social, del derecho y,
en las zonas en que sea necesario, de expertos interculturales bingües en
idiomas indígenas.
Estos equipos multidisciplinarios estarán integrados por funcionarios y
funcionarias judiciales de carrera. Este personal sólo podrá prestar sus
servicios exclusivamente a los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes. Articulo 179 (LOPNNA).
Por lo tanto en Venezuela, las garantías de Derecho a un trato humanitario y
digno, que orientan el Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes, están
previstas en la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
en lo sucesivo LOPNNA. Esta Ley demuestra la concreción de una transición
jurídica de un modelo tutelar que sólo comprendía al menor como un objeto de
protección e intervención pasando a un modelo de responsabilidad penal de los
adolescentes infractores, como bien lo indica la exposición de motivos de la
precitada Ley Especial al afirmar que la Convención y los demás instrumentos
jurídicos que integran la Doctrina de Protección Integral poseen todos los
elementos para revertir el antiguo paradigma y construir un Sistema Penal de
Responsabilidad de Adolescentes que sustituya el binomio compasión-represión”
por el binomio severidad justicia y así mismo el Sistema de Responsabilidad del
adolescente.
Además, la LOPNNA, asume con los Niños y Adolescentes del país el
compromiso de brindarles protección integral, precisada en dos ámbitos, la
protección social que se logra a través de un conjunto de actividades dirigidas a
propiciar las condiciones necesarias para el desarrollo de la personalidad, para la
satisfacción de sus necesidades y garantizar sus derechos; y la protección jurídica
que implica el concretar los derechos consagrados en la ley.
en Venezuela, los niños, niñas y adolescentes que viven en hogares
caracterizados por una situación de pobreza, se ven en la obligación de salir a
trabajar a muy temprana edad, lo cual conduce a que muchos de ellos abandonen
la escuela y opten por salir a buscar ingresos tanto para sí mismos como para su
grupo familiar. Las condiciones son tan precarias que acuden al trabajo informal
para lograr la subsistencia y en algunos casos se recurre a otros tipos de
actividades como la venta de drogas, robo, entre otros, que les permitan de una u
otra forma obtener dinero para poder sobrevivir.
Todas estas situaciones, pueden estar asociadas a la violencia, en términos de
daños físicos, trastornos psicológicos traumas, fobias, neurosis graves, entre
otros. Si bien la violencia afecta a toda la población en general, son los sectores
más postergados y en desventaja social, los que resultan particularmente
impactados.
Por esto, los jóvenes, en especial los varones, se ven primariamente involucrados
en los conflictos armados, en los desajustes sociales de carácter grupal como las
bandas o maras, y en delitos enmarcados en la pobreza y desocupación laboral.
Igualmente es necesario y esta en mora crear sitios, donde se alojen a los
adolescentes, previo a un diagnostico y se puedan seleccionar, los menos
violentos y que esos programas no sean tutelares, sino realmente integrales
donde la familia sean los verdaderos responsables. De recuperar a su familiar que
ha caído en errores.
Igualmente, debe de haber tras muro un equipo tras disciplinario de: Psicólogos,
Sociólogos, Psiquiatras, Educadores en materia Laboral y Deportiva. Y que estos
ayuden en los objetivos de los programas Socio educativos y que cada programa
sea individual.
Por tal razón, se establecen medidas socio-educativas que se gradúan
judicialmente de acuerdo al nivel y carácter de la infracción cometida por el
adolescente, recurriendo a la de privación de libertad sólo para los casos de las
transgresiones de extrema gravedad, a tenor de lo dispuesto en el artículo 628
Parágrafo Segundo Literal “A” de la LOPNNA Para determinar el Interés Superior
en esta situación se observaría un perfecto equilibrio entre los derechos y
garantías de un adolescente que se encuentre en el ámbito de la justicia penal
juvenil y los de una sociedad que en búsqueda de su bien común ha entregado su
representación al Estado y que en sus textos legales ha decidido olvidar, no punir
un determinado delito por el transcurso del tiempo. En el artículo 631nos establece
el Derecho del o de la adolescente sometida a la medida de privación de liberta:
a) Permanecer internado o internada en la misma localidad o en la más
próxima al domicilio de sus padres, madres, representantes o responsables.
b) Que el lugar de internamiento satisfaga las exigencias de higiene,
seguridad y salubridad, cuente con acceso a los servicios públicos esenciales
y sea adecuado para lograr su formación integral.
c) Ser examinado o examinada por un médico o médica, inmediatamente
después de su ingreso a la institución de internamiento, con el objeto de
comprobar anteriores violaciones a su integridad personal y verificar cualquier
estado físico o mental que requiera tratamiento.
d) Que se le mantenga, en cualquier caso, separado o separada de personas
adultas condenadas por la legislación penal.
e) Participar en la elaboración del plan individual de ejecución de la medida.
f) Recibir información sobre el régimen interno de la institución, especialmente
sobre las medidas disciplinarias que puedan serle aplicadas y sobre los
procedimientos para imponerlas y ejecutarlas.
g) Impugnar las medidas disciplinarias adoptadas, en el caso concreto, por las
autoridades de la institución.
h) No ser trasladado o trasladada arbitrariamente de la institución donde
cumple la medida. El traslado sólo podrá realizarse por una orden
escrita del juez o jueza.
i) No ser, en ningún caso, incomunicado o incomunicada ni sometido o
sometida a castigos corporales.
j) No ser sometido o sometida a régimen de aislamiento, salvo cuando sea
estrictamente necesario para evitar actos de violencia contra sí mismo o
contra terceros.
k) Ser informado o informada sobre los modos de comunicación con el mundo
exterior; mantener correspondencia con sus familiares, amigos y amigas, y al
régimen de convivencia, por lo menos semanalmente.
l) Tener acceso a la información de los medios de comunicación.
m) Mantener la posesión de sus objetos personales y disponer de local
seguro para guardarlos, recibiendo comprobante de aquellos que hayan sido
depositados en poder de la institución.
n) Realizar trabajos remunerados que complementen la educación que le sea
impartida.
o) Realizar actividades recreativas y recibir asistencia religiosa, si así lo
desea.
Por lo antes expuesto esta ley creó dos sistemas diferenciados con objetivos,
integrantes y funciones diferente que en la práctica se deben interrelacionar, estos
son el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente y el Sistema Penal de
Responsabilidad del Adolescente. El Sistema de Protección del Niño y del
Adolescente lo define la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del
Adolescente en el artículo 117 como el conjunto de órganos, entidades y servicios
que formulan, coordinan, integran, supervisan, evalúan y controlan las políticas,
programas y acciones de interés público a nivel nacional, estadal o municipal,
destinados a la protección y atención de todos los niños y adolescentes, y
establecen los medios a través de los cuales se asegura el goce efectivo de los
derechos y garantías y el cumplimiento de los deberes establecidos en la ley. Los
integrantes de este sistema están conformados por órganos administrativos
(Consejo Nacional, Estadal y Municipal de Derechos del Niño y del Adolescente y
los Consejos de Protección del Niño y del Adolescente), órganos jurisdiccionales
(Tribunales de protección del niño y del Adolescente y la Sala de Casación Civil
del Tribunal Supremo de Justicia), Ministerio Público, entidades de atención,
Defensorías 18 del Niño y del adolescente.
De igual manera, la Ley estableció en el artículo 125 medidas de protección
aplicables a los niños y adolescentes que son víctimas de violación o amenazas
de derechos, las cuales son dictadas por los Consejos de Protección. A su vez el
Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, es definido como el conjunto
de órganos que se encargan del establecimiento de la responsabilidad del
adolescente por los hechos punibles en los cuales incurra (artículo 526 de la Ley
Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente).
Los Niños, Niñas y Adolescentes tiene el derecho a un trato humanitario y digno
dentro de los centros socio educativos por parte de los equipos Multidisciplinario,
como bien lo expresa la Ley Orgánica para la Protección Del Niño, Niña y
Adolescente en su Articulo 89
Todos los niños, niñas y adolescentes privados o privadas de libertad tienen
derecho a ser tratados o tratadas con la humanidad y el respeto que merece
su dignidad como personas humanas. Asimismo, gozan de todos los
derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes, además de los
consagrados específicamente a su favor en esta Ley, salvo los restringidos
por las sanciones impuestas.
Al mismo tiempo, cuando hablamos de la responsabilidad penal de los mayores,
podemos dar por sentado que la responsabilidad de los castigados les pertenece,
pero cuando hablamos de la responsabilidad penal de un niño o de un joven, no
podemos atribuir la culpa sólo a estos, sino que debemos girar la mirada hacia los
adultos, la educación, la familia, la sociedad. El encarcelamiento no corrige al
encarcelado, ni sirve para evitar delitos futuros. Los delitos se evitan con
prevención, con educación ciudadana, con control, con planes de alfabetización
popular en derechos y obligaciones, con exaltación del valor de la ley y el respeto
del otro como precio para evitar la convivencia salvaje.
Cómo prevenir comportamientos delictivos ha sido materia de gran debate, ya que
los factores asociados son usualmente complejos. La investigación nacional e
internacional indica que el desarrollo del comportamiento delictivo puede
entenderse como producto del ínter juego de numerosas variables sociales,
familiares o individuales. El incremento de los jóvenes que ingresan a una banda
cada día aumenta, y como consecuencia de esto las bandas tienen un incremento,
la televisión y parte de los medios de comunicación masiva, influyen en los
jóvenes, ya que imitan las culturas de jóvenes de países avanzados. Sumado a
esto problemas personales, familiares, sociales, económico, y sobre todo la falta
de oportunidad a la educación los jóvenes que están dispuestos a tentar contra su
persona, consumiendo droga, alcohol, cometer delitos mayores, menores, y sobre
todo el daño moral que le causan a sus padres son grandes. La gran cohesión
existente, y que mantiene unida a estas bandas, suponen un estudio a fondo de
diversos factores como la búsqueda de comprensión, el sentirse apreciado,
factores sociales, psicológicos y naturales.
Sobre las bases de las ideas expuestas, La Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela establece en su ARTÍCULO 272. “El estado garantizará
un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o interna y el
respeto a sus derechos humanos funcionarán bajo la dirección de penitenciariítas
profesionales con credenciales académicas universitarias, y se regirán por una
administración descentralizada, a cargo de los gobiernos estadales o municipales,
pudiendo ser sometidos a modalidades de privatización….El estado creará las
instituciones indispensables para la asistencia pos penitenciaria que posibilite la
reinserción social del ex interno y ex interna y propiciará la creación de un ente
penitenciario con carácter autónomo y con personal exclusivamente técnico”.
Decálogo de males de nuestro penitenciar istmo:
º Instalaciones Inadecuadas
º Hacinamiento
º Ocio
º Consumo y tráfico de drogas
º Inseguridad personal
º Ausencia de agrupación y tratamiento reeducativo
º Falta de verdadera enseñanza elemental
º No aprendizaje de oficios
º Personal de custodia no calificado
º Personal no interesado en la problemática penitenciaria.
º Pasos básicos para tratamiento: des hacinar, agrupar, estudiar, enseñar,
reinsertar socialmente.
Cabe destacar que, la Ley de Régimen Penitenciario estipula que cada una de las
prisiones debe contar con servicios de atención psiquiátrica, son pocas las que
ofrecen este servicio, en muchas oportunidades cuando los reclusos requieren
