2. ¿Qué es el Comité Paritario de Seguridad y
Salud en el Trabajo - COPASST?
El Comité Paritario de Seguridad y Salud en
el Trabajo es un organismo de promoción y
vigilancia de las normas y reglamentos de
Seguridad y Salud en el Trabajo dentro de la
organización.
Promueve y vigila la normativa
de los sistemas de gestión de
salud y seguridad en el trabajo
de la empresa
3. Aspectos legales
RESOLUCIÓN
2013 DE 1986
Lo establece para todas las
empresas e instituciones,
públicas o privadas de más de
10 trabajadores
DECRETO 1072 DE
2015 (rendición
de cuentas)
Por la cual se reglamenta la
organización y funcionamiento del
comité paritario de
seguridad y salud en el trabajo.
4. RESOLUCIÓN 2013/86
Artículo 2. Cada Comité de Medicina, Higiene y
Seguridad Industrial estará compuesto por un número
igual de representantes del empleador y de los
trabajadores con sus respectivos suplentes, así:
• De 10 a 49 trabajadores, un representante por cada una
de las partes.
• De 50 a 499 trabajadores, dos representantes por cada
una de las partes.
• De 500 a 999 trabajadores, tres representantes por cada
una de las partes.
• De 1000 ó más trabajadores, cuatro representantes por
cada una de las partes.
6. FUNCIONES DEL PRESIDENTE
Presidir, orientar y convocar a las reuniones.
Tramitar ante la administración y gerencia de la empresa las recomendaciones
aprobadas en el comité y dar a conocer las actividades.
Preparar los temas que se van a tratar en cada reunión Llevar a cabo todos los
arreglos necesarios para determinar el lugar de reunión.
7. FUNCIONES DEL SECRETARIO
Verificar la asistencia de los miembros del comité a las reuniones programadas.
Tomar nota de los temas tratados.
Elaborar actas de cada reunión y someterla a discusión y aprobación del comité.
Llevar el archivo referente a las actividades desarrolladas del comité.
8. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
Informar al COPASST las situaciones de riesgo que se presenten y manifestar sus
sugerencias para mejorar las condiciones seguridad y salud en la empresa.
Cumplir con las normas del comité paritario de seguridad y salud en el trabajo y
con los reglamentos e instrucciones de servicio ordenados por el empleador.
9. OBLIGACIOENS DEL EMPLEADOR
Promover la elección de los representantes de los
trabajadores al COPASST.
Estudiar implementar y difundir las recomendaciones e
intervenciones emanadas del COPASST.
Elegir presidente
Designar sus representantes.