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Cálculo y Registro de Remuneraciones
Profesora Miriam Sáez Merino
 APUNTES DE REPASO PARA EVALUCION
Recordemos la unidad 1
EMPLEADOR
TRABAJADOR
PERSONA NATURAL
PERSONA JURIDICA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS
SUBORDINACIÓN - DEPENEDENCIA
Definiciones legales
El artículo 6 del Código del Trabajo define lo
siguiente:
Contrato individual: se celebra entre un
y un trabajador
Contrato colectivo: celebrado por uno o más
empleadores con una o más organizaciones
sindicales o con trabajadores que se unan para
negociar colectivamente, o con unos y otros,
el objeto de establecer condiciones comunes
trabajo y de remuneraciones por un tiempo
determinado.
Definiciones legales
De la definición dada
por la ley del contrato
individual de trabajo, es
que solo existe
• Un empleador.
• Un trabajador.
CARACTERÍSTICA
DIFERENCIADORA
DEL CONTRATO
INDIVIDUAL
Definiciones legales
En la definición legal se puede
observar que la diferencia con el
contrato individual, es la pluralidad
de las partes (sujetos) del contrato
de trabajo. Así, en el colectivo,
existen uno o varios empleadores,
organizaciones sindicales (que las
componen muchos trabajadores) y
grupos de trabajadores.
CARACTERÍSTICA
DIFERENCIADORA
DEL CONTRATO
COLECTIVO
Recordando los elementos de la esencia de
la relación laboral
Conforme el artículo 7 del Código del Trabajo, se
desprenden los siguientes elementos de la esencia de
una relación laboral:
CONVENCIÓN PRESTACIÓN DE
SERVICIOS
REMUNERACIÓN SUBORDINACI
N Y
DEPENDENCIA
Contenido del contrato individual
Conforme el artículo 10 del Código del Trabajo, se
señala que el contrato a lo menos debe contener los
siguientes datos:
1. Lugar y fecha de celebración del contrato de trabajo.
• Ejemplo: para determinar la ley que lo va a regir ¿si
un contrato se celebra en Argentina, se rige por la ley
……….?
Contenido del contrato individual
Respecto a la fecha, es el día en que se está celebrando. Eso tiene
importancia, por ejemplo, para determinar la ley que los va a regir.
¿Cuánto se le paga
un trabajador que
entró a trabajar el
01 de septiembre de
1980 y que fue
despedido el 31 de
marzo de 2017?
ANTES DE 01/08/1981
• Un mes por cada año de servicio
A PARTIR DEL 01/08/1981
• Máximo 11 años
Contenido del contrato individual
2. individualización de las partes(sujetos) del contrato:
Las partes del contrato, es decir, empleador y trabajador, deben
indicar, a lo menos, los siguientes datos personales:
Nombre
Completo
Cédula
Nacional
de
Identidad
Domicilio
Contenido del contrato individual
La fecha nacimiento se pide para saber si es mayor de edad, ya que si
es menor, esta condicionado a limitaciones y autorizaciones del
artículo 13 y siguientes del Código del Trabajo.
En relación a la fecha de ingreso del trabajador, quiere decir, desde
que día empieza trabajar en esa empresa.
¿En Chile pueden trabajar los
menores de edad? ¿en qué
casos?
Contenido del contrato individual
3. Naturaleza de los servicios:
• ¿En el contrato de trabajo se pueden indicar 2 o más funciones
específicas, sean alternativas o complementarias?
4: Se debe indicar las remuneraciones que se le pagará al
trabajador.
Contenido del contrato individual
5. Se debe indicar la jornada que debe
cumplir el trabajador, días que debe
trabajar, hora de ingreso y salida.
¿Cuántas son las horas máximas que se
trabajan en Chile?
Contenido del contrato individual
6.Señalar la duración del contrato de trabajo. En este caso,
tenemos varias opciones legales:
Duración
Indefinida
Plazo Fijo
Obra o Faena
Contenido del contrato individual
DURACIÓN
INDEFINIDA
• No existe plazo
condición para
término, y solo
terminará por
causales legales
señaladas en el
artículo 159 y
siguientes del
Código del
Trabajo, que se
estudiaran más
adelante.