asistencia psiquiátrica, deben ser trasladados por la Guardia Nacional esposados
a los hospitales públicos, esto no sólo ocurre con la atención psiquiátrica sino con
casi todas las patologías que puedan presentar los internos. Tomar previsiones
implica la definición de varios planes estratégicos para el control de una situación
o varias situaciones; no es posible lograr una gobernabilidad real cuando los
dirigentes sólo se dedican a la planificación reactiva o defensiva ante situaciones
particulares o eventuales, es necesario el diseño de planes y programas
preventivos que eviten riesgos, que en definitiva den respuestas eficaces a
los problemas y necesidades, de lo cual adolece el sector de prisiones en todas
sus áreas de competencia.
En virtud de carecer de una programación, la mayoría del tiempo y los recursos
se agotan en la atención de eventualidades, donde la improvisación juega papel
protagónico. De esto se infiere que no existen lineamientos y criterios claros, son
muy débiles los programas direccionales y por ende no se ha obtenido el
compromiso de los diferentes actores, no sólo en el área de tratamiento sino
también de seguridad. En lo operativo la División de Atención Integral, dispone de
Departamentos encargados de Educación, Psicología, Consultorías Jurídicas,
Cultura, Deportes, Capellanía y Trabajo Social, a los cuales está asignado un
pequeño grupo de profesionales con algunas secretarias de apoyo, con muy
pocos recursos materiales para la ejecución de actividades, mucho menos para
realizar la supervisión.
En oportunidades los programas son definidos en las Divisiones, pero no
responden a la política de la Dirección General, en otras, son diseñados en la
Dirección General con iguales limitaciones de recursos para la ejecución, pero no
se involucra en la elaboración a los funcionarios de las Divisiones, lo que deja ver,
falta de coordinación e integralidad de los equipos en la determinación
de estrategias, directrices y dogmas institucionales.
Mientras que en la División de Medicina Integral se encuentran adscritos los
Departamentos de Odontología, Medicina y Nutrición. En está materia existe una
situación similar; pero se hacen menos esfuerzos por reunir a los equipos de
trabajo para la planificación de actividades.
Por su parte, los equipos técnicos de tratamiento socio educativos no disponen de
recursos elementales para cumplir con sus obligaciones; desde las mismas
condiciones ambientales de las oficinas presentan deficiencias, es usual que no se
cuente con computadoras, material de oficina, acondicionadores
de aire, iluminación, ventilación y en muchos casos los profesionales deben
suministrar con sus propios salarios, los materiales de limpieza para mantener
acondicionados sus espacios de trabajo; La problemática se agudiza en la
actualidad en materia de funcionamiento debido a que las partidas
presupuestarias se encuentran centralizadas y los suministros no son recibidos en
las cárceles oportunamente, desconociendo los directores si les asignarán
recursos durante el año ó no.
En cuanto a los insumos, equipos y materiales para desarrollar actividades de
tratamiento, la situación se observa muy deficitaria; al extremo de no disponer de
medicamentos, y materiales médico quirúrgicos para prestar servicios de salud, la
cual está estrechamente relacionada con el derecho a la vida; por tal razón, los
medios de comunicación constantemente reseñan protestas de los reclusos en
procura de la satisfacción de estas necesidades fundamentales, la realidad
expresa que por múltiples razones, donde también pudiera estar presente el
fenómeno de la corrupción, en algunos centro socio educativos, las oficinas no
disponen de papelería, equipos mínimos para funcionar, condiciones ambientales
deplorables, en las enfermerías no hay medicamentos, problemas
de higiene, agua potable, drenajes, mala calidad en los alimentos y su
preparación.
Si bien es cierto, En materia de nutrición la División de Medicina Integral se limita
a recibir reportes mensuales sobre la dieta suministrada a la población reclusa, a
remitir instructivos sobre el contenido nutricional que debe suministrarse a los
presos, y en ocasiones sobre la preparación de alimentos; pero muy poco se
realizan actividades de supervisión en los centros de reclusión para el Niño, Niña y
Adolescente.
El surgimiento de los centros socio educativos como medio de rehabilitación, re-
socialización y readaptación, viene dando muestras de fracaso desde sus propios
inicios, evidenciándose más su función represiva y de aislamiento social; Motivado
al fracaso ancestral del centro socioeducativo y equipo Multidisciplinario como
medio de re-socialización, el derecho penal del adolescente y como parte de
éste la ciencia penitenciaria, ha venido estudiando otras alternativas que
sustituyan la prisión con una visión más humanitaria, a través de las cuales, se
permita al individuo sometido a sanciones penales mayores posibilidades de
desarrollo y cambio personal, con perspectivas más acordes al contexto,
considerando un poco las causas reales del delito, superando al individuo, al
atender las condiciones socioeconómicas.
Por ultimo, El tratamiento a través del régimen abierto ubica al ser humano como
parte del quehacer social, como un ser social. Asume la sociedad como formadora
de la conducta; de allí, la necesidad de colocar a las personas que han
transgredido la norma en un contexto en el cual mantengan relación con la
comunidad, con las normas y las instituciones, como medios de referencia y
actores primordiales de la re-socialización.
En atención a lo antes expuesto, se procede a formular las siguientes
interrogantes: ¿Cuál es el alcance del Sistema de Responsabilidad del
Adolescente contenida en la Ley Orgánica para Niños, Niñas y Adolescentes?;
¿Qué se entiende por equipos Multidisciplinario en Venezuela?; y ¿Cómo se
ayudaría a los Niños, Niñas y Adolescentes, dentro de los centros socio
educativos?
OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN
Objetivos General
Analizar los centros socioeducativos del Sistema De Responsabilidad Del
Adolescente y El Equipo Multidisciplinario Contemplados En La LOPNNA.
Objetivos específicos
Explicar el alcance del Sistema de Responsabilidad del Adolescente contenido en
la Ley Orgánica para Niños, Niñas y Adolescentes
Explicar el concepto que se tiene Equipos Multidisciplinario en Venezuela,
contemplados en la Ley Orgánica para Niños, Niñas y Adolescentes.
Ayudar a los Adolescentes, privados de libertad a eliminar el ocio a través de
Talleres dictados por educadores, psicólogos y deportistas.
JUSTIFICACIÒN
Cuando se plantea la necesidad de investigar o crear programas de tratamiento
penitenciario, unas de las primeras reacciones que se producen entre los actores
principales del sistema son desesperanza e incredulidad, sobre todo entre los/as
profesionales y funcionarios/as penitenciarios/as a quienes compete llevar a cabo
dichos programas de intervención, ello en parte a consecuencia de la discrepancia
entre las propuestas ideales y los recursos disponibles, resultando muchas veces
en infructuosos listados de necesidades de recursos materiales sin respuesta
satisfactoria. Este proceso deberá ser facilitado y monitoreado por especialistas
del ámbito psico-socio-jurídico-criminológico-educativo ya que el cambio de
conducta y de actitudes hacia valores pro-sociales son el eje fundamental del
tratamiento, pues se parte de que el castigo en sí mismo no es garantía de
modificación conductual, de integración social o de intención de resarcir daño
alguno provocado por el adolescente. Será entonces el posicionamiento que
asuma el penado/a frente al tratamiento brindado.
En lo esencial partiendo de que la comisión de un hecho punible es parte del
repertorio conductual del sujeto y surge dentro de una historia de conflictos, la
privación de libertad como consecuencia de la perpetración del delito es concebida
como una situación conflictiva más. Es decir, es un problema a analizar e
idealmente a resolver. El primer paso para solucionar un problema es reconocer e
identificar su existencia (concientización), convirtiéndose éste en el primer
indicador de cambio o de disposición al mismo. Así, el eje central del tratamiento
resulta ser una variable cognitiva denominada pensamiento crítico, que es el
conjunto de reflexiones racionales que incluye habilidades para clarificar un
problema, reconocer los supuestos subyacentes, las implicaciones,
contradicciones, y que se caracteriza por su exigencia de claridad, precisión y
firmeza, que cuestiona la propia estructura de pensamiento y es capaz de
reconstruirla y está en permanente disposición de contrastarse dialéctico con otro
pensamiento, sabiendo reconocer las fortalezas y debilidades propias y las del
otro.
Por otras parte, administrar los establecimientos penitenciarios, suministrar el
tratamiento integral al recluso, garantizar la estricta observancia de las
disposiciones legales sobre el cumplimiento de las penas y otorgamiento de
beneficios, organizar y fomentar el trabajo agropecuario, industrial y artesanal en
los establecimientos penitenciarios y carcelarios, ejecutar programas para lograr la
rehabilitación y reinserción de alta calidad del recluso con la finalidad de que
contribuyan con el desarrollo de la sociedad, coordinar y controlar la ejecución de
penas y beneficios del recluso, evaluar y perfeccionar todos los programas de
atención integral al recluso, atendiendo al contenido del Art. 272 de la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela, que reza: El Estado garantizará un
sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o interna y el
respeto por sus derechos humanos.
Para ello, los establecimientos penitenciarios contarán con espacios para el
trabajo, el estudio, el deporte y la recreación, funcionarán bajo la dirección de
penitenciaritas profesionales con credenciales académicas universitarias, y se
regirán por una administración descentralizada, a cargo de los gobiernos
estadales o municipales, pudiendo ser sometidos a modalidades de
privatización. En general se preferirá en ellos el régimen abierto y el carácter de
colonias agrícolas penitenciarias. En todo caso las fórmulas de cumplimiento de
pena no privativas de libertad se aplicarán con preferencia a las medidas de
naturaleza reclusorio. El Estado creará las instituciones indispensables para la
asistencia pos penitenciario que posibilite la reinserción social del ex interno o ex
interna y propiciará la creación de un ente penitenciario con carácter autónomo y
con personal exclusivamente técnico. Y teniendo como norte la actualización de
los tratamientos post-carcelarios dirigidos a la reinserción social, participando
corresponsablemente en la construcción de una sociedad de paz y justicia social.
En otro orden de consideraciones, la presente investigación se ubica dentro de las
líneas de investigación emanadas de la Universidad Fermín Toro en el Polo en el
polo II
Por otra parte, esta investigación se encuentra enmarcada, según las líneas de
investigación de la Universidad Fermín Toro, en el ámbito: Cuidadania tomando en
consideración que el individuo realiza sus labores dentro de este territorio, y como
tal debe estar sujeto a las normas establecidas por éste, de forma que el Niños,
Niñas y Adolescentes deben estar protegido por el legislador e igualmente, el
Estado tiene la carga de vigilar el cumplimiento de todas las garantías
desplegadas para hacer eficaz el hecho social del adolescente.
Cabe agregar, que la línea de investigación se denomina: Los derechos Humanos
y la Realidad Local.
.
IMPORTANCIA
la Educación Social es importante en los centros socio educativo, ya que durante
el tiempo de internamiento penitenciario, semi libertad y libertad definitiva;
mediante programas y acciones individualizados o grupales desarrollados por
educadores/as (especialmente no penitenciarios), y psicólogos, favoreciendo la
recuperación, reeducación, reinserción socio laboral y socialización para la
reincorporación a su comunidad además escenarios de actuación donde se
pueden relacionar variadas y complejas situaciones asociadas a multi
problemáticas sociales específicas de gran vulnerabilidad, riesgo, dificultad o
conflicto social: delincuencia, drogodependencia, abandono, violencia,
internamiento, etc.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

