Un Comité Paritario de Salud en el Trabajo (COPASST) es un equipo compuesto por representantes de los trabajadores y la empresa para promover la prevención de riesgos laborales y mejorar la salud y seguridad de los empleados. El COPASST desarrolla actividades como proponer medidas de prevención, capacitar al personal, investigar accidentes e inspeccionar las condiciones de trabajo. La conformación del COPASST sigue unos pasos legales para asegurar la participación democrática de los trabajadores.
2. ¿QUÉ ES UN COMITÉ PARITARIO DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EN
TRABAJO (COPASST)?
Es un EQUIPO, que desarrolla y promueve actividades
de prevención y control de factores de riesgo que
puedan afectar la salud y seguridad de los
ambientes o sitios de trabajo.
También es un equipo que promueve el
autodesarrollo y el desarrollo mutuo.
3. Funciones definidas por ley art. 11-
Resolución 2013 /1986
1. Proponer medidas de prevención y control
2. Promover y participar en actividades de capacitación
3. Colaborar con funcionarios gubernamentales
4. Vigilar el desarrollo de la salud ocupacional
5. Colaborar con el análisis de accidentes
6. Realizar inspecciones de seguridad
7. Estudiar sugerencias e inquietudes
8. Servir de puente entre empleador y trabajador
9. Estar informado sobre la accidentalidad
10.Elegir al secretario
11.Mantener actas de reuniones e informes de
actividades realizadas
4. ¿CÓMO SE ELIGEN LOS
TRABAJADORES AL COMITÉ
PARITARIO?
Los representantes de los
trabajadores deben ser elegidos
por voto popular entre los demás
empleados de la empresa,
quienes pueden ser postulados o
participar voluntariamente.
5. PASOS PARA LA CONFORMACIÓN DEL
COPASST
SELECCIONAR EL COORDINADOR DEL
PROCESO
RECOPILAR LA INFORMACIÓN
NECESARIA
1
2
7. PLANEACIÓN DEL PROCESO DE VOTACIÓN
Elección de los representantes por
parte de los trabajadores
Elección de los representantes por parte
del empleador
Registro del Comité ante el Ministerio de
Trabajo y S. S.
5
PROCESO DE VOTACIÓN Y ELECCIÓN
6
8. PRESENTACIÓN DEL COMITÉ PARITARIO
CAPACITACIÓN DEL CPSST
ELABORACIÓN DEL PLAN DE TRABAJO
7
9
8
...continuación Pasos para la conformación del CPSST
9. CARACTERÍSTICAS DE LOS
TRABAJADORES
• Ser representante de los
trabajadores
• Estar motivados para cumplir las
funciones asignadas
• Tener una posición de líder
independiente al cargo
• Que no vea el comité como algo
trivial
10. RESOLUCIÓN 2013 DE 1986
Reglamenta la organización y
funcionamiento de los COPASO.
Resuelve que todas las empresas e
instituciones públicas o privadas que
tengan a su servicio 10 o más
trabajadores están obligados a conformar
un Comité Paritario de Salud
Ocupacional.
11. La empresa que posea dos o más establecimientos de trabajo podrá conformar varios
Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial para el cumplimiento de lo
dispuesto en esta Resolución, uno por cada establecimiento, teniendo en cuenta su
organización interna.
RESOLUCIÓN 2013 DE 1986
El Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial se reunirá por lo menos una
vez al mes en local de la empresa y durante el horario de trabajo.
12. ¿CÓMO SE CONFORMA EL COPASST?
Estará compuesto por un
número igual de representantes
del empleador y de los
trabajadores con sus respectivos
suplentes
El empleador nombrará sus
representantes y los trabajadores
elegirán los suyos mediante
votación libre.
13. CONFORMACIÓN
Número de
empleados de la
empresa
Miembros
del Comité
por la
empresa
Miembros del
Comité por los
trabajadores
Total de
miembros del
Comité con sus
suplentes
10 - 49 1 1 4
49 - 499 2 2 8
499- 999 3 3 12
Más de 1000 4 4 16
14. ¿TIEMPO DE DISPOSICIÓN Y
DISPONIBILIDAD DEL COMITÉ?
La vigencia de los comité de acuerdo
con lo dispuesto por el decreto
1295/94 es de dos años.