PLAZO
FIJO
•Tiene un plazo
especificado para
que termine. De
acuerdo al
artículo 159 Nº 4,
del Código del
Trabajo, señala
que el plazo
máximo de este
tipo de contrato
es de 1 año,
salvo que se
trate de
trabajadores
profesionales, en
cuyo caso puede
ser hasta 2 años.
OBRA
O
FAENA
• Se contrata a
una persona
para una obra
especifica, de
acuerdo al
artículo 159
5, del Código
del Trabajo.
Contenido del contrato individual
7. El Código del Trabajo señala “demás pactos que acordaren
las partes”, dejando abierto que el empleador y el trabajador
agreguen las clausulas que estimen convenientes, mientras no
sean contrarias a las leyes.
Conclusión
1. El contrato debe señalar siempre la fecha del
mismo y esta corresponde al día en que se firma
el contrato.
2. El contrato debe señalar la individualización de
las partes con indicación de la nacionalidad y
fechas de nacimiento.
¿El empleador puede modificar el
contrato?
Concepto de Ius Variandi
El Ius Variandi es aquella facultad que le reconoce la ley al
empleador para modificar, unilateralmente, algunos aspectos
del contrato de trabajo, en la forma y condiciones señaladas
expresamente por la ley.
Elementos que puedan afectar el Ius
Variandi
Según el artículo 12 del Código del Trabajo, el empleador, a través
del Ius Variandi, puede:
Alterar la naturaleza de
los servicios.
Alterar el sitio o
reciento donde se
prestan los servicios.
Alterar la distribución
de la jornada de
trabajo convenida.
Requisitos para aplicar el Ius Variandi
Según el artículo 12 del Código del Trabajo:
1. Alterar la naturaleza de los servicios.
Condiciones legales:
a) Que se trate de labores similares, es decir, que los servicios a
realizar sean análogos, equivalentes en funciones.
Requisitos para aplicar el Ius Variandi
b) Que no produzca menoscabo al
trabajador. Este menoscabo puede ser
material o moral.
• Material, que afecte económicamente al
trabajador, por ejemplo, que baje su
sueldo.
• Moral, que no afecte la jerarquía o
importancia de las funciones que tenía
el trabajador.
Requisitos para aplicar el Ius Variandi
2. Alterar el sitio o recinto
donde se prestan los
servicios.
Condiciones:
• Que el nuevo sitio o
recinto quede dentro del
mismo lugar o ciudad.
• Que no produzca
menoscabo al trabajador:
este menoscabo puede ser
material o moral.
Material: que afecte
económicamente al
trabajador. Por ejemplo,
que gaste más en
locomoción para llegar
al trabajo.
-Moral: por ejemplo,
que antes se demoraba
30 minutos al trabajo,
ahora 3 horas .
Requisitos para aplicar el
Ius Variandi
3. Alterar la distribución de la
jornada de trabajo convenida.
Condiciones:
• Que sea hasta en 60 minutos,
anticipando o postergando la
hora de ingreso al trabajo.
• Avisar de este cambio a los
trabajadores con, a lo menos,
30 días de anticipación.
Reclamo por aplicación ilegal del
Ius Variandi
• El trabajador afectado podrá reclamar en el plazo de 30 días,
contados desde la ocurrencia de los hechos, o del aviso de
cambio de jornada, ante la Inspección del Trabajo.
• Si no esta conforme con esa decisión, puede recurrir al juez
laboral en el plazo de 5 días, contados desde la notificación de
la resolución de la inspección.
Actividad práctica
Responder las siguientes preguntas de manera individual:
1. El empleador puede modificar en algunos casos el contrato
de trabajo ¿Puede hacerlo aunque el trabajador no esté de
acuerdo?
2. Para cambiar de lugar de trabajo a un trabajador ¿Cuáles
requisitos debe cumplir?
3. Si un trabajador se siente afectado por la aplicación del Ius
Variandi ¿Qué puede hacer? ¿En que plazos y dónde?