(4) procedimiento comun nulidad, interpretacion y controversias administrativas
(4) procedimiento comun  nulidad, interpretacion y controversias administrativas(4) procedimiento comun  nulidad, interpretacion y controversias administrativas
(4) procedimiento comun nulidad, interpretacion y controversias administrativasCarla Niño Alvarado
 
A)vía ejecutiva e intimación
A)vía ejecutiva e intimaciónA)vía ejecutiva e intimación
A)vía ejecutiva e intimaciónsandrayannet
 
La Sustitución y Representación
La Sustitución y RepresentaciónLa Sustitución y Representación
La Sustitución y Representaciónzuly garcia
 
Pliego de peticiones, Junta de Conciliación, Junta de Arbitraje y la Huelga
Pliego de peticiones, Junta de Conciliación, Junta de Arbitraje y la HuelgaPliego de peticiones, Junta de Conciliación, Junta de Arbitraje y la Huelga
Pliego de peticiones, Junta de Conciliación, Junta de Arbitraje y la HuelgaCarmen Gil
 
La familia en el derecho internacional
La familia en el derecho internacionalLa familia en el derecho internacional
La familia en el derecho internacionaluss33ns
 
Tipos penales del Derecho Penal en Venezuela
Tipos penales del Derecho Penal en VenezuelaTipos penales del Derecho Penal en Venezuela
Tipos penales del Derecho Penal en Venezuelamontenegro1998
 
Esquema. procedimiento especial para el juzgamiento de los delitos menos graves
Esquema. procedimiento especial para el juzgamiento de los delitos menos gravesEsquema. procedimiento especial para el juzgamiento de los delitos menos graves
Esquema. procedimiento especial para el juzgamiento de los delitos menos gravesEstudiante.uftsaia Slideshow
 
Litigación oral (prisión preventiva y otras medidas cautelares pesonales)
Litigación oral (prisión preventiva y otras medidas cautelares pesonales)Litigación oral (prisión preventiva y otras medidas cautelares pesonales)
Litigación oral (prisión preventiva y otras medidas cautelares pesonales)mirtaderecho
 
La Filiacion Derecho Civil Familia
La Filiacion Derecho Civil FamiliaLa Filiacion Derecho Civil Familia
La Filiacion Derecho Civil FamiliaIvonne Duran
 
Union de hecho modelo de solicitud notarial
Union de hecho   modelo de solicitud notarialUnion de hecho   modelo de solicitud notarial
Union de hecho modelo de solicitud notarialErick Sanchez Roque
 
Interdictos posesorios y prohibitivos
Interdictos posesorios y prohibitivosInterdictos posesorios y prohibitivos
Interdictos posesorios y prohibitivosJhonmer Briceño
 
Divorcio en la Legislación Venezolana
Divorcio en la Legislación VenezolanaDivorcio en la Legislación Venezolana
Divorcio en la Legislación VenezolanaJhosmeRA
 