Su disponibilidad será cuando menos
cuatro horas semanales dentro de la
jornada laboral para el cumplimiento
de sus funciones y para su
capacitación
15. FUNCIONES DEL COMITÉ
Actuar como instrumento de vigilancia para el cumplimiento de los
programas de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Participar de actividades de promoción, divulgación e información.
Promover actividades de capacitación dirigido a todos los niveles de la
empresa.
Colaborar en el análisis de las causas de los
accidentes de trabajo y enfermedad
profesionales y proponer las medidas
correctivas necesarias.
Servir como organismo de coordinación entre
empleador y los trabajadores en la solución
de problemas relativos a Seguridad y Salud
en el Trabajo.
16. OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR CON
EL COMITÉ
• Propiciar la elección de los
representantes de los
trabajadores.
• Designar sus representantes al
comité.
• Designar al presidente del comité.
• Propiciar los medios necesarios
para el normal desempeño de las
funciones del comité.
17. OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR
CON EL COMITÉ
• Elegir libremente sus
representantes al comité.
• Informar al comité las situaciones
de riesgos que se presenten y las
sugerencias para el
mejoramiento.
• Cumplir con las normas de salud
ocupacional y reglamentos,
instrucciones dadas
18. FUNCIONES PRINCIPALES DEL
COMITÉ
Capacitación y Promoción:
participar en las actividades de
promoción y divulgación sobre
medicina, higiene y seguridad laboral;
con patronos y trabajadores para
obtener su participación activa en el
desarrollo de los programas y
actividades de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
19. FUNCIONES PRINCIPALES DEL
COMITÉ
Inspecciones e investigaciones de
accidentes:
El Comité tiene su mayor campo de acción,
ya que sus iniciativas harán que se
disminuyan los riesgos laborales, visitas
periódicas en los puestos de la institución
para identificar los riesgos que atentan con
nuestra salud e informar la existencia de
condiciones peligrosas para su prevención y
control (RESOLUCION 1401 DE 2007).
20. FUNCIONES PRINCIPALES DEL
COMITÉ
Proponer actividades de
capacitación en salud
ocupacional dirigidas a todos los
niveles de la empresa .
Sugerir actividades a
desarrollar.
21. FUNCIONES PRINCIPALES DEL
COMITÉ
• Servir como organismo de
coordinación entre empleador y
trabajadores en la solución de los
problemas relativos ala salud y
condición de la empresa.
• Mantener un archivo de actas de cada
reunión y demás actividades.
22. FUNCIONES PRINCIPALES DEL
COMITÉ
Vigilancia y Control:
Es una actividad propia del COPASO y se
entiende como principal.
Se trata de garantizar el cumplimiento
del programa de salud Ocupacional y en
este sentido cumple una función de
apoyo pues impulsa la mayoría de las
mejoras de las condiciones de trabajo
inseguras y los comportamientos críticos
peligrosos.
23. FUNCIONES PRINCIPALES DEL
COMITÉ
Relación con los trabajadores:
Se puede llevar a cabo a través de
encuestas, visitas e inspecciones. Lo
ideal es “Dar respuesta a las
necesidades sentidas por los
trabajadores”.
24. FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL
COMITE
• Disponer del lugar de la reunión
• Programar las reuniones. (A las reuniones
sólo asistirán los miembros principales.
Los suplentes asistirán por ausencia de
los principales y serán citados a las
reuniones por el presidente del Comité)
• Notificar por escrito las reuniones a los
miembros del comité sobre convocatoria
por lo mínimo 1 vez al mes.
• Preparar los temas a tratar en la reunión.
• Informar sobre lo realizado
25. FUNCIONES DEL SECRETARIO DEL
COMITE
• Verificar la asistencia.
• Tomar notas de los temas tratados
• Elaborar acta de reunión y
someterla a aprobación del
comité.
• Llevar el archivo de las actividades
desarrolladas por el comité y
suministrar la información que se
requiera
26. ¿EN QUE NO SE DEBE CONVERTIR
EL COMITÉ PARITARIO?
• En una reunión de reclamos
• En la solución de contratos
laborales, saláriales, disciplinarios o
sindicales
• Los procedimientos que se
proponen para actuar no se deben
incumplir.
• En un Comité sin compromiso.
• Al hecho. No puede quedar en
palabra.