Conclusión
Revisemos el siguiente video y a continuación responde las
afirmaciones como verdaderas o falsas:
1. El Ius Variandi le da poder absoluto al empleador para hacer
modificaciones al contrato.
2. El cambio en las condiciones al trabajador debe responder a
una necesidad de la empresa.
3. El Ius Variandi se puede ocupar como sanción disciplinaria
para el trabajador.
https://www.youtube.com/watch?v=QNyrPYD5Lf8
Clasificación de las jornadas de trabajo
JORNADA
ORDINARIA
JORNADA
EXTRAORDINARIA
JORNADA
ESPECIAL
Clasificación de las jornadas de trabajo
JORNADA ORDINARIA SEMANAL
• Conforme al artículo 22 inciso 1º del Código de Trabajo, la jornada
ordinaria no puede exceder las 45 horas semanales.
• Cabe señalar que indica el máximo, pero no mínimo. Es así como el
contrato de trabajo puede indicar que la jornada ordinaria de
trabajo sea inferior a las 45 horas semanales. Por ejemplo, tendrá
una jornada de trabajo de 40 horas semanales.
Clasificación de las jornadas de trabajo
JORNADA ORDINARIA DIARIA
• Conforme al artículo 28 inciso 2º del Código de Trabajo, el máximo
de horas diarias, como jornada de trabajo ordinaria, es de 10 horas.
Clasificación de las jornadas de trabajo
JORNADA PARCIAL
• Conforme al artículo 40 bis del Código de Trabajo, el empleador y
trabajador podrán acordar jornadas de trabajo ordinarias que no
excedan dos tercios de la ordinaria, es decir, máximo 30 horas
semanales. En la práctica se les conoce con el nombre de part-time.
Clasificación de las jornadas de trabajo
JORNADA EXTRAORDINARIA
• Conforme al artículo 30 del Código de Trabajo, es aquella hora que
excede de la jornada ordinaria, sea esta la legal o la acordada en el
contrato de trabajo.
• El artículo 32 indica que el máximo que un trabajador puede realizar
son 2 horas extras al día. Se deben pagar con, a lo menos, el 50%
de recargo. Por ejemplo: si la hora ordinaria vale $1.000, la hora
extra valdrá, como mínimo, $1.500.
¿ Cual es la relación entre la jornada laboral
y la productividad?
https://www.youtube.com/watch?v=NyI6GZd-Hv4
Jornadas especiales de trabajo
JORNADA ESPECIAL DE CHOFERES
• Conforme al artículo 25 del Código de Trabajo, que
regula la jornada ordinaria de choferes, auxiliares de
la locomoción colectiva interurbana y de servicios
interurbanos de transporte de pasajeros, la jornada
será de 180 horas mensuales.
• Si uno divide por 4 ( las semanas que tiene el mes)
igual nos da 45. Pero la diferencia es que podrían
trabajar más de 45 horas en la semana, pero al mes
todos trabajan no más de 180 horas.
Descansando dentro de la jornada de
trabajo
• Dentro de la jornada de trabajo debe
existir un descanso que, en la práctica, se
denomina hora de colación. De acuerdo al
artículo 34 del Código del Trabajo, señala
que mínimo debe ser de media hora y
que no se incluye en la cantidad de horas
de jornada de trabajo.
• Tratándose de la jornada especial del
artículo 27 del Código del Trabajo, es de 1
hora, pero se incluye en la cantidad de
horas de trabajo, es decir, de su jornada.

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Libro hermano

  • 1. Cálculo y Registro de Remuneraciones Profesora Miriam Sáez Merino  APUNTES DE REPASO PARA EVALUCION
  • 2. Recordemos la unidad 1 EMPLEADOR TRABAJADOR PERSONA NATURAL PERSONA JURIDICA PRESTACIÓN DE SERVICIOS SUBORDINACIÓN - DEPENEDENCIA
  • 3. Definiciones legales El artículo 6 del Código del Trabajo define lo siguiente: Contrato individual: se celebra entre un y un trabajador Contrato colectivo: celebrado por uno o más empleadores con una o más organizaciones sindicales o con trabajadores que se unan para negociar colectivamente, o con unos y otros, el objeto de establecer condiciones comunes trabajo y de remuneraciones por un tiempo determinado.