Conducencia pertinencia y utilidad de la prueba
Conducencia pertinencia y utilidad de la pruebaConducencia pertinencia y utilidad de la prueba
Conducencia pertinencia y utilidad de la pruebaLeo WilMar
 
Jurisdiccion contencioso administrativo
Jurisdiccion contencioso administrativoJurisdiccion contencioso administrativo
Jurisdiccion contencioso administrativocarlos jose arocha
 

La actualidad más candente (20)

Lojca
LojcaLojca
Lojca
 
(4) procedimiento comun nulidad, interpretacion y controversias administrativas
(4) procedimiento comun  nulidad, interpretacion y controversias administrativas(4) procedimiento comun  nulidad, interpretacion y controversias administrativas
(4) procedimiento comun nulidad, interpretacion y controversias administrativas
 
Escrito de Descarga
Escrito de Descarga Escrito de Descarga
Escrito de Descarga
 
La prueba por escrito en el derecho probatorio
La prueba por escrito en el derecho probatorioLa prueba por escrito en el derecho probatorio
La prueba por escrito en el derecho probatorio
 
A)vía ejecutiva e intimación
A)vía ejecutiva e intimaciónA)vía ejecutiva e intimación
A)vía ejecutiva e intimación
 
La Sustitución y Representación
La Sustitución y RepresentaciónLa Sustitución y Representación
La Sustitución y Representación
 
Pliego de peticiones, Junta de Conciliación, Junta de Arbitraje y la Huelga
Pliego de peticiones, Junta de Conciliación, Junta de Arbitraje y la HuelgaPliego de peticiones, Junta de Conciliación, Junta de Arbitraje y la Huelga
Pliego de peticiones, Junta de Conciliación, Junta de Arbitraje y la Huelga
 
La familia en el derecho internacional
La familia en el derecho internacionalLa familia en el derecho internacional
La familia en el derecho internacional
 
Tipos penales del Derecho Penal en Venezuela
Tipos penales del Derecho Penal en VenezuelaTipos penales del Derecho Penal en Venezuela
Tipos penales del Derecho Penal en Venezuela
 
Esquema. procedimiento especial para el juzgamiento de los delitos menos graves
Esquema. procedimiento especial para el juzgamiento de los delitos menos gravesEsquema. procedimiento especial para el juzgamiento de los delitos menos graves
Esquema. procedimiento especial para el juzgamiento de los delitos menos graves
 
La familia sustituta
La familia sustitutaLa familia sustituta
La familia sustituta
 
Contratacion internacional
Contratacion internacionalContratacion internacional
Contratacion internacional
 
Litigación oral (prisión preventiva y otras medidas cautelares pesonales)
Litigación oral (prisión preventiva y otras medidas cautelares pesonales)Litigación oral (prisión preventiva y otras medidas cautelares pesonales)
Litigación oral (prisión preventiva y otras medidas cautelares pesonales)
 
La Filiacion Derecho Civil Familia
La Filiacion Derecho Civil FamiliaLa Filiacion Derecho Civil Familia
La Filiacion Derecho Civil Familia
 
Union de hecho modelo de solicitud notarial
Union de hecho   modelo de solicitud notarialUnion de hecho   modelo de solicitud notarial
Union de hecho modelo de solicitud notarial
 
Interdictos posesorios y prohibitivos
Interdictos posesorios y prohibitivosInterdictos posesorios y prohibitivos
Interdictos posesorios y prohibitivos
 
Divorcio en la Legislación Venezolana
Divorcio en la Legislación VenezolanaDivorcio en la Legislación Venezolana
Divorcio en la Legislación Venezolana
 
Consejo de familia
Consejo de familiaConsejo de familia
Consejo de familia
 
Conducencia pertinencia y utilidad de la prueba
Conducencia pertinencia y utilidad de la pruebaConducencia pertinencia y utilidad de la prueba
Conducencia pertinencia y utilidad de la prueba
 
Jurisdiccion contencioso administrativo
Jurisdiccion contencioso administrativoJurisdiccion contencioso administrativo
Jurisdiccion contencioso administrativo
 

Similar a Mi tesis

ENSAYO SOBRE LA LEY ORGÁNICA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, LA LEY ORGÀN...
ENSAYO SOBRE LA LEY ORGÁNICA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA,  LA LEY ORGÀN...ENSAYO SOBRE LA LEY ORGÁNICA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA,  LA LEY ORGÀN...
ENSAYO SOBRE LA LEY ORGÁNICA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, LA LEY ORGÀN...durvis11
 
Compilación de-jurisprudencia-en-justicia-penal-juvenil - UNDOC
Compilación de-jurisprudencia-en-justicia-penal-juvenil - UNDOC Compilación de-jurisprudencia-en-justicia-penal-juvenil - UNDOC
Compilación de-jurisprudencia-en-justicia-penal-juvenil - UNDOC Johan Guisse
 
Red ong chilejusticiajuvenilchilees
Red ong chilejusticiajuvenilchileesRed ong chilejusticiajuvenilchilees
Red ong chilejusticiajuvenilchileesXimena Torres
 
lopnna, su importancia, clasificación de los Órganos jurisdiccionales, establ...
lopnna, su importancia, clasificación de los Órganos jurisdiccionales, establ...lopnna, su importancia, clasificación de los Órganos jurisdiccionales, establ...
lopnna, su importancia, clasificación de los Órganos jurisdiccionales, establ...aniuskaquintero26
 
Conclusiones de la lopnna skype
Conclusiones de la lopnna skypeConclusiones de la lopnna skype
Conclusiones de la lopnna skypeana matos
 
16 Régimen Penal para Adolescente LDB 28-ENE-2023.pptx
16 Régimen Penal para Adolescente LDB 28-ENE-2023.pptx16 Régimen Penal para Adolescente LDB 28-ENE-2023.pptx
16 Régimen Penal para Adolescente LDB 28-ENE-2023.pptxLAURAIVONNEMALVAEZCA
 
Conclusiones del equipo 1 de legislacion penal
Conclusiones del equipo 1 de legislacion penalConclusiones del equipo 1 de legislacion penal
Conclusiones del equipo 1 de legislacion penalFeliana Sánchez
 
Skype grupo 5 carmen leal
Skype grupo 5 carmen lealSkype grupo 5 carmen leal
Skype grupo 5 carmen lealCarmen Leal
 
Conclusiones del Equipo 1 de Legislacion Penal
Conclusiones del Equipo 1 de Legislacion PenalConclusiones del Equipo 1 de Legislacion Penal
Conclusiones del Equipo 1 de Legislacion PenalFeliana Sánchez
 
Ensayo delincuencia organizada lopna jesus villalba
Ensayo delincuencia organizada lopna jesus villalbaEnsayo delincuencia organizada lopna jesus villalba
Ensayo delincuencia organizada lopna jesus villalbajesusignaciovillalba
 
Informe de Legislación Penal
Informe de Legislación PenalInforme de Legislación Penal
Informe de Legislación Penalzulayvith
 
Lo1 1996 menortextoconsolidado(29julio2015)
Lo1 1996 menortextoconsolidado(29julio2015)Lo1 1996 menortextoconsolidado(29julio2015)
Lo1 1996 menortextoconsolidado(29julio2015)MaryJ18
 

Similar a Mi tesis (20)

TESIS COMPLETA URU YAMILY.doc
TESIS COMPLETA URU YAMILY.docTESIS COMPLETA URU YAMILY.doc
TESIS COMPLETA URU YAMILY.doc
 
ENSAYO SOBRE LA LEY ORGÁNICA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, LA LEY ORGÀN...
ENSAYO SOBRE LA LEY ORGÁNICA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA,  LA LEY ORGÀN...ENSAYO SOBRE LA LEY ORGÁNICA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA,  LA LEY ORGÀN...
ENSAYO SOBRE LA LEY ORGÁNICA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, LA LEY ORGÀN...
 
Presentacion
PresentacionPresentacion
Presentacion
 
Compilación de-jurisprudencia-en-justicia-penal-juvenil - UNDOC
Compilación de-jurisprudencia-en-justicia-penal-juvenil - UNDOC Compilación de-jurisprudencia-en-justicia-penal-juvenil - UNDOC
Compilación de-jurisprudencia-en-justicia-penal-juvenil - UNDOC
 
Analisis tema 8 y 9
Analisis tema 8 y 9Analisis tema 8 y 9
Analisis tema 8 y 9
 
Red ong chilejusticiajuvenilchilees
Red ong chilejusticiajuvenilchileesRed ong chilejusticiajuvenilchilees
Red ong chilejusticiajuvenilchilees
 
Lopnna mapa
Lopnna mapaLopnna mapa
Lopnna mapa
 
lopnna, su importancia, clasificación de los Órganos jurisdiccionales, establ...
lopnna, su importancia, clasificación de los Órganos jurisdiccionales, establ...lopnna, su importancia, clasificación de los Órganos jurisdiccionales, establ...
lopnna, su importancia, clasificación de los Órganos jurisdiccionales, establ...
 