  • 4. Definiciones legales De la definición dada por la ley del contrato individual de trabajo, es que solo existe • Un empleador. • Un trabajador. CARACTERÍSTICA DIFERENCIADORA DEL CONTRATO INDIVIDUAL
  • 5. Definiciones legales En la definición legal se puede observar que la diferencia con el contrato individual, es la pluralidad de las partes (sujetos) del contrato de trabajo. Así, en el colectivo, existen uno o varios empleadores, organizaciones sindicales (que las componen muchos trabajadores) y grupos de trabajadores. CARACTERÍSTICA DIFERENCIADORA DEL CONTRATO COLECTIVO
  • 6. Recordando los elementos de la esencia de la relación laboral Conforme el artículo 7 del Código del Trabajo, se desprenden los siguientes elementos de la esencia de una relación laboral: CONVENCIÓN PRESTACIÓN DE SERVICIOS REMUNERACIÓN SUBORDINACI N Y DEPENDENCIA
  • 7. Contenido del contrato individual Conforme el artículo 10 del Código del Trabajo, se señala que el contrato a lo menos debe contener los siguientes datos: 1. Lugar y fecha de celebración del contrato de trabajo. • Ejemplo: para determinar la ley que lo va a regir ¿si un contrato se celebra en Argentina, se rige por la ley ……….?
  • 8. Contenido del contrato individual Respecto a la fecha, es el día en que se está celebrando. Eso tiene importancia, por ejemplo, para determinar la ley que los va a regir. ¿Cuánto se le paga un trabajador que entró a trabajar el 01 de septiembre de 1980 y que fue despedido el 31 de marzo de 2017? ANTES DE 01/08/1981 • Un mes por cada año de servicio A PARTIR DEL 01/08/1981 • Máximo 11 años
  • 9. Contenido del contrato individual 2. individualización de las partes(sujetos) del contrato: Las partes del contrato, es decir, empleador y trabajador, deben indicar, a lo menos, los siguientes datos personales: Nombre Completo Cédula Nacional de Identidad Domicilio
  • 10. Contenido del contrato individual La fecha nacimiento se pide para saber si es mayor de edad, ya que si es menor, esta condicionado a limitaciones y autorizaciones del artículo 13 y siguientes del Código del Trabajo. En relación a la fecha de ingreso del trabajador, quiere decir, desde que día empieza trabajar en esa empresa. ¿En Chile pueden trabajar los menores de edad? ¿en qué casos?
  • 11. Contenido del contrato individual 3. Naturaleza de los servicios: • ¿En el contrato de trabajo se pueden indicar 2 o más funciones específicas, sean alternativas o complementarias? 4: Se debe indicar las remuneraciones que se le pagará al trabajador.
  • 12. Contenido del contrato individual 5. Se debe indicar la jornada que debe cumplir el trabajador, días que debe trabajar, hora de ingreso y salida. ¿Cuántas son las horas máximas que se trabajan en Chile?
  • 13. Contenido del contrato individual 6.Señalar la duración del contrato de trabajo. En este caso, tenemos varias opciones legales: Duración Indefinida Plazo Fijo Obra o Faena
  • 14. Contenido del contrato individual DURACIÓN INDEFINIDA • No existe plazo condición para término, y solo terminará por causales legales señaladas en el artículo 159 y siguientes del Código del Trabajo, que se estudiaran más adelante. PLAZO FIJO •Tiene un plazo especificado para que termine. De acuerdo al artículo 159 Nº 4, del Código del Trabajo, señala que el plazo máximo de este tipo de contrato es de 1 año, salvo que se trate de trabajadores profesionales, en cuyo caso puede ser hasta 2 años. OBRA O FAENA • Se contrata a una persona para una obra especifica, de acuerdo al artículo 159 5, del Código del Trabajo.