Conclusiones de la lopnna skype
Conclusiones de la lopnna skypeConclusiones de la lopnna skype
Conclusiones de la lopnna skype
 
Rol del poder judicial y el ministerio público.
Rol del poder judicial y el ministerio público.Rol del poder judicial y el ministerio público.
Rol del poder judicial y el ministerio público.
 
16 Régimen Penal para Adolescente LDB 28-ENE-2023.pptx
16 Régimen Penal para Adolescente LDB 28-ENE-2023.pptx16 Régimen Penal para Adolescente LDB 28-ENE-2023.pptx
16 Régimen Penal para Adolescente LDB 28-ENE-2023.pptx
 
Conclusiones del equipo 1 de legislacion penal
Conclusiones del equipo 1 de legislacion penalConclusiones del equipo 1 de legislacion penal
Conclusiones del equipo 1 de legislacion penal
 
Skype grupo 5 carmen leal
Skype grupo 5 carmen lealSkype grupo 5 carmen leal
Skype grupo 5 carmen leal
 
Lopnacuadro
LopnacuadroLopnacuadro
Lopnacuadro
 
Derecho civil jose peroso
Derecho civil jose perosoDerecho civil jose peroso
Derecho civil jose peroso
 
Conclusiones del Equipo 1 de Legislacion Penal
Conclusiones del Equipo 1 de Legislacion PenalConclusiones del Equipo 1 de Legislacion Penal
Conclusiones del Equipo 1 de Legislacion Penal
 
Ensayo delincuencia organizada lopna jesus villalba
Ensayo delincuencia organizada lopna jesus villalbaEnsayo delincuencia organizada lopna jesus villalba
Ensayo delincuencia organizada lopna jesus villalba
 
Informe de Legislación Penal
Informe de Legislación PenalInforme de Legislación Penal
Informe de Legislación Penal
 
Ley del menor
Ley del menorLey del menor
Ley del menor
 
Lo1 1996 menortextoconsolidado(29julio2015)
Lo1 1996 menortextoconsolidado(29julio2015)Lo1 1996 menortextoconsolidado(29julio2015)
Lo1 1996 menortextoconsolidado(29julio2015)
 

Último

MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMarjorie Burga
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxAna Fernandez
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosCesarFernandez937857
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxjosetrinidadchavez
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptELENA GALLARDO PAÚLS
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinavergarakarina022
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadAlejandrino Halire Ccahuana
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfAngélica Soledad Vega Ramírez
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Lourdes Feria
 
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docxGLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docxAleParedes11
 
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdfgimenanahuel
 
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
programa dia de las madres 10 de mayo  para eventoprograma dia de las madres 10 de mayo  para evento
programa dia de las madres 10 de mayo para eventoDiegoMtsS
 
Neurociencias para Educadores NE24 Ccesa007.pdf
Neurociencias para Educadores  NE24  Ccesa007.pdfNeurociencias para Educadores  NE24  Ccesa007.pdf
Neurociencias para Educadores NE24 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxlclcarmen
 
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticostexto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticosisabeltrejoros
 
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleIntroducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleJonathanCovena1
 
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdf
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdfHerramientas de Inteligencia Artificial.pdf
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdfMARIAPAULAMAHECHAMOR
 

Último (20)

MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docx
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
 
Defendamos la verdad. La defensa es importante.
Defendamos la verdad. La defensa es importante.Defendamos la verdad. La defensa es importante.
Defendamos la verdad. La defensa es importante.
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
 
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docxGLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
 
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
 
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
programa dia de las madres 10 de mayo  para eventoprograma dia de las madres 10 de mayo  para evento
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
 
Neurociencias para Educadores NE24 Ccesa007.pdf
Neurociencias para Educadores  NE24  Ccesa007.pdfNeurociencias para Educadores  NE24  Ccesa007.pdf
Neurociencias para Educadores NE24 Ccesa007.pdf
 
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia GeneralRepaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
 
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticostexto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
 
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleIntroducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
 
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdf
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdfHerramientas de Inteligencia Artificial.pdf
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdf
 