  • 15. Contenido del contrato individual 7. El Código del Trabajo señala “demás pactos que acordaren las partes”, dejando abierto que el empleador y el trabajador agreguen las clausulas que estimen convenientes, mientras no sean contrarias a las leyes.
  • 16. Conclusión 1. El contrato debe señalar siempre la fecha del mismo y esta corresponde al día en que se firma el contrato. 2. El contrato debe señalar la individualización de las partes con indicación de la nacionalidad y fechas de nacimiento.
  • 17. ¿El empleador puede modificar el contrato?
  • 18. Concepto de Ius Variandi El Ius Variandi es aquella facultad que le reconoce la ley al empleador para modificar, unilateralmente, algunos aspectos del contrato de trabajo, en la forma y condiciones señaladas expresamente por la ley.
  • 19. Elementos que puedan afectar el Ius Variandi Según el artículo 12 del Código del Trabajo, el empleador, a través del Ius Variandi, puede: Alterar la naturaleza de los servicios. Alterar el sitio o reciento donde se prestan los servicios. Alterar la distribución de la jornada de trabajo convenida.
  • 20. Requisitos para aplicar el Ius Variandi Según el artículo 12 del Código del Trabajo: 1. Alterar la naturaleza de los servicios. Condiciones legales: a) Que se trate de labores similares, es decir, que los servicios a realizar sean análogos, equivalentes en funciones.
  • 21. Requisitos para aplicar el Ius Variandi b) Que no produzca menoscabo al trabajador. Este menoscabo puede ser material o moral. • Material, que afecte económicamente al trabajador, por ejemplo, que baje su sueldo. • Moral, que no afecte la jerarquía o importancia de las funciones que tenía el trabajador.
  • 22. Requisitos para aplicar el Ius Variandi 2. Alterar el sitio o recinto donde se prestan los servicios. Condiciones: • Que el nuevo sitio o recinto quede dentro del mismo lugar o ciudad. • Que no produzca menoscabo al trabajador: este menoscabo puede ser material o moral. Material: que afecte económicamente al trabajador. Por ejemplo, que gaste más en locomoción para llegar al trabajo. -Moral: por ejemplo, que antes se demoraba 30 minutos al trabajo, ahora 3 horas .
  • 23. Requisitos para aplicar el Ius Variandi 3. Alterar la distribución de la jornada de trabajo convenida. Condiciones: • Que sea hasta en 60 minutos, anticipando o postergando la hora de ingreso al trabajo. • Avisar de este cambio a los trabajadores con, a lo menos, 30 días de anticipación.
  • 24. Reclamo por aplicación ilegal del Ius Variandi • El trabajador afectado podrá reclamar en el plazo de 30 días, contados desde la ocurrencia de los hechos, o del aviso de cambio de jornada, ante la Inspección del Trabajo. • Si no esta conforme con esa decisión, puede recurrir al juez laboral en el plazo de 5 días, contados desde la notificación de la resolución de la inspección.
  • 25. Actividad práctica Responder las siguientes preguntas de manera individual: 1. El empleador puede modificar en algunos casos el contrato de trabajo ¿Puede hacerlo aunque el trabajador no esté de acuerdo? 2. Para cambiar de lugar de trabajo a un trabajador ¿Cuáles requisitos debe cumplir? 3. Si un trabajador se siente afectado por la aplicación del Ius Variandi ¿Qué puede hacer? ¿En que plazos y dónde?
  • 26. Conclusión Revisemos el siguiente video y a continuación responde las afirmaciones como verdaderas o falsas: 1. El Ius Variandi le da poder absoluto al empleador para hacer modificaciones al contrato. 2. El cambio en las condiciones al trabajador debe responder a una necesidad de la empresa. 3. El Ius Variandi se puede ocupar como sanción disciplinaria para el trabajador. https://www.youtube.com/watch?v=QNyrPYD5Lf8
  • 27. Clasificación de las jornadas de trabajo JORNADA ORDINARIA JORNADA EXTRAORDINARIA JORNADA ESPECIAL
  • 28. Clasificación de las jornadas de trabajo JORNADA ORDINARIA SEMANAL • Conforme al artículo 22 inciso 1º del Código de Trabajo, la jornada ordinaria no puede exceder las 45 horas semanales. • Cabe señalar que indica el máximo, pero no mínimo. Es así como el contrato de trabajo puede indicar que la jornada ordinaria de trabajo sea inferior a las 45 horas semanales. Por ejemplo, tendrá una jornada de trabajo de 40 horas semanales.
  • 29. Clasificación de las jornadas de trabajo JORNADA ORDINARIA DIARIA • Conforme al artículo 28 inciso 2º del Código de Trabajo, el máximo de horas diarias, como jornada de trabajo ordinaria, es de 10 horas.
  • 30. Clasificación de las jornadas de trabajo JORNADA PARCIAL • Conforme al artículo 40 bis del Código de Trabajo, el empleador y trabajador podrán acordar jornadas de trabajo ordinarias que no excedan dos tercios de la ordinaria, es decir, máximo 30 horas semanales. En la práctica se les conoce con el nombre de part-time.
  • 31. Clasificación de las jornadas de trabajo JORNADA EXTRAORDINARIA • Conforme al artículo 30 del Código de Trabajo, es aquella hora que excede de la jornada ordinaria, sea esta la legal o la acordada en el contrato de trabajo. • El artículo 32 indica que el máximo que un trabajador puede realizar son 2 horas extras al día. Se deben pagar con, a lo menos, el 50% de recargo. Por ejemplo: si la hora ordinaria vale $1.000, la hora extra valdrá, como mínimo, $1.500.
  • 32. ¿ Cual es la relación entre la jornada laboral y la productividad? https://www.youtube.com/watch?v=NyI6GZd-Hv4
  • 33. Jornadas especiales de trabajo JORNADA ESPECIAL DE CHOFERES • Conforme al artículo 25 del Código de Trabajo, que regula la jornada ordinaria de choferes, auxiliares de la locomoción colectiva interurbana y de servicios interurbanos de transporte de pasajeros, la jornada será de 180 horas mensuales. • Si uno divide por 4 ( las semanas que tiene el mes) igual nos da 45. Pero la diferencia es que podrían trabajar más de 45 horas en la semana, pero al mes todos trabajan no más de 180 horas.
  • 34. Descansando dentro de la jornada de trabajo • Dentro de la jornada de trabajo debe existir un descanso que, en la práctica, se denomina hora de colación. De acuerdo al artículo 34 del Código del Trabajo, señala que mínimo debe ser de media hora y que no se incluye en la cantidad de horas de jornada de trabajo. • Tratándose de la jornada especial del artículo 27 del Código del Trabajo, es de 1 hora, pero se incluye en la cantidad de horas de trabajo, es decir, de su jornada.

Notas del editor

  1. Se sugiere solicitar que los alumnos de manera aleatoria vayan indicando a que se refieren cada uno de estos conceptos.
  2. A partir de las definiciones anteriores, explicar en su cuaderno cual es la diferencia entre ambos tipos de contrato, dar un espacio de 5 minutos para luego corroborar las respuestas según láminas que vienen.
  3. Pedir a los alumnos ejemplos como contrato entre un docente y el colegio, entre un limpiador y la empresa de aseo. Otros que puedan generarse.
  4. Ejemplo: un contrato celebrado por una minera y el sindicato de trabajadores. Se regulan los derechos y obligaciones de ambas partes, siendo los trabajadores 250. Consultar a los alumnos que indiquen que tipos de cosas se regularan en tos tipos de contrato, las respuestas deben ir por el lado de bonos, indemnización, movilizaciones, aportes al sindicato entre otros.