Mi tesis

  • 1. UNIVERSIDAD FERMÌN TORO VICE RECTORADO ACADÈMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÌDICAS Y POLÌTICAS ESCUELA DE DERECHO T.G N° 6069/2015-A LOS CENTROS SOCIO-EDUCATIVOS DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE Y EL EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO CONTEMPLADOS EN LA LOPNNA. AUTORA: LEGNA TORREALBA 22.192.422 TUTOR: ABG. ZORCIORET NIETO METODOLOGA: EMILY RAMIREZ BARQUISIMETO MARZO, 2015
  • 2. UNIVERSIDAD FERMÌN TORO VICE RECTORAO ACADÈMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÌDICAS Y POLÌTICAS ESCUELA DE DERECHO T.G N° 6069/2015-A SISTEMA DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE Y EL EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO CONTEMPLADOS EN LA LOPNNA. (Proyecto de Trabajo de Grado presentado como requisito para optar al título de Abogado) AUTORA: LEGNA TORREALBA 22.192.422 TUTOR: ABG. ZORCIORET NIETO ASESOR METODOLOGICO: EMILY RAMIREZ
  • 3. BARQUISIMETO MARZO, 2015 INTRODUCCIÓN La siguiente investigación se desarrolla en base que a los últimos años el Estado asume con los niños y adolescente del país el compromiso de brindarles protección integral, l cual se refiere a dos aspectos: protección social y protección jurídica. La protección social se logra a través de un conjunto de actividades dirigidas a propiciar las condiciones necesarias por el desarrollo de la personalidad, para satisfacer las necesidades básicas y garantizar derechos fundamentales de la niñez y juventud. Por otro lado la protección jurídica implica legislar para hacer exigible los derechos mediante la creación de instancias administrativas y judiciales que intervengan en casos de que estos derechos sean amenazados o violados y que dentro de estas instancias judiciales específicamente se apliquen mecanismos para garantizar los derechos de un sistema de responsabilidad y equipo multidisciplinario. En nuestro país la necesidad de implementar programas destinados a los niños niñas y adolescentes que se encuentren en situaciones irregulares o específicamente en conflicto con la ley, viene dada por la inexistencia de políticas adecuadas para el tratamiento e estos actores, aun cuando se reconocen los esfuerzos que se realizan en el sentido de la implementación y puesta en practica de la Ley Orgánica Para La Protección De Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA) donde se exige la creación de diferentes organismos como Gubernamentales como no Gubernamentales que deben intervenir en la solución de la problemática que hoy en día presentan nuestros niños y jóvenes. Permanentemente, se ha debatido si en los contextos de encierro es posible educar. Plantearse la praxis educativa o socioeducativa liberadora en un medio cerrado, punitivo y violento ¿es una utopía?, ¿es una paradoja?, ¿es una contradicción? Si consideramos la Educación como derecho fundamental y
  • 4. universal de las personas (y muy especialmente de las personas presas) la utopía se desdibuja configurando espacios, momentos y procesos factibles a partir de apuestas y proyectos de acciones concretas. De hecho, en Venezuela la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, inicialmente publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela bajo el Nº 5266, de fecha 02 de octubre de 1998, en lo sucesivo LOPNA y reformada mediante Gaceta Oficial Extraordinario de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5859, de fecha 10 de Diciembre de 2.007, en lo sucesivo LOPNNA, establece los derechos en ejecución de las medidas que orientan el Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes, las cuales son de orden público, intransigibles, irrenunciables, interdependientes entre sí, indivisibles, como el debido proceso y la celeridad procesal mediante un juicio educativo, recordándose que el proceso penal del adolescente es, oral, reservado, rápido, contradictorio, pedagógico y ante un tribunal especializado, garantías estas que devienen de los principios establecidos no sólo en el Código Orgánico Procesal Penal Vigente, aplicables en esta materia conforme a lo previsto en el art. 537 de la referida Ley, en armonía con la Convención de los Derechos del Niño, todo enmarcado dentro de una concepción universal de los Derechos Humanos. Por una parte, en virtud del cambio de paradigma que se adoptó con la Doctrina de la Protección Integral, el cual incluye la consideración de los Niños, Niñas y Adolescentes como Sujetos de Derecho, garantizando para los adolescentes en conflicto con la Ley Penal, una justicia tendente a respetar y proteger los mismos derechos de educación previstos para los adultos; en consecuencia, los derechos de estos, son los mismos derechos reconocidos a todas las personas, pero adecuándolos, mediante disposiciones específicas que contienen protecciones y derechos especiales que atienden a su condición, siempre con un derecho penal atenuado de manera diferenciada del adulto, y la diferencia consiste en la jurisdicción especializada y en la sanción que se les impone, aplicándose los postulados de la psicología evolutiva.
  • 5. CAPITULO I PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA EL PROBLEMA El Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, está contenido en al Titulo V de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y expresa: El Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes es el conjunto de órganos y entidades que se encargan del establecimiento de la responsabilidad del adolescente por los hechos punibles en los cuales incurran, así como de la aplicación y control de las sanciones correspondientes. La realidad Venezolana en cuanto a l protección del Niños Niñas y Adolescentes; viene dada con la reformulación de la Ley Tutelar Del Menor, cuando en el año 1998 entra en vigencia la Ley Orgánica Para La Protección Del Niño, Niña y Adolescente, siendo esta la causante de la reestructuración del Poder Judicial y del Ministerio Publico en materia de menores, donde estos entes Jurisdiccionales comienzan sus labores con la puesta en practica de esta nueva Ley, a partir del mes de Septiembre del año 2000. Durante la vigencia de la anterior Ley el niño era visto como Objeto de Derecho, por lo que era visto como Objeto de tutela; con la creación de la nueva Ley Orgánica Para La Protección De Niños, Niñas y Adolescentes, se genera el concepto del niño y del adolescente como sujeto de derecho, donde se les otorga legitimidad sobre su desarrollo integral, siendo considerados como sujetos activos y participantes del cumplimiento de sus propios deberes y derechos. Por otra parte, Esta ley dio un giro de ciento ochenta grados al tratamiento de la conducta delictual del adolescente, quien en el viejo paradigma de la situación irregular contenido en la derogada Ley Tutelar del Menor, era considerado como un irresponsable penal y pasa a ser imputable dentro de este nuevo sistema penal, con una imputabilidad disminuida en cuanto a la pena y especial al compararla con el tratamiento dado a los adultos.
  • 6. La Ley Orgánica Para La Protección De Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), Esta conformada por dos reglamentaciones específicas, dividiendo así el sistema en referencia a la parte civil, es decir, la protección del niño, niño y adolescente de lo que se refiere la parte Judicial Penal. Es preciso indicar, que el Sistema de Responsabilidad penal del Adolescente, cuenta con un órgano auxiliar denominado Equipo Técnico Multidisciplinario; cuyo trabajo corresponde a la aplicación de informes de peritaje en aquellos casos donde se juzgara al adolescente como herramienta de convicción del juez para la aplicación de sanciones adecuadas; así como en materia de seguimiento a los adolescentes que ejecutan sus medidas no privativas de libertad relacionadas con reglas de conductas y libertad asistid, estos informes mencionados se envían al juez ejecutor a razón de exponer sobre la asistencia y cumplimiento de la sanción por parte del joven ante el equipo. Cada Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes debe contar con un equipo multidisciplinario que se organizará como servicio auxiliar de carácter independiente e imparcial, para brindar al ejercicio de la función jurisdiccional de protección la consideración integral de factores biológicos, psicológicos, sociales y legales necesarios para cada caso, de forma colegiada e interdisciplinaria. Este equipo estará integrado por profesionales de la medicina psiquiátrica, de la psicología, del trabajo social, del derecho y, en las zonas en que sea necesario, de expertos interculturales bingües en idiomas indígenas. Estos equipos multidisciplinarios estarán integrados por funcionarios y funcionarias judiciales de carrera. Este personal sólo podrá prestar sus servicios exclusivamente a los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Articulo 179 (LOPNNA). Por lo tanto en Venezuela, las garantías de Derecho a un trato humanitario y digno, que orientan el Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes, están previstas en la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en lo sucesivo LOPNNA. Esta Ley demuestra la concreción de una transición jurídica de un modelo tutelar que sólo comprendía al menor como un objeto de protección e intervención pasando a un modelo de responsabilidad penal de los adolescentes infractores, como bien lo indica la exposición de motivos de la precitada Ley Especial al afirmar que la Convención y los demás instrumentos
  • 7. jurídicos que integran la Doctrina de Protección Integral poseen todos los elementos para revertir el antiguo paradigma y construir un Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes que sustituya el binomio compasión-represión” por el binomio severidad justicia y así mismo el Sistema de Responsabilidad del adolescente. Además, la LOPNNA, asume con los Niños y Adolescentes del país el compromiso de brindarles protección integral, precisada en dos ámbitos, la protección social que se logra a través de un conjunto de actividades dirigidas a propiciar las condiciones necesarias para el desarrollo de la personalidad, para la satisfacción de sus necesidades y garantizar sus derechos; y la protección jurídica que implica el concretar los derechos consagrados en la ley. en Venezuela, los niños, niñas y adolescentes que viven en hogares caracterizados por una situación de pobreza, se ven en la obligación de salir a trabajar a muy temprana edad, lo cual conduce a que muchos de ellos abandonen la escuela y opten por salir a buscar ingresos tanto para sí mismos como para su grupo familiar. Las condiciones son tan precarias que acuden al trabajo informal para lograr la subsistencia y en algunos casos se recurre a otros tipos de actividades como la venta de drogas, robo, entre otros, que les permitan de una u otra forma obtener dinero para poder sobrevivir. Todas estas situaciones, pueden estar asociadas a la violencia, en términos de daños físicos, trastornos psicológicos traumas, fobias, neurosis graves, entre otros. Si bien la violencia afecta a toda la población en general, son los sectores más postergados y en desventaja social, los que resultan particularmente impactados. Por esto, los jóvenes, en especial los varones, se ven primariamente involucrados en los conflictos armados, en los desajustes sociales de carácter grupal como las bandas o maras, y en delitos enmarcados en la pobreza y desocupación laboral. Igualmente es necesario y esta en mora crear sitios, donde se alojen a los adolescentes, previo a un diagnostico y se puedan seleccionar, los menos
  • 8. violentos y que esos programas no sean tutelares, sino realmente integrales donde la familia sean los verdaderos responsables. De recuperar a su familiar que ha caído en errores. Igualmente, debe de haber tras muro un equipo tras disciplinario de: Psicólogos, Sociólogos, Psiquiatras, Educadores en materia Laboral y Deportiva. Y que estos ayuden en los objetivos de los programas Socio educativos y que cada programa sea individual. Por tal razón, se establecen medidas socio-educativas que se gradúan judicialmente de acuerdo al nivel y carácter de la infracción cometida por el adolescente, recurriendo a la de privación de libertad sólo para los casos de las transgresiones de extrema gravedad, a tenor de lo dispuesto en el artículo 628 Parágrafo Segundo Literal “A” de la LOPNNA Para determinar el Interés Superior en esta situación se observaría un perfecto equilibrio entre los derechos y garantías de un adolescente que se encuentre en el ámbito de la justicia penal juvenil y los de una sociedad que en búsqueda de su bien común ha entregado su representación al Estado y que en sus textos legales ha decidido olvidar, no punir un determinado delito por el transcurso del tiempo. En el artículo 631nos establece el Derecho del o de la adolescente sometida a la medida de privación de liberta: a) Permanecer internado o internada en la misma localidad o en la más próxima al domicilio de sus padres, madres, representantes o responsables. b) Que el lugar de internamiento satisfaga las exigencias de higiene, seguridad y salubridad, cuente con acceso a los servicios públicos esenciales y sea adecuado para lograr su formación integral. c) Ser examinado o examinada por un médico o médica, inmediatamente después de su ingreso a la institución de internamiento, con el objeto de comprobar anteriores violaciones a su integridad personal y verificar cualquier estado físico o mental que requiera tratamiento. d) Que se le mantenga, en cualquier caso, separado o separada de personas adultas condenadas por la legislación penal. e) Participar en la elaboración del plan individual de ejecución de la medida. f) Recibir información sobre el régimen interno de la institución, especialmente sobre las medidas disciplinarias que puedan serle aplicadas y sobre los procedimientos para imponerlas y ejecutarlas.
  • 9. g) Impugnar las medidas disciplinarias adoptadas, en el caso concreto, por las autoridades de la institución. h) No ser trasladado o trasladada arbitrariamente de la institución donde cumple la medida. El traslado sólo podrá realizarse por una orden escrita del juez o jueza. i) No ser, en ningún caso, incomunicado o incomunicada ni sometido o sometida a castigos corporales. j) No ser sometido o sometida a régimen de aislamiento, salvo cuando sea estrictamente necesario para evitar actos de violencia contra sí mismo o contra terceros. k) Ser informado o informada sobre los modos de comunicación con el mundo exterior; mantener correspondencia con sus familiares, amigos y amigas, y al régimen de convivencia, por lo menos semanalmente. l) Tener acceso a la información de los medios de comunicación. m) Mantener la posesión de sus objetos personales y disponer de local seguro para guardarlos, recibiendo comprobante de aquellos que hayan sido depositados en poder de la institución. n) Realizar trabajos remunerados que complementen la educación que le sea impartida. o) Realizar actividades recreativas y recibir asistencia religiosa, si así lo desea. Por lo antes expuesto esta ley creó dos sistemas diferenciados con objetivos, integrantes y funciones diferente que en la práctica se deben interrelacionar, estos son el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente y el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. El Sistema de Protección del Niño y del Adolescente lo define la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en el artículo 117 como el conjunto de órganos, entidades y servicios que formulan, coordinan, integran, supervisan, evalúan y controlan las políticas, programas y acciones de interés público a nivel nacional, estadal o municipal, destinados a la protección y atención de todos los niños y adolescentes, y establecen los medios a través de los cuales se asegura el goce efectivo de los derechos y garantías y el cumplimiento de los deberes establecidos en la ley. Los integrantes de este sistema están conformados por órganos administrativos (Consejo Nacional, Estadal y Municipal de Derechos del Niño y del Adolescente y los Consejos de Protección del Niño y del Adolescente), órganos jurisdiccionales
  • 10. (Tribunales de protección del niño y del Adolescente y la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia), Ministerio Público, entidades de atención, Defensorías 18 del Niño y del adolescente. De igual manera, la Ley estableció en el artículo 125 medidas de protección aplicables a los niños y adolescentes que son víctimas de violación o amenazas de derechos, las cuales son dictadas por los Consejos de Protección. A su vez el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, es definido como el conjunto de órganos que se encargan del establecimiento de la responsabilidad del adolescente por los hechos punibles en los cuales incurra (artículo 526 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). Los Niños, Niñas y Adolescentes tiene el derecho a un trato humanitario y digno dentro de los centros socio educativos por parte de los equipos Multidisciplinario, como bien lo expresa la Ley Orgánica para la Protección Del Niño, Niña y Adolescente en su Articulo 89 Todos los niños, niñas y adolescentes privados o privadas de libertad tienen derecho a ser tratados o tratadas con la humanidad y el respeto que merece su dignidad como personas humanas. Asimismo, gozan de todos los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes, además de los consagrados específicamente a su favor en esta Ley, salvo los restringidos por las sanciones impuestas. Al mismo tiempo, cuando hablamos de la responsabilidad penal de los mayores, podemos dar por sentado que la responsabilidad de los castigados les pertenece, pero cuando hablamos de la responsabilidad penal de un niño o de un joven, no podemos atribuir la culpa sólo a estos, sino que debemos girar la mirada hacia los adultos, la educación, la familia, la sociedad. El encarcelamiento no corrige al encarcelado, ni sirve para evitar delitos futuros. Los delitos se evitan con prevención, con educación ciudadana, con control, con planes de alfabetización popular en derechos y obligaciones, con exaltación del valor de la ley y el respeto del otro como precio para evitar la convivencia salvaje. Cómo prevenir comportamientos delictivos ha sido materia de gran debate, ya que los factores asociados son usualmente complejos. La investigación nacional e
  • 11. internacional indica que el desarrollo del comportamiento delictivo puede entenderse como producto del ínter juego de numerosas variables sociales, familiares o individuales. El incremento de los jóvenes que ingresan a una banda cada día aumenta, y como consecuencia de esto las bandas tienen un incremento, la televisión y parte de los medios de comunicación masiva, influyen en los jóvenes, ya que imitan las culturas de jóvenes de países avanzados. Sumado a esto problemas personales, familiares, sociales, económico, y sobre todo la falta de oportunidad a la educación los jóvenes que están dispuestos a tentar contra su persona, consumiendo droga, alcohol, cometer delitos mayores, menores, y sobre todo el daño moral que le causan a sus padres son grandes. La gran cohesión existente, y que mantiene unida a estas bandas, suponen un estudio a fondo de diversos factores como la búsqueda de comprensión, el sentirse apreciado, factores sociales, psicológicos y naturales. Sobre las bases de las ideas expuestas, La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en su ARTÍCULO 272. “El estado garantizará un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o interna y el respeto a sus derechos humanos funcionarán bajo la dirección de penitenciariítas profesionales con credenciales académicas universitarias, y se regirán por una administración descentralizada, a cargo de los gobiernos estadales o municipales, pudiendo ser sometidos a modalidades de privatización….El estado creará las instituciones indispensables para la asistencia pos penitenciaria que posibilite la reinserción social del ex interno y ex interna y propiciará la creación de un ente penitenciario con carácter autónomo y con personal exclusivamente técnico”. Decálogo de males de nuestro penitenciar istmo: º Instalaciones Inadecuadas º Hacinamiento º Ocio º Consumo y tráfico de drogas
  • 12. º Inseguridad personal º Ausencia de agrupación y tratamiento reeducativo º Falta de verdadera enseñanza elemental º No aprendizaje de oficios º Personal de custodia no calificado º Personal no interesado en la problemática penitenciaria. º Pasos básicos para tratamiento: des hacinar, agrupar, estudiar, enseñar, reinsertar socialmente. Cabe destacar que, la Ley de Régimen Penitenciario estipula que cada una de las prisiones debe contar con servicios de atención psiquiátrica, son pocas las que ofrecen este servicio, en muchas oportunidades cuando los reclusos requieren asistencia psiquiátrica, deben ser trasladados por la Guardia Nacional esposados a los hospitales públicos, esto no sólo ocurre con la atención psiquiátrica sino con casi todas las patologías que puedan presentar los internos. Tomar previsiones implica la definición de varios planes estratégicos para el control de una situación o varias situaciones; no es posible lograr una gobernabilidad real cuando los dirigentes sólo se dedican a la planificación reactiva o defensiva ante situaciones particulares o eventuales, es necesario el diseño de planes y programas preventivos que eviten riesgos, que en definitiva den respuestas eficaces a los problemas y necesidades, de lo cual adolece el sector de prisiones en todas sus áreas de competencia. En virtud de carecer de una programación, la mayoría del tiempo y los recursos se agotan en la atención de eventualidades, donde la improvisación juega papel protagónico. De esto se infiere que no existen lineamientos y criterios claros, son muy débiles los programas direccionales y por ende no se ha obtenido el compromiso de los diferentes actores, no sólo en el área de tratamiento sino también de seguridad. En lo operativo la División de Atención Integral, dispone de