  5. Recordar que esto ya fue visto en la unidad 1 Solicitar a los alumnos que desarrollen en su cuadernos los elementos a partir del siguiente ejemplo: Un panadero firma un contrato por 2 meses por un sueldo lquido al mes de $420.000, su jefe es el jefe de cocina. cada alumno debe identificar los 4 elementos a partir del ejemplo
  6. Respecto al lugar se refiere en que ciudad, país, se esta celebrando el contrato de trabajo. Hacer la pregunta a los estudiantes, deben contestar “Argentina”
  7. Ejemplo: Le pagan un mes por cada año, es decir, un “sueldo” x 37.
  8. Además al trabajador, debe señalar su nacionalidad, fecha de nacimiento y fecha de ingreso del trabajador. La nacionalidad importa, ya que el artículo 19, del Código del Trabaja, señala que en las empresas situadas en Chile, a lo menos el 85% de sus trabajadores deben ser chilenos. Preguntar a los estudiantes ¿Por qué se coloca una cuota máxima de trabajadores extranjeros? El docente debe entregar luego de escucharlos elementos económicos que explican la respuesta desde el origen de la ley
  9. Para responder a la pregunta el docente debe explicar el articulo 13, una vez escuchada la respuesta de los estudiantes
  10. Recordar que la naturaleza de los servicios se vio en la unidad 1, en los elementos de la esencia de la relación laboral, recordemos que pueden ser materiales o intelectuales. Concepto de remuneraciones que ya se estudio en clases anteriores. (pago que recibe el trabajador por los servicios prestados).
  11. Se sugiere al docente incorporar también la normativa de horas extras en la respuesta que den los alumnos.
  12. Preguntar a los alumnos: ¿Qué entienden por cada uno de los tipos de duraciones del contrato?
  13. Ejemplo por obra o faena: , se contrata para pegar cerámicas en la obra Don Quijote, ubicado en coloquio 2045, Renca. Así, cuando termine el pegado de cerámicas en ese edificio, termina el contrato de trabajo. Ejemplo plazo fijo: un contrato de trabajo por 3 meses renovable según desempeño del trabajador
  14. Preguntar a los alumnos por ejemplos de otros pactos entre empleador y trabajador. Días libres, permisos administrativos, bonos, etc
  15. falso, la fecha corresponde al día en que comienzan las prestaciones Verdadero
  16. Solicitar lluvia de ideas de que aspectos del contrato de trabajo se podrían modificar unilateralmente.
  17. Ejemplo: hacer clases de matemáticas a un cuarto básico y cambiar al trabajador a un quinto básico. Solicitar mas ejemplos a los estudiantes.
  18. Profundizar con los estudiantes en el concepto de menoscabo, a que se refiere y porque es perjudicial para el trabajador y una mala practica en la empresa.
  19. Solicitar a los estudiantes que complementen con otros ejemplos de alterar el sitio
  20. Se sugiere hacer la pregunta del debate para que sea justificada bajo el principio del ius variandi
  21. Abrir plenario para discutir en que casos procede reclamar. Se sugiere el docente coloque diversas situaciones para que los estudiantes vayan indicando si es viable hacer el reclamo.
  22. Respuestas. 1 Falsa, 2 verdadera, 3 falsa. Se sugiere para cerrar explicar cada respuesta falsa
  23. Mencionar que además de la clasificación activa y pasiva existe la clasificación mostrada acá
  24. Preguntar cuantas horas a la semana trabajan sus familiares y cual es el impacto de la jornada laboral en la calidad de vida familiar
  25. Preguntar jornada diaria de sus familias, aprovechar para discutir sobre los tiempos de traslado y cuanto tiempo pasan sus padres en pos del trabajo diario. Puede servir como una buena reflexión sobre el trabajo y el sacrificio
  26. Ejemplo locales de comida rápida, call center.
  27. Se sugiere guiar la conversación hacia la importancia de las horas extras en el presupuesto de una familia
  28. Se sugiere hacer la pregunta primero para luego ver el video y cerrar según lo visto en el. En definitiva, ¿nos favorece o perjudica la jornada laboral actual versus la propuesta?
  29. Guiar una conversación para discutir porque un chofer debe tener ajustada su hora laboral y la implicancia de su trabajo al transportar a personas. Se pueden dar ejemplos de accidentes por no respetar la jornada laboral
  30. Preguntar a los estudiantes porque es importante el descanso como parte de la jornada laboral