  • 13. Departamentos encargados de Educación, Psicología, Consultorías Jurídicas, Cultura, Deportes, Capellanía y Trabajo Social, a los cuales está asignado un pequeño grupo de profesionales con algunas secretarias de apoyo, con muy pocos recursos materiales para la ejecución de actividades, mucho menos para realizar la supervisión. En oportunidades los programas son definidos en las Divisiones, pero no responden a la política de la Dirección General, en otras, son diseñados en la Dirección General con iguales limitaciones de recursos para la ejecución, pero no se involucra en la elaboración a los funcionarios de las Divisiones, lo que deja ver, falta de coordinación e integralidad de los equipos en la determinación de estrategias, directrices y dogmas institucionales. Mientras que en la División de Medicina Integral se encuentran adscritos los Departamentos de Odontología, Medicina y Nutrición. En está materia existe una situación similar; pero se hacen menos esfuerzos por reunir a los equipos de trabajo para la planificación de actividades. Por su parte, los equipos técnicos de tratamiento socio educativos no disponen de recursos elementales para cumplir con sus obligaciones; desde las mismas condiciones ambientales de las oficinas presentan deficiencias, es usual que no se cuente con computadoras, material de oficina, acondicionadores de aire, iluminación, ventilación y en muchos casos los profesionales deben suministrar con sus propios salarios, los materiales de limpieza para mantener acondicionados sus espacios de trabajo; La problemática se agudiza en la actualidad en materia de funcionamiento debido a que las partidas presupuestarias se encuentran centralizadas y los suministros no son recibidos en las cárceles oportunamente, desconociendo los directores si les asignarán recursos durante el año ó no. En cuanto a los insumos, equipos y materiales para desarrollar actividades de tratamiento, la situación se observa muy deficitaria; al extremo de no disponer de medicamentos, y materiales médico quirúrgicos para prestar servicios de salud, la
  • 14. cual está estrechamente relacionada con el derecho a la vida; por tal razón, los medios de comunicación constantemente reseñan protestas de los reclusos en procura de la satisfacción de estas necesidades fundamentales, la realidad expresa que por múltiples razones, donde también pudiera estar presente el fenómeno de la corrupción, en algunos centro socio educativos, las oficinas no disponen de papelería, equipos mínimos para funcionar, condiciones ambientales deplorables, en las enfermerías no hay medicamentos, problemas de higiene, agua potable, drenajes, mala calidad en los alimentos y su preparación. Si bien es cierto, En materia de nutrición la División de Medicina Integral se limita a recibir reportes mensuales sobre la dieta suministrada a la población reclusa, a remitir instructivos sobre el contenido nutricional que debe suministrarse a los presos, y en ocasiones sobre la preparación de alimentos; pero muy poco se realizan actividades de supervisión en los centros de reclusión para el Niño, Niña y Adolescente. El surgimiento de los centros socio educativos como medio de rehabilitación, re- socialización y readaptación, viene dando muestras de fracaso desde sus propios inicios, evidenciándose más su función represiva y de aislamiento social; Motivado al fracaso ancestral del centro socioeducativo y equipo Multidisciplinario como medio de re-socialización, el derecho penal del adolescente y como parte de éste la ciencia penitenciaria, ha venido estudiando otras alternativas que sustituyan la prisión con una visión más humanitaria, a través de las cuales, se permita al individuo sometido a sanciones penales mayores posibilidades de desarrollo y cambio personal, con perspectivas más acordes al contexto, considerando un poco las causas reales del delito, superando al individuo, al atender las condiciones socioeconómicas. Por ultimo, El tratamiento a través del régimen abierto ubica al ser humano como parte del quehacer social, como un ser social. Asume la sociedad como formadora de la conducta; de allí, la necesidad de colocar a las personas que han transgredido la norma en un contexto en el cual mantengan relación con la
  • 15. comunidad, con las normas y las instituciones, como medios de referencia y actores primordiales de la re-socialización. En atención a lo antes expuesto, se procede a formular las siguientes interrogantes: ¿Cuál es el alcance del Sistema de Responsabilidad del Adolescente contenida en la Ley Orgánica para Niños, Niñas y Adolescentes?; ¿Qué se entiende por equipos Multidisciplinario en Venezuela?; y ¿Cómo se ayudaría a los Niños, Niñas y Adolescentes, dentro de los centros socio educativos?
  • 16. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN Objetivos General Analizar los centros socioeducativos del Sistema De Responsabilidad Del Adolescente y El Equipo Multidisciplinario Contemplados En La LOPNNA. Objetivos específicos Explicar el alcance del Sistema de Responsabilidad del Adolescente contenido en la Ley Orgánica para Niños, Niñas y Adolescentes Explicar el concepto que se tiene Equipos Multidisciplinario en Venezuela, contemplados en la Ley Orgánica para Niños, Niñas y Adolescentes. Ayudar a los Adolescentes, privados de libertad a eliminar el ocio a través de Talleres dictados por educadores, psicólogos y deportistas.
  • 17. JUSTIFICACIÒN Cuando se plantea la necesidad de investigar o crear programas de tratamiento penitenciario, unas de las primeras reacciones que se producen entre los actores principales del sistema son desesperanza e incredulidad, sobre todo entre los/as profesionales y funcionarios/as penitenciarios/as a quienes compete llevar a cabo dichos programas de intervención, ello en parte a consecuencia de la discrepancia entre las propuestas ideales y los recursos disponibles, resultando muchas veces en infructuosos listados de necesidades de recursos materiales sin respuesta satisfactoria. Este proceso deberá ser facilitado y monitoreado por especialistas del ámbito psico-socio-jurídico-criminológico-educativo ya que el cambio de conducta y de actitudes hacia valores pro-sociales son el eje fundamental del tratamiento, pues se parte de que el castigo en sí mismo no es garantía de modificación conductual, de integración social o de intención de resarcir daño alguno provocado por el adolescente. Será entonces el posicionamiento que asuma el penado/a frente al tratamiento brindado. En lo esencial partiendo de que la comisión de un hecho punible es parte del repertorio conductual del sujeto y surge dentro de una historia de conflictos, la privación de libertad como consecuencia de la perpetración del delito es concebida como una situación conflictiva más. Es decir, es un problema a analizar e idealmente a resolver. El primer paso para solucionar un problema es reconocer e identificar su existencia (concientización), convirtiéndose éste en el primer indicador de cambio o de disposición al mismo. Así, el eje central del tratamiento resulta ser una variable cognitiva denominada pensamiento crítico, que es el conjunto de reflexiones racionales que incluye habilidades para clarificar un problema, reconocer los supuestos subyacentes, las implicaciones, contradicciones, y que se caracteriza por su exigencia de claridad, precisión y firmeza, que cuestiona la propia estructura de pensamiento y es capaz de
  • 18. reconstruirla y está en permanente disposición de contrastarse dialéctico con otro pensamiento, sabiendo reconocer las fortalezas y debilidades propias y las del otro. Por otras parte, administrar los establecimientos penitenciarios, suministrar el tratamiento integral al recluso, garantizar la estricta observancia de las disposiciones legales sobre el cumplimiento de las penas y otorgamiento de beneficios, organizar y fomentar el trabajo agropecuario, industrial y artesanal en los establecimientos penitenciarios y carcelarios, ejecutar programas para lograr la rehabilitación y reinserción de alta calidad del recluso con la finalidad de que contribuyan con el desarrollo de la sociedad, coordinar y controlar la ejecución de penas y beneficios del recluso, evaluar y perfeccionar todos los programas de atención integral al recluso, atendiendo al contenido del Art. 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que reza: El Estado garantizará un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o interna y el respeto por sus derechos humanos. Para ello, los establecimientos penitenciarios contarán con espacios para el trabajo, el estudio, el deporte y la recreación, funcionarán bajo la dirección de penitenciaritas profesionales con credenciales académicas universitarias, y se regirán por una administración descentralizada, a cargo de los gobiernos estadales o municipales, pudiendo ser sometidos a modalidades de privatización. En general se preferirá en ellos el régimen abierto y el carácter de colonias agrícolas penitenciarias. En todo caso las fórmulas de cumplimiento de pena no privativas de libertad se aplicarán con preferencia a las medidas de naturaleza reclusorio. El Estado creará las instituciones indispensables para la asistencia pos penitenciario que posibilite la reinserción social del ex interno o ex interna y propiciará la creación de un ente penitenciario con carácter autónomo y con personal exclusivamente técnico. Y teniendo como norte la actualización de los tratamientos post-carcelarios dirigidos a la reinserción social, participando corresponsablemente en la construcción de una sociedad de paz y justicia social.
  • 19. En otro orden de consideraciones, la presente investigación se ubica dentro de las líneas de investigación emanadas de la Universidad Fermín Toro en el Polo en el polo II Por otra parte, esta investigación se encuentra enmarcada, según las líneas de investigación de la Universidad Fermín Toro, en el ámbito: Cuidadania tomando en consideración que el individuo realiza sus labores dentro de este territorio, y como tal debe estar sujeto a las normas establecidas por éste, de forma que el Niños, Niñas y Adolescentes deben estar protegido por el legislador e igualmente, el Estado tiene la carga de vigilar el cumplimiento de todas las garantías desplegadas para hacer eficaz el hecho social del adolescente. Cabe agregar, que la línea de investigación se denomina: Los derechos Humanos y la Realidad Local. .
  • 20. IMPORTANCIA la Educación Social es importante en los centros socio educativo, ya que durante el tiempo de internamiento penitenciario, semi libertad y libertad definitiva; mediante programas y acciones individualizados o grupales desarrollados por educadores/as (especialmente no penitenciarios), y psicólogos, favoreciendo la recuperación, reeducación, reinserción socio laboral y socialización para la reincorporación a su comunidad además escenarios de actuación donde se pueden relacionar variadas y complejas situaciones asociadas a multi problemáticas sociales específicas de gran vulnerabilidad, riesgo, dificultad o conflicto social: delincuencia, drogodependencia, abandono, violencia, internamiento, etc.